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LA RESPONSABILIDAD CIVIL ANTE UN ILÍCITO PENAL COMETIDO POR UN MENOR Aspectos sustantivos

JESÚS ÁNGEL BONILLA CORREA

Prólogo: MARIO E. CLEMENTE MEORO

tirant lo b anch Valencia, 2009


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JESÚS ÁNGEL BONILLA CORREA

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A mis queridos padres: Manolo y テ]geles, por todo el amor y dedicaciテウn que siempre han mostrado con sus hijos y nietos



ÍNDICE GENERAL PRESENTACIÓN.................................................................................................... NOTA DEL AUTOR ................................................................................................ PRÓLOGO ............................................................................................................... ABREVIATURAS ....................................................................................................

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PRIMERA PARTE CUESTIONES PRELIMINARES SECCIÓN PRIMERA ANÁLISIS HISTÓRICO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS PADRES I. CONSIDERACIONES GENERALES..................................................... II. DERECHO ROMANO ............................................................................... 1. Planteamiento .................................................................................... 2. Las fuentes de las obligaciones en el Derecho Romano ........... A) Obligaciones que nacen del delito .................................................. B) Las obligaciones que nacen del cuasidelito ................................... 3. Función de la culpa en el Derecho Romano................................ 4. La acción noxal .................................................................................. A) Fundamento de la acción noxal ..................................................... B) Naturaleza de la acción noxal ........................................................ a) Naturaleza personal o real ...................................................... b) Diferencias entre la acción noxal y el art. 1903 CC ............... c) Diferencias entre la acción noxal y la responsabilidad civil configurada en el Derecho Penal de Menores ........................ III. LA EDAD EN EL DERECHO ESPAÑOL .............................................. 1. El Medievo ........................................................................................... A) El Fuero Juzgo ................................................................................ B) Las Partidas ................................................................................... 2. La Codificación .................................................................................. A) Introducción .................................................................................... B) La codificación penal ...................................................................... a) El proyecto de Código Penal de 1821 ...................................... b) El Código Penal de 1822 .......................................................... c) El Código Penal de 1848 .......................................................... d) El Código Penal de 1850 .......................................................... e) El Código Penal de 1870 .......................................................... f) El Código Penal de 1928 .......................................................... g) El Código Penal de 1932 .......................................................... h) El Código Penal de 1944 .......................................................... i) Texto refundido de 1973 .......................................................... j) Código Penal de 1995...............................................................

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ÍNDICE GENERAL

C) La codificación civil ........................................................................ a) El proyecto de Código Civil de 1821........................................ b) El proyecto de Código Civil de 1836........................................ c) El proyecto de Código Civil de 1851........................................ d) El Código Civil de 1889 ........................................................... e) La reforma del Código Civil de 1981....................................... D) Legislación penal de menores......................................................... a) Antecedentes legislativos ........................................................ b) Regulación actual.....................................................................

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SECCIÓN SEGUNDA FUNDAMENTO DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES POR LOS HECHOS DAÑOSOS CAUSADOS POR SUS HIJOS I. PLANTEAMIENTO GENERAL .............................................................. II. CRITERIOS PARA IMPUTAR A LOS PADRES, TUTORES Y GUARDADORES LOS DAÑOS CAUSADOS POR UN MENOR .................. 1. Responsabilidad civil basada en la culpa .................................... A) La culpa in vigilando. La edad del menor y el deber de control... B) La culpa in educando ..................................................................... C) La culpa como incumplimiento genérico de los deberes paternofiliales .............................................................................................. D) Críticas al fundamento de culpa .................................................... E) La configuración de la patria potestad y su relación con el Derecho de daños.................................................................................... 2. Criterios que fundamentan una responsabilidad objetiva ..... A) El beneficio moral o económico ...................................................... B) Los fines preventivos ....................................................................... C) Fines de garantía ............................................................................ D) La solidaridad familiar ................................................................. E) El Principio de equidad.................................................................. F) La responsabilidad por riesgo ........................................................ G) Razones de carácter victimológico ................................................. H) Críticas a los criterios que fundamentan una responsabilidad objetiva ................................................................................................ I) Responsabilidad objetiva y seguro de responsabilidad civil ........

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SECCIÓN TERCERA LA EDAD EN RELACIÓN CON LA IMPUTABILIDAD PENAL Y LA IMPUTABILIDAD CIVIL. FUNCIÓN DE LA IMPUTABILIDAD EN LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL Capítulo Primero Minoría de edad y responsabilidad penal. La imputabilidad, sus consecuencias en la teoría general del delito I. PLANTEAMIENTO DEL TEMA .............................................................

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ÍNDICE GENERAL

II. EL CONCEPTO DE IMPUTABILIDAD PENAL ................................. 1. Concepto material de imputabilidad y su relación con la teoría del delito........................................................................................ A) Teoría de la necesidad de la pena .................................................. B) Teoría de la capacidad de motivación de las normas ................... C) Teoría de la anormalidad motivacional ........................................ 2. Concepto formal de imputabilidad ............................................... A) Madurez del individuo como presupuesto de la imputabilidad penal ................................................................................................ a) Periodos del desarrollo de la persona en atención a la edad . a’) Desarrollo en la infancia................................................... b’) Etapa de la niñez .............................................................. c’) La adolescencia ................................................................. b) El desarrollo de la capacidad de comprensión de lo injusto y su autodeterminación .............................................................. B) Criterios para fijar la imputabilidad. Fórmulas biológicas, psicológicas y mixtas............................................................................... C) Tratamiento de la edad conforme a nuestra legislación penal vigente. Los tramos de edad penal .................................................... a) Régimen de los menores de catorce años ................................ b) Menores de catorce a dieciocho años.......................................

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Capítulo Segundo La edad en relación con la imputabilidad civil. Función de la imputabilidad en el derecho de daños I. PLANTEAMIENTO GENERAL .............................................................. II. DELIMITACIÓN CONCEPTUAL. CAPACIDAD, MINORÍA DE EDAD Y CAPACIDAD DE CULPA —IMPUTABILIDAD—. LA “CAPACIDAD NATURAL” DEL MENOR .................................................... III. DE LA CAPACIDAD NATURAL A LA CAPACIDAD DE CULPA ..... IV. RELACIÓN DE LA EDAD CON LA RESPONSABILIDAD CIVIL ... V. LA IMPUTABILIDAD CIVIL POR RAZÓN DE LA EDAD EN NUESTRA LEGISLACIÓN ................................................................................. 1. La imputabilidad civil en el Código Civil .................................... 2. La imputabilidad civil en la normativa penal ............................ A) La imputabilidad civil en el anterior Código Penal ..................... B) La imputabilidad civil en el actual Código Penal ........................ a) El artículo 118.1, regla primera, del Código Penal ................ b) El artículo 120, regla primera, del Código Penal ................... c) La imputabilidad civil en el Derecho Penal de menores ....... VI. LA IMPUTABILIDAD CIVIL Y SU RELACIÓN CON EL DERECHO DE DAÑOS ................................................................................................. 1. De la función del Derecho de daños en general ......................... 2. Función de la responsabilidad civil en la responsabilidad por culpa .....................................................................................................

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ÍNDICE GENERAL

A) La función preventiva de la responsabilidad civil en el art. 1902 CC .................................................................................................... B) Fundamento de la prevención sobre la base de la estructura de la norma .............................................................................................. C) La antijuridicidad de la conducta como presupuesto para que surja la responsabilidad civil en el art. 1902 CC .......................... a) La antijuridicidad como infracción del principio alterum non laedere ...................................................................................... b) La antijuridicidad como violación de la norma de conducta . c) Antijuridicidad y tipicidad ...................................................... d) La antijuridicidad en el ordenamiento italiano ..................... e) El daño como presupuesto en la responsabilidad civil .......... 3. El concepto material de culpabilidad en la responsabilidad civil por culpa..................................................................................... A) Concepto material de culpabilidad ................................................ B) De la inimputabilidad del menor a la posibilidad de responder .

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SEGUNDA PARTE LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN LA LEY ORGANICA REGULADORA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL MENOR. ASPECTOS SUSTANTIVOS SECCIÓN PRIMERA ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA REGULADORA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL MENOR I. LA LEY ORGÁNICA REGULADORA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL MENOR. ÁMBITO DE APLICACIÓN SUBJETIVO ... 1. Introducción ....................................................................................... 2. Ámbito subjetivo de aplicación ...................................................... A) Planteamiento ................................................................................. B) Límite superior ............................................................................... C) Límite inferior................................................................................. D) Menor de dieciocho años y mayor de catorce inimputable penalmente ............................................................................................... 3. Ámbito temporal de la Ley. Su retroactividad ...........................

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SECCIÓN SEGUNDA CARACTERES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL POR HECHOS DE LOS MENORES Capítulo Primero Responsabilidad directa y solidaria I. RESPONSABILIDAD DIRECTA ............................................................

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ÍNDICE GENERAL

1. Planteamiento .................................................................................... 2. Configuración de esta característica en otros textos legales . A) En el Código Civil ........................................................................... B) En el Código Penal ......................................................................... C) Disfunción entre el Código Penal y la LORRPM .......................... II. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA ....................................................... 1. Reflejo expreso de la solidaridad................................................... 2. Consecuencias de la solidaridad.................................................... 3. La solidaridad en la obligación de pago ...................................... A) La solidaridad en los “responsables solidarios” ............................ B) La solidaridad entre el menor y el resto de los responsables ........

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Capítulo Segundo Responsabilidad objetiva I. PLANTEAMIENTO: DISTINTOS SISTEMAS DE RESPONSABILIDAD ............................................................................................................. 1. El sistema de responsabilidad subjetiva pura. La objetivación jurisprudencial de este sistema ..................................................... 2. Sistema de responsabilidad subjetiva objetivada ..................... 3. Sistema de responsabilidad objetiva. Las causas de exoneración........................................................................................................ II. SISTEMA DE RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES POR LOS HECHOS DE SUS HIJOS EN EL CÓDIGO CIVIL ............................. 1. Justificación de la objetivación jurisprudencial ....................... 2. De la culpa propia a la responsabilidad por hecho ajeno ....... 3. Posición de los Tribunales............................................................... III. LA RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES POR LOS HECHOS DE SUS HIJOS EN EL CÓDIGO PENAL. POSTURA DE NUESTROS TRIBUNALES ............................................................................................ IV. LA CONFIGURACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES POR LOS HECHOS DE SUS HIJOS EN LA LORRPM ......... 1. Posicionamiento dogmático ............................................................ 2. Postura de nuestros Tribunales ..................................................... V. FUNDAMENTO DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES EN UN SISTEMA OBJETIVO .................................................................

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Capítulo Tercero La moderación I. PRECEDENTES LEGALES .................................................................... 1. El artículo 114 del Código Penal .................................................... 2. El artículo 1103 del Código Civil .................................................... II. ANÁLISIS DE LA EXPRESIÓN DOLO O NEGLIGENCIA GRAVE 1. Dolo o negligencia grave y su relación con el sistema de responsabilidad ....................................................................................... 2. Significado de la expresión dolo o culpa grave ..........................

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ÍNDICE GENERAL

III. IV. V.

VI. VII. VIII. IX.

3. La moderación y el grado de culpa ............................................... 4. Concepto de negligencia .................................................................. 5. Criterios que han servido para la moderación por los Tribunales ...................................................................................................... OBJETO DE LA MODERACIÓN............................................................ FUNDAMENTO DE LA MODERACIÓN ............................................... SUJETOS A LOS QUE ALCANZA LA MODERACIÓN....................... 1. La no aplicación de la moderación al menor. Sus consecuencias ........................................................................................................ 2. Pluralidad de sujetos dentro del mismo grupo de responsables solidarios ..................................................................................... CARGA DE LA PRUEBA ......................................................................... DISCRECIONALIDAD DE LA MODERACIÓN .................................. CUANTÍA DE LA MODERACIÓN .......................................................... APLICACIÓN DEL INSTITUTO DE LA MODERACIÓN EN LA JURISDICCIÓN CIVIL .................................................................................

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SECCIÓN TERCERA LOS RESPONSABLES SOLIDARIOS Capítulo Primero Los padres como responsables solidarios I. REQUISITOS DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES ....... 1. Planteamiento .................................................................................... 2. El requisito de la guarda y la convivencia .................................. A) En el Código Civil ........................................................................... B) En el Código Penal ......................................................................... C) En la Ley Orgánica Reguladora de la Responsabilidad Penal de Menor .............................................................................................. 3. Responsabilidad y patria potestad................................................ A) Supuestos de patria potestad conjunta .......................................... B) Supuestos de filiación matrimonial y no matrimonial ................. C) Influencia del régimen económico matrimonial y la responsabilidad .................................................................................................. a) Supuesto de padres casados en régimen de gananciales ....... b) Supuesto de separación de bienes........................................... a’) Condena de ambos cónyuges ............................................ b’) Condena de uno sólo de los cónyuges ............................... c) El régimen de participación .................................................... d) Pacto en Capitulaciones Matrimoniales ................................. a’) Efectos del pacto entre los contrayentes .......................... b’) Efectos del pacto respecto de terceros .............................. D) Patria potestad ejercida por uno solo de los progenitores ............. a) Padres privados de la patria potestad .................................... b) Padres imposibilitados en el ejercicio de la patria potestad.. c) Impugnación y determinación de la patria potestad .............

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d) E) F) G) H) I)

Padres adoptantes .......................................................................... Separación judicial, nulidad y divorcio ........................................ Separación de hecho ....................................................................... Abandono del menor ....................................................................... Supuesto de fuga del menor ........................................................... Influencia de determinados aspectos del menor. La emancipación del menor......................................................................................... a) El menor emancipado por concesión de sus padres ............... b) La emancipación por matrimonio ........................................... c) El menor con vida independiente............................................

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Capítulo Segundo Responsabilidades de los tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho I. INTRODUCCIÓN ...................................................................................... II. LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL TUTOR ......................... 1. Planteamiento .................................................................................... A) El requisito de la compañía en la institución tutelar ................... B) Convivencia y responsabilidad ...................................................... 2. Responsabilidad del tutor persona física .................................... A) Responsabilidad en caso de pluralidad de tutores........................ a) Pluralidad de tutores con división de funciones .................... b) Pluralidad de tutores sin especificación de funciones............ c) Pluralidad de tutores con atribución de la convivencia a uno de ellos ...................................................................................... B) Abandono del pupilo....................................................................... 3. Responsabilidad del tutor persona jurídica ............................... A) Introducción .................................................................................... B) El requisito de la compañía en las personas jurídicas-tutor ........ C) Especialidades sobre la responsabilidad debido al funcionamiento de las personas jurídicas ............................................................ a) Tutor persona jurídico-privada ............................................... b) Tutor persona jurídico-pública ................................................ a’) El desamparo..................................................................... b’) Efectos de la declaración de desamparo........................... III. LA RESPONSABILIDAD DEL GUARDADOR LEGAL...................... 1. Planteamiento y situaciones........................................................... A) La guarda judicial.......................................................................... B) La guarda convencional ................................................................. IV. LA RESPONSABILIDAD DEL ACOGEDOR........................................ 1. La situación de acogimiento ........................................................... A) Características del acogimiento que influyen a la hora de conformar la responsabilidad .................................................................. B) Clases de acogimiento en atención a su ejercicio ........................... a) Acogimiento familiar ............................................................... a’) Contenido del acogimiento familiar .................................

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ÍNDICE GENERAL

b’) Requisitos formales del acogimiento ................................ b) Acogimiento residencial........................................................... 2. Responsabilidad derivada en el acogimiento ............................. A) Posibles responsables...................................................................... a) Responsabilidad de padres o tutores ...................................... b) Responsabilidad de la Entidad pública .................................. c) Responsabilidad en el caso de acogimiento residencial ......... d) Responsabilidad en caso de acogimiento familiar.................. B) Postura de los Tribunales ............................................................... V. EL GUARDADOR DE HECHO ............................................................... 1. Aproximación a la institución ........................................................ 2. Ámbito de la guarda de hecho y el régimen jurídico aplicable .......................................................................................................... 3. La responsabilidad del guardador de hecho ..............................

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Capítulo Tercero De la enumeración de los sujetos responsables solidarios I. CARÁCTER EXHAUSTIVO DE LA ENUMERACIÓN DEL ART. 61.3 LORRPM ............................................................................................ 1. Introducción ....................................................................................... 2. Estado de la cuestión con relación al Código Civil ................... 3. Los Centros docentes, su inclusión en el art. 61 LORRPM...... A) Introducción .................................................................................... B) Argumentos a favor de una interpretación extensiva .................... a) La teoría del concurso de normas y aplicación supletoria del art. 1903 CC ............................................................................. b) Críticas a la teoría del concurso de normas ........................... c) La interpretación extensiva del art.61.3 LORRPM ............... 4. Responsabilidad de los profesores ................................................ 5. Responsabilidad del empresario ................................................... II. ESTUDIO DE LA EXPRESIÓN “POR ESTE ORDEN” ...................... 1. Antecedentes parlamentarios ........................................................ 2. Significados de la expresión “por este orden” ............................ A) Pluralidad de sujetos responsables de forma simultánea ............ B) Jerarquización de los llamamientos .............................................. 3. Posición de los Tribunales............................................................... III. LA ACCIÓN DE REPETICIÓN ............................................................... 1. Planteamiento .................................................................................... 2. Aplicación del artículo 1904 del Código Civil ............................. 3. Aplicación del artículo 20 del anterior Código Penal............... 4. Toma de posición ............................................................................... JURISPRUDENCIA ............................................................................................... Tribunal Constitucional ......................................................................... Tribunal Supremo .................................................................................... Sala Civil ...............................................................................................

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Sala Penal.............................................................................................. Sala Contencioso-administrativo ......................................................... Tribunales Superiores de Justicia —Jurado— ................................. Audiencias Provinciales ......................................................................... Secciones Penales .................................................................................. Secciones Civiles ................................................................................... Secciones de Menores............................................................................ Autos ............................................................................................... Sentencias .......................................................................................

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BIBLIOGRAFÍA......................................................................................................

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PRESENTACIÓN El objeto de la presente obra es el estudio de la responsabilidad civil por los daños causados como consecuencia de un ilícito penal cometido por un mayor de catorce años pero menor de dieciocho, cuando el hecho realizado está tipificado por las leyes penales. Es decir, la responsabilidad civil tal y como ha sido regulada la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores (en adelante LORRPM), que dedica un Título independiente a esta cuestión, arts. 61 a 64, prestando casi toda la atención al art. 61.3, referido a aspectos sustantivos. El no causar un daño a otro constituye uno de los grandes pilares en los que se asienta todo sistema jurídico, de ahí la importancia del mismo a lo largo de la historia de cualquier sociedad, estableciéndose mecanismos no sólo para ser reparado ese daño producido, sino para que, en la medida de lo posible, se evite. La especialidad en este caso proviene no tanto del resultado, el daño, sino del origen del mismo, la acción, pues el daño trae causa en un ilícito penal cometido por un menor. La LORRPM no sólo dedica un Título independiente para regular este tipo de responsabilidad, sino que la configura de manera diferente a como hasta ahora se había configurado, apartándose tanto del sistema establecido para la responsabilidad por daños derivados de un ilícito civil, como la configurada por el Código Penal cuando el daño causado tenía su origen en una acción delictiva. Esta nueva configuración se hace en un momento histórico en donde se ha producido una evolución notable en materia de daños que obedece no sólo a la transformación experimentada por las modernas sociedades, sino, y de ahí la importancia del origen del daño, de una nueva concepción de la víctima por el Derecho Penal. A nuestro legislador no le ha resultado indiferente que el origen del daño nazca de una acción delictiva, de ahí que al perjudicado, la mayoría de las veces víctima, tenga un trato diferente que cuando el daño nazca en un ilícito civil. El trabajo está dividido en dos partes bien diferenciadas. La primera de ellas dedicada al estudio de cuestiones preliminares, que sirve para entender las diferentes concepciones sobre la responsabilidad civil. En esta parte se efectúa, en primer término, una reflexión histórica, partiendo del Derecho Romano hasta nuestros días. Es preciso ver cómo se ha configurado la responsabilidad civil en los distintos textos, cómo ha ido evolucionando la misma con relación a la penal, tanto en los diferentes Códigos Penales como en nuestro Código Civil; pues, al fin y al cabo, “las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto y los antecedentes históricos y legislativos...”.


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En segundo lugar, se abordan las distintas teorías que hacen responder a los padres por los daños causados por sus hijos, ya sea el origen de los daños un comportamiento tipificado como delito o falta, ya se trate de un simple ilícito civil. Esto lleva, a su vez, a distinguir entre las teorías que basan la obligación de responder de los progenitores en la culpa, de aquellas otras que la fundamentan en criterios de garantía, al margen de la culpa. Mientras las primeras atienden al comportamiento de la persona que debe responder, las segundas atienden a la figura de la víctima. En tercer lugar, dentro de esta primera parte, se estudia la relación de la edad con la imputabilidad. Si al igual que se habla de imputabilidad penal, como uno de los requisitos para que surja la responsabilidad penal, podemos hablar de imputabilidad civil, para que surja esta última. Caso de dar una respuesta afirmativa a esta cuestión, hay que preguntarse si tiene o no alguna trascendencia dentro de la responsabilidad civil; es decir, si se puede hablar de una auténtica responsabilidad civil cuando no exista la capacidad de culpa en el sujeto, y si se puede hablar de, con base en este requisito, de una función preventiva de la responsabilidad civil. Lo cual no quiere decir que la víctima o perjudicado quede totalmente desamparada, que no se le deba compensar, de alguna manera, el perjuicio sufrido. En consecuencia, es preciso determinar los requisitos de la responsabilidad civil para, a su vez, establecer qué función tiene cada uno de ellos en la teoría general de la responsabilidad civil. La segunda parte se dedica al ámbito de aplicación de la Ley, los caracteres de la responsabilidad civil establecidos en ella y los sujetos llamados a responder. Es el aspecto sustantivo del trabajo. Se analiza el tipo de responsabilidad ¿solidaria?, y la posibilidad de moderación. Realmente, de los caracteres se deduce que ni la responsabilidad sea solidaria, ni tampoco que se pueda hablar de una auténtica responsabilidad en los denominados “responsables solidarios”. Además, en esta parte se analizan los distintos sujetos llamados a responder. La Ley menciona, en su art. 61.3, a los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, y acaba su redacción con la expresión “por este orden”. Por tanto, habrá que determinar si nos encontramos ante un numerus clausus o apertus, por un lado, y, por otro, si cabe o no hablar de una responsabilidad acumulada de los distintos sujetos allí enumerados. Sobre todo, es importante determinar si sujetos no mencionados, tales como centros docentes o empresarios, pueden incluirse de alguna manera entre los sujetos responsables, y, en su caso, su fundamento.


NOTA DEL AUTOR El contenido de esta monografía coincide fundamentalmente con la tesis doctoral “La responsabilidad civil ante un ilícito penal cometido por un menor”, no obstante, debido a su extensión, ha sido reducida, suprimiendo, por un lado, la parte referida a los aspectos procesales, y, por otra, gran parte del contenido de las sentencias que se citan como jurisprudencia. La citada tesis fue defendida el 23 de abril de 2007 en la Facultad de Derecho de Valencia, y que obtuvo, por unanimidad, la calificación de Sobresaliente cum laude. El Tribunal que la juzgó fue presidido por el Prof. Dr. y Magistrado del Tribunal Supremo D. Vicente L. Montés Penadés, y estuvo integrado, además, por los siguientes Profs. Drs. D. Francisco de Paula Blasco Gascó, D. Enrique Orts Berenguer, D. Juan Antonio Moreno Martínez y Dña. Ana Cañizares Laso, todos ellos Catedráticos, a quienes, desde estas páginas, quiero agradecer sus aportaciones y sugerencias, tanto en cuanto a contenido como a sistemática, que espero haya sabido reflejar en este trabajo. Tengo el honor de haber realizado la tesis doctoral bajo la dirección del Prof. Dr. D. Mario E. Clemente Meoro, Catedrático de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de Valencia, a quien deseo manifestar mi agradecimiento y respeto por la ayuda y consejos para elaborar tanto la tesis como esta monografía; sobre todo en lo que referente a la investigación, donde no se ha dado nada por supuesto, y a la búsqueda de claridad a la hora de expresarme, habiendo sido muchas las precisiones al respecto; todo ello, con la finalidad de que el trabajo sea un trabajo serio, y que al lector le aporte un punto de vista práctico y, en la medida de lo posible, novedoso, pero, sobre todo, hacer del texto un texto claro, comprensible y útil. Además de mi director de tesis, detrás de este trabajo hay una serie de personas que han contribuido y que por consideración hacía ellos deseo no sólo dejar constancia, sino expresarles mi gratitud. Así, especialmente, Lucía Sanz Díaz, Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción Nº 1 de Valencia, en el que desempeño la labor de Secretario Judicial; mi compañero y amigo Francisco Collado Giménez, Secretario Judicial del Juzgado de Instrucción Nº 10 de Valencia; Elena Martínez García, profesora del Departamento de Procesal de la Facultad de Derecho de Valencia; y mi compañero de carrera y amigo desde entonces, José Joaquín Godoy Ortega, letrado en ejercicio. De igual manera, quiero agradecer a la Editorial Tirant lo Blanch por el interés prestado desde un principio a este texto, así como por su buen-hacer en el marco formativo de los Secretarios Judiciales de la Comunidad Valenciana. Finalmente, deseo hacer mención a mi familia, especialmente a Milagros —por su dedicación a nuestros hijos y su infinito amor y amistad para conmi-


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JESÚS ÁNGEL BONILLA CORREA

go—, a quienes desde estas páginas pido excusas por todo el tiempo que les he robado durante el largo periodo de elaboración de la tesis y la acomodación de la misma a este libro. Requena, a 15 de marzo de 2008


PRÓLOGO El autor de esta obra me pide unas palabras preliminares a su libro y aun siendo consciente de que nada añadirán a él, no he podido sino aceptar el encargo; y no por mera razón de cortesía sino por las muchas virtudes que adornan tanto a la obra y como a su autor. En efecto, es para mí muy gratificante poner de manifiesto las virtudes que les adornan, que son muchas y muy relevantes. En primer lugar se ha de señalar el tesón y dedicación que el autor ha puesto en la elaboración de este trabajo. Resulta ciertamente admirable que alguien no vinculado a la docencia universitaria, que trabaja como Secretario Judicial, y que ha de recorrer todos los días más de ciento cincuenta kilómetros para cumplir con sus obligaciones laborales, haya dedicado la muchas horas que hacen falta para elaborar una obra como la que el lector tiene ante sí, una obra de investigación solvente, seria y rigurosa; y que lo haya hecho por pura vocación intelectual. En este sentido, y así me consta, no sólo ha de felicitarse al autor, sino también a su cónyuge, que también ha tenido que sacrificarse para ver culminada la tarea. De otro lado, la obra en cuestión refleja la solvencia de su autor como jurista. Éste maneja con rigor y exhaustividad las fuentes bibliográficas y presta especial atención a la jurisprudencia; y se nota de inmediato y a simple vista que su experiencia profesional orienta al autor hacia el planteamiento de cuestiones que se suscitan cotidianamente ante los tribunales. En este sentido, el trabajo guarda un justo equilibrio entre la exposición teórica y la solución de cuestiones prácticas. Además, el tema que ha escogido no es sencillo. Y no lo es porque el legislador lo ha puesto difícil. La Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, no es precisamente un dechado de virtudes. Para empezar, no queda claro quiénes y cómo responden de los daños causados por los mayores de catorce años y menores de dieciocho cuando su conducta sea delito. Porque el art. 61.3 LORRPM hace responsable al menor solidariamente con sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, ìpor este ordenî. ¿Qué significa que la responsabilidad se solidaria pero ìpor este ordenî? ¿Responden los padres aunque hayan sido privados de la patria potestad? ¿No responden los padres si hay tutores?; ¿o es al contrario? De otra parte, la LORRPM omite toda referencia a ciertos supuestos que plantean cuestiones de difícil solución. En primer lugar, no se menciona, a diferencia de lo que hacía el art. 22.2 del anterior Código Penal, el caso de los daños causados en la escuela por el menor cuando su conducta esté tipificada como delito o falta ¿Responde en tal supuesto el centro docente? Y si lo hace, ¿de


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forma solidaria o subsidiaria? En segundo lugar, tampoco se hace referencia a los daños casados por el menor como autor de un delito o falta actuando como dependiente o empleado. ¿Responde en tal caso el empresario, como sucede conforme al art. 120.4.º CP? En tercer lugar, también se omite toda mención a los daños causados por el menor en lugares de acceso controlado. ¿Resulta supletoriamente aplicable el art. 120.3.º CP? Estas y otras muchas cuestiones las resuelve el autor de esta obra con todo detalle y rigor. Las primeras páginas se dedican, como es habitual en este tipo de trabajos, a los antecedentes históricos, en este caso los de la responsabilidad civil por los hechos de los menores; y a continuación se reflexiona sobre el fundamento de la responsabilidad de los padres, tutores y guardadores y sobre la edad en relación con la imputabilidad penal y civil, cuestiones que tienen carácter general pero que han de estudiarse con carácter previo a lo que constituye el núcleo duro del trabajo, que es el análisis de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores: su ámbito de aplicación subjetivo y temporal, el carácter directo y solidario de la responsabilidad de padres, tutores y guardadores, la moderación de esta responsabilidad y, especialmente, la determinación de los sujetos responsables. Y de la calidad de la obra da fe el que fuera la tesis doctoral del autor, elaborada bajo mi dirección, que fue juzgada el 23 de abril de 2007 por un tribunal presidido por el Prof. Dr. Vicente L. Montés Penadés (Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Valencia y Magistrado del Tribunal Supremo), en el que fueron vocales los Profs. Drs. Enrique Orts Berenguer (Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia), Juan Antonio Moreno Martínez (Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Alicante) y Ana Cañizares Lasso (Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga)y en el que actúo como secretario el Prof. Dr. Francisco de Paula Blasco Gascó (Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Valencia). El tribunal le otorgó unánimemente la máxima calificación, sobresaliente cum laude. En definitiva, estamos ante una obra sobre un tema de gran trascendencia social en la que el jurista interesado encontrará soluciones razonadas y razonables sobre la responsabilidad civil por los hechos delictivos de los menores. Y no queda sino felicitar al autor y animarle a que siga dedicándose a la investigación en estas y otras materias con tanto ánimo e interés como en el de esta obra. Valencia, diciembre de 2008

MARIO E. CLEMENTE MEORO Catedrático de Derecho Civil. Universidad de Valencia


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