Aplicación de la tarifa 14% de IVA
13 de junio de 2016
Flash Gerencial GTRIB-Flash-2016-048 Estimados clientes y amigos: nuevos impuestos al licor bebidas azucaradas cigarrillos tabacos www.tributum.com.ec impuestos ecuador abogados ecuador consultores ecuador Nos permitimos resumir a continuación ciertas reglas para la aplicación de la tarifa 14% de IVA, contenidas en el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana para la reconstrucción de las Zonas Afectadas por el Terremoto (aún no publicado en el Registro Oficial):
Los contribuyentes que transfieran bienes o presten servicios desde establecimientos ubicados en las provincias de Manabí y Esmeraldas, a personas naturales consumidores finales, cobrarán la tarifa del IVA descontando dos puntos porcentuales, es decir el 12%. De igual forma, las adquisiciones de bienes y servicios realizadas por sociedades y personas naturales por las compras relacionadas con sus actividades económicas en establecimientos ubicados en las provincias mencionadas, se les aplicará el mismo descuento, como un mecanismo de compensación automática del crédito tributario.
Compensación de IVA
Los contribuyentes que tengan establecimientos ubicados en Manabí y Esmeraldas podrán utilizar como crédito tributario el descuento del impuesto concedido en sus ventas.
Si luego de aplicar el mecanismo de compensación se presuma que el crédito tributario resultante no pueda ser compensado con el IVA causado en los siguientes meses, se podrá solicitar al SRI la devolución del crédito tributario originado por este concepto.
Av. de los Shyris N34-40 y República de El Salvador Edificio Tapia, piso 10, Oficina 1002 Teléfono: (593-2) 333 2742 www.tributum.com.ec Quito - Ecuador