Código Orgánico Integral Penal 10 de febrero de 2014
Flash Gerencial TRIB-Flash-2014-015 Estimados clientes y amigos: Nos permitimos informarles que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 180 del 10 de febrero del 2014, se publicó el Código Orgánico Integral Penal. Desde una perspectiva empresarial, hemos considerado que la siguiente información podría ser de su interés:
•Intervención de la entidad de control competente
Las empresas que no cumplan con la obligación por el tiempo necesario; y, de afiliar a uno o más de sus trabajadores al •Multa de 3 a 5 salarios básicos unificados, por IESS. cada empleado no afiliado.
La persona que simule, oculte, omita, falsee o engañe en la determinación de la obligación tributaria, para dejar de pagar en todo o en parte •Pena privativa de la libertad de 1 a 7 años. los tributos realmente debidos, en provecho propio o de un tercero. La persona que perjudique a la administración •Pena privativa de libertad de 3 a 5 años y multa de hasta 10 veces el valor de los tributos que se aduanera en las recaudaciones de tributos. pretendió evadir. La persona que venda, transfiera o use indebidamente mercancías importadas al amparo de regímenes especiales aduaneros, de los que •Pena privativa de libertad de 3 a 5 años y multa derivan la suspensión del pago de tributos al de hasta 10 veces el valor de los tributos que comercio exterior o importado con exención total o se pretendió evadir. parcial de tributos.
La persona que en forma directa o indirecta tenga, adquiera, transfiera, posea, administre, utilice, mantenga, resguarde, entregue, transporte, •Pena privativa de libertad de 1 a 13 años. convierta o se beneficie de cualquier manera, de activos de origen ilícito (lavado de activos).
Si tuvieren alguna inquietud al respecto, por favor, no duden en comunicarse con nosotros, será un gusto asistirles.
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