Anexo de Gastos Personales ejercicio 2014 Feb15

Page 1

Anexo de Gastos Personales 2014

03 de febrero de 2015

Flash Gerencial TRIB-Flash-2015-008 Estimados clientes y amigos: Nos permitimos recordarles la obligación que tienen las personas naturales de presentar la información acerca de sus gastos personales correspondientes al ejercicio 2014, que deberán cumplir durante el mes de febrero de 2015. A continuación nos permitimos resumir los aspectos más importantes de la presentación del Anexo de Gastos Personales:

¿Quiénes deben presentar el Anexo de Gastos Personales? Las personas naturales que en el ejercicio fiscal 2014 hayan cumplido con la siguiente condición: 

Sus gastos personales deducibles superen los $ 5.205,00 (50% de la fracción básica desgravada para el 2014, esto es $ 10.410,00).

¿Cómo debe presentarse el Anexo de Gastos Personales? La información del anexo de gastos personales se debe entregar vía Internet, de acuerdo al formato previsto por el SRI.

Gastos Personales Deducibles Las personas naturales podrán deducir sus gastos personales de: vivienda, educación, salud, alimentación y vestimenta, sin IVA ni ICE, así como los de su cónyuge o conviviente e hijos menores de edad o aquellos con discapacidad de cualquier edad, que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente. La deducción total por gastos personales para el ejercicio 2014 no podrá superar: 

El 50% del total de los ingresos gravados del contribuyente; o,

1.3 veces la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta de personas naturales (para el año 2014 es de $ 13.533,00)

Av. de los Shyris N34-40 y República de El Salvador Edificio Tapia, piso 10, Oficina 1002 Teléfono: (593-2) 3332 742 • www.tributum.com.ec Quito - Ecuador


Sin perjuicio del límite establecido en el párrafo anterior, la cuantía máxima de cada tipo de gasto personal no podrá superar los siguientes montos: CONCEPTO

MONTO

Vivienda

$ 3.383,25

Educación

$ 3.383,25

Alimentación

$ 3.383,25

Vestimenta

$ 3.383,25

Salud

$ 13.533,00

Comprobantes de Venta El contribuyente está obligado a presentar al SRI los comprobantes de venta reportados en el anexo de gastos personales, solamente cuando éstos le sean requeridos.

Fechas de presentación del Anexo de Gastos Personales La presentación del anexo de gastos personales correspondiente al ejercicio fiscal 2014, se atenderá según el siguiente calendario, en febrero de 2015:

Noveno dígito de la cédula de identidad o RUC

Fecha máxima de presentación

1

10 de febrero

2

12 de febrero

3

14 de febrero

4

16 de febrero

5

18 de febrero

6

20 de febrero

7

22 de febrero

8

24 de febrero

9

26 de febrero

0

28 de febrero

Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados, aquella se trasladará al siguiente día hábil. Si tuvieren alguna inquietud al respecto, por favor, no duden en comunicarse con nosotros, será un gusto ayudarles.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.