Contrato de Obras. Es un Contrato cuyo efecto es garantizar la Obligación de la ejecución de una Obra bajo las Cláusulas y lineamientos contentivos de este documento, se pueden establecer las condiciones de ejecución de la obra, lugar, momento, normas técnicas especiales para la Construcción y su cumplimiento, gastos operativos, modo de pago al Contratista y lapso de entrega, pudiendo incluirse términos sucesivos a lo largo de la ejecución de la Obra; se hace legítimo al realizarse de manera consensuada y libre las estipulaciones del Contrato entre las Partes,
con objeto y causa lícita; el incumplimiento de las Cláusulas
previstas podrían ser causas irrevocables de extinción del Contrato . A diferencia con otras figuras jurídicas este es un Contrato de Servicios que puede ser con aporte de material o no, en dónde el Contratista tiene el deber de ejecutar debidamente y entregar la Obra en el lapso previsto y el Contratante o Empresario cumplir con el pago acordado en el tiempo establecido.
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