Nuevos requisitos de llenado de tiquetes de máquinas registradoras y taxímetros. 21 de Agosto de 2014
Flash Gerencial GTRIB-Flash-048-2014 Estimados clientes y amigos: Nos permitimos informarles que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 315 del 20 de agosto, se publicó la Resolución No. NAC-DGERCGC14-00581 del SRI, mediante la cual dispuso lo siguiente:
El SRI estableció, entre los requisitos de llenado de los tiquetes de máquinas registradoras y taxímetros, la identificación del adquirente con sus nombres y apellidos, denominación o razón social, de forma completa o abreviada; y número de RUC o cédula de identidad o ciudadanía o pasaporte.
Los datos de identificación podrán ser incorporados de manera manual por parte del receptor o emisor de los tiquetes de máquinas registradoras y taxímetros. Para ello, quienes emitan estos comprobantes deberán configurar los parámetros o espacios que permitan consignar de manera manual dicha información.
Las transacciones que realicen los contribuyentes utilizando tiquetes de máquinas registradoras y taxímetros servirán para sustentar gastos, para efectos de la determinación del Impuesto a la Renta, siempre que se identifique al adquirente conforme lo señalado anteriormente.
Si tuvieren alguna inquietud al respecto, por favor, no duden en comunicarse con nosotros, será un gusto asistirles.