normas legales 31 ago 2011

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FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO

Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES Año XXVIII - Nº 11520

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Sumario PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.S. N° 253-2011-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Agricultura a la República Popular de China y encargan la Cartera al Ministro de la Producción 449224 R.S. N° 254-2011-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Canadá y encargan la Cartera al Ministro de Transportes y Comunicaciones 449224 DEFENSA R.S. N° 357-2011-DE/.- Autorizan viaje de funcionario a Argentina para concurrir al Seminario Internacional “Presupuesto y Defensa en Suramérica. Modelos de Eficiencia e Integración Regional” 449224 R.S. N° 358-2011-DE.- Autorizan viaje de oficial del Ejército a Venezuela en Misión de Estudios 449225 R.S. N°359-2011-DE/MGP.- Autorizan viaje de personal MGP a Colombia en Misión de Estudios. 449226 R.S. N° 360-2011-DE/MGP.- Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Corea en Misión de Estudios 449227 R.S. N° 361-2011-DE/MGP.- Autorizan viaje de personal MGP a Colombia en Misión de Estudios 449228 ECONOMIA Y FINANZAS R.M. N° 626-2011-EF/15.- Aprueban Ïndices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de julio de 2011 a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales 449229 RELACIONES EXTERIORES

R.M. Nº 642-2011/MINSA.- Aceptan renuncia de Directora y encargan funciones de Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio 449232 R.M. Nº 643-2011/MINSA.- Designan Asesora de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio 449232 R.M. Nº 644-2011/MINSA.- Designan Directora General de la Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio 449233

ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Res. Nº 114-2011-DV-PE.- Designan Asesora III de DEVIDA y le encargan las funciones de la Dirección de Compromiso Global 449233 Res. Nº 116-2011-DV-PE.- Designan Gerente de Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas de DEVIDA y le encargan las funciones de la Dirección de Asuntos Técnicos 449233 Res. Nº 117-2011-DV-PE.- Designan Jefe de la Oficina de Administración de DEVIDA 449233 Res. Nº 118-2011-DV-PE.- Designan Gerente de Desarrollo Alternativo de DEVIDA y le encargan las funciones de la Dirección de Promoción y Monitoreo 449233

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Res. Nº 123-2011-INGEMMET/PCD.- Asignan montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros y por pagos efectuados en el año 2011 por concepto de Derecho de Vigencia en la formulación de petitorios mineros correspondientes al mes de julio 449234

R.S. N° 337-2011-RE.- Nombran Representante Permanente del Perú ante las NAciones Unidas 449230 R.S. N° 336-2011-RE.- Dan término al nombramiento del Representante Permanente del Perú ante las Naciones Unidas 449230

BANCO CENTRAL DE RESERVA

SALUD

Circular Nº 025-2011-BCRP.- Disponen la circulación de nuevos billetes de S/. 50,00, S/. 100,00 y S/. 200,00 449245

R.M. N° 633-2011/MINSA.- Designan Asesor de la Alta Dirección del Despacho Ministerial 449231 R.M. Nº 639-2011/MINSA.- Aceptan renuncia y designan Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio 449231 R.M. Nº 640-2011/MINSA.- Aceptan renuncia al cargo de Experto en Sistema Administrativo I de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos y designan Supervisora Administrativa de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos 449231

ORGANOS AUTONOMOS

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE D.A. Nº 014.- Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 276MDA que estableció beneficio tributario a contribuyentes del distrito 449245


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PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Agricultura a la República Popular de China y encargan la Cartera al Ministro de la Producción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 253-2011-PCM Lima, 30 de agosto de 2011

CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señor JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT, viajará a las ciudades de Toronto y Saskatoon, Canadá, del 6 al 10 de setiembre de 2011, para participar en las actividades organizadas por la Cámara de Comercio Peruano-Canadiense y en la 36va. Reunión Ministerial del Grupo Cairns, evento cuyo tema central de agenda será el estado de las negociaciones multilaterales en la Organización Mundial de Comercio OMC; Que, por lo expuesto, es necesario otorgar al Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo la autorización de viaje correspondiente y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure su ausencia; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:

VISTO: La Invitación N. V. Nº 057/2011 de fecha 2 de agosto de 2011 del Embajador de la República Popular China en el Perú, y el Oficio Nº 718-2011-AG-DGFFS de fecha 08 de agosto de 2011, del Director General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Pekín, República Popular China, se llevará a cabo la Primera Reunión Ministerial Forestal del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico (APEC), a realizarse del 6 al 8 de setiembre de 2011; Que, mediante documento del Visto, el Embajador de la República Popular China en el Perú, ha cursado invitación al Señor Ministro de Agricultura para participar en la Conferencia Ministerial de Silvicultura de los miembros del APEC, por lo que resulta relevante la asistencia del Titular de la Cartera de Agricultura en el mencionado evento; Que, los gastos de participación serán asumidos por el Gobierno de la República Popular China; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el viaje del señor Ministro de Agricultura y disponer la encargatura de la cartera, mientras dure su ausencia; De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Miguel Guillermo Caillaux Zazzali, Ministro de Estado en la Cartera Agricultura, a la ciudad de Pekín, República Popular de China, del 02 al 10 de septiembre de 2011, para el fin expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar la Cartera de Agricultura al señor Kurt Johnny Burneo Farfán, Ministro de la Producción, desde el 02 de septiembre y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a las ciudades de Toronto y Saskatoon, Canadá, del 6 al 10 de setiembre de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos

: :

US$ 2 019.86 US$ 880,00

Artículo 3º.- Encargar al señor CARLOS PAREDES RODRIGUEZ, Ministro de Transportes y Comunicaciones, la Cartera de Comercio Exterior y Turismo a partir del 6 de setiembre de 2011 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 683863-2

DEFENSA Autorizan viaje de funcionario a Argentina para concurrir al Seminario Internacional “Presupuesto y Defensa en Suramérica. Modelos de Eficiencia e Integración Regional” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 357-2011-DE/

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Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Canadá y encargan la Cartera al Ministro de Transportes y Comunicaciones RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 254-2011-PCM Lima, 30 de agosto de 2011

Lima, 30 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta del 02 de agosto de 2011, el Ministro de Defensa de la República Argentina, cursa invitación para que un representante del Ministerio de Defensa del Perú, participe en el próximo Seminario Internacional “Presupuesto y Defensa en Suramérica. Modelos de Eficiencia e Integración Regional”, que tendrá


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lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los días 1 y 2 de setiembre del presente año; Que, en atención que los temas a tratar en el mencionado Seminario Internacional, redundarán en beneficio de los intereses institucionales del Sector Defensa, es necesario designar al Economista Víctor Hugo La Rosa Rosado de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, para en representación del Ministerio de Defensa concurra al mencionado evento, el mismo que permitirá estandarizar conceptos y compartir experiencias regionales de trabajo en materia presupuestal en el marco de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR); Que, la comisión de servicio que se autoriza se encuentra incluida en el Rubro 5: Medidas de Confianza Mutua, Ítem 160, del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema Nº 015-2011 DE/SG de 13 de enero de 2011, modificado con Resolución Suprema Nº 355-2011 DE del 26 de agosto de 2011; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2011DE, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar del 31 de agosto al 02 de setiembre de 2011, el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al Economista Víctor Hugo LA ROSA ROSADO de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, para que en representación del Ministerio de Defensa, concurra al Seminario Internacional “Presupuesto y Defensa en Suramérica. Modelos de Eficiencia e Integración Regional”, que tendrá lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los días 1 y 2 de setiembre del presente año. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Lima - Buenos Aires - Lima: US$ 1,223.00 x 1 persona (Incluye TUUA) Viáticos: US$ 200.00 x 1 persona x 3 días Artículo 3º.- El Funcionario comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 683863-3

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Autorizan viaje de oficial del Ejército a Venezuela en Misión de Estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 358-2011-DE Lima, 30 de agosto de 2011 VISTO: La Hoja de Recomendación Nº 065 /U-4.d.2 de noviembre de 2010, del Comando de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, el Ejército del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación de un (01) oficial superior para que participe en el Curso de Comando y Estado Mayor, en la ciudad de Caracas - Venezuela, toda vez que responde a la necesidad de contar con oficiales especialistas en temas estratégicos, formados en instituciones militares extranjeras; Que, con el documento del visto, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, aprueba la designación del Teniente Coronel EP Jorge Luis RAMOS AGAMA, para que participe como alumno del Curso de Comando y Estado Mayor a realizarse en la Escuela Superior de Guerra del Ejército de Venezuela, en la ciudad de Caracas - Venezuela, del 01 de setiembre de 2011 al 18 de julio de 2012; Que, la duración de la Misión de Estudios comprende más de un ejercicio presupuestal, por lo que el pago correspondiente al período comprendido del 01 de setiembre al 31 de diciembre de 2011, se efectuará con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2011, y el pago comprendido a partir del 01 de enero del 2012 al 18 de julio del 2012, se efectuará con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal correspondiente, expidiéndose oportunamente la respectiva autorización de ampliación de permanencia en el extranjero; Que, el citado viaje en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 3.- Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem Nº 28, del Anexo 01 (RO) del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa AF-2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas”, modificado por Ley Nº 29598, el Oficial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo artículo, y conforme al reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2010-DE de 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Decreto Supremo Nº 047-2002PCM de 05 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG de 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG de 19 de noviembre de 2009; y,


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Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al señor Teniente Coronel EP Jorge Luis RAMOS AGAMA, identificado con DNI Nº 20073629 y CIP Nº 117621800, para que participe como alumno del Curso de Comando y Estado Mayor a realizarse en la Escuela Superior de Guerra de Venezuela, del 01 de setiembre de 2011 al 18 de julio de 2012. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aéreo: Lima - Caracas (Venezuela) - Lima US$ 831.00 x 01 persona (Incluye costo de la TUUA) Gasto de Traslado US$ 2,900.00 x 02 compensaciones Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero que corresponda de acuerdo a la modalidad de la misión, por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo normado en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modificatorias. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- El citado Oficial revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la Comisión Especial en el Exterior. Artículo 6º.- El citado Oficial no podrá solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o de retiro, hasta después de haber servido a la Institución el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la Comisión. Artículo 7º.- El citado Oficial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de su retorno al país, presentará un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 683863-4

Autorizan viaje de personal MGP a Colombia en Misión de Estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 359-2011-DE/MGP Lima, 30 de agosto de 2011 Visto el Oficio N.1000-1704 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 5 de julio de 2011; CONSIDERANDO: Que, la Armada Nacional de Colombia, mediante Oficio N° 5050 /MD-CG-GARMA-SECAR-CIMAR-JEMIN-

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EMIN3-3 de fecha 11 de abril de 2011, hace extensiva la invitación para que un (1) Oficial Subalterno y un (1) Personal Subalterno de la Marina de Guerra del Perú, participen en calidad de instructores invitados en el Curso Internacional de Combate Fluvial, a realizarse en la Escuela de Combate Fluvial en Puerto LeguizamoPutumayo, República de Colombia, del 1 de setiembre al 27 de octubre de 2011; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido curso, responde a la necesidad de capacitar al Personal Instructor Naval en tácticas de combate en ríos y terrenos aledaños, adquirir conocimientos técnicos en el uso de herramientas necesarias para el combate fluvial y reforzar la disciplina que caracteriza a un integrante de la Escuela de Combate Fluvial en cualquier parte del mundo; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 2: Entrenamiento/Técnico/Pasantías, Ítem 56, Anexo 1 (RO) mediante Resolución Suprema N° 252-2011-DE de fecha 22 de junio de 2011, que modifica el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa Año Fiscal 2011, aprobado por Resolución Suprema N° 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011 y sus modificatorias; Que, los gastos de alojamiento y alimentación de los participantes, serán asumidos por el Gobierno de Colombia; siendo de cargo del Estado Peruano, el pago por concepto de pasajes aéreos y terrestres para el traslado de ida y retorno de ambos participantes; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Braulio CALMET Velapatiño y del Técnico 2° Ima. Samuel ISIDRO Espinoza, para que participen en el Curso Internacional de Combate Fluvial, a impartirse en la Escuela de Combate Fluvial en Puerto Leguizamo-Putumayo, República de Colombia, del 1 de setiembre al 27 de octubre de 2011; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, para la designación del mencionado Personal Naval, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente proceso de selección, promovido por el Director General de Educación de la Marina, habiendo obtenido los primeros puestos, de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 0012011-DE/de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley N° 29626 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Braulio CALMET Velapatiño, CIP. 00021015, DNI. 43308039 y del Técnico 2° Ima. Samuel ISIDRO Espinoza, CIP. 06835302, DNI. 43369274, para que participen en el Curso Internacional de Combate Fluvial, a realizarse en la Escuela de Combate Fluvial en Puerto Leguizamo-Putumayo, República de Colombia, del 1 de setiembre al 27 de octubre de 2011. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Cali (COLOMBIA) - Lima US$ 862.17 x 2 personas (Incluye TUUA) Pasajes Terrestres: Cali - Puerto Leguizamo Cali (COLOMBIA) USS 50.00 x 2 personas x 2 Los gastos de alojamiento y alimentación de los participantes durante la duración del curso, serán asumidos por el Gobierno de Colombia. Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización


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a que se refiere el Articulo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni los nombres de los participantes. Artículo 4°.- El Oficial Subalterno comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno del país. Artículo 5°.- El Personal Naval comisionado, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a la exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 683863-5

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Corea en Misión de Estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 360-2011-DE/MGP Lima, 30 de agosto de 2011 Visto el Oficio N.1000-1505 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 31 de mayo de 2011; CONSIDERANDO: Que, el Agregado de Defensa de la Embajada de la República de Corea en el Perú, ha cursado invitación para que un (1) Oficial Superior participe en el Curso de Idioma Coreano, a realizarse en la ciudad de Daejeon, ubicada al centro de Corea del Sur, del 1 de setiembre de 2011 al 5 de febrero de 2012 y el Curso de Comando y Estado Mayor, a llevarse a cabo en la Universidad de la Fuerza Naval de la República de Corea, del 6 de febrero de 2012 al 4 de enero de 2013; Que, por ser de interés institucional la capacitación profesional del Personal Naval, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación y autorización de viaje al exterior en Misión de Estudios de un (1) Oficial Superior para que participe en el referido Curso; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 3: Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem 43, Anexo 1 (RO), mediante Resolución Suprema N° 2522011-DE de fecha 22 de junio de 2011, que modifica el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema N° 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011 y sus modificatorias; Que, la preparación y formación del Oficial participante en el citado Programa Académico, provee la capacitación a profesionales con experiencia significativa en relaciones internacionales, fortaleciendo los conocimientos para un mejor desempeño en el campo institucional y acceder a nuevas competencias, conocimientos y experiencias que contribuyan a elevar el nivel profesional del Oficial designado, para luego ser aplicados en provecho de la Institución; Que, la duración del curso es de un (1) año y cinco (5) meses, que incluye los años académicos 2011, 2012 y 2013, por lo que el pago correspondiente al período del 1 de setiembre al 31 de diciembre de 2011 se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público Año Fiscal 2011, para el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012 se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público

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Año Fiscal 2012 y el periodo del 1 al 4 de enero de 2013 se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público Año Fiscal 2013; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Fernando Andrés SARMIENTO Rozas, para que participe en el Curso de Idioma Coreano, a realizarse en la ciudad de Daejeon, ubicada al centro de Corea del Sur, del 1 de setiembre de 2011 al 5 de febrero de 2012 y el Curso de Comando y Estado Mayor, a llevarse a cabo en la Universidad de la Fuerza Naval de la República de Corea, del 6 de febrero de 2012 al 4 de enero de 2013; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, para la designación del citado Oficial Superior, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente proceso de selección, promovido por el Director General de Educación de la Marina, habiendo ocupado el primer puesto, de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera; Que, de conformidad con el Artículo 26° de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N” 29598, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva lnstitución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo Artículo y conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo N° 010-2010DE de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 0012011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Fernando Andrés SARMIENTO Rozas, CIP. 00927557, DNI. 43369062, para que participe en el Curso de Idioma Coreano, a realizarse en la ciudad de Daejeon, ubicada al centro de Corea del Sur, del 1 de setiembre de 2011 al 5 de febrero de 2012 y el Curso de Comando y Estado Mayor, a llevarse a cabo en la Universidad de la Fuerza Naval de la República de Corea, del 6 de febrero de 2012 al 4 de enero de 2013. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aéreo: Lima - Daejeon (COREA DEL SUR) US$. 3,672.33 x 1 Oficial Superior (Incluye TUUA) Gasto de Traslado: (Ida): (Equipaje, Bagaje e Instalación) US$ 4,050.00 x 1 compensación x 1 Oficial Superior


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El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias. Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4°.- De conformidad con el Artículo 26° de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598, el citado Oficial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo Artículo y conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE de fecha 20 de noviembre de 2010. Artículo 5°.- El Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6°.- El mencionado Oficial Superior, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a la exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 683863-6

Autorizan viaje de personal MGP a Colombia en Misión de Estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 361-2011-DE/MGP Lima, 30 de agosto de 2011 Visto el Oficio N.1000-1755 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 12 de julio de 2011; CONSIDERANDO: Que, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia, ha otorgado dos (2) vacantes para el Personal Naval, para que participen en diferentes Cursos de Infantería de Marina durante el año 2011, de acuerdo a los ofrecimientos consignados en el Acta de la XIV Reunión de Comité de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada Nacional de Colombia y la Marina de Guerra del Perú, por lo que se ha dispuesto la participación de Personal Naval en el Curso “Técnico en Explosivos”, a realizarse en el Centro de Especialistas Base de Entrenamiento de Infantería de Marina, ciudad de Coveñas, República de Colombia, del 1 de setiembre al 29 de noviembre de 2011; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido Curso, responde a la necesidad de capacitar al personal de la especialidad de Infante de Marina en instituciones extranjeras, con el fin de obtener mayores conocimientos y experiencias en el manejo técnico de equipo especial antiexplosivos, para

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la desactivación de artefactos explosivos improvisados, con sistemas de activación complejos en áreas urbanas y rurales, salvaguardando la integridad física y la protección de la población en general, elevando su nivel profesional para que posteriormente sean aplicados en provecho de la Institución; Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Rubro 1: Formación/ Calificación/Especialización, ítem 46, Anexo 1 (RO), mediante Resolución Suprema N° 252-2011-DE de fecha 22 de junio de 2011, que modifica el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema N° 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011 y sus modificatorias; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Alférez de Fragata Juan Carlos Jesús TELLO Núñez y del Técnico 3° Ima. William Daniel MEZA Huayllasco, para que participen en el Curso “Técnico en Explosivos”, a impartirse en el Centro de Especialistas Base de Entrenamiento de Infantería de Marina, ciudad de Coveñas, República de Colombia, del 1 de setiembre al 29 de noviembre de 2011; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, para la designación del mencionado Personal Naval, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente proceso de selección, promovido por el Director General de Educación de la Marina, habiendo obtenido los primeros puestos, de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera; Que, de conformidad con el Artículo 26° de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo Artículo y conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo N° 010-2010DE de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 0012011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Alférez de Fragata Juan Carlos Jesús TELLO Núñez, CIP. 00027352, DNI. 43370851 y del Técnico 3° Ima. Wílliam Daniel MEZA Huayllasco, CIP. 02934024, DNI. 43399662, para que participen en el Curso “Técnico en Explosivos”, a impartirse en el Centro de Especialistas Base de Entrenamiento de Infantería de Marina, ciudad de Coveñas, República de Colombia, del 1 de setiembre al 29 de noviembre de 2011.


El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo: Lima - Bogotá - Coveñas - (COLOMBIA) - Lima US$ 1,363.69 x 2 Personas (Incluye TUUA) El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 enero de 2004 y sus modificatorias. Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni los nombres de los participantes. Artículo 4°.- De conformidad con el Artículo 26° de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598, el citado Personal Naval está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo Artículo y conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE de fecha 20 de noviembre de 2010. Artículo 5°.- El Oficial Subalterno comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno del país. Artículo 6°.- El mencionado Personal Naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 683863-7

ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondiente al mes de julio de 2011 a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 626-2011-EF/15 Lima, 26 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, modificada por la Ley N° 28323, establece la Regalía Minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización; Que, el artículo 2º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalía Minera, señala que la Regalía Minera es la contraprestación económica que los titulares de las

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concesiones mineras pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos; Que, los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalía Minera, los artículos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera, sus normas modificatorias y complementarias, establecen la base de referencia y la determinación de la Regalía Minera; Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley N° 28258 - Ley de Regalía Minera, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera; Que, el numeral 16.5 del artículo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera, dispone que por Resolución Ministerial se aprobarán los Índices de Distribución de la Regalía Minera; Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial N° 223-2011-EF/43, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los Índices de Distribución de la Regalía Minera son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante resolución ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales de este ministerio, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, con base a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI mediante el Oficio Nº 188-2011-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT, según el Oficio Nº 117-2011-SUNAT/2C0000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 0073-2010-SE-DGPU-DPIDI/ANR, la Dirección General Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales - DGDFAS del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución de la Regalía Minera, para lo cual ha elaborado el informe N° 020-2011-EF/64.03; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera pagada en el mes de julio de 2011; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258 - Ley de Regalía Minera, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15° de la Ley N° 28411, el Decreto Supremo Nº 1572004-EF y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de julio de 2011, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del país beneficiados con la Regalía Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de julio de 2011 consideran la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, según los porcentajes y criterios de participación y distribución establecidos en el artículo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, y el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalía Minera. Artículo 3°.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que se refiere el artículo 1° será publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación oficial de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 683860-1


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NORMAS LEGALES

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RELACIONES EXTERIORES Dan término al nombramiento del Representante Permanente del Perú ante las Naciones Unidas

Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 683864-1

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 336-2011-RE

Nombran Representante Permanente del Perú ante las Naciones Unidas

Lima, 30 de agosto de 2011 VISTAS:

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 337-2011-RE

La Resolución Suprema Nº 102-2009-RE, que nombró Representante Permanente del Perú ante la Organización de Naciones Unidas, con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar término al nombramiento del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel, como Representante Permanente del Perú ante las Naciones Unidas, con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, y cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 2º.- La fecha de término de funciones y cancelación de las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes otorgados al Embajador Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel será fijada por Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Darle las gracias al Embajador Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel por los importantes servicios prestados a la Nación en el ejercicio de sus funciones. Artículo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas presupuestales correspondientes al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Lima, 30 de agosto de 2011 De conformidad con el inciso 12 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios con aprobación del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y modificatorias; y los artículos 62º, 63º numeral b) y 64º numeral a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, y modificatorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar Representante Permanente del Perú ante las Naciones Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Enrique Armando Román Morey. Artículo 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La fecha en que el Embajador Enrique Armando Román Morey asuma sus funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. LA DIRECCIÓN


El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

Artículo 4º.- Aplicar el egreso que origine la presente resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, publíquese y comuníquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 683864-2

SALUD Designan Asesor de la Alta Dirección del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 633-2011/MINSA Lima, 22 de agosto del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 008-2011-SA, del 30 de junio de 2011, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, en el cual está consignado, entre otros, el cargo de Asesor de la Alta Dirección del Despacho Ministerial, cuya plaza se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente; Que, por necesidad del servicio resulta conveniente designar, en el cargo antes citado, al profesional correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2011; en el literal l) del artículo 8° de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al médico cirujano Rubén Darío Espinoza Carrillo, en el cargo de Asesor de la Alta Dirección del Despacho Ministerial, Nivel F-5, del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 683859-1

Aceptan renuncia y designan Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 639-2011/MINSA Lima, 25 de agosto del 2011 Visto el Expediente Nº 11-070347-001 que contiene la renuncia presentada por la licenciada Irene Suárez Quiroz; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 630-2010/ MINSA, del 13 de agosto de 2010, se designó a la Gerente Público de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, licenciada Irene Suárez Quiroz, en el cargo de Directora General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, por un periodo de tres (3) años,

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de acuerdo a lo previsto en el artículo 10º del Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo N° 1024, aprobado con Decreto Supremo N° 030-2009-PCM; Que, el literal b) del artículo 28º del citado Reglamento establece la renuncia, con conocimiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como un supuesto de extinción de vínculo laboral con la entidad receptora; Que, con Resolución Ministerial Nº 602-2011/MINSA, del 04 de agosto del 2011, se designó al economista Segundo Gregorio Díaz Hernández, en el cargo de Asesor de la Alta Dirección, Nivel F-5, del Despacho Ministerial de Salud; Que, por convenir al servicio resulta necesario aceptar la renuncia formulada por la licenciada Irene Suárez Quiroz, al cargo de Directora General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, dar término a la designación antes citada y designar al profesional propuesto; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024, aprobado con Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo N° 276 y el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y en el literal l) del artículo 8º de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la licenciada Irene Suárez Quiroz, al cargo de Directora General, Nivel F-5, de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al economista Segundo Gregorio Díaz Hernández, en el cargo de Director General, Nivel F5, de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, dándosele término a su designación dispuesta por la Resolución Ministerial Nº 602-2011/MINSA. Artículo 3º.- Transcribir copia de la presente resolución a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 683724-1

Aceptan renuncia al cargo de Experto en Sistema Administrativo I de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos y designan Supervisora Administrativa de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 640-2011/MINSA Lima, 25 de agosto del 2011 Visto el Expediente N° 11-069029-001 que contiene la renuncia presentada por la licenciada Neri Flores Salcedo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 210-2010/ MINSA, del 18 de marzo de 2010, se designó a la licenciada Neri Flores Salcedo, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Suprema N° 008-2011SA, del 30 de junio de 2011, se aprobó el Cuadro para


El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

449232

Asignación de Personal del Ministerio de Salud, en el cual se calificó, entre otros, el cargo de Supervisora Administrativa, en la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Que, con Carta de fecha 16 de agosto de 2011, la licenciada Neri Flores Salcedo ha formulado renuncia al cargo para el cual fuera designada; Que, por convenir al servicio resulta necesario aceptar la renuncia de la funcionaria antes indicada y adoptar las acciones de personal que resulten convenientes, a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo N° 276 y el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 00590-PCM y en el literal l) del artículo 8º de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la licenciada Neri Flores Salcedo, al cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la bachiller en trabajo social Johanna Graciela De Orellana Barrientos, en el cargo de Supervisora Administrativa, Nivel F-3, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud.

Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo N° 276, en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y en el literal l) del artículo 8º de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir del 01 de setiembre de 2011, la renuncia presentada por la abogada Milagros Vanessa Juárez Morales, al cargo de Directora de Sistema Administrativo II, Nivel F-4, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar, a partir del 01 de setiembre de 2011, a la abogada Miriam Madeleine Burga Sanchez, las funciones de Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud, en adición a sus funciones de Asesora, en tanto se designe al funcionario titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 683724-4

Designan Asesora de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 643-2011/MINSA

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

Lima, 26 de agosto del 2011

683724-2

CONSIDERANDO:

Aceptan renuncia de Directora y encargan funciones de Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 642-2011/MINSA Lima, 26 de agosto del 2011 Vista la renuncia presentada por la abogada Milagros Vanessa Juárez Morales; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 547-2009/ MINSA, del 18 de agosto de 2009, se designó a la abogada Milagros Vanessa Juárez Morales, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo II, Nivel F-4, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Suprema N° 008-2011SA, del 30 de junio de 2011, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, en el cual se calificó, entre otros, el cargo de Ejecutivo Adjunto I, en la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; Que, con Carta de fecha 25 de agosto de 2011, la abogada Milagros Vanessa Juárez Morales ha formulado su renuncia al cargo para el cual fuera designada; Que, por convenir al servicio resulta necesario aceptar la renuncia de la funcionaria antes indicada y adoptar las acciones de personal que resulten convenientes, a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 578-2011/ MINSA del 22 de julio de 2011, se aceptó con efectividad al 01 de agosto de 2011, la renuncia presentada por la abogada Mónica Roxana Orozco Matzunaga al cargo de Asesora, Nivel F-4, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud, encontrándose dicho cargo vacante; Que, por convenir al servicio, resulta necesario designar en el cargo antes citado, a la profesional correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 01 de setiembre de 2011, a la abogada Paula Isabel Domínguez Meléndez, en el cargo de Asesora, Nivel F-4, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese, CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 683724-5


El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

Designan Directora General de la Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio

ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 644-2011/MINSA

PARA EL DESARROLLO

Lima, 26 de agosto del 2011 Vista la renuncia presentada por la licenciada en enfermería Liliana del Carmen La Rosa Huertas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 270-2011/ MINSA, del 12 de abril de 2011, se designó a la licenciada en enfermería Liliana del Carmen La Rosa Huertas en el cargo de Directora General de la Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud; Que, resulta necesario aceptar la renuncia presentada con el documento del visto y designar en su reemplazo a la profesional propuesta; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la licenciada en enfermería Liliana del Carmen La Rosa Huertas, al cargo de Directora General, Nivel F-5, de la Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la médico cirujano Sonia Marcela Hilser Vicuña, en el cargo de Directora General, Nivel F-5, de la Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 683724-6

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Y VIDA SIN DROGAS Designan Asesora III de DEVIDA y le encargan las funciones de la Dirección de Compromiso Global RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 114-2011-DV-PE Lima, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA que creó la Dirección de Compromiso Global, disponiendo que en el plazo de ciento ochenta (180) días se efectuarán las acciones necesarias para su implementación. Por tal razón, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 0942011-DV-PE se dispuso que la Dirección de Compromiso Global corresponde a la Dirección de Cooperación Internacional; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 006-2011-DV-PE del 21 de enero de 2011 se encargó al señor Alberto Vidal y Palomino, con retención de su cargo de Profesional V – Especialista en Cooperación Internacional, las funciones del cargo de Director de Cooperación Internacional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2010-DV-PE del 14 de diciembre de 2010 se designó al señor Oscar Euripilo Valdivia Maldonado en el cargo de Asesor III del Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA y; mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 066-2011-DV-PE del 27 de mayo de 2011 se le encargó las funciones del cargo de Gerente de Relaciones Institucionales y Comunicación de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; Que, el señor Oscar Euripilo Valdivia Maldonado ha presentado su renuncia al cargo de Asesor III del Consejo

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN


449234

NORMAS LEGALES

Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, por lo que corresponde dictar el acto de administración mediante el cual se acepte dicha renuncia; De conformidad con la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos aprobada por la Ley Nº 27594, la Ley Marco del Empleo Público aprobada por la Ley Nº 28175 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA aprobado por el Decreto Supremo Nº 0632011-PCM; Con la visación del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Oscar Euripilo Valdivia Maldonado al cargo de Asesor III del Consejo Directivo y dar por concluido el encargo de las funciones del cargo de Gerente de Relaciones Institucionales y Comunicación de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, dándole las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo 2º.- Dar por concluido el encargo al señor Alberto Vidal y Palomino de las funciones de Director Cooperación Internacional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA. Artículo 3º.- Designar a la señora Violeta Leyva Estela en el cargo de Asesor III de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, encargándole las funciones de la Dirección de Compromiso Global de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO SOBERÓN GARRIDO Presidente Ejecutivo 683622-1

Designan Gerente de Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas de DEVIDA y le encargan las funciones de la Dirección de Asuntos Técnicos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 116-2011-DV-PE Lima, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA que creó la Dirección de Asuntos Técnicos, disponiendo que en el plazo de ciento ochenta (180) días se efectuarán las acciones necesarias para su implementación; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 094-2011-DV-PE se dispuso que el señor Fredy Macario Zelaya Herrera, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, se encargue de las funciones correspondientes a la Dirección de Asuntos Técnicos establecidas en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2011PCM; Que, se ha visto por conveniente designar al Gerente de Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas, encargándole las funciones de la Dirección de Asuntos Técnicos; De conformidad con la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos aprobada por la Ley Nº 27594, la Ley Marco del Empleo Público aprobada por la Ley Nº 28175 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA aprobado por el Decreto Supremo Nº 0632011-PCM; Con la visación del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica;

El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido el encargo al señor Fredy Macario Zelaya Herrera, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de las funciones correspondientes a la Dirección de Asuntos Técnicos de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA. Artículo 2º.- Designar al señor Juan Eduardo Musso Marcovich en el cargo de Gerente de Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, encargándole las funciones de la Dirección de Asuntos Técnicos de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO SOBERÓN GARRIDO Presidente Ejecutivo 683622-2

Designan Jefe de la Oficina Administración de DEVIDA

de

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 117-2011-DV-PE Lima, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 113-2011-DV-PE del 22 de agosto de 2011 se encargó a la señora Haydee María Bautista Porras, con retención de su cargo de Jefe de la Unidad de Logística de la Oficina de Administración, las funciones del cargo de Jefe de la Oficina de Administración de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA. Por tal razón, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 088-2011-DV-PE se dispuso que el cargo de Jefe de la Oficina de Administración corresponde al de Gerente de Administración e Informática; Que, se ha visto por conveniente designar al Jefe de la Oficina de Administración; De conformidad con la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos aprobada por la Ley Nº 27594, la Ley Marco del Empleo Público aprobada por la Ley Nº 28175 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM; Con la visación del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido el encargo a la señora Haydee María Bautista Porras de las funciones de Jefe de la Oficina de Administración de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA. Artículo 2º.- Designar a la señora René Marlene Aguilar Borda en el cargo de Jefe de la Oficina de Administración de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO SOBERÓN GARRIDO Presidente Ejecutivo 683622-3

Designan Gerente de Desarrollo Alternativo de DEVIDA y le encargan las funciones de la Dirección de Promoción y Monitoreo RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 118-2011-DV-PE Lima,


El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA que creó la Dirección de Promoción y Monitoreo, disponiendo que en el plazo de ciento ochenta (180) días se efectuarán las acciones necesarias para su implementación; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 094-2011-DV-PE se dispuso que el señor Lucio Hernán Batallanos Rodríguez, Gerente de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados, se encargue de las funciones correspondientes a la Dirección de Promoción y Monitoreo establecidas en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM; Que, se ha visto por conveniente designar al Gerente de Desarrollo Alternativo, encargándole las funciones de la Dirección de Promoción y Monitoreo; De conformidad con la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos aprobada por la Ley Nº 27594, la Ley Marco del Empleo Público aprobada por la Ley Nº 28175 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM; Con la visación del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido el encargo al señor Lucio Hernán Batallanos Rodríguez, Gerente de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados, de las funciones correspondientes a la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA. Artículo 2º.- Designar al señor Eduardo Herbert O’Brien Neira en el cargo de Gerente de Desarrollo Alternativo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, encargándole las funciones de la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO SOBERÓN GARRIDO Presidente Ejecutivo

449235

Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; así como, los montos recaudados por los pagos efectuados en el año 2011 por Derecho de Vigencia en la formulación de petitorios mineros durante el mes de Julio, conforme el referido Decreto Legislativo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, el 20 de Diciembre del 2007, se modificó el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM, precisando los porcentajes para la distribución de los montos recaudados por los pagos efectuados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energía y Minas; Que, el artículo 3º de la citada norma dispone que los Gobiernos Regionales recibirán los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por los Pequeños Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales; a partir de los pagos realizados desde el siguiente mes de su publicación, esto es a partir de los pagos realizados en el mes de enero de 2008; Que, la Dirección de Derecho de Vigencia, informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de Julio del 2011, es de US $ 5´811,225.14 (Cinco Millones Ochocientos Once Mil Doscientos Veinticinco y 14/100 Dólares Americanos) y S/. 50,168.89 (Cincuenta Mil Ciento Sesenta y Ocho y 89/100 Nuevos Soles), efectuándose a este compensaciones por un monto ascendente a US $ 12,228.62 (Doce Mil Doscientos Veintiocho y 62/100 Dólares Americanos); resultando un importe neto a distribuir de US $ 5´798,996.52 (Cinco Millones Setecientos Noventa y Ocho Mil Novecientos Noventa y Seis y 52/100 Dólares Americanos) y S/. 50,168.89 (Cincuenta Mil Ciento Sesenta y Ocho y 89/100 Nuevos Soles); Que, en atención a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el artículo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, procede autorizar la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de Julio del 2011, a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energía y Minas; De conformidad con el artículo 3º inciso 24) del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Con los visados de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Dirección de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE:

683622-4

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Asignan montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros y por pagos efectuados en el año 2011 por concepto de Derecho de Vigencia en la formulación de petitorios mineros correspondientes al mes de julio RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 123-2011-INGEMMET/PCD Lima, 25 de agosto de 2011 Visto; el Informe Nº 011-2011-INGEMMET/DDV/D de la Dirección de Derecho de Vigencia de fecha 23 de Agosto del 2011, respecto a la distribución de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes formulados al amparo del

Artículo 1º.- Asignar los montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; así como, los montos recaudados por los pagos efectuados en el año 2011 por concepto de Derecho de Vigencia en la formulación de petitorios mineros correspondiente al mes de Julio, al amparo del Decreto Legislativo Nº 708, de la siguiente manera: Total a Distribuir

Deducciones

US$

S/.

US$

DISTRITOS

4´358,418.86

37,626.67

-9,845.02

0.00

4´348,573.84

37,626.67

INGEMMET

Entidades

Neto a Distribuir

S/.

US$

S/.

1´001,866.17

10,033.78

-1,906.88

0.00

999,959.29

10,033.78

MEM

250,466.54

2,508.44

-476.72

0.00

249,989.82

2,508.44

GOBIERNOS REGIONALES

200,473.57

0.00

0.00

0.00

200,473.57

0.00

50,168.89 -12,228.62

0.00

5´798,996.52

50,168.89

TOTAL

5´811,225.14

(*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2 Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Oficina de Administración del INGEMMET, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER T. CASQUINO Presidente del Consejo Directivo INGEMMET


NORMAS LEGALES

449236 ANEXO Nº 1

DPTO. / PROV. / DISTRITO

GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92º del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y lo señalado en el literal “a” del Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, modificado por la Ley Nº 29169, se determina que la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de Julio del 2011, a las Municipalidades Distritales es el siguiente: DPTO. / PROV. / DISTRITO

S/.

U.S. $

AMAZONAS/BONGARA FLORIDA

0.00

37.50

AMAZONAS/CHACHAPOYAS CHACHAPOYAS HUANCAS LEIMEBAMBA LEVANTO SONCHE

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

206.25 18.75 225.00 56.25 75.00

AMAZONAS/CONDORCANQUI EL CENEPA NIEVA RIO SANTIAGO

0.00 0.00 0.00

5,767.24 9,675.00 20,085.76

AMAZONAS/LUYA COLCAMAR SAN JERONIMO

0.00 0.00

56.25 375.00

AMAZONAS/RODRIGUEZ DE MENDOZA MARISCAL BENAVIDES SAN NICOLAS

0.00 0.00

56.25 18.75

ANCASH/AIJA AIJA CORIS LA MERCED SUCCHA

0.00 0.00 0.00 0.00

3,160.92 2,787.50 2,129.25 894.57

ANCASH/ANTONIO RAYMONDI CHINGAS MIRGAS SAN JUAN DE RONTOY

0.00 0.00 0.00

125.00 612.50 125.00

ANCASH/ASUNCION ACOCHACA CHACAS

0.00 0.00

225.00 1,724.97

ANCASH/BOLOGNESI AQUIA CAJACAY CANIS CHIQUIAN HUALLANCA HUASTA SAN MIGUEL DE CORPANQUI TICLLOS

0.00 0.00 0.00 0.00 1,946.08 0.00 0.00 0.00

963.11 750.00 225.00 150.00 8,547.34 900.00 225.00 150.00

ANCASH/CARHUAZ ACOPAMPA ANTA ATAQUERO CARHUAZ MARCARA PARIAHUANCA SAN MIGUEL DE ACO TINCO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

133.50 80.18 412.50 1,652.25 2,881.22 275.05 202.50 103.55

ANCASH/CARLOS FERMIN FITZCARRALD SAN LUIS YAUYA

0.00 0.00

300.00 2,025.00

El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

S/.

U.S. $

ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA CASMA COMANDANTE NOEL YAUTAN

0.00 0.00 0.00 0.00

5,232.59 2,247.78 3,225.00 1,228.22

ANCASH/CORONGO ACO BAMBAS CORONGO CUSCA LA PAMPA YUPAN

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

875.00 906.76 3,000.00 3,162.50 112.50 2,892.56

ANCASH/HUARAZ COLCABAMBA HUANCHAY HUARAZ INDEPENDENCIA LA LIBERTAD OLLEROS PAMPAS PARIACOTO PIRA TARICA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

812.50 4,125.00 1,574.15 703.63 450.00 145.83 3,300.00 250.00 2,112.66 337.50

ANCASH/HUARI CAJAY CHAVIN DE HUANTAR HUACACHI HUACCHIS HUACHIS HUANTAR HUARI MASIN PAUCAS PONTO RAPAYAN SAN MARCOS SAN PEDRO DE CHANA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

112.50 1,296.44 2,700.00 487.50 2,311.14 112.50 487.50 337.50 412.50 900.00 2,175.00 12,603.22 450.00

ANCASH/HUARMEY COCHAPETI CULEBRAS HUARMEY MALVAS

0.00 0.00 0.00 0.00

1,750.00 500.00 4,725.50 1,044.57

ANCASH/HUAYLAS CARAZ HUALLANCA HUATA HUAYLAS MATO PAMPAROMAS PUEBLO LIBRE SANTA CRUZ SANTO TORIBIO YURACMARCA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

3,584.84 2,741.29 925.00 2,253.79 700.00 30,210.29 6,277.27 450.00 1,237.50 2,863.50

ANCASH/MARISCAL LUZURIAGA CASCA LLUMPA LUCMA

0.00 0.00 0.00

225.00 1,125.00 487.50

MUSGA

0.00

487.50

ANCASH/OCROS CAJAMARQUILLA CARHUAPAMPA COCHAS LLIPA OCROS

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,959.46 150.00 975.00 1,059.46 1,777.31


El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

DPTO. / PROV. / DISTRITO SAN CRISTOBAL DE RAJAN SANTIAGO DE CHILCAS

NORMAS LEGALES 0.00 0.00

U.S. $ 858.17 314.81

ANCASH/PALLASCA BOLOGNESI CABANA CONCHUCOS HUACASCHUQUE HUANDOVAL LACABAMBA LLAPO PALLASCA PAMPAS SANTA ROSA TAUCA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

713.90 5,710.00 11,473.50 3,361.95 932.63 693.75 1,643.43 7,927.26 11,082.10 7,249.93 14,482.92

ANCASH/POMABAMBA PAROBAMBA

0.00

300.00

ANCASH/RECUAY CATAC COTAPARACO HUAYLLAPAMPA LLACLLIN MARCA PAMPAS CHICO PARARIN RECUAY TAPACOCHA TICAPAMPA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

8,808.93 2,175.00 118.75 225.00 4,350.00 1,425.00 250.00 50.00 1,731.25 1,133.87

ANCASH/SANTA CACERES DEL PERU CHIMBOTE MACATE MORO NEPEÑA NUEVO CHIMBOTE SAMANCO SANTA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,956.46 3,587.50 2,580.06 8,384.55 1,091.25 5,770.61 710.45 675.00

ANCASH/SIHUAS HUAYLLABAMBA RAGASH SAN JUAN SICSIBAMBA SIHUAS ANCASH/YUNGAY CASCAPARA MANCOS MATACOTO QUILLO RANRAHIRCA SHUPLUY YUNGAY

S/.

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

300.00 1,237.50 2,925.00 300.00 300.00

1,771.73 549.65 1,200.62 3,150.00 206.18 551.57 900.00

APURIMAC/ABANCAY ABANCAY CHACOCHE CIRCA CURAHUASI HUANIPACA LAMBRAMA PICHIRHUA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,693.19 1,962.50 7,500.00 2,250.00 187.50 10,143.75 6,224.44

APURIMAC/ANDAHUAYLAS ANDAHUAYLAS CHIARA HUANCARAMA HUANCARAY KISHUARA PACOBAMBA PACUCHA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

91,905.28 281.25 1,500.00 1,031.25 9,675.00 900.00 7,425.00

DPTO. / PROV. / DISTRITO PAMPACHIRI SAN ANTONIO DE CACHI SAN JERONIMO SANTA MARIA DE CHICMO TALAVERA TUMAY HUARACA TURPO

449237 S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

U.S. $ 14,277.34 262.50 47,980.39 2,700.00 2,393.00 19,889.91 8,093.00

APURIMAC/ANTABAMBA EL ORO HUAQUIRCA JUAN ESPINOZA MEDRANO OROPESA PACHACONAS SABAINO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

7,785.07 337.50 8,817.38 10,422.19 27,899.74 5,625.00

APURIMAC/AYMARAES CAPAYA CARAYBAMBA CHALHUANCA CHAPIMARCA COLCABAMBA COTARUSE JUSTO APU SAHUARAURA LUCRE POCOHUANCA SAN JUAN DE CHACÑA SAÑAYCA TAPAIRIHUA TINTAY TORAYA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

8,625.00 5,850.00 9,975.00 900.00 8,475.00 20,887.50 450.00 11,393.16 1,462.50 9,712.50 20,096.54 6,975.00 1,212.50 8,437.50

APURIMAC/CHINCHEROS COCHARCAS HUACCANA OCOBAMBA ONGOY URANMARCA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

75.00 750.00 450.00 150.00 787.50

APURIMAC/COTABAMBAS CHALLHUAHUACHO COYLLURQUI HAQUIRA MARA TAMBOBAMBA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,800.00 11,025.00 3,825.00 4,050.00 29,812.50

APURIMAC/GRAU CHUQUIBAMBILLA CURASCO CURPAHUASI GAMARRA HUAYLLATI SANTA ROSA VILCABAMBA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

675.00 225.00 3,445.20 1,012.50 7,012.50 112.50 112.50

AREQUIPA/AREQUIPA ALTO SELVA ALEGRE CAYMA CERRO COLORADO CHARACATO CHIGUATA LA JOYA MARIANO MELGAR MIRAFLORES POCSI POLOBAYA QUEQUEÑA SABANDIA SAN JUAN DE TARUCANI SANTA RITA DE SIGUAS TIABAYA UCHUMAYO VITOR YARABAMBA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,776.92 18.75 512.50 375.00 637.50 12,063.72 668.75 278.33 2,599.98 15,431.56 1,004.90 112.50 937.32 7,650.00 994.32 8,795.70 31,119.64 10,941.63


NORMAS LEGALES

449238 DPTO. / PROV. / DISTRITO YURA

S/. 5,230.93

U.S. $ 67,352.45

AREQUIPA/CAMANA CAMANA MARIANO NICOLAS VALCARCEL MARISCAL CACERES NICOLAS DE PIEROLA OCOÑA QUILCA SAMUEL PASTOR

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

75.00 3,264.05 1,275.00 337.66 48,450.00 12,600.36 300.16

AREQUIPA/CARAVELI ACARI ATICO ATIQUIPA BELLA UNION CAHUACHO CARAVELI CHALA CHAPARRA HUANUHUANU JAQUI LOMAS QUICACHA YAUCA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

19,045.81 76,465.75 1,146.11 53,888.49 34,872.88 2,756.25 487.50 33,144.69 9,458.89 1,237.50 7,237.50 21,146.98 225.00

AREQUIPA/CASTILLA ANDAGUA APLAO AYO CHACHAS CHILCAYMARCA CHOCO HUANCARQUI MACHAGUAY ORCOPAMPA PAMPACOLCA UÑON VIRACO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

6,483.66 2,112.50 9,881.02 12,020.52 225.00 4,987.42 12,437.50 6,843.75 3,267.35 187.50 6,661.37 187.50

AREQUIPA/CAYLLOMA ACHOMA CABANACONDE CALLALLI CAYLLOMA CHIVAY HUAMBO HUANCA LARI LLUTA MADRIGAL MAJES SIBAYO TAPAY TISCO YANQUE

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,125.00 487.50 6,450.00 31,424.28 56.25 28,775.70 23,170.58 1,969.12 18,140.65 657.18 2,510.16 5,700.00 7,237.50 12,366.26 1,481.25

AREQUIPA/CONDESUYOS ANDARAY CAYARANI CHICHAS CHUQUIBAMBA IRAY RIO GRANDE SALAMANCA YANAQUIHUA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

2,934.44 1,537.70 6,703.67 3,225.00 187.50 3,401.61 1,500.00 32,828.88

AREQUIPA/ISLAY COCACHACRA DEAN VALDIVIA ISLAY MEJIA MOLLENDO PUNTA DE BOMBON

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

4,500.94 275.00 3,262.50 125.00 28,587.50 1,508.33

DPTO. / PROV. / DISTRITO

El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

S/.

U.S. $

AREQUIPA/LA UNION HUAYNACOTAS PAMPAMARCA PUYCA

0.00 0.00 0.00

2,997.03 975.00 1,350.00

AYACUCHO/CANGALLO CHUSCHI PARAS TOTOS

0.00 0.00 0.00

450.00 5,288.04 225.00

AYACUCHO/HUAMANGA ACOCRO AYACUCHO CARMEN ALTO CHIARA JESUS NAZARENO OCROS QUINUA SAN JOSE DE TICLLAS SAN JUAN BAUTISTA SANTIAGO DE PISCHA TAMBILLO VINCHOS

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

250.00 162.50 108.75 551.88 237.50 262.50 562.50 75.00 18.75 50.00 1,061.18 150.00

AYACUCHO/HUANCA SANCOS SANCOS SANTIAGO DE LUCANAMARCA

0.00 0.00

787.50 3,375.00

AYACUCHO/HUANTA AYAHUANCO HUAMANGUILLA LURICOCHA SANTILLANA

0.00 0.00 0.00 0.00

1,875.00 225.00 112.50 112.50

AYACUCHO/LA MAR ANCO CHUNGUI SAN MIGUEL TAMBO

0.00 0.00 0.00 0.00

750.00 450.00 1,537.50 337.50

AYACUCHO/LUCANAS AUCARA CHAVIÑA CHIPAO HUAC-HUAS LARAMATE LEONCIO PRADO LUCANAS OCAÑA OTOCA PUQUIO SAISA SAN CRISTOBAL SAN JUAN SAN PEDRO SAN PEDRO DE PALCO SANCOS SANTA LUCIA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

525.00 1,125.00 475.00 1,125.00 1,950.00 7,940.19 10,425.00 20,185.67 4,351.34 4,794.13 2,649.42 900.00 375.00 1,108.83 2,775.00 12,775.16 23,625.00

AYACUCHO/PARINACOCHAS CHUMPI CORACORA CORONEL CASTAÑEDA PACAPAUSA PULLO PUYUSCA UPAHUACHO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

4,725.00 33,241.55 5,100.00 4,125.00 22,829.55 11,925.00 25,898.05

AYACUCHO/PAUCAR DEL SARA SARA COLTA LAMPA MARCABAMBA PARARCA

0.00 0.00 0.00 0.00

750.00 3,825.00 450.00 2,250.00


El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

DPTO. / PROV. / DISTRITO PAUSA SARA SARA

NORMAS LEGALES S/. 0.00 0.00

U.S. $ 5,437.50 2,250.00

AYACUCHO/SUCRE CHILCAYOC QUEROBAMBA SAN SALVADOR DE QUIJE

0.00 0.00 0.00

2,231.52 1,211.60 1,488.68

AYACUCHO/VICTOR FAJARDO CANARIA CAYARA HUAMANQUIQUIA HUANCAPI HUAYA SARHUA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

150.00 112.50 18.75 75.00 806.25 4,518.75

AYACUCHO/VILCAS HUAMAN ACCOMARCA CONCEPCION HUAMBALPA INDEPENDENCIA VILCAS HUAMAN VISCHONGO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

2,831.25 300.00 1,462.50 243.75 375.00 587.50

CAJAMARCA/CAJABAMBA CACHACHI CAJABAMBA SITACOCHA

0.00 0.00 0.00

5,137.50 2,272.13 112.50

CAJAMARCA/CAJAMARCA ASUNCION CAJAMARCA COSPAN ENCAÑADA JESUS LLACANORA MAGDALENA MATARA NAMORA SAN JUAN

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,538.46 51.31 1,313.46 432.04 1,425.00 75.00 750.00 4,949.96 75.00 916.43

CAJAMARCA/CELENDIN CHUMUCH CORTEGANA JORGE CHAVEZ

0.00 0.00 0.00

2,750.56 225.00 150.00

CAJAMARCA/CHOTA CHALAMARCA CHOTA HUAMBOS LLAMA PACCHA QUEROCOTO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

850.54 600.00 900.00 900.00 562.50 300.00

CAJAMARCA/CONTUMAZA CHILETE CONTUMAZA CUPISNIQUE SAN BENITO TANTARICA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,750.39 1,012.50 450.00 1,537.50 150.00

DPTO. / PROV. / DISTRITO

449239 S/.

U.S. $

CAJAMARCA/SAN IGNACIO CHIRINOS HUARANGO NAMBALLE SAN IGNACIO SAN JOSE DE LOURDES

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

75.00 75.00 450.00 1,800.00 24,750.00

CAJAMARCA/SAN MARCOS EDUARDO VILLANUEVA GREGORIO PITA ICHOCAN JOSE SABOGAL PEDRO GALVEZ

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,575.00 3,749.96 450.00 300.00 7,462.46

CAJAMARCA/SAN MIGUEL BOLIVAR CATILLUC EL PRADO LLAPA NANCHOC NIEPOS SAN GREGORIO SAN MIGUEL SAN SILVESTRE DE COCHAN TONGOD UNION AGUA BLANCA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

900.00 0.35 200.00 0.35 900.00 687.50 3,994.36 435.00 4.10 0.35 200.00

CAJAMARCA/SAN PABLO SAN BERNARDINO SAN LUIS SAN PABLO

0.00 0.00 0.00

20,780.60 2,225.54 75.00

CALLAO(LIMA)/CALLAO VENTANILLA

0.00

412.50

CUSCO/ACOMAYO ACOMAYO ACOPIA MOSOC LLACTA POMACANCHI SANGARARA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,725.00 450.00 712.50 14,299.37 3,300.00

CUSCO/ANTA ANCAHUASI ANTA CACHIMAYO CHINCHAYPUJIO HUAROCONDO LIMATAMBO MOLLEPATA PUCYURA ZURITE

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

562.50 2,100.00 2,145.85 7,800.00 1,302.56 1,114.87 439.87 2,637.14 787.50

CUSCO/CALCA CALCA COYA SAN SALVADOR TARAY

0.00 0.00 0.00 0.00

75.00 225.00 487.50 225.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,012.50 112.50 1,387.50 2,362.50 450.00 3,150.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

225.00 600.00 337.50 112.50 483.80

CAJAMARCA/CUTERVO QUEROCOTILLO

0.00

168.75

CAJAMARCA/HUALGAYOC BAMBAMARCA HUALGAYOC

0.00 0.00

4,642.04 273.38

CUSCO/CANAS CHECCA LAYO PAMPAMARCA QUEHUE TUPAC AMARU YANAOCA

CAJAMARCA/JAEN CHONTALI POMAHUACA SALLIQUE SAN FELIPE SAN JOSE DEL ALTO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,350.00 1,425.00 1,350.00 375.00 225.00

CUSCO/CANCHIS CHECACUPE COMBAPATA MARANGANI SAN PABLO SAN PEDRO


NORMAS LEGALES

449240 DPTO. / PROV. / DISTRITO TINTA

S/. 0.00

U.S. $ 2,508.80

CUSCO/CHUMBIVILCAS CAPACMARCA CHAMACA COLQUEMARCA LIVITACA LLUSCO QUIテ前TA SANTO TOMAS VELILLE

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

22,287.87 39,451.05 59,597.24 12,442.32 450.00 1,800.00 9,883.07 900.00

CUSCO/CUSCO CCORCA CUSCO POROY SAN JERONIMO SAN SEBASTIAN SANTIAGO SAYLLA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

7,275.00 15.00 33.75 637.50 18.75 18.75 337.50

CUSCO/ESPINAR CONDOROMA ESPINAR OCORURO PALLPATA PICHIGUA SUYCKUTAMBO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

787.50 1,453.75 4,425.00 225.00 75.00 1,575.00

CUSCO/LA CONVENCION ECHARATE MARANURA VILCABAMBA

0.00 0.00 0.00

1,800.00 225.00 450.00

CUSCO/PARURO ACCHA CCAPI COLCHA HUANOQUITE OMACHA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,350.00 18,841.12 900.00 2,025.00 1,237.50

CUSCO/PAUCARTAMBO CAICAY COLQUEPATA HUANCARANI KOSテ選PATA PAUCARTAMBO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

640.14 300.00 225.00 3,600.00 1,650.00

CUSCO/QUISPICANCHI ANDAHUAYLILLAS CAMANTI CCARHUAYO CCATCA HUARO LUCRE MARCAPATA OCONGATE OROPESA QUIQUIJANA URCOS

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,123.05 14,018.04 6,112.50 525.00 1,950.00 375.00 1,575.00 1,350.00 767.09 4,687.50 225.00

CUSCO/URUBAMBA CHINCHERO MARAS OLLANTAYTAMBO URUBAMBA

0.00 0.00 0.00 0.00

724.64 2,141.35 48.85 1,076.35

HUANCAVELICA/ACOBAMBA ACOBAMBA ANDABAMBA ANTA CAJA PAUCARA POMACOCHA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,150.00 575.00 356.25 150.00 975.00 150.00

DPTO. / PROV. / DISTRITO ROSARIO

El Peruano Lima, miテゥrcoles 31 de agosto de 2011

0.00

U.S. $ 1,050.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

131.25 75.00 393.75 2,025.00 5,264.02 12.50 162.50 75.00

0.00 0.00 0.00 378.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 5,035.50 0.00 0.00

6,487.50 26,419.35 2,737.50 158,932.95 1,350.00 225.00 1,425.00 1,537.50 412.50 80,445.79 5,250.00 375.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

2,230.62 737.50 75.00 1,450.00 502.00 487.50 112.50

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,224.72 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,387.50 987.50 1,875.00 513.75 596.25 21,468.57 17,219.93 2,764.57 112.50 626.25 18.75 225.00 1,781.21 18.75 3,379.72 300.00 600.00 1,462.50

HUANCAVELICA/HUAYTARA AYAVI HUAYACUNDO ARMA HUAYTARA OCOYO PILPICHACA QUERCO QUITO-ARMA SAN FRANCISCO DE SANGAYAICO SAN ISIDRO SANTIAGO DE CHOCORVOS SANTIAGO DE QUIRAHUARA SANTO DOMINGO DE CAPILLAS TAMBO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,337.50 395.20 748.41 75.00 9,150.00 6,412.50 8,094.36 1,375.00 150.00 6,225.00 2,325.00 4,262.50 2,399.69

HUANCAVELICA/TAYACAJA ACOSTAMBO ACRAQUIA AHUAYCHA

0.00 0.00 0.00

427.50 225.00 131.25

HUANCAVELICA/ANGARAES CALLANMARCA CONGALLA HUANCA-HUANCA HUAYLLAY GRANDE LIRCAY SAN ANTONIO DE ANTAPARCO SANTO TOMAS DE PATA SECCLLA HUANCAVELICA/CASTROVIRREYNA ARMA AURAHUA CAPILLAS CASTROVIRREYNA CHUPAMARCA COCAS HUACHOS MOLLEPAMPA SAN JUAN SANTA ANA TANTARA TICRAPO HUANCAVELICA/CHURCAMPA ANCO CHINCHIHUASI CHURCAMPA EL CARMEN LOCROJA PAUCARBAMBA SAN PEDRO DE CORIS HUANCAVELICA/HUANCAVELICA ACOBAMBILLA ACORIA ASCENSION CONAYCA CUENCA HUACHOCOLPA HUANCAVELICA HUANDO HUAYLLAHUARA IZCUCHACA LARIA MANTA MOYA NUEVO OCCORO PALCA PILCHACA VILCA YAULI

S/.


El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

DPTO. / PROV. / DISTRITO COLCABAMBA DANIEL HERNANDEZ HUARIBAMBA PAMPAS PAZOS SALCABAMBA SALCAHUASI SAN MARCOS DE ROCCHAC SURCUBAMBA ÑAHUIMPUQUIO

NORMAS LEGALES 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

U.S. $ 4,136.55 1,500.00 4,800.00 487.50 412.50 2,887.50 375.00 3,275.00 1,050.00 375.00

HUANUCO/AMBO AMBO CAYNA COLPAS CONCHAMARCA HUACAR SAN FRANCISCO SAN RAFAEL

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

375.00 687.50 337.50 187.50 875.00 5,894.81 1,012.50

HUANUCO/DOS DE MAYO CHUQUIS MARIAS PACHAS QUIVILLA SILLAPATA YANAS

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,162.50 1,226.76 1,275.00 150.00 3,300.00 1,825.00

HUANUCO/HUACAYBAMBA COCHABAMBA HUACAYBAMBA

0.00 0.00

900.00 675.00

HUANUCO/HUAMALIES ARANCAY CHAVIN DE PARIARCA JACAS GRANDE JIRCAN LLATA MONZON PUÑOS SINGA TANTAMAYO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

300.00 1,690.77 412.50 1,350.00 765.20 450.00 225.00 1,237.50 1,363.50

HUANUCO/HUANUCO AMARILIS CHINCHAO CHURUBAMBA HUANUCO MARGOS PILLCO MARCA QUISQUI SAN FRANCISCO DE CAYRAN SAN PEDRO DE CHAULAN SANTA MARIA DEL VALLE YARUMAYO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,087.50 2,753.04 900.00 544.50 975.00 675.00 930.00 93.75 518.75 450.00 131.25

HUANUCO/LAURICOCHA JESUS JIVIA RONDOS SAN FRANCISCO DE ASIS

0.00 0.00 0.00 0.00

131.25 318.75 525.00 300.00

HUANUCO/LEONCIO PRADO DANIEL ALOMIAS ROBLES LUYANDO RUPA-RUPA

0.00 0.00 0.00

1,125.00 1,275.00 225.00

HUANUCO/MARAÑON CHOLON HUACRACHUCO

0.00 0.00

2,250.00 1,575.00

HUANUCO/PACHITEA CHAGLLA PANAO

S/.

0.00 0.00

1,178.04 5,787.50

DPTO. / PROV. / DISTRITO HUANUCO/PUERTO INCA PUERTO INCA YUYAPICHIS

449241 S/.

U.S. $ 0.00 0.00

225.00 6,750.00

HUANUCO/YAROWILCA APARICIO POMARES CHAVINILLO CHORAS JACAS CHICO OBAS PAMPAMARCA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,350.00 562.50 393.75 243.75 587.50 1,937.50

ICA/CHINCHA ALTO LARAN CHAVIN CHINCHA ALTA CHINCHA BAJA EL CARMEN GROCIO PRADO PUEBLO NUEVO SAN JUAN DE YANAC SAN PEDRO DE HUACARPANA SUNAMPE TAMBO DE MORA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

656.00 1,875.00 806.00 175.00 2,575.00 1,411.53 891.24 1,875.00 1,350.00 375.00 375.00

ICA/ICA ICA LA TINGUIÑA LOS AQUIJES OCUCAJE SALAS SAN JOSE DE LOS MOLINOS SANTIAGO SUBTANJALLA YAUCA DEL ROSARIO

0.00 0.00 0.00 113.40 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,575.00 468.75 18.75 12,383.01 6,675.44 1,425.44 43,546.09 1,350.00 16,957.32

ICA/NAZCA CHANGUILLO EL INGENIO MARCONA NAZCA VISTA ALEGRE

0.00 0.00 0.00 0.00 378.00

150.00 773.52 10,039.49 2,525.25 0.00

ICA/PALPA RIO GRANDE SANTA CRUZ TIBILLO

0.00 0.00 0.00

5,890.67 2,062.50 2,617.20

ICA/PISCO HUANCANO HUMAY INDEPENDENCIA PARACAS SAN ANDRES SAN CLEMENTE

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

9,477.28 25,254.87 2,175.00 3,860.91 150.00 2,050.00

JUNIN/CHANCHAMAYO CHANCHAMAYO PERENE PICHANAQUI SAN RAMON

0.00 0.00 0.00 0.00

599.57 4,649.57 975.00 637.50

JUNIN/CHUPACA CHONGOS BAJO HUACHAC SAN JUAN DE JARPA TRES DE DICIEMBRE YANACANCHA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

166.53 281.25 75.00 75.00 1,849.39

JUNIN/CONCEPCION ACO CHAMBARA COCHAS COMAS

0.00 0.00 0.00 0.00

750.00 2,562.50 112.50 8,236.55


NORMAS LEGALES

449242 DPTO. / PROV. / DISTRITO CONCEPCION HEROINAS TOLEDO MANZANARES MARISCAL CASTILLA NUEVE DE JULIO ORCOTUNA SAN JOSE DE QUERO SANTA ROSA DE OCOPA

S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 124.74 0.00 0.00 0.00

U.S. $ 684.66 75.00 281.25 412.50 202.50 356.25 10,253.62 328.99

JUNIN/HUANCAYO CHACAPAMPA CHICCHE CHONGOS ALTO COLCA CULLHUAS EL TAMBO HUALHUAS HUANCAYO HUASICANCHA HUAYUCACHI INGENIO PARIAHUANCA PUCARA QUICHUAY QUILCAS SAN AGUSTIN SAN JERONIMO DE TUNAN SAPALLANGA SICAYA VIQUES

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

2,700.24 111.30 9,776.03 682.74 120.24 3,808.59 75.00 791.24 2,569.70 62.50 861.28 300.00 1,050.00 613.03 1,201.43 75.00 572.16 1,875.00 281.25 62.50

JUNIN/JAUJA ACOLLA APATA CANCHAYLLO CURICACA EL MANTARO JANJAILLO JAUJA LLOCLLAPAMPA MARCO MASMA CHICCHE MOLINOS MONOBAMBA PACA PACCHA PARCO POMACANCHA RICRAN SAN LORENZO SAN PEDRO DE CHUNAN SINCOS YAULI YAUYOS

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

337.50 1,266.98 2,293.23 2,378.20 112.50 146.19 112.50 108.69 81.75 412.50 750.00 600.00 87.50 4,500.00 139.50 2,137.50 832.50 75.00 87.50 6,275.00 612.50 225.00

JUNIN/JUNIN JUNIN ONDORES ULCUMAYO

0.00 0.00 0.00

675.00 70.56 8,904.93

JUNIN/SATIPO MAZAMARI

0.00

225.00

JUNIN/TARMA ACOBAMBA HUARICOLCA HUASAHUASI LA UNION PALCA PALCAMAYO SAN PEDRO DE CAJAS TAPO TARMA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

238.83 774.61 900.00 281.25 332.42 112.50 2,100.00 1,945.08 1,527.59

DPTO. / PROV. / DISTRITO JUNIN/YAULI CHACAPALPA HUAY-HUAY LA OROYA MARCAPOMACOCHA MOROCOCHA PACCHA SANTA BARBARA DE CARHUACAYAN SANTA ROSA DE SACCO SUITUCANCHA YAULI

El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

S/.

U.S. $

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 604.80

2,199.82 560.61 6,508.22 2,137.62 412.50 2,958.84 4,875.01 3,541.49 462.00 976.29

LA LIBERTAD/ASCOPE CASA GRANDE CHICAMA RAZURI

0.00 0.00 0.00

1,800.00 4,725.00 900.00

LA LIBERTAD/BOLIVAR BAMBAMARCA BOLIVAR LONGOTEA UCUNCHA

0.00 0.00 0.00 0.00

75.00 300.00 150.00 300.00

LA LIBERTAD/CHEPEN CHEPEN PUEBLO NUEVO

0.00 0.00

2,700.00 75.00

0.00 0.00 0.00 1,821.47

2,550.00 1,006.56 597.26 375.00

LA LIBERTAD/JULCAN CALAMARCA CARABAMBA HUASO JULCAN

0.00 0.00 0.00 0.00

187.50 1,151.62 300.00 487.50

LA LIBERTAD/OTUZCO AGALLPAMPA CHARAT HUARANCHAL LA CUESTA OTUZCO PARANDAY SALPO SINSICAP USQUIL

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

7,393.61 673.83 5,255.03 1,125.00 5,256.74 1,125.00 1,500.00 4,852.40 6,415.70

LA LIBERTAD/PACASMAYO GUADALUPE SAN JOSE

0.00 0.00

450.00 450.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 4,533.03 0.00 0.00 0.00

4,658.98 7,725.87 375.00 11,438.72 375.00 12,216.48 2,844.01 16,845.94 3,299.54

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

11,904.02 3,354.15 2,531.10 3,266.70 2,377.49 6,749.82 4,443.87 924.25

LA LIBERTAD/GRAN CHIMU CASCAS LUCMA MARMOT SAYAPULLO

LA LIBERTAD/PATAZ BULDIBUYO CHILLIA HUAYLILLAS HUAYO ONGON PARCOY PATAZ PIAS TAYABAMBA LA LIBERTAD/SANCHEZ CARRION CHUGAY COCHORCO CURGOS HUAMACHUCO MARCABAL SANAGORAN SARIN SARTIMBAMBA


El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

DPTO. / PROV. / DISTRITO LA LIBERTAD/SANTIAGO DE CHUCO ANGASMARCA CACHICADAN MOLLEBAMBA MOLLEPATA QUIRUVILCA SANTA CRUZ DE CHUCA SANTIAGO DE CHUCO SITABAMBA

NORMAS LEGALES S/.

U.S. $ 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

449.87 109.15 13.51 1,275.00 9,523.83 1,474.66 12,277.88 15,842.06

LA LIBERTAD/TRUJILLO EL PORVENIR HUANCHACO LAREDO POROTO SALAVERRY SIMBAL

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

962.50 4,600.00 3,651.28 3,387.35 937.50 7,449.65

LA LIBERTAD/VIRU CHAO GUADALUPITO VIRU

0.00 0.00 0.00

8,230.29 525.00 4,145.65

LAMBAYEQUE/CHICLAYO CAYALTI CHONGOYAPE LAGUNAS OYOTUN PATAPO PUCALA TUMAN ZAÑA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,686.75 600.00 75.00 2,354.37 525.00 675.00 37.50 2,024.25

LAMBAYEQUE/FERREÑAFE CAÑARIS INCAHUASI MANUEL ANTONIO MESONES MURO PITIPO

0.00 0.00 0.00 0.00

56.25 225.00 825.00 1,537.50

LAMBAYEQUE/LAMBAYEQUE MOTUPE OLMOS SALAS

0.00 0.00 0.00

75.00 2,100.00 1,350.00

LIMA/BARRANCA BARRANCA PATIVILCA SUPE

0.00 0.00 0.00

75.00 450.00 3,282.25

LIMA/CAJATAMBO CAJATAMBO COPA GORGOR HUANCAPON MANAS

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

15,725.03 6,473.63 8,762.79 1,505.62 1,537.50

LIMA/CANTA HUAMANTANGA HUAROS LACHAQUI SAN BUENAVENTURA SANTA ROSA DE QUIVES

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

11,139.79 566.20 862.50 862.50 5,024.38

LIMA/CAÑETE ASIA CALANGO CERRO AZUL CHILCA COAYLLO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

827.44 2,887.50 644.43 1,275.00 7,076.79

DPTO. / PROV. / DISTRITO LUNAHUANA MALA NUEVO IMPERIAL QUILMANA SAN ANTONIO SAN VICENTE DE CAÑETE SANTA CRUZ DE FLORES ZUÑIGA

449243 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

U.S. $ 3,630.02 675.00 2,962.50 1,431.93 240.00 225.00 150.00 37.50

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

2,279.15 7,738.48 487.50 2,137.50 225.00 225.38 478.40 2,281.33 3,450.00 225.38

0.00 0.00 0.00 1,323.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 2,827.80 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

9,008.96 262.50 170.91 222.86 150.00 2,283.96 337.50 4,230.63 572.09 225.00 8,371.50 1,889.16 337.50 337.50 4,162.50 4,254.13 711.96 37.50 402.10 1,050.00 3,598.25 2,099.62

LIMA/HUAURA AMBAR CHECRAS HUACHO HUAURA LEONCIO PRADO SANTA LEONOR SAYAN

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

10,403.57 4,898.99 937.50 3,532.66 778.48 1,828.40 975.00

LIMA/LIMA ANCON CARABAYLLO CHACLACAYO CIENEGUILLA LURIGANCHO LURIN PACHACAMAC PUNTA HERMOSA PUNTA NEGRA SAN JUAN DE LURIGANCHO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

900.00 456.58 562.50 2,025.00 7,721.25 960.22 675.00 742.50 450.00 112.50

LIMA/OYON ANDAJES CAUJUL

0.00 0.00

1,125.00 552.43

LIMA/HUARAL ATAVILLOS ALTO AUCALLAMA CHANCAY HUARAL IHUARI LAMPIAN PACARAOS SANTA CRUZ DE ANDAMARCA SUMBILCA VEINTISIETE DE NOVIEMBRE LIMA/HUAROCHIRI ANTIOQUIA CALLAHUANCA CHICLA HUANZA HUAROCHIRI LAHUAYTAMBO LANGA MATUCANA RICARDO PALMA SAN ANDRES DE TUPICOCHA SAN ANTONIO SAN DAMIAN SAN JUAN DE IRIS SAN JUAN DE TANTARANCHE SAN LORENZO DE QUINTI SAN MATEO SAN MATEO DE OTAO SANGALLAYA SANTA CRUZ DE COCACHACRA SANTA EULALIA SANTO DOMINGO DE LOS OLLEROS SURCO

S/.


NORMAS LEGALES

449244 DPTO. / PROV. / DISTRITO COCHAMARCA NAVAN OYON PACHANGARA

0.00 0.00 0.00 0.00

U.S. $ 1,814.22 608.17 12,869.96 300.00

LIMA/YAUYOS ALIS AYAUCA AYAVIRI AZANGARO CATAHUASI CHOCOS COCHAS COLONIA HONGOS HUAMPARA HUANTAN LARAOS MIRAFLORES OMAS QUINCHES QUINOCAY SAN JOAQUIN SAN PEDRO DE PILAS TAURIPAMPA TOMAS TUPE VIÑAC YAUYOS

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,185.70 758.63 1,050.00 750.00 383.63 37.50 162.50 900.00 4,500.41 2,862.50 1,800.00 1,185.69 135.69 3,750.00 1,625.00 900.00 1,012.50 1,125.00 2,400.00 2,439.51 1,184.99 75.00 450.00

LORETO/DATEM DEL MARAÑON MANSERICHE MORONA

0.00 0.00

53,163.00 1,941.00

LORETO/MAYNAS NAPO MADRE DE DIOS/MANU HUEPETUHE MADRE DE DIOS MADRE DE DIOS/TAMBOPATA INAMBARI LABERINTO LAS PIEDRAS TAMBOPATA

S/.

0.00

0.00 0.00

0.00 0.00 0.00 0.00

DPTO. / PROV. / DISTRITO PASCO/DANIEL ALCIDES CARRION CHACAYAN PAUCAR SAN PEDRO DE PILLAO SANTA ANA DE TUSI TAPUC YANAHUANCA

El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

S/.

U.S. $ 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

312.87 1,000.00 112.50 1,787.81 112.50 3,375.00

0.00

9,350.00

PASCO/PASCO HUACHON HUARIACA HUAYLLAY NINACACA PALLANCHACRA PAUCARTAMBO SIMON BOLIVAR TICLACAYAN VICCO YANACANCHA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 10,762.20 0.00 0.00 0.00

840.09 885.19 1,888.50 840.09 372.50 5,587.50 44,952.44 987.50 5,625.00 97.80

PIURA/AYABACA AYABACA JILILI LAGUNAS MONTERO PACAIPAMPA PAIMAS SUYO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

7,762.50 93.75 150.00 150.00 2,475.00 4,087.50 7,181.25

PIURA/HUANCABAMBA EL CARMEN DE LA FRONTERA HUARMACA

0.00 0.00

450.00 525.00

PIURA/MORROPON BUENOS AIRES CHULUCANAS

0.00 0.00

150.00 2,475.00

PIURA/PAITA AMOTAPE COLAN TAMARINDO VICHAYAL

0.00 0.00 0.00 0.00

1,055.17 900.00 225.00 1,335.59

PIURA/PIURA CATACAOS LAS LOMAS PIURA TAMBO GRANDE

0.00 0.00 0.00 0.00

225.00 2,962.50 300.00 13,837.50

PIURA/SECHURA CRISTO NOS VALGA SECHURA VICE

0.00 0.00 0.00

337.50 15,866.25 712.50

PIURA/SULLANA IGNACIO ESCUDERO LANCONES MARCAVELICA MIGUEL CHECA QUERECOTILLO SALITRAL

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

157.50 3,487.50 187.50 450.00 3,375.00 187.50

PIURA/TALARA PARIÑAS

0.00

187.50

PUNO/AZANGARO CAMINACA JOSE DOMINGO CHOQUEHUANCA MUÑANI POTONI

0.00 0.00 0.00 0.00

168.72 799.47 600.00 6,619.14

PASCO/OXAPAMPA POZUZO

225.00

24,329.88 26,891.06

22,201.79 11,609.12 3,922.00 8,762.21

MOQUEGUA/GENERAL SANCHEZ CERRO CHOJATA COALAQUE ICHUÑA LA CAPILLA LLOQUE MATALAQUE OMATE PUQUINA QUINISTAQUILLAS UBINAS YUNGA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

2,250.00 112.50 4,575.00 638.99 675.00 21,112.50 112.50 1,331.25 825.00 3,675.00 450.00

MOQUEGUA/ILO EL ALGARROBAL ILO PACOCHA

0.00 0.00 0.00

17,100.00 2,812.50 2,900.93

MOQUEGUA/MARISCAL NIETO CARUMAS CUCHUMBAYA MOQUEGUA SAMEGUA SAN CRISTOBAL TORATA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

5,852.62 225.00 60,600.00 412.50 9,187.50 12,978.11


El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

DPTO. / PROV. / DISTRITO SAMAN SAN ANTON SAN JOSE

NORMAS LEGALES 0.00 0.00 0.00

U.S. $ 562.50 1,687.50 1,237.50

PUNO/CARABAYA AJOYANI AYAPATA COASA CORANI CRUCERO ITUATA MACUSANI OLLACHEA SAN GABAN USICAYOS

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

1,725.00 5,813.28 7,019.45 675.00 3,748.10 1,350.78 4,175.00 56.25 3,356.25 525.00

PUNO/CHUCUITO JULI PISACOMA POMATA ZEPITA

0.00 0.00 0.00 0.00

13,500.00 9,150.00 562.50 562.50

PUNO/EL COLLAO CAPASO CONDURIRI ILAVE SANTA ROSA

S/.

0.00 0.00 0.00 0.00

4,612.50 3,600.00 2,250.00 9,226.60

PUNO/HUANCANE COJATA PUSI VILQUE CHICO

0.00 0.00 0.00

5,250.00 2,214.34 375.00

PUNO/LAMPA CABANILLA LAMPA OCUVIRI PALCA PARATIA PUCARA SANTA LUCIA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

2,335.16 225.00 2,430.67 1,650.00 1,200.00 937.50 14,839.70

PUNO/MELGAR ANTAUTA NUÑOA ORURILLO SANTA ROSA

0.00 0.00 0.00 0.00

3,087.50 2,150.00 1,575.00 13,500.00

PUNO/PUNO ACORA ATUNCOLLA COATA HUATA MAÑAZO PAUCARCOLLA PICHACANI PUNO VILQUE

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

9,010.05 9,143.78 1,963.75 1,963.75 675.00 3,825.00 3,600.00 450.00 300.00

PUNO/SAN ANTONIO DE PUTINA ANANEA PEDRO VILCA APAZA PUTINA QUILCAPUNCU SINA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

30,511.39 187.50 6,016.46 1,235.25 5,812.50

PUNO/SAN ROMAN CABANA CABANILLAS CARACOTO JULIACA

0.00 0.00 0.00 0.00

2,250.00 7,569.26 9,812.43 5,593.25

PUNO/SANDIA

DPTO. / PROV. / DISTRITO ALTO INAMBARI CUYOCUYO LIMBANI PATAMBUCO PHARA QUIACA SANDIA YANAHUAYA

449245 S/. 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 1,323.00 0.00 0.00

U.S. $ 7,411.12 11,305.12 4,256.25 525.00 2,951.25 17,695.66 3,093.75 4,925.26

PUNO/YUNGUYO COPANI YUNGUYO

0.00 0.00

562.50 562.50

SAN MARTIN/EL DORADO SAN MARTIN

0.00

750.00

SAN MARTIN/LAMAS ALONSO DE ALVARADO TABALOSOS

0.00 0.00

750.00 750.00

SAN MARTIN/MARISCAL CACERES HUICUNGO

0.00

75.00

SAN MARTIN/MOYOBAMBA CALZADA MOYOBAMBA

0.00 0.00

37.50 37.50

SAN MARTIN/RIOJA RIOJA

0.00

75.00

SAN MARTIN/SAN MARTIN LA BANDA DE SHILCAYO

0.00

112.50

SAN MARTIN/TOCACHE SHUNTE

0.00

225.00

TACNA/CANDARAVE CANDARAVE CURIBAYA

0.00 0.00

5,062.50 675.00

TACNA/JORGE BASADRE ILABAYA ITE LOCUMBA

0.00 0.00 0.00

1,875.00 13,012.50 825.00

TACNA/TACNA ALTO DE LA ALIANZA CALANA CIUDAD NUEVA CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LA INCLAN PACHIA PALCA POCOLLAY SAMA TACNA

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

3,600.00 1,950.00 4,491.62 825.00 4,162.50 9,624.43 9,500.86 450.00 10,687.50 24,923.17

TACNA/TARATA CHUCATAMANI ESTIQUE ESTIQUE PAMPA SITAJARA SUSAPAYA TARATA TICACO

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

2,250.00 4,800.00 3,262.50 2,250.00 3,037.50 1,122.75 1,122.75

TUMBES/CONTRALMIRANTE VILLAR CANOAS DE PUNTA SAL ZORRITOS

0.00 0.00

375.00 75.00

TUMBES/TUMBES CORRALES LA CRUZ

0.00 0.00

1,200.00 675.00


El Peruano Lima, miércoles 31 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

449246 DPTO. / PROV. / DISTRITO PAMPAS DE HOSPITAL SAN JACINTO SAN JUAN DE LA VIRGEN

S/. 0.00 0.00 0.00

U.S. $ 150.00 150.00 150.00

UCAYALI/ATALAYA RAYMONDI SEPAHUA

0.00 0.00

675.00 2,700.00

UCAYALI/CORONEL PORTILLO CALLARIA

0.00

300.00

TOTAL GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES

37,626.67

4,348,573.84

Nº Distritos

1,106

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Prorrogan la vigencia de la Ordenanza Nº 276-MDA que estableció beneficio tributario a contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014 Ate, 24 de agosto de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE VISTO; el Informe Nº 089-2011-MDA/GAT de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Nº 6372011-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto a la Ordenanza Nº 276-MDA; y,

683058-1

ORGANOS AUTONOMOS

CONSIDERANDO:

BANCO CENTRAL DE RESERVA Disponen la circulación de nuevos billetes de S/. 50,00, S/. 100,00 y S/. 200,00 CIRCULAR Nº 025-2011-BCRP CONSIDERANDO QUE: El Directorio de este Banco Central, de conformidad con lo establecido en los artículos 42º y 43º de su Ley Orgánica, aprobó el cambio de diseño de los billetes de S/. 50,00 (Cincuenta Nuevos Soles), S/. 100,00 (Cien Nuevos Soles) y S/. 200,00 (Doscientos Nuevos Soles). SE RESUELVE: Artículo 1º. Poner en circulación a partir del 31 de agosto de 2011 los nuevos billetes de S/. 50,00, S/. 100,00 y S/. 200,00. Todos los billetes llevan en el anverso, en el borde superior, el nombre “BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ”, al centro la denominación en números y superpuesta la unidad monetaria “NUEVOS SOLES”. En el reverso, en el borde superior, se ubica la denominación en letras y a la derecha el Escudo de Armas del Perú. Los motivos de los billetes se detallan a continuación: Características

S/. 50,00

S/. 100,00

S/. 200,00

Color predominante

Rojo indio

Azul

Gris

Personaje principal del anverso

Abraham Valdelomar Pinto

Jorge Basadre Grohmann

Santa Rosa de Lima

Motivo principal del reverso

Templo Nuevo, Gran Pajatén, Cultura Ciudad Sagrada Chavín de Chachapoyas, de Caral, San Martín Lima Huantar, Ancash

Tamaño

140 x 65 milímetros

Artículo 2º. Estos billetes circularán de manera simultánea con los actuales de S/. 50,00, S/. 100,00 y S/. 200,00.

Que, mediante Ordenanza Nº 276-MDA de fecha 18 de julio del 2011 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de julio del 2011, se estableció el Beneficio de Condonacion de Deuda Tributaria e Intereses Generados por la Omision de la Presentacion y/o Rectificacion de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial y Otorgamiento de Fraccionamiento para el Cumplimiento de Obligaciones Tributarias Generadas; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada, señala en su Artículo Decimo Quinto, que se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas complementarias, para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza; asi mismo prorrogue los beneficios tributarios establecidos en la misma. Que, mediante Informe Nº 0089-2011-MDA/GAT, la Gerencia de Administración Tributaria señala que gran cantidad de contribuyentes se apersonan a esta Corporación Municipal para acogerse al beneficio tributario señalado, por lo que se hace necesario se prorrogue los beneficios tributarios de la Ordenanza antes mencionada, hasta por una vigencia de treinta (30) días calendarios cuyo vencimiento será el 30 de setiembre del año 2011, mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Informe Nº 637-2011-MDA/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que es procedente emitir el Decreto de Alcaldía propuesto por la Gerencia de Administración Tributaria; Que, mediante Proveído Nº 1520-2011-MDA/GM, la Gerencia Municipal, indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 42º y el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 276-MDA, que establece el Beneficio de Condonacion de Deuda Tributaria e Intereses Generados por la Omision de la Presentacion y/o Rectificacion de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial y Otorgamiento de Fraccionamiento para el Cumplimiento de Obligaciones Tributarias Generadas; por treinta (30) dias calendarios, cuyo vencimiento será el 30 de setiembre del 2011. Artículo 2º.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo 3º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administracion Tributaria y demás áreas pertinentes de esta Corporación Edil.

Lima, 26 de agosto de 2011

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General

OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde

683679-1

683184-2


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