AÑO 25 • Edición 1235
Circulación del 29 de enero al 2 de febrero de 2023
AÑO 25 • Edición 1235
Circulación del 29 de enero al 2 de febrero de 2023
SUCUMBÍOS: La embarcación tiene capacidad para 40 pasajeros. La dotación llegó desde el GAD provincial de Sucumbíos, hay satisfacción en las 600 familias de las comunidades que habitan en la ribera del río Aguarico. P.4
ORELLANA
Gira: Estudiantes de la carrera de turismo sede ESPOCH-Orellana de gira académica por Galápagos.
P.5
Se acerca la fecha ansiada para unos y tal vez será depreciada por otros, 5 de febrero del 2023, «día de elecciones»; es cuando los votantes elegirán a los que les gobernarán desde las prefecturas, alcaldías y juntas parroquiales por los próximos cuatro años.
El Código de la Democracia establece que la campaña política iniciaba el 3 de enero y culmina el 2 de febrero, pero desde hace tiempo atrás la ciudadanía ya soportó la campaña anticipada e ilegal de muchos candidatos. Es ahí donde surge la inquietud. ¿Alguien que violó la Ley podrá administrar con pulcritud un cantón o provincia?
Parece que algunos candidatos que son profesionales en diferentes áreas, no les va bien en su profesión y han visto como mejor oficio convertirse en políticos. La regla: candidatizarse y a como dé lugar ganar una dignidad. ¿Será más rentable ser político?
A nivel nacional existen 63.518 postulantes: 32.549 candidatos principales y 30.969 suplentes, para las diferentes dignidades seccionales.
Durante los últimos días, candidatos y sus fieles seguidores, se movilizan por pueblos que antes conocieron tan solo por un mapa, que jamás hubiesen llegado a ciertos lugares si no fuera porque buscan votos; son lugares donde hay pobreza y carencia de servicios básicos, donde se siente el abandono por varios años de las autoridades de turno.
Al cierre de la campaña, los ciudadanos van a extrañar a los políticos generosos y amables que abrazaron al uno y al otro, y saludaron hasta a los desconocidos. Fue tiempo también para ver a los candidatos en su máxima expresión, lanzando ofertas sin sustento, hasta realizar actos ridículos.
Nada está dicho y no sabemos
quiénes ganarán las seccionales en cada jurisdicción, la última palabra tiene los ciudadanos el próximo 5 de febrero. Mientras tanto, tendremos que soportar las escandalosas caravanas y cierres de campañas, donde habrá fiestas y farras más grandes que las fiestas patronales, donde lógicamente estarán sus simpatizantes y muchos curiosos. ¿Cuánto se gastan? ¿Quién controla?.
Llegó el tiempo de la conciencia ciudadana, todos a meditar por quién votar, recordar a quienes ya tuvieron su oportunidad y no respondieron, a identificar a los improvisados que de ganar las elecciones vendrán con asesores que gobernarán más que el Alcalde o el Prefecto. A revisar la moral, la ética y honradez que tenga cierto postulante. Ya no es tiempo para equivocarse. Recuerde: "Un pueblo que elige corruptos y traidores no es víctima, es cómplice”….
Fundadores 1997
Galo Guevara, Gladys Granda y Rosario Catota
Director - Fundador: Galo Guevara
Director - Editor: Salvador Usca
Presidente: Leonardo Sánchez
Vicepresidente: Enrique Quintero
Gerente: Gladys Granda
Gerente regional Amazónico: Wagner Jaramillo
SUCUMBÍOS
Responsable: Luz Guamán
Corresponsal: Raúl Castro Barrio Juan Montalvo, calle Honduras entre calle México y Paraguay atrás al Centro de Atención Ciudadana
Contacto: 062362680
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PASTAZA
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ORELLANA
Responsable: Michell Alvarado Seis de Diciembre y Guayaquil
Contacto: 062806246
0997103969 • 098 622 2039
Por: Wagner JaramilloEs una frase muy trillada en los slogans de campañas de recolección de basura; sin embargo, estamos muy distantes de la realidad. La inversión es alta y significativa de los cabildos municipales; se diseña estrategias, se promueve capacitaciones, se instalan recolectores de basura en espacios públicos, sin embargo, la basura termina en las calles, parques, portales de las viviendas, cuencas de ríos, menos en el lugar fijado.
Cabe mencionar que la basura y desechos que no son recolectados y reciclados correctamente terminan en grandes vertederos de agua, emitiendo malos olores, contaminando el medio ambiente, produciendo grandes inundaciones y sobre todo daños a la salud de los ciudadanos, el impacto sobre el planeta es devastador y se ha vuelto incontrolable.
Para este comentario citaré a Nueva Loja, ciudad donde resido, en los últimos años las autoridades municipales han invertido buena parte del presupuesto en la construcción de parques y espacios recreativos; así también empre-
sarios privados se han esmerado en edificar centros turísticos, permitiendo brindar al turista local, nacional e internacional atractivos variados. Al momento la ciudad cuenta con alrededor de 15 parques (el departamento de turismo de la municipalidad no cuenta con la actualización de información referente a la cantidad de parques dentro de la ciudad) y 10 centros turísticos.
Normalmente, acostumbro practicar deporte en las primeras horas de la mañana, en especial caminatas, recorro, espacios públicos como parques, ciclovías, escenarios deportivos, encontrándome siempre con basura regada por las calles, parques, pistas, escenarios deportivos; y lo que es peor y preocupante basura fuera de los recolectores colocados para el efecto.
Entonces surge la pregunta, ¿Dónde radica el problema?
Es demasiado evidente que la deficiencia radica en la cultura de los ciudadanos, que aún no hemos creado conciencia del verdadero problema que genera la basura en
el tema de contaminación; conservación de espacios públicos, ornato de la ciudad. La tarea es ardua y debe empezar desde el núcleo de la sociedad que es la familia, enseñando a nuestros hijos buenos valores, las instituciones educativas deberían tener en sus directrices o planes de estudio enseñanzas de buen comportamiento y buenas costumbres. En nuestra ciudad existe una Ordenanza vigente sobre este tema, en la cual estipula la aplicación de multas a ciudadanos irresponsables que arrojan basura de manera indiscriminada, sin embargo, no se aplica.
El ser humano por naturaleza intenta aprender mediante: “experiencias antes que por inducción”; es decir, primero sufrimos en carne propia alguna situación para luego evitar caer en el mismo error, antes que hacerlo acogiendo el consejo o advertencia. El llamado a las autoridades municipales para que se aplique la ley, se sancione con el máximo rigor a las y los ciudadanos que poco les importa mantener limpios nuestros espacios públicos.
NAPO
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DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN
Cristina Goyes C. COBERTURA
Provincias de: Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus respectivos cantones y provincias.
IMPRENTA - EDITORIAL Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal.
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La opinión del Periódico Independiente está expresada en el Editorial de la parte superior los demás artículos son responsabilidad de sus autores y no necesariamente el pensamiento del periódico.
No es más limpia la ciudad que más se barre, sino la que menos se ensucia
¡A meditar antes de votar!
Circulación del 29 de enero al 2 de febrero de 2023
Lago Agrio: En medio de la euforia y emociones que tiene el presente proceso electoral, se suma el desconocimiento de muchas personas que no conocen a ciencia cierta cómo es la forma de votar el 5 de febrero de 2023.
Desde el Consejo Nacional Electoral (CNE) Sucumbíos, Humberto León, su director, dio a conocer que las mismas personas encargadas de la capacitación a los miembros de las Juntas Receptoras del Voto (JRV), tienen a su cargo detallar cómo y cuántas papeletas los ciudadanos recibirán el día de las elecciones.
El Director aclaró que mientras al sector urbano les entregan siete papeletas, en el sector rural son ocho, esto debido a que en cada parroquia deben elegir a los
nuevos miembros de las Juntas Parroquiales.
En detalle, aseguró León que para el área urbana será una papeleta para Prefecto, una para Alcalde, una para Concejales urbanos, tres para los del Consejo de Participación Ciudadana: una para hombres, una para mujeres, y una para Pueblos y Nacionalidades. A esto se suma la papeleta del referéndum.
Así mismo, el funcionario recalcó que la forma de elección de Concejales urbanos y rurales, así como de Vocales de las Juntas, será en plancha, debido a que en esta ocasión se empleará el método «Webster» para definir escaños, se lo aplica a través de una fórmula matemática. Si el elector escoge a los candidatos a concejales de una y otra lista, automáticamente anula su voto.
Para que los electores no ten-
gan inconvenientes al momento de elegir al candidato de su preferencia, el CNE ha dispuesto la identificación por colores: para la dignidad de Prefecto, la papeleta es de color anaranjado; para Alcaldes, de color celeste; para Concejales urbanos, papeleta de color verde, para Concejales rurales, color lila y para vocales de Juntas parroquiales, la papeleta es amarilla.
Para la Consulta Popular o referéndum la papeleta es de color blanco. Para elegir a los Consejeros de Participación Ciudadana y Control Social, las papeletas serán de color gris, de donde el elector debe escoger en las papeletas tres hombres, tres mujeres y uno por las Nacionalidades. Si en algunas de las papeletas existe más de tres candidatos electos, se anula el voto.
Actualmente existen 260 alumnos de educación básica, de este plantel muchos alumnos han sido abanderados.
Redacción SUCUMBÍOS
Lago Agrio: Ubicada en el barrio Cañaveral, la escuela Santos Avelino Sánchez cumplió 20 años de creación, docentes, junto a los padres de familia, motivaron a los chicos para realizar la minga escolar y poner a punto su plantel para festejar el cumpleaños.
María Encarnación, directora de la escuela manifestó que actualmente cuentan con 260 estudiantes, tan solo hasta el décimo año de básica, que en estos 20 años de vida, los chicos acuden hasta la Unidad Educativa Napo para continuar con el bachillerato. Varios estudiantes han concluido sus estudios como abanderados.
En el año 1999, uno de los moradores del sector había decidido donar una parte del terreno de su propiedad para crear la institución
educativa, que a propósito lleva su nombre «Santos Avelino Sánchez», ya fallecido. Como toda escuela empezaron como institución particular y las constantes gestiones permitieron que se convierta en fiscal.
La institución educativa ocupa aproximadamente una hectárea, señala la docente que para ampliar más aulas e incrementar el bachillerato, es necesario rellenar el terreno que es pantanoso.
Por ello, pide a las autoridades el apoyo para realizar tal trabajo.
Aporte de padres primordial para el desarrollo del plantel
Según expresa la directora Encarnación, para que los hijos reciban una educación de calidad, ha sido fundamental el aporte de los padres de familia, incluido para las fiestas, donde se desarrolló varios actos entre ellos: concurso de dibujo, de oratoria,
de la canción nacional, la danza, entre otros, eventos que compartieron con personal del plantel y con quienes les visitaron.
De su parte Kimberly Cabrera, del séptimo año de básica, junto a Gabriela Garcés nos comentaron que su aporte durante la minga fue colocar piedras en un sector de la escuela para mejorar el ornato y limpiar las hierbas convertidas en maleza.
Rosa Pinzón, una de las madres de familia, invitó a los moradores del sector a que se integren no únicamente en fiestas, sino en todo momento para que la institución pueda seguir creciendo, igual petición formuló a las autoridades que apoyen a la escuela.
Circulación del 29 de enero al 2 de febrero de 2023
El beneficio es para 600 familias de Cofán Zábalo, Playas de Cuyabeno y lugares aledaños.
Redacción SUCUMBÍOS
Cuyabeno: Habitantes de la parroquia Playas de Cuyabeno, sienten beneplácito al recibir hace días atrás del GAD provincial Sucumbíos, una canoa de fibra de vidrio con capacidad para 40 pasajeros.
La misión de este medio de transporte fluvial que dispone el GAD parroquial, es movilizar a las decenas de familias que habitan en la ribera del río Aguarico, de las comunidades Cofán Zábalo, Playas de Cuyabeno y de la cabecera parroquial. El beneficio será aproximadamente para 600 familias.
El GAD provincial Sucumbíos, que hoy preside José Peña, en calidad de prefecto encargado, entregó la canoa de fibra de vidrio con capacidad para 40 pasajeros, para 200 quintales de carga, equi-
pado con iluminarias interna y externa, sirena, sistema de comunicación y dos motores fuera de borda 4T de 100 hp, además de 42 chalecos salvavidas.
Beneficiarios satisfechos al recibir el medio de transporte fluvial
Ramón Noteno, beneficiario de
Playas de Cuyabeno, en su intervención destacó la importancia de contar con un medio de transporte para las comunidades que viven en el sector y espera que los beneficiarios administren de la mejor manera y cumpla el objetivo que es el servicio a los ribereños.
Advierte que será necesario aplicar un correcto mantenimiento
para que la embarcación tenga durabilidad. “El esfuerzo de las directivas ha sido importante para lograr que el Gobierno provincial escuche el clamor de la gente y designe los recursos para la compra de la embarcación”, indicó.
Rita Yumbo, otra beneficiaria, expreso su satisfacción por contar con una canoa que servirá mucho los moradores del sector. “Sería bueno, se entregue una canoa de turno para sacar a la venta los productos del lugar como maíz, plátano, yuca”, dijo.
Leonel Yuyuguaje, dirigente la comunidad Cofán Zábalo, al intervenir dijo que la canoa servirá no solo para el traslado de personas mayores, sino también a los niños estudiantes.
Carteles, vallas, banderas, colores y el paso de carros parlantes es común ver en época de campaña electoral, que afectan a la salud del ciudadano.
Redacción SUCUMBÍOS
Lago Agrio: El ruido constante de alto parlantes y el colorido de las diversas tiendas políticas, son el matiz de esta campaña electoral que además deja marcado la contaminación visual y auditiva en todos los rincones del país.
Desde el municipio de Lago Agrio, área de ambiente, Germán Jiménez, su titular, expresa que hasta ahora no existe ninguna ordenanza como herramienta legal, que permita poner «freno» a estos abusos electorales.
El funcionario sostiene que desde los mismos concejales que manejan el tema ambiental, no han tenido la iniciativa para crear esa ordenanza. Sin embargo, desde el Consejo Nacional Electoral (CNE) como ente encargado del proceso, es quien determina las sanciones a quienes incurren en el tema publicitario.
Advirtió Jiménez, que en la parte auditiva, el ruido que producen en sitios cerrados si son controlados.
Diana Reinoso, propietaria de un negocio ubicado en la avenida
Petrolera, en Nueva Loja lamentó que la contaminación auditiva sea muy fuerte en estos días, es el constante ruido que hacen los políticos cuando pasan cerca a su local. “Hay ocasiones en que debo pedirles a mis clientes que repitan su pedido, porque no se les escucha por tanto ruido”. Aspira que la próxima autoridad cantonal a través de sus concejales pueda crear una ordenanza que permita regular los temas publicitarios de campaña.
Sixto Rodríguez, Notario tercero del cantón Lago Agrio, considera necesario que desde el Cabildo se concrete una ordenanza que regule el tema ruidos y propaganda visual, también deberán definir un espacio público para que los actores políticos donde coloquen su propaganda. Dentro de la misma ordenanza,
deberá existir la cláusula con la cual exijan a los movimientos políticos a dejar los espacios que ocupan, libres de publicidad. Añade a que esto ayudaría incluso a los comerciantes.
Ruido y efectos que producen Julio Cueva, médico del hospital básico «Nuestra señora del Cisne», explica que el nivel mínimo de ruido al que deben estar expuestas las personas es de 4.000 Hercios (Hz), si sobrepasa eso vendrán los efectos secundarios a la salud de las personas. En temporadas como Navidad y campañas electorales se incremente el nivel de ruido y sonido en las calles, parques y en las propias viviendas, sin medir las graves consecuencias de daños irreversibles en algunos casos.
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Son estudiantes de la carrera de turismo de la sede ESPOCH-Orellana
Estudiantes del PAO-8 de la Escuela Superior Politécnica de Chimborazo (ESPOCH) sede Orellana, que cursan la carrera de turismo, realizaron una gira académica hacia las islas encantadas Galápagos, como parte final de su formación para licenciados en turismo.
Durante cinco días recorrieron los principales atractivos turísticos en la isla Santa Cruz, entre ellos: La estación científica Charles Darwin; el centro de interpretación del Parque Nacional Galápagos;
playa Tortuga Bay; grietas.
Igualmente, en la isla San Cristóbal visitaron; la laguna Los Juncos; el centro de interpretación Gianni Arismendy; cerro Tijeretas y playa Mann, durante el trayecto los estudiantes recibieron charlas técnicas por parte de funcionarios y científicos expertos de la isla, quienes compartieron sus conocimientos y experiencias con los estudiantes de la Amazonía que pronto serán profesionales en la carrera de turismo.
Marco Toledo y José López, profesores de la Escuela Superior Politécnica de Chimborazo
(ESPOCH) sede Orellana, acompañaron a los alumnos y lideraron esta gira académica.
Los docentes manifestaron que ha sido una experiencia positiva y enriquecedora para los estudiantes, ya que algunos por primera vez experimentaron un vuelo en
avión y visitaron este Patrimonio Natural de la Humanidad.
A partir de ahora, la carrera de Turismo de la ESPOCH-Orellana recorre y conoce, no solo el Ecuador continental sino también su archipiélago, dejando en alto el posicionamiento institucional.
Participaron artistas de Napo, Pastaza y Morona Santiago, próximamente desarrollarán más talleres en diferentes áreas.
Redacción
NAPO
Tena: La Casa de la Cultura Ecuatoriana “Benjamín Carrión” Núcleo de Napo, desarrolló del 12 al 14 de enero de 2023, el taller de danza ancestral facilitado por el bailarín y coreógrafo Marcelo Javier Guaigua, con la cooperación institucional de la Compañía Nacional de Danza del Ecuador. Asistieron 31 artistas escénicos de la provincia de Napo, Pastaza y Morona Santiago,
recibieron 12 horas de capacitación donde obtuvieron varios conocimientos sobre danza contemporánea para desarrollar propuestas coreográficas de la región Amazónica.
Conocimientos transmitirán a nuevos alumnos
Para Richard Castillo, instructor de danza de la CCE Núcleo De Pastaza, el taller fue satisfactorio porque permitió conocer fundamentos y cualidades del
movimiento. “La participación estuvo abierta y aprovechamos también para aprender nuevas herramientas y poder transmitir los conocimientos a nuestros alumnos”, añadió Castillo.
Por otra parte, Renán Quilumba, director provincial de la CCEN-Napo, mencionó que la cooperación institucional con la Compañía Nacional de Danza del Ecuador continuará impartiendo más talleres a fin de fortalecer los conocimientos y ampliar las
capacitaciones en beneficio de las agrupaciones de danza existentes en la provincia y la región. (SU10).
¡VUELVE! 2023
Ganadería.
PLAN DE TRABAJO 2023 - 2027
JUNTA PARROQUIAL RURAL PUERTO RODRÍGUEZ
Fortalecer la producción agropecuaria mediante el impulso de la agricultura sostenible y sustentable de las familias de las parroquias, implementando estrategias adecuadas y oportunas subvención de insumos y alimentación pecuaria.
Gestionar ante el GAD PROVINCIAL y el Ministerio de Agricultura y Ganadería para obtener el apoyo para los proyectos de emprendimientos locales que permita el desarrollo económico y sustentable para las familias de la parroquia.
Gestionar de manera articulada con los entes responsables para consolidar y ampliar los canales de comercialización de los sectores productivos de la parroquia a través de las ferias agroproductivas en coordinación con el GAD PROVINCIAL y el Ministerio de Agricultura y
Fortalecer las actividades culturales, artísticas y turísticas de la parroquia a través de la ejecución de proyectos que promocionen el turismo y la cultura de la parroquia con la participación ciudadana.
Promover la suscripción de convenios con las instituciones, cuyas competencias lo permitan, para propender de personal especializado para atender en actividades fisioterapéuticas de los adultos mayores y personas con discapacidad, de igual manera gestionar un área que sirva como un centro de atención social de la parroquia de Puerto Rodríguez.
Impulsar el apoyo para los grupos prioritarios a través de la dotación de productos alimenticios como parte de la seguridad alimentaria a las personas en grado de vulnerabilidad. Promover el deporte comunitario, gestionando convenios con las instituciones cuyas competencias lo permitan.
PLAN DE TRABAJO 2023 - 2027
JUNTA PARROQUIAL RURAL PALMA ROJA
Promover y patrocinar las culturas, los artes, actividades deportivas y recreativas en beneficio de la colectividad.
Prestar los servicios públicos que le sean expresamente delegados o descentralizados con criterios de calidad, eficacia y eficiencia; y observando los principios de universalidad, accesibilidad y continuidad previstos en la Constitución.
Promover los sistemas de protección integral a los grupos de atención prioritaria para garantizar los derechos consagrados en la constitución, en el marco de sus competencias.
Promover y coordinar la colaboración de los moradores de su circunscripción territorial en mingas o cualquier otra forma de participación social, para la realización de obras de interés comunitario.
Planificar junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento territorial, en concordancia con el gobierno cantonal y provincial en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la
Circulación del 29 de enero al 2 de febrero de 2023
En un año construyeron el centro de revisión vehicular en Puyo con un costo que sobrepasa los 832.184 dólares.
Redacción PASTAZA
Puyo: El 14 de enero del 2022 cuando colocaron la primera piedra para construir el centro de revisión vehicular en Puyo, se indicó que se construiría en apenas seis meses; se tardaron exactamente un año; la obra construyó la empresa ambateña ´ARKI´, bajo un modelo de asociatividad con la Empresa Pública de la Universidad Estatal Amazónica (UEA) y la Transcomunidad EP, se dijo que el costo alcanzaba los 832.184 dólares.
Una vez concluido la infraestructura y luego del traslado de los enseres, a partir del 16 de enero de 2023, personal administrativo y operativo iniciaron sus labores desde el nuevo centro ubicado en Puyo, calles Demetrio Aguilera Malta y Carlos Manuel Arizaga.
Por algún tiempo se cumplirá con la etapa de adaptación, mantendrán la revisión visual hasta el
mes de julio. Vehículos de transporte público están obligados a la revisión mecánica, mientras que para vehículos privados será opcional.
Las instalaciones todavía no están entregadas de forma normal a la Trasncomundiad EP. La Agencia de Tránsito ha emitido la autorización respectiva a la Transcomunidad para ocupar y cumplir
su trabajo desde las nuevas instalaciones. En este tiempo todavía cumplen trabajos para culminar la infraestructura.
Julio Urgirles, gerente de la Transcomunidad EP, explicó que cuentan con un permiso de ocupación, lo que les permitirá verificar in situ, para poder establecer algún desperfecto de construcción o adecuaciones extras, con el fin de
HISTORIA
que la empresa constructora culmine los trabajos a cabalidad.
Las nuevas instalaciones cuenta con espacios amplios, parqueaderos: uno para la revisión y otro para la espera, baños para caballeros, damas y personas con discapacidad, áreas de espera, buscan que el cliente tenga comodidad.
En la parte de revisión vehicular existe el centro avanzado con tecnología moderna para el control de luces, control de ruidos, gases, frenos, suspensión, alineación, velocímetro para calibrar los taxímetros y también la parte de holguras, tal como exige la Ley de tránsito. Además, las instalaciones disponen de un sistema contra incendios, sistemas de alarmas, generador del voltaje, internet y la presencia de agentes de seguridad ciudadana. (SU10).
enero del 2023, la ceremonia cívico militar por conmemorar el XXVIII aniversario de la victoria militar del Cenepa, acto que se cumplió en el malecón de Puyo.
En una mezcla de patriotismo y nostalgia, los militares realizaron la escenificación de la toma de Base Norte, al evento asistieron las autoridades de la provincia de Pastaza, excombatientes y estudiantes de instituciones educativas.
desenvolvió bajo la consigna de “Ni un paso atrás” del entonces presidente, Sixto Durán Ballén, las tropas ecuatorianas enfrentaron y repelieron con éxito a las peruanas.
El 28 de febrero siguiente, ambos países acordaron una nueva delimitación limítrofe. Sin embargo, aunque el fuego cesó con este acuerdo, no fue hasta tres años después que el conflicto terminó oficialmente.
Es un día de trascendental importancia para el Ecuador por conmemorar la Gesta heroica del Alto Cenepa, han transcurrido 28 años. También se recuerda las acciones heroicas en Paquisha, Mayaicu y Machinaza, de hace 42
años.
Ceremonia militar
La Brigada de Selva Nro. 17
Pastaza y la Escuela de IWIAS
Crnl. Gonzalo Barragán desarrollaron el pasado jueves 26 de
Las escaramuzas habían iniciado el 26 de enero de 1995, tropas peruanas se tomaron Tiwintza, lo que desencadenó el conflicto. El intercambio de fuego duró hasta el 28 de febrero de ese mismo año, en la pequeña localidad amazónica de Tiwintza, cerca de la frontera con Perú, todo se
La firma del Acuerdo de Paz en Brasilia, el 26 de octubre de 1998, por los presidentes Jamil Mahuad, de Ecuador y Alberto Fujimori, de Perú, marcó el fin de la centenaria contienda entre sus países. Sin embargo, existe el triste episodio que pocos recuerdan. Lo que ganó Ecuador en el campo militar, en el campo diplomático y en las negociaciones, Ecuador perdió todo.
Circulación del 29 de enero al 2 de febrero de 2023
retornar a la alcaldía, esta vez cobijado por el Movimiento Integración, Progreso y Cambio (MIPC) Listas 62.
Mario López, fue alcalde del cantón Arajuno en el período 2009-2014, llegó con el auspicio del Partido Sociedad Patriótica (PSP) Listas 3 del recordado Lucio Gutiérrez. En esta oportunidad López se ha vuelto a postular como candidato a la alcaldía de su cantón por el Movimiento Integración, Progreso y Cambio (MIPC) Listas 62.
Redacción PASTAZA
Puyo: El Código de la Democracia no contempla restricción alguna para quienes ya fueron autoridades y se postulen como candidatos a una dignidad seccional en caso de que ganen la elección correspondiente; en la provincia de Pastaza varios políticos hacen el intento.
Rafael Sancho fue alcalde del cantón Pastaza en el periodo 1978-1983, llegó auspiciado por el Frente Amplio de Izquierda (FADI). En las elecciones de fe-
brero 2023, dentro de “Pastaza Somos Todos” (Listas 1-3-6-823) una coalición de cinco tiendas políticas de diferentes corrientes, ansía volver a ocupar la alcaldía de Pastaza.
Igualmente, Germán Flores Meza, fue alcalde del cantón Pastaza en el período 2009 2014, llegó auspiciado por el Movimiento Unidos por Pastaza (MUPP) Listas 61. Para las elecciones del 2023, es candidato a la misma alcaldía, pero esta vez se postuló por el Movimiento Pachakutic Listas 18.
Gustavo Silva fue alcalde del cantón Mera del 2014 al 2019, hoy aspira retornar a la alcaldía respaldado por su tienda política Movimiento Cantonal, El Pueblo Lista 101.
En el cantón Santa Clara y auspiciado en ese entonces por Alianza País, Cesar Castro, fue alcalde en el periodo 2014–2019, buscó la reelección, pero perdió frente al actual alcalde Jerbis Arboleda. El 5 de febrero aspira
Por otro lado, Raúl Tello Benalcázar, fue alcalde del cantón Pastaza por ex Movimiento Popular Democrático (MPD) en el período 2000 al 2005. Del 2017 al 2023 fue Asambleísta provincial, por el Movimiento Unidos por Pastaza (MUP) Listas 61; hoy por el Movimiento Integración, Progreso y Cambio (MIPC) busca la prefectura de Pastaza.
Cada uno de los candidatos anotados se consideran ganadores, expresan que en esta ocasión irán a corregir los errores del pasado y que vienen con nuevos proyectos para buscar el desarrollo de su jurisdicción.(SU10).
Actividad que pretende mejorar la salud materna y neonatal en los pueblos y nacionalidades.
Redacción NAPO
Tena: Como parte de las actividades programadas con enfoque Intercultural, la Coordinación Zonal 2 de Salud desarrolló la capacitación sobre salud materna y neonatal dirigido a un grupo considerado de parteras ancestrales de la Asociación de Mujeres Parteras Kichwas del Alto Napo. El lugar de encuentro fue el auditorio de las instalaciones de AMUPAKIN.
Mercy Almeida, Coordinadora Zonal 2-Salud, participó en la capacitación y señaló qué. “Las parteras ancestrales son claves para mejorar la salud materna y neonatal, ellas contribuyen al cuidado de
las embarazadas y sus hijos al momento de nacer”, refirió.
La actividad tuvo como propósito establecer mecanismos de articulación que ayuden al mejoramiento de la salud materna y neonatal en los pueblos y nacionalidades, considerando que son ellas en las comunidades las que brindan en gran parte la asistencia a madres que alumbran a sus hijos.
En esta capacitación las parteras fortalecieron sus conocimientos sobre: signos de alarma durante el embarazo; parto y pos-
parto; plan de parto y transporte para las gestantes; importancia de la vacunación en el recién nacido dentro de las primeras 24 horas y paquete priorizado.
La jornada contó con la intervención de la obstetriz Janeth
Chiliquinga, responsable de la Estrategia de Reducción de Muerte Materna y Neonatal, María Elena Zumba, Analista Zonal de Estrategias de Prevención y Control y Maritza Toapanta, responsable de Nutrición.
Solamente que con diligencia cuidéis de cumplir el mandamiento y la ley que Moisés siervo de Jehová os ordenó: que améis a Jehová vuestro Dios, y andéis en todos sus caminos; que guardéis sus mandamientos, y le sigáis a él, y le sirváis de todo vuestro corazón y de toda vuestra alma.
PLAN DE TRABAJO 2023 - 2027
JUNTA PARROQUIAL RURAL DE SANSAHUARI
Fortalecer la administración político institucional del Gobierno Parroquial Rural de Sansahuari.
Garantizar el desarrollo parroquial mediante el fomento de actividades productivas, agropecuarias, acorde a la competencia; impulsando el turismo, la pequeña y mediana empresa (PYMES) y el fortalecimiento organizativo, con un adecuado sistema de comercialización local y nacional.
Impulsar y fortalecer la red vial rural parroquial de Sansahuari.
Incluir justa, equitativa y solidariamente a toda la población diversa de Sansahuari, dando mayor realce a los grupos de atención prioritaria. VOTA TODO
Gestionaré internamente para disponer recursos económicos y dar solución a los problemas de movilidad en los barrios de expansión.
Gestionaré ante las autoridades competentes la apertura de los negocios de toda índole en todo el territorio del cantón Putumayo los días domingos y la declaratoria de puerto libre con fines de comercio internacional para fortalecer la economía de los Putumayenses.
Gestionaré los recursos económicos ante las entidades gubernamentales y no gubernamentales pertinentes para contratar la ejecución de las Unidades Básicas sanitarias para la población que se encuentra dispersa y así contribuir a bajar el porcentaje de las NBI del cantón.
Gestionaré los recursos económicos dentro del segundo, tercer y cuarto año de mi administración; internamente ante las entidades gubernamentales y no gubernamentales pertinentes para continuar con la contratación y ejecución de los proyectos planteados en el plan de trabajo.
Gestionaré los recursos económicos para contratar los estudios y diseños definitivos para elaborar un plan de mitigación de inundaciones. Gestionar y comprometer recursos económicos para continuar y mejorar todos los beneficios y acuerdos interinstitucionales para la defensa y apoyo en materia social, salud y deporte a favor de los diferentes grupos de atención prioritarios, con enfoque a los cinco consejos de igualdad.
ALIANZA
SUCUMBIOS POR EL CAMBIO
Circulación del 29 de enero al 2 de febrero de 2023
¡VUELVE! 2023 Por nuestro Gran Sucumbíos
PLAN DE TRABAJO 2023 - 2027
JUNTA PARROQUIAL RURAL
PUERTO RODRÍGUEZ
Fortalecer la producción agropecuaria mediante el impulso de la agricultura sostenible y sustentable de las familias de las parroquias, implementando estrategias adecuadas y oportunas subvención de insumos y alimentación pecuaria.
Gestionar ante el GAD PROVINCIAL y el Ministerio de Agricultura y Ganadería para obtener el apoyo para los proyectos de emprendimientos locales que permita el desarrollo económico y sustentable para las familias de la parroquia.
Gestionar de manera articulada con los entes responsables para consolidar y ampliar los canales de comercialización de los sectores productivos de la parroquia a través de las ferias agroproductivas en coordinación con el GAD
VOTA TODO SUCUMBIOS POR EL CAMBIO ALIANZA
PROVINCIAL y el Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Fortalecer las actividades culturales, artísticas y turísticas de la parroquia a través de la ejecución de proyectos que promocionen el turismo y la cultura de la parroquia con la participación ciudadana.
Promover la suscripción de convenios con las instituciones, cuyas competencias lo permitan, para propender de personal especializado para atender en actividades fisioterapéuticas de los adultos mayores y personas con discapacidad, de igual manera gestionar un área que sirva como un centro de atención social de la parroquia de Puerto Rodríguez.
Impulsar el apoyo para los grupos prioritarios a través de la dotación de productos alimenticios como parte de la seguridad alimentaria a las personas en grado de vulnerabilidad.
Promover el deporte comunitario, gestionando convenios con las instituciones cuyas competencias lo permitan.
Promover y patrocinar las culturas, los artes, actividades deportivas y recreativas en beneficio de la colectividad.
Prestar los servicios públicos que le sean expresamente delegados o descentralizados con criterios de calidad, eficacia y eficiencia; y observando los principios de universalidad, accesibilidad y continuidad previstos en la Constitución.
Promover los sistemas de protección integral a los grupos de atención prioritaria para garantizar los derechos consagrados en la constitución, en el marco de sus competencias.
Promover y coordinar la colaboración de los moradores de su circunscripción territorial en mingas o cualquier otra forma de participación social, para la realización de obras de interés comunitario.
Planificar junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento territorial, en concordancia con el gobierno cantonal y provincial en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la república y se gobierna de manera descentralizada.
VOTA TODO SUCUMBIOS POR EL CAMBIO ALIANZA
Elaborar ordenanzas que integren y articulen las actividades socioculturales, administrativas, económicas y productivas, que contribuyan al desarrollo del Cantón Putumayo y su población en general.
Fiscalizar todas las obras ejecutadas de acuerdo a la planificación, plan de inversión y sus estándares de calidad.
Elaboración y presentación de proyectos de inversión social, mediante la gestión en diferentes instancias tanto públicas como privadas, en el marco de mis competencias y facultades.
Facilitar la comunicación entre el ciudadano y las diferentes dependencias municipales, para que se brinden soluciones oportunas a las necesidades.
Gestionar la participación ciudadana dentro de la toma de decisiones del Gobierno Municipal.
Generar ordenanzas que promuevan la construcción de nuevos polos de desarrollo.
Gestión para la elaboración del plan de Desarrollo.
Fortalecimiento de las Asociaciones de Economía Popular y Solidaria para que procesen productos terminados de la producción de materia prima, mediante ordenanzas y resoluciones.
Gestionar el fortalecimiento de las actividades culturales y turísticas a través de ordenanzas que promuevan la cultura y el turismo sostenible.
Gestionar para el adoquinamiento de las calles mediante ordenanzas y resoluciones.
Plantear un plan de acción que integren y articulen las actividades socioculturales, ambientales y económicas, entre otros, encaminadas al desarrollo del Cantón Putumayo y el bienestar de toda la población urbana y rural.
Desarrollar una planificación pertinente y acorde a las necesidades sociales, económicas y turísticas de la población; es decir una población heterogénea que una todos los aspectos antes mencionados con la finalidad de buscar el desarrollo del cantón.
Proponer los mecanismos para la rendición de cuentas tomando en cuenta el poder ciudadano.
Realizar acciones de fiscalización dentro del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Putumayo que permitan preservar los intereses institucionales y de la población urbana y rural.
Redacción SUCUMBÍOS
Está ubicado en el suroeste de la ciudad de Nueva Loja, es uno de los barrios creado en los años 80, cuando los primeros habitantes de esta urbe decidieron radicarse en el sector.
Francisco Romero, uno de los primeros moradores del lugar, comenta que pese a tener bastante tiempo de existencia, no ha tenido el adelanto y progreso que merece tener el barrio.
Se divisa que tan solo la calle principal que va hacia la laguna está asfaltada, la calle que pasa frente a la casa de Francisco carece de alcantarillado y en tiempos de lluvia se inunda emitiendo fétidos olores, esta razón obligó a que abandone su vivienda.
Uno de los problemas que tiene el barrio precisamente tiene que ver con el estero que atraviesa al barrio de Oeste a Este. En tiempo de invierno relata Romero, las aguas lluvia rebasan el caudal del
mismo, ya que las dimensiones de la alcantarilla no abastecen para evacuar el agua. “Con fecha 20 de marzo del 2022, técnicos de la municipalidad emitieron un informe de la situación y las acciones que se deben tomar, de lo cual no existe respuesta alguna”, indicó Romero.
Moradores que habitan junto al estero están decepcionados por falta de apoyo
Enrique Piedrahita, que habita junto al estero, muestra su preocupación y disconformidad con las autoridades de turno, pues reciben la visita, verifican el problema, luego se olvidan. “En tiempo de elecciones todos ofrecen el alcantarillado, ofrecen colocar los fondos suficientes desde la Alcaldía, sin resultados hasta la fecha (…) El tema de inundaciones se ha agravado en estos tiempos por los fuertes aguaceros, situación
que no ocurría” expresó.
Peregrina Vargas, otra moradora que habita junto al estero, recalcó que los malos olores que vierten las aguas estancadas y contaminadas causan mucha molestia y son insoportables, a ello se suma la presencia frecuente de mosquitos en las viviendas.
Juan Guachi, presidente del barrio Julio Marín, insiste que los servicios básicos son fundamentales para el buen vivir y siente frustración por cuanto las autoridades encargadas de dar solución se hacen de los oídos sordos.
El barrio cuenta con espacios públicos y edificaciones nuevas que junto a la laguna proyectan un atractivo para los turistas que la visitan. Guachi finaliza indicando que la esperanza está puesta en las nuevas autoridades que resulten electas en el próximo proceso electoral y sean quienes designen los fondos necesarios y se den solución al grave problema de insalubridad que se vive en el sector.
PLAN DE TRABAJO 2023 - 2027
JUNTA PARROQUIAL RURAL DE SANSAHUARI
Fortalecer la administración político institucional del Gobierno Parroquial Rural de Sansahuari. Garantizar el desarrollo parroquial mediante el fomento de actividades productivas, agropecuarias, acorde a la competencia; impulsando el turismo, la pequeña y mediana empresa (PYMES) y el fortalecimiento organizativo, con un adecuado sistema de comercialización local y nacional.
Impulsar y fortalecer la red vial rural parroquial de Sansahuari. Incluir justa, equitativa y solidariamente a toda la población diversa de Sansahuari, dando mayor realce a los grupos de atención prioritaria.
VOTA TODO
Ha transcurrido 40 años y el barrio no cuenta con alcantarillado, todas las administraciones ofrecen y no cumplen.
Circulación del 29 de enero al 2 de febrero de 2023
deportivas municipales y el proyecto de bailoterapia llamado ´Juntos por una vida sana´, que en este año se extenderá a 8 barrios de Puyo y otros 3 sitios dedicados para adultos mayores, proyectos que están a espera de la aprobación del alcalde del cantón Pastaza.
de planta; Félix Abad y Hernán Coloma, en futbol; Jairo Kila, en básquet; Ramiro Granizo, atletismo; Adrián Casco, tenis de mesa; Augusto Morales, lucha libre.
La coordinación deportiva del GAD municipal Pastaza, tiene listo la planificación para el año 2023, dando prioridad a las es-
cuelas de futbol, para lo cual disponen de un presupuesto prorrogado y mediante la firma de convenios interinstitucionales.
Existen proyectos ya definidos, como las escuelas
Para implantar los proyectos cuentan con un presupuesto de 40.000 dólares distribuido: 20.000 dólares para las escuelas formativas, utilizarán en implementación y equipamiento deportivo, los otros 20.000 dólares para la bailoterapia, servirá para contratar a los instructores.
Ángel Solís, coordinador deportivo del municipio Pastaza, aseveró que mantendrán las seis disciplinas con técnicos
Solís fue crítico con la Federación Deportiva de Pastaza (FDP), aduce que no estarían cumpliendo los convenios firmados. “En reiteradas ocasiones al Municipio nos niegan el pabellón de los deportes para realizar competencias deportivas”. Recriminó por el poco apoyo que brindan a los deportistas. “Cuando salen a competir en otras provincias, deben los deportistas cubrir sus gastos (…) No hay plata en la FDP y por eso no se compite a nivel nacional, deben aclarar”, dijo Solís.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN SHUSHUFINDI
Dando cumplimiento al artículo 709 párrafo segundo del Código Civil, en Concordancia con el artículo 29 inciso segundo, de la Ley de Registro, se comunica al Público en general que se va a proceder a inscribir en el Registro de la Propiedad del cantón Shushufindi la TERCERA COPIA del siguiente contrato de COMPRA VENTA.
OTORGADA EL: 17 de Noviembre del 2008
NOTARÍA: PRIMERA DEL CANTÓN
SHUSHUFINDI
OTORGADA POR: NARANJO PEDRO
NICANOR
FAVOR DE: AGUILAR MONAR INES
MARÍA
CUANTÍA: $ 100,00 DÓLARES
UBICACIÓN: lote de terreno rural, desmembrado del lote mayor extensión ubicado en la Precooperativa Unión Manabita, de la Siete de Julio, Cantón Shushufindi (Antes parroquia San Sebastián del Coca, cantón Orellana, provincia de Napo).
LOS LINDEROS SON: NORTE: Con el señor Pedro Naranjo, en dieciséis metros.
SUR: Con la calle sin nombre, en dieciséis metros de superficie. ESTE: Con la calle sin nombre, en veinticinco metros ESTE: Con Área Verde, en veinticinco metros. Dando una Área de: CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS de superficie.
DRA. MARTHA AYABACA GÓMEZ REGISTRADORA (E)
Shushufindi, a 23 de Enero de 2023
La hija extramatrimonial que Pelé tuvo fue negada durante toda su vida, aunque si fue incluida en el testamento, así dieron a conocer el pasado miércoles 18 de enero de 2023 medios internacionales.
Se trata de Sandra Regina Machado, fallecida en 2006 y obligada a ser reconocida por el ídolo a través de la justicia brasileña, pese a que el astro del fútbol la rechazó en varias oportunidades.
Finalmente, se conoce que decidió incluirla en el testamento como una más de las siete herederas. La fortuna de Pelé ronda los 15 millones de dólares.
El exfutbolista brasileño reconoció en su testamento a siete hijos. Tres de su primer matrimonio con Rosmeri dos Reis Cholbi.
La primera hija fue Kelly Cristina (1967), tres años más tarde llegó al mundo Edson (quien tras un fallido paso como arquero del Santos, estuvo preso por acusaciones en su contra por lavado de dinero y narcotráfico, recuperando la libertad condicional en
2017) y en 1978 nació Jennifer.
El segundo matrimonio de Pelé fue con la cantante y psicóloga Assíra Lemos Seixas, entre 1994 y el 2008. Producto de esa relación, en 1996 nacieron los gemelos Joshua y Celeste.
La gran polémica de paternidad llegó como consecuencia de Sandra Regina Machado. Desde 1991 hasta 1993 estuvieron en litigio. Finalmente, las pruebas de ADN determinaron que sí era su padre. A pesar de la evidencia contundente, el ídolo brasileño
negó ser su padre. Ella nació el 24 de agosto de 1964 y su madre fue Anizia Machado, una trabajadora doméstica con quien el deportista habría tenido un amorío. En 2006, como consecuencia de un cáncer fulminante falleció. El exfutbolista no fue al funeral, pero su empresa mandó flores.
La séptima es Flavia, otra hija extramatrimonial que tuvo Pelé con la periodista Lenita Kurtz, aunque a ella sí la reconoció como suya desde un principio.
66 clubes estarán participando en la disciplina de fútbol en diferentes categorías, evento organizado por la principal liga de la provincia.
indorfutbol y ecuavoly.
Soria, también mencionó que las comisiones nombradas vienen trabajando de manera conjunta con el directorio, a sabiendas de que el trabajado es arduo considerando la cantidad de clubes y disciplinas que se activa para el año calendario.
Redacción SUCUMBÍOS
Liga Central Lago Agrio, fue fundado el 10 de noviembre del 2016, con siete clubes, teniendo como su primer presidente a Ángel Maquilón (+) y José Campos como tesorero.
Brayan Soria, actual presidente, mencionó que el trabajo de organización empezó a finales del año 2022, para esto mantuvieron reuniones con los dirigentes de los clubes que conforman la Liga. El año que feneció 56 clubes fueron los que conformaron la Liga, para el presente año se han su-
mado clubes como: El Naranjal, Milton Cueva, Cebollitas, Hiler Landázuri, Neymar, Puerto Rico, Municipio, Mar de Plata, Osos y Raptors.
Los escenarios escogidos para el desarrollo de las competencias en el 2023 son: estadio alterno de la Federación Deportiva de Sucumbíos, cancha del barrio el Naranjal, cancha de la cooperativa de taxis Lago Agrio, cancha del barrio Aguarico; las disciplinas que activará la Liga: futbol senior masculino y femenino, máster 40, súper máster 50, baloncesto masculino y femenino, sub 12, futsal,
Sobre las resoluciones del directorio de la Federación Cantonal (Felidela) (1.- Las ligas barriales y Parroquiales filiales de Felidela, podrán reforzar con jugadores de cualquier liga del Cantón. 2.- En el interligas que organiza Felidela 2023, podrá participar un jugador extranjero y un deportista profesional activo). Expresó su inconformidad por la forma en que fueron concebidas; sin la presencia de la mayoría de ligas, por lo que acatarán las mismas de manera parcial.
Liga Central Lago Agrio, cuenta con gremio de árbitros propios
Para el presente año ha creído conveniente crear el gremio ar-
bitral de la Liga Central Lago Agrio, atendiendo los pedidos de los dirigentes de los clubes que participan, esto por los problemas que se presentaron el año anterior con gremios arbitrales particulares, que causaron malestar por su bajo rendimiento.
Walter García, presidente de la comisión de la súper máster 50, manifestó que la dirigencia en la Liga viene mejorando, se nombran las comisiones en cada una de las disciplinas, se permite ejecutar la planificación de manera articulada, lo que motiva a los integrantes de la dirigencia.
Para la competencia los controles son rígidos: presentación de los respectivos carnets de cancha, se permitirá hasta la tercera fecha jugar con la cédula de identidad, posterior a lo cual el documento habilitante para participar será el carnet.
Nota: Periódico Independiente cerro su edición el pasado jueves, por lo que la información del acto inaugural (29 de enero) se emitirá en la siguiente edición.
Redacción NAPO
Con una inversión de 96.000 dólares y mediante un convenio entre la Prefectura de Napo y Federación Deportiva Provincial de Napo (FDPN) iniciaron la construcción complementaria de la cubierta sobre la cancha de césped sintético de la disciplina de fútbol, en la ciudad de Tena-Napo.
El rubro también contempla una segunda fase de diseño de la estructura metálica en la que se utilizará tubería de petróleo que el GAD Provincial donó. El propósito de elevar la infraestructura es brindar seguridad y comodidad a más de 2.500 deportistas que hacen uso de las instalaciones, lo que impedirá que las lluvias y el sol no deterioren el césped sintético colocado hace poco tiempo.
La obra civil a realizar con mano de obra local contempla: cimentación de suelo, cambios y adecuaciones del mismo previo a la fundición de cada columna, trabajos de construcción de plintos, cadenas y columnas. Además, en su etapa final se prevé la elaboración de pórticos, correas y
colocación de cubierta con sus respectivos desagües, cajas de revisión e iluminación interna. Noemí Macas, administradora del área financiera de FDPN, dijo estar agradecida por la obra. “Este proyecto nos ayuda para proteger la salud de los niños, adolescentes y entrenadores, a veces la incle-
mencia del tiempo puede afectar la salud de los deportistas, por ello gestionamos esta obra y hemos recibido el apoyo de las autoridades provinciales al acogerse a este convenio”, manifestó.
Circulación del 29 de enero al 2 de febrero de 2023
para los fines de Ley consiguientes.
Dr. Marcos OchoaSECRETARIO-DZ8
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DIRECCIÓN ZONAL 8 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA.
CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL AGUA PROVINIENTE DE UN POZO PROFUNDO, PERFORADO, EN LA COMUNIDAD BOCA DE TIPUTINI, PERTENECIENTE A LA PARROQUIA TIPUTINI, CANTÓN AGUARICO, PROVINCIA DE ORELLANA COORDENADAS UTM, DATUM WGS 84 UTM 18 SUR =E 437293.36 – N 9906546.43. EXTRACTO
ACTOR: Abg. HUGO FERNANDO AGUIAR LOZANO, GERENTE GENERAL DE LA EP-PETROECUADOR.
OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Uso y Aprovechamiento del Agua, proveniente de un pozo profundo perforado en la comunidad Boca de Tiputini, en un caudal total de 2.5l/s. destinados para actividades industriales y generación hidroeléctrica, en la Central de Procesos Tiputini CPT. Bloque 43. EXPEDIENTE No. MAATE-DZ8-O-2022-058-AA.
DIRECCIÓN ZONAL 8 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA.-Tena, 11 de enero del año 2023.- Las 10H00.Expediente No. MAATE-DZ8-O-2022-0058-AA.
VISTOS: Avoco conocimiento del presente expediente, en mi calidad de Director Zonal 8 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, mediante Acción de Personal No. DZ8-0002 de fecha 10 de enero del 2022 y amparado en lo que determinan los artículos 18 literal g) y 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA. y lo dispuesto en el punto 1.4.1 literal uu) del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Ambiente y Agua. En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización, para uso y aprovechamiento del agua, en actividades industriales y de generación eléctrica, presentada por el Dr. César Augusto Abad López, en calidad de procurador judicial del Abg. Hugo Fernando Aguiar Lozano, Gerente General de la EP-PETROECUADOR, la misma que es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.- Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos del agua, cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia. en uno de los periódicos que circula en la provincia de Orellana, por tres veces conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 107 del reglamento general para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone, fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la comunidad Boca de Tiputini, perteneciente a la parroquia Tiputini, cantón Aguarico, provincia de Orellana. para lo cual se enviará atenta comisión al señor teniente político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito, para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña. 4.- Se da por legitimada la intervención del Dr. César Augusto Abad López, en calidad de procurador judicial del Abg. Hugo Fernando Aguiar Lozano, Gerente General de la EP-PETROECUADOR, en virtud del nombramiento que adjunta. 5.- Téngase en cuenta el casillero judicial No. 28 del Palacio de Justicia de la ciudad de Francisco de Orellana y los correos electrónicos Cesar.Abad@eppetroecuador. ec Oswaldo.SaIazar@eppetroecuador.ec Edgar. Izurieta@eppetroecuador.ec Maria.Zea@eppetroecuador.ec para efecto de posteriores notificaciones. Así como la Autorización que les confiere a los Doctores. Cesar Abad, Edgar Izurieta, María Isabel Zea y a los abogados Oswaldo Salazar, Carolina Estrella y Hernán Rivadeneyra, para que de forma individual o conjunta presenten los escritos que fueren necesarios a favor de la presente solicitud. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa. en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE...f), Ing. Fiador Nicolay Mena Quintana, Director Zonal 8 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.- Lo que comunico al público
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN FRANCISCO DE ORELLANA EXTRACTO JUDICIAL
Se pone en conocimiento del público en general, que dentro del Proceso de Declaratoria de Unión de Hecho N° 22201-2023-00013, se ha dispuesto lo siguiente:
ACTORA: Albina Armandina Rodríguez Muñoz
DEMANDADOS: PRESUNTOS O DESCONOCIDOS HEREDEROS
DEL SR. RAÚL RODRIGO LARA RAMÍREZ (+)
PROCEDIMIENTO: Ordinario
CUANTÍA: Indeterminada
JUEZ: Dra. Marcia Vanessa Jiménez Saritama
DEMANDA: La señora Albina Armandina Rodríguez Muñoz fundamentada en los arts. 222 y 223 del Código Civil, en concordancia con el art. 289 del Código Orgánico General de Procesos, demanda la Declaratoria de la Unión de Hecho que mantuvo con quien en vida se llamó Raúl Rodrigo Lara Ramírez, desde el 27 de junio de 1988 hasta el 15 de noviembre del 2022, tiempo en el cual procrearon tres hijos en común que responden a los nombres de María Verónica, Luis Gabriel y Raúl Mayer Lara Rodríguez, quienes actualmente tienen 33, 30 y 14 años de edad. AUTO DE SUSTANCIAACIÓN: La demanda que antecede se califica de clara, completa y precisa por reunir los requisitos de ley, establecidos en el art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la admite a trámite, mediante el Procedimiento Ordinario determinado en el art. 289 del invocado cuerpo legal, en concordancia con los arts. 222 y 223 del Código Civil. En virtud de la naturaleza de la acción planteada y, de conformidad con lo que establece el art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE a los presuntos o desconocidos herederos de quien en vida fue RAÚL RODRIGO LARA RAMÍREZ (+), mediante tres publicaciones de prensa que se efectuarán en fechas distintas, en uno de los periódicos de amplia circulación de la provincia de Orellana, debiendo para el efecto, la señora Secretaria elaborar el correspondiente extracto judicial. A los demandados se les previene que tienen el término de treinta (30) días para contestar la demanda propuesta en su contra y, deducir las excepciones de las que se crean asistidos, debiendo acompañar la prueba que dispongan y anunciando la que ha de actuarse en la respectiva audiencia, conforme prescriben los arts. 151, 152 y 291 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos. Cabe destacar, que una vez transcurridos veinte días desde la última publicación, comenzará a decurrir el término para contestar a la demanda. Además se les advierte sobre la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad Francisco de Orellana, para que reciban posteriores notificaciones, pues de no hacerlo, se seguirá el trámite en rebeldía.
(...) NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. f). Dra. Marcia Jiménez Saritama, Jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Francisco de Orellana. Francisco de Orellana, 17 de enero del 2023.
Dra. Helem García Jaramillo
SECRETARIA
2/3 Q-3870 R del E
DIRECCIÓN ZONAL 8 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA.
CITACIÓN: A LOS USUARIOS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL AGUA PROVINIENTE DE UN POZO PROFUNDO PERFORADO EN LA COMUNIDAD PUERTO MIRANDA PERTENECIENTE A LA PARROQUIA TIPUTINI, CANTÓN AGUARICO, PROVINCIA DE ORELLANA COORDENADAS UTM, DATUM WGS 84 UTM 18 SUR
=E 437170.06 – N 9906694.81. EXTRACTO
ACTOR: Abg. HUGO FERNANDO AGUILAR LOZANO, GERENTE GENERAL DE LA EP-PETROECUADOR.
OBJETO DE LA SOLICITUD: Autorización de Uso y Aprovechamiento del Agua, proveniente de un pozo profundo perforado en la comunidad Puerto Miranda, en un caudal total 2.00l/s, destinados para generación de hidroelectricidad, en la Central de Procesos Tiputini CPT. Bloque 43. EXPEDIENTE NO MAATE-DZ8-O-2022-0059-AA.
DIRECCIÓN ZONAL 8 DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA. -Tena, 11 de enero del año 2023.- Las 10H55.Expediente No. MAATE-DZ8-O-2022-059-AA.
VISTOS: Avoco conocimiento del presente expediente, en mi calidad de Director Zonal 8 del
Ministerio del Ambiente. Agua y Transición Ecológica, mediante Acción de Personal No. DZ8-0002 de fecha 10 de enero del 2022 y amparado en lo que determinan los artículos 18 literal g) y 123 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 82 párrafo tercero y Art. 107 del Reglamento General a la LORHUyA. y lo dispuesto en el punto 1.4.1 literal uu) del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Ambiente y Agua. En lo principal, por cuanto la solicitud de Autorización, para aprovechamiento del agua, en generación eléctrica, presentada por el Dr. César Augusto Abad López, en calidad de procurador judicial del Abg. Hugo Fernando Aguiar Lozano, Gerente General de la EP-PETROECUADOR, la misma que es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se la acepta a trámite, en consecuencia se dispone: 1.- Cítese a los usuarios presuntos y desconocidos del agua, cuya autorización se solicita, por la prensa, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, en uno de los periódicos que circula en la provincia de Orellana. por tres veces conforme lo determina el Articulo 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua. en concordancia con el Art. 107 del reglamento general para la aplicación de la presente Ley. De igual forma se dispone, fíjense carteles en tres de los parajes más frecuentados de la comunidad Puerto Miranda, perteneciente a la parroquia Tiputini, cantón Aguarico, provincia de Orellana, para lo cual se enviará atenta comisión al señor teniente político de la parroquia antes mencionada, carteles que permanecerán fijos por el tiempo de diez días. 2.- Oportunamente se designará el perito, para que realice el estudio técnico de lo solicitado. 3.- Agréguese al proceso el escrito y documentación que acompaña. 4.- Se da por legitimada la intervención del Dr. César Augusto Abad López, en calidad de procurador judicial del Abg. Hugo Fernando Aguiar Lozano, Gerente General de la EP-PETROECUADOR. en virtud del nombramiento que. adjunta. 5.- Téngase en cuenta el casillero judicial No. 28 del Palacio de Justicia de la ciudad de Francisco de Orellana y los correos electrónicos Cesar.Abad@eppetroecuador.ec Oswaldo.Salazar@eppetroecuador.ec Edgar.Izurieta@eppetroecuador.ec Maria.Zea@ eppetroecuador.ec para efecto de posteriores notificaciones. Así como la Autorización que les confiere a los Doctores. Cesar Abad, Edgar Izurieta, María Isabel Zea y a los abogados Oswaldo Salazar, Carolina Estrella y Hernán Rivadeneyra, para que de forma individual o conjunta presenten los escritos que fueren necesarios a favor de la presente solicitud. Actúe en la presente causa el Dr. Marcos Ochoa, en calidad de Secretario.- NOTIFÍQUESE...f) ... Ing. Fiodor Nicolay Mena Quintana. Director Zonal 8 Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica.- Lo que comunico al público para los fines de Ley consiguientes.
Dr. Marcos Ochoa
SECRETARIO-DZ8
2/3 Q-3869
Juicio Ejecutivo No. 21331-2021-00380
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL
CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA SUCUMBÍOS.
Lago Agrio, lunes 5 de diciembre del 2022, a las 10h14.
EXTRACTO JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA: SALTOS
GUERRERO ÁNGEL GUILLERMO
ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PABLO MUÑOZ VEGA LTDA
DOMICILIO DEL ACTOR: correo electrónico dr. guillermoortiz@hotmail.com del Dr. Ortiz Vasquez
Guillermo Armando
CUANTÍA: USD. 54.430,20
JUEZA: Dra. Elizabeth Rubio Rivera.
SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma.
PRETENSIÓN: En Juicio Ejecutivo No. 213312021-00380 que sigue la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PABLO MUÑOZ VEGA LTDA, en contra de CACHAGO QUISHPE JOHANNA PAMELA Y OTRO. La parte actora establece en su pretensión lo siguiente: Que con fecha 21 de noviembre del 2019, los demandados SALTOS GUERRERO ANGEL GUILLERMO en calidad de deudor principal y a CACHAGO QUISHPE JOHANNA PAMELA en calidad de garante y deudor solidario, suscribieron el pagaré a la orden con vencimientos sucesivos e intereses reajustables con número de operación 0714043730 por la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA que debían ser pagados en 84 dividendos o cuotas mensuales sucesivas por los valores, plazos y vencimientos detallados en el mismo, con una tasa de interés efectiva anual de 14,93% reajustable sobre saldos, desde la fecha de suscripción del
presente pagaré a la orden hasta el vencimiento del plazo estipulado en el mismo y el interés por mora de acuerdo a los fijados por la autoridad competente. Que según la tabla de amortización del crédito los demandados SALTOS GUERRERO ANGEL GUILLERMO en calidad de deudor principal y a CACHAGO QUISHPE JOHANNA PAMELA en calidad de garante y deudora solidaria, se obligan a pagar incondicionalmente la obligación mediante 84 dividendos mensuales, con vencimientos sucesivos el capital e intereses. Que conforme la tabla de pagos, de fecha 16 de agosto del 2021 en la que consta que los demandados han cancelado hasta el dividendo No. 6, adeudando desde el dividendo número 7, la cantidad de 43.168,9, vencido el 23 de marzo del 2021, la misma que concuerda con la tabla de amortización original, en la suma de 43.168,9. Que no obstante lo anteriormente indicado los deudores, se han negado a pagar hasta la presente fecha a pesar de los múltiples requerimientos en este sentido, a cumplir con su obligación, por lo que solicita que en sentencia se declare con lugar la demanda y se condene a los señores CACHAGO QUISHPE JOHANNA PAMELA en calidad de deudor principal y a SALTOS GUERRERO ÁNGEL GUILLERMO en calidad de garante y deudor solidario, al pago de los siguientes rubros: el saldo del capital constante en el pagaré a la orden, con un interés anual efectiva del 14,93%, desde la fecha de suscripción del título e interés de mora vigente a la fecha en que se pague desde el dividendo No. 7 vencido el día 23 de marzo del 2021, en que ha sido declarada la obligación de plazo vencido, que corresponde a los siguientes rubros: capital exigible 43.168,9, interés exigible 11.261,3, que nos da un total de 54.430,20, , a los que se adicionarán los intereses que se devenguen hasta la total cancelación de la deuda, las costas procesales y los honorarios del defensor, así como gastos administrativos de notificaciones y requerimientos. Lago Agrio, martes 21 de septiembre del 2021, las 13h43, VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- Por cumplido lo dispuesto en el término de ley se considera: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN
A TRÁMITE.- La demanda y escrito de complemento presentada por el Dr. Guillermo Armando Ortiz Vásquez, en calidad de Procurador Judicial del Ing. Alex Omar Vivero García, Gerente y Representante Legal, Judicial y Extrajudicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Pablo Muñoz Vega Ltda.”, conforme lo acredita con el documento que adjunta, en contra de los señores: SALTOS GUERRERO ÁNGEL GUILLERMO en calidad de deudor principal y CACHAGO QUISHPE JOHANNA PAMELA en calidad de aval, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden, documento que consta dentro de los títulos previstos en el artículo 347 del mismo Código; y, contiene los requisitos establecidos en el artículo 348 ibídem; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.- Cítese con el contenido de la demanda, copia de los documentos adjuntos y este auto inicial, a los demandados: SALTOS GUERRERO ÁNGEL GUILLERMO en calidad de deudor principal y CACHAGO QUISHPE JOHANNA PAMELA en calidad de aval, en los domicilios señalados en la demanda, mediante deprecatorio dirigido a la señora Jueza de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Joya de los Sachas, Provincia de Orellana, para el cumplimiento de esta solemnidad, se lo realizara conforme dispone el Memorando Circular CJ-DNGP-2018-0121-MC, de fecha 10 de abril de 2018, esto la implementación del aplicativo de deprecatorios virtuales, en la cual se establece el procedimiento y responsabilidades en la ejecución de cada uno de los funcionarios; en tal virtud la señora actuaria remita el deprecatorio virtual conforme solicita la parte accionante, previniéndole a los demandados la obligación de señalar casillero judicial electrónico. Se advierte al funcionario de citaciones cumplir cabalmente con lo previsto en el Art. 63 del Código Orgánico General de Procesos; debiendo constatar de forma minuciosa la forma que se practique la citación, el lugar y fecha de la diligencia, y el nombre de la persona que lo recibe, en concordancia con lo previsto en el Art. 53 de la norma legal invocada; para lo cual deberá dejar
constancia en el acta respectiva; bajo prevenciones legales; y reformatoria del Art. 55 ibídem que dice: “en su domicilio, residencia, lugar de trabajo o asiento principal de sus negocios a cualquier persona de su familia o dependiente.” Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico de los demandados Saltos Guerrero Ángel Guillermo guillo2622@gmail.com, y Cachago Quishpe Johanna Pamela johannacachago21@gmail.com; se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. CUARTO.- CON-
TESTACIÓN.- En aplicación del Art. 351 del Código Orgánico General de Procesos, (Reformado por el Art. 62 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI2019), se concede el término de quince (15) días, para que los demandados: SALTOS GUERRERO ÁNGEL GUILLERMO en calidad de deudor principal y CACHAGO QUISHPE JOHANNA PAMELA en calidad de aval, cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- PROVIDENCIA PREVENTIVA.- En mérito de la documentación aparejada, en especial del certificado único vehicular, conferido por la Agencia Nacional de Tránsito, se dispone como providencia preventiva la PROHIBICIÓN DE ENAJENAR, del siguiente bien muebles (vehículo) de propiedad del demandado SALTOS GUERRERO ÁNGEL GUILLERMO:
Vehículo de placas TAO0082, modelo GD1JPTZ, marca HINO, año 2003, clase Autobus, tipo Bus, Motor J08CTW11896; hasta por el monto de lo reclamado en la demanda; esto es, CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON 20/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 54,430.20) según lo establecido en el artículo 351 del COGEP; para el efecto, ofíciese a la Agencia Nacional de Tránsito Unidad Ejecutora Sucumbíos, así como a la Mancomunidad de Tránsito de Sucumbíos, para su registro.Inscritas que sean las prohibiciones de enajenar, cítese a los demandados conforme se halla ordenado.- SEXTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 45 y los correos electrónicos señalados alexvivero@cpmv.fin.ec dr.guillermoortiz@hotmail.com para sus notificaciones.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria titular de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Lago Agrio, lunes 21 de noviembre del 2022, a las 14h20. Incorpórese al proceso, el escrito presentado por la parte actora.- En atención a su petición, por haberse dado cumplimiento al auto inmediato anterior, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos se dispone: CÍTESE con el contenido de la demanda, el auto inicial, y el presente auto interlocutorio al demandado SALTOS GUERRERO ÁNGEL GUILLERMO a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional, así como en un periódico de amplia difusión a nivel nacional. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso, a través de Secretaría entréguese el extracto correspondiente.- Se indica a las partes procesales que el presente auto es suscrito de manera electrónica con los efectos establecidos en el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos.- NOTIFÍQUESE.- f).
DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA. Juez. Lo que comunico para fines de Ley.- CERTIFICO
CUENCA CURIMILMA ALEXANDRA MARÍA
SECRETARIA
3/3 S-5375
EXTRACTO PARA PUBLICACIÓN EN LA PRENSA
NOTARIA SEGUNDA DEL CANTÓN LAGO AGRIO.- Cumple poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, celebrada el veinte de enero del año dos mil veintitrés en Notaria Segunda del cantón a cargo de la Doctora Nora Beatriz Culqui García, los ex conyugues
JUAN ALONSO LEMA PATAJALO; y MARÍA ES-
THELA CHILIQUINGA YUMBILLO, procedieron a la liquidar los bienes de la Sociedad Conyugal, la misma que mediante SENTENCIA DE LA UNIDAD
JUDICIAL FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA SON SEDE EN EL CANTÓN PASTAZA, PROVINCIA DE PASTAZA, con fecha, Puyo, 24 de Noviembre del 2022, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL POR DIVORCIO, entre JUAN ALONSO LEMA PATAJALO; y MARÍA
ESTHELA CHILIQUINGA YUMBILLO, mismo que ha sido marginada en el Registro Civil, el 13 de Diciembre del 2022, en la Inscripción de Matrimonio.
Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura de liquidación de los bienes de la sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial número 406 del veinte y ocho de noviembre del año dos mil seis, que a su vez reforma el artículo 18 de la Ley Notarial, agregando varios numerales, entre los cuales el numeral veinte y tres faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantil, la escritura de Liquidación de la Sociedad Conyugal, previo tramite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la partición de Liquidación del patrimonio de la sociedad de bienes correspondiente a los ex conyugues JUAN ALONSO LEMA PATAJALO; y MARÍA ESTHELA CHILIQUINGA YUMBILLO, otorgada mediante escritura pública del veinte de enero del año dos mil veintitrés, ante la suscrita Doctora Nora Beatriz Culqui García, Notaria Segunda del cantón Lago Agrio, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puede presentar su oposición fundamentada, dentro del referido termino.
Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.- Nueva Loja, quince de diciembre del año dos mil veintidós.-
F.- JUAN ALONSO LEMA PATAJALO
C.C.- 0604014654.-
F.- MARÍA ESTHELA CHILIQUINGA YUMBILLO.-
C.C.- 0650899172.-
F.- Dra. Nora Beatriz Culqui García NOTARIA SEGUNDA DEL CANTÓN LAGO
AGRIO
1/1 S-5379
Circulación del 29 de enero al 2 de febrero de 2023
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL
CITO: Con el Contenido de la Demanda, Auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de VOLUNTARIO / INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS a los herederos, presuntos y desconocidos del causante señor BYRON EZEQUIEL PEREDES HERRERA, cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: PAREDES CARCELEN BEBSI
ALEXANDRA DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS
Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE BYRON
EZEQUIEL PEREDES HERRERA
JUICIO NRO: 2022-00147
CUANTIA: INDETERMINADA
CAUSA: INVENTARIO DE BIENES SUSCESORIOS
TRAMITE: VOLUNTARIO
JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA
MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS EXTRACTO DE LA DEMANDA.- “…La narración de los hechos detallados y pormenorizados en que baso la presente demanda:Quien comparece a proponer esta demanda de inventario: Paredes Carcelén Bebsi Alexandra, como hija legítima de quien en vida fue el señor Paredes Herrera Byron Ezequiel, conforme lo justifico con la partida de nacimiento que se adjunta. Por su parte los demandados también tienen vínculos familiares con mi fallecido padre, en el siguiente orden: La señora Pinzón Jiménez Piedad Maite, fue la esposa de mi padre, desde el año 1998 hasta la fecha en que se produjo su deceso; y, Los señores: Jairo David Paredes Fiallos; Christian Leandro Paredes Darquea; y, Angely Marisol y Grace Carolina Paredes Pinzón; son también hijos de mi padre el señor Paredes Herrera Byron Ezequiel. El señor Paredes Herrera Byron Ezequiel falleció en esta parroquia Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, el día 15 de diciembre del 2020, a causa sospecha de enfermedad respiratoria por COVID, fibrilación auricular, tromboembolismo pulmonar, según consta del certificado de defunción que se adjunta a esta demanda. En vida, nuestro padre adquirió los siguientes bienes inmuebles y muebles: Un predio rural, signado con el número CERO OCHO, manzana DIECISIETE, ubicado en la ciudad de Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, adquirido por Adjudicación al Comité Pro-mejoras de la Ciudadela Veintidós de Agosto.- Predio que tiene una cabida de QUINIENTOS SETENTA Y SIETE COMA DIEZ METROS CUADRADOS de superficie. Un predio, signado con el número CERO SIETE, manzana VEINTIDÓS, ubicado en la parroquia Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, adquirido por Adjudicación al Comité Pro-mejoras de la Ciudadela Veintidós de
Agosto.- Predio que tiene una cabida de QUINIENTOS VEINTICUATRO COMA NOVENTA METROS CUADRADOS de superficie. Un predio urbano, signado con la clave catastral número 210150080112006000, ubicado en el Barrio 22 de Agosto, de la parroquia Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, adquirido por compraventa a Rodríguez Armijos Mercedes Estefanía, predio que tiene una cabida de QUINIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS de superficie. Un vehículo de las siguientes características: marca HINO, placas XBB7074, modelo FM1JLUDAC8.0 2P 6X4 DIESEL, año 2014, color AMARILLO, clase VEHÍCULO ESPECIAL, tipo VOLQUETA, motor J08CTT48760, chasis 9F3FM1JLUEXX12945. Un vehículo de las siguientes características: marca CHEVROLET, placas PCT3707, motor 4JJ1PB4711, chasis 8LBETF3N7H0355671, modelo D-MAX CRDI FULL AC 3.0 CD 4X4 TM DIESEL.Un vehículo de las siguientes características: marca HINO, placas PUK0152, motor J08CTT34982, chasis JHDFG1JPU9XX14470, modelo FG1JPUZ. Una acción en la Compañía de Transporte Pesado Putuvitrans S.A. Derechos y Acciones en la Cooperativa de Transporte Urbano “Puma”. Los fundamentos de derecho en que baso la presente demanda, Código Civil: Art. 407.-Código Orgánico General de Procesos. Art. 58.-Art. 341.-Art. 343.- ANUNCIO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE SE OFRECE PARA ACREDITAR LOS HECHOS.-La partida de nacimiento de la demandante Paredes Carcelén Bebsi Alexandra documento con el cual demostrare que soy hija legitima del señor Paredes Herrera Byron Ezequiel. El certificado de defunción de mi padre, señor Paredes Herrera Byron Ezequiel, con el cual demostrare que el mismo falleció en esta parroquia Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, el día 15 de diciembre del 2020, a causa de sospecha de enfermedad respiratoria por COVID, fibrilación auricular, tromboembolismo pulmonar. Los certificados conferidos por el señor Registrador de la Propiedad de Lago Agrio, con los cuales demostrare que mi padre Paredes Herrera Byron Ezequiel, fue propietario de los bienes inmuebles descritos en el numeral 4.4.1, 4.4.2 y 4.4.3 de esta demanda. La copia del certificado único vehicular del vehículo marca HINO, placas XBB7074, modelo FM1JLUDAC8.0 2P 6X4 DIESEL, año 2014, color AMARILLO, clase VEHÍCULO ESPECIAL, tipo VOLQUETA, motor J08CTT48760, chasis 9F3FM1JLUEXX12945,
ASAMBLEAS GENERALES EXTRAORDINARIA
De acuerdo a lo que estipula el Art. 16 y 75 del Reglamento Sustitutivo al Reglamento de la Ley de Educación Física y Recreación, aprobado el 05-08-2020 y el acuerdo ministerial N° 0389 aprobado el 20-09-2021, en su Art. 3 literales a, c, d, f, g, h y el cuarto párrafo; CONVOCO a los socios de la Liga Deportiva Barrial Nuevas Fuerzas Unidas, a las Asambleas Generales Extraordinarias, a realizarse el día 13 de febrero del 2023, a las 16h00, a la elección del Nuevo Directorio de la Liga y el día 16 de febrero del 2023, a las 16h00, a la Reforma del Estatuto de la Liga, ubicado en el espacio cubierto de la Comunidad de Tazayacu de la Parroquia San Juan de Muyuna, cantón Tena, donde se tratará el siguiente orden del día:
1. Constatación del Quórum e instalación de la asamblea.
2. Elección del Directorio de la Liga Deportiva Barrial NUEVAS FUERZAS UNIDAS, para el periodo 2023 – 2027, Toma de Juramento, posesión y aceptación del nuevo directorio.
3. Lectura, análisis y aprobación de la Reforma del Estatuto de Liga Deportiva Barrial NUEVAS FUERZAS UNIDAS, en primera instancia y definitiva.
4. Clausura.
Sr. Fayer Aguinda PRESIDENTE PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN CANTONAL DE LIGAS BARRIALES Y PARROQUIALES DE TENA
documento con el cual demostrare que mi padre Paredes Herrera Byron Ezequiel, fue propietario del vehículo descrito en el numeral 4.4.4, de esta demanda. El certificado emitido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros del Ecuador, documento con el cual se demostrará que mi padre figura como socio de la Compañía de Transporte Pesado Putuvitrans S.A. La escritura pública de posesión efectiva, documento con el cual demostrare que al fallecimiento de mi padre Paredes Herrera Byron Ezequiel, quedamos como herederos todos sus hijos y como conyugue sobreviviente la señora Pinzón Jiménez Piedad Maite. Que, conforme lo establece el inciso primero del Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos, se sirva nombrar un perito calificado por el Consejo de la Judicatura, a fin de que proceda a la formación de inventario y avalúo de los bienes inmuebles detallados en el numeral 4.3 de esta demanda. Que en la audiencia que su autoridad se digne fijar, se recepte el testimonio del perito designado, a fin de que sustente en legal y debida forma su informe pericial. SOLICITUD DE ACCESO JUDICIAL A LA PRUEBA. Con sustento en lo previsto en el artículo 142, numeral 8 del Código Orgánico General de Procesos, solicito a Usted señor juez, se sirva remitir atento oficio a las siguientes entidades: a) A la Mancomunidad de Transito de Sucumbíos, a fin de que remiten a su despacho los certificados Únicos Vehiculares de los vehículos: a) marca CHEVROLET, placas PCT3707; y, b) marca HINO, placas PUK0152, cuyo propietario fue el señor + Paredes Herrera Byron Ezequiel.b) A la Cooperativa de Transporte Urbano El Puma, a fin de que remitan a su despacho información debidamente certificada sobre los derechos y acciones pertenecientes al señor + Paredes Herrera Byron Ezequiel. Acceso judicial a la prueba que se lo requiere en razón de que, debido al carácter reservado y personal de los documentos solicitados, no fue posible obtenerlos de manera directa, de ahí que los mismos no se encuentren en mi poder. PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE.- Que, se proceda a la apertura de la sucesión y a la formación de inventario de los bienes dejados por mi padre el señor Paredes Herrera Byron Ezequiel; y,Que, en sentencia se sirva aprobar el inventario y avalúo de los bienes inmuebles del causante Paredes Herrera Byron Ezequiel. CUANTÍA DE LA DEMANDA.- En razón de la naturaleza de la presente causa, la cuantía es indeterminada. ESPECIFICACIÓN DEL
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ELECCIONES
26 de enero del 2023. De conformidad con las disposiciones estatutarias del Acuerdo a la Resolución Administrativa Nro. MD-CZ2-2023-0004-RESOL de fecha 05-01-2023, se convoca a los señores socios del Club Deportivo Básico Barrial "EL COCA FC", a la Asamblea General Extraordinaria de Elecciones, que se celebrará el día martes 14 de febrero del 2023 a partir de las 18:00:00 en la dirección:
Av. Napo Y José Feliciano (Barrio Santa Rosa), para tratar el siguiente Orden del día:
1. Constatación de Quórum.
2. Elección del directorio del Club Deportivo Básico Barrial "EL COCA FC", para el período de 4 años (2023 – 2027).
3. Toma de juramento, posesión, elaboración de nombramientos y aceptaciones del nuevo directorio.
IVAN HERNAN JURADO ALMEIDA
PRESIDENTE DEL CLUB
C.I.: 1714460753 / Teléfono:0998060664
Ivan_hjurado@yahoo.es
Circulación del 29 de enero al 2 de febrero de 2023
PROCEDIMIENTO.- El procedimiento por el cual debe sustanciarse la presente causa es el voluntario conforme lo previsto en el Art. 334.4 del Código Orgánico General de Procesos AUTO DE CALIFICACION DE LA DEMANDA.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBIOS.- U. J. FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
CON SEDE CANTON LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS.- 07 de Marzo del 2022 a las 14h55, la presente acción de APERTURA DE LA SUCESIÓN Y LA FACCION DE INVENTARIO SOLEMNE DE LOS BIENES HEREDITARIOS, presentado los herederos por la señora PAREDES CARCELEN BEBSI ALEXANDRA hija del señor PAREDES DE HERRERA BYRON AZAQUIEL hoy occiso, en contra de los herederos conocidos: PAREDES PINZON ANGELY MARISOL, PAREDES PINZON GRACE CAROLINA, PAREDES FIALLOS JAIRO DAVID, PAREDES DARQUEA
CHRISTIAN LEANDRO y la señora PINZON JIMENEZ PIEDAD MAITE, viuda sobreviviente del hoy occiso, y los herederos desconocidos. Una vez revisado la presente causa, la misma cumple con los requisitos legales generales y especiales estipulados en los Arts.142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se la califica de clara, completa y se la acepta al trámite previsto para el procedimiento voluntario reglado en los artículos 335; 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).-En consecuencia: La citación a los herederos desconocidos de conformidad con el Art.58 del COGEP, se efectuará mediante publicación que se realizará en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de lugar..
Particular que comunico a usted, para los fines legales pertinentes. Atentamente.
Ab. Oswaldo Javier Luzuriaga Rodríguez SECRETARIO UJFMNALAS
2/3 Q-3874
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS CITACIÓN JUDICIAL
CITO: Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el presente juicio de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO, para que se cite por la prensa a los herederos presuntos o desconocidos de quien en vida se llamó FÉLIX JOAQUIN BASURTO VÉLEZ, cuyo extracto es el siguiente:
ACTOR: IRMA CUSSI PARDO
DEMANDADOS: JOHNNY RICARDO, MARIO JOAN y JORGE IVAN BASURTO CUSSI
JUICIO NRO.: 21201-2022-00806
CUANTIA: INDETERMINADA
CAUSA: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO
TRÁMITE: ORDINARIO
JUZGADO: U.J. DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS, DEPENDENCIA “D”
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SUCUMBIOS.- UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBIOS. EXTRACTO DE LA DEMANDA.- IRMA CUSSI PARDO,… Los fundamentos de hecho y derecho de la demanda, expuestos con claridad y precisión, son como siguen: IV. NARRACIÓN DE LOS HECHOS: Es el caso señor Juez, que con fecha 05 de marzo del año 1992, Yo, IRMA CUSSI PARDO, y , FELIX JOAQUIN BASURTO VÉLEZ, mayores de edad, de estado civil solteros, de ocupación quehaceres domésticos y obrero, comenzamos a convivir y fruto de nuestra unión libre, estable y monogámica, conformamos nuestro hogar consolidado por más de 26 años de convivencia, en nuestro domicilio que se encuentra ubicado en el barrio san Diego, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, relación que era armoniosa y aceptable por todos nuestros familiares, vecinos y amigos, para quienes nos consideraban como esposo y esposa, dentro de nuestro hogar procreamos a nuestros hijos que responden a los nombres de JOHNNY RICARDO, MARIO JOAN, JORGE IVAN BASURTO CUSSI. Esta unión de hecho terminó por que mi conviviente comenzó a empeorar su estado de salud, a quien lo cuide y preste la atención como pareja que fuimos, cuyo resultado fue la muerte de mi conviviente, ocurrida el día 6 de abril del 2021, en la parroquia Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, conforme se singulariza en la partida de defunción registrada en la Dirección General de Registro Civil; bajo el tomo 2 página 45 acta 45. V.- FUNDAMENTOS DE DERECHO QUE JUSTIFICAN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN: Esta demanda la fundamento en los Arts. 222 y 223, 227, 232 del Código Civil, en concordancia de los artículos 67, 68, 69, 70, 82 y
169 de la Constitución de la República; Art. 240 del Código Orgánico de la Función Judicial; y, Arts. 142, 143, 144, 187 y 289 del Código Orgánico General de Procesos. VII.- LA PRETENSIÓN CLARA
Y PRECISA QUE SE EXIGE: Que, en sentencia se declare la unión de hecho existente entre IRMA
CUSSI PARDO y el extinto señor: FÉLIX JOAQUIN BASURTO VÉLEZ, en el período comprendido entre el 05 de marzo del año 1992 hasta el 06 de abril del año 2021, en la cual pueda ser reconocida como su conyugue y tenga derecho a mi porción conyugal que me pertenece y pueda optar por los beneficios como son: bienes muebles e inmuebles y más derechos que tenga en el Instituto de seguridad Social y las entidades que tenga derecho. VIII.- Cuantía es indeterminada. IX.- PROCEDIMIENTO.- Ordinario, señalado en el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos. “… AUTO DE CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA.U.J. FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO DE LA PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. “Lago Agrio, lunes 25 de noviembre del 2022, las 16h46, VISTOS.- A fojas 41 de autos consta el acta en el cual la parte actora ha juramentado en legal y debida forma sobre que desconoce la individualidad o residencia actual de los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida se llamó FÉLIX JOAQUÍN BASURTO VÉLEZ. En lo principal, la demanda de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO propuesta por IRMA CUSSI PARDO, en contra de JOHNNY RICARDO, MARIO JOAN Y JORGE IVÁN BASURTO CUSSI hijos de quien en vida se llamó FÉLIX JOAQUÍN BASURTO VÉLEZ, es clara, completa y reúne los demás requisitos establecidos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo tanto se la admite a TRÁMITE ORDINARIO. 1.- Se dispone que con copia de la demanda y esta providencia se CITE a los demandados JOHNNY RICARDO, MARIO JOAN Y JORGE IVÁN BASURTO CUSSI hijos, en el lugar que se señala en la demanda, esto es mediante la OFICINA DE CITACIONES de esta Unidad Judicial, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Nueva Loja, para recibir notificaciones que le correspondan, en caso de no comparecer se procederá conforme lo determinan los artículos 87 y 157 del Código Orgánico General de Procesos a los herederos desconocidos se los citará por uno de los medios de comunicación, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 56, numeral 1 ibídem, a lo que precederá la diligencia prevista en el artículo antes mencionado cuarto inciso, esto es la actora deberá declarar bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia de los herederos desconocidos. Por cuanto a fojas 41 de autos consta el acta de declaración se procederá a realizar el extracto correspondiente para que se cite por la prensa. 2.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada el término de treinta días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo…” “ACTA DE DECLARACIÓN CONFORME AL INCISO SEGUNDO DEL NUMERAL 2 ART. 56 Y 58 DEL COGEP. En Nueva Loja, a los veinticuatro días del mes de noviembre del 2022, a las catorce horas, ante el Dr. Fredy Álava Muentes, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el cantón Lago Agrio de la provincia de Sucumbíos, dependencia “D”; y la infrascrita secretaria titular, comparece la señora IRMA CUSSI PARDO con cédula de ciudadanía No. 2100351317; con el objeto de rendir su declaración conforme con lo dispuesto en el numeral 1 e inciso segundo del numeral 2 del artículo 56 y 58 del Código Orgánico General de Procesos. Al efecto juramentado que es en legal y debida forma previas las explicaciones de las penas de perjurio y de la obligación que tiene en decir la verdad con claridad y exactitud manifiesta: Mis nombres y apellidos son como los dejo indicados, de cincuenta y un años de edad, estado civil soltera, ecuatoriana, domiciliada en el barrio San Diego km 7 de la vía Quito, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos: Señor Juez, debo manifestar que conozco de la existencia de un hijo mayor que no se sus nombres, y pese a haber realizado averiguaciones a conocidos y amigos del señor quien en vida se llamó FELIX JOAQUIN BASURTO VÉLEZ, para dar con el domicilio o paradero de los presuntos herederos, me ha sido imposible llegar a individualizar el domicilio o residencia, por lo que desconozco en absoluto su paradero y domicilio, por lo que solicito que se cite a través de la prensa a los presuntos herederos. Con lo que termina la presente diligencia, firmando juntamente con el señor Juez y la señorita secretaria titular que certifica…”.
Particular que se comunica para los fines legales pertinentes.
Atentamente.
Ab. Dolores Virginia Ordoñez Quiñónez SECRETARIS DE LA UNIDAD JUDICIAL DEPENDENCIA “D”
2/3 Q-3874 EXTRACTO JUDICIAL
CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA: HEREDEROS PRESUNTOS O DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE ARMIJOS VARGAS ROSA ELIDA
ACTOR: BANCO PICHINCHA C.A.
DOMICILIO DEL ACTOR: Casillero Judicial Nº 99 y correo electrónico jquichimbo@live.com, de la Ab. Johanna Elizabeth Quichimbo Belitama
CUANTÍA: USD. 13.488,64
JUEZA: Dra. Elizabeth Rubio Rivera.
SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma.
PRETENSIÓN: En Juicio Ejecutivo No. 213312020-00269, que sigue Banco Pichincha C.A., en contra de RECALDE RECALDE CARLOS LENIN, la parte actora establece en su pretensión lo siguiente: en Lago Agrio, el 22 de junio del año 2016, el señor CARLOS LENIN RECALDE RECALDE, en calidad de deudor principal, suscribió con Banco Pichincha C.A. el pagaré a la orden con vencimientos sucesivos, signado con el número de operación 8000458161, por la cantidad de QUINCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO DÓALRES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 15.658,00), que debían ser cancelados a 2552 días vista, en 84 dividendos mensuales, prorroteados desde 18/07/2016, hasta el 18/06/2016 nominal anual, equivalente a la tasa efectiva anual de 17,02% correspondiente al segmento de consumo, desde la fecha de suscripción, hasta la fecha de vencimiento de cada dividendo. En el pagaré consta la estipulación, de que en caso de mora en el pago de cualquier cantidad señalada en el mismo, se pagará el máximo interés moratorio vigente a la fecha del vencimiento respectivo. Además en caso de mora de una o varias cuotas de capital e intereses, o de una fracción de cuota, el acreedor está facultado para declarar de plazo vencido la totalidad del pagaré exigir el pago anticipado de todo el capital, intereses moratorios y los gastos de cobranza. Además la parte deudora se obliga al pago de gastos judiciales, extrajudiciales y honorarios profesionales que ocasione su cobro, siendo suficiente prueba de los gastos de mera aseveración del acreedor…Que en sentencia se digne declarar con lugar la demanda y se condene al señor CARLOS LENIN RECALDE RECALDE como deudor principal y a la señora ROSA ELIDA ARMIJOS VARGAS en calidad de garante hipotecaria a pagar a BANCO PICHINCHA los siguiente: El saldo de capital pendiente de pago, que asciende al valor de DIEZ MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 10/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 10.982,10) más interés legal pactado, que asciende al monto de MIL CIENTO VEINTIOCHO CON 00/100 DÓALRES DE LOS ESTADO UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 1.128,00), más el interés de mora pactado, que asciende al monto de MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON 49/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD. 1.196,49)ambos rubros de interés, se hallan calculados hasta la fecha de corte de la liquidación de cartera 25/09/2020; además el pago de los intereses legal y de mora que pido sean calculados pericialmente y pagados hasta la fecha en que se realice la total cancelación de la deuda conforme a lo pactado en el título ejecutivo. Lago Agrio, lunes 21 de diciembre del 2020, las 14h00, VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Jueza titular de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS, en legal y debida forma y por el sorteo de ley.- Agréguese al proceso la documentación adjunta. PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda presentada por la Ab. Johanna Elizabeth Quichimbo Belitama, en calidad de Procuradora Judicial del Doctor Jaime Manuel Flor Rubianes, Representante Jurídico, en ejercicio de la Representación Legal en Asuntos Judiciales del BANCO PICHINCHA C.A., conforme lo acredita con el documento que adjunta, en contra de los señores: RECALDE RECALDE CARLOS LENIN en calidad de deudor principal, ARMIJOS VARGAS ROSA ELIDA en calidad de garante hipotecaria, es clara, precisa y cumple los requisitos legales contemplados en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un pagaré a la orden (fs. 18), documento que constituye título ejecutivo al tenor de lo prescrito en los artículos 347.5, y 348 del COGEP, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; situación por la cual se la califica y admite al Procedimiento Ejecutivo establecido en el Libro IV, Título II, Capítulo I del mismo código. SEGUNDO.- ANUNCIO DE PRUEBAS.De conformidad con el artículo 159 del Código
Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 7 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación a los demandados: RECALDE RECALDE CARLOS LENIN en calidad de deudor principal, ARMIJOS VARGAS ROSA ELIDA en calidad de garante hipotecaria, en los domicilios señalados en la demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto, enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia, quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 53, 54, 55 y 78 del COGEP y la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos y extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem, previniéndole a los demandados de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y electrónico. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 del Código Orgánico General de Procesos, que señala: "Corresponde a las partes el impulso del proceso, conforme al sistema dispositivo" se dispone que la parte actora, preste las facilidades necesarias para la citación a la parte demandada, tomando en consideración lo determinado en el Art. 4 de la Resolución No. 061-2020, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura de fecha 10 de junio de 2020, mediante la cual se expide el reglamento para gestión de citaciones judiciales; así como deberá presentar las copias de rigor adjunto al respectivo formulario constante en el anexo 1 de la mencionada Resolución, cumpliendo además con los protocolos de bioseguridad que rigen por la emergencia sanitaria, y que son de conocimiento público; todo ello dentro del término de tres días. CUARTO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación del Art. 351 del Código Orgánico General de Procesos (Reformado por el Art. 62 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019), se concede el término de quince (15) días, para que los demandados: RECALDE RECALDE CARLOS LENIN en calidad de deudor principal, ARMIJOS VARGAS ROSA ELIDA en calidad de garante hipotecaria, cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP…. SEXTO.- NOTIFICACIONES.- Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 99, casilla electrónica 2100587282 y los correos electrónicos señalados jaimeflor@pichincha.com jquichimbo@live.com para sus notificaciones.- Las partes procesales y depositario judicial tomarán en cuenta en relación a los términos el Art. 96 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), reformado mediante la “LEY ORGÁNICA REFORMATORIA DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL”, puesto que, la atención judicial jurisdiccional entrará en un periodo de receso desde el 23 de diciembre del 2020 hasta el 6 de enero del 2021.- Actúe la Dra. Alexandra Cuenca Curimilma en calidad de Secretaria de la Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Lago Agrio, viernes 19 de agosto del 2022, las 15h30, Incorpórese al proceso, el escrito presentado por la parte actora.- En atención a su petición, por haberse dado cumplimiento al auto inmediato anterior, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos se dispone: CÍTESE con el contenido de la demanda, el auto inicial, y el presente auto interlocutorio a los HEREDEROS PRESUNTOS O DESCONOCIDOS DE LA CAUSANTE ARMIJOS VARGAS ROSA ELIDA a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional, así como en un periódico de amplia difusión a nivel nacional. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente.NOTIFÍQUESE. f). DRA. ELIZABETH ROSARIO RUBIO RIVERA. Juez. Lo que comunico para fines de Ley.- Nueva Loja, 29 de agosto del 2022.CERTIFICO. Dra. Alexandra Cuenca Curimilma. SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL Civil CON SEDE EN EL CANTÓN LAGO AGRIO 1/3 S-5380
Circulación del 29 de enero al 2 de febrero de 2023
ha iniciado su proyecto de comidas rápidas, especialmente con las famosas "arepas venezolanas".
Nos comenta que hace apenas un mes, ella junto a su pareja emprendió este proyecto, la respuesta de la gente ha sido fantásticas, debido a que uno de los deliciosos platos de Venezuela, los combina con otros platos de Ecuador.
lante y prevé abrir un local de comidas cerca al parque Nueva Loja.
En una de las ferias que se desarrolló en la ciudad disponía de las deliciosas arepas rellenadas con pollo, carne y ensalada, agregando con una porción de queso, los vende de acuerdo al gusto del cliente.
En cuanto a costos, dice que la papa rellena cuesta un dólar. Cuando se instale con su negocio, el menú y el costo será variado, ya que incluirán platos ecuatorianos.
Redacción SUCUMBÍOS
Lago Agrio: Ivana Suárez, es una joven venezolana que tiene 29 años de edad, ha llegado al Ecuador hace un año y desde el primer día la gente la acogió como en
su casa, dice sentirse bien y con buenos ánimos. Actualmente, están en el proceso de obtener los documentos habilitantes para poder permanecer en el país y laborar sin problema alguno. Con el apoyo del grupo "Vivo Joven",
Apoyo del Grupo "Vivo Joven"
Con los integrantes del grupo "Vivo Joven", ha logrado obtener la cocineta, parte de los utensilios de cocina y otros menajes. Ahora ha puesto empeño para salir ade-
Ivana invitó a los jóvenes a ser parte del grupo "Vivo Joven" y cristalizar sus sueños. “Si están indecisos, no se detengan y pongan en práctica lo que tienen en mente”, precisó.