Circular del SRI sobre deducibilidad de sueldos, salarios y honorarios del representante legal 13 de febrero de 2014
Flash Gerencial TRIB-Flash-2014-016 Estimados clientes y amigos: Nos permitimos informarles que en el Suplemento del Registro Oficial No. 182 del 12 de febrero del 2014, se publicó la Circular del SRI No. NAC-DGECCGC14-00002, por medio de la cual se les recuerda a los contribuyentes la siguiente información:
Sin perjuicio de lo dispuesto en la correspondiente normativa laboral y civil respecto de la calidad o naturaleza de la relación jurídica existente entre una empresa y sus representantes legales.
Sean éstos directores, gerentes, administradores y en general personas que tengan poder para representar y obligar a la empresa o entidad. Así como de mandatarios o apoderados, que ejerzan funciones permanentes en el régimen interno de una empresa.
Se considerarán deducibles los sueldos, salarios u honorarios a éstos pagados, siempre y cuando la empresa o sociedad haya efectuado, en dichos casos, las correspondientes aportaciones al seguro social, bajo el régimen de afiliación obligatoria o bajo el régimen de afiliación voluntaria, según corresponda.
Si tuvieren alguna inquietud al respecto, por favor, no duden en comunicarse con nosotros, será un gusto asistirles.
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