TEMPORAL
INCAPACIDAD
I.T
ENFERMAR NO ES UN DELITO
STE-CLM CONTINÚA RECLAMANDO EL COBRO ÍNTEGRO DEL COMPLEMENTO DE INCAPACIDAD TEMPORAL Y LA RECUPERACIÓN DE LOS TRES DÍAS SIN BAJA POR ENFERMEDAD Desde 2012 el profesorado venimos sufriendo la sustracción de sueldo si tenemos la desgracia de enfermar. Tras varios recursos STE-CLM consiguió recuperar parte de la cantidad de haberes descontados, incluso el cobro del 100% en alguna caso como hospitalizaciones e intervenciones quirúrgicas y enfermedades graves, y el cobro por parte del profesorado interino, al que se le descontó durante un tiempo el 100%. Pero a día de hoy se nos sigue robando el sueldo que legítimamente nos corresponde, y la Administración continúa sin retomar los tres días sin necesidad de acogerse a la baja médica. Desde STE continuaremos reclamando por todas las vías posibles el cobro del 100%, porque enfermar no es un delito.
¿CUÁNTO SE COBRA EN LA ACTUALIDAD? Situación de riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, períodos de descanso por parto, paternidad o adopción o acogimiento.
100%
Por contingencias profesionales
IT derivada de una situación de violencia de género
IT ocasionada por cáncer u otra enfermedad grave prevista en el RD 1148/2011.
50%
Por contingencias comunes
75%
Por contingencias comunes
100%
del día 1 al 3 del día 4 al 20
IT derivada del embarazo, del parto, de la lactancia natural o de la fecundación asistida. IT que requiera hospitalización (incluida la domiciliaria) o intervención quirúrgica (incluida cirugía mayor ambulatoria). Aunque tengan lugar en un momento posterior al inicio de la incapacidad, siempre que corresponda a un mismo proceso patológico y no haya existido interrupción del mismo.
Por contingencias comunes
100%
a partir del día 21
MUY IMPORTANTE: PARA EL COBRO DEL 100% HAY QUE INDICAR LA CAUSA DE LA IT. Aclaración: según la Resolución de 08/05/2012 (instrucciones de ausencia del profesorado), por un día de indisposición no es necesario cogerse la baja (y no hay descuento de sueldo), sino que hay que presentar el justificante médico que indique necesario el reposo. Si se prolonga más de un día, sí será necesaria la baja.
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