Pago de Patente de Personas Naturales dentro del Municipio de Quito 09 de mayo de 2014
Flash Gerencial TRIB-Flash-036-2014 Estimados clientes y amigos: Nos permitimos recordarles que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 551 y 547 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización (COOTAD) y la Ordenanza Municipal No. 399, se acerca la obligación para que las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, paguen el Impuesto de Patente en el Distrito Metropolitano de Quito. A continuación les ofrecemos un resumen de las disposiciones vigentes para el pago del mismo: Para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, el plazo máximo para presentar la declaración de actividades económicas y realizar el pago correspondiente al ejercicio fiscal 2013, vence según el último dígito de su cédula de ciudadanía , conforme a la siguiente tabla:
Si el último dígito de su cédula es:
Fecha de vencimiento de personas naturales no obligadas a llevar contabilidad
1
10 de mayo
2
12 de mayo
3
14 de mayo
4
16 de mayo
5
18 de mayo
6
20 de mayo
7
22 de mayo
8
24 de mayo
9
26 de mayo
0
28 de mayo
En todos los casos en que la fecha de vencimiento sea un día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
Av. de los Shyris N34-40 y República de El Salvador Edificio Tapia, piso 10, Oficina 1002 Teléfono: (593-2) 3332 742 • www.tributum.com.ec Quito - Ecuador
La Administración General, a través de la Dirección Metropolitana de Informática, habilitó la obtención en línea de la clave para la declaración del Impuesto de Patente, a través del portal web: www.quito.gob.ec En la ventana que se despliega, deben ingresarse los siguientes datos informativos:
Nombres completos Cédula de identidad / RUC Correo electrónico
Número de patente Número de teléfono
Con la clave así obtenida, puede procederse a realizar la declaración de impuestos municipales, a través del mismo portal, en la ventana “Herramientas en línea / Declaración de patente y 1,5 por mil”. Los montos generados a pagar pueden ser cancelados en las instituciones financieras. Si tuvieren alguna inquietud al respecto, por favor, no duden en comunicarse con nosotros, será un gusto asistirles.