VENEZUELA
Población: 27.796.601 Capital: Caracas Convención sobre el Estatuto de Refugiado: no ra�ficado Protocolo de Nueva York sobre el Estatuto de Refugiado de 1967: ra�ficado el 19.09.1986 Refugiados: 180.000 según ACNUR (fuente ACNUR: El Perfil de la Población Colombiana con necesidad de protección internacional: el caso de Venezuela, Caracas 2009).
13.700 solicitantes de 2003 a 2009 (fuente: Comisión Nacional para los Refugiados).
Oficinas del SJR –Venezuela: Caracas (Distrito Capital) Guasdualito (Estado Apure) El Nula (Estado Apure) San Cristóbal (Estado Táchira)
1. CONTEXTO En el año 2008, el SJR-Venezuela abrió una nueva oficina en el Estado Táchira, específicamente en la ciudad de San Cristóbal, limítrofe con el departamento colombiano de Norte de Santander. Este Estado se man�ene con un alta presencia paramilitar colombiana, lo que genera condiciones de riesgo a las personas que se encuentran en situación de refugio ubicadas en su mayoría en terrenos invadidos que no cuentan con los servicios públicos básicos, ni las condiciones óp�mas de habitabilidad. Esta realidad en el estado Táchira propició que las organizaciones de Derechos Humanos presentes en la zona vieran sobrepasada su capacidad de atención por las necesidades de los solicitantes de refugio, e hizo necesaria la presencia del SJR-Venezuela que ha venido trabajando con los grupos más vulnerables como lo son las mujeres, niños, niñas y adolescentes. En la zona del Alto Apure venezolano (El Nula y Guasdualito), la Fuerza Armada Nacional Reporte Anual 2008
representada por el Ejército y la Guardia Nacional mantuvo una presencia activa a través de puestos de control apostados a lo largo de la frontera, circunstancia que sigue contrastando con la presencia de grupos armados irregulares colombianos y venezolanos, y con la gran cantidad de puertos ilegales que permiten el fácil acceso a Venezuela desde Colombia. Estos funcionarios militares fungen como protectores de la soberanía y mantienen una política de seguridad nacional que dificulta el ejercicio pleno de los derechos de los/las solicitantes de refugio y refugiados y refugiadas en la zona, sobre todo en lo que tiene que ver con el libre tránsito, aunque gracias al trabajo de las organizaciones de derechos humanos se logró disminuir los índices de detenciones y deportaciones ilegales, muy comunes en la zona; esta tarea se dificulta pues sigue existiendo un gran desconocimiento por parte de los funcionarios sobre el Derecho al Refugio y sus responsabilidades como representantes del Estado venezolano además
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