Declaración Patrimonial 2014 6 de marzo de 2014
Flash Gerencial GTRIB-Flash-014-024 Estimados clientes y amigos, nos permitimos recordarles los aspectos más importantes acerca de la Declaración Patrimonial, la cual, según reciente reforma realizada por el SRI mediante la Resolución No. NAC-DGERCGC14-00100, deberá ser presentada ya no en el mes de marzo, sino en el mes de mayo del año al que corresponde la información, de conformidad con el noveno dígito de la cédula de identidad o de ciudadanía del informante.
¿Quiénes deben presentar la declaración patrimonial? 1. Las personas naturales residentes en el Ecuador, cuyos activos al 1º de enero del 2014, superen los USD 200.000, en el porcentaje que les corresponda en la sociedad conyugal o unión de hecho que integren, y el de sus hijos no emancipados. 2. Así mismo, quienes mantengan sociedad conyugal o unión de hecho deben presentar una declaración conjunta si sus activos comunes superan los USD 400.000. Sin embargo, si cualquiera de los cónyuges o convivientes mantiene activos fuera de la sociedad conyugal o unión de hecho, la declaración será individual. 3. Según reciente reforma (Resolución No. NAC-DGERCGC14-00100), el SRI también podrá exigir la presentación de la declaración patrimonial a personas naturales no residentes en el Ecuador, cuando el valor de activos de dichas personas al 1° de enero del año requerido, supere los montos referidos en el punto anterior, siempre y cuando durante el ejercicio fiscal anterior al que corresponda la declaración patrimonial:
hayan obtenido directa o indirectamente ingresos de fuente ecuatoriana; o, hayan sido o sean partes relacionadas de sociedades o personas naturales domiciliadas o residentes en el Ecuador.
¿Qué deberá incluirse en la declaración patrimonial? Todos aquellos bienes de significativa valoración económica, tales como:
Dinero en cuenta o efectivo; Obras de arte; Joyas; Bienes inmuebles; Bienes muebles y enseres; Menaje de hogar;
Vehículos; Colecciones; Títulos valores; Inversiones; Derechos; y, Semovientes.
¿Cómo y cuándo se debe presentar la declaración patrimonial? La información relativa a la declaración patrimonial se deberá presentar vía internet, mediante el Anexo de Declaración Patrimonial (DPT). Esta información deberá ser presentada, por parte de las personas residentes en el Ecuador, durante el mes de mayo del año al que corresponde la información, de
Av. de los Shyris N34-40 y República de El Salvador Edificio Tapia, piso 10, Oficina 1002 Teléfono: (593-2) 3332 742 • www.tributum.com.ec Quito - Ecuador
conformidad con el noveno dígito de la cédula de identidad o de ciudadanía, de acuerdo al siguiente calendario: Noveno dígito de la cédula de identidad o ciudadanía 1 2 3 4 5 6 7 8 9 0 Si sólo cuenta con pasaporte
Fecha máxima de presentación 10 de mayo 12 de mayo 14 de mayo 16 de mayo 18 de mayo 20 de mayo 22 de mayo 24 de mayo 26 de mayo 28 de mayo 28 de mayo
Para la presentación de la declaración patrimonial de personas naturales no residentes, el SRI notificará al obligado con el requerimiento respectivo, concediendo el plazo de 10 días hábiles para la entrega de la información. Cuando el plazo referido fenezca antes de las fechas máximas de presentación previstas para personas residentes (antes del mes de mayo), el plazo de presentación se extenderá hasta las fechas máximas previstas para estas personas.
Sanciones por incumplimiento Las cuantías de multas por la presentación tardía de la declaración patrimonial fueron también reformadas recientemente, y varían de acuerdo a cuatro momentos, tal como se detalla en el cuadro a continuación: Liquidación de multas por parte del contribuyente
Mes o fracción de mes de vencimiento de acuerdo al noveno dígito del RUC
Liquidación Voluntaria “A”
Liquidación luego de un proceso persuasivo “B”
Liquidación luego de iniciado un sumario y antes de emitir una Resolución Sancionatoria “C”
Multas por presentación tardía juzgada por la Administración Tributaria “D”
1er. Mes
USD. 30
USD. 30
USD. 40
USD. 50
2do. Mes
USD. 35
USD. 40
USD. 70
USD. 100
3er. Mes
USD. 40
USD. 50
USD. 100
USD. 200
4to. Mes
USD. 45
USD. 75
USD. 150
USD. 300
5to. Mes
USD. 50
USD. 100
USD. 200
USD. 400
6t0. mes
USD. 65
USD. 125
USD. 250
USD. 500
7mo. Mes
USD. 75
USD. 150
USD. 300
USD. 600
8vo. Mes
USD. 85
USD. 175
USD. 350
USD. 700
9no. Mes
USD. 100
USD. 200
USD. 400
USD. 800
10mo. Mes en adel.
USD. 125
USD. 250
USD. 500
USD. 1,000
Si requirieren asistencia tanto en la elaboración como en la presentación del Anexo de Declaración Patrimonial, estaremos prestos a ayudarles en lo que necesitaren.