HACIA UNA JUSTICIA CONSTITUCIONAL INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (La internacionalización de las constituciones y la constitucionalización de los tratados)
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Marta Lorente Sariñena
Ana Cañizares Laso
Javier de Lucas Martín
Jorge A. Cerdio Herrán
Víctor Moreno Catena
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
María Luisa Cuerda Arnau
Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón
Manuel Díaz Martínez
Catedrático de Derecho Procesal de la UNED
Carmen Domínguez Hidalgo
Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania). Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Consuelo Ramón Chornet
Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
José Luis González Cussac
Ignacio Sancho Gargallo
Luis López Guerra
Elisa Speckmann Guerra
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España Directora del Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Fueron miembros de este Comité: Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
HACIA UNA JUSTICIA CONSTITUCIONAL INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (La internacionalización de las constituciones y la constitucionalización de los tratados) Carlos Ayala Corao
Profesor Titular de Derecho Constitucional (Universidad Católica Andrés Bello) Vicepresidente de la Comisión Internacional de Juristas Miembro Directivo del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional Ex presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
tirant lo blanch Ciudad de México, 2024
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© Carlos Ayala Corao
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Dedicatoria A Carmen, quien me ha acompañado y apoyado con su amor y comprensión durante toda una vida en común, y gracias a quien fue posible dedicar todo el esfuerzo requerido para poder llevar a cabo con éxito la elaboración de esta obra.
Índice Siglas y abreviaturas.............................................................................. Presentación........................................................................................... Introducción..........................................................................................
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Primera parte El nuevo paradigma de los derechos y del derecho I.
EL TRÁNSITO HACIA UN NUEVO CONCEPTO DE ESTADO, DE DERECHO Y DE SOBERANÍA.................................... II. EL NUEVO PARADIGMA INTERPRETATIVO DEL DERECHO DE LOS DERECHOS........................................................ III. LA INTERNACIONALIZACIÓN CONSTITUCIONAL Y LA CONSTITUCIONALIZACIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS................................................................................ IV. LA CONVENCIÓN AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS COMO LEY SUPREMA INTERNACIONAL: “INSTRUMENTO CONSTITUCIONAL DE ORDEN PÚBLICO”.......... V. LA CORTE IDH COMO UNA ESPECIE DE “CORTE CONSTITUCIONAL INTERNACIONAL”.......................................... VI. LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA INTERNACIONAL ......... 1. El proceso tutelar interamericano................................... 2. El proceso judicial contencioso interamericano.............
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Segunda parte El control internacional de la convencionalidad de las constituciones I. II.
EL CONTROL DE LA CONVENCIONALIDAD DE LAS CONSTITUCIONES EN EL SISTEMA AFRICANO................. EL CONTROL DE LA CONVENCIONALIDAD DE LAS CONSTITUCIONES EN EL SISTEMA EUROPEO.................. 1. La corrección preventiva o anticipada a la sentencia..... 2. La interpretación convencional conforme...................... 3. El control convencional de las interpretaciones constitucionales...........................................................................
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Índice
4.
La inconvencionalidad de normas constitucionales europeas................................................................................. A. El caso Anchugov y Gladkov v. Rusia............................ B. El caso Baka v. Hungría............................................... C. El caso Sejdić y Finci v. Bosnia-Herzegovina.................. D. Los casos Alajos Kiss v. Hungary; Gajcsi v. Hungary y Harmati v. Hungary..................................................... E. Los casos Demicoli v. Malta y Palaoro v. Austria.......... F. El caso Open Door and Dublin Well Woman v. Ireland. G. Otros casos: United Communist Party of Turkey and Others v. Turkey .............................................................. III. EL CONTROL DE LA CONVENCIONALIDAD DE LAS CONSTITUCIONES EN EL SISTEMA INTERAMERICANO. 1. El control interpretativo a través de las opiniones consultivas................................................................................ A. La interpretación convencional general (abstracta).. B. La interpretación sobre la convencionalidad del Derecho interno de los Estados miembros de la OEA............................................................................. 2. El control mediante las sentencias en los casos contenciosos.................................................................................. A. La cláusula constitucional de censura previa ........... B. Las cláusulas constitucionales de inimpugnabilidad jurisdiccional................................................................. C. La cláusula constitucional de retroactividad de leyes................................................................................ D. Las cláusulas constitucionales de arraigo y prisión preventiva oficiosa .....................................................
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Tercera parte El control interno de la convencionalidad de las constituciones I.
LOS CASOS DE LAS RESTRICCIONES A LA REELECCIÓN PRESIDENCIAL ......................................................................... 1. Guatemala: un buen comienzo seguido de un gran traspié. 2. Costa Rica: un antecedente aislado fuera del contexto autoritario ......................................................................... 3. Casos de controles abusivos de la convencionalidad......
371 374 382 390
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Índice
A. B. C. D. 4.
5. 6.
Nicaragua: el personalismo absolutista..................... Honduras: idas y vueltas autoritarias......................... Bolivia: el intento de sucesión personal.................... El caso especial de Ecuador: idas autoritarias y vueltas democráticas.......................................................... La solución correcta: la fidelidad a la Constitución y a la Convención ................................................................... A. Argentina: un buen precedente a seguir.................. B. Colombia: el principio constitucional de alternabilidad............................................................................. C. República Dominicana............................................... D. Perú: un mal comienzo y un buen final.................... Recapitulación sobre la pretendida mutación inconstitucional por vía del control abusivo de la convencionalidad .................................................................................. Venezuela: De la reforma inconstitucional derrotada a la enmienda fraudulenta para la reelección presidencial indefinida o de la democracia a la dictadura cuasi electiva............................................................................... A. La reforma inconstitucional de 2007: incontrolada pero derrotada por el pueblo.................................... a. Requisitos de contenido ..................................... b. Requisitos de forma y procedimiento................ c. Los principios fundamentales como límite........ d. Los vicios procedimentales de la reforma propuesta................................................................... e. La alteración del sistema democrático, del régimen presidencial y la violación del principio fundamental de la alternabilidad....................... a’. El aumento del período del presidente...... b’. El aumento irrazonable de las facultades y competencias del presidente....................... c’. La reelección ilimitada o indefinida del Presidente: violaciones constitucionales y la renuncia al control judicial...................... f. Las violaciones y el fraude constitucional de la reforma................................................................. g. El planteamiento de la inconstitucionalidad de la reforma y la renuncia del control por la Sala Constitucional......................................................
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II.
Índice
h. La derrota popular de la reforma propuesta .... B. La enmienda constitucional fraudulenta para la reelección presidencial indefinida ............................... a. La enmienda constitucional................................ b. La enmienda propuesta...................................... c. Los vicios de inconstitucionalidad de la enmienda.................................................................. d. El nihil obstat de los jueces constitucionales..... e. El resultado del referendo: la consumación de la enmienda fraudulenta..................................... C. El intento de revertir la enmienda............................ a. El triunfo parlamentario de la oposición en 2015: el reto constitucional................................. b. La póliza de garantía del control absoluto: el amarre del TSJ..................................................... c. La ejecución de la póliza de garantía contra la Asamblea Nacional................................................ d. La neutralización judicial de la iniciativa de reversión de la enmienda constitucional .............. e. Nuevos vicios y errores de la Sala Constitucional......................................................................... 7. El Salvador: una mutación inconstitucional para habilitar una sola reelección presidencial inmediata, por ahora................................................................ 8. Algunas consideraciones constitucionales sobre la reelección presidencial ......................................................... ANTECEDENTES Y PRECEDENTES DEL SISTEMA INTERAMERICANO........................................................................... 1. Un precedente temprano de la CIDH: el caso “Ríos Montt”................................................................................ 2. Los criterios interpretativos preexistentes de la Corte IDH sobre las restricciones aceptables............................ 3. La necesaria intervención de la Corte IDH: la OC-24.... A. El procedimiento judicial participativo..................... B. Competencia de la Corte IDH y admisibilidad de la solicitud....................................................................... C. La opinión interpretativa de la Corte IDH y sus fundamentos..................................................................... a. Democracia, Estado de Derecho y Derechos Humanos .............................................................
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Índice
4.
b. El principio democrático como principio rector y pauta interpretativa..................................... c. Los principios derivados de la democracia representativa.......................................................... d. El principio de la alternancia en el poder......... e. La reelección presidencial indefinida no es un derecho humano................................................. f. La incompatibilidad de la reelección presidencial indefinida con los derechos políticos.......... g. La incompatibilidad de la reelección presidencial indefinida con las obligaciones de derechos humanos...................................................... Apreciación final...............................................................
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Cuarta parte Las medidas cautelares y las medidas provisionales: el verdadero amparo internacional I. GRUPOS DE COMUNIDADES CAMPESINAS......................... II. GRUPOS DE INMIGRANTES Y REFUGIADOS....................... III. GRUPOS DE COMUNIDADES Y PUEBLOS AFRODESCENDIENTES .................................................................................... IV. GRUPOS DE COMUNIDADES Y PUEBLOS INDÍGENAS...... V. GRUPOS DE PERIODISTAS ..................................................... VI. GRUPOS DE RECLUSOS O INTERNOS (CÁRCELES).......... VII. GRUPOS DE PERSEGUIDOS POLÍTICOS DETENIDOS ARBITRARIAMENTE: LOS PRESOS POLÍTICOS.......................
624 627
Conclusión............................................................................................. Bibliografía............................................................................................
705 715
630 635 641 653 679
Siglas y abreviaturas AN
Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.
CADH
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Carta OEA
Carta de la Organización de los Estados Americanos.
CCC
Corte Constitucional de Colombia.
CCE
Corte Constitucional de Ecuador.
CCL
Corte Constitucional de Lituania.
CCR
Corte Constitucional de la Federación de Rusia.
CEDH CIDH
Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
CDH
Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
CIJ
Corte Internacional de Justicia.
CJC
Corte de Justicia del Caribe.
CNE
Consejo Nacional Electoral la República Bolivariana de Venezuela.
Corte IDH
Corte Interamericana de Derechos Humanos.
CRBV
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
CSJP
Corte Suprema de Justicia de Panamá.
CSJA
Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina.
CVDT
Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
DADDH
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
GIEI
Grupo Interdisciplinario de Expertas y Expertos Independientes para apoyar la investigación de los actos de violencia y las violaciones a los derechos humanos sucedidos en Bolivia entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2019.
JCPC
Comité Judicial del Consejo Privado del Reino Unido.
16 LDCP MINUGUA OEA ONU OC PIDCP PIDESC
Siglas y abreviaturas
Ley de Delitos Contra la Persona de Trinidad y Tobago de 1994. Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala. Organización de los Estados Americanos. Organización de las Naciones Unidas. Opinión Consultiva. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Partido Nacional de Honduras.
PNH Protocolo de San Salvador Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Reglamento de la CIDH Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Reglamento de la Corte IDH Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. SIDH Sistema Interamericano de Derechos Humanos. SCJN Suprema Corte de Justicia de la Nación de México. TCA Tribunal Constitucional de Austria. TCD Tribunal Constitucional de República Dominicana. TCP Tribunal Constitucional de Perú. TCPB Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia. TCT Tribunal Constitucional de Turquía. TEDH Tribunal Europeo de Derechos Humanos o Corte Europea de Derechos Humanos. TJCEE Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. TSH Tribunal Supremo de Hungría. TSJ Tribunal Supremo de Justicia la República Bolivariana de Venezuela. TSJ/SC Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.
Presentación
El objeto de esta investigación es analizar los sistemas de justicia tanto nacional (constitucional) como internacional de protección de los derechos humanos, a fin de concluir si podemos identificar una convergencia progresiva hacia un sistema de justicia constitucional internacional, que tenga por eje centralizador los valores universales de la dignidad de la persona humana. En otras palabras, si como consecuencia de la evolución del Derecho Constitucional de los derechos humanos y del Derecho Internacional de los derechos humanos, podemos advertir y constatar la presencia de un desarrollo progresivo y un encuentro colaborativo e integrador, entre los sistemas nacionales de justicia constitucional de los derechos y los sistemas de justicia internacional de los derechos humanos; y cuáles son sus consecuencias. A los fines de determinar el alcance de la investigación, nos formulamos las siguientes premisas: i) los derechos y su protección judicial surgieron en el ámbito interno con el nacimiento de las constituciones de los Estados; ii) este sistema interno entró en crisis con ocasión del surgimiento del nacismo, el fascismo y el marxismo en Europa; y la posterior irrupción de la segunda guerra mundial; iii) a partir de 1948 van a surgir progresivamente y en paralelo los sistemas internacionales de derechos humanos, a nivel regional (Europa, América y África) y mundial (Naciones Unidas); iv) los sistemas internacionales van a desarrollarse a partir de declaraciones y luego tratados de derechos humanos, que contienen: por un lado, los derechos y las correspondientes obligaciones sustantivas y adjetivas de los Estados; y por otro lado, los órganos de protección internacional: comisiones y tribunales de derechos humanos; v) los derechos constitucionales pasan a influir la elaboración de los instrumentos internacionales de derechos humanos, produciéndose así la internacionalización de
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Carlos Ayala Corao
los derechos; vi) al mismo tiempo, se ha venido produciendo una constitucionalización de los derechos humanos e incluso de sus instrumentos internacionales, que han incluso pasado a formar parte del bloque de la constitucionalidad en varios Estados; vii) como consecuencia, los derechos han pasado a tener una doble fuente jurídica en las obligaciones del Estado: la constitucional y la internacional; viii) esos mismos derechos van a ser interpretados a nivel internacional por los tribunales creados por los tratados a nivel regional; ix) esta interpretación internacional autorizada por los tratados, ha pasado a tener efectos generales en la interpretación de los derechos, para su aplicación por los órganos de los Estados; x) las obligaciones jurídicas internacionales de los Estados emanadas de los tratados, suponen su cumplimiento en el Derecho interno por todos los órganos del Estado, especialmente los tribunales; ya que en su defecto, queda habilitada la protección de las personas por los tribunales internacionales; xi) los Estados deben llevar a cabo en su Derecho interno un control de la convencionalidad de todos sus actos y actuaciones, con base en los tratados sobre derechos humanos conforme a la interpretación autorizada realizada por los tribunales internacionales y el principio pro-persona o de progresividad; y xii) todos los actos del Estado, incluyendo su constitución, están sujetos a las obligaciones internacionales de respeto, garantía y protección que derivan de los tratados, conforme a la interpretación autorizada realizada por los tribunales internacionales y el principio pro-persona o de progresividad. El planteamiento y la aproximación a las anteriores premisas aportan una interpretación sobre la universalidad de los derechos humanos. En efecto, las interpretaciones sobre los derechos realizadas por las cortes y tribunales constitucionales deben llevarse a cabo de manera conforme con las llevadas a cabo por los tribunales internacionales. La función de los tribunales constitucionales es proyectable y comparable con la que realizan a nivel internacional los tribunales sobre derechos humanos: interpretar y proteger los derechos, y controlar los actos de mayor jerarquía del Estado. En consecuencia, para demostrar esta tesis, es necesario
Presentación
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estudiar las interpretaciones de los tribunales internacionales sobre derechos humanos sobre dos aspectos fundamentales: el control de la convencionalidad de las constituciones y las medidas de protección cautelar con énfasis en las colectivas o de grupo. Con respecto al control de la convencionalidad de las constituciones, la investigación evidenció la existencia de una rica jurisprudencia de los tribunales internacionales: europeo, interamericano y más recientemente el africano. Ello permitió al mismo tiempo, evidenciar las semejanzas y diferencias de los tres sistemas en este aspecto. Asimismo, se analiza cómo el abuso del control de la convencionalidad de la constitución que fue llevado a cabo por determinadas altas jurisdicciones de países autoritarios con bajos índices de independencia judicial, declarando la existencia de un derecho humano a la reelección presidencial y así modificando su constitución, posteriormente pudo ser corregido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Frente a ello, se analizan las buenas prácticas interpretativas llevadas a cabo por países con mayores niveles de Estado de Derecho e independencia judicial. Finalmente, se analiza el caso venezolano, con sus distintas facetas de renuncia al control judicial sobre la reforma constitucional, y su posterior abuso a través del control político de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Respecto a las medidas de protección cautelar con énfasis en las colectivas o de grupo, la investigación se centró en el estudio y análisis de la jurisprudencia interamericana, para evidenciar el desarrollo progresivo de la protección de grupos de personas pertenecientes a un colectivo determinable (por ejemplo, pueblos indígenas, campesinos, presos, periodistas y otros), que se encuentran en una situación de extrema gravedad y urgencia, que puede causarles un daño irreparable a sus derechos humanos. Ello además demostró el avance sustantivo de la jurisprudencia, por primera vez, recientemente, para proteger cautelarmente mediante medidas provisionales, la libertad personal de grupos de personas detenidas arbitrariamente bajo determinadas condiciones de contexto, que ponen en peligro la democracia y las elecciones en un país determinado.
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Al final, la investigación permitió evidenciar la existencia de grandes líneas de convergencia —con sus diferencias usualmente no sustanciales— entre los instrumentos nacionales e internacionales sobre derechos humanos; así como en líneas generales, en su interpretación por los distintos tribunales nacionales e internacionales. Ello permite concluir en la existencia de un sistema de justicia constitucional internacional de los derechos humanos, integrado por los instrumentos y los tribunales, tanto nacionales como internacionales de derechos humanos. Estos fenómenos están permitiendo el surgimiento progresivo de un nuevo Derecho Común Universal (ius commune universalis o ius constitutionale commune), que, a pesar de los retos y hasta retrocesos que se puedan observar, está siendo desarrollado simultáneamente en una colaboración convergente por una comunidad de intérpretes globales, integrada por los jueces constitucionales y por los jueces internacionales. Este trabajo fue presentado como tesis para optar al título de Doctor en Derecho en la Universidad Católica Andrés Bello, cuyo jurado estuvo integrado por los profesores Néstor Pedro Sagüés (Tutor de la Tesis), Allan Brewer Carías y Asdrúbal Aguiar. Defendí la tesis ante el jurado el 26 de noviembre de 2022, habiendo obtenido en su veredicto la máxima calificación reglamentaria de veinte (20) puntos, y además de recomendar su publicación, expresó una felicitación especial al tesista por tan excelente trabajo. Carlos Ayala Corao
Washington College of Law (American University) Washington DC, 15 de diciembre de 2022