
ACCESO GRATIS a la Lectura en la Nube
Para visualizar el libro electrónico en la nube de lectura envíe junto a su nombre y apellidos una fotografía del código de barras situado en la contraportada del libro y otra del ticket de compra a la dirección:
ebooktirant@tirant.com
En un máximo de 72 horas laborables le enviaremos el código de acceso con sus instrucciones.
La visualización del libro en NUBE DE LECTURA excluye los usos bibliotecarios y públicos que puedan poner el archivo electrónico a disposición de una comunidad de lectores. Se permite tan solo un uso individual y privado.

COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH
María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
María Luisa Cuerda Arnau
Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón
Manuel Díaz Martínez
Catedrático de Derecho Procesal de la UNED
Carmen Domínguez Hidalgo
Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
José Luis González Cussac
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania). Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Consuelo Ramón Chornet
Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Elisa Speckmann Guerra
Directora del Instituto de Investigaciones
Históricas de la UNAM
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Fueron miembros de este Comité: Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón
Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
Copyright ® 2024
Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor.
En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com
Quintana, Juan José, autor
Nicaragua versus Colombia en La Haya : el fallo de 2012 explicado / Juan José Quintana. -- Bogotá : Tirant lo Blanch, 2024.
412 páginas : mapas.
(Derecho internacional)
Incluye la traducción al español del texto de la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia sobre la “Controversia Territorial y Marítima entre Nicaragua y Colombia”.
Incluye referencias bibliográficas.
ISBN: 978-84-1056-679-8
1. Derecho internacional marítimo. 2. Colombia -- Límites. 3. Nicaragua -Límites. 4. Derecho internacional. 5. Corte Internacional de Justicia. I. Título. II. Serie.
LC: KZA1669
CDD: 341.448 ed. 23
Catalogación en publicación de la Biblioteca Carlos Gaviria Díaz
© Juan José Quintana
© TIRANT LO BLANCH
EDITA: TIRANT LO BLANCH
Calle 11 # 2-16 (Bogotá D.C.)
Telf.: 4660171
Email: tlb@tirant.com
www.tirant.com
Librería virtual: www.tirant.com/co/ ISBN: 978-84-1056-679-8
Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant. com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant. net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.
Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
Directores de la colección Derecho internacional
Juan Ramón Martínez Vargas
Juan Carlos Sainz Borgo
Comité Editorial
Luis Almagro
Silvia Fernández de Gurmendi
Joaquín González Ibáñez
Claudio Grossman Guiloff
Gerardo de Icaza
Wagner Menezes
Humberto Sierra Porto
Sylvia Steiner
Antonia Urrejola Noguera
DR. JUAN CARLOS SAINZ BORGO
Profesor de Derecho Internacional Universidad Central de Venezuela – Universidad para la Paz. Codirector de la Colección de Derecho Internacional Editorial Tirant Lo Blanch.
Es un verdadero honor para mí presentar esta obra del Embajador Juan José Quintana en la colección de Derecho Internacional de la Editorial Tirant lo Blanch. Esta nueva obra del experto en la Corte Internacional de Justicia, le hace honor a su título: una explicación del primer fallo de la máxima Corte Internacional de la serie de tres decisiones que ese tribunal pronunció entre Nicaragua y Colombia. Sin embargo, la simple explicación no abarca lo que para el autor significa comentar una decisión de la Corte Internacional de Justicia.
Juan José Quintana hace de la explicación una estructura, en la cual logra desarmar una buena parte de los elementos de la sentencia y pasa a explicar cada uno de ellos y las formas que permiten su construcción. Sin embargo, muchas veces en clases les he señalado a mis alumnos, que definir algo con su propia acción es un error grave de lógica. Por ello, decir que Quintana explica los elementos, no aporta nada a este prólogo. Por ello, quiero traer al filósofo Coreano Americano Jaegwon Kim, quien define la explicación, como “el acto de hacer algo inteligible o comprensible, como, por ejemplo, cuando se da explicación de un fenómeno mostrando cómo o por qué ha sucedido.” Y me permito citar así al conocido filósofo contemporáneo, porque la metodología que utiliza el autor supera con creces los estrictos cánones de la explicación jurídica, desde la
tradicional exegesis, dándole el significado a cada palabra o la siempre popular explicación teleológica, que busca dar luz sobre el propósito de la explicación.
Juan José Quintana hace comprensible una realidad jurídica que a primera lectura (y quizás segundas o terceras) no parece clara. Y es que para poder llegar a este libro confluyen en el autor una serie de elementos: en primer lugar un conocimiento de primera mano del caso, ya que como el mismo aclara en la introducción, tuvo la oportunidad de participar en varias etapas y en diversas calidades en el desarrollo del caso. En segundo lugar, un sólido conocimiento de la teoría y la práctica del trabajo de la Corte Internacional de Justicia, que lo atestigua la amplia bibliografía que ha producido el autor en el tema, tanto en idioma español como en inglés. Y por último, la pasión que el trabajo de la Corte Internacional de Justicia y la defensa de su país en un litigio ha demostrado a lo largo de toda su carrera el Embajador del Servicio Exterior de Colombia.
Permítame el lector, que se detiene de forma educada en esta alcabala, antes de llegar al texto del Embajador Quintana para dar algunas luces sobre el trabajo. El autor presenta este como una explicación de la Sentencia de la Corte del año 2012, aunque como el mismo señala, también incluye una breve revisión de las dos sentencias subsecuentes de la Corte sobre el mismo tema. Muy importantes para entender la dimensión histórica y jurídica de esta sentencia hacia el futuro.
El autor inicia su obra con una recapitulación del contexto histórico y geográfico donde se desarrollaron estos tres casos y luego las diversas etapas procesales del caso, previas a la decisión de fondo, incluidas las excepciones preliminares y las intervenciones de los terceros estados en este caso: Costa Rica y Honduras. En cada una de las etapas explica los elementos procesales desde la perspectiva de la Secretaría de la Corte, de la Corte en sí misma, de las partes, pero en especial desde la
perspectiva colombiana. Incluso, el texto se hace eco de las críticas que el equipo sufrió a lo largo de más de una década del caso y las va desmotando sin pasiones, simplemente con la base legal y las distintas opciones que la estrategia legal presentaba en cada etapa del caso.
Esta parte del libro es de una gran relevancia para quienes estudian el litigio internacional, tanto del caso en particular como de cualquier otro caso ante el máximo tribunal, ya que va comentando los elementos que todo litigante debe tomar en cuenta para una óptima estrategia. Por ejemplo: explica la posición de su país en la etapa de excepciones preliminares y dice lo siguiente: “En estas condiciones, Colombia tuvo un desafío táctico muy grande, ya que tenía que brindarle a la Corte todos los argumentos de hecho y de derecho que respaldaban su tesis central (…) Pero si inundaba a la Corte de materiales probatorios corría el riesgo de que ella le diera la razón a Nicaragua, la cual buscaba por todos los medios que estos temas pasaran a la fase de fondo, junto con los demás temas sustantivos. Para el equipo de la defensa se trató, verdaderamente, de un acto de equilibrismo jurídico que presentó enormes retos a todo lo largo del proceso” (Párrafo 70).
Sin embargo, como el autor propone en su esquema, la sustancia del trabajo comienza con el análisis de la propia sentencia. Las primeras 50 páginas son solo la preparación para la fase pedagógica de la sentencia del 19 de noviembre de 2012. En las más de 150 páginas siguientes, el Embajador Quintana explica cada una de las decisiones a lo largo del proceso, concatenadas con los ajustes en la estrategia que cada uno de los estados partes en la controversia producían a medida que el caso avanzaba. Tanto en la realidad como en la narrativa que los estados producían de cara al escrutinio interno de cada sociedad. Por ejemplo, en el párrafo 134 señala el autor: “Nicaragua arguyó que lo que la hizo cambiar de posición fue el fallo sobre excepciones preliminares, pero este no es un argumento convincente”.
En análisis de la sentencia, el autor incluye una serie de apartes para cada decisión que denomina “el razonamiento de la Corte”, en la cual entra a descifrar la forma como magistrados de la Corte fueron construyendo su convicción sobre la decisión y la forma como las fuentes del Derecho Internacional escritas en piedra en el Estatuto de la Corte desde hace casi un siglo se amalgaman con la realidad. Son especialmente valiosas, por el valor pedagógico de la construcción de la sentencia, cuando el autor explica el funcionamiento de ciertos “test” que la Corte aplica a diversas situaciones, como admisibilidad o proporcionalidad a lo largo de litigio.
El valor del libro de Juan José Quintana no se limita a la praxis de la Corte Internacional de Justicia o de la controversia entre Nicaragua y Colombia. El libro es una fuente inagotable de interpretaciones contemporáneas del Derecho Internacional y de sus diversas expresiones, como derecho del mar en la región y en el mundo entero, el análisis de la práctica de los estados desde los desarrollos en la Sociedad de las Naciones, el trabajo de los expertos, las múltiples convenciones que regulan un mismo tema, la forma como la Corte trabaja la amplia jurisprudencia y como cada una de las partes desarrolla su estrategia a lo largo del proceso. Una ejemplo del rigor y detalle de los análisis del autor. Por ejemplo, el debate sobre la utilización de la denominación “cayo” en español, recifs en francés o reefs en inglés para referirse al mismo hecho geográfico. Asimismo, el autor explica las metodologías utilizadas para la definición de isla utilizadas tanto por Nicaragua y Colombia, que luego serían determinantes en la construcción del fallo por parte de los miembros de la Corte.
Este libro aborda de manera jurídica, pero al mismo tiempo apasionada uno de los casos más importantes en los años recientes: por la amplitud del área geográfica involucrada, por la naturaleza de los estados partes, y en particular por ser Nicaragua uno de los grandes participantes en el sistema de la Corte. A lo largo del texto hay juicios de valor y pasión colombiana,
para aquel que quiera leerlo como una novela por entregas, o un seriado de plataformas de video más contemporáneos, en relación con este caso de larga data.
Mi experiencia de ya varias décadas en aulas enseñando Derecho Internacional, me permite afirmar que en general, el gran y el pequeño público no leen las sentencias de los tribunales internacionales. Desde los tribunales de Núremberg hasta las decisiones de la Corte Internacional de Justicia o cualquiera de los tribunales regionales en derechos humanos. En más de una ocasión he preguntado a alumnos de países que han litigado casos, ¿quién ganó? Incluso, les he pedido que ilustren el caso en términos futbolísticos: ¿fue goleada o fue por penaltis? Y en la gran mayoría de los casos, alumnos de postgrado transmiten en una discusión en clase, lo que algunos medios o ciertos miembros de las clases políticas locales construyeron para la narrativa local, independientemente de la realidad del resultado en la Corte.
El desconocimiento en estos tres casos entre Nicaragua y Colombia no es una excepción y no lo será en el futuro inmediato. Las consecuencias de las decisiones de la Corte Internacional de Justicia en estos casos están aún por verse en la realidad, para la relación entre los dos países partes, pero también para la comunidad de países vecinos en el mar caribe.
Esta obra que presentamos en la serie de derecho internacional en la editorial Tirant lo Blanch, es una importante contribución a la comprensión del derecho internacional desde la perspectiva de un litigante formado en las filas del servicio exterior de su país y que pone a disposición del público hispano parlante las reflexiones atesoradas a lo largo de un litigio tan complejo y relevante para la cuenca del caribe como este que nos enorgullece presentar.
Presentación
El presente texto busca explicar en lenguaje llano, hasta donde ello sea posible, qué fue lo que la Corte Internacional de Justicia decidió en su fallo del 19 de noviembre de 2012, proferido en relación con la controversia territorial y marítima entre Colombia y Nicaragua.1
Mi objetivo no es criticar el fallo ni a la Corte —lo cual se ha hecho en forma profusa en Colombia—, pero desde luego tampoco es elogiar ni a este ni a aquella. Intento simplemente explicar la forma como se llegó a cada una de las decisiones que fueron incorporadas en el fallo, en la medida en que los materiales publicados permiten seguir el razonamiento empleado por los jueces. Con todo, hay varios momentos en los que la sentencia incurre en contradicciones o en que el proceso de razonamiento descrito en ella no explica en forma adecuada lo que finalmente decidió la Corte frente a cada aspecto de este complejo litigio o la razón que la llevo a hacer eso. A lo largo del texto trataré de señalar estos episodios a la atención del lector.
No cabe duda de que la decisión fue recibida en Colombia como un baldado de agua fría y que la reacción de los colombianos, de sus diferentes estamentos y del gobierno, fue por encima de todo muy amarga.
La lectura más extendida del fallo de 2012, todavía hoy, a más de 10 años de emitido, es que fue lesivo para los intereses nacionales, que gracias a él Colombia perdió una porción sus-
1 International Court of Justice, Territorial and Maritime Dispute (Nicaragua v. Colombia), Judgment, I.C.J. Reports 2012, p. 624 (En adelante “Sentencia de 2012”).
Juan José Quintanatancial de su territorio marítimo —se habla con insistencia de que perdimos algo así como 75.000 kilómetros cuadrados de mar, aunque nadie ha explicado nunca cómo se llegó a esa cifra— y que todo eso fue el resultado de una defensa débil, improvisada o deficiente ante la Corte de La Haya. Persiste también la creencia generalizada de que Nicaragua montó ante ese tribunal una defensa brillante, con abogados muy eficaces y que por eso logró que la Corte secundara sus aspiraciones maximalistas en el mar Caribe y le arrebatara a Colombia un buen trozo de ese mar, que antes nos pertenecía.
Yo tuve en varios momentos la oportunidad de trabajar de cerca con el equipo de la defensa de Colombia, en calidad de asesor, y fui testigo de primera mano de la forma como se manejaron algunos aspectos importantes del caso. Por esa razón, creo que estoy legitimado para reclamar cierta autoridad y conocimiento directos sobre la forma como se desarrolló el litigio y, sobre todo, como la Corte respondió a las peticiones que le hicieron Nicaragua, como Estado demandante y Colombia, como Estado demandado.
Por esa razón, desde el día mismo de la lectura del fallo he tenido la impresión de que la inmensa mayoría de los colombianos no ha entendido a cabalidad que fue lo que nos pasó en La Haya y se ha contentado con la lectura simplista y reduccionista más extendida: la de que perdimos mucho y no ganamos nada.
El presente texto va dirigido principalmente a esas personas y busca contribuir al debate y, sobre todo, arrojar mayores luces sobre la forma como el proceso se desenvolvió ante la Corte, para que quienes lleguen a leer el fallo se puedan formar un juicio objetivo y sobrio respecto del resultado neto del pleito. Como es natural, yo no pretendo tener la verdad revelada ni la última palabra en esta discusión, pero por lo mismo, pienso que quienes defienden la lectura negativista y catastrófica descrita atrás tampoco deberían tenerla.
El equipo de la defensa de Colombia y los gobiernos de los presidentes Pastrana, Uribe y Santos, a los que les correspondió defender los intereses del país a lo largo de los 11 años que duró el caso tuvieron que tomar una serie de decisiones difíciles, tanto tácticas como estratégicas, evaluando en forma permanente las diferentes alternativas, las fortalezas y debilidades de cada opción y las posibilidades reales de influir sobre el resultado del caso de la manera más favorable para los intereses nacionales del país. Me parece que poco de esto se conoce en Colombia y que si las personas interesadas en estos temas hicieran una reflexión cuidadosa, tomando en consideración esos elementos, es posible que su opinión respecto de la sentencia cambie un poco. Al fin y al cabo, un documento de la trascendencia del fallo de 2012 debe abordarse en forma racional y no emocional, que es lo que se ha venido haciendo en Colombia desde el momento mismo de su lectura. Espero sinceramente que el texto cumpla con este objetivo.
La sección central de la obra consiste en un análisis del fallo de 2012 (Tercera Parte), pero para entender este es necesario describir el contexto geográfico e histórico de la controversia entre Colombia y Nicaragua (Primera Parte) y explicar el desarrollo que tuvo el proceso ante la Corte y en particular las incidencias procesales que se presentaron antes de la decisión sobre el fondo (Segunda Parte). A manera de epílogo se reseñan al final las dos nuevas demandas que presentó Nicaragua contra Colombia en 2013, las cuales dieron origen a sendos litigios, el último de los cuales se cerró definitivamente en julio de 2023.
En el análisis de la sentencia he buscado emplear una metodología uniforme que contemple un examen de conjunto de todos los factores involucrados. Por lo tanto, con respecto a cada uno de los aspectos sustantivos del fallo (la situación jurídica de Quitasueño, la soberanía sobre siete cayos en el mar Caribe, la delimitación marítima y la cuestión del acceso a los recursos al oriente del Meridiano 82°, se consideran cuatro as-