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En esta obra, Eugenio Ribón, abogado experto en protección de consumidores y usuarios, analiza de modo práctico y riguroso las obligaciones de ambas partes y desbribe el régimen de responsabilidad de los proveedores de servicios de pago ante operaciones no autorizadas por consumidores y empresas en los supuestos de nuevos fraudes bancarios (phishing, pharming, carding, vishing, duplicado de tarjetas…). Y ello, como nos tiene acostumbrado el autor, con una profusa cita de la jurisprudencia existente, la mejor doctrina y formularios prácticos para la defensa del afectado.

Especial referencia al phishing bancario

Frente a las sofisticadas técnicas de ciberdelincuencia, las entidades financieras no han adaptado suficientemente sus sistemas de seguridad, como si lo hicieron en sus oficinas físicas, exponiendo con ello a sus clientes a una situación de vulnerabilidad en la banca electrónica que estas mismas diseñaron y potenciaron.

Fraudes bancarios y defensa del afectado. Nuevas tendencias defraudatorias

Los fraudes informáticos suponen el mayor número de hechos delictivos conocidos en este último año en el ámbito de la cibercriminalidad. El crecimiento en los últimos diez años supera el 700%. Las últimas estadísticas ofrecidas en el Sistema Estadístico de Criminalidad elaborado por la Dirección General de coordinación y Estudios, dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, informa de la existencia de 267.011 hechos conocidos en 2021 referidos a fraudes informáticos. Una de cada cuatro denuncias presentadas, ya se refiere a ciberdelincuencia. Esta tendencia continúa creciente.

FRAUDES BANCARIOS Y DEFENSA DEL AFECTADO AFECTADO. NUEVAS TENDENCIAS DEFRAUDATORIAS ESPECIAL REFERENCIA AL PHISHING BANCARIO

Eugenio Ribón


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