DICCIONARIO JURÍDICO DE LA BIODIVERSIDAD
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Marta Lorente Sariñena
Ana Cañizares Laso
Javier de Lucas Martín
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
María Luisa Cuerda Arnau
Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón
Carmen Domínguez Hidalgo
Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
José Luis González Cussac
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Consuelo Ramón Chornet
Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Elisa Speckmann Guerra
Directora del Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania) Fueron miembros de este Comité: Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
DICCIONARIO JURÍDICO DE LA BIODIVERSIDAD
Santiago M. Álvarez Carreño Agustín García Ureta Blanca Soro Mateo Directores
Gustavo M. Hernández Arteaga Elisa Pérez de los Cobos Aritz Romeo Ruiz Coordinación
tirant lo blanch Valencia, 2023
Copyright ® 2023 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com. Esta publicación es resultado del Proyecto PID2020-115505RB-C21/C22, financiado por MCIN/ AEI /10.13039/501100011033, CONVOCATORIA 2020 DE «PROYECTOS DE I+D+i» EN EL MARCO DE LOS PROGRAMAS ESTATALES DE GENERACIÓN DE CONOCIMIENTO Y FORTALECIMIENTO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DEL SISTEMA DE I+D+i Y DE I+D+i ORIENTADA A LOS RETOS DE LA SOCIEDAD
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Santiago M. Álvarez Carreño Agustín García Ureta Blanca Soro Mateo
TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email: tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es DEPÓSITO LEGAL: V-3291-2023 ISBN: 978-84-1169-788-0 MAQUETA: Disset Ediciones Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
Autores Alenza García, José Francisco Universidad Pública de Navarra
Álvarez Carreño, Santiago Manuel Universidad de Murcia
Aragão, Alexandra Universidade de Coimbra
Arrese Iriondo, María Nieves Universidad del País Vasco
Blasco Hedo, Eva
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Brufao Curiel, Pedro Universidad de Extremadura
Campins Eritja, Mar Universidad de Barcelona
Casado Casado, Lucía Universitat Rovira i Virgili
De la Varga Pastor, Aitana
Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
De Rojas Martínez-Parets, Fernando Universidad Miguel Hernández de Elche
De Sadeleer, Nicolás Universitè de Saint Louis
Durá Alemañ, Carlos Javier
Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental CIEDA-CIEMAT
Forns i Gómez, Alba
Universiteit van Amsterdam
Fuentes i Gasó, Josep Ramon Universitat Rovira i Virgili
Galera Rodrigo, Susana Universidad Rey Juan Carlos
García García, Sara Universidad de Valladolid
García Ureta, Agustín Universidad del País Vasco
Hernández Arteaga, Gustavo Manuel Universidad de Murcia
Autores Hernández San Juan, Isabel Universidad Carlos III de Madrid
Jordano Fraga, Jesús Universidad de Sevilla
Lazkano Brotóns, Iñigo Universidad del País Vasco
Ortiz García, Mercedes Universidad de Alicante
Pallarés, Anna
Universitat Rovira i Virgili
Pérez de los Cobos Hernández, Elisa Universidad de Murcia
Romeo Ruiz, Aritz
Universidad Pública de Navarra
Ruiz de Apodaca Espinosa, Ángel Universidad de Navarra
Salazar Ortuño, Eduardo Universidad de Murcia
Santamaría Arinas, René Javier Universidad de La Rioja
Sanz Larruga, Francisco Javier Universidade da Coruña
Sanz Rubiales, Iñigo Universidad de Valladolid
Sarasíbar Iriarte, Miren Universidad Pública de Navarra
Sobrino García, Itziar Universidade de Vigo
Soro Mateo, Blanca Universidad de Murcia
Torre-Schaub, Marta
Instituto de Ciencias Jurídicas y Filosóficas -Universidad de París 1 (Sorbona)
Valencia Martín, Germán Universidad de Alicante
Índice Nota introductoria............................................................................
15
Afección apreciable...........................................................................
17
Agustín García Ureta
Área de montaña..............................................................................
21
María Nieves Arrese Iriondo
Área marina protegida......................................................................
27
Francisco Javier Sanz Larruga
Aves migratorias..............................................................................
31
Miren Sarasíbar Iriarte
Aves silvestres..................................................................................
35
Miren Sarasíbar Iriarte
Biodiversidad..................................................................................
39
Agustín García Ureta
Bosque............................................................................................
47
Miren Sarasíbar Iriarte
Cambio climático..............................................................................
53
Marta Torre-Schaub
Comercio de especies..........................................................................
57
Pedro Brufao Curiel
Comisión ballenera internacional.......................................................
61
Mercedes Ortiz García
Conocimientos tradicionales...............................................................
63
Isabel Hernández San Juan
Conservación................................................................................... Nicolás de Sadeleer
71
10 Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres (Convenio Bonn 1979).....................................................
Índice
77
Susana Galera Rodrigo
Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y el medio natural en Europa...............................................................................
81
Mar Campins Eritja
Convenio sobre la diversidad biológica.................................................
87
Mar Campins Eritja
Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES).......................................................
95
Pedro Brufao Curiel
Corredor ecológico.............................................................................
101
José Francisco Alenza García
Custodia del territorio.......................................................................
107
Carlos Javier Durá Alemañ
Desclasificación de un área protegida..................................................
113
Blanca Soro Mateo
Deterioro.........................................................................................
117
Agustín García Ureta
Distintos estados de reproducción........................................................
125
Aritz Romeo Ruiz
Espacios naturales protegidos.............................................................
129
Iñigo Lazkano Brotóns
Especies de interés comunitario...........................................................
137
Eva Blasco Hedo
Especies alóctonas.............................................................................
141
Gustavo Manuel Hernández Arteaga
Especie autóctona............................................................................. Gustavo Manuel Hernández Arteaga
145
Índice
11
Especie catalogada............................................................................
149
Eva Blasco Hedo
Especies cazables...............................................................................
153
Sara García García
Especies domésticas...........................................................................
157
Gustavo Manuel Hernández Arteaga
Especie en peligro de extinción............................................................
161
Blanca Soro Mateo
Especies exóticas invasoras.................................................................
167
Pedro Brufao Curiel
Especie salvaje.................................................................................
171
Gustavo M. Hernández Arteaga
Hábitat...........................................................................................
175
Alexandra Aragão
Infraestructura verde........................................................................
183
José Francisco Alenza García
Lugar de importancia comunitaria (LIC) Zonas de especial consevación (ZEC)..........................................................................................
189
Germán Valencia Martín
Lugar de reproducción......................................................................
197
Agustín García Ureta
Métodos prohibidos de caza................................................................
201
Iñigo Sanz Rubiales
Método tradicional de caza................................................................
205
Iñigo Sanz Rubiales
Monumento natural ........................................................................ Josep Ramon Fuentes i Gasó Alba Forns i Gómez
209
12 Otra solución satisfactoria.................................................................
Índice
215
Agustín García Ureta
Paisaje............................................................................................
221
Alexandra Aragão
Paisaje protegido..............................................................................
227
Aitana de la Varga Pastor
Parque natural................................................................................
235
Eduardo Salazar Ortuño
Patrimonio natural..........................................................................
239
Lucía Casado Casado
Pérdida neta de biodiversidad............................................................
247
Santiago M. Álvarez Carreño
Planificación...................................................................................
253
Anna Pallarés
Planes de gestión de especies...............................................................
257
Gustavo M. Hernández Arteaga
Plan de ordenación de los recursos naturales........................................
261
Iñigo Lazkano Brotóns
Plan rector de uso y gestión................................................................
267
Fernando de Rojas Martínez-Parets
Polinizadores...................................................................................
271
Elisa Pérez de los Cobos Hernández
Principio de no regresión...................................................................
277
Santiago M. Álvarez Carreño
Programa LIFE................................................................................
283
Itziar Sobrino García
Protección rigurosa........................................................................... Lucía Casado Casado
287
Índice
13
Protocolo sobre zonas especialmente protegidas y diversidad biológica en el Mediterráneo................................................................................
295
Aitana de la Varga Pastor
Razones imperiosas de interés público de primer orden............................
305
Agustín García Ureta
Recursos genéticos.............................................................................
311
Aitana de la Varga Pastor
Red Natura 2000.............................................................................
323
Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa
Reintroducción de especies..................................................................
327
Agustín García Ureta
Reserva de la biosfera........................................................................
331
René Javier Santamaría Arinas
Reserva natural...............................................................................
335
Lucía Casado Casado
Reserva pesquera..............................................................................
341
Francisco Javier Sanz Larruga
Restauración...................................................................................
345
Marta Torre-Schaub
Servicios ecosistémicos.......................................................................
351
Jesús Jordano Fraga
Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN)......
355
Susana Galera Rodrigo
Veda de caza....................................................................................
361
Sara García García
Zona de especial protección para las aves (ZEPA)..................................
365
Blanca Soro Mateo
Zonificación.................................................................................... Fernando de Rojas Martínez-Parets
371
Nota introductoria La idea de hacer un diccionario de términos jurídicos sobre la biodiversidad responde al objetivo de analizar de una forma sistemática algunas nociones básicas sobre esta materia. En unos momentos en los que la progresiva degradación de la biodiversidad, esto es, de “la variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte”,1 es más que patente, se ha considerado necesario compilar diversos términos para exponer su significado jurídico y sus posibles implicaciones. Ciertamente, distintas normas proporcionan hoy en día definiciones de los términos claves que manejan, como sucede con el anterior de “diversidad biológica”. Sin embargo, dichas nociones vienen acompañadas, a su vez, de otros conceptos, muchas veces indeterminados, cuyo significado real dista de ser claro y se ve sujeto a la interpretación que de ellos pueden hacer distintos operadores jurídicos, ya sean doctrinales, administrativos o judiciales. Es en este contexto en el que se han comentado, por diversas personas provenientes del mundo académico, 65 términos relacionados entre sí, puesto que todos ellos vienen a referirse a lo que genéricamente se puede denominar derecho de la biodiversidad. El planteamiento que se ha seguido en los diversos términos ha sido el de exponer de una manera sintética, pero, se espera, analítica, el significado jurídico de diversas voces. Para ello, su examen no se limita a referir su contenido, sino también la exégesis que de los mismos se ha dado hasta la fecha, en particular en sede judicial, ofreciendo al lector una guía para poder desenvolverse en un contexto jurídico sujeto, como la propia biodiversidad, a una evidente variabilidad, máxime en los tiempos presentes en que
1
Convenio sobre la Diversidad Biológica, articulo 2.
16
Nota introductoria
aquella se enfrenta a indudables retos, precisándose de un mejor conocimiento de sus implicaciones, también en el plano jurídico. El diccionario pretende también, de una manera modesta, remarcar el papel del Derecho ambiental y la necesaria interacción entre el mundo académico y aquellas personas que deben finalmente aplicarlo, ya sea en el plano administrativo o jurisdiccional. El Derecho no es un fósil, sino un instrumento vivo porque las sociedades y el medio ambiente están sujetas a cambios a los que este debe dar respuesta, máxime cuando las transformaciones provienen de fenómenos, como el calentamiento climático, entre otros, que tanto afectan a la biodiversidad. Por ello, se ha considerado ineludible dar voz al derecho que regula esta realidad a través del presente diccionario. Por último, hay que indicar que este trabajo cuenta con la financiación otorgada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital: proyectos de investigación PID2020115505RB-C21 y PID2020-115505RB-C22. Los Directores
Afección apreciable AGUSTÍN GARCÍA URETA Universidad del País Vasco
La locución “afección apreciable” aparece en el art. 6.3 de la Directiva 92/43, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DH), que exige una evaluación del impacto de cualquier plan o programa que, sin tener relación directa con la gestión del lugar o sin ser necesario para la misma, “pueda afectar de forma apreciable” a los lugares de la red Natura 2000. Aunque tal expresión no se reitera de la misma manera, el art 6.2 DH también hace alusión a evitar, en dichas zonas, las alteraciones que repercutan en las especies que hayan motivado la designación de las zonas, en la medida en que dichas alteraciones “puedan tener un efecto apreciable” en lo que respecta a los objetivos de la DH. Por su parte, el Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural de Europa no recoge una expresión similar, aunque requiere a los Estados Partes que eviten toda explotación de los recursos y del medio natural que entrañe “un daño apreciable” para el equilibrio ecológico.1 Otras normas europeas, caso de la Directiva 2011/92, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, han optado por la locución “repercusión importante”2 o “efectos notables”3, sin ofrecer una posible definición. Es en el contexto de la DH en donde la citada expresión ha encontrado una aplicación explícita y una consideración jurisprudencial específica. Así en el ámbito de la evaluación exigida por el art. 6.3 DH, el Tribunal de Justicia ha declarado que la posibilidad
1 2 3
Primer considerando. Art. 1.1. Considerando (8).
18
Agustín García Ureta
de afección apreciable debe analizarse, en particular, a la luz de las características y condiciones ambientales específicas de la zona afectada por tal plan o proyecto. En este supuesto, tiene un papel relevante el principio de cautela.4 En ausencia de una definición de “afección apreciable” en la DH, la Comisión Europea entiende que un efecto apreciable es cualquier efecto que puede predecirse razonablemente como consecuencia de un plan o proyecto y que afectaría de forma negativa y considerable a los objetivos de conservación establecidos para los hábitats y las especies con presencia significativa en un espacio de Natura 2000. Para ello, incluye como indicadores de “apreciabilidad” la pérdida de superficie de un hábitat, su degradación, el grado de intensidad, duración o permanencia de un factor de perturbación, la fragmentación que se pueda ocasionar y los posibles efectos indirectos (grado de exposición de la zona a otras amenazas).5 Lógicamente la determinación de tal afección ha de hacerse ad casum, toda vez que lo que en algunos lugares pueda tener tal naturaleza, no lo sea en otras ubicaciones. En este sentido, los objetivos de conservación de cada lugar han de servir para establecer que se está ante una posible afección apreciable, ya que son la referencia para llevar a cabo una evaluación bajo el art. 6.3 DH. Con todo, la Comisión viene a asumir que los grandes proyectos, como autovías, ferrocarriles, parques eólicos, puertos, vías navegables, debido a sus dimensiones y a su naturaleza, tienen efectos apreciables en el lugar de que se trate.6 Como ya se ha indicado, la DH también requiere la consideración de las afecciones apreciables en el caso del art. 6.2. La im4
5
6
Asunto C-127/02, Landelijke Vereniging tot Behoud van de Waddenzee y Nederlandse Vereniging tot Bescherming van Vogels v. Staatssecretaris van Landbouw, Natuurbeheer en Visserij. Asunto C‑521/12, Briels. Asuntos acumulados C‑387/15 y C‑388/15, Orleans. Comunicación de la Comisión. Evaluación de planes y proyectos en relación con espacios Natura 2000: orientación metodológica sobre el artículo 6, apartados 3 y 4, de la Directiva 92/43/CEE, sobre los hábitats, C (2021) 6913 final, pp. 21-22. C (2021) 6913 final, p. 47.
Afección apreciable
19
portancia de esta norma no se puede subestimar, en la medida en que impone a los Estados miembros una obligación general, que supera la concreta evaluación que se pueda llevar a cabo de planes y proyectos bajo el art. 6.3 DH. Esta disposición exige la adopción de medidas de conservación establecidas de manera sistemática, en función de las exigencias ecológicas de las especies y de los hábitats presentes en los lugares de que se trate. La naturaleza sistemática no se reduce solo a su aplicación temporal sino al objeto de la misma, ya que no puede limitarse a casos aislados,7 la Comisión ha acudido a la definición de “estado de conservación favorable”8 para deducir de ella cuándo puede establecerse que existe un afección apreciable.9 Así, todo suceso, actividad o proceso que contribuya al declive a largo plazo de la población de la especie en el lugar puede considerarse una alteración apreciable, al igual que todo suceso, actividad o proceso que contribuya a la reducción o al riesgo de reducción del área de distribución de la especie dentro del lugar o todo suceso, actividad o proceso que coadyuve a la disminución de la extensión del hábitat disponible de una especie (v.g., la ocupación por unas minas de áreas que constituyan hábitats apropiados para una especie, aunque ya no puedan ser utilizados por esta durante la explotación de las minas).10 En el supuesto de los hábitats, se tratará de todo suceso, actividad o proceso que dé lugar a la reducción de la superficie, dentro de un espacio declarado, que ocupe el tipo de hábitat o el hábitat de la especie que haya motivado la declaración del espacio (v.g., una sobreexplotación de acuíferos que acarree un descenso del nivel piezométrico).11
7 8 9
10 11
Asunto C-661/20, Comisión v. Eslovaquia. Art. 1, letras e) e i) DH. Gestión de espacios Natura 2000. Disposiciones del artículo 6 de la Directiva 92/43/CEE, sobre los hábitats, pp. 21-22. Asunto C-404/09, Comisión v. España. Asunto C-559/19, Comisión v. España.