DISIDENCIA N°4 - Revista de Derecho Crítico

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O Z A H C E R E N I M I L IN

Revista de Derecho Crítico edición

n°4 *Facultad de Derecho / UBA // DICIEMBRE 2014

info.surderecho@gmail.com Disidencia - Revista de Derecho Crítico


(del lat. dissidentía) / 1.f. Grave desacuerdo de opiniones. / 2.f. Separación de la común doctrina, creencia o conducta.


Índice // Editorial

Editorial. Índice. Editorial Por el Espacio de Derecho Crítico ...................... pág.1 Reformas en el derecho Penal Reformas, reformas y más reformas. ¿Y nuestro plan de estudios para cuando? ............................. pág.2 Corte Suprema de Justicia Incognitas sobre el futuro de nuestra CSJN ....................... pág.4 Derechos Humanos Reflexiones sobre el miedo y la violencia estatal........................ pág.5 Género y Derecho La Autonomía personal o no de la mujer ............................. pág.6 Derecho Ambiental Carta abierta por la orientacion en derecho ambiental ..................... pág.7

Este fue un año plagado de debates en torno a diferentes reformas de nuestro ordenamiento jurídico, ahora bien, nosotros nos preguntamos: Estamos ante las reformas y por lo tanto afuera de ella? ¿Están las puertas abiertas? ¿Tenemos acceso a esas discusiones realmente? Somos estudiantes de la facultad de derecho UBA y estas preguntas fueron las que nos surgieron al enterarnos que los códigos que estamos leyendo y estudiando en apenas un año, ya no nos servirán más. Estos interrogantes aparecieron en torno a las diversas reformas propuestas pero, en realidad, encuentran su raíz en el planteo de qué Derecho queremos y para qué nos formamos, en definitiva, QUÉ ABOGADXS QUEREMOS SER… En octubre pasado participamos y organizamos un Congreso Nacional de Derecho Crítico en la UNLP en el que participaron profesorxs, abogadxs y estudiantes de abogacía de todo el país. Allí, se debatió en torno a estos interrogantes haciendo eje en problemáticas de género, carcelarias, laicidad y estado, pueblos originarios, etc. Hoy, más que nunca, nos encontramos con la necesidad de comunicar nuestros planteos como estudiantes de esta facultad y también es nuestro deseo poder contactar con más estudiantes ansiosos de conocer más sobre los planteos del derecho crítico, en debatir cómo nos formamos, cómo el derecho nos alcanza o no, si somos parte o no de él. Estamos inquietxs y queremos poder debatir la necesidad de un plan de estudios actualizado a los nuevos paradigmas, un nuevo plan de estudios que sea discutido democráticamente y no de puertas cerradas, de forma participativa y de cara a la construcción de un derecho crítico a la realidad que atravesamos como sociedad. Por todo esto, es que, más allá de los parciales y exámenes que nos atravesaron, nos propusimos la elaboración de este Boletín, que le da continuidad al Congreso y a nuestra revista “Disidencia”. Lxs invitamos a leernos y, si gustan, a acercarse también a participar, escribir, debatir con nostrxs en torno al derecho.

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Reformas en el derecho

Reformas, reformas

y más reformas

¿Y nuestro plan de estudios para cuando?

Por Natalia Armentano y Nahuel Brugal / Estudiantes CPC

Lluvia de reformas hemos atravesado, el punto de partida se halla en el procedimiento. ¿Es el correcto o estamos sancionando proyectos a libro cerrado? ¿Avanzamos o volvemos al '94? Donde se modificó una Constitución Nacional so pretexto de atenuar un profundo hiperpresidencialismo y darle un carácter social, pero sin embargo quedo a medio camino, y víctima de un pacto entre radicales y peronistas…Ahora el desafío que se presenta es no repetir viejas prácticas de discusión solo entre una elite y a espalada de la mayoría de la sociedad.

Las reformas en el código Civil-Comercial Los temas más polémicos y destacables del nuevo Código Civil y Comercial que regirá desde el 1 de enero del 2016, son para nosotros, la concepción y el trato a los pueblos originarios. Con respecto a cuándo empieza la vida humana, antes de la reforma, el comienzo de la persona se daba a partir del momento de la concepción en el seno materno. Lo cual resulta entendible, ya que al momento de escribirse este artículo no existía forma de que Vélez Sarsfield pudiese contemplar los Métodos de Fertilización Asistida que comienzan a surgir con mucha posterioridad. El primer proyecto de reforma, propuesto en el 2012, abordaba el tema en el Art. 19, donde contemplaba la concepción tanto dentro como fuera del Seno Materno, otorgando una posición de carácter amplio. Esta redacción fue descartada siendo reemplazada por la definitiva (que surge por las presiones de las Iglesias y ciertos sectores de poder económicos como los médicos y clínicas privadas) que afirma “la persona comienza su existencia desde la concepción”, generando así una visión conservadora y restrictiva que deja, obviamente fuera de discusión, el aborto.

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Otra de las cuestiones en la que este Código podría haber avanzado es en la regulación de la tierra y los derechos de los pueblos originarios, reconocidos por nuestra Constitución como preexistentes a la Nación. Nada de eso sucedió claro esta, y hoy los pueblos originarios deben burocratizarse sometiéndose, a las Comunidades Indígenas, a la calidad de persona jurídica de derecho privado. Esto significa que se sitúa a las Comunidades Indígenas al mismo nivel que las asociaciones civiles, que las fundaciones, que las sociedades comerciales.


Reformas en el derecho

Las reformas en Código Procesal Penal No podemos hacer a un lado el proyecto que ha salido a la luz recientemente del Código Procesal penal, éste fue anunciado por la presidenta como si se tratará de la última gran receta para solucionar el problema de la inseguridad. Se olvida que la llamada inseguridad es producto de los conflictos sociales que atañan a nuestro país, que un país con un 30% de pobreza es susceptible a un malestar general y que el derecho penal no es la herramienta propicia para solucionar estos problemas, sino que como bien se dice, el derecho penal llega tarde, llega recién cuando todos los demás resortes de contención social han fracasado. Por lo que no hay recetas mágicas sino políticas de Estados que hace décadas que vienen faltando. Una de las disposiciones más graves que allí se establecen, es la expulsión de extranjeros por delitos en flagrancia. Este precepto cae por donde se lo mire de xenofobia y racismo. A ultranza es violatorio de derechos y garantías consagradas en nuestra Constitución. Se rompe el in dubio pro reo y la presunción de inocencia. Así la reforma se olvida del debido proceso y viola también el principio de igualdad. Por lo que, si un argentino y un extranjero son atrapados en la comisión de un mismo delito, el argentino, por el sólo hecho de ser tal, tendrá garantizado el proceso y la posibilidad de defenderse a través del mismo, mientras que, el extranjero, por no haber nacido en el país, será deportado y se le violarán todos sus derechos. Habrá ciudadanos de primera y ciudadanos de segunda. Vale aclarar que a pesar de lo

que diga el secretario de seguridad, Sergio Berni, quien cree que la inmigración es sinónimo de delincuencia y según sus palabras “estamos infectados de delincuentes extranjeros”, (con lo que significa además que un funcionario público con el uso del peso de su palabra instale miedo y odio en la sociedad) los datos grafican que, sólo el 5,7% de la población penitenciaria es extranjera. Con lo que se demostraría que de lo que estamos hablando es de racismo llano y simple.

Breve conclusión como estudiantes de la carrera de derecho Para concluir, al atravesar todas estas modificaciones, algunas de la que no hemos hecho mención, positivas pero otras, todo lo contrario, creemos que nuestro plan de estudios se encuentra desactualizado. Como

futurxs Abogadxs, no podemos ignorar estos cambios a leyes fundamentales que reglaran el ejercicio de nuestra profesión. El momento es ahora, no podemos estar siempre dos pasos atrás de los sucesos que nos atraviesan o a merced de las decisiones de un gobierno de turno, que inhabilita el debate que se merecen este tipo de Reformas, que nos retrotraen al método del 94 en el que unos pocos, a fin de cuentas, participan de la 'democracia'.

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Corte Suprema de Justicia

Incógnitas sobre el futuro de nuestra CSJN Por Sebastián Raynal (Estudiante CPC) y Nadia de Rosa (Graduada)

A lo largo de este 2014, nuestra CSJN ha perdido varios de sus miembros, la última noticia fue la carta enviada a la Presidenta de la nación, anunciando su renuncia, Eugenio Zaffaroni reconoce en distintos medios que los motivos de su renuncia van más allá de su edad, tiene intenciones en volver a su labor como docente, y a la tarea doctrinaria. Creemos necesario y fundamental el papel del Poder Judicial para equilibrar los poderes del Estado, y así poder ejercer un control de legalidad y constitucionalidad sobre el Poder Ejecutivo y Legislativo. Es inminente que el cargo que deja Zaffaroni será disputado desde el actual gobierno, buscando alianzas en el congreso para lograr poner algún juez que sea de su agrado. Sería necesario reveer este mecanismo a través del cual el poder ejecutivo interviene y tiene poder sobre la designación de los jueces y genera esto cierta

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dependencia política, que impediría y hasta complicaría la neutralidad e imparcialidad que deben tener los jueces. Algunas vez se hablo de que exista elección de los jueces por voto popular, poco queda hoy de esta discusión donde el pueblo sigue alejado de la justicia. Luego de comprendido esto nos preguntamos… ¿Estos son los poderes de la Democracia? Nos parece necesario y fundamental el rol de la Universidad en esta cuestión, sobre todo de la Facultad de Derecho, que no es partícipe de este debate y que claramente no puede ser ajena a una discusión tan trascendental como la aquí nos compete.


Derechos Humanos

Reflexión sobre el miedo y la violencia estatal Por Mariano Segovia Estudiante de Derecho del CPC (UBA)

Recuerdo haber oído alguna vez que las leyes no dan derechos a las personas sino obligaciones al estado. Así, que legisladores escriban, “Se aplicará reclusión o prisión de ocho a veinticinco años, al que matare a otro…” no significa que nadie este exento de ser víctima ni victimario de aquel delito, tan solo le impone al estado el deber de accionar a partir de esa situación, de obtener justicia para la víctima, consuelo para sus queridos, castigo para “el que no debió existir”. Si miramos el derecho desde este lado, quizás se entienda mejor la propuesta de “extrañar” o para decirlo sin corrección política descartar a los extranjeros que cometan delitos siendo atrapados en flagrancia de estos (aunque, ¿en verdad son ellos los únicos descartados?). Tal vez esto no sea por el porcentaje de delitos cometidos por extranjeros, que si bien es menor, no puede desconocerse. Tal vez no

haya más motivo que el miedo irrefrenable que tenemos al monstruo que existe en la televisión, en la radio, del que no dejamos de oir, que ha vivido siempre en la invisibilidad hasta el momento en que se para frente a nosotros para hacerse realidad y aun así, continua siendo mito más que persona, implacable, oscuro,

infrahumano. Construcción quizás de otros monstruos más violentos, los que no son castigados o “extrañados” por cerrar una fábrica con el solo propósito de aumentar utilidades, los que solo matan a estos monstruos más pequeños con armas de fuego, de hambre o de desempleo, los que nos convencen día a día de mantener la luz apagada, para que los monstruos no se vean, y de paso, nunca sepamos que son una proyección del espejo frente a nosotros. Esta propuesta no nace de un sueño, de un deseo de la sociedad que deposita esperanzas en un voto. Nace del miedo, miedo de un gobierno a perder nuestro voto, miedo de nosotros al monstruo que delinque, miedo del que delinque al monstruo opresor, miedo del opresor a… ¿o quizás ellos no teman?, tal vez teman a que nadie este solo, a que todos seamos uno, tal vez una guerra entre extranjeros aterrados escondidos o delincuentes y argentinos aterrados indiferentes sea lo que los ayuda a dormir por las noche. Nacimos y morimos todos en guerra, quizás el destierro de algunos enemigos la vuelque a nuestro favor, pero así no dejara de haber víctimas y sobre todo…. Así la guerra nunca termina.

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Género y Derecho

La autonomía personal o no de la mujer. Debate sobre la Interrupción voluntaria del embarazo Por Alejandra Gutiérrez Vargas y Magui Campillay Estudiantes de derecho del CPC (UBA) El Artículo 4 de la Convención Americana de Derechos Humanos habla sobre el derecho a la vida. El inciso 1° establece que “Toda persona tendrá derecho a que se respete su vida. Este derecho está protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”. La discusión se ha dado siempre respecto a ciertas expresiones o palabras de este inciso que entran en controversia con el Artículo 19 de nuestra Constitución Nacional, el cual establece el derecho a la autonomía personal. Ahora bien, creo que existen distintas maneras de afrontar este debate, podríamos gastar tinta y papeles intentando descifrar cuándo comienza la vida, qué es la concepción, qué significa la expresión “en general”, qué derecho prima sobre el otro… pero podríamos, por otro lado, enfocarlo desde una visión distinta y cuando en la realidad en la que vivimos no existe un verdadero y efectivo acceso a la educación justamente mucho más abarcativa. sexual y a los métodos anticonceptivos? ¿Hay Creemos que el debate sobre el aborto debería darse autonomía personal cuando uno tiene sus entendiendo la profunda desigualdad de género que derechos más básicos vulnerados? hoy existe. Entendiendo, también, que no sólo se le niega a la mujer su derecho a conformar el plan de No es menor recalcar que estos patrones se siguen vida al momento de decidir qué hacer con su reproduciendo y, lo que es peor, naturalizándose en las embarazo, sino que se lo está afectando desde el clases sociales más desaventajadas. momento en el que se le niega la educación sexual, desde que se la pone en un lugar de subordinación No se puede hablar de decisiones tomadas libremente respecto al hombre, desde que sigue formando parte sin que el Estado proteja el acceso a los derechos de un grupo que ha visto sus derechos sociales: la vivienda, alimentación, educación y salud, por nombrar algunos, que son los derechos que sistemáticamente vulnerados. garantizan una posición verdaderamente igualitaria y entonces así, una real posibilidad de que exista la ¿Podemos hablar de autonomía personal cuando autonomía personal. la mujer está y siempre ha estado en una posición de desigualdad? ¿Puede decirse que hay posibilidad de constituir esta autonomía personal

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Derecho Ambiental

Carta abierta por la

orientación en

“Sólo cuando el último árbol esté muerto, el último río envenenado, y el último pez atrapado, te darás cuenta que no puedes comer dinero”. Evelyn Waugh.

derecho ambiental Recientemente desde Movimiento Universitario Sur se presentó en la facultad un 'ponto despacho' para reactivar el debate acerca de una Orientación en Derecho Ambiental en la UBA, iniciativa que desde esta Revista acompañamos y apoyamos. Acá abajo, les dejamos una Carta Abierta dirigida a los estudiantes en miras de debatir la necesidad de la orientación. “Calentamiento global. Daño ambiental. Megaminería. Escasez de agua. Desertificación. Contaminación. Deforestación. Sobreexplotación de los recursos naturales… Podríamos seguir agregando conceptos a esta lista que, hoy, se está haciendo interminable. Sin duda actualmente las discusiones acerca del medioambiente y los recursos naturales son cada vez más frecuentes. Lo vemos en los medios: Las denuncias a multinacionales como Chevron, Barrick Gold y Monsanto, la salud afectada de cientos de habitantes, la contaminación del suelo, el agua y el aire. Ahora entonces, ¿por qué una Orientación en Derecho Ambiental y Recursos Naturales? Creemos que como estudiantes, tenemos el deber de tomar parte de lo que sucede a nuestro alrededor: No debemos estar exentos de debates tan significativos como el de, por ejemplo, la reciente media sanción de la nueva Ley de hidrocarburos. Tenemos que ir más allá del separar los residuos reciclables o usar lamparitas de bajo consumo, necesitamos que haya un verdadero debate sobre el derecho del medioambiente, el rol del Estado en el establecimiento de medidas y políticas para el desarrollo, el aterrizaje de multinacionales en nuestro suelo y la entrega de nuestros recursos naturales a estas grandes empresas. Día a día, además de la profunda destrucción de nuestro suelo, también se destruye la salud y se vulneran los derechos más básicos de poblaciones que no tienen acceso a los recursos mínimos de subsistencia, como por ejemplo, el agua. Es la misión de la Universidad fomentar la incorporación de herramientas actuales para, no sólo discutir estas problemáticas, sino también buscarles soluciones.

Necesitamos que de nuestra casa de estudios salgan profesionales formados para la defensa de nuestros recursos, pero también de los grupos sociales que se ven afectados por la problemática ambiental. No debemos olvidarnos de los distintos ejes de estos conflictos y tampoco dejar de cuestionarnos cuáles son los intereses políticos y económicos que atraviesan la situación. Hoy, Noviembre del 2014, en nuestra facultad las materias y contenidos relacionados al Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales son escasos, y lo que es más paradójico aún, dentro del departamento de Derecho Empresarial, siendo claro así, que el objetivo no es formar estudiantes para la defensa del medioambiente y de los grupos que se ven afectados, sino, ser funcionales a aquellos que justamente contribuyen a estos conflictos. La creación de una Orientación en Derecho Ambiental y Recursos Naturales dentro del departamento de Derecho Público, enfocada a la discusión efectiva de las problemáticas que se viven hoy y con el objetivo de formar profesionales con herramientas para hacerles frente, es una necesidad. En el año 2011 se presentó un proyecto para que se conformara una comisión “ad hoc” para la elaboración del Proyecto de Orientación en Derecho Ambiental y Recursos Naturales, integrada por docentes, estudiantes, graduados e incluso organizaciones sociales ambientalistas, comunidades de pueblos originarios y asambleas ciudadanas, para garantizar la pluralidad de voces y verdadera democracia en la discusión. Este proyecto aún no ha sido tratado, y sigue descansando en algún cajón. Está en nosotros, los estudiantes, continuar exigiendo que nuestro plan de estudios concuerde con los debates y necesidades públicos. Está en nosotros continuar avanzando hacia la creación de esta Orientación. Está en nosotros continuar bregando por una Universidad que defienda la soberanía nacional de nuestros recursos naturales y los derechos vulnerados de los habitantes de nuestro pueblo. Y a esto sólo podemos lograrlo trabajando con convicción, pero sobretodo, con unidad.”

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Revista de Derecho Crítico edición

n°4

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*Facultad de Derecho / UBA // DICIEMBRE 2014


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