Proyección de Gastos Personales
06 de octubre de 2014
Flash Gerencial TRIB-Flash-058-2014 Estimados clientes y amigos: Nos permitimos recordarles a los contribuyentes bajo relación de dependencia y que tengan ingresos superiores a la base imponible establecida para el presente año ($10.410 o que perciban ingresos mensuales desde $867 en adelante), que durante este mes de octubre deberán presentar la proyección de sus gastos personales mediante el formulario SRI-GP. Al respecto, a continuación señalamos algunos aspectos que deben tener en cuenta:
Para octubre se debe realizar el ajuste de gastos, de acuerdo a los comprobantes de venta de respaldo con los que ya cuenta el contribuyente, además de la proyección de gastos para los meses restantes (noviembre y diciembre).
Para respaldar los gastos personales se debe contar con los respectivos comprobantes de venta, los mismos que podrán estar a nombre del contribuyente, su cónyuge dependiente, sus hijos menores de edad o con discapacidad.
La deducción de gastos personales puede ser de hasta el 50% del total de los ingresos gravados, sin que esta deducción supere el límite establecido para el presente año ($13.533).
Para el presente año, la cuantía máxima de cada tipo de gasto (vivienda, educación, alimentación, vestimenta) no podrá exceder los $3.383,25, excepto en gastos de salud que puede ser hasta los $13.533.
El formulario GP deberá ser presentado a su respectivo empleador, quien tiene la obligación de verificar que la proyección de gastos de sus empleados esté dentro de los límites señalados en la normativa tributaria vigente. Si tuvieren alguna inquietud al respecto, por favor, no duden en comunicarse con nosotros, será un gusto asistirles.
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