Lapicero 142 estatutos vii congreso

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FRANQUEO CONCERTADO 13/13

Guadalajara,

noviembre 2009

congreso

mejoras

Por un futuro con

de Castilla-La Mancha

INTERSINDICAL

LAP CERO

de Castilla-La Mancha

EL

laborales y sociales

INTERSINDICAL


La entidad editora de EL LAPICERO sólo se hace responsable de los artículos que aparecen sin firma. Se permite la copia y difusión de los artículos, citando la procedencia. Página web: www.ste-clm.com Correo electrónico: ste@ste-clm.com

CONSEJO DE REDACCIÓN Antonio Vargas Díaz-Toledo, Francisca López García, Alfonso Villar Camacho, Marta Fernández Alcalde, Carlos Hernández Millán, Felipe Moraga Vacas, Domingo Díaz Real y Augusto Serrano Olmedo. COLABORAN EN ESTE NÚMERO STE-CLM, STAS-CLM, STECLM-I. RESPONSABLE DE LA SECCIÓN DE SOLIDARIDAD Alfonso Villar Camacho. DISEÑO Y MAQUETACIÓN Fernando Villalba Cabrera. IMPRESIÓN Gráficas Cuenca S.A. (Cuenca). ASESORÍA JURÍDICA Amaya Sevilla Lorenzo, Francisco Evaristo Navarro Navalón, Pascual Jiménez Munera, José Javier Donate Valera e Isabel Álvarez Martín.

EL LAPICERO 142

Revista del STE-CLM. II Época D. Legal: CR-1362-89 / I.S.S.N.: 1575-9709


S U M A R I O Portada/lema del VIII CONGRESO.............................................................................

1

REGLAMENTOS Reglamento Congresual STECLM-I............................................................................

4-6

Reglamento Congresual STE-CLM.............................................................................

7-9

Reglamento Congresual STAS-CLM...........................................................................

10-12

PONENCIA POLĂ?TICA SINIDICAL Ponencia Marco..................................................................................................................

13-25

ESTATUTOS Estatutos I-CLM..................................................................................................................

26-34

Estatutos STE-CLM...........................................................................................................

35-42

Estatutos STAS-CLM........................................................................................................ 43-50 CARTA FINANCIERA Ponencia Finanzas.............................................................................................................

51-53

VIII CONGRESO Guadalajara, noviembre 2009

INTERSINDICAL de Castilla-La Mancha

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reglamento congresual STECLM-I

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Reglamento Congresual STECLM-I ARTÍCULO 1 El VIII Congreso STECLM-Intersindical se celebrará en Guadalajara los días 13 y 14 de noviembre de 2009. ARTÍCULO 2 El Congreso se realizará bajo el lema: “Por un futuro con mejoras laborales y sociales: Intersindical de CLM” Artículo 3 El VII Congreso constará de dos fases: a) Fase precongresual o de debate de las ponencias. El debate se llevará a cabo en cada una de las asambleas provinciales. Se realizará como mínimo, en dos rondas de asambleas precongresuales, la primera para debatir las ponencias y presentar, en su caso, las enmiendas a las mismas que cada asamblea considere. Y una segunda ronda para debatir las ponencias y enmiendas remitidas por las asambleas provinciales. Con el siguiente calendario: 30 de mayo: Finaliza la redacción de los documentos. 1 al 9 de septiembre: Envío de la documentación a la afiliación. 14 al 18 septiembre: primera ronda de asambleas. 21 y 22 de septiembre:envío de las enmiendas a la Comisión del Congreso. 26 al 30 de octubre: segunda ronda de asambleas. 2 al 6 de noviembre envío a los ponentes de las enmiendas a las ponencias. b) Fase Congresual o Congreso que tendrá las funciones recogidas en el artículo 17 de los estatutos de STECLM-I Artículo 4 El orden del día del Congreso será: a) Apertura del Congreso por el secretariado regional b) Intervenciones de las instituciones y organizaciones invitadas c) Aprobación del reglamento del Congreso. d) Informe del secretariado Regional. Valoración y aprobación si procede e) Elección de la mesa del Congreso a propuesta del secretariado Regional. f) Ponencias: debate y aprobación g) Presentación y ratificación del Secretariado Regional. h) Presentación y ratificación de la Comisión de garantias i) Resoluciones presentadas j) Clausura del Congreso: Intervención de la Confederación Intersindical y del Secretariado de la Intersindical. Artículo 5 Las ponencias a debate en el Congreso serán: a) Estatutos b) Carta financiera c) Ponencia Marco Artículo 6 El Congreso está formado por delegados y delegadas de cada uno de los sindicatos que forman el STECLM-I, en número proporcional al de afiliados y afiliadas de cada sindicato, a fecha de 1 de octubre de 2009.

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Artículo 7 Los criterios de asistencia al Congreso serán: a) Un Delegado o Delegada por sindicato y provincia b) El Secretariado Regional c) Un delegado o delegada por cada cuarenta afiliados/as o fracción de los sindicatos que forman el STECLM-I y una delegación de los sindicatos que se integren previamente en la intersindical. Artículo 8 Todos los delegados y delegadas que se encuentren dentro de la representación de sus delegaciones tendrán voz y voto. Artículo 9 Los gastos de la asistencia de los delegados y delegadas serán sufragados con cargo a las finanzas del STECLM-I Artículo 10 Podrán asistir al Congreso las personas que forman parte de los sindicatos de la Intersindical de CLM y de la Confederación Intersindical , que lo deseen, pero sin derecho a voto. Artículo 11 Existirán una comisión de credenciales, constituida por una persona delegada de cada sindicato y provincia, que facilitará, previa comprobación, la acreditación correspondiente a los delegados y delegadas en el Congreso. Artículo 12 Existirá una comisión de candidaturas, constituida por una persona de cada sindicato que se encargará de recoger las candidaturas que se presenten al Secretariado Regional y Comisión de Garantías, y las presentará a la mesa del congreso. Artículo 13 Se creará una Comisión de Resoluciones que se encargará de recoger las resoluciones y entregarlas a la Mesa del Congreso. Artículo 14 Funcionamiento del Congreso El Congreso funcionará en Pleno. Podrá funcionara en comisiones para la elaboración de conclusiones y documentos de trabajo. Los documentos Congresuales serán presentados y defendidos por las personas que participaron en la elaboración de los mismos y que la comisión de organización determine. Podrán hacerse tunos de palabra a favor y en contra -cuya duración establecerá la mesapara cada documento. Las decisiones serán adoptadas por mayoría simple siempre que no sean mayoritarias las abstenciones, en cuyo caso volverá a debatirse el asunto en cuestión. En segunda votación las decisiones se adoptarán por mayoría simple con independencia del número de abstenciones. Tras la presentación y los correspondientes turnos, la Mesa someterá cada documento a su ratificación global por el pleno Congresual. Artículo 15 El Pleno de Congreso quedará válidamente constituido en primera convocatoria si están presentes la mitad más uno de los delegados y delegadas, y en segunda y última convocatoria, media hora más tarde, si estuvieran presentes un tercio de los y las mismas.

VIII CONGRESO: INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA

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Por un futuro con mejoras laborales y sociales


Artículo 16 El secretariado Regional tendrá en el Congreso las siguientes funciones: a) Nombrar la Comisión de Credenciales b) Proceder a la apertura del Congreso c) Presentar el reglamento del Congreso y someterlo a votación d) Proponer y someter a votación la Mesa del Congreso e) Presentar el informe del Secretariado Regional y someterlo a valoración y su ratificación, si procede. Artículo 17 Se elegirá, a propuesta del secretariado regional, la Mesa del Congreso que estará formada por una persona delegada por cada provincia y sindicato y que se repartirán entre ellas las funciones de Presidencia, Vicepresidencia, Secretaria, Vicesecretaria de actas y Vicesecretaria de palabra. Las decisiones de la Mesa del Congreso serán inapelables. Artículo 18 Funciones de la Mesa del Congreso a) Representar al STECLM-I durante el Congreso. b) Dirigir la Marcha del Congreso c) Dirigir y moderar los debates de las ponencias d) Someter a votación los temas a decidir Artículo 19 Los documentos congresuales (ponencias y/o resoluciones) serán presentados y defendidos por las personas que participaron en su elaboración y que se designen al efecto. Artículo 20 La ponencia podrá asumir las enmiendas que considere, siempre que ningún delegado o delegada se pronuncie en contra, y quedarán incorporadas a la misma. Aquellas enmiendas que no fueran asumidas o rechazadas serán debatidas y votadas por el Pleno del Congreso. Artículo 21 Tendrá que haber, al menos, un turno a favor y otro en contra para cada documento congresual y enmienda, cuyo número y duración establecerá la Mesa del Congreso. Tras la presentación y los correspondientes turnos, si fuese necesario, la Mesa someterá a votación la incorporación o no de la enmienda en cuestión, así como las posibles transaccionales (siempre que el enmendante y el ponente estén de acuerdo). Artículo 22 La Mesa del Congreso fijará la hora de finalización de la presentación de Resoluciones, pudiendo ser presentadas por una delegación de una provincia y sindicato o por el 10 % de los delegados y delegadas en el Congreso. La Resolución será defendida por la persona que designe al delegación que la presenta; a continuación se someterá cada una de ellas a su votación general. Artículo 23 Las decisiones se tomarán, en primera votación, por mayoría simple de los votos emitidos por las personas delegadas debidamente acreditadas en el Congreso, siempre que las abstenciones no sean mayoría de los votos emitidos. En segunda votación, la decisión se tomará por mayoría simple con independencia de las abstenciones. En caso de que no exista acuerdo será posible la presentación de transaccionales. Artículo 25 La Mesa del Congreso, una vez constituida, decidirá y someterá a la

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consideración del mismo una propuesta de orden del día. La Mesa tiene, en cualquier caso, la competencia para modificar sobre la marcha la organización del tiempo si así lo estima conveniente. Artículo 26 Los documentos aprobados en el Congreso se editarán y distribuirán en el plazo que se determine.

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Reglamento Congresual STE-CLM Artículo 1 El VIII Congreso STE-CLM se celebrará en Guadalajara los días 13 y 14 de noviembre de 2009. Artículo 2 El Congreso se realizará bajo el lema: “Por un futuro con mejoras laborales y sociales: Intersindical de CLM” Artículo 3 El VII Congreso constará de dos fases: a) Fase precongresual o de debate de las ponencias. El debate se llevará a cabo en cada una de las asambleas provinciales. Se realizará como mínimo, en dos rondas de asambleas precongresuales, la primera para debatir las ponencias y presentar, en su caso, las enmiendas a las mismas que cada asamblea considere. Y una segunda ronda para debatir las ponencias y enmiendas remitidas por las asambleas provinciales. Con el siguiente calendario: 30 de mayo: Finaliza la redacción de los documentos. 1 al 9 de septiembre: Envío de la documentación a la afiliación. 14 al 18 septiembre: primera ronda de asambleas. 21 y 22 de septiembre:envío de las enmiendas a la Comisión del Congreso. 26 al 30 de octubre: segunda ronda de asambleas. 2 al 6 de noviembre envío a los ponentes de las enmiendas a las ponencias. b) Fase Congresual o Congreso que tendrá las funciones recogidas en el artículo 16 de los estatutos de STE-CLM. Artículo 4 El orden del día del Congreso será: a) Apertura del Congreso por el secretariado regional b) Aprobación del reglamento del Congreso. c) Informe del secretariado Regional. Valoración y aprobación si procede d) Elección de la mesa del Congreso a propuesta del secretariado Regional. e) Ponencias: debate y aprobación f) Presentación y ratificación del Secretariado Regional. g) Presentación y ratificación de la Comisión de Garantías h) Clausura del Congreso Artículo 5 Las ponencias a debate en el Congreso serán: a) Estatutos Artículo 6 El Congreso está formado por delegados y delegadas del STE-CLM, en número proporcional al de afiliados y afiliadas, a fecha de 1 de octubre de 2009. Artículo 7 Los criterios de asistencia al Congreso serán: a) Un Delegado o Delegada por provincia

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b) El Secretariado Regional c) Un delegado o delegada por cada cuarenta afiliados/as o fracción de los sindicatos que forman el STE-CLM Artículo 8 Todos los delegados y delegadas que se encuentren dentro de la representación de sus delegaciones tendrán voz y voto. Artículo 9 Los gastos de la asistencia de los delegados y delegadas serán sufragados con cargo a las finanzas del STE-CLM Artículo 10 Podrán asistir al Congreso las personas que están afiliadas al STECLM, o a otros sindicatos de la intersindical o de la Confederación intersindical, que lo deseen, pero sin derecho a voto. Artículo 11 Existirán una comisión de credenciales, constituida por una persona delegada de cada provincia, que facilitará, previa comprobación, la acreditación correspondiente a los delegados y delegadas en el Congreso. Artículo 12 Existirá una comisión de candidaturas, constituida por una persona de cada provincia que se encargará de recoger las candidaturas que se presenten al Secretariado Regional y Comisión de Garantías, y las presentará a la mesa del congreso. Artículo 13 Funcionamiento del Congreso El Congreso funcionará en Pleno. Podrá funcionara en comisiones para la elaboración de conclusiones y documentos de trabajo. Los documentos Congresuales serán presentados y defendidos por las personas que participaron en la elaboración de los mismos y que la comisión de organización determine. Podrán hacerse tunos de palabra a favor y en contra -cuya duración establecerá la mesapara cada documento. Las decisiones serán adoptadas por mayoría simple siempre que no sean mayoritarias las abstenciones, en cuyo caso volverá a debatirse el asunto en cuestión. En segunda votación las decisiones se adoptarán por mayoría simple con independencia del número de abstenciones. Tras la presentación y los correspondientes turnos, la Mesa someterá cada documento a su ratificación global por el pleno Congresual. Artículo 14 El Pleno de Congreso quedará válidamente constituido en primera convocatoria si están presentes la mitad más uno de los delegados y delegadas, y en segunda y última convocatoria, media hora más tarde, si estuvieran presentes un tercio de los y las mismas. Artículo 15 El secretariado Regional tendrá en el Congreso las siguientes funciones: a) Nombrar la Comisión de Credenciales b) Proceder a la apertura del Congreso c) Presentar el reglamento del Congreso y someterlo a votación d) Proponer y someter a votación la Mesa del Congreso Artículo 16

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Se elegirá, a propuesta del secretariado regional, la Mesa del Congreso que estará formada por una persona delegada por cada provincia y que se repartirán entre ellas las funciones de Presidencia, Vicepresidencia, Secretaria, Vicesecretaria de actas y Vicesecretaria de palabra. Las decisiones de la Mesa del Congreso serán inapelables. Artículo 17 Funciones de la Mesa del Congreso: a) Representar al STE-CLM durante el Congreso. b) Dirigir la Marcha del Congreso c) Dirigir y moderar los debates de las ponencias d) Someter a votación los temas a decidir Artículo 18 Los documentos congresuales (ponencias) serán presentados y defendidos por las personas que participaron en su elaboración y que se designen al efecto. Artículo 19 La ponencia podrá asumir las enmiendas que considere, siempre que ningún delegado o delegada se pronuncie en contra, y quedarán incorporadas a la misma. Aquellas enmiendas que no fueran asumidas o rechazadas serán debatidas y votadas por el Pleno del Congreso. Artículo 20 Tendrá que haber, al menos, un turno a favor y otro en contra para cada documento congresual y enmienda, cuyo número y duración establecerá la Mesa del Congreso. Tras la presentación y los correspondientes turnos, si fuese necesario, la Mesa someterá a votación la incorporación o no de la enmienda en cuestión, así como las posibles transaccionales (siempre que el enmendante y el ponente estén de acuerdo). Artículo 21 Las decisiones se tomarán, en primera votación, por mayoría simple de los votos emitidos por las personas delegadas debidamente acreditadas en el Congreso, siempre que las abstenciones no sean mayoría de los votos emitidos. En segunda votación, la decisión se tomará por mayoría simple con independencia de las abstenciones. En caso de que no exista acuerdo será posible la presentación de transaccionales. Artículo 22 La Mesa del Congreso, una vez constituida, decidirá y someterá a la consideración del mismo una propuesta de orden del día. La Mesa tiene, en cualquier caso, la competencia para modificar sobre la marcha la organización del tiempo si así lo estima conveniente. Artículo 23 Los documentos aprobados en el Congreso se editarán y distribuirán en el plazo que se determine.

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Reglamento Congresual STAS-CLM Artículo 1 El VIII Congreso STAS-CLM se celebrará en Guadalajara los días 13 y 14 de noviembre de 2009. Artículo 2 El Congreso se realizará bajo el lema: “Por un futuro con mejoras laborales y sociales: Intersindical de CLM” Artículo 3 El VII Congreso constará de dos fases: a) Fase precongresual o de debate de las ponencias. El debate se llevará a cabo en cada una de las asambleas provinciales. Se realizará como mínimo, en dos rondas de asambleas precongresuales, la primera para debatir las ponencias y presentar, en su caso, las enmiendas a las mismas que cada asamblea considere. Y una segunda ronda para debatir las ponencias y enmiendas remitidas por las asambleas provinciales. Con el siguiente calendario: 30 de mayo: Finaliza la redacción de los documentos. 1 al 9 de septiembre: Envío de la documentación a la afiliación. 14 al 18 septiembre: primera ronda de asambleas. 21 y 22 de septiembre:envío de las enmiendas a la Comisión del Congreso. 26 al 30 de octubre: segunda ronda de asambleas. 2 al 6 de noviembre envío a los ponentes de las enmiendas a las ponencias. b) Fase Congresual o Congreso que tendrá las funciones recogidas en el artículo 16 de los estatutos de STAS-CLM. Artículo 4 El orden del día del Congreso será: a) Apertura del Congreso por el secretariado regional b) Aprobación del reglamento del Congreso. c) Informe del secretariado Regional. Valoración y aprobación si procede d) Elección de la mesa del Congreso a propuesta del secretariado Regional. e) Ponencias: debate y aprobación f) Presentación y ratificación del Secretariado Regional. g) Presentación y ratificación de la Comisión de Garantías h) Clausura del Congreso Artículo 5 Las ponencias a debate en el Congreso serán: a) Estatutos Artículo 6 El Congreso está formado por delegados y delegadas del STAS-CLM, en número proporcional al de afiliados y afiliadas, a fecha de 1 de octubre de 2009. Artículo 7 Los criterios de asistencia al Congreso serán: a) Un Delegado o Delegada por provincia

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b) El Secretariado Regional c) Un delegado o delegada por cada cuarenta afiliados/as o fracción de los sindicatos que forman el STAS-CLM Artículo 8 Todos los delegados y delegadas que se encuentren dentro de la representación de sus delegaciones tendrán voz y voto. Artículo 9 Los gastos de la asistencia de los delegados y delegadas serán sufragados con cargo a las finanzas del STAS-CLM Artículo 10 Podrán asistir al Congreso las personas que están afiliadas al STASCLM, o a otros sindicatos de la intersindical o de la Confederación intersindical, que lo deseen, pero sin derecho a voto. Artículo 11 Existirán una comisión de credenciales, constituida por una persona delegada de cada provincia, que facilitará, previa comprobación, la acreditación correspondiente a los delegados y delegadas en el Congreso. Artículo 12 Existirá una comisión de candidaturas, constituida por una persona de cada provincia que se encargará de recoger las candidaturas que se presenten al Secretariado Regional y Comisión de Garantías, y las presentará a la mesa del congreso. Artículo 13 Funcionamiento del Congreso El Congreso funcionará en Pleno. Podrá funcionara en comisiones para la elaboración de conclusiones y documentos de trabajo. Los documentos Congresuales serán presentados y defendidos por las personas que participaron en la elaboración de los mismos y que la comisión de organización determine. Podrán hacerse tunos de palabra a favor y en contra -cuya duración establecerá la mesapara cada documento. Las decisiones serán adoptadas por mayoría simple siempre que no sean mayoritarias las abstenciones, en cuyo caso volverá a debatirse el asunto en cuestión. En segunda votación las decisiones se adoptarán por mayoría simple con independencia del número de abstenciones. Tras la presentación y los correspondientes turnos, la Mesa someterá cada documento a su ratificación global por el pleno Congresual. Artículo 14 El Pleno de Congreso quedará válidamente constituido en primera convocatoria si están presentes la mitad más uno de los delegados y delegadas, y en segunda y última convocatoria, media hora más tarde, si estuvieran presentes un tercio de los y las mismas. Artículo 15 El secretariado Regional tendrá en el Congreso las siguientes funciones: a) Nombrar la Comisión de Credenciales b) Proceder a la apertura del Congreso c) Presentar el reglamento del Congreso y someterlo a votación d) Proponer y someter a votación la Mesa del Congreso Artículo 16

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Se elegirá, a propuesta del secretariado regional, la Mesa del Congreso que estará formada por una persona delegada por cada provincia y que se repartirán entre ellas las funciones de Presidencia, Vicepresidencia, Secretaria, Vicesecretaria de actas y Vicesecretaria de palabra. Las decisiones de la Mesa del Congreso serán inapelables. Artículo 17 Funciones de la Mesa del Congreso: a) Representar al STAS-CLM durante el Congreso. b) Dirigir la Marcha del Congreso c) Dirigir y moderar los debates de las ponencias d) Someter a votación los temas a decidir Artículo 18 Los documentos congresuales (ponencias) serán presentados y defendidos por las personas que participaron en su elaboración y que se designen al efecto. Artículo 19 La ponencia podrá asumir las enmiendas que considere, siempre que ningún delegado o delegada se pronuncie en contra, y quedarán incorporadas a la misma. Aquellas enmiendas que no fueran asumidas o rechazadas serán debatidas y votadas por el Pleno del Congreso. Artículo 20 Tendrá que haber, al menos, un turno a favor y otro en contra para cada documento congresual y enmienda, cuyo número y duración establecerá la Mesa del Congreso. Tras la presentación y los correspondientes turnos, si fuese necesario, la Mesa someterá a votación la incorporación o no de la enmienda en cuestión, así como las posibles transaccionales (siempre que el enmendante y el ponente estén de acuerdo). Artículo 21 Las decisiones se tomarán, en primera votación, por mayoría simple de los votos emitidos por las personas delegadas debidamente acreditadas en el Congreso, siempre que las abstenciones no sean mayoría de los votos emitidos. En segunda votación, la decisión se tomará por mayoría simple con independencia de las abstenciones. En caso de que no exista acuerdo será posible la presentación de transaccionales. Artículo 22 La Mesa del Congreso, una vez constituida, decidirá y someterá a la consideración del mismo una propuesta de orden del día. La Mesa tiene, en cualquier caso, la competencia para modificar sobre la marcha la organización del tiempo si así lo estima conveniente. Artículo 23 Los documentos aprobados en el Congreso se editarán y distribuirán en el plazo que se determine.

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Ponencia de Política Sindical

0.- LA PONENCIA DE POLÍTICA SINDICAL DE LA INTERSINDICAL DE CLM 1.- El modelo ideológico y económico en el que nos desenvolvemos. 1. Globalización y crisis económica. 2. La situación española en el contexto europeo. 2.1. Tiempos difíciles para lo público. 2.2. La reforma laboral y el abaratamiento del despido. 2.3. Posibles soluciones desde la izquierda social, política y sindical 3.- Castilla-La Mancha, crisis y alternativas 2.- EL PANORAMA SINDICAL. 1. Situación del sindicalismo en España y en Castilla-La Mancha 2. El Sindicalismo alternativo, el sindicalismo necesario. 3.- EL MODELO SINDICAL DE LA INTERSINDICAL DE CLM. 1. La Intersindical de CLM es una organización sindical de izquierdas. 2. El modelo asambleario. 3. Sindicalismo reivindicativo y sindicatos de gestión. 4. Sindicalismo autónomo. 5. Negociar para avanzar. 6. Las movilizaciones. 7. La unidad sindical como objetivo, la unidad de acción como práctica. 8. La Intersindical de CLM y la Confederación Intersindical. 4.- LOS EJES DE ACCION SINDICAL DE LA INTERSINDICAL DE CLM. 1. La defensa del empleo estable y bien pagado. 2. La potenciación de los servicios públicos. 3. La igualdad entre yodas las mujeres y los hombres. 4. El trabajo con los movimientos sociales. 5. La Salud Laboral. 6. La formación. 7. El Servicio Jurídico. 8. La representación de los trabajadores y la democracia en las relaciones sindicales. 5.- ANEXOS.

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0.- LA PONENCIA DE POLÍTICA SINDICAL DE LA INTERSINDICAL DE CLM. La Intersindical de CLM se dota con esta Ponencia de un marco general de análisis de la situación política y sindical, de definición de posiciones y de grandes líneas de trabajo para los Sindicatos que la conforman. Es una Ponencia que nos sitúa en el marco sindical de Castilla-la Mancha. Una Ponencia que nos sea útil, que sustente y unifique nuestro discurso sindical sectorial. Es la ponencia que deben conocer y asumir los Sindicatos u organizaciones que se quieran incorporar al proyecto de Intersidncial de CLM que estamos construyendo. Esta Ponencia debe ser la base del Programa Reivindicativo electoral de la Intersindical y de los Sindicatos que la forman; es el compromiso que nos ate a todas y a todos. Para ello es fundamental sustentarla en un análisis claro, actual y lo más útil posible del nuestro entorno político, social, económico y sindical. Análisis que, por otro lado, no puede ser muy diferente del que hemos realizado recientemente en el Congreso de nuestra Confederación y en el último realizado como STECLM-i, pues no se han producido cambios sociales o políticos relevantes, a excepción de la agudización de la crisis. Esta Ponencia no incluye, ni puede incluir, las reivindicaciones sectoriales, pues entendemos que están vigentes los Programas Reivindicativos con el que cada Sindicato se presentó a las últimas Elecciones sindicales, y que deben figurar como Anexos a esta Ponencia. De la misma manera, asumimos como Anexo a esta Ponencia las Líneas Confederales de actuación que para cada año aprueba la Confederación Intersindical de la que formamos parte. 1.- El modelo ideológico y económico en el que nos desenvolvemos. 1. Globalización y la crisis del sistema. El capitalismo está demostrando cada día más su ineficacia en conseguir satisfacer las necesidades de los habitantes del planeta y, desde la década de los 90, se consolidan como dominantes las tendencias más depredadoras que buscan el máximo aumento de beneficios al capital sin tener en cuenta ningún otro factor. Este carácter se acentúa con una globalización económica que se aprovecha de los huecos legales para aumentar la búsqueda del beneficio a pesar de los eufemísticamente denominados costes sociales. Siempre es lo mismo: la empresa recibe dinero público para sus infraestructuras y cuando decide cambiar su ubicación para ahorrar costes, despide a toda la plantilla, cierra la fábrica, traslada las infraestructuras a lugares en los que poder obtener más productividad. Los procesos de globalización se extienden por todo el mundo y elevan los lugares de toma de decisión de nuestras vidas fuera de los marcos estatales, haciendo cada vez más difíciles las luchas reivindicativas dentro del marco de cada comunidad y de cada Estado. Las superestructuras económicas y políticas (Organización Mundial del Comercio, Fondo Monetario Internacional, Banco Mundial, Unión Europea, OCDE, G-8, etc.) crean marcos más complejos que obligan a las y los trabajadores a pensar en marcos de lucha internacional para poder desarrollar sus aspiraciones.

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La distancia entre países pobres y países ricos aumenta, al mismo tiempo que lo hacen las diferencias sociales entre los ricos y los pobres. El empobrecimiento de los países pobres es cada vez más acuciante por real. La crisis que padecemos supone, en lo político, una prueba indiscutible de que la globalización neoconservadora ni siquiera es capaz de aportar soluciones a corto plazo, coyunturales, para el conjunto de la población mundial. La depredación desatada por las transnacionales, que no es otra cosa que imperialismo de nuevo cuño, ha provocado fracturas sociales de difícil cura, y ha comenzado a devorarse a sí misma. Ver a los gobiernos y a los bancos centrales librar fondos sin fin para salvar a las grandes corporaciones financieras, en lugar de legislar penalmente contra los resultados de la especulación y de evitar que las clases más desfavorecidas, las clases medias y en una medida nada desdeñable el sector público, pague los platos rotos de una crisis en cuya gestación nada han tenido que ver, demuestra sin duda la complicidad nada disimulada del poder político con el gran capital. La grave situación mundial supone la quiebra de las políticas construidas a partir del que se conoció como “consenso de Washington”, desde finales de los años 70. En el plano estrictamente político es cierto que fue un éxito: fue la época de las reconversiones industriales en el norte, del desmantelamiento del escaso tejido industrial al sur, de la apertura de fronteras a los capitales foráneos, de la primera fase de privatización de los servicios públicos, del comienzo del desmantelamiento del llamado “estado del bienestar” y de la desacreditación absoluta de la izquierda real. A nivel económico la cosa no estuvo tan clara. Hoy sabemos que las abrumadoras subidas de los índices de los mercados bursátiles se debían más a la especulación que a la generación de riqueza por las empresas grandes o medianas que cotizan en bolsa. Las ganancias de las grandes corporaciones no circulaba a nivel internacional de manera simétrica, generando más desequilibrios entre el centro desarrollado, con incrementos masivos de ingresos, y la periferia infradesarrollada. A mediados de los noventa comenzó a ser evidente que la situación era insostenible. Ya entonces teóricos del movimiento altermundista advertían del peligro que se cernía sobre el polo desarrollado del planeta, por la falta de bases reales de este desarrollo. Sea quien sea quién realmente ostente el poder económico, la resistencia ante estos procesos ha de ser global, pero en estos momentos falta por parte de la izquierda sindical y política una clarificación sobre cuáles son los objetivos de esa resistencia, cuales son los objetivos a conseguir. El heterogéneo movimiento ciudadano que contesta estas políticas, conocido comúnmente con la denominación “antiglobalización” o, más propiamente, “altermundialista”, se encontraba, hasta hace aproximadamente dos años, sumido en el desconcierto cuando no en la pura inoperancia o, en el peor de los casos, proponiendo acciones locales, normalmente en el orden de las soluciones individuales, que de poca o ninguna raigambre popular gozaban. El estallido de la famosa “crisis” parece haber revitalizado la discusión interna en el movimiento, surgiendo acciones y movilizaciones de nuevo unitarias, globales precisamente, tendentes sobre todo a realizar análisis alternativos en el orden social y sobre todo económico. Las organizaciones de diverso tipo comprometidas con la izquierda, también las sindicales, también la Intersindical de CLM, tenemos un campo de trabajo inmenso en este movimiento, puesto que es útil no por sí mismo, sino como instrumento de concreción de las propuestas de otro orden en las relaciones económico-sociales, en las soluciones para los problemas específicos de los sectores más desfavorecidos de la sociedad, y para la construcción de paquetes de medidas colectivas de carácter progresista que constituyan

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soluciones viables políticamente. Cuando una crisis como la que nos sacude, que no es la primera, pues las crisis del capitalismo se han demostrado cíclicas, se desata definitivamente, es decir, cuando la desaceleración deviene en catástrofe, en recesión, siempre se producen reacciones arquetípicas y en un orden preciso: negación, huida, pacto social, concentración política, moderación patronal, salvamento del entramado financiero, depauperación del sector público y pago de los platos rotos por parte de los de siempre... que son quienes menos tuvieron que ver en la gestación del problema: los trabajadores y las trabajadoras. 2. La situación española en el contexto europeo. El modelo de crecimiento español, desde hace más de diez años, se ha basado en dos pilares fundamentales: la construcción salvaje y el consumo privado, un consumo privado no asentado en el incremento salarial sino en el endeudamiento de las familias. La economía, a todos los niveles, es cierto que ha ido creciendo, pero todos los gobiernos de este periodo han perdido de vista un dato elemental: se crecía a crédito. Y los créditos también es elemental que hay que devolverlos. El endeudamiento tiene como consecuencia directa la reducción del consumo y por tanto, a medio plazo, del crecimiento. La incorporación de un contingente de mano de obra inmigrante en este periodo ha sido un factor nada desdeñable en la tasa de crecimiento económico. Pero esto también ha supuesto un aumento demográfico, por lo que la renta per cápita no ha aumentado al nivel de la renta global del conjunto del Estado. Pero es que además los salarios no se han beneficiado de este crecimiento, llegando incluso a perder objetivamente poder adquisitivo, dado que el gran beneficiario ha sido el excedente empresarial. Las cifras oficiales nos lo dicen: las rentas del trabajo han disminuido su aportación al PIB, en beneficio de las rentas del capital, que han aumentado su aportación en la última década; habiendo aumentado el PIB globalmetne. Los datos globales, pues, son indiscutiblemente positivos. Pero es igualmente inatacable la tesis de que ese crecimiento no ha afectado positivamente a la vida real de las personas, por lo que hay que concluir necesariamente que es el modelo económico el que presenta grandes fallas. Ni la construcción ni el endeudamiento familiar podían crecer indefinidamente, y menos al ritmo desproporcionado de la última década. Cuando la globalización ha mostrado su peor cara: aumento desproporcionado e injustificado de los precios del petróleo, aumento de los tipos de interés, afloración de los “chiringuitos” financieros…, ha estallado la crisis, aumentando el paro pese a la bajada de los precios del petróleo y del dinero. Por otro lado, en los últimos años se han intensificado las políticas de contención de los salarios, aumentando la contratación y disminuyendo el paro, mientras que al mismo tiempo el beneficio empresarial aumentaba día tras día, el poder adquisitivo se reducía y el IPC se disparaba muy por encima de las previsiones oficiales. Para los trabajadores y las trabajadoras era indispensable seguir demandando la cláusula de revisión salarial en todos los convenios colectivos, incluyendo su regulación para el sector público, así como aumentos salariales que compensen las constantes pérdidas de poder adquisitivo. Ahora, en el último año, la situación ha devenido a la inversa: la construcción se ha paralizado, el paro aumenta, las empresas se lanzan a realizar expedientes de regulación, hay más paro y desciende el consumo privado…, estamos próximos a la deflación, las empresas que cotizan en bolsa pierden de un día para otro valor, banca entra en crisis… y el Estado se lanza a salvar el sistema. Los Presupuestos Generales del Estado que se están gestando para el año 2010 pueden seguir la tónica de los anteriores: ser

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claramente restrictivos para quienes sufren la crisis, y generosos para los sectores que la han provocado. Los Presupuestos en vigor demuestran los efectos de la crisis en el ámbito de lo real, de lo cotidiano. Son la constatación de la ausencia de voluntad política para aprovechar la delicada situación socioeconómica y dar un golpe de timón a las políticas liberales, más o menos amables, que redefina el modelo social imperante, avanzando hacia el llamado “estado del bienestar”. Se ha vuelto además a la vieja costumbre de usar las disposiciones adicionales del Proyecto para recortar los derechos adquiridos por los trabajadores públicos sin siquiera presentar la propuesta a discusión en los foros de negociación que correspondan; es lo que ha ocurrido con el recorte de las pensiones del personal acogido al Régimen de Clases Pasivas. Y faltan medidas para activar la creación de empleo (el Plan E ha sido efectivo, pero insuficiente) y detener la sangría del paro, la lacra del desempleo se hace extensiva a todos los sectores de la producción y se ceba principalmente en los trabajadores y trabajadoras más jóvenes y en los inmigrantes, que están pasando a la economía sumergida por miles. La situación se resume así: cuatro millones de parados y un millón de hogares con todos sus miembros en paro. Hay que partir también de los datos reales en el terreno sindical: actualmente no llega al 16% la tasa de afiliación sindical en el conjunto del Estado. En su mayoría, esta parte de la clase trabajadora se encuadra en las centrales sindicales clásicas y es, también, la mejor remunerada o la que goza de la mayor seguridad laboral. La crisis, por tanto, afecta abrumadoramente a la población trabajadora menos sindicada y/o más débil: inmigrantes, trabajadores no cualificados, mujeres y jóvenes. Un hecho paradójico e ilustrativo es que la crisis está enviando al paro y poniendo en grave riesgo laboral a un sector muy importante de lo que se considera “clase media”. Este panorama demuestra a las claras no tanto la debilidad de un modelo de relaciones económicas, y por tanto sociales y políticas, sino su directa inviabilidad, algo que las organizaciones comprometidas con la izquierda vienen denunciando desde hace décadas, por mucho que desde el “pensamiento único” se nos quiera imponer la tesis de “el fin de la historia” y la desaparición de las ideologías. Para intentar hacer un breve análisis de la situación social y económica existente en el Estado español, producto de las ideologías políticas dominantes, es bueno que nos fijemos, sin ánimo de profundizar, en los siguientes epígrafes. 2.1. Tiempos difíciles para lo público. La privatización de los servicios públicos es una constante en Europa y en todo el mundo, siendo el Reino Unido donde ha llegado más lejos (hasta parte del sistema jurídico-penal); los organismos públicos se van convirtiendo en unidades administrativas de gestión que “adquieren” de empresas privadas los servicios que los poderes públicos estatales, autonómicos y municipales, prestan a la ciudadanía. En los últimos veinte años se han sucedido, siguiendo las directrices del FMI y del BM, las privatizaciones de empresas públicas y, lo que es peor, servicios públicos; también se han privatizado el transporte ferroviario -con un gran ineficacia en la gestión en R. Unido-, la gestión de las autopistas, del servicio de correos y de telefonía… Los transportes urbanos, la distribución del agua en las ciudades y la recogida de basuras, así como los servicios de limpieza de calles y edificios públicos están privatizados en la mayoría de las ciudades y pueblos del Estado, en medio de, por un lado, la queja ciudadana por la deficiencia en las prestaciones, o de la indiferencia, cuando las prestaciones parecen adecuadas. Y se está viendo en todos sitios: las privatizaciones, que auguraban menores constes del servicio privatizado, están demostrando todo lo contrario y que cuando el servicio prestado es más barato lo es a costa del despido de

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trabajadores, de la disminución del sueldo o/y de la deficiencia en la prestación del servicio. En enseñanza hemos pasado de la relación 70/30 en la relación pública/privada de hace unos años a la de, aproximadamente, 66/34, siendo significativo que en grandes ciudades como Madrid y Barcelona la relación va camino de ser la inversa de la señalada. Hay que señalar que ahora se pretende dejar en manos privadas el tramo 0-3 y que proliferan las universidades privadas. En Sanidad, las Fundaciones como forma de gestión de los hospitales públicos y la derivación de enfermos a la sanidad privada es una forma clara de privatización de este servicio. La Ley del Sector Ferroviario (elaborada por el PP y puesta en marcha por el PSOE) y que dividió RENFE en dos empresas: RENFEOperadora y ADIF apuesta por un modelo de ferrocarril basado en criterios mercantilistas y en la obtención de beneficios privados, en detrimento de los beneficios sociales, de la calidad, la seguridad, las condiciones laborales y el empleo. Además, este modelo repercute negativamente en los precios y en la vertebración territorial. Hay que destacar, como reflexión, un elemento fundamental en todos los países en los que las privatizaciones se han extendido: muchos trabajadores y trabajadoras son a la vez usuarios de los servicios privatizados, consumidores y pequeños accionistas… (En España una de cada cuatro familias invierte en Bolsa). 2.2. La reforma laboral permanente y el abaratamiento del despido. La precariedad sigue siendo una constante en el mercado laboral español, pese a que es cierto que desde la aprobación de la última reforma laboral han aumentado los contratos indefinidos y han disminuido los temporales, pero lo que se pretende ocultar es la facilidad con la que el empresario puede despedir al trabajador que tiene un contrato indefinido. Hay que señalar que desde la aprobación de la última reforma laboral, que hizo un año en mayo de 2007, los contratos temporales han bajado del 89’8 al 88’3% del total de contratos; de cada 10 jóvenes trabajadores de 16 a 24 años, 6 tienen contrato temporal, el doble de la media de la OCDE. DE los 30 países de la OCDE sólo Polonia tiene más temporalidad que España. Podemos decir que las reformas en la legislación laboral de los últimos años han venido a desregularizar las relaciones laborales en perjuicio de los trabajadores y trabajadoras, que hemos visto como aumentan los tipos de contratos “basura”, disminuyen las garantías en el puesto de trabajo, aumentan las facilidades para los despidos y disminuyen las indemnizaciones, a la vez que las empresas reciben ayudas económicas del Estado por realizar contrataciones. Y, sin embargo, la patronal española, el director del Banco de España y los partidos de la derecha, no paran de reivindicar una nueva reforma laboral que abarate el despido. Cuando celebremos el Congreso podremos analizar cómo se pretende la reforma y podremos opinar de la misma por medio de una Resolución. 2.3.Posibles soluciones desde la izquierda social y sindical. Entendemos que la izquierda ha de partir necesariamente de un análisis global de la situación si quiere explicar a la ciudadanía qué está ocurriendo y, sobre todo, si quiere hacer propuestas viables para contribuir a generar un debate político tendente a la reconstrucción de un pensamiento alternativo de índole progresista, algo que es hoy más necesario que nunca. La situación a nivel global que hemos reflejado más arriba se ve necesitada de propuestas que partan de la ciudadanía, que está siendo quien está pagando los platos rotos de la crisis capitalista. Las grandes reuniones de mandatarios del mundo sólo están sirviendo

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para empeorar la situación, dado que las conclusiones a las que llegan se fundamentan en políticas que abundarán más la crisis: políticas proteccionistas, aumento del endeudamiento exterior para los países del Tercer Mundo, devaluaciones masivas de sistemas monetarios débiles, uso de las reservas de fondos estatales para salvar corporaciones en crisis, etc. Es decir, profundizar el modelo económico en lugar de cuestionarlo. Como Intersindical de CLM entendemos que la izquierda debe basar la elaboración de propuestas y la contestación a la crisis al menos sobre las siguientes tesis: - control público de las instituciones dotadas de fondos públicos - replanteamiento del modelo agrícola a escala mundial - regulación pública de los mercados financieros e impuesto a los movimientos de capitales. - control fiscal de las grandes fortunas, empresas y consorcios financieros. - regulación y control públicos de los beneficios bancarios - incremento del gasto público, pues en España tenemos el índice de gasto público por habitante más bajo de la UE-15. - creación de una banca pública, que podría partir de las actuales cajas de ahorros, y reducción del precio del dinero (el precio actual es coyuntural) - erradicación del fraude fiscal (fundamentalmente amparado por la banca, las inmobiliarias y ciertas profesiones liberales, el fraude afecta al 20% de la actividad económica global del Estado, el índice más alto de la UE). Estos puntos de partida no son revolucionarios, en el sentido político del término, pero son puntos de partida que requieren un rearme ideológico de la izquierda, que la aleje definitivamente del romance más o menos explícito que un sector muy importante ha vivido en las últimas décadas con el liberalismo. Nuestro objetivo fundamental como organización sindical ha de ser el de la consecución de mejoras en el terreno laboral y social. Con ese objetivo siempre presente vamos avanzando dando pequeños pasos en lo cotidiano. Por ello es necesario que seamos capaces de incluir las reivindicaciones cotidianas en un proyecto de cambio más amplio que mire hacia la reconstrucción del sistema sobre nuevos cimientos. Ante la situación de crisis económica, desde el sindicalismo de clase tenemos que atrincherarnos en la defensa de los logros sociales y en medidas que nos protejan de las consecuencias derivadas de la crisis del sistema y seguir gritando que la crisis la paguen los que la han causado, que la crisis la paguen los ricos y los bancos. Desde la Intersindical de CLM, como parte del movimiento sindical, debemos reivindicar y reclamar aspectos fundamentales para la mejora de las condiciones de trabajo del conjunto de los trabajadores, como son: - Reducción masiva, inmediata y concertada en toda Europa del tiempo de trabajo hasta un máximo de 35 horas semanales, con contrataciones correspondientes, sin pérdida de salario ni de poder adquisitivo, sin flexibilización, y sin cómputo anual de la jornada y el rechazo más contundente a propuestas como la de las 65 horas que se ha intentado en el Parlamento europeo. - El derecho al empleo digno, estable y no precario, que garantice los ingresos básicos para poder desarrollar una vida con dignidad y con necesidades básicas cubiertas. - Aumento de salarios, con garantías de revisiones salariales ante desvíos del IPC al alza. - Un Salario Mínimo Interprofesional Europeo, un Sistema de Pensiones Común, un Salario Social (equivalente al SMI), un ingreso individual garantizado que permita a todas y todos vivir con dignidad, sin ninguna discriminación de edad, de sexo, de

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origen. - Salario Mínimo Interprofesional de 1000 euros para 2010 - Libertad y defensa de los derechos sindicales: Derecho a la negociación colectiva en cada centro de trabajo. Derecho a las secciones sindicales en las empresas y respeto a la libertad sindical. - Adelanto de la edad de jubilación y aumentos considerables de las pensiones. La renovación de las plantillas y su sustitución por un empleo joven ayudará considerablemente a la reducción de las tasas de paro. - La creación de empleos social, cultural y ecológicamente necesarios, con salarios y contratos garantizados. Encarecimiento de los despidos, protección ante la movilidad geográfica y funcional. - Igualdad en derechos. A igual trabajo igual salario sin importar el lugar de procedencia, el sexo. - Fortalecimiento de la estabilidad laboral, reducción de los empleos temporales. - Aumento de los subsidios de desempleo en tiempo y cantidad que asegure un bienestar adecuado de las familias obreras. - Defensa decidida de lo público y colectivo. - Publificación de las empresas privatizadas en los sectores de servicios sociales, educación, sanidad y paralización de los procesos de externalización de servicios llevados a cabo por las Administraciones Públicas. - Garantías de Derechos Sociales para todos y todas a la educación y la salud, la vivienda, el acceso a la cultura, la comunicación y a la jubilación; derechos para todos y todas a la asociación, manifestación, y huelga. - Nacionalización de las empresas en riesgo de cierre y de los centros de trabajo de las multinacionales que quieran llevarse las producciones y el capital fuera del estado. 1.3. Castilla-La Mancha, crisis y alternativas. Castilla-La Mancha, en el contexto general descrito y en el marco estatal, supone para nuestra organización la referencia inmediata en la que realizamos nuestro trabajo sindical. Nuestra región ha experimentado claros avances en lo económico, en lo social, en lo cultural y en lo político, aunque pese a esto estamos lejos de la media española en algunos aspectos relacionados con el bienestar de la ciudadanía, y se mantiene un bipartidismo que no representa a la pluralidad de la ciudadanía. La crisis actual afecta en gran manera a una región como CLM y se están cerrando numerosas empresas de sectores como el textil, el del calzado, el de fabricación de madera… y el paro aumenta imparable. Según la Encuesta de Población Activa, en el primer trimestre de este año la cifra de paro era del 18’2%. Sobre una población activa de 973.800 personas, estaban trabajando 797.000 y parados 176.800, aunque la llegada del verano y el trabajo temporal ha hecho disminuir en unos pocos miles esta cifra de parados. El sector Servicios es el que más parados acumula (89.099), seguido de la Construcción (34.911), la Industria (26.123), y la Agricultura (6.670), siendo 11.630 las personas paradas Sin Empleo Anterior. Actualmente está en negociación el llamado “Pacto por Castilla-La Mancha”, propiciado por el gobierno y en el que estarían implicados el PSOE, IU, los dos sindicatos más representativos, la patronal de la región, las Diputaciones y la Federación Regional de Municipios y Provincias, habiéndose quedado fuera por voluntad propia el PP. El pacto anterior, llamado “Pacto por el Desarrollo y la Competitividad en Castilla-La Mancha (2005-2010)”, no ha comclñuido su aplicación, pero no se ha publicado ninguna evaluación sobre su cumplimiento o los resultados obtenidos. El Pacto actual se articula en cuatro Mesas: Promoción Económica,

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Infraestructuras, Empleo y Políticas Sociales, y no se conocen los aspectos más importantes, pues se negocia sin luz ni taquígrafos y sólo llegan a la ciudadanía declaraciones de prensa con poco contenido. A la hora de cerrar la redacción de esta Ponencia y dado el tiempo que se lleva negociando, como se había anunciado su firma para antes del verán, y como se sabe cuando se firmará y publicará el Pacto, podemos decir que su concreción está paralizada. El nuevo modelo de financiación de las comunidades autónomas, también afectará al desarrollo de Castilla-La Mancha, aunque no podemos decir de qué manera, pues sus cifras son todavía desconocidas. Castilla-La Mancha necesita cambios importantes y profundos que le permitan incorporarse a la dinámica del resto de comunidades y países más desarrollados de nuestro entorno. Para ello, se ha de trabajar en pro de: -una vertebración territorial que corrija los actuales desequilibrios económicos y sociales. -la construcción de una nueva propuesta de desarrollo económico ecológicamente sostenible, con el objetivo del pleno empleo. -la creación de cooperativas de producción. -creación de viviendas públicas para venta y alquiler. -hacer de la educación pública la mejor política social en tiempos de crisis, construyendo centros para atender a toda la población de 0-3 años. -una política agraria que permita la utilización del agua de las cuencas de la región y acabe definitivamente con el trasvase. -el abandono de la energía nuclear (cierre de Zorita) y la apuesta decidida por energías renovables y limpias. - la defensa del medio ambiente. -alcanzar la total igualdad de oportunidades y derechos entre mujeres y hombres, erradicando todo tipo de situaciones en las que se sostienen la violencia y la discriminación. - impulsar el desarrollo de las libertades cívicas: Carta Social de Derechos. 2. EL PANORAMA SINDICAL. 2.1. Situación del sindicalismo en España y en Castilla-La Mancha En el conjunto del estado español el sindicalismo mayoritario ha ido transformándose, en el plano teórico y también en la práctica, en sindicalismo burocrático que lo ha conducido progresivamente a la desideologización y a la institucionalización, convirtiéndose en una finalidad en sí mismo. Es lo que explica la obsesión por la cooperación con las instituciones y el empresariado por encima de los intereses de las trabajadoras y trabajadores, por la modificación de los marcos de negociación hacia la centralización de los ámbitos de decisión y de representación. La institucionalización ha supuesto una serie de privilegios: la entrada en organismos públicos, liberaciones sindicales, subvenciones, propiedad de inmuebles, etc., con repercusiones de importancia sobre estos sindicatos. La firma de acuerdos y la toma de decisiones por parte de los dirigentes, necesita de una capacidad de control del aparato burocrático para que puedan disponer de una autonomía de acción con respecto a la opinión de sus bases. Se utiliza la adhesión inquebrantable a unas siglas para asegurar a los Gobiernos la “paz social” con la aceptación de acuerdos sin someterlos a debate entre su afiliación y mucho menos entre los trabajadores y trabajadoras afectados. La profesionalización de técnicos sindicales en las negociaciones provoca una pérdida de contacto con las bases y crea una conciencia de ser parte del poder. La aparición en los medios de comunicación como firmantes de acuerdos produce el reconocimiento de

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pertenencia a esa clase virtual de “tecnócratas” que gobiernan el país, desligándose de los intereses que representan. La institucionalización refuerza el poder de interlocución, pero no tiene como consecuencia el fortalecimiento interno con afiliación y con estructuras sólidas en la base. Una legitimación institucional puede devenir en una progresiva deslegitimación social y en una potenciación de una cultura de delegación. En líneas generales se potencia un sindicalismo de gran aparato y conciliador, en vez de uno con carácter reivindicativo y solidario. Otra característica del modelo sindical predominante es que cada vez más su ámbito de actuación se dirige a ciertos sectores de la clase obrera que se encuentran en una situación de mejores condiciones laborales que a los realmente más necesitados. Cada vez tienen más peso en estos sindicatos los trabajadores de las grandes empresas y sobre todo los del ámbito de las Administraciones Públicas: Enseñanza, Sanidad, Administración Central, Local, Autonómica, etc. Mientras que apenas se atiende a los sectores más desprotegidos como son los de las pequeñas empresas, los de trabajo precario sobre todo las mujeres, los parados, los inmigrantes, etc. En el caso de nuestra organización es algo lógico por el origen sectorial del que procedemos y el mayoritario en la actualidad, pero debemos de ir, en la medida de nuestras posibilidades, interviniendo en la defensa de estos sectores más discriminados si no queremos acabar practicando el mismo tipo de sindicalismo que criticamos en los sindicatos institucionalizados. La persistencia de esta lógica de la institucionalización hace que se acabe evaluando como bueno aquello que beneficia al sindicato y a sus dirigentes, en lugar de que sea bueno para el sindicato aquello que beneficie a los trabajadores. La forma con la que esos sindicatos se relacionan con los trabajadores y trabajadoras ha ido cambiando para dar paso a la profesionalización el sindicato como puesto de trabajo, y el “funcionario” del sindicato en los puestos de dirección del mismo-, al funcionamiento según criterios casi empresariales, a la insuficiencia de las cuotas para su financiación, y, por lo tanto, a la dependencia de unas subvenciones directas que últimamente se han reforzado con los efectos indirectos del dinero destinado a la formación continua de los trabajadores y trabajadoras. Esta marcada evolución del sindicalismo mayoritario ha conducido al vaciado de los marcos de negociación, a la costumbre de pactar los acuerdos, e incluso los desacuerdos, fuera de las mesas de representación que se convierten a menudo en un instrumento formal de ratificación o de información. Todo esto ha ido acompañado de una práctica sindical exclusivista que despliega ataques abiertos o encubiertos contra aquellas organizaciones sindicales abiertamente reivindicativas o que simplemente hacen uso de la libertad sindical reconocida en el marco constitucional. La necesidad de recurrir a los Tribunales de Justicia para restablecer la legalidad y corregir abusos ha dado lugar a un abundante repertorio jurídico que así lo certifica. En Castilla-La Mancha constatamos el papel desmovilizador de CCOO y UGT, su afán de patrimonializar la negociación colectiva, la imposición de una política de Acuerdos y de Pactos que hipotecan cualquier movilización, conflicto o discrepancia o interna ha hecho que, en la mayor parte de los Convenios, los salarios de los castellano-manchegos sean de los más bajos de toda España. En estos momentos de crisis generalizada, con cierres y despidos masivos, se limitan a movilizaciones puntuales en cada empresa, sin querer sacar a la calle lo que está en la calle, que la crisis necesita

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una respuesta global, como global es la crisis. Las bases de estos sindicatos mayoritarios, aun no estando de acuerdo en multitud de ocasiones con las prácticas antes dichas, siguen ancladas en la inercia de la afiliación sin participación y en la cultura de la delegación, por no contemplar en su horizonte próximo otras realidades sindicales con la suficiente pujanza, organización y empuje para desplazar del campo sindical a estas organizaciones. Por otro lado hay que señalar la existencia en todo el Estado de un sindicalismo corporativo que goza de buena salud en el conjunto del Estado y en nuestra región. De manera concreta, podemos hablar de más de un centenar de organizaciones sindicales de carácter sectorial, de empresa o de ramo que llevan a cabo su tarea sindical en ámbitos muy particulares, localizados y poco complejos organizativamente, aunque en los últimos tiempos hay una tendencia a organizarse para estar presentes en los ámbitos de negociación centrales y autonómicos. En muchos casos, se convierten en organizaciones de carácter muy corporativos al centrar sus objetivos en la defensa de un colectivo de trabajadores muy concretos, con reivindicaciones puramente materiales (salarios, jornada y prestaciones). Es también cierto que, algunas de estas organizaciones minoritarias, frutos de conflictos internos de organizaciones grandes, conservan su identidad ideológica de clase pero han optado por construir su propia organización, mucho más democrática, independiente y reivindicativa que la organización matriz o de origen. En Castilla-La Mancha y dentro de campo de implantación del STE, del STAS y del SF, lo corporativo no sólo tiene una clara presencia, sino que está cosechando importantes apoyos electorales y de afiliación. Posiblemente, el discurso corporativo ligado a planteamientos conservadores de sus reivindicaciones, es lo que está haciendo que muchas trabajadoras y trabajadores, principalmente del sector público, prefieran las opciones de ANPE, SAE, CSIF, SATSE, USO, SEMAR, SC o cualquier otra opción sindical de estos perfiles a los que les gusta denominarse “asociaciones profesionales” frente al carácter más de clase que esconde el término “sindicato”. Si bien, este fenómeno se está generalizando y estos colectivos se están implantando de manera importante en los órganos de representación. En el ámbito en el que los Sindicatos de la Intersindical de CLM desarrollan su trabajo sindical nos encontramos con las siguientes organizaciones con las que solemos competir en procesos electorales: - Centrales Sindicales de amplia presencia en administración central, autonómica y municipal: CCOO, UGT y CSI-CSIF, y en mucha menor medida, USO. - Organizaciones sectoriales: -Sanidad: SAE, SATSE, CEMSATSE, SC -Justicia: STAJ -Educación: ANPE, FSIE, -Transporte y comunicaciones: SEMAF, SC, STC El Sindicalismo alternativo en Castilla-La Mancha podemos decir que tiene una implantación menor y, sin tener en cuenta en este punto a nuestra Intersindical, podemos citar a: - CGT, con escasa implantación en los ámbitos laborales, y nula en las administraciones públicas. - CNT, opción sindical que se mantiene con carácter casi testimonial - CO.BAS, las Comisiones obreras de base, escindidas de CCOO tienen presencia en algunos ámbitos laborales, formando una organización estatal. - STC, sindicato sectorial del ámbito de las comunicaciones con el que mantenemos buenas relaciones a nivel estatal.

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2.2. El Sindicalismo alternativo, el sindicalismo necesario. La diversidad que ha presentado históricamente el panorama sindical alternativo se ha visto incrementada como consecuencia del efecto “centrífugo” provocado por el autoritarismo exclusivista del sindicalismo mayoritario, con la aparición de numerosos colectivos organizados normalmente en el ámbito de la empresa. La credibilidad del sindicalismo alternativo continúa, no obstante, sin alcanzar cuotas deseables, manteniendo su representatividad en aquellos sectores donde han estado tradicionalmente implantados, pero mostrándose incapaces de articular una alternativa unitaria, a pesar de llevar unos años manteniendo encuentros que no han servido ni para dar respuestas de acción sindical propias en momentos álgidos de lucha sindical, ni para presentar una alternativa unitaria de ámbito estatal que ilusione a las trabajadoras y trabajadores. En territorios en los que hay un sentimiento nacionalista profundo han proliferado organizaciones sindicales de carácter nacionalista, actuando algunas de ellas con los mismos criterios que actúan los grandes sindicatos estatales, aquí podemos citar a ELA, LAB y CIG, aunque se reclamen del sindicalismo alternativo. Organizaciones con las que mantenemos buenas relaciones, son la IAC (Intersindical Alternativa de Cataluña) y la IC (Intersindical Canaria). Frente al sindicalismo oficial y ante un sindicalismo amarillo o conservador, es más necesario que nunca repensar el papel que debemos jugar en un futuro inmediato las organizaciones sindicales de izquierda y de clase, las que concebimos la tarea sindical como transformadora de los modelos sociales imperantes. Desde el modesto lugar que ocupamos la Intersindical de CLM en el ámbito sindical estatal, esta reflexión es lo que pretendemos hacer con esta Ponencia, pues consideramos necesario que exista un sindicalismo alternativo, por su forma de actuar y representar a las trabajadoras y trabajadores, en todos los ámbitos territoriales, también en Castilla.La Mancha. Nuestra Confederación Intersindical, como organización sindical alternativa de ámbito estatal, debe crecer sectorialmente en todo el Estado, también en los territorios en los que están implantadas organizaciones alternativas de carácter nacionalista, sobre todo sino conseguimos acuerdos que nos permitan sumar nuestra representación para tener más representación en los distintos ámbitos estatales o territoriales. 3. EL MODELO SINDICAL DE LA INTERSINDICAL DE CLM. Hemos cumplido, desde la fundación del SITRE en Albacete, más 30 años de sindicalismo y lo hacemos celebramos con el compromiso de revisar, actualizar y renovar nuestro discurso y nuestra práctica sindical. Esta tarea es ardua y se actualiza en cada Congreso, donde reflexionamos, donde repensamos con la perspectiva de las actuaciones en los próximos años. Nuestro modelo sindical está, por tanto, claramente definido en los Estatutos, aunque cabe aquí desarrollar algunos aspectos. Todo ello en la necesidad de definir una apuesta de futuro que implique un crecimiento significativo de afiliación, de sectores en los que trabajar, de confluencias intersindicales en modelos estatales y de Castilla-La Mancha, de conseguir presencia en todos los marcos de negociación colectiva a los que nos presentemos y el reconocimiento público e institucional de la Intersindical de CLM. 1.La Intersindical de CLM es una organización sindical de izquierdas. La Intersindical se viene defiendo desde su constitución en 1977, como una organización sindical de clase, perteneciente por tanto al entorno de la izquierda sindical, social y política. Por tanto, sus análisis, sus propuestas y sus compromisos vienen claramente acotados por este marco ideológico que compartimos con

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numerosas organizaciones, principalmente las de la Confederación Intersindical en cuanto que organización de ámbito estatal. Poder compartir los análisis con otras organizaciones sindicales, pero también políticas, nos enriquece y nos hace fuertes, a la vez que nos permite tener nuestro discurso propio y diferenciado debido a nuestra realidad territorial inmediata. Hoy, más que nunca, las reivindicaciones sindicales deben buscar la confluencia y la unidad. Es necesaria una fuerza sindical estatal, incardinada en las estructuras sindicales europeas, que proponga a las trabajadoras y a los trabajadores reivindicaciones para conseguir mejoras laborales, pero también reivindicaciones que tengan como objetivo cambiar las bases en las que se fundamenta la sociedad capitalista actual. En Castilla-La Mancha el panorama sindical al margen de las grandes organizaciones es escaso y nuestro trabajo sindical se hace, por tanto, m´s difícil, pero no por ello debemos dejar de intentar confluir con aquellas pequeñas organizaciones o colectivos de trabajadores que participen del modelo asambleario. 2. El modelo asambleario. Resulta complicado, cada vez más, definir nuestro modelo sindical sin recurrir a viajes definiciones, cuestionadas por el quehacer del día a día, por las nuevas prácticas o por la falta de participación. Es el caso de nuestro modelo asambleario que nos define según nuestros estatutos. En los momentos que corren la participación de trabajadoras y trabajadores en la acción sindical no es algo habitual. Excepto cuando aparece un problema de gran envergadura, la participación es muy escasa. En el ámbito del empleo público los movimientos asamblearios se han dado fundamentalmente en los colectivos con algún grave problema (personal de Justicia), de personal interino por la estabilidad y el acceso… El tipo de sociedad en el que vivimos y la acción consciente de quienes dirigen esta sociedad y a los sindicatos mayoritarios es una invitación constante a delegar en otros y en todo caso a considerar ineficaz el preocuparse directamente por la gestión de lo que nos afecta. Nuestra declaración como sindicato asambleario y participativo no se puede quedar en algo puramente nominal. Está claro que hoy, en la mayoría de los casos, no basta con lanzar un papel, remitir correos electrónicos o colocar un anuncio en la página Web para lograr una asamblea mínimamente participativa hay que preparar concienzudamente las fases previas a la misma. En la mayoría de los casos es necesario llegar de una manera personal o telefónica, a través de las personas liberadas o la afiliación activa, al colectivo que queramos reunir. No podemos sentirnos satisfechos con cumplimentar burocráticamente nuestras “obligaciones asamblearias” si no que debemos instar a la participación y al control de la organización desde todos los ámbitos: los centros de trabajo (a través de los representantes de centros) y con el apoyo a las iniciativas de los propios trabajadores y trabajadoras, los foros de discusión en aquellas secciones sindicales de grandes dimensiones y dispersas geográficamente, el esfuerzo por la circulación de la información utilizando todos los medios a nuestro alcance… Debemos clarificar el papel de las asambleas delimitando claramente la función que les corresponde por un lado a las asambleas de afiliados y afiliadas, máximo órgano de decisión del sindicato, y por otro a las asambleas generales de trabajadores y trabajadoras, de participación y consulta. Estas asambleas generales en los centros de trabajo, también deben marcar las decisiones de la organización,

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siempre que no contradigan principios básicos de la misma y que, en ellas, estén representados los intereses colectivos y no sólo los corporativos de una parte del total de trabajadores y trabajadoras. En todo sector profesional es inevitable la tendencia a la solidaridad interna y a la defensa de los intereses de cuerpo que pueden caer con cierta facilidad en el corporativismo. Nuestra naturaleza sociopolítica y de clase debe poner un claro límite a estas tendencias en la medida en que entendemos que toda demanda específica debe ser leída en el marco de un modelo que defiende a ultranza los servicios públicos y en el marco de los intereses de los sectores sociales más desfavorecidos. 3. Sindicalismo reivindicativo y sindicatos de gestión. Siempre nos hemos definido como un sindicalismo reivindicativo, de lucha y poco burocrático. Este modelo, debido al crecimiento experimentado y a la complejidad que conlleva una organización como la nuestra, está cobrando una lectura diferente que hay que concretar. Los Sindicatos de nuestra Intersindical deben ser capaces de conciliar la reivindicación constante de unos servicios públicos de calidad y de soluciones a los problemas laborales con la prestación de servicios básicos que faciliten la acción sindical, al tiempo que contribuyen a la protección de los derechos de los trabajadores y trabajadoras y propician su afiliación. Las reivindicaciones no pueden impedir una gestión eficaz. Debemos ser capaces de resolver multitud de problemas concretos que tienen planteados trabajadores y trabajadoras concretos, de ahí la importancia de una buena formación que es exigible a los liberados sindicales. En este sentido, es importante subrayar, por ejemplo, el papel de un buen servicio jurídico que se meta de lleno en el día a día del sindicato. Otro elemento clave para mejorar la presentación de nuestras alternativas de acción sindical es la utilización de los medios de comunicación de cada provincia o/y comarca, que se deben unir a nuestra propia prensa sindical escrita o electrónica. La rapidez de publicación hacen de los medios de comunicación y de las páginas web de cada organización unos elementos informativos de primer orden, tanto para la información puramente profesional y laboral como de información y propaganda de nuestras propuestas de acción sindical y de sociopolítica. La atención personal debe ser otra de nuestras prioridades. Se debe hacer un esfuerzo de formación e información para que las personas que representan a nuestra organización y que atienden los requerimientos de los trabajadores y trabajadoras, puedan hacerlo con total garantía pues también en eso ponen su confianza los afiliados y afiliadas. La formación laboral permanente, especialmente la que tiene que ver con el desempeño del puesto de trabajo, es una responsabilidad de la patronal, pero existe otro tipo de formación que debe ser responsabilidad de la organización sindical: aquella que persigue adquirir una cultura solidaria, crítica y transformadora. Se trata, en suma, de concebir el sindicalismo como un instrumento que genere una capacidad de respuesta frente a una sociedad cada vez más configurada en torno al individualismo, el beneficio privado, el consumismo y la insolidaridad. 4. Sindicalismo autónomo. La Intersindical de CLM es autónoma de las distintas administraciones, de las patronales y de cualquier organización o institución social, sindical, política o religiosa. Sólo desde una verdadera autonomía puede responder a las aspiraciones de los trabajadores y trabajadoras. Por todo ello, las relaciones entre la

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Intersindical de CLM, la administración y la patronal, estarán regidas por una verdadera independencia de criterio e intereses. La Intersindical de CLM garantizará, en la medida de lo posible, su funcionamiento sobre la base de las cotizaciones y el trabajo sindical de la afiliación de quien, fundamentalmente, debe y quiere depender. La pluralidad, la confrontación de ideas, el debate... son asumidos, como aspectos positivos, de forma natural en nuestra concepción organizativa, queremos ser la expresión organizativa unitaria del sindicalismo progresista, igualitario, asambleario, reivindicativo, feminista, defensor de los servicios públicos... 5. Negociar para avanzar. La negociación que propugna la Intersindical de CLM, las negociaciones en las que participemos, deben servir para avanzar, para conseguir mejoras, pero también para fomentar la participación de trabajadoras y trabajadores afectados, impulsando procesos de debates y asambleas. La negociación se ha convertido en el principal (a veces único) cauce para la consecución de mejoras laborales. Una negociación que niegue el conflicto de intereses y en la que, por tanto, exista connivencia entre la patronal/Administración y los sindicatos conlleva la anulación de la capacidad de movilización y de presión sindical. En la medida que se pierde el vinculo de los trabajadores y trabajadoras con los sindicatos, difícilmente son percibidos por aquellos los resultados concretos de las negociaciones, lo que a la larga redunda en el descrédito de éstos y de su capacidad de incidencia, pero sobre todo de su capacidad real de representación con lo cual, paulatinamente, se abre camino un proceso de sustitución de los intereses generales por los particulares de las cúpulas sindicales o de las propias organizaciones. Por el contrario, una negociación no sólo debe servir para la consecución de las aspiraciones de los trabajadores y trabajadoras, sino también para reforzar el vínculo entre los sindicatos y sus representados. Para ello deben establecerse desde el principio los mecanismos de seguimiento y de decisión colectiva sobre los resultados y sobre el propio proceso. Transparencia, información y consulta son los compromisos que el sindicato debe asumir al afrontar una negociación. Es necesario recuperar el papel del sindicato como portavoz de los trabajadores y trabajadoras en la negociación, frente al papel que juega el representante burocrático del sindicato. Los acuerdos que culminan una negociación no son patrimonio de nadie, ni de la patronal (o administración) ni de las organizaciones sindicales firmantes. En tanto que afectan a todos los trabajadores y trabajadoras incluidos en su ámbito, se debe poder actuar en idéntico modo respecto de cualquier acuerdo, haya sido o no firmado por una organización en concreto. No firmar un acuerdo no exime de reclamar la aplicación de sus aspectos positivos, y firmarlo no debe conducir a eliminar toda actitud crítica o a ignorar sus aspectos negativos. Cuando nos enfrentamos a negociaciones deben quedar claros algunos términos que faciliten la labor de las personas que representan a la Intersindical. Es necesario encauzar el debate para que sea posible la existencia de una libre y amplia comunicación de ideas. Las personas que representan a la Intersindical de CLM en las mesas deben saber con antelación cuáles son los límites marcados para inclinarse por una posición u otra. Esto implica toda una labor previa de consulta y decisión, de intentar prever las posibles propuestas o contrapropuestas de las administraciones o las patronales y las posiciones de las otras organizaciones sindicales.

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No nos podemos enfrentar a las negociaciones con criterios maximalistas rígidos, sin valorar las diferentes circunstancias, que a largo plazo aboquen fundamentalmente en la frustración. La respuesta final debe darse tras un análisis pormenorizado de qué supone de avance, de si tiene o no contrapartidas negativas, de si se sale reforzado o debilitado de la firma, de si aumenta o disminuye la moral para futuras movilizaciones. En todo caso, siempre hemos defendido la necesidad de consulta a todo el personal implicado y que sean las asambleas quienes decidan de forma mayoritaria la postura a tomar por el sindicato si en el acuerdo que se propone no está claro el logro de los objetivos mínimos planteados por el colectivo. 6. Las movilizaciones. Ante la falta de negociación o cuando la negociación se estanca, la Intersindical de CLM tiene que proponer y convocar movilizaciones. La huelga ha sido y es uno de los instrumentos fundamentales de lucha de la clase trabajadora. Desde nuestro modelo sindical la decisión de ir a la huelga, o de realizar cualquier otra movilización en la que se quiere implicar al mayor número de personas, no es fruto de decisión del Secretariado, sino el resultado de la aprobación de la propuesta sindical o/y de la propuesta de la asambleas correspondientes. Por ello una tarea fundamental, previa a cualquier otra, debe ser la de informar y concienciar. En el caso de convocatorias unitarias, se debe evitar e convocar huelga sin hacer primero la propuesta a los afectados, y tratar de llevar a los otros sindicatos a procesos asamblearios conjuntos que consigan la mayor implicación de las personas trabajadoras en la toma de decisiones y en la organización de las movilizaciones. Por otro lado no podemos entender la huelga clásica como único medio de movilización. Las movilizaciones pueden ir desde la concentración en la puerta del centro de trabajo, a la hora del desayuno, la recogida de firmas o los bombardeos de correos electrónicos a determinadas direcciones, o cualquier otra acción que exprese la reivindicación. Es muy importante, en las movilizaciones desde los Servicios Públicos, tener en cuenta a la ciudadanía que pueda ser afectada y explicarle, de forma prioritaria, las razones que nos llevan a realizar las acciones decididas. Nunca deben convertirse en enemigos, más bien al contrario, deben ser un argumento más y un apoyo en defensa de nuestras reivindicaciones. Otro aspecto a tener en cuenta es que las personas que decidan secundar una movilización deben ser conscientes de qué es lo que apoyan y cuáles pueden ser las salidas del conflicto. Incluso tienen que ser conscientes de que apoyan determinadas movilizaciones que no tienen una solución inmediata. Ser reivindicativos no significa llevar al colectivo a callejones sin salida, al menos sin su conocimiento y consentimiento. Tampoco se pueden utilizar las movilizaciones para luego firmar o conseguir beneficios que poco tienen que ver con los motivos iniciales del conflicto. Tiene que haber una relación directa y real entre los llamamientos a la movilización, los procesos negociadores y reivindicativos y la firma de acuerdos. Los objetivos ante una movilización deben ser acordes con las necesidades y aspiraciones de las personas afectadas y con la fuerza que podamos emplear. A la hora de plantear una movilización no hay que rebajar los planteamientos a lo que está dispuesto a dar la administración o la patronal, ni tampoco hacer planteamientos imposibles. Ni convocar movilizaciones que desgasten a las trabajadoras y los trabajadores sin estrategias bien planteadas a corto y medio plazo.

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En la administración pública hay que conseguir que se amplíe el ámbito de negociación, hoy muy restringido y gravemente amenazado por la aplicación del Estatuto Básico, llevando el ámbito de negociación a mesas en la que no están los directos representantes de los trabajadores, pero que responden a los intereses de los sindicatos mayoritarios. Para la firma de acuerdos debemos de tener en cuenta lo conseguido, las fuerzas disponibles y el que no se hipotequen reivindicaciones futuras. En base a esas consideraciones tendremos que decidir si un acuerdo que no cumpla con todo lo reivindicado es firmable o no. Tras el último texto del posible acuerdo, debemos exigir a la administración tiempo necesario para hacer la consulta asamblearia correspondiente. Cuando la firma de un Acuerdo o Pacto suponga que la Intersindical de CLM, o alguno de sus Sindicatos, asume un compromiso público y legal, será la organización, a través de la asamblea general de la afiliación del colectivo afectado la que apruebe explícitamente la suscripción de dicho acuerdo, articulándose una consulta a las asambleas provinciales, procediéndose posteriormente a la ratificación del acuerdo en base a los resultados obtenidos. 7. La unidad sindical como objetivo, la unidad de acción como práctica. Para la Intersindical de CLM la unidad de los trabajadores y trabajadoras es un gran objetivo a conseguir, aunque somos conscientes de que las distintas formas de ver la realidad y de cómo podemos incidir sobre ella hace que existan muy diversos sindicatos y que la unidad orgánica se vea más como una utopía que como una realidad. No obstante, desde la Intersindical de CLM seguiremos apostando por la unidad sindical, con la vista puesta de procesos unitarios más amplios a largo plazo. En este sentido, participaremos en cualquier marco unitario de acción sindical que se considere fundamental para conseguir las demandas de los colectivos de trabajadoras afectados y en cuantas movilizaciones unitarias se puedan plantear en el seno de los movimientos sociales y/o sindicales. 8. La Intersindical de CLM y la Confederación Intersindical. Nacimos ligados a lo que hoy día es la Confederación Intersindical y hemos participado como organización de CLM en todos los Congresos, rupturas, reunificaciones y extensión de sectores que se han dado hasta llegar a lo que somos hoy día como Confederación. La Confederación Intersindical que diseñamos en el Congreso de Salamanca en 2007, es una organización de carácter estatal, en la que conviven soberanamente sindicatos e intersindicales nacionalistas y no nacionalistas, organizaciones con representación en un sector o en varios sectores, con poca y con mucha representación…, somos una realidad organizada muy asimétrica que se presenta ante los trabajadores y trabajadoras como organización alternativa a las existentes y que quiere tener presencia pública y participar en las distintas movilizaciones sindicales y sociales de carácter estatal con las que coincidamos en objetivos. La existencia en algunos territorios del Estado de organizaciones de carácter nacionalista con las que compartimos organización estatal durante años (hasta que dichas organizaciones decidieron salirse de la antigua Confederación y constituirse como organizaciones nacionalistas sin vínculo orgánico o representativo estatal), hace muy complicado el desarrollo de organizaciones que forman parte de la Confederación y que están en esos territorios. Para la Intersindical de CLM, al igual que para otras organizaciones confederadas, el que existan organizaciones que no quieren integrarse en una Confederación estatal –conservando su plena soberanía- ni computar conjuntamente para representar mejor a los trabajadores

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y trabajadoras, no debe ser impedimento para que los Sindicatos de la Confederación en esos territorios amplíen su presencia en los mismos si así lo quieren los trabajadores y trabajadoras de dichos territorios. La integración de la Intersindical de CLM en la Confederación Intersindical es un hecho constatado, pero no irreversible. Nuestra vocación como organización de CLM, como organización sindical soberana con visión estatal e internacionalista, no nos permite aceptar que nuestra Confederación u organizaciones que forman parte de ella, renuncien a organizar a trabajadores y trabajadoras, o a integrar a organizaciones de trabajadores, que consideren necesario estar en una organización estatal, aunque mantengamos relaciones privilegiadas con organizaciones nacionalistas de dichos territorios. Nuestra implicación y nuestras aportaciones confederales han sido muchas en estos años, así como también valoramos muy positivamente lo que como organización hemos recibido de la Confederación y de los Sindicatos que forman parte de la misma. Y así debe seguir siendo: participaremos activamente en la Confederación y en los distintos ámbitos sectoriales, asumiendo las responsabilidades que nos correspondan como miembros de pleno derecho. Pero también debemos estar en disposición de cambiar la relación orgánica con la Confederación Intersindical si se desvirtúa su funcionamiento o se cambia el modelo de organización de que nos hemos dotado, limitando territorial o sectorialmente a las organizaciones confederadas, impidiéndonos crecer en sectores fundamentales para nuestra Intersindical. 4.- LOS EJES DE ACCION SINDICAL DE LA INTERSINDICAL DE CLM. Los distintos Sindicatos miembros de la Intersindical de CLM, y aquellos que se quieran integrar después de conocer nuestro modelo organizativo, tienen que mantener posicionamientos comunes en temas claves de la acción sindical. Para ello, hay que concretar un número de ideas fuerza, que nos unan y sobre los que poder sustentar nuestros planteamientos sindicales y que nos sirvan de carta de identidad común ante los trabajadores y trabajadoras. Hay que tener una imagen propia, intentando acabar con la denominación genérica de “los sindicatos” que utiliza gran parte de todos los colectivos de trabajadores. De ahí la necesidad, no solo de tener nuestras señas de identidad reflejadas en los Estatutos, hay que tener una imagen clara, unas señas de identidad propias que hagan que no nos confundan con otras organizaciones. Para ello, tenemos que sentar claramente que: · La acción sindical de la Intersindical de CLM está determinada por nuestro modelo de sindicalismo alternativo, asambleario, de clase y socio-político. · Nuestras reivindicaciones y nuestras luchas rebasan el ámbito profesional y territorial en el que estamos, dado que compartimos objetivos y estrategias con otras organizaciones de la izquierda sindical, social y política de España, de Europa y del mundo. · La Intersindical de CLM ha renunciado desde su creación a un modelo sindical corporativo, apostando por un sindicalismo reivindicativo, critico y de lucha, que sabe combinar la presión, la negociación y el acuerdo social, · La Intersindical de CLM aspira a que sus Sindicatos estén implantados en todos los sectores laborales de CLM, por lo que promoverá acciones que puedan suponer su crecimiento sectorial y territorial, en solitario o junto a otras organizaciones. · La Intersindical de CLM hace una apuesta firme en la lucha por la mejora de las condiciones laborales, sociales y económicas de las trabajadoras y trabajadores de CLM, aspirando a contribuir a la transformación global de la sociedad.

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· La Intersindical de CLM garantiza estatutariamente la participación y la democracia interna frente a estructuras verticales de dirección. · La Intersindical de CLM trabaja y se implica en las luchas de los movimientos sociales de CLM. La política sindical de los Sindicatos miembros de la Intersindical de CLM está comprometida por la reivindicación y la lucha por: 1. La defensa del empleo estable y bien pagado. Como Intersindical de CLM, organización abierta a todas las trabajadoras y trabajadores de la región, reivindicaremos: 1.1. La consolidación de los puestos de trabajo de los trabajadores y las trabajadoras que, día a día, vienen demostrando que están capacitados para ocuparlos. En las Administraciones Públicas las bolsas de personal interino indican que estos trabajadores y trabajadoras están sometidos a un alto grado de precariedad que supone muchas veces, la rotación de personas diferentes para un mismo puesto de trabajo. 1.2. La defiende sistemas de selección que, cumpliendo los principios de mérito, capacidad, igualdad y publicidad, valoren significativamente la experiencia laboral previa del personal temporal. Con esta finalidad, cabe establecer tanto procesos de carácter ordinario como extraordinario, en tanto subsista el actual grado de precariedad. 1.3. Acabar con la precaria situación de los trabajadores y trabajadoras de empresas dedicadas a realizar subcontratas, tanto en el ámbito privado como en las Administraciones Públicas, y cuyas condiciones laborales suelen acumular unas características de precariedad mayores aún que el personal temporal de las grandes empresas o la Administración. 1.4. El rechazo de reformas laborales que faciliten y abaraten el despido. 1.5. El aumento de la capacidad adquisitiva de los trabajadores y trabajadoras y más cuando en los últimos tiempos se está produciendo una pérdida continuada del valor real de los salarios. 1.6. Cláusulas de revisión salarial para todos los trabajadores y trabajadoras. 1.7. Un Salario Mínimo Interprofesional de mil euros. 1.8. La reducción generalizada de la jornada laboral a 35 horas semanales sin reducción salarial. 1.9. Rechazar las horas extraordinarias en la jornada laboral de los trabajadores y trabajadoras. El número de horas extras debe servir para calcular el número de nuevos puestos de trabajo que deben ofertarse. 2. La potenciación de los servicios públicos. Un modelo social avanzado, justo y solidario conlleva la necesidad de tener unos servicios públicos de calidad, como garantía de solidaridad y de compensación de desigualdades, que cubran las necesidades de toda la población. Hay que potenciar estos servicios, transformando y mejorando sus estructuras en aras de una eficacia que no sólo conlleve la consolidación del nivel de prestaciones existente, sino que las amplíe cualitativa y cuantitativamente. Para ello es imprescindible mantener la titularidad pública de estos servicios como la mejor garantía para la superación de desigualdades mediante la universalización de los mismos. Esta debe ser una de las señas identificativas de la Intersindical de CLM: por la mejora de los servicios públicos, contra la precarización y el empeoramiento en las condiciones de trabajo del personal que trabaja en estos servicios y contra la pérdida de los servicios públicos universales como derechos. Desde la Intersindical de CLM consideramos prioritario:

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2.1.Paralizar el actual proceso de privatizaciones. Defensa de un sector público democrático que promueva un desarrollo económico y social que respete el medio ambiente para todas las ciudadanas y todos los ciudadanos. Promover políticas de retorno a la gestión pública directa de servicios gestionados por empresas privadas. 2.2.Eliminar concesiones administrativas de más de dos años que imposibiliten un eficaz control, convirtiéndose en privatizaciones definitivas encubiertas. Prestar especial atención a las cláusulas de los contratos de las empresas privadas que gestionen servicios públicos, para conseguir un control eficaz sobre la calidad del servicio, contrataciones de trabajadoras y trabajadores, salud laboral, formación, etc. 2.3.Definir un modelo de gestión pública para una mayor eficiencia y participación ciudadana tanto en el proceso de toma de decisión como en la gestión y evaluación de las políticas públicas. Aplicar los principios de subsidiariedad y descentralización para acercar la gestión pública al ciudadano. 2.4.Reforma de la Función Pública con un modelo de Estatuto para todo el empleo público que garantice la aplicación real del derecho a la negociación colectiva. 2.5.Promover la formación de cooperativas y otras formas de economía social, especialmente las dedicadas a la defensa de valores ecológicos, la lucha contra el paro y la autoorganización de las trabajadoras y los trabajadores en desempleo. 2.6.Eliminación de los conciertos educativos en aquellas localidades o barrios donde exista oferta de plazas escolares públicas. 2.7.Defensa de una Educación Pública de calidad, laica y gratuita desde los 0 años. 2.8.Defensa de unos medios de transporte públicos, con la creación de una red ferroviaria de cercanías entre las principales ciudades de la región. 2.9.Defensa del carácter de servicio público de la comunicación. Los medios de comunicación públicos deben ser de calidad. Estarán al servicio de la ciudadanía y no de los políticos. 3.La igualdad entre todas las mujeres y hombres. La Intersindical de CLM se sitúa clara y decididamente en la lucha por la igualdad real entre todos los hombres y mujeres. Apostamos por políticas no discriminatorias en función de sexo, ideas, procedencia o costumbres y defendemos la paridad. Es necesario luchas por: 3.1.Activar el trabajo del área de la Mujer para que elaboren propuestas políticas y sindicales de actuación hacia la mujer trabajadora. 3.2.Desarrollar actividades específicas para la participación de las mujeres. 3.3.Crear un nexo de unión entre las mujeres de los distintos sindicatos de la Intersindical para conocer problemáticas específicas. 3.4.Desarrollar una respuesta rápida cada vez que se produzca una muerte por violencia de género hacia las mujeres. 3.5.Incluir el contenido feminista en el debate sindical. Temas como la violencia de género, la coeducación, la sexualidad, el aborto, la representatividad…, deben estar presentes en nuestros debates. 3.6.Reclamar la igualdad, no sólo legal sino práctica, de la mujer en la vida sociolaboral; la superación de las costumbres y trato discriminatorio . 4. El trabajo con los movimientos sociales. La Intersindical de CLM, como organización alternativa debe incorporar a sus planteamientos sindicales reivindicaciones que no forman parte del acervo histórico del sindicalismo pero que surgen

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del modelo actual de producción y consumo y del reconocimiento de las relaciones desiguales entre nuestras sociedades opulentas y las del mundo empobrecido. Debemos estar junto a las organizaciones que luchan por un mundo más justo e igualitario, por un mundo habitable para las generaciones futuras. Nuestra concepción del sindicalismo nos hace adoptar como trabajo cotidiano y obligatorio la participación en plataformas unitarias, la difusión de convocatorias de las organizaciones sociales, la cesión de infraestructura y el apoyo económico. Debemos ser una organización más para crear una red de movimientos alternativos en el conjunto de CLM. 5. La Salud Laboral. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales está lejos de ser cumplida y supondrá buena parte de nuestros esfuerzos el que lo sea. En el análisis de las condiciones de trabajo ha de ocupar un lugar privilegiado la valoración de los riesgos laborales y las posibles soluciones, tanto a las situaciones de riesgo como a los efectos ya causados por enfermedades y accidentes laborales. A otro nivel, se debe conseguir el cambio de orientación del tratamiento de la vigilancia de la salud, de manera que atienda el conjunto de daños ocasionados por el trabajo y supere el anacrónico y raquítico cuadro de enfermedades profesionales. Hay que prestar especial atención a los casos de violencia, mobbing, burnout, etc. tanto a nivel individual, como promoviendo el reconocimiento y la prevención de estas lacras a nivel colectivo. Nuestra acción deberá incorporar el celo permanente para que el trabajo se desarrolle en condiciones seguras y no perjudiciales para la salud de las trabajadoras y los trabajadores. En este sentido, la Intersindical de CLM reivindica que: 5.1.Se modifique el catálogo de enfermedades profesionales, y que se incluyan en estas las enfermedades de la voz, enfermedades psíquicas y nerviosas y enfermedades esqueléticas. 5.2.Funcionen los Comités de salud, entre sindicatos y administración. 5.3.La administración dote con más personal a los servicios propios de prevención de riesgos laborales, para que estos lleguen a todos los centros dependientes de la administración y puedan prestar un buen servicio. 5.4.En los Comités de Salud se hagan planes de prevención, para disminuir el estrés, detectar casos de acoso laboral y acoso entre el alumnado. 5.5.La administración no delegue en empresas privadas el control de la salud y la seguridad en el trabajo. 5.6.Sanciones reales y fuertes, y sobre todo públicas, tanto económicas como administrativa y penales a aquellas empresas que no cumplan con las medidas de seguridad. Amparo Público y económico a trabajadores y trabajadoras a sus familias que son víctimas de accidentes laborales. 6. La formación. La formación debe formar parte de nuestra acción sindical. Dentro del sindicato hemos de cuidar que las personas liberadas y la afiliación activa tengan una adecuada formación para poder desarrollar la acción sindical, cuidando tanto los aspectos ideológicos como técnicos. La oferta formativa dirigida tanto a la afiliación como trabajadoras y trabajadores en general debe abarcar dos ámbitos:

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6.1.La formación ligada a la acción sindical del sindicato, y 6.2.La formación relacionada con su formación profesional, que debe estar homologada y servir, tanto al personal en paro como al personal en activo, para conseguir los méritos que son decisivos a la hora de conseguir trabajo, el pasar a la estabilidad o a promocionar dentro del mismo. En los tiempos que corren este último tipo de formación es un servicio que el sindicato no solo no puede dejar de prestar, sino que en determinados colectivos, como la afiliación en paro, interina o con empleo temporal, es de suma importancia. En general, este tipo de formación, hay que intentar que no suponga costo económico para el sindicato ni para la afiliación. 7. El Servicio Jurídico. Las relaciones labores actuales entre las administraciones y patronales con las trabajadoras y trabajadores, hacen necesario que la Intersindical deCLM haga del asesoramiento jurídico un eje más de su acción sindical. Este asesoramiento, en un primer nivel, pueden prestarlo las permanentes sindicales encada provincia, para lo que es necesario, como decimos más arriba, una formación sindical que debe abarcar lo jurídico. El servicio jurídico, a su vez, debe estar al día de las líneas de acción sindical de la Intersindical de CLM, para no sólo ejecutar los acuerdos que con relación al mismo tomen los órganos del sindicato, sino que deben hacer propuestas que de actuación que desde su ámbito vean posibles. Es necesario, por tanto, tener un servicio jurídico en cada provincia, un servicio que debe actuar coordinadamente 8. La representación de los trabajadores y la democracia en las relaciones laborales. Cuando analicemos esta Ponencia en nuestro IX Congreso estaremos a un año vista de la celebración de las elecciones en la enseñanza pública y a pocos meses más de la celebración de las elecciones en los otros sectores en los que concurrimos, es por tanto, un buen momento para reflexionar. Las elecciones sindicales suponen un momento muy importante, porque en ella nos jugamos la participación en los órganos de representación inmediatos (Juntas de Personal, Comités de Empresas y Comisiones de Convenio, Mesas sectoriales y generales). Sin estar en estos órganos es mucho más difícil el llevar adelante nuestras propuestas y el modelo sindical que defendemos. También de los resultados electorales depende buena parte de nuestros recursos humanos. Las próximas elecciones sindicales se presentan con un hándicap importante: el cuestionamiento de la existencia de las Mesas Sectoriales, fruto de la aprobación del nuevo estatuto de la Función Básico de la Función Pública que deja en manos de los Sindicatos mayoritarios la decisión de la existencia o no de estas mesas de negociación. Nos vemos obligados, como organización, a buscar fórmulas y acciones que amortigüen los efectos secundarios de estas políticas de negociación y representación. En este sentido, la Intersindical de CLM debe abrir un debate interno sobre la conveniencia de construir alternativas electorales junto a sindicatos afines donde sea posible con el fin de estar presentes en la Mesa General de Negociación de CLM. Las elecciones se preparan desde el momento en el que acaban las anteriores. Las asambleas en centros, las asambleas de afiliación, la información del día a día, la información y puesta en común de las negociaciones, la presentación de alternativas ante las medidas planteadas por las administraciones, la resolución de problemas a

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afiliados o no afiliados…, es lo que preparan unas elecciones, más que el tener un programa estupendo y un bonito cartel y más que ir a los centros los días previos a las elecciones “cambiando” llaveros o bolígrafos por votos. La capacidad de trabajar eficazmente por los problemas individuales y colectivos de trabajadores y trabajadores que forman el censo electoral y el hacer ver la ligazón de ese trabajo con nuestras propuestas más generales es lo fundamental a la hora de conseguir que nuestro modelo sindical tenga el aprecio, traducido en número de votos. Los Programas Reivindicativos Electorales con los que cada Sindicato de la Intersindical de CLM se presentará a las próximas elecciones sindicales tendrán como base general las reivindicaciones y formas de actuar que aprobamos con esta Ponencia. La Intersindical de CLM defiende el derecho a la negociación colectiva para todas las trabajadoras y trabajadores, entre los que incluimos a las empleadas y empleados públicos y el establecimiento por ley de la obligación de la Administración al cumplimiento de los acuerdos. Nos oponemos radicalmente a la desaparición de los Mesas de negociación Sectoriales y a cualquier otra fórmula que restringa la negociación a foros que no cuenten con los representantes directos de los trabajadores. Ante la centralización de la negociación colectiva y la sustitución de los delegados y delegadas por las cúpulas de las grandes organizaciones sindicales, defendemos que haya competencias de negociación real y de gestión, en su ámbito, para las Juntas de Personal y para los Comités de Empresa, representantes directos de los trabajadores y trabajadoras. La Intersindical defiende que el porcentaje para la consideración de sindicato más representativo a cualquier nivel (territorial o funcional) sea del 5%. El número mínimo de representantes en el ámbito autonómico para acceder a la condición de sindicato más representativo a nivel estatal, no debe ser superior a ese 5% de delegados y delegadas. Reclamamos el derecho a la entrega del patrimonio sindical acumulado a todas las organizaciones sindicales y la devolución del patrimonio sindical histórico y el derecho a obtener cesiones temporales del uso de inmuebles patrimoniales públicos para aquellos sindicatos que sean representativos en función de los criterios anteriores. ANEXOS. Se consideran como anexos a esta Ponencia los Programas reivindicativos Electorales de STE-CLM, STAS-CLM y SF con los que estas organizaciones concurrieron a las elecciones sindicales 20062007.

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ENMIENDAS anotaciones

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estatutos I-CLM

congreso

mejoras

Por un futuro con

necesaria

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la alternativa

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INTERSINDICAL


Estatutos INTERSINDICAL DE CLM (I-CLM) CAPÍTULO I. DE LA DENOMINACIÓN, ÁMBITOS TERRITORIAL Y PROFESIONAL Y DOMICILIO Artículo 1 Denominación Al amparo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, del Real Decreto Legislativo 1/1995, del Estatuto de los Trabajadores, así como de las normas internacionales sobre la Libertad Sindical, reguladoras todas ellas de los derechos sindicales, se constituye la federación denominada “INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA - INTERSINDICAL” siglas (I-CLM). Artículo 2 Ámbito territorial INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) abarca el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Artículo 3 Ámbito profesional El ámbito profesional de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) abarca a todos los sindicatos miembros de la INTERSINDICAL que compartan sus fines y características, sin discriminación alguna de carácter político, filosófico, religioso o cualquier otro. Artículo 4 Ámbito temporal INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) se constituye por tiempo indefinido. Artículo 5 Constitución Esta Federación, se constituye por la libre voluntad de las personas afiliadas a las organizaciones sindicales ST-CLM, STE-CLM, STASCLM y SF, expresada a través de sus órganos de gobierno. A la misma, se podrán adherir, vincular o integrar, otras organizaciones sindicales o colectivos de trabajadores y trabajadoras. Serán miembros de la Intersindical de Castilla-La Mancha, las organizaciones sindicales, que soliciten formar parte de la federación, se comprometan a cumplir los presentes Estatutos y cuya solicitud sea aceptada por acuerdo mayoritario del Congreso o del Pleno Intersindical. Artículo 6 Personalidad Jurídica INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) goza de personalidad jurídica plena y capacidad de obrar, necesaria para el cumplimiento de sus fines. Artículo 7 Domicilio INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) fija su domicilio en 45005 Toledo. Avenida de Irlanda, 20, 2º A. El Pleno podrá acordar en cualquier momento el cambio domiciliario a otro lugar de su ámbito territorial. INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA

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MANCHA (I-CLM) mantendrá sedes en aquellas localidades que apruebe el Pleno. Artículo 8 Integración Confederal INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) se integra, como miembro de pleno derecho, en la Confederación Intersindical (C.I.), cuya sede social está en Madrid, calle Carretas, 14, 7º F. Artículo 9 Emblemas y símbolos El anagrama de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM), que deberá recogerse en las publicaciones, documentos públicos y de propaganda, es el de “INTERSINDICAL DE CASTILLALA MANCHA”. CAPÍTULO II. DE SUS FINES Artículo 10 Son fines de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM): a) La consecución de una sociedad justa y solidaria, basada en una nueva ética y en un modelo de desarrollo humano que elimine toda opresión y jerarquización de cualquier colectivo sobre otro. b) Conseguir un desarrollo democrático pleno y participativo de las leyes, que reconozca los derechos de los trabajadores y de las trabajadoras. c) Defender los intereses de los trabajadores y de las trabajadoras y luchar por la mejora de sus condiciones laborales y socioeconómicas, oponiéndose a toda forma de explotación y discriminación. d) Asumir las reivindicaciones de los trabajadores y de las trabajadoras defendiendo lo público, siempre que no se opongan ni contradigan a lo expresado en estos Estatutos y a lo aprobado en los Plenos del Sindicato. e) Lograr el reconocimiento de todos los derechos sindicales, especialmente el derecho a la negociación colectiva. f) Alcanzar la participación y el control por parte de los trabajadores y de las trabajadoras, por los medios adecuados de consulta y negociación, de todo lo concerniente a la elaboración y desarrollo de la política, legislación y financiación del sector público. g) Reivindicar con todos los agentes sociales interesados: Una administración y unos servicios públicos eficaces, democráticos, no discriminatorios, pluralistas y de calidad, financiados con fondos públicos, enmarcados y adaptados al entorno y al servicio de las distintas realidades provinciales y locales. La concreción de estos fines se desarrollará en cada uno de los estatutos de los sindicatos miembros de la Intersindical (I-CLM). h) Organizar y potenciar todo tipo de actividades tendentes a la mejora de la calidad de los servicios públicos y de la formación de la clase trabajadora. i) Promover la dignificación y reconocimiento sociales de las empleadas públicas y los empleados públicos. j) Conseguir la igualdad entre hombres y mujeres luchando contra la discriminación específica a que las mujeres están sometidas, tanto social, laboral, profesional y jurídicamente

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como sexual y educativamente. k) Incorporar a la acción sindical la perspectiva de las mujeres e impulsar que todas las afiliadas participen en las actividades y órganos del sindicato potenciando la Organización de Mujeres con el fin de abordar la problemática específica y aportar una visión de género al sindicato. l) La defensa de los intereses de la ciudadanía, en tanto que consumidora y usuaria, en cuanto a la protección de la salud y la seguridad, abogando por un consumo responsable y solidario. CAPÍTULO III. DE SUS CARACTERÍSTICAS Artículo 11 Las características que definen a la INTERSINDICAL DE CASTILLALA MANCHA (I-CLM) son las siguientes: a) UNITARIO. INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM), fiel al espíritu que animó su propio nacimiento, pretende lograr la unidad de todos los trabajadores y trabajadoras en el marco de un sindicalismo autónomo, democrático y asambleario. Consciente del papel preferente de los propios trabajadores y trabajadoras en la construcción de la unidad, INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) fomenta la representación unitaria y directa de los trabajadores y trabajadoras surgida en las asambleas y centros laborales. Con el mismo fin, INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) presta atención preferente y continuada al logro de acuerdos concretos y formas unitarias de acción con el resto de sindicatos de clase, que permitan avanzar en la erradicación de las diferencias existentes conquistando formas unitarias cada vez más amplias. INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) discute, aclara y recoge todas las opiniones que puedan surgir en su seno, para que éstas no se transformen en actitudes que hagan peligrar su unidad. b) DE CLASE. INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) agrupa a trabajadores y trabajadoras para defender sus reivindicaciones, reforzando los lazos con los trabajadores y las trabajadoras de otros SINDICATOS, colectivos y organizaciones para defender con más fuerza la unidad del sindicalismo de clase y será beligerante frente a la patronal, administraciones y gobiernos que no avancen en la lucha contra las desigualdades. INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) rechaza cualquier tipo de actitud corporativista tanto en su seno como en los planteamientos reivindicativos. c) SOCIOPOLÍTICO. INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM), además de reivindicar la mejora de las condiciones laborales y profesionales de los trabajadores y trabajadoras, asume la defensa de todas las cuestiones políticas y sociales en lo relativo a la supresión de toda explotación, discriminación o dominación. Es solidario en la solución de los problemas sociales y está comprometido con la vida social dando alternativas que lleven a la consecución de una sociedad más justa y solidaria. d) AUTÓNOMO. INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) es independiente de la patronal, de las distintas administraciones y no está subordinado a ninguna organización política, religiosa o grupo de presión. e) DEMOCRÁTICO. INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) se rige por los más amplios principios de democracia social, aplicándose en su funcionamiento las siguientes normas fundamentales: 1. Toda persona afiliada podrá participar, en igualdad de derechos, con los y las demás afiliados y afiliadas, personal o delegadamente, en el establecimiento de la línea sindical, en la adopción de políticas específicas y en la designación de sus representantes, y puede ser nombrado y promovido

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a funciones de representación internas y externas. 2. En todos los niveles organizativos en la INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) quedará garantizada la plena libertad de expresión sobre temas a debate y la manifestación pública de sus eventuales desacuerdos, dentro del respeto de las posiciones personales o colectivas. 3. Todas las responsabilidades representativas serán designados mediante sufragio libre y secreto y podrán ser revocados por el órgano que los eligió. Su gestión será transparente y rendirán cuentas a sus representados. 4. En el interior de la INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) pueden surgir corrientes de opinión que reflejen posturas colectivas. Toda la afiliación tiene derecho a participar en la formación de dichas posiciones colectivas, sus propuestas serán sometidas a debate siempre que cuenten con el apoyo de un 5% de la afiliación regional. Asimismo, tales posiciones colectivas podrán expresarse libremente a través de los cauces ordinarios de los distintos niveles organizativos, facilitando desde los órganos de cada ámbito los medios y cauces necesarios para que sus posiciones lleguen al conjunto de la afiliación. f) ASAMBLEARIO Y PARTICIPATIVO, en su funcionamiento y estructura, impulsando asambleas generales y específicas como forma eficaz y genuina para el logro de sus intereses y en la toma de decisiones que afecten al conjunto de los trabajadores, siempre que no contradigan los fines de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). En su organización interna, resaltando la importancia de las asambleas de la afiliación en todos sus niveles (centro, zona, comarca, provincia, etc.) en donde el conjunto de afiliados y afiliadas puede proponer, debatir y decidir sobre cualquier acción o alternativa. g) REIVINDICATIVO Y CRÍTICO. Defiende las reivindicaciones de los trabajadores y trabajadoras y la mejora de sus condiciones de vida y trabajo. h) INTERNACIONALISTA. INTERSINDICAL DE CASTILLALA MANCHA (I-CLM) busca la unidad internacional de los trabajadores y trabajadoras colaborando en la lucha contra la explotación. i) ECOLOGISTA. Comprometido con la conservación de la naturaleza y crítico con el sistema político-económico vigente, máximo responsable de su degradación y del expolio de los limitados recursos del planeta. j) FEMINISTA. Porque lucha contra las discriminaciones a las que están sometidas las mujeres social, laboral, profesional y jurídicamente que marginan a la mujer y orientan a niños y niñas, hombres y mujeres, hacia conductas estereotipadas de género. k) LAICO. INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM), no sólo es independiente de ideas, creencias y organizaciones religiosas, sino que lucha porque las instituciones y los servicios públicos no estén sujetos a ninguna confesión o credo religioso. En consonancia con este planteamiento, INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) lucha por promover la libertad de cada individuo para creer en cualquier religión o ideología y para que, en el plano político y social, no existan cortapisas a la libertad de conciencia, el debate y la crítica libre. CAPÍTULO IV. SINDICATOS QUE CONFORMAN LA INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) Artículo 12 De los sindicatos. a) Ya sea por iniciativa del Secretariado de Intersindical, ya por la de afiliados y afiliadas de otras actividades laborales, pero siempre con el respaldo de aquél, se podrán constituir otros Sindicatos, que desde el momento de su autorización

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nombrarán a un representante del Sindicato con voz y con voto en el Secretariado de Intersindical. b) Un Sindicato será considerado plenamente constituido dentro de Intersindical con todos los derechos y deberes de cualquier otro existente, cuando haya afiliados y afiliadas del mismo que se constituyan como Sindicato, decidiéndolo en Congreso Constituyente, y reciba la posterior aprobación del Pleno Intersindical. c) Los Sindicatos previamente constituidos se integrarán plenamente dentro de Intersindical si comparten y asumen los fines y características de la misma, decidiéndolo en Congreso, y recibiendo la posterior aprobación del Pleno Intersindical. Artículo 13 De los sindicatos. Los Sindicatos que actualmente constituyen INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) son: 1. Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Castilla-La Mancha (ST-CLM), que comprende a todos los trabajadores y trabajadoras que libremente se afilien y que compartan sus fines y características; así mismo, integra a las personas en situación de paro o jubilación que hayan manifestado su deseo de afiliación a este Sindicato. 2. Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Enseñanza de Castilla-La Mancha (STE-CLM), que comprende a los trabajadores y trabajadoras de todos los niveles de la Enseñanza. Así mismo, integra a las personas en situación de paro o jubilación que hayan manifestado su deseo de afiliación a este Sindicato. 3. Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Administración y Servicios de Castilla-La Mancha (STAS-CLM), que comprende a los trabajadores y trabajadoras de las Administraciones Públicas, pertenecientes a cualquier Consejería de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Administración Local, Personal Estatutario, Administración Central del Estado, Institucional y Empresas Públicas y Privadas, ya sea como personal laboral, funcionario o estatutario. Así mismo, integra a las personas en situación de paro o jubilación que hayan manifestado su deseo de afiliación a este Sindicato. 4. Sindicato Ferroviario (SF), que comprende a los trabajadores y trabajadoras de las distintas empresas del sector ferroviario, dentro del ámbito de Castilla-La Mancha. CAPÍTULO V. DE LA AFILIACIÓN Artículo 14 Podrán afiliarse a INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) todos los trabajadores y trabajadoras en cualquier situación laboral en que se encuentren, dentro de los sindicatos miembros de INTERSINDICAL. Si en un sector o rama no hay organización sindical específica dentro de Intersindical, los trabajadores/as de dicho sector o rama se podrán afiliar directamente al ST-CLM, cumpliendo las condiciones establecidas en estos Estatutos y comprometiéndose al cumplimiento de las mismas. Para afiliarse a INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) ha de presentarse solicitud escrita al Órgano correspondiente. En cualquier momento, las personas asociadas, podrán dejar de pertenecer a la Federación, pidiendo su baja por escrito. Artículo 15 Derechos y Deberes de los Sindicatos Derechos y deberes de los sindicatos de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM):

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a) Derechos: 1. Participar en los órganos de gobierno de la Intersindical de acuerdo con lo previsto en los presentes estatutos, proponer, intervenir en debates y votar conforme se establece en estos estatutos. 2. Ser representados y defendidos ante cualquier instancia, Administración Pública o privada, en todos los niveles y ámbitos, por la Intersindical. 3. Expresarse libremente sus opiniones, así como formular propuestas y peticiones a sus representantes, de acuerdo con las normas legales y estatutarias vigentes. 4. Participar en la planificación, elaboración, control y ejecución de las distintas actividades que se realicen. 5. Recibir asesoramiento jurídico y laboral. Así como otras prestaciones y servicios que se establezcan. 6. Recibir información objetiva de la marcha de las actividades sindicales, consultar archivos y examinar la documentación. 7. Conocer la situación económica para controlar los ingresos y los gastos. 8. Recurrir a la Comisión de Garantías en caso de conflicto con cualquier miembro u órgano de la federación. 9. Ejercitar las acciones y los recursos a que haya lugar, como sindicato miembro de Intersindical. 10. Para ejercer estos derechos se ha de estar al corriente de pago. b) Deberes: 1. Satisfacer la cuota sindical. 2. Cumplir los Estatutos de INTERSINDICAL DE CASTILLALA MANCHA (I-CLM) y las condiciones y modalidad, si se hubiera establecido, para la vinculación, adhesión o integración, así como la línea de acción sindical de la Intersindical. 3. No utilizar INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) en contra de sus propios fines. 4. Respetar las decisiones democráticamente adoptadas en cada uno de los órganos de la Federación. 5. Asistir a las reuniones de los órganos de gobierno de la Federación. 6. Participar activamente en lasa tareas que se organicen. 7. En caso de incumplimiento de deberes se podrán adoptar medidas disciplinarias desarrolladas en el Reglamento de Funcionamiento Intersindical. Artículo 16 Cese. La condición de sindicato miembro se extingue: a) Por propia voluntad del sindicato miembro, comunicándolo por escrito al órgano competente de la federación. b) Por observar una conducta contraria a los fines de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). Se deberá poner en conocimiento de la Comisión de Garantías, para que en el plazo máximo de un mes, dictamine si se trata o no de una decisión arbitraria. c) Por federarse con otra organización sindical, sin la aprobación de Intersindical. CAPÍTULO VI. ÓRGANOS DE LA INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) Artículo 17 Órganos Los órganos de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) son:

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1. Regionales: Congreso, Pleno y Secretariado. 2. Provinciales: Asamblea y Secretariado. Se podrán constituir asambleas de ámbito inferior al provincial. Las reuniones de estos órganos son abiertas a toda la afiliación, que podrá participar en ellas con voz pero sin voto, salvo que la persona haya sido elegida como miembro del órgano correspondiente o sea miembro de pleno derecho según los Estatutos. ACUERDOS Y CERTIFICACIONES 1. Para la toma de acuerdos, resoluciones y la elección de órganos en el Congreso y Asambleas, se utilizará el sistema de mayorías mediante sufragio libre. El voto podrá ser secreto cuando así lo solicite alguno de sus miembros. 2. Los acuerdos de los Congresos serán inmediatamente ejecutivos excepto acuerdo en contra, que figurará en el acta correspondiente, o en el caso de modificación de Estatutos. Los acuerdos del Pleno, Secretariado Regional, Secretariados Provinciales, Secretariados de Sector y Asambleas serán inmediatamente ejecutivos. 3. Para la validez de los acuerdos de los Congresos, Plenos, Asambleas y Secretariados será necesario el voto favorable de la mayoría mediante sufragio libre de las delegadas y los delegados acreditados asistentes, siempre que no se prevean otras mayorías en los Estatutos y reglamentos que los desarrollen. 4. No podrá adoptarse válidamente ningún acuerdo en sesiones extraordinarias si previamente no figura incluido en el orden del día correspondiente, excepto si se acuerda por unanimidad; en sesiones ordinarias la inclusión en el orden del día deberá ser ratificada por la mayoría. Estos acuerdos se harán constar en el Acta, con expresión de la votación que para su aprobación hubiere tenido lugar. 5. Las certificaciones de acuerdos adoptados por un órgano serán expedidas por aquellas personas que actúen como miembros de la Secretaría -y de la Presidencia, en su casoen la citada sesión, que serán las encargadas de comunicarlos a las personas u órganos afectados para su ejecución, salvo lo dispuesto en los presentes Estatutos y Reglamento que los desarrollen. La Comisión Permanente deberá llevar un registro donde figuren además de los presentes Estatutos, los Reglamentos que los desarrollen y los distintos acuerdos adoptados. Artículo 18 El Congreso El Congreso es el órgano deliberante y decisorio máximo de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). Podrá ser: a) Ordinario: Se celebrará una vez cada 4 años y será convocado por el Pleno con, al menos, 3 meses de antelación. b) Extraordinario: Será convocado por el Pleno a petición de los 2/3 de los representantes del mismo, o a petición de 2 sindicatos miembros de la federación. Una vez recibida la solicitud, el Pleno dispondrá de 20 días para hacer la convocatoria que comunicará a todos los Sindicatos, al menos, con 1 mes de antelación. En la solicitud de Congreso Extraordinario figurará el orden del día del mismo. El Congreso estará constituido por un número de delegados y delegadas, proporcional al número de afiliados y afiliadas por sindicato y provincia, que establezca el Reglamento de Funcionamiento del Congreso. Artículo 19 Funciones del Congreso Las funciones del Congreso son:

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a) Aprobar o modificar los Estatutos. b) Velar por que los Estatutos de los sindicatos que conformen la Intersindical no vulneren los Estatutos de la Intersindical, la Ponencia Marco Intersindical y la Carta Financiera. c) Fijar las alternativas y la línea sindical general de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). d) Aprobar los criterios de funcionamiento económico y supervisar el control financiero de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM), los sindicatos miembros de Intersindical de Castilla La Mancha contribuirán al funcionamiento económico de Intersindical. e) Elegir la Comisión de Garantías. Estas funciones, podrán ser delegadas al Pleno Intersindical. f) Establecer los criterios de composición del Pleno. g) Ratificar a los miembros del Secretariado Intersindical, elegidos por los Sindicatos miembros. Establecer los criterios de composición del Secretariado de la Intersindical para el período entre Congresos, período en el que tendrá esta competencia el Pleno. h) Decidir en última instancia sobre los recursos presentados en relación con las actuaciones de los órganos del sindicato. i) Acordar la adhesión a Federaciones o Confederaciones que se estimen pertinentes, o la participación de la Federación en la creación de las mismas, así como la fusión con otras entidades. j) Determinar la disolución del Sindicato, en Congreso extraordinario convocado al efecto. k) Aprobar las líneas generales de acción sociopolítica de la Federación. l) Decidir sobre la integración de Sindicatos que soliciten formar parte de INTERSINDICAL. Esta competencia, será ejercida por el Pleno Intersindical en los períodos entre Congresos. m) Decidir sobre posibles acuerdos electorales de INTERSINDICAL. Esta competencia, será ejercida por el Pleno Intersindical en los períodos entre Congresos. n) Evaluar la gestión de los distintos órganos de la Federación. ñ) Otorgar o revocar los poderes de representación y poderes generales para pleitos. o) Resolver recursos y conflictos, si se le plantean. En general, cuantas otras que no estén expresamente atribuidas en los presentes Estatutos a otros órganos de la Federación. Artículo 20 Pleno de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) 1. El Pleno es el máximo órgano representativo y decisorio de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) entre Congresos. 2. Lo integran: - El Secretariado Intersindical donde todos los miembros, excepto la Comisión Permanente, tendrán voto, salvo que vayan en representación de su sindicato. - Los afiliados y afiliadas de todas las provincias de CastillaLa Mancha en un número proporcional a la afiliación por provincia y sindicatos, que será a razón de 1 por cada 50 o fracción. 3. El Pleno se reunirá, ordinariamente, 1 vez al año, coincidiendo con uno de los plenos de los sindicatos miembros, convocado por el Secretariado de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) y, extraordinariamente, siempre que el Secretariado Regional Intersindical lo considere necesario o lo soliciten, cuando menos, 2 Secretariados Regionales de los Sindicatos que conforman La Intersindical. Artículo 21 Funciones del Pleno de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) Son funciones del Pleno, las siguientes:

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a) Convocar el Congreso de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). b) Aprobar o modificar el Reglamento de Funcionamiento. c) Cumplir y hacer cumplir las directrices generales aprobadas por el Congreso. d) Aprobar las líneas básicas del Programa Electoral de los Sindicatos miembros, así como los criterios para la elaboración de las Candidaturas en los diversos ámbitos a los que se concurra. e) Aprobar el Plan de Acción Sindical Intersindical, las estrategias y las líneas generales de actuación, tomando como base el Programa Electoral con el que las personas de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) nos presentamos a las Elecciones Sindicales en los distintos ámbitos, haciendo un balance de lo realizado en el período entre Plenos. f) Elegir, por mandato del Congreso, y sustituir, en caso de baja, al Secretariado de la Intersindical y su Comisión Permanente, a la Comisión de Garantías y a las distintas Comisiones de carácter regional que se puedan crear, así como a las distintas responsabilidades regionales que conlleven liberación sindical. g) Cesar a todas o a algunas de las personas miembros del Secretariado Intersindical y de las distintas Comisiones atendiendo a: 1. El cese de la totalidad de las personas miembros del Secretariado de la Intersindical requiere una previa moción de censura, presentada por un tercio, como mínimo, de los miembros del Pleno, debatida en un Pleno Extraordinario y Monográfico, a realizar en el plazo de 1 mes, contando desde la fecha de su presentación; el cese tendrá lugar de prosperar dicha moción. 2. El cese individual de algún miembro del Secretariado puede producirse: I. Por su decisión irrevocable. II. Por faltar tres veces consecutivas a reuniones ordinarias o 6 veces alternas en el plazo de 1 año. Se propondrá al Sindicato de referencia, la sustitución del mismo. III. Por decisión del Pleno, a propuesta del 10 % de sus miembros o a petición del Sindicato al que pertenezca. h) Supervisar y valorar los trabajos del Secretariado de Intersindical y de las Comisiones que se creen. i) Ratificar a las permanentes sindicales intersindicales propuestas por las Asambleas Generales Provinciales de cada sindicato o por sus respectivos Plenos. En su caso, con criterios objetivos, no ratificar alguna de las permanentes propuestas. j) Proponer y recomendar a los Sindicatos miembros de la Federación el cese, argumentada y justificadamente, de la persona o personas que ostentes la condición de permanente sindical. k) Aprobar el presupuesto anual de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) y fijar la cuota de afiliación. l) Determinar el número de Permanentes Sindicales de INTERSINDICAL, teniendo en cuenta las necesidades que planteen los sindicatos miembros, estableciendo los criterios de dotación de crédito horario necesario. m) Elegir la representación de INTERSINDICAL DE CASTILLALA MANCHA (I-CLM) en el Secretariado y en el Pleno Confederal Intersindical y la sustitución de algún o alguna representante, si se produjera vacante, siempre de acuerdo con los criterios confederales. n) Aprobar el Plan de Formación Interno de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). ñ) Resolver recursos y conflictos, si se le plantean en los períodos intercongresuales. o) Otorgar o revocar los poderes de representación y poderes generales para pleitos, en períodos intercongresuales. p) Modificar los Estatutos, solo en el caso de modificaciones obligadas por imposición o normativa legal en los períodos intercongresuales.

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Artículo 22 Secretariado Intersindical A) El Secretariado Intersindical es el órgano encargado de llevar a la práctica los acuerdos del Pleno y de asegurar la representación y la gestión cotidiana de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). B) El Secretariado Intersindical se reunirá ordinariamente coincidiendo con los secretariados de los sindicatos de Intersindical, siendo convocado por la Comisión Permanente y, con carácter extraordinario, cuando lo solicite un Secretariado Provincial Intersindical o el 25% de los miembros del Secretariado Intersindical. C) El Secretariado de Intersindical está compuesto por afiliados y afiliadas de cada Sindicato en un número proporcional a su afiliación por Sindicato, más la Comisión Permanente. Su composición específica será: - Un o una representante de cada Sindicato a propuesta de cada Pleno. - Un o una representante más por sindicato cada 300 afiliados o afiliadas. - Su Comisión Permanente (1 persona por Sindicato). - Las personas con responsabilidades regionales de áreas que conlleven liberación sindical, con voz y sin voto, salvo que vayan en representación de algún apartado anterior. Artículo 23 Funciones del Secretariado Intersindical Sus funciones son: a) Representar a INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). b) Organizar y coordinar las comisiones que se puedan crear. c) Elaborar el índice y todo lo concerniente a “El Lapicero Intersindical” y a la página Web, de acuerdo con el artículo 27 de estos Estatutos. d) Ejecutar lo ordenado por el Pleno. e) Convocar el Pleno. f) Elaborar propuestas, documentos, ponencias, para los órganos provinciales, para el Pleno, Congreso, Confederación, Administración. g) Elegir las personas responsables de cada Área del Secretariado y los puestos que surjan de su organización interna. h) Informar a los órganos provinciales y de cada sindicato, tanto de los acuerdos del Pleno como de los propios, así como de temas de interés laboral y sindical. i) Decidir en aquellos asuntos que necesiten una respuesta inmediata, notificándolos urgentemente a los Sindicatos; el Pleno siguiente valorará la actuación del Secretariado. j) Contratar personal, en su caso. k) Presentar al inicio de cada Congreso y, anualmente, al Pleno, un informe de la actividad sindical, sometiéndose a la decisión de los mismos. l) El Secretariado de Intersindical propondrá al Pleno el presupuesto y balance anual de la Federación. Asimismo controlará el estado de las finanzas. m) Realizar y custodiar actas, las cuales estarán depositadas en el domicilio social de la Intersindical. n) Elaborar el plan de formación interno de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) a aprobar en el Pleno. ñ) Convocar asambleas de la afiliación de sectores de los distintos sindicatos, que tengan una problemática común, para definir propuestas o tomar decisiones en su ámbito. o) Por razones de urgencia, otorgar y revocar los poderes de representación y poderes generales para pleitos en periodo entre plenos.

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La Comisión Permanente del Secretariado Intersindical está formada por 1 persona de cada Sindicato, sin derecho a voto, salvo que vaya en representación de su Sindicato. Las funciones de la Comisión Permanente son: - Comunicar los acuerdos del Pleno de inmediata ejecución a las personas, órganos o sindicatos afectados. - Recopilar las actas de las reuniones de los distintos órganos regionales de INTERSINDICAL para su archivo en el domicilio social de INTERSINDICAL. - Responsabilizarse, con el apoyo del resto del Secretariado y/o de personas expertas en distintos temas, de las negociaciones y mesas de trabajo con la Administración; - Coordinar, junto a las personas responsables regionalmente, los órganos de expresión del INTERSINDICAL DE CASTILLALA MANCHA (I-CLM). - Coordinar la presencia de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) en los medios de comunicación. - Coordinar las relaciones de INTERSINDICAL DE CASTILLALA MANCHA (I-CLM) con otras organizaciones sindicales, partidos políticos y movimientos sociales. - Coordinar la elaboración de valoraciones, propuestas y documentos que desarrollen las líneas de acción de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). - Llevar un registro de todas las actas y acuerdos que se desarrollen en INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). El Secretariado Regional podrá estructurarse en áreas de trabajo, para lo cual, como mínimo existirán las Áreas de Organización y Acción Sindical. Cualquier miembro del Secretariado deberá estar adscrito a una de estas áreas. En el Área de Acción Sindical se integrará al menos un miembro del Secretariado Regional de los elegidos en representación de cada Sindicato. El Secretariado Regional podrá crear otras áreas de trabajo como por ejemplo: Salud laboral, Comunicación, Publicaciones, Servicios Jurídicos, Formación, Informática, Finanzas, Mujer, Movimientos Sociales, etc. Se tenderá al reparto de estas áreas en diferentes personas, de forma tal, que el reparto de cargos, responsabilidades y tareas en su seno sea equilibrado. Las permanentes adscritas a cada área, realizarán un informa de sus actuaciones para su evaluación en el seno del Secretariado Regional y Pleno. En los distintos Secretariados Regionales de los Sindicatos miembros de la Federación, existirán, al menos, las mismas áreas de trabajo existentes en el Secretariado Regional de la Federación, especificándose entre sus funciones, su vinculación a Federación. Igualmente, deberán elaborar informes sobre sus actuaciones en estos ámbitos que someterán a la evaluación de los Secretariados Regionales y Plenos. Artículo 24 Incompatibilidades Al objeto de garantizar la plana autonomía e independencia de la Federación, así como fortalecer la coherencia de su imagen pública, se considerará incompatible formar parte simultáneamente del Secretariado Intersindical y desempeñar la representación pública de organizaciones políticas u ostentar cargos electos o de libre designación en las Administraciones Públicas, así como ser miembros de los Consejos de Administración de Empresas Públicas o Privadas.

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En ningún caso se podrá compatibilizar el ser afiliado a un Sindicato de la Federación con estar afiliado a otra organización sindical. Artículo 25 Órganos Provinciales a) Los órganos provinciales de INTERSINDICAL DE CASTILLALA MANCHA (I-CLM) tienen autonomía decisoria y de actuación en todo lo inherente a su propio ámbito, dentro de las líneas generales estatutarias y las aprobadas por los órganos intersindicales. b) Los órganos provinciales de INTERSINDICAL DE CASTILLALA MANCHA (I-CLM) deben transmitir a sus afiliados y afiliadas, según su propia dinámica, las propuestas de los órganos de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). c) Los acuerdos de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) son vinculantes para todos los órganos provinciales, aun cuando éstos conserven su autonomía para adaptarlos, si concurrieran circunstancias especiales, exponiendo sus razones a los órganos de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). Artículo 26 Asamblea General Provincial Intersindical La Asamblea General Provincial Intersindical está compuesta por todos los afiliados y las afiliadas de la provincia de cada sindicato. Se reunirá, como mínimo, una vez antes de cada Pleno, siendo convocada por el Secretariado Provincial Intersindical. Podrá convocarse la Asamblea General Provincial Intersindical Extraordinaria cuando así lo considere el Secretariado Intersindical o lo pidan al mismo 1/3 de sus componentes o el 10 % de la afiliación, especificando el Orden del Día. Sus funciones son: a) Marcar y evaluar las líneas de acción y política sindicales y su ejecución por el Secretariado Provincial Intersindical ajustándose a los acuerdos de los órganos regionales de la Intersindical. b) Decidir sobre todas aquellas cuestiones sindicales que le sean propuestas por los órganos de INTERSINDICAL DE CASTILLALA MANCHA (I-CLM) o que ella misma acuerde, siempre que no contradigan lo aprobado en el Congreso o el Pleno Intersindical y lo determinado estatutariamente. c) Presentar propuestas al Congreso y al Pleno. d) En el seno de la Asamblea General Provincial Intersindical se podrán constituir Asambleas de ámbito inferior como comarcales, sectoriales, de centro, para la mejor organización y funcionamiento de la propia Asamblea. Artículo 27 Secretariado Provincial Intersindical 1. El Secretariado Provincial de Intersindical es el órgano de gestión, coordinación, administración y representación de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) en cada provincia; 2. Estará formado por una persona de cada Sindicato correspondiente, más un representante por cada 100 afiliados o afiliadas o fracción, procurando su distribución equilibrada entre los distintos Comités de Empresa y Juntas de Personal y por cinco personas elegidas con criterios sectoriales y comarcales por la Asamblea Provincial Intersindical. Las permanentes sindicales de los distintos sindicatos, formarán parte del Secretariado Provincial Intersindical con voz y sin voto, salvo que estén comprendidas en alguno de los grupos anteriores. Estas personas serán elegidas por las asambleas provinciales de cada sindicato. 3. Sus funciones son: a) Representar al Sindicato provincialmente. b) Adaptar las líneas de acción sindical intersindical a la

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realidad provincial c) Proponer a los órganos regionales de la Intersindical cuantas iniciativas considere oportunas sobre política y acción sindicales, finanzas, etc. d) Decidir en asuntos relacionados con la política provincial, ajustándose a las directrices marcadas por los órganos intersindicales. e) Convocar a la Asamblea General Provincial Intersindical y dar cuenta de su gestión. f) Participar en las negociaciones provinciales con la Administración. g) Coordinar los Sindicatos Provinciales. h) Cualquier otra función que pueda delegar cualquier órgano intersindical. Artículo 28 Órganos de expresión. Los órganos de expresión de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) son “El Lapicero Intersindical” y la página Web. La coordinación de estos medios es responsabilidad de la Comisión Permanente. La realización y el mantenimiento de las personas que designe el Secretariado de Intersindical. Artículo 29 Firma de acuerdos o pactos. Cuando la firma de un acuerdo o pacto suponga que la Intersindical o uno de sus Sindicatos miembros asume un compromiso público o legal, que afecte a la propia Intersindical, será ésta, quien a través de un proceso asambleario, apruebe o no la suscripción del mismo. En el caso en el que se dirima en el ámbito de un único Sindicato, será éste el que adopte la decisión en su proceso asambleario. CAPÍTULO VII. PERMANENTES SINDICALES Artículo 30 Las permanentes sindicales. Las permanentes sindicales de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) serán afiliados o afiliadas que trabajarán al servicio del Sindicato y estarán constituidas por todas la permanentes sindicales de los sindicatos que constituyen la Intersindical, así como, las propias de INTERSINDICAL. El Pleno Intersindical, fijara el número de permanentes de Intersindical, así como los criterios de cesión de crédito horario para su dotación. Las permanentes propias de INTERSINDICAL, serán ratificadas anualmente por el Pleno Intersindical, a propuesta de los órganos de cada Sindicato, estando supeditadas a la aprobación de su gestión. El tiempo máximo continuado de permanente sindical será de ocho años, prorrogables en función de las necesidades del Sindicato, debiendo transcurrir un mínimo de tres años para optar a una nueva permanente sindical. Las permanentes sindicales formarán parte de las Comisiones Permanentes de los Secretariados y tendrán las funciones que se asignan a éstas. INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) podrá proponer a personas afiliadas para tomar parte como permanentes sindicales de la Confederación Intersindical. CAPÍTULO VIII. RELACIONES CON LA CONFEDERACIÓN INTERSINDICAL Artículo 31 A tenor de la integración recogida en el artículo 8, INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) estará representado en la Confederación Intersindical por: a) La representación en el Secretariado Confederal Intersindical,

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según el apartado m) del artículo 21. b) Las personas representantes de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) en el Pleno Confederal Intersindical. La elección de esta representación se realizará según el apartado m) del artículo 21. Las funciones de los y las representantes de la Intersindical en los órganos confederales serán: a) Hacer llegar las propuestas elaboradas por LA INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). b) Informar a todos los Sindicatos miembros de Intersindical de todas las resoluciones y acuerdos adoptados en los órganos confederales, así como de todos los temas de interés laboral y sindical. c) Asistir a las reuniones confederales. d) El incumplimiento reiterado de estas funciones será motivo de reprobación o cese. Estas actuaciones serán aprobadas por el Pleno a propuesta del Secretariado, el cual podrá sustituir a dichos representantes. CAPÍTULO IX. OTRAS ESTRUCTURAS Artículo 32 Organización de mujeres. La Organización de Mujeres de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) está formada por las personas encargadas del área de Mujer existente en los sindicatos. Su finalidad es promover que las mujeres se organicen para participar activamente tanto en la vida interna del Sindicato como en la proyección externa del mismo, incidiendo directamente en la acción sindical y social con una visión de género. Artículo 33 Comisión Mediadora. Formada por las Comisiones Permanentes de cada Sindicato, iniciará su actuación inmediatamente que detecte que pueda existir un conflicto entre las provincias o sindicatos. A su vez, los Sindicatos miembros de la Federación, tendrán la obligación de informar a la Comisión Mediadora de los posibles conflictos existentes, antes de que estos pasen a ser un problema más resistente. Artículo 34 Comisión de Garantías. La Comisión de Garantías está formada por cinco miembros de reconocida equidad, al ser posible, uno por cada provincia, elegidos por el Congreso o Pleno, por mayoría de dos tercios, sin que puedan ser miembros del Secretariado de INTERSINDICAL DE CASTILLALA MANCHA (I-CLM) o del órgano que haya tomado la decisión impugnada. A tal efecto se nombrarán los suplentes necesarios que permitan la aplicación de estas condiciones. Su funcionamiento se regirá por un Reglamento de Funcionamiento aprobado por el Pleno Intersindical. Funciones de la Comisión de Garantías: a) Atender cualquier reclamación de afiliados/as, órganos del sindicato o miembros componentes de éstos, contra acuerdos o actuaciones de los mismos. b) Introducirá en el orden del día del Pleno y Secretariado Regional los puntos que dimanen de su actuación y otros que estimara oportunos, realizando un informe acerca de las reclamaciones o recursos presentados y de las anomalías que detecte, o de las que reciba denuncia. c) Garantizará que las decisiones de los Plenos y Secretariados sean conformes a los Estatutos y a las líneas marcadas por el

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Congreso. d) Las soluciones que adopte serán de obligado cumplimiento o acatamiento de las partes afectadas. e) Las decisiones de la Comisión de Garantías se ajustarán a Derecho, para lo que solicitará el asesoramiento jurídico oportuno. CAPÍTULO X. FUNCIONAMIENTO ECONÓMICO Artículo 35 El Congreso aprobará la Carta Financiera en la que se recogerán los criterios generales de organización económica y financiera de Intersindical y se especificarán los criterios para recaudar y distribuir los recursos entre los distintos sindicatos. Artículo 36 INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) no cuenta con patrimonio fundacional alguno, dotándose de recursos financieros mediante las cuotas de sus afiliados y afiliadas, fijadas por el Pleno, y las ayudas institucionales. Así mismo, podrá dotarse de recursos a través de cualquier otra actividad que la ley permita y que no hipoteque su independencia sindical. Se garantiza el derecho a acceder al conocimiento de la situación económica a la afiliación. A tal fin, toda la documentación contable existente estará a disposición de la misma. CAPÍTULO XI. RELACIONES CON OTROS SINDICATOS Artículo 37 INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) podrá vincularse con otras organizaciones sindicales de carácter autonómico, estatal y/o internacional, siendo competencia del Pleno aprobar el tipo de vinculación a establecer. Capítulo XII. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Y DISOLUCIÓN DEL LA INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) Artículo 38 Modificación de Estatutos. Los Estatutos de Intersindical podrán modificarse por el Congreso mediante el voto favorable de la mayoría de las personas presentes en el mismo. Artículo 39 Disolución de INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM). INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA (I-CLM) podrá disolverse por decisión de un Congreso Extraordinario convocado a tal fin y siempre que voten favorablemente 2/3 de los afiliados y afiliadas presentes. Si el Congreso no establece nada en contra, se entenderá como comisión liquidadora al Secretariado Regional Intersindical, quien destinará el saldo positivo del balance, si lo hubiere, a los fines que decida el Congreso. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Quedan pendientes de aprobación los diversos Reglamentos de Funcionamiento de los distintos órganos de la Intersindical, por el primer Pleno Regional Intersindical convocado tras la celebración del Congreso. Mientras tanto, permanece vigente el Reglamento de Funcionamiento del STECLM-INTERSINDICAL en todo lo que no contradiga a estos Estatutos.

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DISPOSICIÓN FINAL Los presentes Estatutos entrarán en vigor el mismo día y momento de su aprobación por el Congreso, siendo de obligado cumplimiento para toda la afiliación.

ENMIENDAS anotaciones

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estatutos STE-CLM

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Estatutos STE-CLM CAPÍTULO I. DE LA DENOMINACIÓN, ÁMBITOS TERRITORIAL Y PROFESIONAL Y DOMICILIO Artículo 1. Denominación El Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Enseñanza de Castilla-La mancha se constituye al amparo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, se constituye el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Enseñanza de CastillaLa Mancha (STE-CLM). Artículo 2. Ámbito territorial El STE-CLM abarca el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Artículo 3. Ámbito profesional El ámbito profesional del STE-CLM abarca a todos los trabajadores y trabajadoras de todos los niveles de la enseñanza de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que libremente se afilien y que compartan sus fines y características sin discriminación alguna de carácter político, filosófico, religioso o cualquier otro. Artículo 4 Ámbito Temporal El STE-CLM se constituye por tiempo indefinido. Artículo 5 El STE-CLM podrá constituir las secciones sindicales de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Libertad Sindical 11/1985. Artículo 6 El STE-CLM goza de personalidad jurídica plena y capacidad de obrar, necesaria para el cumplimiento de sus fines. Artículo 7. Domicilio El STE-CLM fija su domicilio en 45005 Toledo, Avda. de Irlanda, 20, 2º A. El Pleno podrá acordar en cualquier momento el cambio domiciliario a otro lugar de su ámbito territorial. El STE-CLM mantendrá sedes en aquellas localidades que apruebe el Pleno. Artículo 8. Integración Intersindical y Confederal. El STE-CLM se integra, como miembro fundador de pleno derecho, en la Federación Sindical denominada Intersindical de Castilla-La Mancha, bajo las siglas I-CLM. Igualmente se integra, como miembro de pleno derecho, en la Confederación Intersindical (C.I), cuya sede está en Madrid, calle Carretas 14, 7º F. CAPÍTULO II. DE SUS FINES Artículo 9 Son fines del STE de CLM: a) La consecución de una sociedad justa y solidaria, basada en una nueva ética y en un modelo de desarrollo humano que elimine toda opresión y jerarquización de cualquier colectivo sobre otro. b) Conseguir un desarrollo democrático pleno y participativo de las leyes, que reconozcan los derechos de los trabajadores y trabajadoras.

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c) Defender los intereses de los trabajadores y trabajadoras de la enseñanza y luchar por la mejora de sus condiciones laborales y socioeconómicas, oponiéndose a toda forma de explotación y discriminación. d) Asumir las reivindicaciones de los trabajadores y trabajadoras defendiendo lo público, siempre que no contradigan ni se opongan a lo expresado en estos Estatutos ni a lo aprobado en los Plenos del Sindicato. e) Lograr el reconocimiento de todos los derechos sindicales, especialmente el derecho a la negociación colectiva. f) Alcanzar la participación y el control por parte de los trabajadores y trabajadoras, por los medios adecuados de consulta y negociación, de todo lo concerniente a la elaboración y desarrollo de la política, legislación y financiación del sector público. g) Reivindicar con todos los sectores sociales interesados: Una enseñanza pública, gratuita, obligatoria, democrática, no discriminatoria, científica, pluralista, laica y de calidad, financiada con fondos públicos, enmarcada y adaptada al entorno y al servicio de las distintas realidades provinciales y locales; asumiendo las reivindicaciones del profesorado, enmarcándolas en el modelo de Enseñanza Pública y Cuerpo Único de Enseñantes, siempre que no se opongan a lo establecido en estos Estatutos o a lo aprobado en los Plenos del Sindicato. h) Organizar y potenciar todo tipo de actividades tendentes a la mejora de la calidad de la enseñanza, de los servicios públicos y de la formación de la clase trabajadora. i) Promover la dignificación y reconocimiento social de las empleadas públicas y los empleados públicos. j) La defensa de la coeducacion como modelo educativo Conseguir la igualdad entre hombres y mujeres, luchando contra la discriminación específica a que las mujeres están sometidas, tanto social, laboral, profesional y jurídicamente como sexual y educativamente. Combatir todos aquellos modelos pedagógicos que se apoyen en la trasmision de los valores de los estereotipos sociales. k) Incorporar a la acción sindical la perspectiva de las mujeres e impulsar que todas las afiliadas participen en las actividades y órganos del Sindicato Incorporar a la acción sindical la perspectiva de las mujeres e impulsar que todas las afiliadas participen en las actividades y órganos del Sindicato, potenciando la Organización de Mujeres con el fin de abordar la problemática específica y aportar una visión de género al Sindicato. l) La defensa de los intereses de la ciudadanía, en tanto que consumidora y usuaria, en cuanto a la protección de la salud y la seguridad, abogando por un consumo responsable y solidario. CAPÍTULO III. DE SUS CARACTERÍSTICAS Artículo 10 Las características que definen al STE-CLM son las siguientes: a) UNITARIO. El STE-CLM, fiel al espíritu que animó su propio nacimiento, pretende lograr la unidad de todos los trabajadores y trabajadoras en el marco de un sindicalismo autónomo, democrático y asambleario. Consciente del papel preferente de los propios trabajadores y trabajadoras en la construcción de la unidad, el STE-CLM fomenta la representación unitaria y directa de los trabajadores

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y trabajadoras surgida en las asambleas y centros escolares. Con el mismo fin, el STE-CLM presta atención preferente y continuada al logro de acuerdos concretos y formas unitarias de acción con el resto de sindicatos de clase, que permitan avanzar en la erradicación de las diferencias existentes conquistando formas unitarias cada vez más amplias. El STE-CLM discute, aclara y recoge todas las opiniones que puedan surgir en su seno, para que éstas no se transformen en actitudes que hagan peligrar su unidad. b) DE CLASE. El STE-CLM agrupa a trabajadores y trabajadoras de la enseñanza de Castilla - La Mancha defendiendo sus reivindicaciones, reforzando los lazos con colectivos y organizaciones para defender con más fuerza la unidad del sindicalismo de clase y será beligerante frente a la patronal, administraciones y gobiernos que no avancen en la lucha contra las desigualdades. El STE-CLM rechaza cualquier tipo de actitud corporativista tanto en su seno como en los planteamientos reivindicativos. c) SOCIOPOLÍTICO. El STE-CLM, además de reivindicar la mejora de las condiciones laborales y profesionales de los trabajadores y trabajadoras, asume la defensa de todas las cuestiones políticas y sociales que les afectan como personas asalariadas en cuanto a la supresión de toda explotación, discriminación o dominación. Es solidario en la solución de los problemas sociales y comprometido con la vida social, dando alternativas que lleven a la consecución de una sociedad más justa y solidaria. d) AUTÓNOMO. El STE-CLM es independiente de la patronal, de las distintas administraciones y no está subordinado a ninguna organización política, religiosa o grupo de presión. e) DEMOCRÁTICO. El STE de CLM se rige por los más amplios principios de democracia social, aplicándose en su funcionamiento las siguientes normas fundamentales: 1. Toda persona afiliada podrá participar, en igualdad de derechos, con los y las demás afiliados y afiliadas, personal o delegadamente, en el establecimiento de la línea sindical, en la adopción de políticas específicas y en la designación de sus representantes, y puede ser nombrado y promovido a funciones de representación internas y externas. 2. En todos los niveles organizativos del STE-CLM quedará garantizada la plena libertad de expresión sobre temas a debate y la manifestación pública de sus eventuales desacuerdos, dentro del respeto de las posiciones personales o colectivas. 3. Todas las responsabilidades representativas serán designadas mediante sufragio libre y secreto y podrán ser revocados por el órgano que los eligió. Su gestión será transparente y rendirán cuentas a sus representados. 4. En el interior del STE-CLM pueden surgir corrientes de opinión que reflejen posturas colectivas. Toda la afiliación tiene derecho a participar en la formación de dichas posiciones colectivas, sus propuestas serán sometidas a debate siempre que cuenten con el apoyo de un 5% de la afiliación regional. Asimismo tales posiciones colectivas podrán expresarse libremente a través de los cauces ordinarios de los distintos niveles organizativos, facilitando desde los órganos de cada ámbito los medios y cauces necesarios para que sus posiciones lleguen al conjunto de la afiliación. f) ASAMBLEARIO, en su funcionamiento y estructura, impulsando asambleas generales y específicas como forma eficaz y genuina para el logro de sus intereses y en la toma de decisiones que afecten al conjunto de los trabajadores, siempre que no contradigan los fines del STE-CLM y del STECLM-INTERSINDICAL. En su organización interna, resaltando la importancia de las asambleas de la afiliación en todos sus niveles (centro, zona, comarca, provincia, etc.) en donde el conjunto de afiliados y

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afiliadas de la enseñanza puede proponer, debatir y decidir sobre cualquier acción o alternativa. g) REIVINDICATIVO. Defiende las reivindicaciones de los trabajadores y trabajadoras y la mejora de sus condiciones de vida y trabajo. h) INTERNACIONALISTA. El STE-CLM busca la unidad internacional de los trabajadores y trabajadoras colaborando en la lucha contra la explotación. i) ECOLOGISTA. Comprometido con la conservación de la naturaleza y crítico con el sistema político-económico vigente, máximo responsable de su degradación y del expolio de los limitados recursos del planeta. j) FEMINISTA. Porque lucha contra las discriminaciones a las que están sometidas las mujeres social, laboral, profesional y jurídicamente que marginan a la mujer y orientan a niños y niñas, hombres y mujeres hacia conductas estereotipadas de género. k) LAICO. El STE-CLM, no sólo es independiente de ideas, creencias y organizaciones religiosas, sino que lucha porque las instituciones y los servicios públicos no estén sujetos a ninguna confesión o credo religioso. En consonancia con este planteamiento el STE-CLM lucha por promover la libertad de cada individuo para creer en cualquier religión o ideología y para que, en el plano político y social, no existan cortapisas a la libertad de conciencia, el debate y la crítica libre. CAPÍTULO IV. SECTORES DEL STE-CLM Artículo 11 Con el fin de mejorar la capacidad organizativa del sindicato se podrán organizar sectores. Los sectores tedrán capacidad organizativa para tratar la problemática específica del sector, sin perjucio de lo establecido en los presentes estatutos. Su funcionamiento estará limitado al tratamiento de la problemática específica y participarán en la toma de decisiones generales mediante los mecanismos establecidos en estos estatutos del STE-CLM La coordinación de los diferentes sectores tiene que adaptarse a la estructura del STE-CLM, garantizando, cuando menos, la conexión periódica y planificada con el Secretariado Regional, sin prejuicio de sus competencias para determinar la línea de acción sindical propia, bajo la dirección y coordinación del Secretariado Regional. El funcionamiento de las estructuras sectoriales tendrá que estar coordinado por el Secretariado Regional, tanto con respecto a criterios de funcionamiento y prestación de servicios y para hacerlo compatible con la disponibilidad económica del sindicato. Se constituirán, cuando menos, los sectores siguientes: Sector de Enseñanza Pública no Universitaria, y Sector de Universidad. 1. Sector de Enseñanzas no Universidad, que comprende a los trabajadores y trabajadoras docentes de las distintas enseñanzas anteriores a la universidad que estén afiliados y afiliadas al STE-CLM. Este sector se denominará Enseñanza 2. Sector de enseñanza Universitaria, que comprende los trabajadores y trabajadoras de todos los sectores de la Universidad de Castilla-La Mancha que estén afiliados al STECLM. Este sector se denominará Universidad Se podrán constituir sectores por iniciativa del Secretariado Regional o por afiliados y afiliadas de otras actividades laborales, pero siempre con el respaldo del Secretariado Regional. Desde el momento que se autorizan nombraran a un representante del sector con voz y sin voto en el Secretariado Regional. Un sector será considerado plenamente constituido con todos los derechos y deberes, cuando haya afiliados y afliadas del mismo

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que se constituyan al menos como sector sindical, decidiéndolo en Asamblea Extraordinaria constituyente, convocada por el secretariado correspondiente y con la aprobación posterior del Secretariado Regional y Pleno. CAPÍTULO V. DE LA AFILIACIÓN Artículo 12 Podrán afiliarse al STE-CLM todos los trabajadores y trabajadoras de la enseñanza independientemente de la situación laboral en que se encuentren. Para afiliarse al STE-CLM ha de presentarse solicitud escrita al Órgano correspondiente. Artículo 13 Derechos y deberes. Derechos y deberes de las personas afiliadas al STE-CLM: a) Derechos: 1. Expresarse libremente. 2. Elegir y ser elegidas para los cargos representativos del STE-CLM y de INTERSINDICAL de Castilla-La Mancha, según los Estatutos y/o reglamentos. 3. Participar en los órganos del STE-CLM y INTERSINDICAL de Castilla-La Mancha , según lo dispuesto en los Estatutos, hacer propuestas, intervenir en los debates y decidir con su voto en todo aquello que afecte a la vida sindical y su nivel de representatividad. 4. Participar en la planificación, elaboración, control y ejecución de las distintas actividades que se realicen. 5. Ser representadas y defendidas por el STE-CLM y la INTERSINDICAL de Castilla-La Mancha; recibir asesoramiento jurídico y laboral, así como otras prestaciones y servicios que se establezcan. 6. Recibir información objetiva de la marcha de las actividades sindicales, consultar archivos y examinar la documentación. 7. Conocer la situación económica para controlar los ingresos y los gastos. Conocer de acuerdo con la normativa legal estatutaria, la gestion administrativa y económica del sindicato pudiendo examinar, en todo caso los libros de contabilidad de acuerdo con el procedimiento establecido. 8. Recurrir a la Comisión de Garantías en caso de conflicto con cualquier miembro u órgano del Sindicato. 9. Para ejercer estos derechos se ha de estar al corriente de pago. b) Deberes: 1. Contribuir al sostenimiento ecónomico del sindicato mediante el pago de una cuota sindical. Satisfacer la cuota sindical. 2. Cumplir los Estatutos del STE-CLM y de INTERSINDICAL de Castilla-La Mancha. 3. No utilizar al STE-CLM y a la INTERSINDICAL de CastillaLa Mancha en contra de sus propios fines. 4. Participar activamente en el funcionamiento y gestión sindical asistiendo a las Asambleas y reuniones de los Órganos a los que se pertenezca y cumplir con las responsabilidades adquiridas. Artículo 14 La condición de persona afiliada se extingue: a) Por propia voluntad de la persona afiliada, comunicándolo por escrito. b) Por impago de la cuota durante 2 trimestres consecutivos, si no justifica la demora. c) Por observar una conducta contraria a los fines del STE-CLM. Esta causa de extinción de la condición de persona afiliada será acordada por la Asamblea Provincial, previa audiencia, si así

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lo deseara la persona interesada. Esta expulsión podrá ser recurrida ante la Comisión de Garantías. d) Por participar o hacer campaña en una candidatura distinta de la del STE-CLM o de cualquier sindicato miembro de INTERSINDICAL de Castilla-La Mancha o de la Confederación Intersindical, en su ámbito electoral. CAPÍTULO V. ÓRGANOS DEL STE-CLM Artículo 15 Los órganos del STE-CLM son: 1. Regionales: Congreso, Pleno y Secretariado. 2. Provinciales: Asamblea General Provincial, Secretariado y Asambleas Sectoriales. Se podrán constituir asambleas de ámbito inferior al provincial, tanto de zona como de sector. Las reuniones de estos órganos son abiertas a toda la afiliación, que podrá participar en ellas con voz pero sin voto, salvo que la persona haya sido elegida como miembro del órgano correspondiente o sea miembro de pleno derecho según los Estatutos. Artículo 16 El Congreso El Congreso es el órgano deliberante y decisorio máximo del STECLM. Podrá ser: a) Ordinario. Se celebrará una vez cada 4 años y será convocado por el Pleno con, al menos, 3 meses de antelación. b) Extraordinario. Será convocado por el Pleno a petición de, al menos, 2 de los órganos provinciales de la región. Una vez recibida la solicitud, el Pleno dispondrá de 20 días para hacer la convocatoria, que comunicará a todos los órganos provinciales con un mes de antelación, al menos. En la solicitud de Congreso Extraordinario figurará el orden del día del mismo. Está constituido por un número de delegados y delegadas proporcional al número de afiliados y afiliadas por sector por provincia que establezca el Reglamento de Funcionamiento del Congreso. El Congreso ordinario deberá ser coincidente con el Congreso ordinario de la Intersindical, estableciéndose la convocatoria, composición y funcionamiento por acuerdo conjunto con el Pleno de la Intersindical. Artículo 17 Funciones del Congreso. Las funciones del Congreso son: a) Aprobar o modificar los Estatutos, cuya ratificación deberá realizarse por el Congreso de la Intersindical. b) Fijar las alternativas y la línea sindical del STE-CLM. c) Aprobar los criterios de funcionamiento económico y supervisar el control financiero Controlar el estado económico del STE-CLM. d) Elegir la Comisión de Garantías y autorizar al Pleno para sustituir a los miembros que causen baja. e) Establecer los criterios de composición del Pleno. f) Establecer los criterios de composición del Secretariado Regional. g) Decidir, en última instancia, sobre los recursos presentados en relación con las actuaciones de los órganos del sindicato. h) Proponer el supuesto de fusión del Sindicato con otro de igual o similar carácter o proponer la constitución de intersindicales. i) Determinar la disolución del Sindicato.

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Artículo 18 Pleno del STE-CLM 1. El Pleno es el máximo órgano representativo y decisorio del STE-CLM entre Congresos. 2. Lo integran: - El Secretariado Regional donde todos los miembros, excepto la Comisión de coordinación Permanente , tendrán voto. - Los afiliados y afiliadas de todas las provincias de CastillaLa Mancha en un número proporcional a la afiliación por provincia y que será a razón de 1 por cada 50 o fracción, garantizando la presencia de todos los sectores. 3. El Pleno se reunirá ordinariamente 2 veces al año, convocado por el Secretariado del STE-CLM, coincidiendo uno de ellos con el pleno de INTERSINDICAL de Castilla-La Mancha y, extraordinariamente, siempre que el Secretariado lo considere necesario o lo soliciten, cuando menos, 2 Secretariados Provinciales. 4. Sus funciones son: a) Convocar el Congreso del STE-CLM. b) Aprobar o modificar el Reglamento de Funcionamiento. c) Cumplir y hacer cumplir las directrices generales aprobadas por el Congreso. d) Aprobar el Programa Electoral del STE-CLM, así como los criterios para la elaboración de las Candidaturas. e) Aprobar el Plan de Acción Sindical, las estrategias y las líneas generales de actuación, tomando como base el Programa Electoral de la Intersindical y el del Sindicato con el que las personas del STE-CLM nos presentamos a las Elecciones Sindicales, haciendo un balance de lo realizado al finalizar cada año. f) Elegir, por mandato del Congreso, y sustituir, en caso de baja, al Secretariado Regional y su Comisión de coordinación Permanente, a la Comisión de Garantías y a las distintas Comisiones de carácter regional que se puedan crear, así como a las diferentes responsabilidades regionales que conlleven liberación sindical. g) Cesar a todas o algunas de las personas miembros del Secretariado Regional y de las distintas Comisiones atendiendo a: - El cese de la totalidad de los miembros del Secretariado Regional y sus representantes en la Intersindical requiere una previa moción de censura, presentada por un tercio, como mínimo, de los miembros del Pleno, debatida en un Pleno Extraordinario y monográfico, a realizar en el plazo de un mes, contando desde la fecha de su presentación; el cese tendrá lugar de prosperar dicha moción. - El cese individual de algún miembro del Secretariado Regional e Intersindical puede producirse: 1. Por su decisión irrevocable. 2. Automáticamente, por faltar tres veces consecutivas a reuniones ordinarias o seis veces alternas en el plazo de 1 año. 3. Por decisión del Pleno, a propuesta del 10% de sus miembros o a petición de la Asamblea Provincial a la que pertenezca. h) Supervisar y valorar los trabajos del Secretariado Regional y de las Comisiones que se creen. i) Elegir a las permanentes sindicales propuestas por las Asambleas Generales Provinciales o por el propio Pleno. j) Proponer y recomendar a las Asambleas Generales Provinciales el cese, argumentada y justificadamente, del miembro o miembros que les represente en el Pleno. k) Proponer el presupuesto anual del Sindicato y fijar la cuota de afiliación.

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l) Determinar los criterios distributivos de las Permanentes Sindicales provincialmente, teniendo en cuenta las necesidades que planteen los órganos sindicales provinciales. m) Elegir la representación del STE-CLM en el Secretariado y en el Pleno de INTERSINDICAL de Castilla-La Mancha ,así como proponer a sus representantes en el Secretariado y en el Pleno Confederal intersindical, y las sustituciones de algún o alguna representante, si se produjera vacante. n) Decidir, en última instancia, a solicitud de las personas afectadas, cuando el Secretariado Regional no autorice la afiliación al STE-CLM de algún trabajador o trabajadora que lo haya demandado. ñ) Aprobar el Plan de Formación del STE-CLM. o) Sustituir a los miembros de la Comisión de garantias que causen bajas entre Congresos. Artículo 19 Secretariado Regional. a) El Secretariado Regional es el órgano encargado de llevar a la práctica los acuerdos del Pleno y de asegurar la representación y la gestión cotidiana del STE-CLM. b) El Secretariado Regional se reunirá ordinariamente según establezca el Reglamento de Funcionamiento, coincidiendo cada dos meses con el Secretariado de la Intersindical, siendo convocado por la Comisión de Coordinación Permanente y, con carácter extraordinario, cuando lo solicite un Secretariado Provincial o el 25% de los miembros del Secretariado Regional. c) El Secretariado Regional está compuesto por afiliados y afiliadas de todas las provincias de Castilla-La Mancha en un número proporcional a la afiliación por sector y provincia más la Comisión de Coordinación Comisión Permanente. Su composición específica será: 1.- Un o una representante de cada provincia y sector a propuesta de las asambleas generales provinciales. 2.- Un o una representante más por provincia cada 300 afiliados o afiliadas. 3.- Su Comisión de Coordinación Permanente. 4.- Los responsables regionales de áreas que conlleven liberación sindical, con voz y sin voto, salvo que vayan en representación de algún apartado anterior. d) Sus funciones son: 1.- Representar al STE-CLM. 2.- Organizar y coordinar las comisiones que se puedan crear. 3.- Elaborar el índice y todo lo concerniente a “El Lapicero” y a la página Web, de acuerdo con el artículo 23 de estos Estatutos. 4.- Ejecutar lo ordenado por el Pleno. 5.- Convocar el Pleno. 6.- Elaborar propuestas, documentos y ponencias para los órganos provinciales, para el Pleno, Congreso, Intersindical, Confederación, Administración, Consejo Escolar Regional. 7.- Elegir a las personas responsables de cada Secretaría y Comisión, así como de los puestos que surjan de su organización interna. 8.- Informar a los órganos provinciales tanto de los acuerdos del Pleno como de los propios, así como de temas de interés laboral y sindical. 9.- Decidir en aquellos asuntos que necesiten una respuesta inmediata, notificándolos urgentemente a los órganos provinciales; el Pleno siguiente valorará la actuación del Secretariado. 10.- Contratar personal. 11.- Presentar al inicio de cada Congreso y, anualmente, al Pleno, un informe de la actividad sindical, sometiéndose a la decisión de los mismos. 12.- Decidir sobre las solicitudes de afiliación al STE-CLM.

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13.- Cumplimentar y custodiar el libro oficial de registro de afiliación, velando por el cumplimiento de la Ley de Protección de datos. 14.- El Secretariado Regional propondrá al Pleno el presupuesto y balance anual del Sindicato. Asimismo, controlará el estado de las finanzas. 15.- Realizar y custodiar actas, las cuales estarán depositadas en la sede social del Sindicato. 16.- Elaborar el plan de formación permanente del profesorado del STE-CLM, a aprobar por el Pleno. e) La Comisión de Coordinación Permanente del Secretariado Regional está formada por 3 personas, sin derecho a voto. La Comisión de coordinación Permanente contará con la colaboración de un o una responsable provincial, encargados de dinamizar, elaborar y coordinar las propuestas y aportaciones provinciales en distintos temas y en las negociaciones y mesas de trabajo con la Administración; en caso necesario sustituirán en sus funciones a la Comisión de coordinación Permanente . Dichos responsables se coordinarán igualmente con nuestros representantes en el Consejo Escolar Regional. Las funciones de la Comisión de coordinación Permanente son: - Responsabilizarse, con el apoyo del resto del Secretariado y/o de personas expertas en distintos temas, de las negociaciones y mesas de trabajo con la Administración. - Coordinar, junto con las personas responsables regionalmente, los órganos de expresión del STE-CLM. - Coordinar la presencia del STE-CLM en los medios de comunicación. - Coordinar las relaciones del STE-CLM con otras organizaciones sindicales, partidos políticos y movimientos sociales. - Coordinar la elaboración de valoraciones, propuestas y documentos que desarrollen las líneas de acción del STECLM. Artículo 20 Incompatibilidades. No podrán formar parte de los Secretariados las personas afiliadas que sean altos cargos públicos de las diferentes Administraciones, así como los y las representantes públicos miembros de los comités ejecutivos o centros de dirección de partidos políticos. No podrán ser permanentes sindicales, el profesorado que se encuentre afectado por la Ley de incompatibilidades de aplicación a los funcionarios publicos docentes. Artículo 21 Órganos Provinciales. a) Los órganos provinciales del STE-CLM tienen autonomía decisoria y de actuación en todo lo inherente a su propio ámbito, dentro de las líneas generales estatutarias y las aprobadas por los órganos regionales e intersindicales. b) Los órganos provinciales del STE-CLM deben transmitir a sus afiliados y afiliadas, según su propia dinámica, las propuestas de los órganos regionales del STE-CLM. c) Los acuerdos del STE-CLM son vinculantes para todos los órganos provinciales, aun cuando éstos conserven su autonomía para adaptarlos, si concurrieran circunstancias especiales, exponiendo sus razones a los órganos regionales del STE-CLM. Artículo 22 Asamblea General Provincial. La Asamblea General Provincial está compuesta por todos los afiliados y las afiliadas de la provincia. Se reunirá, como mínimo, una vez antes de cada Pleno, siendo convocada por el Secretariado Provincial. Podrá convocarse Asamblea General Provincial

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Extraordinaria cuando así lo considere el Secretariado o lo pida, al menos, 1/3 de sus componentes o el 10 % de la afiliación, especificando el Orden del Día. Sus funciones son: a) Elegir y, en su caso, cesar al Secretariado Provincial. b) Proponer al Pleno los miembros del Secretariado Regional. c) Marcar y evaluar las líneas de acción y política sindicales y su ejecución por el Secretariado Provincial ajustándose a los acuerdos de los órganos regionales. d) Elegir a sus delegados o delegadas en el Pleno y Congreso. e) Decidir sobre todas aquellas cuestiones sindicales que le sean propuestas por los órganos del STE-CLM o que ella misma acuerde, siempre que no contradigan lo aprobado en el Congreso o el Pleno, el programa electoral y lo determinado estatutariamente. Son objeto de debate y aprobación por la asamblea aquellas cuestiones que no están debatidas previamente por el sindicato y no existe posicionamiento al respecto, o bien, aquellas cuestiones que habiendo sido aprobadas necesiten una modificación, siempre que esta se encuentre en el orden del día de la citada asamblea. f) Presentar propuestas al Congreso y al Pleno. g) Proponer al Pleno nombres de personas para las permanentes sindicales en su ámbito y para la Comisión de coordinación Permanente del Secretariado. h) Proponer al Pleno del STE-CLM criterios de elaboración de Candidaturas electorales para los distintos ámbitos electorales y propuestas para las Candidaturas en los distintos ámbitos de su provincia. i) En el seno de la Asamblea General Provincial se podrán constituir Asambleas de ámbito inferior como comarcales, sectoriales, de centro, para la mejor organización y funcionamiento de la propia Asamblea. Artículo 23 Secretariado Provincial. 1. El Secretariado Provincial es el órgano de gestión, coordinación, administración y representación del STE-CLM en cada provincia. El Secretariado se reunirá ordinariamente según establezca el Reglamento de Funcionamiento, siendo convocado por el responsable de organización provincial y, con carácter extraordinario, cuando lo solicite, al menos, el 25% de los miembros del Secretariado. 2. Estará formado por dos personas de cada sector, una de ellas miembro a su vez del Secretariado Regional; dos de cada sector correspondientes a la Junta de Personal y comités de empresa Docente no Universitario y por cinco personas elegidas en representación de la Asamblea Provincial con criterios sectoriales y comarcales. Las permanentes sindicales formarán parte del Secretariado Provincial con voz pero sin voto, salvo que estén comprendidas en algunos de los grupos anteriores. 3. Sus funciones son: a) Representar al Sindicato provincialmente. b) Adaptar las líneas de acción sindical a la realidad provincial. c) Proponer a los órganos regionales cuantas iniciativas considere oportunas sobre política y acción sindicales, finanzas, etc. d) Decidir en asuntos relacionados con la política provincial, ajustándose a las directrices marcadas por los órganos regionales. e) Convocar a la Asamblea Provincial y dar cuenta de su gestión. f) Participar en las negociaciones provinciales con la Administración. g) Cualquier otra función que pueda delegar cualquier órgano regional. La Comisión Permanente Provincial está formada por las

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permanentes sindicales que desarrollarán las funciones del Secretariado provincial, de acuerdo con las directrices que emanen de éste, e informarán al mismo, en cada reunión, de las gestiones y actuaciones realizadas. Artículo 24 Los órganos de expresión del STE-CLM son “El Lapicero” y la página Web. La coordinación de estos medios es responsabilidad de la Comisión de Coordinación Permanente . La realización y el mantenimiento de la/s persona/s que designe el Secretariado Regional. CAPÍTULO VI. PERMANENTES SINDICALES Artículo 25 Las permanentes sindicales del STE-CLM serán afiliados o afiliadas que trabajarán al servicio del Sindicato. Serán elegidas anualmente y/o prorrogado su mandato por el Pleno a propuesta de los órganos provinciales del Sindicato. El tiempo máximo continuado de permanente sindical será de ocho seis años, prorrogables en función de las necesidades del Sindicato, debiendo transcurrir un mínimo de tres años para optar a una nueva permanente sindical. Las permanentes sindicales formarán parte de las Comisiones Permanente de los Secretariados y tendrán las funciones que se asignan a éstas. El Sindicato podrá proponer a personas afiliadas para tomar parte como permanentes sindicales de la INTERSINDICAL de Castilla-La Mancha o de la Confederación de Intersindical. CAPÍTULO VII. RELACIONES CON LA INTERSINDICAL Y LA CONFEDERACIÓN Artículo 26 1. A tenor de la integración recogida en el artículo 8, el STE-CLM estará representado en la INTERSINDICAL de Castilla-La Mancha y en la Confederación Intersindical por: a) La representación en el Secretariado Intersindical y en el Confederal intersindical, según el apartado m) del artículo 18. b) Las personas representantes del STE-CLM en el Pleno del INTERSINDICAL de Castilla-La Mancha y en la Confederación Intersindical. La elección de esta representación se hará según el apartado m) del artículo 18. 2. Las funciones de los y las representantes del Sindicato en los órganos intersindicales y confederales serán: a) Hacer llegar a estos órganos las propuestas elaboradas por el STE-CLM. b) Informar al Sindicato de todas las resoluciones y acuerdos adoptados en los órganos intersindicales y confederales, así como de todos los temas de interés educativo, laboral y sindical. c) Asistir a las reuniones intersindicales y confederales y participar en los trabajos de las mismas. d) El incumplimiento reiterado de estas funciones será motivo de reprobación o cese. Los mismos serán aprobados por el Pleno a propuesta del Secretariado Regional, el cual podrá sustituir a dichos representantes. CAPÍTULO VIII. ESTRUCTURAS ESPECIALES Artículo 27 Organización de mujeres. La Organización de Mujeres del STE-CLM está formada por las personas encargadas del área de Mujer del Sindicato. Su finalidad es promover que las mujeres se organicen para participar activamente tanto en la vida interna del Sindicato como en la proyección externa

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del mismo, incidiendo directamente en la acción sindical y social con una visión de género. Artículo 28 Comisión Mediadora. Formada por un afiliado de cada provincia, iniciará su actuación inmediatamente que detecte que pueda existir un conflicto entre las provincias. CAPÍTULO IX. COMISIÓN DE GARANTÍAS Artículo 29 La Comisión de Garantías estará formada por cinco miembros, uno de cada provincia, elegidos por el Congreso por mayoría de dos tercios, sin que puedan ser miembros del Secretariado Regional ni Provincial, o del órgano que haya tomado la decisión impugnada. A tal efecto se nombrarán los suplentes necesarios que permitan la aplicación de estas condiciones. El Pleno podrá sustituir a los miembros de la Comisión de Garantías que por cualquier motivo manifiesten su imposibilidad para continuar en el cargo. Funciones de la Comisión de Garantías: a) Atender cualquier reclamación de afiliados/as, órganos del sindicato o miembros componentes de éstos, contra acuerdos o actuaciones de los mismos. b) Introducirá en el orden del día del Pleno y Secretariado Regional los puntos que dimanen de su actuación y otros que estimara oportunos, realizando un informe acerca de las reclamaciones o recursos presentados y de las anomalías que detecte, o de las que reciba denuncia. c) Garantizará que las decisiones del Pleno y Secretariados sean conformes a los Estatutos y a las líneas marcadas por el Congreso. d) Las soluciones que adopte serán de obligado cumplimiento o acatamiento de las partes afectadas. e) Las decisiones de la Comisión de Garantías se ajustarán a Derecho, para lo que solicitará el asesoramiento jurídico oportuno. CAPÍTULO X. FUNCIONAMIENTO ECONÓMICO Los criterios generales de organización económica y financiera del Sindicato serán los que se recojan en la CARTA FINANCIERA ÚNICA aprobada en el Congreso Intersindical. Artículo 31 El STE-CLM no cuenta con patrimonio fundacional alguno, dotándose de recursos financieros mediante las cuotas de sus afiliados y afiliadas, aprobadas por el Pleno, y las ayudas institucionales. Así mismo, podrá dotarse de recursos a través de cualquier otra actividad que la ley permita y que no hipoteque su independencia sindical. Se garantiza el derecho a acceder al conocimiento de la situación económica a la afiliación. A tal fin, toda la documentación contable existente estará a disposición de la misma. CAPÍTULO XI. RELACIONES CON OTROS SINDICATOS Artículo 32 El STE-CLM podrá vincularse con otras organizaciones sindicales de carácter autonómico, estatal y/o internacional, siendo competencia del Pleno Intersindical aprobar el tipo de vinculación a establecer. CAPÍTULO XII. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Artículo 33 Los Estatutos del STE-CLM podrán modificarse por el Congreso mediante el voto favorable de la mayoría de las personas presentes en el mismo. En este caso, el Congreso de la Intersindical deberá

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valorar y decidir si este sindicato podrá o no continuar dentro de la Intersindical. CAPÍTULO XIII. DISOLUCIÓN DEL STE-CLM Artículo 34 El STE-CLM podrá disolverse por decisión de un Congreso Extraordinario convocado a tal fin y siempre que voten favorablemente 2/3 de los afiliados y afiliadas presentes. Si el Congreso no establece nada en contra, se entenderá como comisión liquidadora al Secretariado Regional, quien destinará el saldo positivo del balance, si lo hubiere, a la Intersindical. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Quedan pendientes de aprobación los diversos Reglamentos de Funcionamiento de los distintos órganos del Sindicato por el Pleno Regional convocado tras la celebración del Congreso. Mientras tanto, permanece vigente el Reglamento de Funcionamiento anterior del STE-CLM, en todo lo que no contradiga a estos Estatutos. DISPOSICIÓN FINAL Los presentes Estatutos entrarán en vigor el mismo día y momento de su aprobación por el Congreso, siendo de obligado cumplimiento para toda la afiliación.

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ENMIENDAS anotaciones

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estatutos STAS-CLM

congreso

mejoras

Por un futuro con

necesaria

de Castilla-La Mancha

la alternativa

laborales y sociales

INTERSINDICAL


Estatutos STAS-CLM CAPÍTULO I. DE LA DENOMINACIÓN, ÁMBITOS TERRITORIAL Y PROFESIONAL Y DOMICILIO Artículo 1. Denominación Al amparo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, del Real Decreto Legislativo 1/1995, del Estatuto de los Trabajadores, así como de las normas internacionales sobre la Libertad Sindical, reguladoras todas ellas de los derechos sindicales, se constituye la organización denominada “SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE CASTILLA-LA MANCHA”, con siglas (STAS-CLM). Artículo 2. Emblemas y símbolos El anagrama del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Administración y Servicios de Castilla-La Mancha, que deberá recogerse en las publicaciones, documentos públicos y de propaganda, es el de STAS-CLM. Artículo 3. Ámbito territorial El STAS-CLM abarca el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Artículo 4. Ámbito profesional El ámbito profesional del STAS-CLM abarca a todos los trabajadores y trabajadoras que libremente se afilien y que compartan sus fines y características sin discriminación alguna de carácter político, filosófico, religioso o cualquier otro. Artículo 5. Ámbito temporal El STAS-CLM se constituye por tiempo indefinido. Artículo 6. Secciones Sindicales El STAS-CLM podrá constituir las secciones sindicales de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Libertad Sindical 11/1985 y se regirán por lo establecido en el Reglamento de funcionamiento Artículo 7. Personalidad Jurídica El STAS-CLM goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, necesaria para el cumplimiento de sus fines. Artículo 8. Domicilio El STAS-CLM fija su domicilio en 45005 Toledo, Avda. de Irlanda, 20, 2º A. El Pleno podrá acordar en cualquier momento el cambio domiciliario a otro lugar de su ámbito territorial. El STAS-CLM mantendrá sedes en aquellas localidades que apruebe el Pleno. Artículo 9. Integración Intersindical y Confederal El STAS-CLM se integra, como miembro fundador de pleno derecho, en la Federación Sindical denominada “INTERSINDICAL DE CASTILLA-LA MANCHA bajo las siglas I-CLM. CAPÍTULO II. DE SUS FINES Y CARACTERÍSTICAS Artículo 10. De sus Fines Son fines del STAS-CLM: a) La defensa de los intereses económicos, respetando que a igual trabajo, corresponde igual salario, la lucha por la mejora de las condiciones de vida y trabajo, así como la dignificación de su situación social. b) Conseguir un desarrollo democrático pleno y participativo de

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las leyes, que reconozcan los derechos de los trabajadores y trabajadoras. c) Defender los intereses profesionales de los trabajadores y trabajadoras y luchar por la mejora de sus condiciones laborales y socioeconómicas, oponiéndose a toda forma de explotación y discriminación. d) Asumir las reivindicaciones de los trabajadores y trabajadoras defendiendo lo público, siempre que no contradigan ni se opongan a lo expresado en estos Estatutos ni a lo aprobado en los Plenos del Sindicato. e) Lograr el reconocimiento de todos los derechos sindicales, especialmente el derecho a la negociación colectiva. f) Alcanzar la participación y el control por parte de los trabajadores y trabajadoras, por los medios adecuados de consulta y negociación, de todo lo concerniente a la elaboración y desarrollo de la política, legislación y financiación del sector público. g) Reivindicar con todos los agentes sociales interesados: Una administración y unos servicios públicos eficaces, democráticos, no discriminatorios, pluralistas y de calidad, financiados con fondos públicos, enmarcados y adaptados al entorno y al servicio de las distintas realidades provinciales y locales. h) Organizar y potenciar todo tipo de actividades tendentes a la mejora de la calidad de los servicios públicos y de la formación de la clase trabajadora. i) Promover la dignificación y reconocimiento social de las empleadas públicas y los empleados públicos. j) Conseguir la igualdad entre hombres y mujeres, luchando contra la discriminación específica a que las mujeres están sometidas, tanto social, laboral, profesional y jurídicamente como sexual y educativamente. k) La defensa de los intereses de la ciudadanía, en tanto que consumidora y usuaria, en cuanto a la protección de la salud y la seguridad, abogando por un consumo responsable y solidario. Artículo 11. De sus Características Las características que definen a STAS-CLM son las siguientes: a) UNITARIO. El STAS-CLM , fiel al espíritu que animó su propio nacimiento, pretende lograr la unidad de todos los trabajadores y trabajadoras en el marco de un sindicalismo autónomo, democrático y asambleario. Consciente del papel preferente de los propios trabajadores y trabajadoras en la construcción de la unidad, el STAS-CLM fomenta la representación unitaria y directa de los trabajadores y trabajadoras surgida en las asambleas y centros laborales. Con el mismo fin, el STAS-CLM presta atención preferente y continuada al logro de acuerdos concretos y formas unitarias de acción con el resto de sindicatos de clase, que permitan avanzar en la erradicación de las diferencias existentes conquistando formas unitarias cada vez más amplias. El STAS-CLM discute, aclara y recoge todas las opiniones que puedan surgir en su seno, para que éstas no se transformen en actitudes que hagan peligrar su unidad. b) DE CLASE. El STAS-CLM agrupa a trabajadores y trabajadoras que defienden las reivindicaciones de la clase obrera,, reforzando los lazos con los trabajadores y trabajadoras de otros SINDICATOS, colectivos y organizaciones para defender con más fuerza la unidad del sindicalismo de clase y será beligerante frente a la patronal, administraciones y gobiernos

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que no avancen en la lucha contra las desigualdades.El STASCLM rechaza cualquier tipo de actitud corporativista tanto en su seno como en los planteamientos reivindicativos. c) SOCIOPOLÍTICO. El STAS-CLM, además de reivindicar la mejora de las condiciones laborales y profesionales de los trabajadores y trabajadoras, asume la defensa de todas las cuestiones políticas y sociales en lo relativo a la supresión de toda explotación, discriminación o dominación. Es solidario en la solución de los problemas sociales y comprometido con la vida social, dando alternativas que lleven a la consecución de una sociedad más justa y solidaria. d) AUTÓNOMO. Autofinanciado por la base afiliada, las subvenciones que legalmente le corresponden y los recursos que pueda generar siempre que no contradigan estos Estatutos. El STAS-CLM es independiente de la patronal, de las distintas administraciones y no está subordinado a ninguna organización política, religiosa o grupo de presión. e) DEMOCRÁTICO. El STAS-CLM se rige por los más amplios principios de democracia social, aplicándose en su funcionamiento las siguientes normas fundamentales: 1. Toda persona afiliada podrá participar, en igualdad de derechos con los y las demás afiliados y afiliadas, personal o delegadamente, en el establecimiento de la línea sindical, en la adopción de políticas específicas, en la designación de sus representantes, y puede ser nombrado y promovido a funciones de representación internas y externas. 2. En todos los niveles organizativos del STAS-CLM quedará garantizada la plena libertad de expresión sobre temas a debate y la manifestación pública de sus eventuales desacuerdos, dentro del respeto de las posiciones personales o colectivas. 3. Todas las responsabilidades representativas serán designados mediante sufragio libre y secreto y podrán ser revocadas por el órgano que los eligió. Su gestión será transparente y rendirán cuentas a sus representados. 4. En el interior del STAS-CLM pueden surgir corrientes de opinión que reflejen posturas colectivas. Toda la afiliación tiene derecho a participar en la formación de dichas posiciones colectivas, sus propuestas serán sometidas a debate siempre que cuenten con el apoyo de un 5% de la afiliación regional. Asimismo tales posiciones colectivas podrán expresarse libremente a través de los cauces ordinarios de los distintos niveles organizativos, facilitando desde los órganos de cada ámbito los medios y cauces necesarios para que sus posiciones lleguen al conjunto de la afiliación. f) ASAMBLEARIO, en su funcionamiento y estructura, impulsando asambleas generales y específicas como forma eficaz y genuina para el logro de sus intereses y en la toma de decisiones que afecten al conjunto de los trabajadores siempre que no contradigan los fines del STAS-CLM y de I-CLM. En su organización interna, resaltando la importancia de las asambleas de la afiliación en todos sus niveles (centro, zona, comarca, provincia, etc.) en donde el conjunto de afiliados y afiliadas puede proponer, debatir y decidir sobre cualquier acción o alternativa. g) CRÍTICO Y REIVINDICATIVO. Asumiendo la defensa constante de los intereses del conjunto del pueblo trabajador y la mejora de sus condiciones de vida y trabajo h) INTERNACIONALISTA. El STAS-CLM busca la unidad internacional de los trabajadores y trabajadoras colaborando en la lucha contra la explotación. i) ECOLOGISTA. Comprometido con la conservación de la naturaleza y crítico con el sistema político-económico vigente, máximo responsable de su degradación y del expolio de los limitados recursos del planeta.

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j) FEMINISTA. Porque lucha contra las discriminaciones a las que están sometidas las mujeres social, laboral, profesional y jurídicamente que marginan a la mujer y orientan a niños y niñas, hombres y mujeres hacia conductas estereotipadas de género. k) LAICO. El STAS-CLM, no sólo es independiente de ideas, creencias y organizaciones religiosas, sino que lucha porque las instituciones y los servicios públicos no estén sujetos a ninguna confesión o credo religioso. En consonancia con este planteamiento, el STAS-CLM lucha por promover la libertad de cada individuo para creer en cualquier religión o ideología. CAPÍTULO III. SECTORES Artículo 11. Se podrán constituir Sectores, ya sea por iniciativa del Secretariado Regional o por los afiliados y afiliadas de otras actividades laborales. Un Sector será considerado plenamente constituido con todos los derechos y deberes de cualquier otro existente, cuando haya afiliados y afiliadas del mismo que se constituyan al menos como Sector Sindical, decidiéndolo en Asamblea Extraordinaria Constituyente convocada por el Secretariado correspondiente, y reciba la posterior aprobación del Secretariado Regional y del Pleno del Sindicato y de la Intersindical. CAPÍTULO IV. DE LA AFILIACIÓN Artículo 13 Podrán afiliarse al STAS-CLM todas las personas empleadas públicas, tanto funcionarias como laborales o Estatutarias de cualquier Administración Pública Estatal, Regional, Local, etc. También podrán afiliarse los trabajadores y trabajadoras de entes o empresas de gestión indirecta de servicios públicos, cualquiera que sea su modalidad,, y que tengan o no relación con los Presupuestos Generales de cualquiera de las Administraciones Públicas. Asimismo podrán ser afiliadas las personas jubiladas que hayan prestado sus servicios para cualquier Aadministración Pública de Castilla-La Mancha. Para afiliarse al STAS-CLM ha se presentarse solicitud escrita al Órgano correspondiente. En cualquier momento, las personas asociadas, podrán dejar de pertenecer al STAS-CLM, pidiendo su baja por escrito. Artículo 14. Derechos y Deberes Las personas afiliadas al STAS-CLM tendrán los siguientes derechos: a) Expresar libremente sus ideas y opiniones. b) Elegir y ser elegidas para los cargos representativos del STASCLM y de la I-CLM , según los Estatutos y/o Reglamentos. c) Participar en los órganos del STAS-CLM y de I-CLM, según lo dispuesto en los Estatutos, hacer propuestas, intervenir en los debates y decidir con su voto en todo aquello que afecte a la vida sindical y su nivel de representatividad. d) Participar en la planificación, elaboración, control y ejecución de las distintas actividades que se realicen. e) Ser representadas y defendidas por el STAS-CLM y el I-CLM recibir asesoramiento jurídico y laboral, así como otras prestaciones y servicios que se establezcan. f) Recibir información objetiva de la marcha de las actividades sindicales, consultar archivos y examinar la documentación. g) Conocer la situación económica para controlar los ingresos y los gastos. h) Recurrir a la Comisión de Garantías en caso de conflicto con cualquier miembro u órgano del Sindicato. i) Asistir e intervenir, sin derecho a voto, en cualquier órgano de la federación cuando no perteneciera a él. j) Ejercitar las acciones y los recursos a que haya lugar, como

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persona afiliada de la organización, en defensa de sus derechos. k) Tener absoluta preferencia en la utilización de los servicios del Sindicato y la Federación, frente a cualquier persona no afiliada. l) Para ejercer estos derechos se ha de estar al corriente de pago. Las personas afiliadas al STAS-CLM -Intersindical tendrán los siguientes deberes: a) Respetar la libre expresión y manifestación de pareceres y no entorpecer directa o indirectamente las actividades del sindicato. b) Asistir a las reuniones de los Órganos del sindicato a los que se pertenezca y cumplir con las responsabilidades adquiridas. c) Cumplir los Estatutos del STAS-CLM y de I-CLM d) No utilizar al STAS-CLM y a I-CLM- en contra de sus propios fines e) Respetar las decisiones democráticamente adoptadas en cada uno de los Órganos del Sindicato. f) Participar activamente en el funcionamiento y gestión sindical asistiendo a las Asambleas y reuniones de los Órganos a los que se pertenezca y cumplir con las responsabilidades adquiridas. g) Contribuir al sostenimiento económico del Sindicato mediante el pago de las cuotas fijadas por el Congreso. Artículo 15. Extinción de la Afiliación La condición de persona afiliada se extingue: a) Por propia voluntad de la persona afiliada, comunicándolo por escrito. b) Por impago de la cuota durante dos trimestres consecutivos, si no justifica la demora. c) Por observar una conducta contraria a los fines del STAS-CLM. Esta causa de extinción de la condición de persona afiliada será acordada por la Asamblea Provincial, previa audiencia, si así lo deseara la persona interesada. Esta expulsión podrá ser recurrida ante la Comisión de Garantías. d) Por participar o hacer campaña en una candidatura distinta de la de cualquier sindicato miembro de la I-CLM o de la Confederación Intersindical, en su ámbito electoral. e) Por falta de respeto y descrédito, ataques injuriosos o calumniosos contra cualquier miembro del Sindicato o de la Federación. CAPÍTULO V. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN, DECISIÓN, COORDINACIÓN Y GESTIÓN Artículo 16. Órganos, Acuerdos y Certificaciones Los órganos del STAS-CLM son: 1. Regionales: Congreso, Pleno y Secretariado. 2. Provinciales: Secretariado y Asamblea. Se podrán constituir asambleas de ámbito inferior al provincial, tanto de zona como de sector. Las reuniones de estos órganos son abiertas a toda la afiliación, que podrá participar en ellas con voz pero sin voto, salvo que la persona haya sido elegida como miembro del órgano correspondiente o sea miembro de pleno derecho según los Estatutos. Para la toma de acuerdos, resoluciones y la elección de órganos en el Congreso y Asambleas, se utilizará el sistema de mayorías mediante sufragio libre. El voto podrá ser secreto cuando así lo solicite alguno de sus miembros. Los acuerdos de los Congresos serán inmediatamente ejecutivos excepto acuerdo en contra, que figurará en el acta correspondiente, o en el caso de modificación de Estatutos. Los acuerdos del Pleno,

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Secretariado Regional, Secretariados Provinciales, Secretariados de Sector y Asambleas serán inmediatamente ejecutivos. Para la validez de los acuerdos de los Congresos, Plenos, Asambleas y Secretariados será necesario el voto favorable de la mayoría mediante sufragio libre de las delegadas y los delegados acreditados asistentes, siempre que no se prevean otras mayorías en los Estatutos y reglamentos que los desarrollen. No podrá adoptarse válidamente ningún acuerdo en sesiones extraordinarias si previamente no figura incluido en el orden del día correspondiente, excepto si se acuerda por unanimidad; en sesiones ordinarias la inclusión en el orden del día deberá ser ratificada por la mayoría. Estos acuerdos se harán constar en el Acta, con expresión de la votación que para su aprobación hubiere tenido lugar. Las certificaciones de acuerdos adoptados por un órgano serán expedidas por aquellas personas que actúen como miembros de la Secretaría -y de la Presidencia, en su caso- en la citada sesión, que serán las encargadas de comunicarlos a las personas u órganos afectados para su ejecución, salvo lo dispuesto en los presentes Estatutos y Reglamento que los desarrollen. La Comisión Permanente deberá llevar un registro donde figuren además de los presentes Estatutos, los Reglamentos que los desarrollen y los distintos acuerdos adoptados. Artículo 17. El Congreso El Congreso es el órgano deliberante y decisorio máximo del STASCLM. Podrá ser: a) Ordinario. Se celebrará una vez cada 4 años y será convocado por el Pleno con, al menos, 3 meses de antelación. b) Extraordinario. Será convocado por el Pleno a petición de, al menos, 2 de los órganos provinciales de la región. Una vez recibida la solicitud, el Pleno dispondrá de 20 días para hacer la convocatoria que comunicará a todos los órganos provinciales con 1 mes de antelación, al menos. En la solicitud de Congreso Extraordinario figurará el orden del día del mismo. El Congreso estará constituido por un número de delegados y delegadas proporcional al número de afiliados y afiliadas por sector y provincia que establezca el Reglamento de Funcionamiento del Congreso. El Congreso ordinario deberá ser coincidente con el Congreso ordinario de la Intersindical, estableciéndose la convocatoria, composición y funcionamiento por acuerdo conjunto con el Pleno de la Intersindical. Artículo 18. Funciones del Congreso Las funciones del Congreso son: a) Aprobar o modificar los Estatutos, cuya ratificación deberá realizarse por el Congreso de la Intersindical. b) Fijar las alternativas y la línea sindical del STAS-CLM. c) Supervisar el control financiero de la I-CLM. d) Elegir la Comisión de Garantías. Estas funciones, podrán ser delegadas al Pleno Regional. e) Velar por que los Estatutos de Sindicato no vulneren los Estatutos de La Intersindical, la Ponencia Marco Intersindical y la Carta Financiera. f) Establecer los criterios de composición del Pleno del STASCLM. g) Establecer los criterios de composición del Secretariado Regional. h) Decidir, en última instancia, sobre los recursos presentados en relación con las actuaciones de los órganos del sindicato. i) Proponer al Congreso de la I-CLM el supuesto de fusión del

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Sindicato con otro de igual o similar carácter. Esta competencia, será ejercida por el Pleno del STAS-CLM en los períodos entre Congresos. j) Determinar la disolución del Sindicato, en Congreso extraordinario convocado al efecto. Artículo 19. Pleno del STAS-CLM 1. El Pleno es el máximo órgano representativo y decisorio del STAS-CLM entre Congresos. 2. El Pleno se reunirá ordinariamente dos veces al año, convocado por el Secretariado del STAS-CLM, coincidiendo uno de ellos con el pleno de la I-C L M y , extraordinariamente, siempre que el Secretariado Regional lo considere necesario o lo soliciten, cuando menos, 2 Secretariados Provinciales. El Pleno estará compuesto por: a) El Secretariado Regional, donde todos los miembros tendrán voto. b) Los afiliados y afiliadas de todas las provincias de CastillaLa Mancha, en un número proporcional a la afiliación por provincia, y que será a razón de 1 por cada 50 o fracción, garantizando la presencia de todos los Sectores legalmente constituidos. Artículo 20. Funciones del Pleno del STAS-CLM a) Convocar el Congreso del STAS-CLM. b) Aprobar o modificar el Reglamento de Funcionamiento. c) Cumplir y hacer cumplir las directrices generales aprobadas por el Congreso. d) Aprobar el Programa Electoral General y los Sectoriales, así como los criterios para la elaboración de las Candidaturas en los diversos Sectores a los que se concurra) Proponer la fusión con otros sindicatos de iguales o similares características. f) Aprobar el Plan de Acción Sindical, las estrategias y las líneas generales de actuación, tomando como base el Programa Electoral de la Intersindical y el del Sindicato con el que las personas del STAS-CLM nos presentamos a las Elecciones Sindicales, haciendo un balance de lo realizado al finalizar cada año. g) Elegir, por mandato del Congreso, y sustituir, en caso de baja, al Secretariado Regional y su Comité Coordinador, a la Comisión de Garantías y a las distintas Comisiones de carácter regional que se puedan crear, así como a las diferentes responsabilidades regionales que conlleven liberación sindical. h) Aprobar la creación y funcionamiento de Sectores, según lo previsto en el artículo 12. i) Aprobar las distintas candidaturas que se vayan a presentar por el Sindicato en las diferentes provincias y sectores laborales. j) Cesar a todas o a algunas de las personas miembros del Secretariado Regional, así como de las distintas Comisiones, atendiendo a: - El cese de la totalidad de los miembros del Secretariado Regional y sus representantes en la Intersindical requiere una previa moción de censura, presentada por un tercio, como mínimo, de los miembros del Pleno, debatida en un Pleno Extraordinario y monográfico, a realizar en el plazo de un mes, contando desde la fecha de su presentación; el cese tendrá lugar de prosperar dicha moción. - El cese individual de algún miembro del Secretariado Regional e Intersindical puede producirse: 1. Por su decisión irrevocable. 2. Automáticamente, por faltar de forma injustificada tres veces consecutivas a reuniones ordinarias o seis veces

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alternas en el plazo de 1 año. 3. Por decisión del Pleno, a propuesta del 10% de sus miembros o a petición de la Asamblea Provincial a la que pertenezca. k) Supervisar y valorar los trabajos del Secretariado Regional y de las Comisiones que se creen. l) Elegir o cesar a las permanentes sindicales propuestos por las Asambleas Generales provinciales o por el propio Pleno. m) Elegir la representación del STAS-CLM en el Secretariado y en el Pleno de la I-CLM, así como proponer a sus representantes en el Secretariado y en el Pleno la Confederación Intersindical Confederal, y las sustituciones de algún o alguna representante, si se produjera vacante. n) Elegir la representación del STAS-CLM en el Secretariado y en el Pleno de la I-CLM, así como proponer a sus representantes en el Secretariado y en el Pleno la Confederación Intersindical Confederal, y las sustituciones de algún o alguna representante, si se produjera vacante. o) Proponer y recomendar a las Asambleas Generales Provinciales el cese, argumentada y justificadamente, del miembro o miembros que les represente en el Pleno. p) Determinar los criterios distributivos de las Permanentes Sindicales provincialmente, teniendo en cuenta las necesidades que planteen los órganos sindicales provinciales. q) Decidir, en última instancia, a solicitud de las personas afectadas, cuando el Secretariado Regional no autorice la afiliación al Sindicato de algún trabajador o trabajadora que lo haya demandado. r) Aprobar el Plan de Formación del Sindicato. Artículo 21. Secretariado Regional A) Es el órgano encargado de llevar a la práctica los acuerdos del Pleno y de asegurar la representación y la gestión cotidiana del Sindicato. B) El Secretariado Regional se reunirá ordinariamente según establezca el Reglamento de Funcionamiento, coincidiendo cada dos meses con el Secretariado de la Intersindical, siendo convocado por el Comité Coordinador y, con carácter extraordinario, cuando lo solicite un Secretariado Provincial o el 25% de los miembros del Secretariado Regional. C) El Secretariado Regional está conformado por afiliados y afiliadas de todas las provincias de Castilla-La Mancha, siendo su composición la siguiente: a) Un o una representante de cada provincia a propuesta de las asambleas generales provinciales. b) Un o una representante más por provincia cada 100 afiliados/as. c) Los componentes del Comité Coordinador, con voz y sin voto. d) Las personas con responsabilidades regionales de áreas que conlleven liberación sindical, con voz y sin voto, salvo que vayan en representación de algún apartado anterior. Funciones del Secretariado Regional: a) Representar al STAS-CLM.-Intersindical. b) Organizar y coordinar las Secretarías y Comisiones que se puedan crear. c) Elaborar el índice y todo lo concerniente a la Revista de Información Sindical, así como la página Web, de acuerdo con el artículo 23 de estos Estatutos. d) Ejecutar lo ordenado por el Pleno. e) Convocar el Pleno. f) Elaborar propuestas, documentos y ponencias para lo órganos provinciales, para el Pleno, Congreso, Intersindical, Confederación y Administración.

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g) Elegir a las personas responsables de cada Secretaría y Comisión, así como de los puestos que surjan de su organización interna. h) Informar a los órganos provinciales tanto de los acuerdos del Pleno como de los propios, así como de temas de interés laboral y sindical. i) Decidir en aquellos asuntos que necesiten una respuesta inmediata, notificándolos urgentemente a los órganos provinciales; el Pleno siguiente valorará la actuación del Secretariado. j) Contratar personal, en su caso k) Presentar al inicio de cada Congreso y, anualmente, al Pleno, un informe de la actividad sindical, sometiéndose a la decisión de los mismos. l) Decidir sobre determinadas solicitudes de afiliación al Sindicato. m) Cumplimentar y custodiar el libro oficial de registro de afiliación, que estará depositado en la sede social del Sindicato. n) Proponer al Pleno el presupuesto y balance anual del Sindicato, controlando el estado de las finanzas. o) Realizar y custodiar actas, las cuales estarán depositadas en la sede social del Sindicato. p) Elaborar el plan de formación del Sindicato para su aprobación en Pleno. q) Elegir de entre sus miembros a dos personas que realizaran las siguientes funciones de coordinación: - Convocar el Secretariado Regional y confeccionar el orden del día. - Bajo la supervisión del Secretariado Regional, coordinar las negociaciones, mesas de trabajo y reuniones mantenidas con la Administración. - Coordinar la presencia del Sindicato en los medios de comunicación. - Coordinar las relaciones del Sindicato con otras organizaciones sindicales, partidos políticos y movimientos sociales. - Coordinar la elaboración de valoraciones, propuestas y documentos que emanen del Secretariado y Pleno, en relación con las líneas de acción sindical del STAS-CLM. La Comisión Coordinadora del Secretariado Regional está formada por 1 persona de cada Sector, sin derecho a voto, salvo que vaya en representación de su Sindicato. Las funciones de la comisión de coordinación son: - Comunicar los acuerdos del Pleno de inmediata ejecución a las personas, órganos o sindicatos afectados. - Recopilar las actas de las reuniones de los distintos órganos regionales de STAS-CLM para su archivo en el domicilio social. Deberá llevar un registro en el que figuren, además de los Estatutos y Reglamentos de funcionamiento, los acuerdos adoptados por los órganos del Sindicato. - Responsabilizarse, con el apoyo del resto del Secretariado y/o de personas expertas en distintos temas, de las negociaciones y mesas de trabajo con la Administración. - Coordinar, junto a las personas responsables regionalmente, los órganos de expresión del STAS-CLM. - Coordinar la presencia del Sindicato en los medios de comunicación. - Coordinar las relaciones de STAS-CLM con otras organizaciones sindicales, partidos políticos y movimientos sociales. - Coordinar la elaboración de valoraciones, propuestas y documentos que desarrollen las líneas de acción del Sindicato. El Secretariado Regional podrá estructurarse en áreas de trabajo, para lo cual, como mínimo existirán las Áreas de Organización y Acción Sindical. Cualquier miembro del Secretariado deberá estar adscrito a una de estas áreas.

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En el Área de Acción Sindical se integrará al menos un miembro del Secretariado Regional de los elegidos en representación de cada Sector El Secretariado Regional podrá crear otras áreas de trabajo como por ejemplo: Salud laboral, Comunicación, Publicaciones, Servicios Jurídicos, Formación, Informática, Finanzas, Mujer, Movimientos Sociales, etc. Se tenderá al reparto de estas áreas en diferentes personas, de forma tal, que el reparto de cargos, responsabilidades y tareas en su seno sea equilibrado. Las permanentes adscritas a cada área, realizarán un informe de sus actuaciones para su evaluación en el seno del Secretariado Regional y Pleno. Artículo 21. Incompatibilidades Al objeto de garantizar la plena autonomía e independencia del Sindicato, así como fortalecer la coherencia de su imagen pública, se considerará incompatible formar parte simultáneamente del Secretariado Intersindical y desempeñar la representación pública de organizaciones políticas u ostentar cargos electos o de libre designación en las Administraciones Públicas, así como ser miembros de los Consejos de Administración de Empresas Públicas o Privadas. En ningún caso se podrá compatibilizar el ser afiliado a STAS-CLM con estar afiliado a otra organización sindical. Artículo 22. Órganos Provinciales a) Los órganos provinciales del STAS-CLM tienen autonomía decisoria y de actuación en todo lo inherente a su propio ámbito, dentro de las líneas generales estatutarias y las aprobadas por los órganos regionales e intersindicales. b) Los órganos provinciales del STAS-CLM deben transmitir a sus afiliados y afiliadas, según su propia dinámica, las propuestas de los órganos regionales del Sindicato. c) Los acuerdos del STAS-CLM son vinculantes para todos los órganos provinciales, aún cuando éstos conserven su autonomía para adaptarlos, si concurrieran circunstancias especiales, exponiendo sus razones a los órganos regionales del Sindicato. Son órganos provinciales del STAS-CLM: 1. Asamblea General Provincial. Composición: Estará compuesta por todos los afiliados y afiliadas de la provincia. Se reunirá, como mínimo, una vez antes de cada Pleno, siendo convocada por el Secretariado Provincial. Podrá convocarse Asamblea General Provincial Extraordinaria cuando así lo considere el Secretariado Provincial o lo pida, al menos, 1/3 de sus componentes o el 10% de la afiliación, especificando el orden del día. Funciones: a) Elegir y, en su caso, cesar a los miembros del Secretariado Provincial. b) Proponer al Pleno los miembros del Secretariado Regional. c) Marcar y evaluar las líneas de acción y política sindicales y su ejecución por el Secretariado Provincial ajustándose a los acuerdos de los órganos regionales. d) Elegir a sus delegados y delegadas en el Pleno y Congreso. e) Decidir sobre todas aquellas cuestiones sindicales que le sean propuestas por los órganos del STAS-CLM, o que ella misma acuerde, siempre que no contradigan lo aprobado en

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Congreso o Pleno y lo determinado estatutariamente. f) Presentar propuestas al Congreso y Pleno. g) Proponer al Pleno nombres de personas para ejercer como Liberados Sindicales en su ámbito y para el Comité Coordinador del Secretariado Regional. h) Proponer al Pleno los criterios de elaboración de Candidaturas Electorales para los distintos ámbitos electorales y propuestas para las Candidaturas en los distintos ámbitos de su provincia. i) En el seno de la Asamblea General Provincial se podrán constituir Asambleas de ámbito inferior, como comarcales, sectoriales, de centro, para la mejor organización y funcionamiento de la propia Asamblea. 2. Secretariado Provincial. Composición: 1. Es el órgano de gestión, coordinación, administración y representación del STAS-CLM en cada provincia. El Secretariado se reunirá ordinariamente según establezca el Reglamento de Funcionamiento, siendo convocado por el Comité de Coordinación Provincial y, con carácter extraordinario, cuando lo solicite cualquier Sector a través de sus órganos correspondientes, o el 10% de los miembros del Secretariado. 2. Estará compuesto por dos personas de cada Sector, elegidas por la Asamblea Provincial, uno/a en representación de las Juntas de Personal de cada Sector, uno/a en representación de los Comités de Empresa de cada Sector. El Comité de Coordinación Provincial formará parte del Secretariado Provincial, con voz pero sin voto, salvo que hubieran sido elegidos como miembros de este Secretariado. Funciones: a) Representar al Sindicato provincialmente. b) Adaptar las líneas de acción sindical a la realidad provincial. c) Proponer a los órganos regionales cuantas iniciativas considere oportunas sobre política y acción sindicales, finanzas, etc. d) Decidir en asuntos relacionados con la política provincial, ajustándose a las directrices marcadas por los órganos regionales. e) Convocar a la Asamblea Provincial y dar cuenta de su gestión. f) Participar en las negociaciones provinciales con la Administración. g) Coordinar los Sectores provinciales. h) Cualquier otra función que pueda delegar cualquier órgano regional. Artículo 23. Órganos de expresión del Sindicato Los órganos de expresión del STAS-CLM son “El Lapicero” y la página Web. La coordinación de estos medios es responsabilidad del Comité Coordinador. La realización y el mantenimiento, de la/s persona/s que designe el Secretariado Regional. Artículo 24. Firma de acuerdos o pactos Cuando la firma de un acuerdo o pacto suponga que el Sindicato asume un compromiso público o legal, que afecte al propio Sindicato, será éste, quien a través de un proceso asambleario, apruebe o no la suscripción del mismo. CAPÍTULO VI. DE LAS PERMANENTES SINDICALES Artículo 25. Elección. Mandato. Funciones Las permanentes sindicales del STAS-CLM serán afiliados o afiliadas

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que trabajarán al servicio del Sindicato. Serán ratificadas por el Pleno a propuesta de los Órgano provinciales del Sindicato. El tiempo máximo continuado de liberación sindical será de 8 años, dos períodos entre Congresos Ordinarios. La Liberación estará supeditada a la valoración positiva del balance anual por parte del Pleno Regional. Este plazo podrá ser prorrogado en función de las necesidades del Sindicato, debiendo transcurrir un mínimo de tres años para optar a una nueva permanente sindical. Las permanentes sindicales tendrán asignadas las funciones que se les encomienden por los órganos del Sindicato y sus Reglamentos de funcionamiento. El Sindicato podrá proponer a personas afiliadas para tomar parte como permanentes sindicales, en su caso, de Federaciones Sindicales a las que se pertenezca, o de la Confederación de STEsIntersindical. CAPÍTULO VII. RELACIONES CON LA CONFEDERACIÓN

INTERSINDICAL Y

Artículo 26 1. A tenor de la integración recogida en el artículo 8, el STASCLM estará representado en la I-CLM y en la Confederación Intersindical por: a) La representación en el Secretariado Regional Intersindical y en el de la Confederación Intersindical, según el apartado m) del artículo 18. b) Las personas representantes del STAS-CLM en el Pleno del I-CLM y en la Confederación de STEs-intersindical. La elección de esta representación se hará según el apartado m) del artículo 18. 2. Las funciones de los y las representantes del STAS-CLM en los órganos intersindicales y confederales serán: a) Hacer llegar a estos órganos las propuestas elaboradas por el STAS-CLM. b) Informar al Sindicato de todas las resoluciones adoptadas en los órganos intersindicales y confederales, así como de todos los temas de interés laboral y sindical. c) Asistir a las reuniones intersindicales y confederales y participar en los trabajos de las mismas. d) El incumplimiento reiterado de estas funciones será motivo de reprobación o cese. Los mismos serán aprobados por el Pleno a propuesta del Secretariado Regional, el cual podrá sustituir a dichos representantes. CAPÍTULO VIII. OTRAS ESTRUCTURAS Las trabajadoras y los trabajadores en función de la particularidad de su problemática, podrán organizarse dentro del Sindicato según los criterios que establezca el Pleno Regional, con autonomía para reunirse como tales, a todos los niveles, con el objeto de lograr una mayor eficacia en sus reivindicaciones. Estas estructuras tendrán necesariamente un carácter flexible, y podrán gozar del apoyo, incluso económico, del conjunto del Sindicato, que haga posible el desarrollo de sus actividades. Estas estructuras estarán coordinadas con los movimientos democráticos de su entorno que asuman su problemática específica y elaborarán propuestas dirigidas a los órganos sindicales. Artículo 28. Comisión mediadora Formada por un afiliado de cada provincia, iniciará su actuación

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inmediatamente que detecte que pueda existir un conflicto entre las provincias. Al mismo tiempo, las provincias tendrán la obligación de comunicar a la Comisión Mediadora los problemas que detecten, con la mayor urgencia posible antes de que estos problemas se hagan más resistentes. Artículo 29. Comisión de Garantías La Comisión de Garantías está formada por cinco miembros de reconocida equidad, a ser posible, uno por cada provincia, elegidos por el Congreso o Pleno, por mayoría de dos tercios, sin que puedan ser miembros del Secretariado Regional de STAS-CLM o del órgano que haya tomado la decisión impugnada. A tal efecto se nombrarán los suplentes necesarios que permitan la aplicación de estas condiciones. En caso de no haber quórum para formar la Comisión se solicitará la intervención de la Comisión de Garantías de la I-CLM Su funcionamiento se regirá por un Reglamento de Funcionamiento aprobado por el Pleno del STAS-CLM. Funciones de la Comisión de Garantías: a) Atender cualquier reclamación de afiliados/as, órganos del sindicato y miembros componentes de éstos, contra acuerdos o actuaciones de los mismos. b) Introducirá en el orden del día del Pleno y Secretariado Regional los puntos que dimanen de su actuación y otros que estimara oportunos, realizando un informe acerca de las reclamaciones o recursos presentados y de las anomalías que detecte, o de las que reciba denuncia. c) Garantizará que las decisiones del Pleno y Secretariados sean conformes a los Estatutos y a las líneas marcadas por el Congreso. d) Las soluciones que adopte serán de obligado cumplimiento o acatamiento de las partes afectadas. e) Las decisiones de la Comisión de Garantías se ajustarán a Derecho, para lo que solicitará el asesoramiento jurídico oportuno. CAPÍTULO IX. FUNCIONAMIENTO ECONÓMICO Artículo 31 Los criterios generales de organización económica y financiera del Sindicato serán los que se recojan en la CARTA FINANCIERA ÚNICA aprobada en el Congreso Intersindical. Artículo 32 El STAS-CLM no cuenta con patrimonio fundacional alguno, dotándose de recursos financieros mediante las cuotas de sus afiliados y afiliadas, fijadas por el Pleno, y las ayudas institucionales. Así mismo, podrá dotarse de recursos a través de cualquier otra actividad que la ley permita y que no hipoteque su independencia sindical. Se garantiza el derecho a acceder al conocimiento de la situación económica a la afiliación. A tal fin, toda la documentación contable existente estará a disposición de la misma. CAPÍTULO X. RELACIONES CON OTROS SINDICATOS Artículo 33 STAS-CLM podrá vincularse con otras organizaciones sindicales de carácter autonómico, estatal y/o internacional, siendo competencia del Congreso Intersindical aprobar el tipo de vinculación a establecer. Capítulo XI. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS Y DISOLUCIÓN DEL SINDICATO Artículo 34 Los Estatutos del STAS-CLM podrán modificarse por el Congreso

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mediante el voto favorable de la mayoría de las personas presentes en el mismo. En este caso, el Congreso de la Intersindical deberá valorar y decidir si este sindicato podrá o no continuar dentro de la Intersindical. Artículo 35. Disolución del Sindicato El STAS-CLM podrá disolverse por decisión de un Congreso Extraordinario convocado a tal fin y siempre que voten favorablemente dos tercios de los afiliados y afiliadas presentes. Si el Congreso no establece nada en contra, se entenderá como comisión liquidadora al Secretariado Regional, quien destinará el saldo positivo del balance, si lo hubiere, a la Intersindica DISPOSICIÓN TRANSITORIA Quedan pendientes de aprobación los diversos Reglamentos de Funcionamiento de los distintos órganos del Sindicato por el primer Pleno Regional convocado tras la celebración del Congreso. Mientras tanto, permanece vigente el Reglamento de Funcionamiento anterior de STAS-CLM, en todo lo que no contradiga a estos Estatutos. DISPOSICIÓN FINAL Los presentes Estatutos entrarán en vigor el mismo día y momento de su aprobación por el Congreso, siendo de obligado cumplimiento para toda la afiliación.

ENMIENDAS anotaciones

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Carta Financiera I-CLM PREÁMBULO Intersindical de Castilla-La Mancha se regirá en su funcionamiento económico por los principios de transparencia, autonomía y solidaridad entre los sindicatos de la Intersindical y las respectivas Asambleas Provinciales. OBJETIVOS DE LA CARTA FINANCIERA a) Mantener la estructura organizativa de Intersindical de Castilla-La Mancha y garantizar el funcionamiento de sus órganos. b) Consolidar y expandir nuestro modelo sindical en aquellos ámbitos donde estatutariamente se decida. c) Desarrollar actividades de acuerdo con el carácter sociopolítico de Intersindical de Castilla-La Mancha. d) Garantizar la solidaridad entre los diferentes sindicatos confederados, para paliar los posibles desequilibrios en la acción sindical. e) Formar parte de la Confederación Intersindical. CRITERIOS GENERALES DE ORGANIZACIÓN ECONÓMICA a) La organización económica de Intersindical de Castilla-La Mancha, tendrá la consideración de caja única. b) La gestión económica de Intersindical de Castilla-La Mancha corresponde al Secretariado Regional, que podrá delegar sus funciones en el responsable de finanzas. c) El Secretariado Regional presentará para su aprobación por el Pleno de Intersindical de Castilla-La Mancha, el balance del ejercicio cerrado (situación, sumas y saldos e ingresos y gastos) y su memoria explicativa, con el detalle suficiente para justificar las propuestas contenidas en la propuesta de presupuesto presentada al Pleno para el ejercicio corriente. d) El presupuesto anual, incluida la actualización de las cuotas de afiliación, será igualmente aprobado por el Pleno de Intersindical de Castilla-La Mancha. Asimismo, sus posibles modificaciones deberán ser aprobadas por el Pleno de Intersindical de Castilla-La Mancha a propuesta del Secretariado Regional. e) El presupuesto debe recoger el superávit del año anterior, si lo hubiere, que pasará a formar parte de un fondo de reserva para hacer frente a situaciones de carencia de liquidez y gastos extraordinarios y no presupuestados. f) Ordinariamente, el presupuesto contemplará una dotación a un fondo de elecciones, con destino finalista, debiendo figurar dentro del presupuesto. g) Ordinariamente, el presupuesto contemplará una dotación a un fondo de imprevistos, que será mínimo el 10% de la remesa de las cuotas, debiendo figurar dentro del presupuesto. h) El presupuesto proveerá las cantidades necesarias para saldar deudas o hacer frente al eventual déficit generado en ejercicios anteriores. i) Intersindical de Castilla-La Mancha tendrá las cuentas bancarias operativas que estime oportuno. Asimismo, podrá realizar las actividades económicas que considere, si las mismas son aprobadas por el Pleno o, si procede, por el Secretariado Regional, cuando no suponga incremento de gasto o variación patrimonial, y siempre con un informe previo de la persona responsable de finanzas.

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DE LOS INGRESOS Y SU DISTRIBUCIÓN Intersindical de Castilla-La Mancha contará con los siguientes ingresos: 1) Las cuotas de la afiliación, que serán fijadas por el Pleno con carácter anual, diferenciando su cuantía entre los afiliados y afiliadas que estén en activo, los que estén en situación de paro y los afiliados o afiliadas jubilados. 2) Las cuotas que se fijen en cada caso para los sindicatos que tengan establecida carta de relaciones. 3) Las subvenciones públicas concedidas a la Intersindical para financiar su acción sindical, su presencia institucional o las actividades concretas en ámbitos territoriales. 4) Donaciones o legados. 5) Los remanentes de las actividades de formación y similares que organice Intersindical de Castilla-La Mancha, si los hubiere y que serían destinados a sufragar los gastos de informática generados por esta actividad y para su mejora. 6) El cobro de la Asesoría Jurídica cuando el resultado sea de aspectos económicos, siempre y cuando sean indemnizaciones, en este caso será del 10% de la misma y serían destinados a sufragar los gastos derivados de la defensa de los intereses de los afiliados/as (suscripciones, mementos, recursos,…). 7) La Asesoría Jurídica por servicios prestados a personas no afiliadas. 8) Los ingresos que deriven de los servicios prestados por la Intersindical, o bien por la venta de diferentes productos diseñados para financiar campañas, tanto de acción sindical como electorales. 9) Las rentas, intereses o beneficios de capital provenientes de las actividades económicas que, de acuerdo con la legislación vigente, pueda realizar la Intersindical como organización sindical. CUOTA SINDICAL 1) El Secretariado Regional propondrá anualmente al Pleno las cuotas necesarias para cubrir los gastos previstos en el presupuesto correspondiente y, si procede, compensar el posible déficit del ejercicio anterior, que no podrá ser cubierto con cargo a los fondos de reserva específico para otros gastos. 2) El cobro de las cuotas por afiliación se realizará por la responsabilidad regional de finanzas a través de domiciliación bancaria de la que se llevará la contabilidad correspondiente y que será ingresada en la cuenta regional. La remesa de las cuotas se cargará en sendos plazos trimestrales con el fin de garantizar la liquidez financiera intersindical. 3) El incumplimiento continuado de las obligaciones en la cotización de las cuotas generará limitaciones en el pleno derecho de participación en los órganos y las actividades intersindicales, que se determinarán en los correspondientes reglamentos orgánicos.

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DE LOS GASTOS Y SU ASIGNACIÓN Los gastos que se han de atender desde el presupuesto serán, los siguientes: 1) Asesoría jurídica (AJ) y el gasto derivado de los recursos y apelaciones a los tribunales de justicia que el Secretariado Regional considere oportuno interponer o efectuar. 2) Alquiler de sedes (AL), incluyendo el pago de impuestos inherentes al contrato suscrito. 3) Pagos atrasados (AT). 4) Campañas (CA), intersindicales y actividades sociopolíticas realizadas por la Intersindical o en las cuales se decida colaborar, en su totalidad en el porcentaje que determinen sus órganos. 5) Cuota Confederal (CC), establecida por la Confederación Intersindical. 6) Viajes Confederal (CF), compuesto por las cantidades que se establezcan en desplazamientos, comidas y pernoctas para asistir a reuniones o actividades de la Confederación Intersindical. 7) Congreso (CG), tendrá una planificación cuatrienal y asegurará el alojamiento para todos los y las congresistas con derecho a voto, así como los gastos derivados de la creación, impresión, distribución y publicidad de los documentos que se generen y las actuaciones que se aprueben. 8) Correos (CO). 9) Devolución de cuotas (DE), incluye las comisiones generadas por la devolución de cuotas por parte de la afiliación. 10) Elecciones (EL), tendrá una planificación cuatrienal. 11) Fondo de imprevistos (FD), estará dedicado prioritariamente a garantizar la solvencia económica de la Intersindical en situaciones extremas así como atender en la medida de lo posible, las compensaciones que se establezcan para hacer frente a las situaciones derivadas de accidentes producidos en desplazamientos para asistir a reuniones en representación de Intersindical de CastillaLa Mancha. La dotación trimestral será de mínimo el 10% de la remesa de las cuotas. 12) Formación (FO), incluye los gastos generados por jornadas de formación, escuela sindical y el pago de los impuestos ocasionados por la retención a ponentes y coordinadores/ as. 13) Gastos provinciales (GP), incluye los gastos corrientes de mantenimiento, funcionamiento e infraestructuras de las sedes provinciales. Tendrá una planificación trimestral y su asignación presupuestaria se realizará de la siguiente forma: el 50% de lo asignado se repartirá entre 5 –una parte para cada provincia- y el 50% restante, de forma proporcional a la afiliación de cada provincia. 14) Material inventariable (IN). 15) Publicaciones (PU), engloba los gastos generados por el diseño, edición, impresión, distribución y publicidad de la información generada por Intesindical en su acción sindical. 16) Luz (LU). 17) No determinados (ND), aquellos gastos no conceptuados dentro de estos 24 indicadores. 18) Informática (IF), incluye los gastos ocasionados por el mantenimiento de los equipos informáticos, páginas web, plataforma de formación, software, hardware así como los desplazamientos, comidas y pernoctas del/la responsable informático/a. 19) Remesa (RE), incluye las comisiones bancarias derivadas del cobro de la remesa de las cuotas de afiliación. 20) 0,7% de las cuotas (SI), será destinado a proyectos de colaboración con el Tercer Mundo al final de cada ejercicio

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21) 22) 23) 24) 25)

y previa presentación de un proyecto. Secretariados y Plenos regionales (SR). Suscripciones (SU). Teléfono (TF). Visitas a centros de trabajo (VC). Viajes Regionales (VR).

LAS CUENTAS BANCARIAS 1) Regionales. La responsabilidad de la cuenta regional la tendrá el Secretariado de la Intersindical, quien designará y autorizará para la contabilidad y reconocimiento de firmas a la persona responsable de finanzas y a los representantes de cada órgano provincial, de la provincia donde esté abierta la cuenta regional. La persona responsable de finanzas de Intersindical de Castilla-La Mancha dará informes detallados sobre el estado de las finanzas al Secretariado y al Pleno, con la debida antelación para ser tratado en las Asambleas Provinciales; asimismo, elaborará el presupuesto y el balance anual para su aprobación por el Pleno. Intersindical de Castilla-La Mancha contará al menos con 3 cuentas bancarias regionales: · Cuenta corriente. · Cuenta de formación, para los cursos presenciales y a distancia. · Cuenta para los fondos (elecciones, 0’7, imprevistos y accidentes). 2) Provinciales. Cada provincia designará y autorizará para la contabilidad y reconocimiento de firmas a un mínimo de dos miembros de sus Secretariados Provinciales. MODIFICACIONES Y VIGENCIA Cuando, por motivos justificados, se viera modificado alguno de los apartados de la presente CARTA FINANCIERA, el Secretariado de Intersindical de Castilla-La Mancha estudiará las modificaciones necesarias para adaptarla de forma coyuntural a la nueva situación y presentar dicho estudio en forma de propuesta al Pleno Intersindical para su aprobación, si procediese. La presente CARTA FINANCIERA entrará en vigor al día siguiente de su aprobación en el VIII Congreso y tendrá vigencia entre Congresos.

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IDEAS PARA DEBATIR EN LAS ASAMBLEAS

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mejoras

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I N Castill de

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