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ELEMENTOS DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD EN EL PROCESO AMBIENTAL UNA PROPUESTA DE ARMONIZACIÓN

COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH

María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Cañizares Laso

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema

Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

María Luisa Cuerda Arnau

Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón

Manuel Díaz Martínez

Catedrático de Derecho Procesal de la UNED

Carmen Domínguez Hidalgo

Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia

Universidad Católica de Chile

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González

Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

José Luis González Cussac

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania)

Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Consuelo Ramón Chornet

Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Elisa Speckmann Guerra

Directora del Instituto de Investigaciones

Históricas de la UNAM

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Fueron miembros de este Comité: Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales

ELEMENTOS DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD EN EL PROCESO

AMBIENTAL

UNA PROPUESTA DE ARMONIZACIÓN

Autor:

Jairo EnriquE LucEro PantoJa

Académico Facultad de Derecho Universidad de Tarapacá

tirant lo blanch

Valencia, 2024

Copyright ® 2024

Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor.

En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

Este libro forma parte del proyecto Fondecyt iniciación Nº. 11241049, año 2024, financiado por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo de Chile (ANID), denominado “Valoración y estándar probatorio en el proceso ambiental en Chile. Una propuesta teórica probatoria hacia la justicia ambiental”, del que el autor es investigador responsable.

© TIRANT LO BLANCH

EDITA: TIRANT LO BLANCH

C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia

TELFS.: 96/361 00 48 - 50

FAX: 96/369 41 51

Email:tlb@tirant.com

www.tirant.com

Librería virtual: www.tirant.es

ISBN: 978-84-1197-397-7

Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/ empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas.

Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf

© Jairo Enrique Lucero Pantoja

A Juli, compañera inagotable de sueños compartidos y atardeceres rojos.

Mi fuerza se debe a ti.

A mi madre Flor, mi padre Luis y mi hermano Oscar, el hogar sembrado en las más profundas raíces de mi corazón.

Índice Abreviaturas 15 Prólogo ....................................................................................... 17 Dr. Iván Hunter Ampuero Nota previa del autor .................................................................... 25 Introducción ................................................................................ 27 1. CIMENTANDO EL SALTO COPERNICANO. EL FAVOR VICTIMAE COMO NÚCLEO VALÓRICO DE LA RESPONSABILIDAD Y LOS LÍMITES DE LA HABILITACIÓN DE INTERVENCIÓN JURISDICCIONAL AMBIENTAL ............... 35 2. DAÑO COMO ELEMENTO INSUFICIENTE DE LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL 71 3. DECONSTRUCCIÓN DEL NEXO CAUSAL COMO ELEMENTO DE LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL........................ 115 3.1. Respuestas primarias (imputabilidad y función) ..................... 116 3.2. Nexo de causalidad clásico y la naturaleza cocausal y concausal del daño ambiental 119 3.3. Propuestas de causalidad en la modernidad ........................... 139 3.4. Causalidad probabilística ambiental...................................... 171 3.4.1. Ángulo complementario i ............................................. 178 3.4.1.1. Aclaraciones del ángulo complementario i 202 3.4.2. Ángulo complementario ii............................................... 223 3.4.3. A modo de corolario 228 4. ATRIBUCIÓN DE RESPONSABILIDAD. DE LA ATRIBUCIÓN OBJETIVA DE RESPONSABILIDAD, AL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD OBJETIVO ............................................... 233
10 Índice 5. NECESARIAS ACLARACIONES DEL PROPUESTO SISTEMA DE RESPONSABILIDAD AMBIENTAL .................................... 279 5.1. De la subjetividad como reproche atributivo y como valoración judicial ............................................................................. 279 5.2. De la inimputabilidad e interrupción de la causalidad ambiental .................................................................................... 284 5.3. Exclusión de responsabilidad derivado de los riesgos del desarrollo 306 5.4. ¿Responsabilidad sin sanción?, de la prevención y precaución en el sistema de responsabilidad ambiental ............................. 325 Conclusiones ............................................................................... 343 Bibliografía citada........................................................................ 355

Índice figuras

Figura 1. Esfera habilitadora de la intervención jurisdiccional del Estado .................................................................... 70 Figura 2. Del d/r/a absoluto y concreto .................................. 82 Figura 3. Contenidos de gravosidad del d/r/a absoluto ......... 93 Figura 4. Fórmula de peso en ponderación relevante ............. 113 Figura 5. Resultado de relevancia por condición-pregunta frente a la fórmula de peso en ponderación ............ 113 Figura 6. Configuración de la “relevancia” como factor de habilitación de intervención jurisdiccional en los supuestos de Daño-prevención-precaución .............. 114 Figura 7. Posibilidades de cocausación y resolución de responsabilidad causal ............................................... 153 Figura 8. Causalidad a través del more probable than not ...... 180 Figura 9. Causalidad preponderante probabilística ambiental a través del more probable than not 182 Figura 10. Cocausalidad probabilística de conjunto relevante –cppa de conjunto ........................................................ 185 Figura 11. Cocausalidad probabilística cumulativa .................... 187 Figura 12. Ejemplo Cocausalidad cumulativa incompleta......... 198 Figura 13. Debida diligencia en un sistema de atribución de responsabilidad objetiva integral/compuesta .......... 256 Figura 14. Grados de culpabilidad en la Obligación de Debida Diligencia .................................................................... 258 Figura 15. Escenarios de tipo de responsabilidad a partir del daño ambiental y su relevancia .................................. 264 Figura 16. Ejemplo Cocausalidad cumulativa incompleta reproche subjetivo y objetivo ..................................... 278
12 Índice de figuras Figura 17. Elementos de la Interrupción causal ........................ 299 Figura 18. Espacio donde se genera la Interrupción causal ...... 303 Figura 19. Configuración del riesgo del desarrollo a través de la ponderación de valores jurídicos .......................... 323
20. Periodo de latencia de sanción preventiva/ precautoria 339
Figura

Índice tablas

Tabla 1. Condición-Pregunta. Determinación de relevancia de d/r/a para la habilitación de intervención jurisdiccional...............................................................

96

Abreviaturas

Artículo

Capítulo

Causalidad preponderante probabilística ambiental

Cocausalidad probabilística cumulativa

Codigo Civil

Código de Procedimiento Civil (aleman / austriaco)

Condiciones iniciales

Cuota porcentual de incidencia

Daño/Riesgo/Amenaza ambiental

Dietilstilbestrol

Ejemplo

Estudio de impacto ambiental

Gases de efecto invernadero

Hipótesis

Interés Superior del niño/a

Ley de enjuiciamiento civil española

Niños, niñas y adolescentes

Número

Organización de las Naciones Unidas

Organización Mundial de la Salud

Organización no gubernamental

Página

Páginas

Párrafo

Párrafo de artículo o sentencia

Principles of European Tort Law

Proyecto de Marco Común de Referencia

Siglo

Siguientes

Subcapítulo

Verbigracia

Versus

art.

Cap.

Cppa

Cpc C.C.

ZPO

CI

Cpi d/r/a

DES ej.

EIA

GEI

H - h

ISDN

LEC

NNA No.

ONU

OMS

ONG p. pp. párr. §

PETL

DCFR s. ss. Sub. vg. vs.

Prólogo

Si existe un sector donde la responsabilidad ha debido jugar un rol importantísimo en los últimos tiempos es en materia ambiental. El sistema de responsabilidad tiene una función de prevención general de las conductas socialmente indeseables, y en ese sentido, puede considerarse una herramienta valiosa en la evitación de los daños que pueden afectar a un interés difuso como el medio ambiente. La prevención, en sus diferentes fórmulas regulatorias, es un mecanismo reiteradamente sugerido y deseable en el marco de una estrategia global de política ambiental. Ese efecto preventivo se manifiesta por la presencia de una regla general de conducta que opera más allá de la regulación específica en que se inserta la actividad potencialmente dañosa para el medio ambiente, y que obliga a los agentes a observar un estándar de diligencia y cuidado compatible con los niveles de riesgo o daño, así como también por la consideración valorativa de los bienes ambientales. La cuestión no es simple: en la configuración del sistema de responsabilidad por daño ambiental el legislador debe ir realizando importantes decisiones de política pública, que marcan umbrales y valoraciones acerca de los niveles de riesgo que socialmente estamos dispuestos a soportar. Estas decisiones están vinculadas no solo a cómo funciona un determinado sistema de responsabilidad en términos de eficiencia en la prevención y reparación del medio ambiente -cuestión que, por cierto, resulta difícil de medir-, sino además por la propia cultura jurídica de un determinado país, el avance tecnológico y científico, y la consecución de otros fines de política pública que suelen oponerse a la protección del entorno. El carácter colectivo y público del medio ambiente en tanto bien jurídico esencial para el soporte y la calidad de vida de las personas ha tenido una influencia importante en forma de estructurar y revisar las instituciones jurídicas.

Ahora bien, pese a la importancia indiscutible del medio ambiente, si comparamos el desarrollo doctrinario del derecho ambiental en nuestro país en relación con otras disciplinas, podemos constatar, de alguna manera, que la diferencia es abismante. En nuestro país destacan comunidades jurídicas que podríamos calificar de consolidadas, que se caracterizan por una organización no solo de ideas comunes y ámbitos disciplinarios propios, sino además por actividades realizadas en consorcios universitarios. Así se puede percibir en el derecho procesal, derecho administrativo, derecho constitucional, derecho civil, derecho penal, derecho del trabajo, derecho del consumo, entre otros. La ausencia de una comunidad de referencia en el derecho ambiental se puede explicar, en gran media, en que nuestra disciplina es compleja, pues en ella subyace una fragmentación y yuxtaposición del conocimiento jurídico, que hace que el desarrollo doctrinal se encuentre en constante tensión y desafío. Hoy en día el/la jurista u operador/a ligado/a a los saberes ambientales, debe satisfacer un estándar elevado de conocimiento jurídico que va desde el derecho constitucional (derechos fundamentales, propiedad, libertad económica, etc.) y derecho administrativo (actividad de policía del Estado, autorizaciones administrativas, procedimientos, sanciones, etc.), hasta cuestiones vinculadas al derecho privado de la responsabilidad extracontractual (hoy vemos cómo la reparación ambiental tiende a crear mecanismos e instituciones que se apartan de los clásicos de la responsabilidad extracontractual, especialmente en materia de culpa, daño y causalidad). Esto dificulta considerablemente la sistematización del saber disciplinario, y la construcción de relaciones entre las distintas parcelas del conocimiento. De ahí la importancia de la obra que hoy presento, dado que tiene precisamente el mérito de reunir en un texto de gran calidad académica, diversas temáticas que están en el núcleo derecho ambiental y otras disciplinas que lo acompañan.

18 Iván Hunter Ampuero

La piedra sobre las que se acuñan las ideas de este texto supone reconocer que el daño ambiental presenta ciertas características que lo hacen singular: desde luego y, en primer término, éste genera efectos permanentes o dilatados en el tiempo; aparece y se manifiesta en forma silenciosa, lenta y en ocasiones acumulativamente; las víctimas, por lo general, corresponden a un conjunto indeterminado de personas; y, una vez adoptadas las medidas de reparación, siempre habrá incerteza acerca de la restauración íntegra del medio ambiente afectado y de los servicios ecosistémicos. Debido a que los perjuicios al medio ambiente pueden ser permanentes y no susceptibles de reparación, la prevención es una parte fundamental e inherente al propósito de preservar los recursos ambientales. El principio preventivo, por ende, implica tomar medidas de protección de los elementos del entorno y su interacción antes de que ocurran los daños, e incluso antes de que se presenten situaciones de riesgo o peligro para el mismo. En consecuencia, su producción y posterior reparación no constituye el paradigma de la gestión ambiental, para lo cual el centro de atención debería estar en la prevención de efectos ambientales más que en su corrección. Esto supone verificar cuáles son las condiciones o elementos que deben concurrir para una intervención judicial racional y razonable frente a situaciones que están en latencia de producir daño ambiental. En segundo término, el daño ambiental no siempre es unicausal o proviene de un solo agente. Por lo general, la conducta antrópica activa u omisiva del demandado, se combina con la de otros agentes y con múltiples causas. Además, los fenómenos de la naturaleza, que son siempre complejos y demandan estudio y conocimiento experto, contribuyen en gran medida en hacer más difusas las fronteras de la responsabilidad. Así, la determinación y prueba de la causalidad y la culpa en materia ambiental se aleja de los esquemas tradicionales, sustentados en una concepción bidimensional del derecho de daños. En efecto, cuando la relación jurídica

19 Prólogo

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