1_9788498768596

Page 1


LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR LABORAL DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS

(Coords.)

MORENO GENÉ, J. Y FERNÁNDEZ VILLAZÓN, L. Autores

ARGÜELLES BLANCO, A.R. FERNÁNDEZ VILLAZÓN, L. MORENO GENÉ, J. PURCALLA BONILLA, M.A. ROMERO BURILLO, A.M. VILLAVERDE MENÉNDEZ, I.

Valencia, 2010


Copyright ® 2010 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com (http://www.tirant.com).

Este trabajo se ha elaborado en el marco de los proyectos de investigación SEJ 2007-67808-C02-01 y SEJ 2007-67808-C02-02, concedidos por el Ministerio de Ciencia e Innovación y que integran el proyecto de investigación I+D coordinado que lleva por título “El Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas”.

© MORENO GENÉ, J. FERNÁNDEZ VILLAZÓN, L. © TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com http://www.tirant.com Librería virtual: http://www.tirant.es DEPOSITO LEGAL: BII.S.B.N.: 978-84-9876-859-6 IMPRIME: Gráficas Díaz Tuduri, S.L. MAQUETA: PMc Media Si tiene alguna queja o sugerencia envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia por favor lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.


ÍNDICE PRÓLOGO ...........................................................................................

15

ANEXO: RELACIÓN DE CONVENIOS COLECTIVOS CONSULTADOS ..........................................................................................

21

I. EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA ............................................................................... IGNACIO VILLAVERDE MENÉNDEZ 1. Alguna consideración preliminar ................................... 2. Una dogmática constitucionalmente conforme de la negociación colectiva como derecho fundamental del art. 37.1 CE ........................................................................... 2.1. La negociación colectiva es un derecho fundamental..... 2.2. La negociación colectiva: una garantía institucional .... 3. El objeto y función del derecho fundamental a la negociación colectiva ............................................................. 4. La titularidad del derecho................................................ 5. Los límites del derecho fundamental. Igualdad, pactos individuales o masivos y convenios extraconvencionales ................................................................................. 5.1. Identificación de los límites constitucionalmente conformes .................................................................................. 5.2. Los convenios extraconvencionales y el principio de igualdad .......................................................................... 6. La negociación colectiva del empleado público ..........

II. ÁMBITOS DE APLICACIÓN DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR LABORAL ......................................................................... JOSEP MORENO GENÉ 1. Ámbito funcional y territorial del convenio ................ 2. Ámbito personal del convenio ......................................... 2.1. Delimitación general del ámbito personal del convenio 2.2. Colectivos incluidos y excluidos ..................................... 2.2.1. El personal docente e investigador de las universidades públicas....................................................

23

23

24 24 29 34 38

40 40 42 44

53

53 60 60 66 67


8

ÍNDICE

2.2.2. El personal investigador contratado ................... 2.2.3. El personal de administración y servicios .......... 2.2.4. Otros colectivos que desarrollan su actividad en las universidades públicas ................................... 2.3. Ámbito temporal del convenio. Régimen de denuncias, prórrogas y ultractividad del convenio ..........................

III. INGRESO Y CONTRATACIÓN ............................................... 1. Ingreso y selección ............................................................. LUIS ANTONIO FERNÁNDEZ VILLAZÓN 2. Clasificación profesional y figuras contractuales ....... JOSEP MORENO GENÉ 2.1. Clasificación profesional versus figuras y modalidades contractuales del personal docente e investigador contratado............................................................................. 2.2. El papel de la negociación colectiva en la fijación del régimen jurídico de las diferentes figuras y modalidades contractuales del personal docente e investigador contratado............................................................................. 2.3. Las modalidades de contratación laboral específicas del ámbito universitario contempladas en la LOU ............. 2.4. Modalidades contractuales del personal docente e investigador previstas en el Estatuto de los Trabajadores: el contrato de interinidad y el contrato por obra o servicio determinado .............................................................. 2.5. Otras figuras de personal investigador contratado ....... 3. Requisitos formales de la contratación del personal docente e investigador ...................................................... JOSEP MORENO GENÉ 4. El período de prueba ......................................................... JOSEP MORENO GENÉ

IV. FORMACIÓN ............................................................................. MIGUEL ÁNGEL PURCALLA BONILLA 1. La formación del PDI laboral como deber de la universidad pública.................................................................. 1.1. La ordenación de los recursos humanos en la universidad pública y el papel de la formación .......................... 1.2. Formación, evaluación del rendimiento y carrera profesional del PDI laboral ....................................................

73 86 90 92

99 99 104

104

111 114

177 196 201 203

205

205 205 210


ÍNDICE

2. La formación del PDI laboral en la negociación colectiva universitaria ................................................................ 2.1. Cláusulas genéricas y específicas de reconocimiento del derecho-deber de formación y perfeccionamiento profesional ............................................................................... 2.2. Cláusulas de promoción y financiación por parte de la universidad de la formación del profesorado ................ 2.3. Cláusulas sobre formación ligadas a permisos, licencias y excedencias ................................................................... 2.4. Cláusulas sobre estancias de investigación y períodos sabáticos para investigación y formación ...................... 2.5. Cláusulas sobre planes de formación.............................. 2.6. Cláusulas sobre formación continua en las universidades ................................................................................... 2.6.1. Consideraciones preliminares sobre la formación continua en la Administración ............................ 2.6.2. La formación continua en la negociación colectiva ........................................................................... 2.7. Cláusulas sobre parámetros retributivos singulares ligados a la formación del PDI laboral ............................

V. CARRERA ACADÉMICA, PROMOCIÓN PROFESIONAL Y ESTABILIDAD EN EL EMPLEO ........................................ JOSEP MORENO GENÉ 1. El papel de la negociación colectiva en la organización y regulación de la carrera académica del personal docente e investigador contratado y del personal investigador contratado.................................................... 2. La carrera profesional del personal docente e investigador contratado en la negociación colectiva: Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Contratados Doctores ........................................................ 3. La promoción y estabilización de las figuras de profesorado previstas al margen de la carrera profesional del personal docente e investigador contratado en la negociación colectiva: Profesores Colaboradores y Profesores Asociados a tiempo parcial .......................... 4. La carrera profesional del personal investigador contratado en la negociación colectiva: mecanismos de estabilización del personal investigador contratado. 5. La promoción y estabilización del personal docente e investigador contratado ante la cambiante normativa universitaria. Especial referencia al profesorado

9 216

216 219 222 227 231 234 234 241 243

247

247

250

267

272


10

ÍNDICE

contratado a través de la Ley de Reforma Universitaria ........................................................................................... 6. La estabilidad del PDI laboral ante los cambios de titularidad de centros universitarios ...............................

VI. GESTIÓN, CONTROL Y SANCIÓN DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL PDI ........................................................ LUIS ANTONIO FERNÁNDEZ VILLAZÓN 1. Facultades de organización de las universidades empleadoras .............................................................................. 2. Límites: las RPT .................................................................. 3. Límites: funciones del PDI ............................................... 4. Límites: El ius variandi de las universidades como empleadoras ......................................................................... 5. Las facultades de control y vigilancia de las universidades como empleadoras .................................................. 6. El régimen disciplinario del PDI laboral en la negociación colectiva .................................................................

VII. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, TIEMPO DE TRABAJO Y DERECHOS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL ....................... ANA ROSA ARGÜELLES BLANCO 1. Marco normativo: igualdad, empleo público en régimen laboral y Universidad ............................................... 2. Planes de igualdad en las universidades públicas y negociación colectiva......................................................... 2.1. Consideraciones sobre su objeto y procedimiento de elaboración........................................................................... 2.2. Estructura y contenidos .................................................. 2.3. Principales objetivos y medidas con incidencia en las relaciones de trabajo ....................................................... 3. Cláusulas convencionales sobre la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres ................... 4. Flexibilidad y garantías en la ordenación del tiempo y lugar de trabajo ............................................................... 4.1. Cláusulas sobre jornada máxima y descansos ............... 4.2. Modificación del horario de trabajo y flexibilidad horaria 4.3. Reglas sobre movilidad y lugar de la prestación de trabajo ..................................................................................

278 288

293

293 295 298 299 306 308

315

315 323 323 329 332 341 346 346 351 354


ÍNDICE

5. En particular, supuestos de reducción de la jornada ...................................................................................... 5.1. Lactancia ......................................................................... 5.2. Hospitalización de hijos tras el parto ............................. 5.3. Guarda o cuidado de personas dependientes ................. 5.4. Violencia de género .......................................................... 5.5. Causas convencionales .................................................... 6. Permisos y licencias ........................................................... 7. Suspensión del contrato por maternidad, adopción o acogimiento .......................................................................... 8. Suspensión del contrato de trabajo por paternidad .. 9. Excedencias.......................................................................... 9.1. Excedencia por cuidado de personas a cargo ................. 9.2. Excedencias convencionales y voluntarias......................

VIII. RÉGIMEN RETRIBUTIVO ..................................................... ANA ROMERO BURILLO 1. Marco general de la negociación colectiva del PDI laboral en materia retributiva ........................................... 2. Estructura retributiva....................................................... 2.1. Retribuciones básicas ...................................................... 2.1.1. Sueldo .................................................................... 2.1.2. Antigüedad ............................................................ 2.1.3. Pagas extraordinarias .......................................... 2.2. Retribuciones complementarias ...................................... 2.2.1. Complemento de destino ...................................... 2.2.2. Complemento específico ....................................... 2.2.3. Complemento por cargo académico ..................... 2.2.4. Complemento por méritos docentes ..................... 2.2.5. Complemento por méritos de investigación ........ 2.2.6. Los llamados complementos “adicionales” .......... 2.2.7. Complementos ligados a programas de incentivación de la actividad académica ............................ 2.2.8. Otros complementos salariales ............................ 2.3. Retribuciones por participación en proyectos y contratos ... 3. Percepciones extrasalariales ........................................... 3.1. Indemnizaciones por razón de servicios.......................... 3.2. Premio de funcionarización............................................. 3.3. Indemnización por residencia .........................................

IX. SEGURIDAD Y SALUD LABORAL ....................................... MIGUEL ÁNGEL PURCALLA BONILLA

11 355 358 361 362 366 367 368 374 377 379 379 382

385

385 391 391 392 397 410 412 413 416 420 423 434 439 442 443 447 448 448 449 450

453


12

ÍNDICE

1. Introducción: seguridad integrada y seguridad participada en la administración universitaria ................... 2. Gestión de la prevención en la administración universitaria .............................................................................. 2.1. Aspectos introductorias ................................................... 2.2. Evaluación de riesgos ..................................................... 2.3. Información y formación preventiva .............................. 2.4. Vigilancia de la salud..................................................... 2.5. Servicio de prevención .................................................... 2.6. Recursos preventivos....................................................... 2.7. Auditorías ....................................................................... 2.8. Delegados de prevención y Comité de Seguridad y Salud ................................................................................... 2.9. Coordinación de actividades .......................................... 2.10. Maternidad y lactancia ................................................. 3. Responsabilidades .............................................................. 3.1. Disciplinarias .................................................................. 3.2. Administrativas ............................................................... 3.3. Civiles ............................................................................... 3.4. Penales .............................................................................

X. EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO .................... JOSEP MORENO GENÉ 1. El escaso interés de la negociación colectiva por la extinción del contrato de trabajo del personal docente e investigador contratado ............................................ 2. La jubilación forzosa como causa de extinción del contrato del personal docente e investigador contratado ........................................................................................ 3. La jubilación anticipada del personal docente e investigador contratado como causa de extinción del contrato de trabajo ............................................................. 4. La incapacidad como causa de la extinción de la relación laboral ..........................................................................

XI. PROTECCIÓN SOCIAL ........................................................... ANA ROMERO BURILLO 1. Negociación colectiva y protección social. Marco general .......................................................................................

453 456 456 460 468 471 475 480 482 483 492 494 500 500 502 502 503

511

511

517

521 524

527

527


ÍNDICE

2. Breve estudio de los mecanismos de protección social complementaria privada o libre...................................... 2.1. Las mejoras voluntarias ................................................. 2.2. Los planes de pensiones del sistema de empleo ............. 2.3. El contrato de seguro como instrumento regulador de medidas de protección social complementaria .............. 3. La protección social en el marco de la negociación colectiva del PDI laboral de las universidades públicas. Marco general ...................................................................... 4. Situaciones protegidas ...................................................... 4.1. La incapacidad temporal ............................................... 4.2. La protección de la maternidad ..................................... 4.3. La protección del riesgo durante el embarazo ............... 4.4. La incapacidad permanente........................................... 4.5. La protección de la jubilación ........................................ 4.6. La protección frente a la situación de muerte y supervivencia ..............................................................................

XII. ACCIÓN SOCIAL ...................................................................... ANA ROMERO BURILLO 1. Presentación del tema ....................................................... 2. El contenido convencional de las medidas de acción social ...................................................................................... 2.1. Anticipos y préstamos ..................................................... 2.2. Ayudas de formación ...................................................... 2.3. Ayudas familiares y mejoras para la atención de hijos y personas dependientes .................................................... 2.4. Ayudas médicas .............................................................. 2.5. Otras medidas de acción social ......................................

XIII. REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL .............................................................................................. ANA ROSA ARGÜELLES BLANCO 1. La representación unitaria y sindical en la empresa: competencias ....................................................................... 2. Prerrogativas y garantías ................................................. 3. Asambleas de trabajadores y reuniones sindicales .... 4. Otras previsiones sobre libertad sindical y acción sindical ..................................................................................

13 535 535 539 547

549 554 554 566 571 571 575 591

595

595 599 602 604 606 607 608

611

611 618 627 632


14

ÍNDICE

XIV. VIGENCIA Y APLICACIÓN DEL CONVENIO .................... 1. Administración e interpretación del convenio............ JOSEP MORENO GENÉ 2. Otras condiciones de aplicación y vigencia ................. JOSEP MORENO GENÉ 3. Solución de conflictos ........................................................ LUIS ANTONIO FERNÁNDEZ VILLAZÓN 3.1. Las atribuciones de la Comisión Paritaria.................... 3.2. Sumisión convencional a los sistemas extrajudiciales de solución de conflictos laborales .................................

635 635 641 645 645 649


PRÓLOGO La introducción, por parte de la Ley Orgánica de Universidades, de fórmulas laborales para la contratación del personal docente e investigador de las universidades públicas ha obligado a los gobiernos universitarios a replantearse seriamente en los últimos años la gestión de sus recursos humanos. Uno de los retos más relevantes ha sido, precisamente, la necesidad de que la regulación de buena parte del régimen jurídico del PDI laboral deba acometerse a través de la negociación colectiva, lo que ha propiciado una reordenación de los diversos ámbitos competenciales de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Universidades, otorgando una especial complejidad al tratamiento jurídico de las relaciones laborales de este colectivo. Cierto es que la regulación pactada de condiciones de trabajo no es realmente un fenómeno nuevo en el panorama universitario. Convenios colectivos se han firmado desde siempre con el Personal de Administración y Servicios sujeto al Derecho del Trabajo y, respecto del personal funcionario, la posibilidad de alcanzar pactos y acuerdos sobre condiciones de trabajo está abierta desde la Ley 9/1987. Sin embargo, no debe olvidarse que la negociación colectiva existente antes de la entrada en vigor de la LOU se había caracterizado por su “escasa fecundidad”1 y, en el caso del personal funcionario, se advierte la ausencia casi total de acuerdos de carácter general y la preferencia por pactos puntuales sobre aspectos concretos. Así pues, aunque el fenómeno no sea nuevo sí puede decirse que ha supuesto un cambio de perspectiva importante. Y ello hasta el punto de que, en un principio, podía dudarse razonablemente de que llegara a desarrollarse una negociación colectiva de cierta entidad respecto del PDI laboral. En efecto, la escasa implantación sindical dentro del personal universitario docente e investigador y la falta de familiaridad hacia

1

LUJÁN ALCARAZ, J., “Las relaciones de carácter colectivo: Representación, negociación, conflictos”, en SEMPERE NAVARRO, A.V.: (Dir.): El personal docente investigador (PDI) laboral de centros universitarios, Ediciones Laborum, Murcia, 2006, pág. 211.


16

PRÓLOGO

las fórmulas colectivas de regulación que tradicionalmente han tenido tanto empleados como empleadores en este ámbito, no auguraban un camino fácil para el desarrollo del convenio colectivo como fuente reguladora del régimen jurídico de dicho personal. Por añadidura, la propia LOU parecía haberse olvidado de la figura del convenio colectivo, pues todavía hoy guarda silencio sobre él al hablar del régimen del PDI contratado, pese a que lo menciona expresamente al referirse al PAS laboral. La primera versión de la Ley, además, hacía una remisión enormemente generosa a la competencia de las Comunidades Autónomas de la que parecía derivarse una distribución del poder normativo “inaudita en el ordenamiento laboral”2. La normativa autonómica que empezó a elaborarse entonces en ejercicio de tal habilitación normativa ahondó en el problema, dado su carácter extenso y compacto, que deja pocos resquicios para el ejercicio de la autonomía colectiva. En este punto, la normativa autonómica ha optado por una actuación expansiva, no sólo en cuanto a materias que le serían propias, como es el caso del régimen retributivo, sino también de otras, como ocurre con la evaluación del profesorado o los procesos de selección, que podrían resultar más propias de la autonomía universitaria. En este proceso expansivo el poder autonómico se ha adentrado también en espacios de regulación típicos de la autonomía colectiva, como es la regulación de las condiciones de trabajo. A tal efecto y como acertadamente se ha puesto de manifiesto, parece que los gobiernos autonómicos hubieran querido garantizarse la primacía política en materia de PDI3. En este contexto no es de extrañar el largo período de tiempo que transcurre entre la aprobación de la LOU en diciembre de 2001 y la aparición de los diferentes convenios colectivos reguladores de las condiciones de trabajo del PDI laboral. No en vano el primero de ellos, el de las universidades públicas de Madrid, no aparece hasta el año 2003, el segundo, el de la Universidad del País Vasco, no se aprueba hasta el año 2005. A partir de ahí, un primer grupo importante de 2

3

MOLINA NAVARRETE, C. “Improvisación de la LOU, perversión de la práctica. ¿Sabemos quien fija el régimen del PDI contratado?”, Revista de Derecho Social, núm. 25, 2004, pág. 85. BAYLOS GRAU, A., “El personal docente e investigador contratado en régimen laboral después de la reforma de la LOU en 2007”, Revista de Derecho Social, núm. 44, 2008, pág. 49.


PRÓLOGO

17

convenios —universidades públicas de Cataluña, Universidad de la Coruña, Santiago de Compostela y Vigo, Universidad de Castilla-La Mancha y Universidad de Zaragoza—, no se acuerdan hasta el 2006; mientras que un segundo grupo numeroso —universidades públicas andaluzas, de Navarra, de Castilla y León y de Extremadura— no se aprueban hasta el 2008. Finalmente, algunos textos no han sido publicados hasta el año 2009, como son los convenios colectivos de la Universidad de La Rioja, de la UNED, de la Universidad de las Islas Baleares, de la Universidad de Cantabria y de las universidades públicas de la Comunidad de Murcia. A esta tardanza cabe añadir el hecho de que actualmente, más de ocho años después de la aprobación de la LOU, todavía no se han aprobado los convenios colectivos de aplicación a las universidades públicas con sede en diferentes Comunidades Autónomas, como es el caso de Asturias, Canarias y de la Comunidad Valenciana. Todo ello pone de manifiesto las importantes dificultades que por diferentes motivos —escasa presencia de PDI laboral, coexistencia en las universidades públicas de diferentes colectivos sometidos a regímenes jurídicos diversos (funcionarios, contratados laborales, contratados administrativos), escasa capacidad de presión sindical del colectivo del PDI laboral, políticas de reducción de gasto público, etcétera— ha planteado y sigue planteando la negociación colectiva del personal docente e investigador de las universidades públicas. En cualquier caso y pese a todos esos malos augurios y a los nada desdeñables obstáculos iniciales, lo cierto es que la negociación colectiva en el ámbito del personal docente e investigador de las universidades públicas es hoy una realidad, de modo que, como se acaba de exponer, poco a poco, casi todas las universidades españolas han alcanzado un instrumento colectivo en la materia. Es más, algunas de ellas, como sucede con la Universidad de Castilla-La Mancha, ya han negociado y acordado su segundo convenio o se encuentran en vías de alcanzarlo. En lo que se refiere al ámbito territorial de estos convenios, parece que el punto de referencia en todos los casos es la comunidad autónoma, si bien la unidad negocial elegida varía según el número de universidades existentes. Las comunidades con una única universidad pública han negociado convenios colectivos de empresa, mientras que aquéllas en las que conviven varias han acudido a la negociación conjunta, elaborando una especie de convenio de sector sui generis.


18

PRÓLOGO

Decimos sui generis porque la ausencia de una asociación patronal que aúne a las universidades públicas imposibilita la existencia de sujetos legitimados en representación de la parte empleadora para negociar convenios de ámbito superior a la empresa, conforme al artículo 87.3 del Estatuto de los Trabajadores. Ello ha obligado a acudir al modelo mixto tradicionalmente utilizado en la negociación dentro de las Administraciones Públicas: En el banco sindical se aplican las reglas de legitimación de los convenios de ámbito superior a la empresa, pero en el banco patronal se sienta la administración empleadora. La peculiaridad aquí viene dada porque en este caso existen varias administraciones empleadoras, cada una de las cuales acude representada por su máximo responsable, es decir, el Rector. El Tribunal Supremo ya ha tenido ocasión de pronunciarse sobre esta cuestión (si bien respecto del PAS laboral) y no ha dudado en señalar que en estos casos se crea una unidad de negociación multiempresarial, distinta de las “naturales” o preexistentes (la empresa y el sector), y cuya existencia se debe exclusivamente “al consentimiento de cada una de las partes que la integran”. La consecuencia es que en dicha unidad no opera el deber de negociar, por lo que, en caso de que alguna de las empresas implicadas retire su consentimiento, no es posible impedir que abandone la negociación4. De todo lo dicho se deducen tres debilidades de la estructura de la negociación colectiva del PDI laboral. La primera es la ausencia por el momento de convenios colectivos de empresa en las Comunidades con varias universidades públicas, que adapten y concreten lo pactado en el ámbito autonómico. La segunda consiste en la dificultad de que pueda alcanzarse algún día un convenio colectivo estatal para el personal docente e investigador de las universidades públicas que plantee líneas generales de solución para problemas comunes a todo el sistema universitario, como sí ocurre, por el contrario, con las universidades privadas. Finalmente, la tercera debilidad viene de la aparente fragilidad de las unidades de negociación “no naturales” que se han creado en el ámbito autonómico.

4

STS de 20 de octubre de 1997 (Tol 238186), que se pronuncia sobre la pretensión de la Universidad de A Coruña de abandonar la unidad negociadora constituida para acordar el Convenio Colectivo del personal laboral de las universidades gallegas, con el fin de negociar uno propio.


PRÓLOGO

19

Es posible que a medida que las universidades se familiaricen con la negociación colectiva laboral, aparezcan convenios colectivos de empresa que se articulen con los autonómicos. Sin embargo, las otras dos debilidades, parecen difíciles de superar en el contexto actual. Tal vez las mesas generales de negociación previstas en el Estatuto Básico del Empleado Público “para la negociación de todas aquellas materias y condiciones de trabajo comunes al personal funcionario, estatutario y laboral de cada Administración Pública”, puedan suponer un refuerzo a la negociación universitaria en el ámbito estatal y autonómico, tanto para el personal laboral como para el funcionario. No obstante, su carácter marcadamente general va a dificultar sin duda que se planteen en ellas cuestiones específicas del ámbito universitario. Al margen de estas cuestiones, lo cierto es que existe ya un cuerpo importante de normas pactadas en materia de régimen jurídico del PDI laboral. Es éste el momento oportuno para plantear un análisis crítico de sus contenidos y de las soluciones concretas adoptadas. Esta es la finalidad de la presente monografía, perfilada en el marco del Proyecto Coordinado I+D “El personal docente e investigador laboral de las Universidades Públicas”, financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación. Dicho proyecto engloba a su vez otros dos subproyectos: “Delimitación subjetiva y condiciones de empleo y trabajo del PDI laboral de las Universidades Públicas”, en el que participan Profesores Titulares de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidades de Lleida y Rovira i Virgili; y “Marco normativo, gestión y participación del PDI laboral de las Universidades Públicas”, en el que colaboran Profesores Titulares de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, así como de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo. Todos los autores del presente trabajo tienen la condición de miembros de alguno de ambos subproyectos. La obra comienza con una reflexión sobre el derecho a la negociación colectiva en la Constitución y sobre las implicaciones de su aplicación a los empleados de las Administraciones públicas. Nos ha parecido que en este punto podrían ser enriquecedoras las aportaciones efectuadas por un especialista del Derecho Constitucional, necesariamente ajeno a los criterios interpretativos y a los “tópicos” propios de la doctrina laboralista. A continuación y en sucesivos capítulos, los distintos investigadores abordan el contenido de los convenios colectivos del PDI laboral, desgranándolo en diversas materias. El


20

PRÓLOGO

análisis se ha centrado principalmente en los convenios posteriores a la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público y de la reforma de la LOU. De esta manera, podrá aquilatarse la forma en que las últimas novedades legislativas son asumidas por los negociadores y, a la vez, puede valorarse el papel que la negociación está desempeñando en el desarrollo de la normativa estatal sobre el empleo en las universidades. Los convenios concretos analizados, con indicación de la referencia abreviada con la que se les cita en el texto, se enumeran en el anexo que sigue a este prólogo. Aunque en cada capítulo de la monografía se realizan las valoraciones y consideraciones críticas correspondientes a la materia de que se trate, cabe adelantar aquí que la negociación colectiva del PDI laboral conforma un cuerpo bastante rico y complejo. Éste, en su conjunto, no difiere excesivamente de lo que es común en otros ámbitos, si bien presenta algunas peculiaridades de relieve. Puede destacarse, además, que en los textos convencionales analizados se aprecia en diversas materias la intención de establecer en la medida de lo posible un régimen no demasiado divergente con el ya aplicable al PDI funcionario. Ello nos da pie a plantearnos otra cuestión: ¿Hasta qué punto la consolidación del convenio colectivo como fuente reguladora del PDI laboral puede influir sobre la regulación de la relación de servicios del personal funcionario? En otras palabras, ¿cabe que la negociación colectiva de este último se reavive y dinamice por efecto reflejo de lo usos implantados para el personal contratado? Queda aquí formulada la pregunta. El tiempo, sin duda, dará la respuesta. Lleida-Oviedo, 1 de febrero de 2010 Josep Moreno Gené Coordinador del Proyecto, IP del Subproyecto 1 Luis Antonio Fernández Villazón IP del Subproyecto 2


ANEXO: RELACIÓN DE CONVENIOS COLECTIVOS CONSULTADOS Convenio colectivo Convenio colectivo del personal docente e investigador con contrato laboral de las universidades públicas de Andalucía (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 74, de 9 de mayo de 2008) Convenio colectivo para el personal docente e investigador contratado laboral de la Universidad de Zaragoza (Boletín Oficial de Aragón, núm. 79, de 12 de julio de 2006) I Convenio colectivo para el personal docente e investigador de la Universidad de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria, núm. 155, de 13 de agosto) Convenio colectivo para el personal laboral docente e investigador de la Universidad de Castilla-La Mancha (Diario Oficial de Castilla-La Mancha, num. 227, de 1 de noviembre de 2006) II Convenio colectivo para el personal laboral docente e investigador de la Universidad de Castilla-La Mancha (Diario Oficial de Castilla-La Mancha, núm. 208, de 26 de octubre de 2009) I Convenio colectivo para el personal docente e investigador contratado en régimen laboral de las universidades públicas de Castilla y León (Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 114, de 16 de junio de 2008) Convenio colectivo para el personal docente e investigador de las universidades públicas catalanas (Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, núm. 4821, de 14 de febrero de 2007) Primer convenio del personal docente e investigador laboral de la Universidad de Extremadura (Diario Oficial de Extremadura, núm. 222, de 17 de noviembre) Convenio colectivo para el personal docente e investigador laboral de las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela y Vigo (Boletín Oficial de Galicia, núm. 208, de 21 de abril de 2006)

Abreviatura Cc Andalucía

Cc Zaragoza

Cc Cantabria

Cc UCLM

II Cc UCLM

Cc Castilla y León

Cc Cataluña

Cc UEX

Cc Galicia


22

ANEXO: RELACIÓN DE CONVENIOS COLECTIVOS…

Convenio colectivo del personal docente e investigador laboral de la Universidad de la Islas Baleares (Boletín Oficial de Las Islas Baleares, núm. 113, de 4 de agosto de 2009) Convenio colectivo para el personal docente e investigador laboral de la Universidad de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja, núm. 79, de 26 de junio de 2009) Convenio colectivo para el personal docente e investigador de las universidades públicas de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 164, de 12 de julio de 2003) I Convenio colectivo del personal docente e investigador contratado laboral de las universidades públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Diario Oficial de la Región de Murcia, núm. 208, de 9 de noviembre de 2009) Convenio colectivo de trabajo del “personal docente e investigador de la Universidad Pública de Navarra” de Pamplona (Boletín Oficial de Navarra, núm. 68, de 2 de junio de 2008) Convenio colectivo del personal laboral docente e investigador de la Universidad del País Vasco (Boletín Oficial del País Vasco, núm. 140, de 22 de julio de 2005) Primer convenio colectivo del personal docente e investigador laboral de la UNED

Cc Islas Baleares

Cc La Rioja

Cc Madrid

Cc Murcia

Cc UPNA

Cc UPV

Cc UNED


I. EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA IGNACIO VILLAVERDE MENÉNDEZ Profesor Titular de Universidad de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo

1. Alguna consideración preliminar Más allá de discrepancias en el detalle, es lo cierto que parece una tesis asumida ya sin discusión la que examina el derecho a la negociación colectiva del artículo 37.1 CE como si de un derecho fundamental se tratase y que, además, perfecciona su función y sentido constitucional en el seno de la libertad sindical, a cuya sombra adquiere su auténtica y acabada dimensión constitucional (siquiera porque sólo así goza de amparo ante el TC)1. En las páginas que siguen trataremos de dotar de armazón dogmático constitucional autónomo y propio a esa condición asumida de derecho fundamental de la negociación colectiva, sin necesidad de disolverlo en el difuso ámbito normativo de la libertad sindical, y a pesar de la dicción literal del precepto, que parece contener más bien una reserva de ley; y a pesar también de su ubicación sistemática, fuera de la Sección Primera del Capítulo II del Título I de la CE2.

1

2

Un examen de este estilo bien puede hallarse en el reciente estudio de VALDÉS DAL RE, F.: “Artículo 37.1. El derecho constitucional a la negociación colectiva”, en Comentarios a la Constitución Española. XXX Aniversario”, CASAS/RODRÍGUEZ-PIÑERO (Dirs.) PÉREZ/BORRAJO (Coords.), Kluwer, Madrid, 2008, págs. 957 y ss. Consúltese también MARTÍNEZ GIRÓN, J.F.: “La negociación colectiva en la Constitución”, Cuadernos de Derecho Judicial, núm. 5, 2003, págs. 43 y ss.; y ALBIOL MONTESINOS, I.: El convenio colectivo en la jurisprudencia, Tirant lo Blanch, Valencia, 1998. El propio Tribunal Constitucional español (en adelante, TC) ha reconocido que “la interpretación sistemática de los preceptos constitucionales a partir de la rúbrica del Título o Capítulo en el que se contienen no ha de considerarse, siempre y en todos los casos, un criterio hermenéutico decisivo más allá de lo que se desprende del propio tenor literal o del sentido de aquéllos” (AATC 201/2000 FJ 3 y 202/2000 FJ3). Aún más, el propio Tribunal Constitucional español ha dicho respecto de los derechos fundamentales que no


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.