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LA RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DE LOS DELITOS Y FALTAS

MARGARITA ROIG TORRES Prof. Titular de Derecho Penal Universidad de Valencia

Valencia, 2010


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A mis hijos, Sergio, Jorge y Carla



Índice ABREVIATURAS ............................................................................................ INTRODUCCIÓN ............................................................................................

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PRIMERA PARTE

DETERMINACIÓN DEL MARCO LEGAL Y JURISDICCIONAL I. PLANTEAMIENTO ..............................................................................

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II. NORMATIVA APLICABLE .................................................................. A) La normativa aplicable en el proceso penal y en el proceso civil ...... B) Diferencias entre la regulación específica del CP y la legislación común ....................................................................................................

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III. JURISDICCIÓN COMPETENTE ......................................................... A) Introducción .......................................................................................... a´ El «ofrecimiento de acciones» como reflejo del derecho a la tutela judicial efectiva ................................................................................ b´ Precisiones terminológicas. Los destinatarios del «ofrecimiento de acciones».......................................................................................... B) Ejercicio de la acción civil en el proceso penal ................................... a´ Preferencia del proceso penal. La reserva de acciones ..................... b´ El contenido del fallo concerniente a la responsabilidad civil ......... c´ Las competencias del Juez penal por adhesión. Remisión de las cuestiones complejas al orden civil ................................................. C) Ejercicio de la acción civil en el proceso civil ..................................... a´ Los efectos de cosa juzgada de la sentencia penal ........................... b´ Procedencia de la jurisdicción civil ................................................. a) Reserva de la acción civil.............................................................. 1. Legitimación. Momento para ejercer la acción civil ........... 2. Competencias del Juez civil .................................................... b) Sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento o archivo ....... c´ La prescripción de la acción civil..................................................... a) La aplicación del plazo de 15 años del art. 1964 CC .................. b) El inicio del cómputo.................................................................... D) Principios que rigen la acción civil ex delicto ...................................... a´ La naturaleza civil de la responsabilidad civil derivada de delitos y faltas................................................................................................. a) Su carácter controvertido ............................................................. b) Postura del TC y del TS ................................................................ b´ Los principios aplicables a la acción civil .......................................

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ÍNDICE

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SEGUNDA PARTE

EL CONTENIDO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DE LOS DELITOS Y FALTAS. NORMAS GENERALES CONTENIDAS EN EL CÓDIGO PENAL I. DELIMITACIÓN DE LAS MODALIDADES DE RESPONSABILIDAD CIVIL REGULADAS EN EL TEXTO PUNITIVO ................................ A) La regulación de estas figuras en el texto refundido de 1973 ............ B) La delimitación de las tres formas de responsabilidad civil en el CP de 1995................................................................................................... C) Algunas notas sobre la terminología utilizada en la jurisprudencia reciente ..................................................................................................

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II. LA RESTITUCIÓN ............................................................................... A) El carácter preferente de la restitución respecto de las demás modalidades de responsabilidad civil ........................................................... B) Concepto de restitución. Sus destinatarios ......................................... C) Objeto de la restitución......................................................................... a´ Bienes muebles e inmuebles............................................................. b´ Los bienes fungibles ......................................................................... D) Infracciones en las que procede la restitución. Operaciones que comprende .................................................................................................... a´ Infracciones que producen la privación de un bien ........................ b´ La declaración de nulidad del título fraudulento ............................ E) El abono de los deterioros y menoscabos............................................ a´ Delimitación de esos conceptos ....................................................... b´ Régimen jurídico .............................................................................. F) El pago de intereses moratorios como obligación aneja a la devolución de dinero........................................................................................ a´ El abono de los intereses de mora como indemnización del lucro cesante.............................................................................................. b´ Cómputo de los intereses moratorios. Especialidad de los delitos contra la Hacienda Pública ............................................................. a) Inicio del devengo ......................................................................... b) Delitos contra la Hacienda Pública ............................................. c´ Interés de la mora procesal .............................................................. G) Excepción a la obligación de restituir: la irreivindicabilidad ............ H) La posición jurídica del adquirente de buena fe obligado a restituir el bien .................................................................................................... a´ Su condición de tercero perjudicado................................................ b´ Su posición de parte en el proceso penal .........................................

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III. LA REPARACIÓN DEL DAÑO ............................................................ A) Los sujetos de la reparación. El concepto de perjudicado ................. a´ Definición de perjudicado. Su distinción del agraviado .................. b´ La consideración de las compañías de seguros de las víctimas como perjudicadas ..................................................................................... c´ Sujetos de la reparación ................................................................... a) Destinatarios de la reparación en forma específica ...................

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ÍNDICE

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b) La obligación de reparar del culpable.......................................... B) El contenido de la reparación del daño: obligaciones de dar, hacer y no hacer ................................................................................................. a´ Una mención a la regulación anterior ............................................. b´ El art. 112 CP actual ........................................................................ a) Obligaciones de dar ...................................................................... b) Obligaciones de hacer y de no hacer ........................................... c) Orden de aplicación ......................................................................

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IV. LA INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS ............................................ A) El objeto de la indemnización: los perjuicios materiales y morales . a´ Delimitación conceptual .................................................................. b´ Perjuicios materiales ........................................................................ a) El lucro cesante ............................................................................. b) Destrucción de vehículos y cosas corpóreas. Los daños en vehículos ............................................................................................... c) Daños corporales........................................................................... c´ Perjuicios morales ............................................................................ a) Clases de perjuicios morales. La indemnización del pretium doloris ................................................................................................. b) La prueba de los perjuicios morales. Su cuantificación ............ c) Infracciones en las que se indemniza el daño moral ................. 1. Delitos contra la vida ............................................................... 2. Delitos contra la integridad física .......................................... 3. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales ................. 4. Otros delitos contra la libertad ............................................... 5. Delitos contra la integridad moral ......................................... 6. Delitos contra el honor ............................................................ 7. Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio ................................................ 8. Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico ..... 9. Falsedades ................................................................................ B) Sujetos beneficiarios ............................................................................ a´ La Administración como tercero perjudicado ................................. b´ Beneficiarios de la indemnización por causa de muerte ................. a) Diferenciación entre herederos y perjudicados .......................... b) Perjuicios indemnizables. Beneficiarios de cada partida compensatoria ...................................................................................... 1. Perjuicios sufridos por la víctima antes de su muerte .......... 2. Gastos de de sepelio, inhumación y exequias ....................... 3. Perjuicios materiales y morales de familiares y terceros ..... 4. Resumen ................................................................................... C) La cuantificación de la indemnización ................................................ a´ Cuantía y bases de la indemnización. El recurso de casación ........ a) Fijación del monto indemnizatorio ............................................. b) Las bases de la indemnización..................................................... c) Algunos ejemplos de revisión del quantum indemnizatorio ..... b´ El Baremo de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor ................................................... a) Ámbito de aplicación ....................................................................

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ÍNDICE

b) La STC 181/2000, de 29 de junio, y otras resoluciones concordantes ............................................................................................. 1. La obligatoriedad del Baremo respecto a los daños personales culposos .............................................................................. 2. Argumentos de las cuestiones de inconstitucionalidad ........ 3. Postura del TC.......................................................................... 4. Otras resoluciones del TC ....................................................... c) La jurisprudencia posterior del TS .............................................. 1. Obligatoriedad del Baremo. Aclaración de algunos supuestos ............................................................................................. 2. Infracciones no sujetas al Baremo. Su valor orientador ...... 3. Incidencia del Baremo en los delitos dolosos ....................... d) Determinación del Baremo aplicable .......................................... c´ La contribución de la víctima a la producción del daño ................. a) La potestad de moderar el importe de la indemnización .......... b) Infracciones a las que se aplica el art. 114 CP ............................

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TERCERA PARTE

LOS RESPONSABLES CIVILES I. RESPONSABLES CIVILES DIRECTOS ............................................. A) La responsabilidad civil de los partícipes en la infracción penal....... a´ La obligación del órgano judicial de fijar cuotas. Criterios de cuantificación .......................................................................................... a) La jurisprudencia sobre el deber de declarar cuotas. Aplicación de los arts. 1137 y 1138 CC........................................................... b) Criterios para precisar las cuotas: la incidencia de la conducta en la causación del perjuicio ........................................................ c) Concurrencia de infracciones distintas a la causación del perjuicio............................................................................................... b´ La distribución de la responsabilidad civil entre los responsables penales ............................................................................................. a) Criterios de reparto previstos en el art. 116.2 CP ....................... b) La distribución en los casos de igual participación en el hecho punible ........................................................................................... c) Los supuestos de concurrencia de autores y cómplices ............ d) La posición de los responsables subsidiarios ............................. B) La responsabilidad directa de las compañías de seguros ................... a´ La posición del asegurador en el proceso penal ............................... a) El asegurador como responsable civil ......................................... 1. Acción directa .......................................................................... 2. Su personación en el proceso penal ....................................... 3. Límites a la responsabilidad del asegurador. Excepciones oponibles .................................................................................. b) Su posición como perjudicado (Remisión)................................. b´ Responsabilidad del asegurador por daños ocasionados por delito doloso cometido con vehículo a motor ........................................... a) Acuerdos no jurisdiccionales del Pleno de la Sala 2ª del TS .....

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ÍNDICE

b) La exclusión de la responsabilidad de las aseguradoras respecto a los daños causados por dolo directo del conductor ............ 1. Antecedentes ............................................................................ 2. Situación actual ....................................................................... C) La responsabilidad civil en los casos de exención de responsabilidad criminal (art. 118 CP) ........................................................................... a´ Anomalía o alteración psíquica y alteraciones en la percepción ..... a) La responsabilidad civil de los padres o guardadores ............... b) La responsabilidad civil de los sujetos imputables ..................... b´ Los demás supuestos de exención de responsabilidad criminal...... D) La responsabilidad civil en los delitos cometidos por menores de edad........................................................................................................ E) Los partícipes a título lucrativo .......................................................... II. RESPONSABLES CIVILES SUBSIDIARIOS...................................... A) Cuestiones comunes ............................................................................. a´ La relajación de los requisitos de la responsabilidad civil subsidiaria b´ Aspectos procesales ............................................................................ B) Los supuestos regulados en el art. 120 CP........................................... a´ La responsabilidad de los padres y tutores ...................................... b´ La responsabilidad de los titulares de medios de difusión .............. c´ La responsabilidad de los titulares de establecimientos .................. a) Requisitos generales. La objetivación de la responsabilidad del propietario ..................................................................................... b) La relación de dependencia (Remisión) ...................................... c) El concepto de establecimiento ................................................... d) La infracción de reglamentos de policía o disposiciones de la autoridad........................................................................................ d´ La responsabilidad de las personas dedicadas a la industria o comercio .............................................................................................. a) Relación de dependencia .............................................................. 1. La interpretación extensiva de la jurisprudencia .................. 2. Algunos supuestos de inexistencia ......................................... b) La conexión entre la infracción y las funciones del dependiente e´ Responsabilidad de los titulares de vehículos.................................. C) La responsabilidad subsidiaria del Estado y de los demás entes públicos ...................................................................................................... a´ Los presupuestos para la aplicación del art. 121 CP ....................... b´ La interpretación extensiva efectuada por el TS .............................. a) Acuerdos no jurisdiccionales del Pleno de la Sala 2ª ................. b) Evolución jurisprudencial. Postura actual del TS ...................... 1. Fundamento y requisitos del art. 121 CP. Su distinción del art. 120.3 CP............................................................................. 2. La flexibilización de los presupuestos del art. 121 CP.......... 3. Ejemplos de aplicación del art. 121 CP.................................. 4. Ejemplos de inadmisión de la responsabilidad civil subsidiaria de la Administración .................................................... ANEXO JURISPRUDENCIAL ........................................................................

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ABREVIATURAS ADC: ADPCP: AP: Art., arts.: CC: CCom: CE: CP: EDJ: LEC: LECrim: LH: LL: LO: LOPJ: LORPM:

Anuario de Derecho Civil Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales Actualidad Penal Artículo, artículos Código Civil Código de Comercio Constitución española Código Penal Base de datos de jurisprudencia El Derecho Ley de Enjuiciamiento Civil Ley de Enjuiciamiento Criminal Ley Hipotecaria La Ley Ley orgánica Ley Orgánica del Poder Judicial Ley Orgánica reguladora de la Responsabilidad Civil de los Menores LRCSCVM: Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor P.J.: Poder Judicial R.D.Circ.: Revista de Derecho de la Circulación R.D.J.: Revista de Derecho Judicial R.D.Priv.: Revista de Derecho Privado R.D.Proc.: Revista de Derecho Procesal R.D.Púb.: Revista de Derecho Público R.G.D.: Revista General del Derecho R.G.L.J.: Revista General de Legislación y Jurisprudencia RH: Reglamento Hipotecario RJ: Base de datos de jurisprudencia Aranzadi R.J.Cat.: Revista Jurídica de Cataluña Riv. di Dir.Civ.: Rivista di Diritto Civile Riv.di Dir.Com.: Rivista di Diritto Commerciale STC/SSTC: Sentencia/s del Tribunal Constitucional


16 STS/SSTS: TC: Tol: TS:

ABREVIATURAS

Sentencia/s del Tribunal Supremo Tribunal Constitucional Base de datos de jurisprudencia Tirant lo Blanch Tribunal Supremo


INTRODUCCIÓN La responsabilidad civil ex delicto es un tema crucial en la práctica forense, hasta el punto de comprobar cómo con frecuencia atesora las miras de las partes en el proceso penal, de modo que los letrados centran su empresa en la indemnización, y la sanción punitiva parece incumbir de modo prioritario al órgano judicial. Pese a esa evidente trascendencia, su peculiar régimen jurídico determina que los estudios doctrinales sean marcadamente escasos. Se trata de una responsabilidad de carácter civil que, sin embargo, aparece regulada en el Código penal, y se sustancia preferentemente en este orden procesal, lo que explica los recelos a abordarla tanto de civilistas como de penalistas; amén de que en la aplicación de esas normas específicas se plantean cuestiones atinentes a otras disciplinas, como la procesal y la constitucional, y los autores son naturalmente cautelosos a la hora de pronunciarse sobre otras materias. Siguiendo esa misma coherencia, el objeto de este trabajo es también modesto. No se pretende hacer un estudio exhaustivo de la regulación que rige la responsabilidad civil derivada de los delitos y faltas, sino que se aborda el tema desde una perspectiva eminentemente práctica, tratando tan solo los principales problemas que esa normativa plantea en sede judicial. La primera parte se dedica a los aspectos procesales. La acción civil derivada de un hecho delictivo puede ejercerse en el propio proceso penal o ante la jurisdicción civil, lo que suscita una diversidad de interrogantes en cuanto a los supuestos en que es procedente cada vía procesal, las competencias de los respectivos órganos judiciales, y la normativa a aplicar en cada caso (en este contexto se tratan asuntos relacionados con la cosa juzgada, la prescripción, etc.). En la segunda parte se examina la regulación sustantiva de la responsabilidad civil derivada de los delitos y faltas, contenida en los arts. 109 y ss CP. Dentro de ella se analizan por separado las modalidades de responsabilidad civil, y los sujetos responsables, diferenciando, a su vez, entre los obligados directos y los subsidiarios. Se presta especial atención a las últimas tendencias jurisprudenciales en puntos controvertidos, como la responsabilidad de las compañías de seguros en el ámbito del tráfico rodado, la incidencia del denominado baremo en las infracciones no sujetas a él y en particular en los delitos dolosos, o la aplicación analógica de las normas sobre responsabilidad subsidiaria a fin de cubrir todos los supuestos de riesgo.


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INTRODUCCIÓN

Para abordar esos temas se tienen en cuenta tanto las posturas doctrinales como los pronunciamientos del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo. En cada apartado se incluye una amplia selección de las resoluciones más relevantes, así como los Acuerdos no jurisdiccionales adoptados por el segundo órgano. Además, la monografía contiene un anexo final con las resoluciones más significativas sobre la materia, reproduciendo los fundamentos jurídicos relativos a la responsabilidad civil.


P R I M E R A P A R T E

DETERMINACIÓN DEL MARCO LEGAL Y JURISDICCIONAL



I. PLANTEAMIENTO La “responsabilidad civil derivada de los delitos y faltas” se encuentra regulada en el Título V del Libro I del CP, en los arts. 109 a 122, normas a las que remite el CC, cuyo art. 1089 dispone que “Las obligaciones nacen … de los actos y omisiones ilícitos o en que intervenga cualquier género de culpa o negligencia”, determinando el art. 1092 que “Las obligaciones civiles que nazcan de los delitos o faltas se regirán por las disposiciones del CP”. No obstante, en lo no previsto en el texto punitivo será de aplicación el CC, según expresa el art. 4.3 de su Título Preliminar (“Las disposiciones de este Código se aplicarán como supletorias en las materias regidas por otras leyes”). Por otra parte, en lo que respecta a la vía procesal para reclamarla, el art. 109 CP ofrece al perjudicado la opción de exigir la responsabilidad civil ante la jurisdicción civil, pero en caso de no hacer expresa reserva de acciones para esta vía se resuelve en el propio proceso penal. A estos efectos, prevé el art. 108 LECrim que “La acción civil debe entablarse juntamente con la penal por el Ministerio Fiscal, haya o no en el proceso acusador particular; pero si el ofendido renunciare expresamente a su derecho de restitución, reparación o indemnización, el Ministerio Fiscal se limitará a pedir el castigo de los culpables”. Así pues, como regla general la responsabilidad civil derivada de los delitos y faltas se decide en el proceso penal, debiendo incluir el Ministerio Fiscal la petición correspondiente en su escrito de calificación (art. 650 LECrim). En cuanto a la regulación a aplicar, rige en ese caso la normativa sustantiva contenida en el texto punitivo, y, en su defecto, la legislación civil. No obstante, en ocasiones la competencia para resolver la responsabilidad civil ex delicto corresponde a la jurisdicción civil, así sucede cuando existe reserva de acciones por parte del perjudicado para instarla en esa vía, y cuando el proceso penal finaliza sin sentencia condenatoria (es decir, con sentencia absolutoria o con auto de sobreseimiento o archivo). Aunque, este último supuesto encuentra, a su vez algunas excepciones, la primera, cuando la sentencia absolutoria declara la inexistencia del hecho que pudo motivar la responsabilidad civil, pues entonces ya no cabe reclamarla en la esfera civil (art. 116 LECrim), y, segunda, cuando la sentencia absolutoria se funda en alguno de los motivos enumerados en el art. 118 CP, debiendo en tal caso el Juez penal fijar las correspondientes responsabilidades civiles (art. 119 CP). En el orden civil se aplica la legislación civil, salvo en el primer caso, de reserva de acciones, en que prevalece la del CP.


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MARGARITA ROIG TORRES

Por lo tanto, el esquema en cuanto al orden procesal, y a la normativa aplicable a la responsabilidad civil ex delicto, sería el siguiente: – En principio, esa responsabilidad se resuelve en el propio proceso penal, aplicándose las normas específicas previstas en el texto punitivo. – Pero, se permite a los perjudicados reservarse las acciones civiles para ejercerlas en este orden jurisdiccional, rigiendo igualmente aquellas disposiciones. – Además, si el proceso penal finaliza con sentencia absolutoria, los perjudicados pueden formular sus pretensiones en la vía civil, salvo que en la sentencia se declare la inexistencia del hecho que pudo originar la responsabilidad civil (art. 116 LECrim), o que en dicha sentencia se establezca ya la condena civil de acuerdo con el art. 119 CP (que obliga al Juez penal a fijar las responsabilidades civiles cuando la exención de responsabilidad criminal se basa en alguna de las causas previstas en el art. 118 CP). – Igualmente, esa posibilidad de instar la acción civil ante esta jurisdicción se da también cuando el proceso penal finaliza con auto de sobreseimiento o archivo. Y en ambos casos, tanto si concluye con sentencia absolutoria, como con auto de sobreseimiento o archivo, en el procedimiento civil se está a las disposiciones de este Derecho. A continuación vamos a desarrollar este esquema, aunque al desbrozarlo veremos que existen algunas salvedades a esas pautas generales, amén de la falta de unanimidad reinante en la jurisprudencia en cuanto a determinados extremos. Comenzaremos por la normativa aplicable a la responsabilidad civil derivada de los hechos delictivos en cada uno de los órdenes procesales que pueden conocerla. II. NORMATIVA APLICABLE

DISPOSICIONES LEGALES → Código Civil Artículo 1.092 Las obligaciones civiles que nazcan de los delitos o faltas se regirán por las disposiciones del CP.


LA RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DE LOS DELITOS Y FALTAS

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COMENTARIO

A) La normativa aplicable en el proceso penal y en el proceso civil Como hemos apuntado, en el CP existen normas específicas sobre la responsabilidad civil derivada de delitos y faltas (arts. 109 a 122), que en algunos puntos se apartan de las contenidas en los arts. 1902 y ss CC en materia de responsabilidad civil extracontractual. Por otra parte, dicha responsabilidad puede resolverse en dos procesos de naturaleza distinta, el propio proceso penal en el que se juzga el hecho delictivo del que nace la obligación civil, o en un proceso civil separado. Por ello, surge la duda acerca de las normas a aplicar en cada uno de esos procesos, pues entre ellas existen algunas diferencias que pueden conducir a soluciones distintas en un mismo caso1. Pues bien, cuando la acción civil se ejerce en el propio proceso penal, no cabe duda de que los arts. 109 y ss CP son de preferente aplicación a las disposiciones del CC. Así lo decía, por ejemplo, la STS —Sala 1ª— de 7 de febrero de 1991 (RJ 1991\1151)2: “El ejercicio de la acción civil en la esfera criminal tiene carácter privilegiado frente a la puramente civil ante el orden jurisdiccional de este tipo, hasta el punto de que los preceptos de orden punitivo son de preferente aplicación en su campo de competencia sobre los demás de cualesquiera otros órdenes concurrentes”3.

Pero también se ha mantenido esa prevalencia en caso de resolverse la responsabilidad civil ex delicto en la jurisdicción civil. Así, la STS —Sala 1ª— de 10 de diciembre de 1985 (RJ 1985\6433) determinaba la aplicación de la normativa del CP en el proceso civil4: “Que, justamente porque existe esta últimamente considerada posibilidad de que el Juez civil valore la conducta del reo a los fines indemnizatorios pudo el de la instancia ponderar la del niño, no para efectuar con la culpa (de que es incapaz, habida cuenta de su edad) una compensación de la suya con la del demandado, sino para dar la oportuna aplicación al artículo mil ciento tres del CC que permite moderar la responsabilidad según los casos, que es lo que, si bien se mira, trae a la consideración de esta Sala el motivo cuarto del recurso, siquiera se citen en el mismo como infringidos los artículos mil novecientos dos y mil novecientos tres del CC que la Audiencia no aplicó, ni han de tenerse presentes cuando de una responsabilidad civil ‘ex delicto’, cual la del caso, se trata, regida como se halla según la remisión del artículo mil noventa y dos del CC, por los artículos diecinueve y siguientes y ciento uno y siguientes del CP”.

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Véanse, los arts. 116.2 CP y 1137 CC, 120 CP y 1903 CC, 1964 y 1968.2 CC. Incluida en el anexo. El subrayado en cursiva que aparece en las siguientes resoluciones es añadido. Incluida en el anexo.


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