5 minute read
DERECHOS HUMANOS, AJUSTES RAZONABLES E INCLUSIÓN EN LAS POLÍTICAS PÚBLICAS RELA CIONADAS CON EL ESPECTRO AUTISTA
DERECHOS HUMANOS, AJUSTES RAZONABLES E INCLUSIÓN EN LAS POLÍTICAS PÚBLICAS RELACIONADAS CON EL ESPECTRO AUTISTA
Dr. Armando Hernández Cruz
Advertisement
Presidente de la Asociación Civil “Soy Asperger” A.C.
La protección de los derechos humanos, y específicamente de los derechos sociales, que tienden a la atención especial de grupos sociales específicos, requiere del diseño de políticas públicas eficaces, que entre otras cosas deben hacer uso de toda la capacidad del estado, haciendo necesario el destino de recursos públicos, acciones institucionales, metas específicas con criterios evaluables, para alcanzar resultados que hagan cada vez menos notorias las brechas sociales realmente existentes.
En materia de discapacidad, el artículo 2 de la Convención de los
Derechos de las Personas con Discapacidad establece la figura de
“ajustes razonables” para hacer posible la inserción social de quienes pertenecen a ciertos grupos o sectores que se encuentran en alguna situación de desventaja en el desarrollo de sus relaciones con el resto de los grupos que integran el entorno social.
Estos ajustes implican la necesidad de hacer ciertas modificaciones al entorno social, que no representen una carga excesiva desde el punto de vista económico, social o cultural, para el estado y la sociedad.
Pero el tema de los ajustes razonables es un aspecto del cual hay escaso grado de avance en nuestro país. Con trabajos podemos alcanzar a vislumbrar cierto nivel de visibilización de estos ajustes, cuando se trata de temas de accesibilidad, que se relacionan con algunos tipos de discapacidad física, motriz o sensorial.
Es evidente que falta muchísimo por hacer en ese rubro. Pero ¿Qué pasa cuando se trata de otros temas de discapacidad, como podría ser algún tipo de discapacidad psicosocial?
Muy probablemente existen casos en que ciertas condiciones no sean vistas o percibidas como discapacidades. Tal es el caso de la condición del espectro autista.
Me parece que en estos temas, hemos pasado mucho tiempo discutiendo el uso adecuado de las palabras. Si es lo mismo Asperger que Autismo, si se dice Autista o Persona con Autismo, si se dice: soy autista o tengo autismo, si es un trastorno o condición, o si es o no una discapacidad psicosocial.
Una discapacidad se define como una condición limitante. Una condición que impide o dificulta el desarrollo de las actividades cotidianas.
En mi opinión, la condición del espectro autista sí constituye una condición limitante, discapacitante. Pero lejos de someter el tema a discusión, me gustaría plantear
las ventajas de darle ese reconocimiento. Y la principal de esas ventajas es el reconocimiento de la necesidad de visibilizar, crear políticas públicas y sobre todo, implementar ajustes razonables para favorecer a la población que se encuentra en esta condición.
Considero que es necesario que el estado genere este tipo de políticas públicas. Que se planteen ajustes razonables. Que estas medidas se apliquen de manera ordenada y sistemática, y no como chispazos de luz que podemos encontrar en notas aisladas de internet, sobre medidas específicas que una escuela o una aerolínea toman voluntariamente para hacer más amigable el entorno a las personas dentro del espectro autista.
El autismo es una discapacidad psicosocial, sin duda. Una discapacidad se define como una condición que establece limitaciones, y es el caso, por supuesto. El falso “orgullo” de decir que no lo es, impide la posibilidad de exigir los derechos sociales, ajustes razonables, acciones afirmativas, y demás medidas previstas en la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que no solo son útiles, sino también necesarias para las personas que estamos dentro del espectro autista. Lejos de negar su carácter de discapacidad, hay que visibilizarlo para poder exigir políticas públicas adecuadas; ya que se trata de una condición que en algunos casos resulta “invisible.”
No tengo duda de la pesada carga semántica del término “discapacidad.” Pero aún sin el uso de la palabra, las personas en el espectro vivimos situaciones permanentes de exclusión social. Discapacidad significa capacidad disminuida. Y al menos mis capacidades de interacción social lo están, y mucho. No concuerdo con que el término solo sea utilizable para las discapacidades físicas o sensoriales. Y por último, creo que en cierta forma sería más conveniente cargar con el estigma y la consideración negativa del término “discapacidad,” si se requiere la “etiqueta” para ubicarse en los supuestos de derechos sociales, acciones afirmativas y ajustes razonables que ofrece la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad. Mientras no se encuentre un término que haga referencia específica a la diversidad que representan las distintas condiciones que constituyen la diversidad social.
Nuestro país cuenta ya con una Ley General para la Atención y Protección de las personas con la Condición del Espectro Autista, publicada en 2015. Podría ser considerada un avance, sin embargo, desgraciadamente esta norma no contiene ni líneas específicas de acción, ni ajustes razonables que se pudieran implementar para permitir el acceso de las personas dentro del espectro autista, a espacios de actuación que favorezcan el desarrollo de sus capacidades y el ejercicio de sus derechos.
Lo único memorable de esa Ley fue la exigencia del Certificado de Habilitación, que se pedía a las personas con la condición, para acreditar que se encontraban aptos para el desempeño de actividades laborales, medida que con justicia fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dado su carácter discriminatorio.
No podemos desconocer que existen en algunas otras leyes, ciertas medidas relacionadas con temas de diagnóstico e intervención escolar, sin embargo, por desgracia, no han resultado suficientes.
En el fondo, a lo que debería llegarse es a un modelo de inclusión social en el que cada persona sea libre de ejercer, sin prejuicios ni obstáculos, las mejores posibilidades para desarrollar la mejor versión de sí misma.
Debemos destacar que cuando se habla del espectro autista, no hay se trata de una condición uniforme. Tampoco se trata de una condición propia de la infancia. Los niños con autismo serán sin duda en el futuro, adultos con esa misma condición.
Por otro lado, para atender las diferentes necesidades de las personas dentro del espectro, es también necesario conocer los efectos de la propia condición y sus distintas comorbilidades.
Como cada año, este 18 de febrero se realizarán actividades conmemorativas del día mundial del Asperger. Asistiremos a algunos de esos foros y eventos, en mi calidad de Presidente de la Asociación Civil “Soy Asperger.” A.C. creada en 2016 para la visibilización de la condición del espectro autista y la promoción de políticas públicas en la materia.
Este es un buen momento para el sentimiento de exclusión, de aislamiento, y la sensación de no pertenencia que acompañan a la condición de autismo, es algo que yo no le deseo a nadie. Debemos trabajar juntos toda la sociedad para que esas brechas o divisiones sociales se eliminen. Que podamos construir un solo mundo en el que quepamos todos.