PANORÁMICA LEGISLATIVA EN INCLUSIÓN EDUCATIVA;PERSPECTIVA EN CALI

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PANORÁMICA LEGISLATIVA EN INCLUSIÓN EDUCATIVA; PERSPECTIVA EN CALI Por: Angélica Sánchez La situación social, cultural, económica y política de las personas Sordas1 y sordociegas en el contexto nacional a partir de 1990 ha presentado cambios de paradigmas en respuesta al emergente fenómeno de la globalización. Por esta razón las políticas educativas siguen esta línea y se enfocan con estrategias económicas y tecnológicas para dar respuesta a la lógica neoliberal (ONPE, 2006). Estos cambios se hacen evidentes en las reformas educativas y tienen su base desde la posesión que se ha hecho desde el discurso de los derechos humanos en que por mandato todo ser humano debe tener y ha venido ganando gran demanda hacia la libertad y el reconocimiento en la comunidad de grupos sociales específicos como las mujeres, los grupos étnicos, la niñez y las y los adolescentes, y se ha hecho extensivo a las personas con discapacidad, amparando dentro de este grupo poblacional a las personas Sordas, ciegas y sordociegas desde su legislación, reconociendo que se han constituido como sujetos de derecho. Estos derechos se reconocen en nuestro país desde la legislación que aborda el tema, desde la Constitución Política de 1991 que en su artículo 46 establece que; “La educación para las personas con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas, cognoscitivas, emocionales o con capacidades intelectuales excepcionales, es parte integrante del servicio público educativo” lo que significa que recibirán el servicio educativo y el estado será garante de este proceso. De igual manera en el artículo 10 se decreta, sanciona y promulga que “El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en la comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe”. Gracias a este artículo y a las Leyes 324 de 1996 y 982 de 2005 la educación en nuestro país adopta la educación bilingüe y de calidad que dé respuesta a las necesidades y garantizará el acceso permanencia y promoción en lo que apunta a la educación formal y no formal de la persona Sorda y sordociega. De esta manera en el municipio de Santiago de Cali en el acuerdo N° 0197 de 2006 se reconoce desde la adopción de la política municipal de atención a la discapacidad y el plan indicativo de atención a la discapacidad que esta población deberá contribuir desde su capital humano y contribuir a su desarrollo como personas autónomas, libres y capacitadas en el proceso de equiparación de oportunidades en la sociedad. Estas reformas legislativas colombianas connotan cambios de paradigma y restitución de derechos para la población con discapacidad, por otro lado, resulta significativo analizar los datos arrojados según el Censo General de Población realizado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadistica (DANE) en el año 2006. En donde se reportan en Colombia con por lo menos una limitación aproximadamente 2.632.255 personas y el 23% no tienen ningún tipo de educación, en el nivel de preescolar se presenta un porcentaje de 1,9%, nivel secundaria 1 En este artículo se adoptara la escritura de la palabra Sordo con mayúscula, en consonancia con la ONU (2006) para hacer referencia a la comprensión cultural y sociología de la sordera y se usa la palabra sordo con minúscula para referirse básicamente a la condición audiología de la perdida de la audición.


Artículos 12,7%, media académica 6,7%, profesional 3,6% y postgrado 0,8%. Estos porcentajes reflejan claramente que la población con discapacidad está por debajo de la media de las personas que no presentan ninguna limitación. En Cali no resultan alentadores los datos obtenidos ya que se registra un 90% de personas con alguna limitación que no presentan asistencia escolar en el cual se demuestra que el 28% no asiste por su discapacidad, el 20% representa el alto costo educativo y el 26% es extraedad para estar en el nivel que requiere. Estos datos generan gran preocupación acerca de la importante proporción de personas con discapacidad que dejan de recibir atención educativa, lo cual es aún más preocupante si se tiene en cuenta que la legislación establece que la educación es obligatoria y universal, mandato que no se está cumpliendo con esta población y de la difícil situación formativa en la que se encuentran. Esto no solo genera detrimento de la calidad de vida de las personas que lo vivencian sino de la calidad de vida de sus familias y comunidad. Sin embargo y más allá de reiterar lo que se confirma con datos numéricos este proceso nos conduce a plantear cuestionamientos como; ¿cuáles son las barreras que generan la brecha legislativa y las experiencias vividas de la población de Cali?, ¿a través de que estrategias se pueden fortalecer procesos de participación y transformación para la población con discapacidad específicamente en Cali?, ¿De qué forma puede dejar de verse la educación de una manera fragmentada y demostrarse que la educación es necesaria a lo largo del ciclo vital?

REFERENCIAS • Congreso de la República de Colombia (1991). Acuerdo N° 0197 de 2006. Por medio del cual se adopta la política municipal de atención a la discapacidad y el plan indicativo de atención a la discapacidad, en el municipio de Santiago de Cali. Consejo Santiago de Cali. • Congreso de la República de Colombia (1991). Constitución Política de Colombia 1991. Bogotá: Congreso de la Republica de Colombia • Congreso de la República de Colombia (1991). Ley 324 de 1996. Por la cual se crean algunas normas a favor de la población sorda. Bogotá: Congreso de la República de Colombia • Congreso de la República de Colombia (1991). Ley 982 de 2005. Por la cual se establecen normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas. Congreso de Colombia • DANE (2006). Censo general 2005. República de Colombia. Población con registro de las personas con discapacidad. Consultado en: http://www.dane.gov.co/files/investigaciones/población/discapacidad.xls. • Observatorio Nacional de Políticas en Educación (ONPE) (2006). Bogotá: Universidad Pedagógica Nacional. • ONU (2006). Los Sordos y la Convención Internacional para la protección de las personas discapacitadas. Nueva York.


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