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La acción individual de responsabilidad

Las reformas operadas en nuestro Derecho de sociedades, así como los contemporáneos episodios de crisis e insolvencias empresariales ponen de relieve, más que nunca, la gran trascendencia práctica de la acción individual de responsabilidad. Su comprensión, dada la parquedad legislativa, debe integrarse con el análisis conjunto de la doctrina científica y los pronunciamientos de nuestros tribunales. La pretensión de partida del presente libro pasa por presentar un estudio sistemático e integrador del régimen jurídico de esta acción, otorgando especial protagonismo a su desarrollo jurisprudencial así como a los aspectos prácticos de su aplicación. Se prioriza el estudio de la dinámica del ejercicio de la acción, con especial acento en los supuestos de aplicación de esta figura ante el cierre de hecho y las crisis patrimoniales de las sociedades capitalistas. Un aspecto trascendental del estudio es la distinción de la acción individual respecto de figuras afines (en especial art. 262.5 LSA), en dicha diferenciación resulta especialmente relevante la adecuada delimitación procesal de esta figura jurídica y el análisis de su ejercicio acumulado.

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La acción individual de responsabilidad

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Su significación en el sistema de responsabilidad de los administradores sociales. Estudio jurisprudencial

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Autor

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Benjamín Saldaña Villoldo Prólogo: José Miguel Embid Irujo

Departamento de Derecho Mercantil Manuel Broseta Pont


LA ACCIÓN INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD SU SIGNIFICACIÓN EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES SOCIALES (ESTUDIO JURISPRUDENCIAL)

Prólogo de JOSÉ MIGUEL EMBID IRUJO

BENJAMÍN SALDAÑA VILLOLDO Abogado Doctor en Derecho

Departamento de Derecho Mercantil “Manuel Broseta Pont”

tirant lo b anch Valencia, 2009


Copyright ® 2009 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com (http://www.tirant.com).

Consejo Editorial del Departamento de Derecho Mercantil “Manuel Broseta Pont” FRANCISCO VICENT CHULIÁ VICENTE CUÑAT EDO JOSÉ MIGUEL EMBID IRUJO JUAN I. RUIZ PERIS JOSEFINA BOQUERA MATARREDONA JESÚS OLAVARRÍA IGLESIA (Secretario ejecutivo)

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BENJAMÍN SALDAÑA VILLOLDO

TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com http://www.tirant.com Librería virtual: http://www.tirant.es DEPOSITO LEGAL: V I.S.B.N.: 978 - 84 - 9876 - 605 - 9 IMPRIME Y MAQUETA: PMc Media Si tiene alguna queja o sugerencia envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia por favor lea en www.tirant.net/politicas.htm nuestro Procedimiento de quejas.


A mis padres A mis abuelos BenjamĂ­n y Pilar



ÍNDICE PRÓLOGO ............................................................................................. PLANTEAMIENTO Y OBJETO DEL TRABAJO ............................... METODOLOGÍA ................................................................................... ABREVIATURAS ..................................................................................

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PARTE PRIMERA LA ACCIÓN INDIVIDUAL EN EL MARCO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES DE SOCIEDADES DE CAPITAL EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL: EVOLUCIÓN LEGISLATIVA, DOCTRINAL Y JURISPRUDENCIAL CAPÍTULO PRIMERO RESPONSABILIDAD Y ACCIÓN INDIVIDUAL EN LA ETAPA CODIFICADORA 1. Introducción ..................................................................................... 2. Configuración de la administración societaria en los códigos de comercio de 1829 y 1885.................................................................. 2.1. Primera formulación jurídica de la administración en las sociedades de capital................................................................... 2.2. Vinculación de los administradores a través de la figura del mandato ...................................................................................

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CAPÍTULO SEGUNDO RESPONSABILIDAD Y ACCIÓN INDIVIDUAL EN LA LSA DE 1951 Y EN LA LSRL DE 1953 1. Introducción ..................................................................................... 2. Teoría contractualista y teoría orgánica ........................................ 3. Relación del órgano de administración con la sociedad. Incidencia del denominado “contrato de administración” ............................... 3.1. El órgano de administración como órgano necesario y autónomo ......................................................................................... 3.2. Incidencia del contenido del denominado “contrato de administración” ................................................................................ 4. Canon de diligencia exigible y régimen de franquicia en la Ley de anónimas de 1951 ............................................................................

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ÍNDICE

5. Notas del sistema de imputación: sistema de corte subjetivista y acción especial de responsabilidad civil ......................................... 6. Acciones específicas que reconoce la Ley de anónimas de 1951.... 6.1. La acción social de responsabilidad ........................................ 6.2. La acción individual de responsabilidad ................................ 7. Sujetos responsables y forma en la que responden: solidaridad en la responsabilidad y formas de exoneración .................................. 8. Supuestos de responsabilidad ex. artículo 81 LSA 1951 ............... 9. La acción individual en la LSRL de 1953.......................................

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CAPÍTULO TERCERO RESPONSABILIDAD Y ACCIÓN INDIVIDUAL EN EL VIGENTE DERECHO DE SOCIEDADES DE CAPITAL EN ESPAÑA I. LA SITUACIÓN EN LA SOCIEDAD ANÓNIMA .................... 1. Justificación de la reforma de 1989..................................... 2. Aspecto temporal y ejes de la reforma ................................ 3. Responsabilidad por culpa leve ........................................... 4. Presupuestos de la acción individual de responsabilidad .. 4.1. Actuación antijurídica.................................................. 4.2. Irrogación de daño........................................................ 4.3. Nexo causal................................................................... 5. Principio de solidaridad y forma de exoneración de responsabilidad ............................................................................... 6. La reforma operada por la Ley de Transparencia, Ley 26/2003.................................................................................. 7. La figura del administrador de hecho ................................. 7.1. Introducción.................................................................. 7.2. Especialidades en orden a su responsabilidad ........... 8. La sociedad anónima europea y la reforma operada por la Ley 19/2005 .......................................................................... 9. La acción individual en los países de MERCOSUR ........... 9.1. Introducción.................................................................. 9.2. Régimen de la acción individual .................................. II. EVOLUCIÓN DEL RÉGIMEN DE LAS SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA EN ESTA MATERIA......... 1. Estado de la cuestión tras la LSRL de 1995 ....................... 2. La cuestión tipológica y la responsabilidad de los administradores.................................................................................

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CAPÍTULO CUARTO NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD 1. Planteamiento ................................................................................. 2. El problema de la naturaleza contractual o extracontractual de la acción indiv. ..................................................................................... 3. La acción individual como acción autónoma o norma de remisión 3.1. Planteamiento ......................................................................... 3.2. La acción individual de responsabilidad como norma específica propia del Derecho de sociedades .................................... 3.3. La acción individual como norma de remisión al Derecho común .......................................................................................... 3.4. Toma de posición...................................................................... 4. Plazo de prescripción de la acción individual ................................

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CAPÍTULO QUINTO RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES, ACCIÓN INDIVIDUAL Y SU INSERCIÓN EN EL DERECHO DE DAÑOS DENTRO DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL. LA ACCIÓN INDIVIDUAL Y OTRAS ACCIONES DE RESPONSABILIDAD EN EL MARCO ACTUAL DEL DERECHO DE SOCIEDADES 1. La acción individual y el Derecho de daños ................................... 1.1. Tendencia actual del derecho de daños .................................. 1.2. Posición en el Derecho de daños de la responsabilidad civil de los administradores de Sociedades de capital ................... 1.3. Exclusión de la responsabilidad de los administradores de la llamada “responsabilidad por riesgo” ..................................... 2. Distinción de la acción individual de responsabilidad de figuras afines ................................................................................................ 2.1. Diferenciación de la acción social ........................................... 2.2. Distinción de la acción ex art. 262.5 LSA............................... 2.3. Reforma operada por la Ley 19/2005, de 14 de noviembre.... 2.4. Las acciones previstas en la Ley Concursal ........................... 3. La acción individual y otras formas de responsabilidad de los administradores de las sociedades de capital .................................... 3.1. Responsabilidad penal ............................................................ 3.2. Responsabilidad administrativa .............................................

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PARTE SEGUNDA EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN INDIVIDUAL: CUESTIONES SUSTANTIVAS Y PROCESALES CAPÍTULO SEXTO DINÁMICA EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD: DISTINCIÓN ENTRE SU EJERCICIO EN EL ÁMBITO INTERNO DE LA SOCIEDAD Y SU EJERCICIO POR TERCEROS 1. Ejercicio de la acción individual de responsabilidad por socios. Título de imputación ....................................................................... 2. La acción individual en relación con la dinámica propia de la junta general ......................................................................................... 3. El ejercicio de la acción individual de responsabilidad por lesión de los derechos patrimoniales del socio .......................................... 3.1. En relación con el derecho al dividendo ................................. 3.2. En relación con los aumentos de capital ................................ 3.3. Pérdida del valor de la participación social ........................... 4. Incidencia de la reforma operada por la Ley de Transparencia en el ejercicio de la acción individual por socios ................................. 4.1. Planteamiento ......................................................................... 4.2. Deber de informarse diligentemente de la marcha de la sociedad ....................................................................................... 4.3. Deber de fidelidad.................................................................... 4.4. Propuesta de diferenciación en el tratamiento de los deberes de lealtad respecto a los deberes de cuidado (diligencia) ...... 4.5. Deberes de lealtad: La prohibición de invocar la condición de administrador en operaciones propias ................................... 4.6. Deberes de lealtad: Prohibición de aprovechamiento de oportunidades de negocio ............................................................... 4.7. Deberes de lealtad: Supuestos de conflicto de interés y situaciones concurrenciales ............................................................. 4.8. Deber de secreto. La confidencialidad de la inform. como presupuesto ................................................................................... 5. Ejercicio de la acción individual de responsabilidad por terceros 5.1. Título de imputación ............................................................... 5.2. Responsabilidad contraída en el proceso de contratación en nombre de la sociedad ............................................................. 5.3. Responsabilidad contraída en el desarrollo de los contratos de la sociedad ........................................................................... 6. Especial referencia a la interpretación jurisprudencial de la acción individual ante el cierre de hecho de la sociedad ................... 6.1. Planteamiento .........................................................................

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6.2. Aplicación jurisprudencial de la acción individual en los supuestos de cierre de hecho de la sociedad. Evolución y estado actual de la cuest. .................................................................... 6.3. El capital social como medio de protección de terceros .........

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CAPÍTULO SÉPTIMO ACUMULACIÓN DE ACCIONES Y OTROS ASPECTOS PROCESALES RELATIVOS AL EJERCICIO DE LA ACCIÓN INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD 1. Planteamiento ................................................................................. 2. Ejercicio acumulado de la acción individual de responsabilidad. El problema de la elección de la acción .......................................... 2.1. El principio iura novit curia. Límites en esta materia .......... 2.2. Acumulación con la acción social ............................................ 2.3. Acumulación de la acción individual de responsabilidad con la acción personal del tercero frente a la sociedad ................ 2.4. Acumulación con la acción ex artículo 262.5 LSA.................. 2.5. Relevancia de la distinción entre responsabilidad contractual o extracontractual en esta sede. Doctrina de la unidad de culpa civil ............................................................................ 3. La anotación preventiva de la demanda ........................................ 4. Problemática de la jurisdicción social ............................................

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CAPÍTULO OCTAVO CONCURRENCIA Y RELACIÓN DE LA ACCIÓN INDIVIDUAL CON OTROS SUPUESTOS DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL EN EL ÁMBITO DEL DERECHO SOCIETARIO 1. Relación con la figura del levantamiento del velo ......................... 1.1. Planteamiento ......................................................................... 1.2. Delimitación de la figura en el ordenamiento jurídico español ............................................................................................. 1.3. Grupos de supuestos y su relación con la acción individual de responsabilidad........................................................................ 2. La acción individual y su relación con la responsabilidad concursal prevista para los administradores societarios ......................... 2.1. La responsabilidad concursal de los administradores societarios ............................................................................................ 2.2. Concurrencia entre la responsabilidad concursal de los administradores y la acción individual de responsabilidad ......

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ÍNDICE

CONCLUSIONES .................................................................................

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RELACIÓN DE SENTENCIAS............................................................

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NOTA BIBLIOGRÁFICA ......................................................................

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PRÓLOGO 1. Una rápida ojeada a los repertorios jurisprudenciales en materia de sociedades capitalistas ofrece, entre otras muchas cuestiones, dos asuntos dotados de extraordinario relieve procesal: el “levantamiento del velo” de la personalidad jurídica societaria, de un lado, y la responsabilidad de los administradores, de otro. Son, sin duda, evidentes las diferencias entre ambas instituciones, no siendo la menor que la primera carece de tipificación normativa, debiendo a los tribunales de justicia los criterios básicos de su tratamiento jurídico; la segunda, por su parte, goza de una tradición legislativa considerable reproducida hoy en una buena parte de sus aspectos sustanciales en los arts. 133 a 135 de la Ley de sociedades anónimas. Con ser esta diferencia evidente, hay un elemento que permite establecer una conexión relevante entre ellas y que cabría llamar el “objetivo de justicia” inherente a las dos. Habrá que convenir en que tanto el levantamiento del velo como la responsabilidad de los administradores son instituciones “materiales”, entendiendo por este calificativo el hecho de que ambas —sin perjuicio de su concreta articulación procesal— intentan restaurar la integridad de un derecho o de una posición jurídica patrimonial, por regla general, aunque no siempre, propia de los acreedores de la sociedad. Que los llamados, como sujetos pasivos, a hacer posible dicha restauración sean bien los socios (en una buena parte de los supuestos en los que se admite el levantamiento del velo), bien los administradores (en todos los casos en los que proceda su responsabilidad) es, en este momento, un asunto poco significativo. Lo más destacado ahora es que el abundante recurso a ambas figuras en nuestra práctica forense, y la frecuencia con la que los tribunales ignoran la personalidad jurídica o imponen a los administradores la carga de su responsabilidad patrimonial, pone de relieve que estamos ante instituciones que, como quería Ihering, resultan decisivas para la realización del Derecho. Y se realiza, cabría decir, de una manera tan directa como satisfactoria desde la perspectiva de los intereses particulares; pero, a la vez, también de modo plenamente acorde con esa magnitud imprecisa que, en ocasiones, se denomina “sentimiento jurídico popular”. Con todo, esta sustancial afinidad no puede oscurecer el mayor perfil técnico-jurídico de la responsabilidad de los administradores,


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fundado, desde luego, en su aquilatado régimen normativo, pero también presente en un escenario procesal de mayor complejidad y entrecruzamiento de intereses. Frente a ello, el “levantamiento del velo” se nos presenta como una figura de perfiles —sin afán de paradoja— más simples y a la vez más borrosos, en la que el evidente propósito de satisfacer la justicia material del caso permite ignorar casi siempre los requisitos de una rigurosa construcción técnica. Por lo demás, la falta de intervención legislativa sobre esta última termina conduciendo a los tribunales, en muchas ocasiones, a una situación de cierta perplejidad, de la que, no obstante, parece salirse en los últimos años gracias a la contribución de una autorizada doctrina que ha conseguido situar el problema en términos propicios para su mejor entendimiento. 2. Se comprende, por todo lo expuesto, que, sin perjuicio, del atractivo que el “levantamiento del velo” mantiene, como institución orientada a la realización de la justicia, sea el tema de la responsabilidad de los administradores una de las cuestiones que ha suscitado mayor interés en la doctrina española, sobre todo desde el relevante cambio normativo llevado al efecto en la vigente Ley de sociedades anónimas, tras el ingreso de nuestro país en la Unión europea. Ese interés se centró, desde el principio, en apreciar el alcance de la modificación producida, delimitando los elementos renovadores frente a los que suponían una mera continuación del régimen anterior. Pero, además de las consideraciones generales, resultaba urgente analizar con detalle las particularidades de las diversas instituciones contempladas en dicha Ley dentro de la temática genérica de la responsabilidad de los administradores. Al hilo de una progresiva labor jurisprudencial, y sin ignorar alguna reforma legislativa destacada, como la llevada a cabo por la Ley de transparencia, en 2003, se ha ido consolidando entre nosotros un abundante corpus doctrinal que, con diverso empeño, da cuenta de los perfiles, tanto generales como concretos, del entero temario que ahora nos ocupa. Con todo, y hasta fecha reciente, esa encomiable labor de la doctrina dejó sin el realce debido a una figura, como la acción individual de responsabilidad, cuyo significado sustantivo y versatilidad procesal sólo se han llegado a apreciar, en todo su alcance, en los últimos años. Disponemos ya, por fortuna, de algunas obras monográficas que han avanzado de manera notable en la comprensión técnica de dicha acción, sin que su estudio pueda darse por cerrado, en el caso


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de que esta concluyente fórmula fuera realmente viable en el campo del Derecho. Sucede, además, que la acción individual ha terminado por situarse, prácticamente, en el centro de las preocupaciones prácticas que giran hoy alrededor de la responsabilidad de los administradores. De ello da cuenta, todos los días, la incesante labor de los tribunales que, trabajosamente, intenta consolidar criterios sólidos, de general validez, en torno a nuestra figura. Con el propósito de continuar esa destacada tarea doctrinal, dialogando, a la vez, con la Jurisprudencia, se publica ahora el libro de Benjamín Saldaña al que estas ya largas líneas pretenden servir de prólogo. 3. La monografía de Benjamín Saldaña intenta realizar un objetivo no plenamente conseguido por la doctrina española que se ha ocupado de la acción individual de responsabilidad: integrar la vertiente de construcción dogmática de la figura con las circunstancias propias de su realización práctica, tal y como se pone de manifiesto en las sentencias de los tribunales. No han faltado entre nosotros —parece innecesario decirlo— aportaciones relevantes que han analizado con técnica refinada aquélla o ésta sentencia, o que han polemizado con una determinado planteamiento conceptual, reflejado, a veces de manera imprecisa, en un concreto fallo o serie de fallos. Faltaba, sin embargo, una obra que se decidiera a asumir la indicada impronta metodológica con un carácter pleno, acogiendo la ingente aportación de los tribunales al conocimiento de nuestra figura, sin ignorar, a la vez, su inserción en el genérico sistema institucional de la responsabilidad de los administradores, tal y como se deduce de la continuada labor de nuestra doctrina. El libro que presentamos no constituye, por ello, una recopilación ordenada de Jurisprudencia, ni tan siquiera se contenta con analizar críticamente determinados planteamientos de los tribunales, siempre con relación a nuestro tema de estudio, con ser, sin duda, muy útiles ambos tipos de trabajos jurídicos. Porque en su origen fue la tesis doctoral del autor, esta monografía de Saldaña viene inspirada, seguramente, por un propósito de mayor ambición, identificado con los argumentos expresados hasta aquí. De este modo, el trabajo que ahora se publica intenta abarcar, en su bien trabada ordenación sistemática, tanto el análisis institucional, y si se quiere estático de la acción individual de responsabilidad, como su proyección al servicio de los intereses de sus titulares o, lo que sería lo mismo, la vertiente dinámica de nuestra figura.


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De acuerdo con este planteamiento, el autor pasa revista a todas las cuestiones relevantes que informan el régimen jurídico de la acción individual, así como a las que se perfilan, a veces de manera inesperada, en su plasmación forense. Parece acertado dedicar, como hace Saldaña, un significativo apartado de la obra al estudio de los precedentes legislativos de la institución analizada, sobre todo alrededor de lo dispuesto en Ley de sociedades anónimas de 1951, cuyo art. 81 ha encontrado fiel reflejo en la disciplina vigente de la acción individual de responsabilidad. Por otro lado, el estudio de la normativa derogada adquiere mayor interés a la vista de que, incluso en fechas recientes, ha sido dicho precepto, así como el sistema institucional de la vieja ley sobre responsabilidad de los administradores, el marco en el que se desenvuelven los fundamentos jurídicos de numerosas sentencias. Del mismo modo, presta atención nuestro autor a las materias básicas que delimitan la naturaleza de la acción individual, como, por ejemplo, su carácter de acción específica del Derecho de sociedades, criterio progresivamente consolidado en la Jurisprudencia, sin que falten todavía algunos fallos que la subsumen dentro de la acción de responsabilidad por actos ilícitos contenida en el art. 1902 del Código civil. Con razón, defiende Saldaña esa caracterización singular que, por lo demás, la propia evolución legislativa —con especial significación de la Ley de Transparencia— ha venido a confirmar. Otras cuestiones también clásicas en el debate sobre nuestra figura, como la relativa a su naturaleza contractual o extracontractual, han perdido actualidad por la decidida postura del Tribunal Supremo a favor del reconocimiento, como plazo común de prescripción, del que se recoge en el art. 949 del Código de comercio. El atractivo de la monografía que presentamos adquiere mayor intensidad a la hora de considerar la vertiente dinámica de nuestra figura, concretada, como es lógico, alrededor de su ejercicio. Pone de manifiesto Saldaña el recurso, habitual en la práctica, a la acción individual de responsabilidad frente al cierre de facto de la sociedad, advirtiendo, al lado de una Jurisprudencia ya consolidada, que la simple omisión por el administrador de mandato legal relativo a la disolución y liquidación ordenada no resulta suficiente para que sea acogida la acción individual. No faltan, con todo, contradicciones en la Jurisprudencia respecto de este importante asunto, que deben ser salvadas, como apunta el autor, poniendo de manifiesto la necesaria conexión entre la conducta del administrador —omitiendo la dili-


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gencia debida— y la crisis económica de la sociedad. De igual interés son las páginas dedicadas a la acumulación de acciones de responsabilidad de los administradores (incluyendo la regulada en el art. 262, 5º de la Ley de sociedades anónimas), con un análisis minucioso de la vertiente procesal del problema, y las relativas, por último, a las conexiones con otros supuestos de responsabilidad incardinados en el ámbito del levantamiento del velo, de un lado, o en situación de concurso, de otro. 4. El libro de Benjamín Saldaña sobre la acción individual de responsabilidad atraerá, a buen seguro, la atención de numerosos juristas. Los interesados en el Derecho de sociedades, tanto desde una vertiente teórica como práctica, encontrarán en las páginas que vienen a continuación un conjunto de reflexiones profundamente meditadas que les serán de utilidad a la hora de contemplar las muy diferentes vertientes de la figura. Pero también servirá, desde luego, para ilustrar en aspectos concretos a quienes se ocupan de cuestiones propias del Derecho de daños, de materias jurídico-laborales (véanse las sugestivas páginas dedicadas a la problemática de la Jurisdicción social), o de aspectos concursales. En el curso de los últimos años, la acción individual de responsabilidad se ha revelado como una encrucijada del Derecho patrimonial privado con incidencia en muy diversas y heterogéneas instituciones. Así se desprende de la obra que ahora presentamos en la que su autor no ha escatimado esfuerzos para llegar a conclusiones solventes, rigurosas desde un punto de vista dogmático y, a la vez, útiles para la práctica forense. Este resultado positivo es la consecuencia más valiosa del libro que ahora se publica, el cual, como ya se indicó, trae causa de la tesis doctoral defendida por el autor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Valencia el día 12 de septiembre de 2008. El tribunal, formado por los profesores Jesús Quijano (que actuó como presidente), Fernando Martínez Sanz, Javier Juste Mencía, Félix López de Medrano y Lourdes Ferrando Villalba, así lo entendió al otorgar la máxima calificación a la memoria doctoral presentada, formulando valiosas sugerencias que han sido acogidas plenamente por el autor. Como director de la tesis doctoral, he podido apreciar el trabajo y la ilusión que, a partes iguales, ha puesto Benjamín Saldaña en la elaboración de su estudio, quitando un tiempo precioso a su actividad profesional como abogado y al merecido descanso. El resultado ha


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valido la pena y se ofrece ahora como libro al público interesado que, a buen seguro, obtendrá un gran provecho de su consulta.

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PLANTEAMIENTO Y OBJETO DEL TRABAJO Como es sabido, la figura jurídica que definimos como “acción individual de responsabilidad” ha sido fuente, desde su primera formulación normativa en el texto de anónimas de 1951, de un considerable número de disquisiciones dentro de nuestra doctrina científica. El debate doctrinal y las oscilaciones jurisprudenciales se produjeron tempranamente, habida cuenta de la evidente parquedad y ambigüedad con que las leyes de sociedades anónimas surgidas en nuestro ordenamiento han regulado esta acción. Pese al arduo debate doctrinal y a la doctrina jurisprudencial errática que generó el art. 81 LSA de 1951, las reformas sucesivas del texto de anónimas de 1989, incluso la más reciente introducida por la Ley de Transparencia, han dejado inalterada la redacción primigenia del precepto y su ubicación sistemática dentro de la Ley de anónimas. Este estado de cosas ha propiciado en gran medida una aplicación e interpretación oscilante de la acción individual, tiñéndose la acción de una evidente inseguridad jurídica a lo largo de más de medio siglo. La enorme relevancia práctica de esta figura jurídica está fuera de toda duda y su uso masivo está constatado tras la reforma de la LSA de 1989. En el presente trabajo se tratan de abordar y sistematizar, con una vocación integradora, los aspectos más relevantes que subyacen en la actualidad en torno a la interpretación y aplicación de esta acción. Junto a las cuestiones que podríamos calificar como de “tradicionales” en el estudio de esta materia tales como su naturaleza jurídica, régimen sustantivo, delimitación respecto de figuras afines y ámbito material de aplicación, han aparecido en los últimos años aspectos que añaden nuevas dudas sobre el alcance de la acción individual de responsabilidad. En particular, se está pensando en la interacción o yuxtaposición planteada entre las acciones concursales para exigir la responsabilidad patrimonial del órgano de administración y la acción individual. Asimismo, dentro del contexto más amplio de la responsabilidad de los administradores de sociedades de capital, es lo cierto que, tras la promulgación de la Ley de Transparencia, se abren nuevos aspectos materiales de la acción o, cuanto menos, quedan matizados los preexistentes. Teniendo en cuenta estos aspectos, se ha tratado de perfilar el lugar que ocupa la acción


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individual en el ámbito de la responsabilidad de los administradores de sociedades de capital. Constituye una de las vocaciones del presente trabajo el tratamiento integral de la problemática suscitada por la acción a la que nos venimos refiriendo. Se ha intentado realizar un estudio sistemático de cada uno de los aspectos de la acción con su trasunto jurisprudencial1. El tratamiento monográfico de este instituto jurídico se ha pretendido que se extienda, junto con los aspectos sustantivos esenciales de la acción, a determinados aspectos adjetivos de la misma. La confluencia de estos dos vectores (sustantivos y procesales) creemos que es una forma adecuada de tratar la acción y de lograr una mejor determinación del ámbito material de la misma que, sin duda, es el problema más acuciante que se padece en esta sede. Se ha tratado de realizar una ordenación por grupos de casos siguiendo la evolución jurisprudencial habida en el Tribunal Supremo en los aspectos más relevantes y problemáticos de la acción. Las abundantes referencias jurisprudenciales, sin ánimo de exhaustividad, tratan de exponer la evolución de esta figura jurídica, con especial atención a los últimos pronunciamientos de la Sala Primera del Tribunal Supremo. Para una adecuada comprensión de la acción individual en el momento actual nos ha parecido de interés el estudio de sus antecedentes legislativos. El hecho de que el vigente art. 135 LSA sea una reiteración del derogado art. 81 de la Ley de anónimas de 1951 hace que resulte no sólo conveniente, sino hasta necesario, el estudio de la literatura científica y jurisprudencia habidas bajo la vigencia del derogado art. 81 LSA de 1951. Junto a esto se ha realizado, de forma más pormenorizada, el análisis en materia de responsabilidad de administradores del vigente texto de anónimas así como de las últimas aportaciones legislativas al respecto (Ley de Transparencia y Ley Concursal). Dentro de este planteamiento toma especial impor-

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La elaboración del presente trabajo nos ha parecido de interés habida cuenta de que, con alguna brillante excepción (MARÍN DE LA BÁRCENA, La acción individual de responsabilidad frente a los administradores de sociedades de capital, Madrid, Marcial Pons, 2005), se carecía de monografías sobre la presente materia. El tratamiento monográfico e integrador de la acción individual, con especial atención a su desarrollo jurisprudencial, nos ha parecido de interés habida cuenta de la existencia de aspectos muy controvertidos todavía en esta parte del Derecho de sociedades.


LA ACCIÓN INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD

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tancia el estudio del resto de acciones dirigidas a exigir la responsabilidad patrimonial del órgano de administración. La adecuada delimitación de estas figuras afines o limítrofes con la acción individual (en particular la acción social y la acción ex art. 262.5 LSA) resulta imprescindible en orden a poder delimitar el ámbito material de la propia acción individual que, a la postre, constituye, como se ha indicado, uno de los aspectos sobre los que se ciernen más dudas en la actualidad. Este análisis resultará de utilidad para poder reflexionar, en una parte ulterior del trabajo, sobre cuestiones como las relativas a la naturaleza jurídica de la acción, la interacción entre la regulación de la responsabilidad de los administradores y la seguridad jurídica del tráfico mercantil o el problema de la infracapitalización de las sociedades mercantiles. Una vez verificada la correcta delimitación de la acción y de su ámbito objetivo se tratará de reflexionar sobre el lugar que ocupa la acción individual dentro del denominado “Derecho de daños”. La controvertida cuestión relativa a su naturaleza jurídica, asimismo, se ha tratado de zanjar en la medida de lo posible con una sistematización de las posturas doctrinales y jurisprudenciales en la materia, con especial referencia a los últimos pronunciamientos del Tribunal Supremo al respecto. De todos estos aspectos se ocupa la parte primera del trabajo que se divide en cinco capítulos. En la segunda parte del estudio (Capítulos 6 a 8) se trata de plantear la acción individual desde la perspectiva de su ejercicio, tal y como plantea el propio texto del artículo 135 LSA. Se expone la dinámica de la acción, en primer lugar, desde un punto de vista interno planteando los posibles supuestos de ejercicio de la acción por quien tiene la condición de socio. El posterior análisis del ejercicio de la acción por terceros ajenos a la sociedad se centra, dada su enorme importancia práctica, en los supuestos de cierre de hecho de las sociedades. La significación cuantitativa del ejercicio de la acción individual en supuestos de cierre alegal o de facto de las sociedades mercantiles está fuera de toda duda. La aplicación del art. 135 LSA en estos casos, donde toma especial interés la delimitación de la acción individual respecto de figuras afines, también ha resultado la más problemática, encontrándonos con distorsiones dentro de la jurisprudencia. Teniendo en cuenta su importancia y las dificultades habidas se ha tratado de sistematizar la jurisprudencia destacándose y analizando la última línea seguida por el Supremo en la materia. Esta segunda parte del estudio se cierra con la exposición de la


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