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LA CAZA EN EL MUNDO ROMANO

Aspectos sociológicos, económicos y jurídicos

COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH

María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Cañizares Laso

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho.

Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema

Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

María Luisa Cuerda Arnau

Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón

Manuel Díaz Martínez

Catedrático de Derecho Procesal de la UNED

Carmen Domínguez Hidalgo

Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González

Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

José Luis González Cussac

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania). Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Consuelo Ramón Chornet

Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Elisa Speckmann Guerra

Directora del Instituto de Investigaciones

Históricas de la UNAM

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Fueron miembros de este Comité:

Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales

LA CAZA EN EL MUNDO ROMANO

Aspectos sociológicos, económicos y jurídicos

AliciA

VAlmAñA OchAítA

tirant lo blanch

Valencia, 2024

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© Alicia Valmaña Ochaíta

Nota de lectura:

Las fuentes jurídicas las he numerado con arábigos y las literarias con romanos. En cuanto a las citas de las obras literarias, he incluido en la Bibliografía tanto las obras doctrinales como las ediciones de las fuentes literarias utilizadas. En algunos casos, el nombre del editor-traductor de algunas fuentes aparece como entrada en Bibliografía; esto sucede cuando ha sido citado expresamente, en el texto, alguno de sus comentarios.

Los créditos de las imágenes utilizadas son Museo Foro RomanoMolinete/Cartagena. Foto: Javier García-Conde Maestre (Fig. 1); PGI Villa romana de Salar (Fig. 2, 3 y 7); y Museo Nacional de Arte Romano (Mérida) (Fig. 4, MNARMC00000024_SEQ_002_R: Archivo MNAR/Lorenzo Plana Torres; Fig. 5, MNARMFCE26719_ SEQ_009_R: Archivo MNAR/Lorenzo Plana Torres; Fig. 6, MNARMFCE27922_SEQ_024_R: Archivo MNAR/ Lorenzo Plana Torres; y Fig. 8, MNARMFCE37191_SEQ_006_R: Archivo MNAR/Ceferino López Reyes)

Este estudio ha sido posible gracias a la Ayuda 2021-GRIN-31232 a actividades de investigación dirigidas a grupos en el marco del Plan Propio de Investigación de la UCLM, cofinanciada con Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), a ejecutar durante los años 2021 y 2022.

A mis hermanas, Silvia y María

AGRADECIMIENTOS .................................................................... 13 PRÓLOGO 15 INTRODUCCIÓN .......................................................................... 21 CAPÍTULO I. BREVE REVISIÓN HISTÓRICA EN MATERIA DE CAZA ......................................................................................... 31 § 1. La caza después de Roma. Algunos territorios romanizados con especial referencia a España ................................................. 31 § 2. La caza en la literatura. Especial referencia a la España medieval .............................................................................................. 72 CAPÍTULO II. ASPECTOS SOCIOLÓGICOS DE LA CAZA EN ROMA 95 CAPÍTULO III. ESPACIOS Y ANIMALES. LA ACTIVIDAD ECONÓMICA 157 § 1. La actividad y el espacio: Terrenos acotados ............................... 157 § 2. Los animales y el espacio. Algunas cuestiones sobre la condición y los tipos de animales en los espacios acotados 207 CAPÍTULO IV. VENATIO, VENATIONES, VENATICUM .................. 247 § 1. Varrón 250 § 2. Columela ....................................................................................... 276 CAPÍTULO V. LOS JURISTAS Y SU VISIÓN DEL PROBLEMA .......... 287 §. 1. Diferentes modos de estar los animales en las villae y régimen jurídico .......................................................................................... 287 BIBLIOGRAFÍA 353 ÍNDICE DE FUENTES .................................................................... 371
ÍNDICE

Después de tantos años de docencia e investigación son muchos los agradecimientos que debo. A los que siempre están, familia y maestro, se van uniendo otras personas que se han cruzado en mi camino en determinados momentos de la vida y que me han ofrecido ayuda desinteresada sin recibir nada a cambio. Sería triste y pretencioso por mi parte querer devolver tanta generosidad con unas breves palabras en las primeras páginas de este libro, sobre todo porque puede ser que no sea justa merecedora de la misma.

Este es un libro que se gestó hace muchos años, pero que dejé apartado para ocuparme de otras investigaciones que tenían plazo. Sin embargo, es uno de los trabajos con el que más he disfrutado; a mí, que no me une ninguna ligazón con el mundo de la caza, me pareció que era un tema del que había que ocuparse y que había que hacerlo desde distintas perspectivas para poder lograr un enfoque correcto. Entrar en el estudio de los tratados agropecuarios ha sido una delicia y poder integrarlos con los textos jurídicos romanos, una tarea que, en ocasiones, me ha dado más de un quebradero de cabeza.

Que son muchos a los debo mi agradecimiento, ya lo he dicho; pero en este libro destaca, especialmente, Feliciano Barrios, prologuista de este libro y amigo generoso desde hace mucho. Igualmente, Margarita Orfila, Julián Garde, Ignacio J. García Pinilla, José Ignacio Pérez García, Francisco Javier Díaz Majano, Rosalía Rodríguez López y Jaime Vizcaíno: las conversaciones con ellos me han servido para reflexionar sobre agrimensura, animales, filología, fincas, derecho medieval, derecho romano y arqueología, y cambiar o confirmar alguna de mis afirmaciones; y Vanessa González Castaño, capaz de encontrar cualquier referencia bibliográfica que se le pida y hacerlo, siempre, de buen grado.

Quiero mencionar expresamente a Julio M. Román, Jesús Punzón, María José Madrid, Elena Ruíz Valderas, Fernando Aranda,

AGRADECIMIENTOS

Trinidad Nogales, Agustín Velázquez y a las Instituciones que representan algunos de ellos, por facilitarme el uso de imágenes. A todos, muchas gracias.

Y por supuesto a Nacho, Andrés, Carmen e Ignacio. Sin ellos, esto sería mucho más difícil y, sobre todo, más aburrido.

14 Alicia Valmaña Ochaíta

En la vida académica, es frecuente que algún compañero te pida un prólogo para una publicación que está pronta a editarse. Estas peticiones aumentan a medida que el prologuista avanza en años. Yo he procurado escapar, en la medida de lo posible, de este género literario que resulta más difícil de lo que parece. En esta ocasión, el aceptar escribir este prólogo es obligación ineludible dada la personalidad científica y humana de quien me lo solicita. Compañera de Facultad, y vecina de despacho, la profesora Alicia Valmaña Ochaíta es, además, una entrañable amiga de muchos años. Excelente docente. Mi ya dicha vecindad en el espacio físico que compartimos en el antiguo convento dominico de San Pedro Mártir sede de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de Toledo de la Universidad de Castilla-La Mancha, ha hecho que haya vivido día a día una faceta de la Dra. Valmaña que quiero destacar desde ahora, antes de hablar del trabajo objeto de este prólogo y de su labor investigadora: me refiero a su dedicación docente. En su caso las tutorías que ofrece a los alumnos, no son un breve encuentro para despejar dudas, o, lo que es más frecuente, dar información sobre el desarrollo de los exámenes, pues ella las convierte en clase particulares de Derecho Romano, disciplina de la que es profesora titular. Miro el reloj y veo que han pasado cerca de treinta minutos, Alicia le ha explicado de nuevo un tema del programa que era de difícil comprensión para la alumna o alumno que ha acudido a su despacho. Su entrega docente se manifiesta de igual forma en el aula, así como en la dirección de trabajos de investigación. La materia que enseña –tan necesaria en la formación de un jurista– es en ella vocación sentida y trasmitida a sus alumnos y a cuantos la conocemos en el ámbito universitario. Fuera de la enseñanza reglada que encierra el plan de estudios de la Facultad en cuanto al Derecho Romano –escasa en horas, como sucede con la Historia del Derecho– la Dra. Valmaña es una entusiasta y eficaz organizadora

PRÓLOGO

de cursos, seminarios y actividades culturales en nuestro centro. A estas actividades invita a prestigiosos romanistas españoles y extranjeros; y me consta, pues muchas de estas actividades las organiza en colaboración con el área de Historia del Derecho, el gran éxito que tienen entre el alumnado.

Si su dedicación docente es importante, no lo es menos su faceta investigadora. Es autora de más de sesenta publicaciones. Estas se inician con su estudio Apio Claudio donde estudia la figura del censor romano –fue elegido para el cargo el año 312 a. de C., sin haber sido previamente cónsul– destacando su faceta jurídica; el libro publicado en 1998 por Ediciones Clásicas dentro de su colección Biblioteca de la Literatura Latina. Editora del volumen Democracia en el Mundo Antiguo y en la actualidad, Andavira Editores, 2013, en él tiene el capítulo titulado “Democracia en la Antigüedad”. Con su libro Los Discursos de Catón y Lucio Valerio en el 195 a. de C. (2019) se dio inicio a la colección de monografías “Diálogos con el Mundo Antiguo” de la meritoria Fundación Teatro Romano de Cartagena; trabajo este último que mereció elogios muy merecidos de la crítica especializada. En los últimos tiempos ha dedicado atención al Derecho Penal Romano, tantas veces olvidado y generalmente ausente de la manualística de la especialidad con contadas excepciones. Mas en la obra de una romanista no podía estar ausente el Derecho Privado Romano, en el que se sumerge con una monografía dedicada a un tema clásico del derecho de contratos: El depósito irregular en la jurisprudencia romana, publicada en 1996; en ella pone en cuestión aquella afirmación tradicional de la tipicidad como característica principal de los contratos en derecho romano. A este estudio seguirían otros también de naturaleza privatista, destacaré uno que me parece especialmente interesante, me refiero a su comentario a Gayo 2, 7 (Diritto@Storia, Revista Internazionale di Scienze Giuridiche e Tradizione Romana, 18) en el que se enfrenta con un texto de ambivalencia interpretativa, aportando una lectura correcta desde el punto de vista de la argumentación. En otro orden de cosas, y con un contenido transversal en cuanto a los sectores del ordenamiento tratados y sin circunscribirse ex-

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clusivamente a lo propiamente jurídico y al mundo romano, la Dra. Valmaña nos ofrece una larga serie de estudios sobre la mujer en la antigüedad, con aportaciones importantes en un campo de la mayor actualidad. En relación con esta dedicación nuestra autora participa activamente en las actividades que organiza la Universidad de Castilla-La Mancha en relación a temas de igualdad y feminismo.

Ahora tiene el lector en sus manos un libro de Alicia Valmaña, ambicioso y bien planteado: La caza en el mundo romano. Aspectos sociológicos, económicos y jurídicos. He dicho ambicioso y diré por qué; la autora en cuanto que romanista es historiadora del derecho, pues su objeto de estudio es un ordenamiento jurídico creado y desarrollado en una sociedad que ya no existe, aunque el derecho romano –en figura genial expuesta por Vinogradoff en sus lecciones de Historia del Derecho romano en la Edad Media– nos haya acompañado y nos acompaña a los occidentales después del 476 como una permanente luz espectral. Digo esto, ya que frecuentemente se nos ha acusado a los historiadores del derecho de vivir sumidos en el sueño de la legislación, de vivir apegados a la norma y a los documentos de aplicación del derecho, sin reparar en la sociedad para la que fue creado y en la que se aplica con la profundidad necesaria. Pues bien, la Dra. Valmaña en su libro relaciona los aspectos jurídicos de la caza, en los términos en que ella desarrolla su estudio, con la sociedad y la vida económica en su relación con la normativa venatoria, lo cual es un acierto indiscutible del estudio que prologamos.

Como bien sabemos, Romanistas e historiadores de los derechos nacionales y del derecho comparado se han encargado del tema de la caza. No podía ser de otra manera, pues la caza acompaña al hombre desde los primeros tiempos de su presencia en la tierra, y como precipitado lógico se haría presente en las primeras estructuras de organización social de las comunidades de cazadores, recolectores y pescadores; de manera que a medida que estas se fueron desarrollando en su vida social y económica lo fue haciendo también la atención que el derecho habría de prestar a

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la caza. Y así desde una normativa primitiva, que es posible hiciera referencia al modo de reparto de las piezas cobradas en los primeros asentamientos humanos, pasaríamos a un derecho de soluciones a toda la problemática que la caza, la acción de los cazadores y la intervención de todos aquellos que los participantes en este complejo fenómeno fueran planteando. Si nos situamos en el presente la caza afecta, de una u otra manera, a los distintos sectores del ordenamiento: el derecho civil, el derecho administrativo en múltiples facetas –con un apartado específico dedicado al derecho de caza–, el derecho mercantil y el derecho penal, implicando en este universo jurídico tanto a la administración central del Estado, como a las autonómicas, provinciales y locales, con una extensión al derecho de la Unión Europea y convenios internacionales, en un mundo, además, altamente preocupado por la conservación de la naturaleza. Pues bien, si desde el presente miramos al pasado podremos observar cómo los distintos ordenamientos hicieron de la caza objeto de su atención, con el fin de resolver conflictos o para caracterizar y dar solución a situaciones que requirieran de un marco jurídico que las incardinara en un determinado sistema normativo.

Mas volvamos al libro. La profesora Valmaña, como ya he avanzado, ha querido que su trabajo no se detenga en la norma o en la opinión de los jurisprudentes, pues en su estudio ha referido el fenómeno de la caza a la sociedad en que se desarrolla y las consecuencias económicas de su ejercicio, tan importantes entonces y ahora. El libro está planteado con un acierto de origen, ya utilizado por otros romanistas de nuestro tiempo: comenzar por exponer cuestiones relativas al tema de estudio refiriéndose a lo acontecido después del 476. Así en el primer capítulo hace una “breve revisión histórica” sobre “la caza después de Roma”, y sobre la presencia de lo venatorio en la literatura, prestando referencia a la España medieval. A continuación, utilizando una metodología que resulta acertada en la estructura expositiva que la autora ha querido dar al libro, nos introduce en lo que llama “aspectos sociológicos de la caza en Roma” donde lo jurídico nos sorprende en las primeras líneas con una curiosa constitución imperial de

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Honorio y Teodosio del 414 recogida en el Código Teodosiano (5, 11, 1 y 2). Y tras esta introducción vemos desfilar en este capítulo a historiadores, poetas, dramaturgos y tratadistas de la actividad cinegética, mientras nos familiariza con los distintos tipos de caza entonces practicados y con los espectáculos de fieras y cazadores en el anfiteatro que, en la Ciudad Eterna, será la forma en que los romanos de la metrópoli estén más cerca de la actividad venatoria y que tanto eco encontraron en Plinio. No olvida nuestra autora oportunas referencias a restos arqueológicos en que aparecen escenas de caza o a testimonios epigráficos que adquieren gran valor por la información que aportan. Como siempre sucede al hablar de cualquier aspecto relacionado con la cultura romana debemos huir de planteamientos uniformistas que describan con parecidos o iguales perfiles un mismo fenómeno en las diferentes épocas de la historia de Roma; así terminará la Dra. Valmaña este capítulo exponiendo los cambios que en la visión y ejercicio de la caza se experimentaron en los distintos periodos. El capítulo III lo refiere nuestra autora a espacios y animales, así como a la actividad económica que supone la caza. Nos lleva en su libro a los terrenos acotados; en unas páginas habremos de familiarizarnos con los leporarios y otros espacios de reserva, no muy lejos de los terrenos agrícolas actuales destinados al mismo fin con diferentes características. Aprenderemos mucho de los animales que allí se crían e incluso de los viveros de peces. En este capítulo lo jurídico se hace presente con importantes textos no siempre de fácil interpretación; por ejemplo, la interesante discusión acerca de la consideración de las abejas a la luz del derecho. El capítulo IV ya nos anuncia en su título lo que va a ser su contenido: Venatio, Venationes, Venaticum; se trata de analizar las posibles acepciones de los tres conceptos que nos conducen a la caza como ejercicio, a la caza como espectáculo y, en tercer lugar, a todo aquello que es propio o relativo a la caza, recogiendo los textos de Varrón que se refieren a cada uno de los términos, de los que nos ofrecerá un análisis minucioso y esclarecedor. El capítulo V, en el que lo jurídico es el elemento central, está referido a la visión que tienen los juristas acerca de qué régimen le es aplicable en derecho a los

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animales que viven en las villae. Partiendo del hecho de que el animal salvaje capturado “ha dejado de ser res nullius y pasa por ocupación a estar bajo el dominium del dueño de la villa”, el objetivo de nuestra autora es ofrecernos las distintas soluciones que desde el derecho se presentan a toda la problemática a que da lugar este tipo de animales, exponiendo tanto aquellas que cabría incluir dentro de lo que serían criterios generales, como la interesante casuística, que con frecuencia encuentra su origen en la intervención de la mano del hombre en relación con los animales que están bajo su custodia.

Las 435 notas que acompañan al texto nos dicen del buen oficio de la profesora Valmaña. Sin duda, podemos decir de ella que es una investigadora sólida, que siendo aún joven quizá está en el mejor momento de su producción. Con estas líneas he querido invitar a especialistas e interesados en la cultura romana a la lectura de un libro hecho con profesionalidad pero, sobre todo, con amor al Derecho.

FELICIANO BARRIOS

de la Real Academia de la Historia Catedrático de Historia del Derecho

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