Normas20111025

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FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO

Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES Año XXVIII - Nº 11579

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Sumario PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA Fe de Erratas D.U. N° 055-2011

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PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Res. Nº 547-2011-PCM/SD.- Acreditan al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y al Gobierno Regional del Cusco para la transferencia de la función g), del Art. 58° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales 452157 Res. Nº 548-2011-PCM/SD.- Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba 452158 Res. Nº 549-2011-PCM/SD.- Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal del Alto y Bajo Tulumayo - MMABT 452159

R.M. Nº 383-2011-MIMDES.Dan por concluida designación y designan funcionaria responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio 452163 R.M. Nº 384-2011-MIMDES.- Dan por concluida encargatura y designan Jefe de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del Ministerio 452163 R.M. Nº 385-2011-MIMDES.Dan por concluida designación y designan representantes titular y alterna del Ministerio ante la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional 452163 PRODUCE R.M. Nº 297-2011-PRODUCE.Autorizan viaje de Viceministro de MYPE e Industria para participar en evento a realizarse en los EE. UU. 452164 R.M. Nº 298-2011-PRODUCE.Autorizan viaje de profesional del Viceministerio de MYPE e Industria para participar en evento a realizarse en los EE. UU. 452165

AMBIENTE R.M. Nº 247-2011-MINAM.- Encargan a funcionario diversas funciones de Presidente del Consejo Directivo del OEFA 452160 ECONOMIA Y FINANZAS R.D. Nº 018-2011-EF/50.01.Modifican resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondiente al primer semestre del año 2011, aprobados mediante la R.D. N° 015-2011-EF/50.01 452161 EDUCACION R.M. Nº 0536-2011-ED.- Disponen que la Oficina de Prensa y Comunicaciones efectúe la pre publicación del proyecto de “Directiva de Normas y Procedimientos para la selección de docentes mediante contrato en Instituciones Públicas de Educación Básica y Técnico-Productiva en el periodo lectivo 2012”, en el Portal de Internet del Ministerio 452161 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL R.M. Nº 382-2011-MIMDES.Dan por concluida designación y designan funcionaria responsable de brindar la información pública solicitada a la Administración Nivel Central del MIMDES, en el marco de Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública 452162

RELACIONES EXTERIORES D.S. N° 120-2011-RE.- Ratifican el Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio y sus Protocolos Adicionales 452166 R.S. N° 387-2011-RE.- Dan por terminadas las funciones de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, Reino de España 452166 SALUD R.M. Nº 763-2011/MINSA.- Dan por concluida designación y designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio 452167 R.M. Nº 764-2011/MINSA.- Aceptan renuncia y designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” del Ministerio 452167 R.M. Nº 765-2011/MINSA.- Aceptan renuncia y designan Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado - Hideyo Noguchi” del Ministerio 452168 R.M. Nº 766-2011/MINSA.- Designan Jefa de la Oficina de Personal de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional “Dos de Mayo” del Ministerio 452168 R.M. Nº 769-2011/MINSA.- Dan por concluida designación y designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio 452168


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R.M. Nº 780-2011/MINSA.- Designan Directora General de Promoción de la Salud 452169 R.M. Nº 781-2011/MINSA.- Encargan funciones de Director General de la Oficina General de Cooperación Internacional 452169 R.M. Nº 782-2011/MINSA.- Designan Director General de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud 452170 R.M. Nº 783-2011/MINSA.Designan Supervisor Administrativo de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos 452170 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RR.MM. Nºs. 757 y 758-2011-MTC/02.- Autorizan viajes de Inpectores de la Dirección General de Aeronaútica Civil a EE.UU., Colombia, El Salvador, Federación de Rusia, Brasil, España y Chile, en comisión de servicios 452170

ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Res. Nº 178-2011.- Autorizan viaje de Jefe de Proyecto en Asuntos Mineros de PROINVERSIÓN a la República Popular China, en comisión de servicios 452173 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 738-2011-P-CSJLIMASUR/PJ.- Disponen que juez integre Sala Penal y designan magistrados en diversos juzgados del Distrito Judicial de Lima Sur 452176 Res. Adm. Nº 753-2011-P-CSJLIMASUR/PJ.- Establecen el orden en el desarrollo de los turnos judiciales del Juzgado Penal Transitorio de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur para el mes de noviembre de 2011 452177 RR. Adms. Nºs. 842, 847, 848, 853 y 854-2011-P-CSJLI/ PJ y 852-2011-P-CSJL/PJ.- Designan magistrados en la Corte Superior de Justicia de Lima 452178 Res. Adm. Nº 846-2011-P-CSJL/PJ.Encargan el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima 452181 Res. Adm. Nº 849-2011-P-CSJLI-PJ.- Establecen que el auto de apertura de instrucción y todo acto procesal posterior debe contener la precisión exacta del delito instruído, precisando la modalidad delictiva, en la Corte Superior de Justicia de Lima 452181 Res. Adm. Nº 850-2011-P-CSJLI/PJ.- Disponen la ampliación de la ejecución de la Res. Adm. N° 339-2011P-CSJLI/PJ, únicamente en relación al 2° Juzgado Penal de Lima Este - Chosica 452182 Res. Adm. Nº 851-2011-P-CSJLI-PJ.- Establecen disposiciones referidas al mandato de detención que ordena el internamiento, en la Corte Superior de Justicia de Lima 452182

ADMINISTRACION TRIBUTARIA

ORGANOS AUTONOMOS

Res. Nº 373-2011/SUNAT/A.- Resuelven petición para ser incluído en la lista de importadores frecuentes 452173

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES R.D. Nº 70-2011-EF/94.06.3.- Disponen la exclusión de los valores correspondientes a la Tercera y Cuarta Emisión del Segundo Programa de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A. del Registro Público del Mercado de Valores 452174 R.D. Nº 79-2011-EF/94.06.3.- Disponen la inscripción de los valores denominados “Quinta Emisión del Tercer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.-COFIDE”, en el Registro Público del Mercado de Valores 452175

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL R.J. Nº 523-2011-JNAC/RENIEC.- Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Centro Caparocia, distrito de Río Tambo, provincia de Satipo, departamento de Junín 452183 MINISTERIO PUBLICO RR. Nºs. 2092, 2093, 2094, 2095, 2096 y 2098-2011-MPFN.- Dan por concluidos nombramientos y designaciones, y nombran y designan fiscales en los Distritos Judiciales de Lima, Amazonas, Pasco y Tumbes 452184 Res. Nº 2097-2011-MP-FN.- Aceptan renuncia de fiscal del Distrito Judicial de San Martín 452186 Fe de Erratas Res. N° 1988-2011-MP-FN 452186

DICE: 4.1 Los Titulares de ... DEBE DECIR: 5.1 Los Titulares de ...

FE DE ERRATAS DECRETO DE URGENCIA Nº 055-2011 Mediante Oficio Nº 749-2011-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Urgencia Nº 055-2011, publicado en la edición del día 15 de octubre de 2011. En el artículo 5º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional

DICE: 4.2 La Oficina de ... DEBE DECIR: 5.2 La Oficina de ... DICE: 4.3 La Oficina de ...


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NORMAS LEGALES

DEBE DECIR: 5.3 La Oficina de ... 707992-1

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Acreditan al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y al Gobierno Regional del Cusco para la transferencia de la función g), del Art. 58º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 547-2011-PCM/SD Miraflores, 18 de octubre de 2011 VISTOS: El Informe de Concordancia Nº 002-2011-PCM/SDOTME, elaborado según lo dispuesto en la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 060-2008-PCM/SD, que extendió la vigencia de la Directiva Nº 001-2007PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD, para normar y regular la transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales, comprendidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008; y, el Informe Nº 053-2011-PCM/SD-FNH. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2008PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”, el mismo que comprendió a las cinco (5) funciones que no fueron incluidas en los planes anuales de transferencia aprobados desde el año 2004 hasta el año 2007, entre las cuales se encontraba la función g), del Art. 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; dando cumplimiento, de esta manera, a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 0682006-PCM, de transferir a los Gobiernos Regionales las 185 funciones de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 060-2008-PCM/SD, se extendió la vigencia de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 0032007-PCM/SD, a fin de normar y regular la transferencia de las funciones comprendidas en el plan anual de transferencia del año 2008, antes mencionado; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 007-2009-PCM/SD, se aprobaron los requisitos específicos mínimos a ser cumplidos por los Gobiernos Regionales, para acceder a la transferencia de la función g) del Art. 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Vivienda y Saneamiento, los cuales fueron propuestos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, involucrado en el proceso de transferencia, en su calidad de ente rector; Que, mediante el Informe de Concordancia Nº 0022011-PCM/SD-OTME, elaborado de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.6 de la Directiva Nº 0012007-PCM/SD, antes mencionada, el Gobierno Regional del Cusco fue declarado POR POTENCIAR, al no haber cumplido con alguno de los requisitos específicos mínimos establecidos, según los respectivos Informes Situacionales elaborados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y

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Saneamiento y el mismo Gobierno Regional, para acceder a la transferencia de la función g), en mención; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 4.11 y 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, a fin de facilitar la certificación, y posterior acreditación de la función g), antes mencionada, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional del Cusco, han suscrito el respectivo Convenio Marco Intergubernamental, el cual ha sido remitido a la Secretaría de Descentralización mediante el Oficio Nº 269-2011-VIVIENDA-SG/T, para continuar con el proceso de transferencia de dicha función; Que, al haber culminado la etapa de certificación, con la suscripción de respectivo Convenio Marco Intergubernamental, según lo antes señalado, corresponde a la Secretaría de Descentralización, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.8 de la Directiva Nº 0012007-PCM/SD, proceder a la acreditación de la función g), antes mencionada, al Gobierno Regional del Cusco, mediante la resolución correspondiente; Que, luego de proceder a la acreditación, la Secretaría de Descentralización debe notificar al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento así como a dicho Gobierno Regional, para que procedan a la efectivización de la transferencia de dicha función g), así como de los correspondientes recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario asociados a dicha función, de acuerdo al procedimiento establecido en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD: “Normas para la Efectivización del proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 0252007-PCM/SD; y, la Directiva Nº 003-2008-PCM/SD: “Directiva para la culminación e implementación de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales”, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/SD, en lo que resulte aplicable; y, según lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 093-2007-PCM, para la identificación y cuantificación de recursos presupuestales asociados a las funciones que sean materia de transferencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2011PCM se estableció un plazo definitivo para culminar con las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas y activos a los Gobiernos Regionales y Locales, programados en los planes anuales de transferencia de competencias sectoriales, aprobados durante el periodo 2003-2010, el cual venció el 30 de junio del año en curso; es decir, a los 45 días de publicada la norma en mención. De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867, 28273, 29158 y 29209; los Decretos Supremos Nº 093-2007-PCM, Nº 0492008-PCM y Nº 044-2011-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 060-2008-PCM/SD y 007-2009-PCM/SD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditación de funciones en materia de Vivienda y Saneamiento Certificar que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional del Cusco, declarado, inicialmente, POR POTENCIAR, para la transferencia de la función g), del Art. 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Vivienda y Saneamiento, según el Informe de Concordancia Nº 002-2011-PCM/SDOTME, han suscrito el correspondiente Convenio Marco Intergubernamental, de acuerdo a lo establecido en los numerales 4.11 y 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/ SD; y, en tal razón, se les ACREDITA para la transferencia de dicha función. Artículo 2º.- Notificación de la Acreditación Notificar la presente Resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y al Gobierno Regional del Cusco, el cual ha acreditado la transferencia de la función g), del Art. 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Vivienda y Saneamiento, para que procedan a la suscripción del Acta de Entrega y


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Recepción, prevista en la etapa de efectivización de la transferencia de funciones sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD: “Normas para la Efectivización del proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD; y, la Directiva Nº 003-2008-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/SD, en lo que resulte aplicable. Artículo 3º.- Publicación La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; y, el Informe de Concordancia Nº 002-2011-PCM/SD-OTME, deberá ser publicado en la página Web de la Secretaría de Descentralización: www.pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL DAMMERT EGO AGUIRRE Secretario de Descentralización 707438-1

Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 548-2011-PCM/SD Lima, 20 de octubre de 2011 VISTOS: El Oficio Nº 005-2011-Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba/PNM; la Ordenanza Municipal Nº 04-2011MDCH, de la Municipalidad Distrital de Chuquibamba; la Ordenanza Municipal Nº 07-2011-MDL, de la Municipalidad Distrital de Leimebamba; la Ordenanza Municipal Nº 006-2011-MDM, de la Municipalidad Distrital de Montevideo; la Ordenanza Municipal Nº 003-2011MDSFY, de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Yeso; la Ordenanza Municipal Nº 02-2011-MDMC, de la Municipalidad Distrital de Mariscal Castilla; la Ordenanza Municipal Nº 008-2011-MDLJ, de la Municipalidad Distrital de La Jalca; la Ordenanza Municipal Nº 0062011-MDST, de la Municipalidad Distrital de Santo Tomás; y la Ordenanza Municipal Nº 02-2011-MDL, de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lopecancha; el Acta de Constitución de fecha 24 de enero de 2011; el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba; y el Informe Nº 040-2011–PCM/SD-OGI-NCHL; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales

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a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante la solicitud de Vistos, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Leimebamba, Presidente de la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba, solicita su inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales. La Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba, se encuentra integrada por las municipalidades distritales de Chuquibamba, Leimebamba, Montevideo, Mariscal Castilla y La Jalca, ubicadas en la provincia de Chachapoyas; y las municipalidades distritales de San Francisco de Yeso, Santo Tomás y San Juan de Lopecancha, ubicadas en la provincia de Luya, en el departamento de Amazonas; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos presentado por la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba, reúne el contenido mínimo exigido por el Reglamento de Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba: a) Gestionar y ejecutar proyectos de alcance interdistrital; b) Procurar mejores niveles de eficacia en la gestión municipal para la prestación de servicios públicos locales y/o servicios sociales locales; c) Gestionar recursos financieros para la ejecución de proyectos de desarrollo económico, productivo, cultural y social; d) Implementar las normas de transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información; y e) Gestionar y ejecutar el proyecto de seguridad ciudadana. Que, el Estatuto establece las funciones que las municipalidades integrantes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana o rural que sean indispensables para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la producción, el comercio, el transporte y la comunicación en los distritos, tales vías, mercados, canales de irrigación y obras similares, en coordinación con la(s) municipalidad(es) provincial(es) respectiva(s); b) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de proyectos que favorezcan el desarrollo económico de los distritos que conforman la mancomunidad municipal; c) Gestionar y ejecutar programas de desarrollo de capacidades y competencias vinculadas a la gestión pública, innovación y extensión tecnológica agropecuaria, bienes y servicios turísticos y biocomercio; d) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planificación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social; e) Proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de los desperdicios; f) Administrar y reglamentar, directamente o por concesión, el servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe, limpieza pública y tratamiento de residuos sólidos, cuando técnica e institucionalmente estén en capacidad de hacerlo; g) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinación con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes; h) Fortalecer el espíritu solidario y el trabajo colectivo, orientado hacia el desarrollo de la convivencia social, armoniosa y productiva, a la prevención de desastres naturales y a la seguridad ciudadana; i) Gestionar recursos y ejecutar programas, actividades y proyectos para el manejo integral de la subcuenca del Alto Utcubamba; y j) Promover la realización de ferias de productos alimenticios, agropecuarios y artesanales, y apoyar la creación de mecanismos de comercialización y consumo de productos propios de la región. Que, el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba, contiene información sobre su domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefinida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modificación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la Mancomunidad Municipal Alto


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Utcubamba, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las municipalidades distritales de Chuquibamba, Leimebamba, Montevideo, Mariscal Castilla, La Jalca, San Francisco de Yeso, Santo Tomás y San Juan de Lopecancha, aprueban la constitución de la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba; ratificando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 040-2011–PCM/SD-OGINCHL, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 0462010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba; integrada por las municipalidades distritales de Chuquibamba, Leimebamba, Montevideo, Mariscal Castilla y La Jalca, ubicadas en la provincia de Chachapoyas; y las municipalidades distritales de San Francisco de Yeso, Santo Tomás y San Juan de Lopecancha, ubicadas en la provincia de Luya, en el departamento de Amazonas; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba, como sigue: Presidente: Héctor Díaz Añasco, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chuquibamba; Director: Nelson Artemio Oyarce Escuadra, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Leimebamba; Director: Emilfero Epquin Rojas, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Montevideo; Director: Edwin Zumaeta Escuadra, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Yeso; Director: Einen Rojas López, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mariscal Castilla; Director: José Gilmer Puscan Huamán, Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Jalca; Director: Segundo Andrés Trujillo Huamán, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santo Tomás; y Director: Marco Antonio Gutiérrez Cruz, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lopecancha. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la Mancomunidad Municipal Alto Utcubamba, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El

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Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL DAMMERT EGO AGUIRRE Secretario de Descentralización 707437-1

Inscriben en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal del Alto y Bajo Tulumayo - MMABT RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 549-2011-PCM/SD Lima, 20 de octubre de 2011 VISTOS: El Oficio Nº 002-2011-MMABT/VTM; la Ordenanza Municipal Nº 004-2011-MDMC/CM, de la Municipalidad Distrital de Mariscal Castilla; la Ordenanza Municipal Nº 011-2011-A-MDC/C, de la Municipalidad Distrital de Comas; la Ordenanza Municipal Nº 010-2011-MDC/A, de la Municipalidad Distrital de Cochas; y la Ordenanza Municipal Nº 008-2011-MDC/CM, de la Municipalidad Distrital de Andamarca; el Acta de Constitución de fecha 03 de junio de 2011; el Estatuto de la Mancomunidad Municipal del Alto y Bajo Tulumayo - MMABT; y el Informe Nº 039-2011–PCM/SD-OGI-NCHL; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante la solicitud de Vistos, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas, Presidente de la Mancomunidad Municipal del Alto y Bajo Tulumayo - MMABT, solicita su inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales. La Mancomunidad Municipal del Alto y Bajo Tulumayo - MMABT, se encuentra integrada por las municipalidades distritales de Andamarca, Cochas, Mariscal Castilla, y Comas, ubicadas en la provincia de Concepción, en el departamento de Junín; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos presentado por la Mancomunidad Municipal del Alto y Bajo Tulumayo - MMABT, reúne el contenido mínimo exigido


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NORMAS LEGALES

por el Reglamento de Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal la prestación de los siguientes servicios: a) Fomento del turismo local sostenible, b) Gestión ambiental y residuos sólido; c) Fomento de la inversión privada y promoción del empleo; y d) Prestación del servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe; así como la ejecución de proyectos en: a) Construcción y mejoramiento de infraestructura vial; b) Construcción y mejoramiento de canales de riego; c) Construcción de sistemas de riego; d) Fortalecimiento de capacidades; y e) Proyectos productivos. Que, el Estatuto establece las funciones que las municipalidades integrantes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal: a) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito; b) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana o rural que sean indispensables para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la producción, el comercio, el transporte y la comunicación en el distrito, tales como pistas o calzadas, vías puentes, parques, mercados, canales de irrigación, locales comunales y obras similares, en coordinación con la municipalidad provincial respectiva; c) Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planificación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social; así como de apoyo a la población en riesgo; d) Proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; y e) Gestionar la administración del servicio de agua potable, alcantarillado y desagüe. Que, el Estatuto de la Mancomunidad Municipal del Alto y Bajo Tulumayo - MMABT, contiene información sobre su domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefinida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modificación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la Mancomunidad Municipal del Alto y Bajo Tulumayo - MMABT, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las municipalidades distritales de Andamarca, Cochas, Mariscal Castilla, y Comas aprueban la constitución de la Mancomunidad Municipal del Alto y Bajo Tulumayo MMABT; ratificando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 039-2011–PCM/SD-OGINCHL, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la Mancomunidad Municipal del Alto y Bajo Tulumayo - MMABT, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 0462010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal del Alto y Bajo

Tulumayo - MMABT; integrada por las municipalidades distritales de Andamarca, Cochas, Mariscal Castilla, y Comas, ubicadas en la provincia de Concepción, en el departamento de Junín, reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal del Alto y Bajo Tulumayo - MMABT, como sigue: Presidente: Valois Terreros Martínez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas; Director: Juan Pedro Espinal Roncal, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Andamarca; Director: Williams José Maraví Lizárraga, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Cochas; y Director: Eracleo Gil Terreros Zárate, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mariscal Castilla. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la Mancomunidad Municipal del Alto y Bajo Tulumayo - MMABT, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL DAMMERT EGO AGUIRRE Secretario de Descentralización 707437-2

AMBIENTE Encargan a funcionario diversas funciones de Presidente del Consejo Directivo del OEFA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 247-2011-MINAM Lima, 24 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 218-2011MINAM, se encargó al señor Ruperto Andrés Taboada Delgado, Secretario General (e) del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, las funciones de Presidente del Consejo Directivo de dicho Organismo previstas en los literales a), f), g), j), n), r), s) y t) del artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA; Que, por razones del servicio, se ha visto por conveniente dar por concluida la citada encargatura, y encargar las funciones de Presidente del Consejo Directivo del OEFA previstas en los literales a), f), g), h), j), k), n), o), r), s) y t) del artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del citado Organismo, al señor Segundo Fausto Roncal Vergara, Director de la Dirección de Evaluación del OEFA, en tanto se designe al titular del referido cargo;


El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la encargatura de funciones dispuesta por Resolución Ministerial N° 2182011-MINAM. Artículo 2°.- Encargar al señor Segundo Fausto Roncal Vergara, Director de la Dirección de Evaluación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, las funciones de Presidente del Consejo Directivo de dicho Organismo previstas en los literales a), f), g), h), j), k), n), o), r), s) y t) del artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; en tanto se designe al titular del referido cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO E. GIESECKE Ministro del Ambiente 707493-1

ECONOMIA Y FINANZAS Modifican resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondiente al primer semestre del año 2011, aprobados mediante la R.D. Nº 0152011-EF/50.01 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 018-2011-EF/50.01 Lima, 21 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29332 y modificatoria, se crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, con el objeto de incentivar a los gobiernos locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales, la ejecución del gasto en inversión y la reducción de los índices de desnutrición crónica infantil a nivel nacional; Que, el artículo 7º de los “Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal”, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 183-2010-EF, establece que la evaluación del cumplimiento de metas es realizada por la Dirección General de Presupuesto Público, y sus resultados son aprobados mediante Resolución Directoral, como requisito previo para la asignación de recursos; Que, conforme al literal b) de la Primera Disposición Transitoria de los “Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal”, la evaluación del cumplimiento de la meta para el primer semestre del año 2011, asociada a la implementación de la focalización de hogares, se realiza sobre la base de la información registrada por el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH); Que, la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorando Nº 281-2011-EF/64.05, ha remitido a la Dirección General de Presupuesto Público una relación complementaria de municipalidades que cumplieron, para el primer semestre del año 2011, con la meta asociada a la implementación de la focalización de hogares, la cual ha tomado como base la información registrada por el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH);

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Que, asimismo, el Anexo 3 de los “Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal”, los Gobiernos Locales, para el primer semestre del año 2011, deben cumplir la meta de inscripción y envío al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) de las actas de nacimiento con el Código Único de Identificación (CUI); Que, en ese sentido, el RENIEC, mediante el Oficio Nº 002427-2011/GPP/RENIEC, ha remitido a la Dirección General de Presupuesto Público una relación complementaria de municipalidades que cumplieron con la meta antes indicada para el primer semestre del año 2011, de acuerdo a la evaluación realizada por el mencionado Registro; Que, mediante Resolución Directoral Nº 015-2011EF/50.01 se aprobaron los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondientes al primer semestre del año 2011; Que, es necesario realizar la modificación de la citada Resolución Directoral en razón a la información complementaria de municipalidades que habrían cumplido sus metas para el primer semestre del año 2011 presentada por la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales y el RENIEC; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, el artículo 7º de los “Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal”, aprobados mediante Decreto Supremo Nº 183-2010-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Objeto Modificar los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal correspondientes al primer semestre del año 2011, aprobados mediante la Resolución Directoral Nº 015-2011-EF/50.01, de acuerdo a lo establecido en los Anexos Nº 01 y 02 que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y de sus Anexos Nº 01 y 02 en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General (e) Dirección General de Presupuesto Público 707899-1

EDUCACION Disponen que la Oficina de Prensa y Comunicaciones efectúe la pre publicación del proyecto de “Directiva de Normas y Procedimientos para la selección de docentes mediante contrato en Instituciones Públicas de Educación Básica y Técnico-Productiva en el período lectivo 2012”, en el Portal de Internet del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0536-2011-ED Lima, 21 de octubre de 2011


NORMAS LEGALES

452162 CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, asimismo el literal h) del artículo 80 de la citada Ley, concordado con lo dispuesto en el literal h) del artículo 67 del Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2005-ED, establece que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal; Que, resulta necesario establecer criterios técnicos para efectuar el proceso de evaluación y selección en la contratación de personal docente, con el propósito de garantizar el servicio educativo en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y TécnicoProductiva en el período lectivo 2012” Que, asimismo resulta necesario disponer la pre publicación en el Portal de Internet del Ministerio de Educación del “Proyecto de Directiva de Normas y Procedimientos para la selección de docentes mediante contrato en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico-Productiva en el período lectivo 2012”, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; De conformidad con el artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que la Oficina de Prensa y Comunicaciones efectúe la pre publicación del proyecto de “Directiva de Normas y Procedimientos para la selección de docentes mediante contrato en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico-Productiva en el período lectivo 2012”, en el Portal de Internet del Ministerio de Educación, en la dirección: http://www.minedu.gob.pe/normatividad/ resoluciones.php, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de ocho (08) días calendario. Artículo 2º.- Encargar a la Unidad de Personal, dependiente de la Oficina General de Administración del Ministerio de Educación, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, a fin de elaborar el proyecto correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 707908-1

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Dan por concluida designación y designan funcionaria responsable de brindar la información pública solicitada a la Administración Nivel Central del MIMDES, en el marco de Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 382-2011-MIMDES Lima, 24 de octubre de 2011

El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 0432003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, los artículos 3, 15, 16 y 17 del referido Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública establecen que todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administración Pública están sometidas al principio de publicidad, salvo que se trate de información calificada como secreta, reservada o confidencial; Que, según lo previsto en el artículo 3 del citado Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública se establece, entre otros, que todas las disposiciones de las entidades comprendidas en la propia Ley están sometidas al principio de publicidad, que el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las Entidades de la Administración Pública, y que dichas entidades tienen la obligación de entregar la información que demanden las personas, en aplicación del principio de publicidad, del mismo modo la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 006-2006MIMDES, modificada por la Resolución Ministerial Nº 009-2007-MIMDES, se designó a la señora Frida Jovita Monge Conislla, Jefa (e) de la Oficina de Trámite Documentario y Archivo de la Secretaría General del MIMDES, como funcionaria responsable de entregar información pública; Que, mediante Resolución Directoral Nº 098-2011MIMDES/OGRH, se da por concluida la encargatura de la servidora Frida Jovita Monge Conislla, en el puesto de Jefa de la Oficina de Trámite Documentario y Archivo de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, en consecuencia, es necesario dar por concluida la designación de la señora Frida Jovita Monge Conislla como funcionaria responsable de entregar información pública y designar a la nueva responsable de entregar dicha información; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES; la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la señora FRIDA JOVITA MONGE CONISLLA como funcionaria responsable de brindar la información pública solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la señora MIRIAM ROSARIO SALAS DÁVILA, Jefa (e) de la Oficina de Trámite Documentario y Archivo de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social como responsable de brindar la información pública solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del MIMDES, en el marco de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. AÍDA GARCÍA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 707744-1


El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

Dan por concluida designación y designan funcionaria responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 383-2011-MIMDES Lima, 24 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011PCM se estableció la obligación de las entidades públicas comprendidas en los numerales 1 al 7 del artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de contar con un Libro de Reclamaciones, como mecanismo de participación ciudadana y salvaguarda de los derechos de los usuarios; Que, el artículo 3 del mencionado Decreto Supremo, entre otras características, establece que el Libro de Reclamaciones es uno en el que los usuarios podrán formular sus reclamos, debiendo consignar, además, información relativa a su identidad y aquella otra necesaria a efectos de dar repuesta al reclamo formulado, de acuerdo al formato aprobado por dicho dispositivo como anexo; Que, el artículo 4 del mismo Decreto establece que la entidad pública está obligada a dar respuesta al usuario, por medio físicos o electrónicos, en un plazo máximo de 30 (treinta) días hábiles, informándole, de ser el caso, acerca de las medidas adoptadas para evitar hechos similares en el futuro; Que, asimismo, el artículo 5 del Decreto Supremo antes referido, dispone que mediante resolución del titular de la entidad se designa al responsable del Libro de Reclamaciones, debiendo informarse al órgano de control institucional sobre su cumplimiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 147-2011MIMDES, se designó a la señora Frida Jovita Monge Conislla, Jefa (e) de la Oficina de Trámite Documentario y Archivo, como funcionaria responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM; Que, mediante Resolución Directoral Nº 098-2011MIMDES/OGRH, se da por concluida la encargatura de la servidora Frida Jovita Monge Conislla, en el puesto de Jefa de la Oficina de Trámite Documentario y Archivo de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, en consecuencia, es necesario designar al nuevo funcionario (a) responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Con la visación de la Secretaría General y la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 042-2011; la Ley Nº 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la señora FRIDA JOVITA MONGE CONISLLA como funcionaria responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la señora MIRIAM ROSARIO SALAS DÁVILA, Jefa (e) de la Oficina de Trámite Documentario y Archivo, como funcionaria responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y del

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cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA GARCIA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 707744-2

Dan por concluida encargatura y designan Jefe de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 384-2011-MIMDES Lima, 24 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 311-2011MIMDES se encargó al señor Antonio Gilberto Bustamante Mandamiento, Especialista Administrativo de la Oficina de Tesorería, el puesto de Jefe de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, en tanto se designe a su titular; Que, por convenir al servicio es necesario dar por concluida la mencionada encargatura, así como designar a la persona que se desempeñará en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la encargatura del señor ANTONIO GILBERTO BUSTAMANTE MANDAMIENTO, Especialista Administrativo de la Oficina de Tesorería, en el puesto de Jefe de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor CÉSAR AUGUSTO UGAZ SÁNCHEZ en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. AÍDA GARCÍA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 707744-3

Dan por concluida designación y designan representantes titular y alterna del Ministerio ante la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 385-2011-MIMDES Lima, 24 de octubre de 2011


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NORMAS LEGALES

Vistos, el Oficio Nº 586-2011-PCM/CMAN de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional y el Oficio Nº 272-2011-MIMDES/ DGM de la Dirección General de la Mujer; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 024-2004-PCM, se conformó la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional; Que, el artículo 2 del citado Decreto Supremo, modificado por el Decreto Supremo Nº 062-2006-PCM, establece que la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional, está integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 069-2011MIMDES, se designó al señor Lizandro Tovar Acevedo, Director General de la Dirección General de Desplazados y Cultura de Paz del MIMDES, como representante de este Sector ante la mencionada Comisión Multisectorial de Alto Nivel; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 354-2011MIMDES, se aceptó la renuncia del señor Lizandro Tovar Acevedo en el cargo de confianza de Director General de la Dirección General de Desplazados y Cultura de Paz del MIMDES; Que, mediante Oficio Nº 586-2011-PCM/CMAN la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional – CMAN hizo de conocimiento del Despacho Ministerial, entre otros aspectos, que de acuerdo con el artículo 5 del Reglamento Interno de la aludida Comisión Multisectorial, cada sector tiene la potestad de elegir a un representante titular y alterno, debiéndose cumplir con las formalidades que establece la ley sobre la materia; Que, resulta necesario dar por concluida la designación efectuada mediante la Resolución Ministerial Nº 0692011-MIMDES y designar a los nuevos representantes del MIMDES ante la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004MIMDES; y, el Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor LIZANDRO TOVAR ACEVEDO, como representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES ante la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional, creada mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a MARÍA YSABEL CEDANO GARCÍA, Directora General de la Dirección General de la Mujer y TAMMY LORENA QUINTANILLA ZAPATA, Directora Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, como representantes titular y alterna, respectivamente, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, ante la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación

colectiva y la reconciliación nacional, creada mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-PCM. Artículo 3º.- Notificar la presente Resolución a la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional, así como a las personas referidas en los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. AÍDA GARCÍA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 707744-4

PRODUCE Autorizan viaje de Viceministro de MYPE e Industria para participar en evento a realizarse en los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 297-2011-PRODUCE Lima, 24 de octubre de 2011 VISTOS: El Memorando Nº 03019-2011-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, los Memorandos Nºs. 2325 y 2345-2011PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administración, el Informe Nº 319-2011-PRODUCE/OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, y el Informe Nº 014-2011PRODUCE/OGAJ-cgonzales de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta del 3 de octubre de 2011, el Centro de Desarrollo Internacional de la Universidad de Harvard ha invitado al señor Julio Armando Guzmán Cáceres, Viceministro de MYPE e Industria al evento denominado “Reunión de Empoderamiento Global 2011” a realizarse los días 26 y 27 de octubre del año en curso, en la Ciudad de Boston, Estados Unidos de América; Que, en el referido contexto adicionalmente se ha programado una reunión de trabajo para el 28 de octubre del año en curso, con académicos y especialistas de primer nivel, a fin de intercambiar experiencias y detalles sobre la nueva propuesta de política de desarrollo productivo de la actual administración; Que, en tal sentido resulta necesaria la participación del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria en el evento referido precedentemente, para facilitar la creación e implementación de una Agencia de Competitividad como brazo ejecutor que articule y centralice los programas y acciones de apoyo al aparato productivo nacional, lo que constituye un objetivo institucional del Ministerio de la Producción; Que, por lo expuesto, resulta conveniente autorizar el viaje al exterior, del señor Julio Armando Guzmán Cáceres, Viceministro de MYPE e Industria al citado evento que reúne a líderes públicos y privados de todo el mundo, lo cual se enmarca en el supuesto de acciones de promoción de importancia para el Perú, considerando que su participación en las reuniones con líderes del sector público y privado de otras economías, tiene entre sus principales finalidades, promocionar la implementación de la Agencia de Competitividad en el Perú, como factor transversal para el desarrollo productivo de nuestro país, y que tendrá especial énfasis en diseñar mecanismos e instrumentos que permitan elevar el nivel de competitividad y formalidad de las MYPES, resultando oportuno precisar que al encontrarse en su etapa de diseño, conocer las experiencias de otros países donde este tipo de


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NORMAS LEGALES

entidades se han desarrollado, será de suma importancia y contribuirá sin duda a la imagen positiva que sobre el desarrollo productivo con inclusión, desea impulsar la actual administración; Que, en atención a lo expuesto, el viaje del señor Julio Armando Guzmán Cáceres, Viceministro de MYPE e Industria, recae dentro de los supuestos de excepción señalados en la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, asimismo resulta necesario disponer la encargatura del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria mientras dure su ausencia; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Secretaría General, de las Oficinas Generales de Planificación y Presupuesto, de Administración, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619 Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor JULIO ARMANDO GUZMÁN CÁCERES, Viceministro de MYPE e Industria, a la Ciudad de Boston, Estados Unidos de América, del 26 al 29 de octubre de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA) Viáticos Service fee TOTAL

US$ US$ US$ US$

1,858.96 880.00 22.00 2,760.96

Artículo 3º.- Encargar a la señora Rocío Ingred Barrios Alvarado, Viceministra de Pesquería, las funciones de Viceministra de MYPE e Industria, en adición a sus funciones, a partir del 26 de octubre de 2011 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado funcionario deberá presentar al Titular del Sector, con copia a las Oficinas Generales de Planificación y Presupuesto y de Administración, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. KURT BURNEO FARFÁN Ministro de la Producción 707988-1

Autorizan viaje de profesional del Viceministerio de MYPE e Industria para participar en evento a realizarse en los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 298-2011-PRODUCE

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Industria, los Memorandos Nºs. 2324 y 2346-2011PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administración, el Informe Nº 320-2011-PRODUCE/OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, y el Informe Nº 015-2011PRODUCE/OGAJ-cgonzales de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Centro de Desarrollo Internacional de la Universidad de Harvard ha organizado el evento denominado “Reunión de Empoderamiento Global 2011” a realizarse los días 26 y 27 de octubre del año en curso, en la Ciudad de Boston, Estados Unidos de América; Que, en el referido contexto, asimismo se ha programado una reunión de trabajo para el 28 de octubre del año en curso, con académicos de primer nivel, a fin de intercambiar experiencias y detalles sobre la nueva propuesta de política de desarrollo productivo de la actual administración; lo que resulta de interés para el Ministerio de la Producción; Que, en tal sentido resulta necesaria la participación del señor Roberto Francisco Machado Gayoso, asesor especialista en desarrollo económico y política industrial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria e integrante del equipo técnico que viene impulsando el desarrollo e implementación de la Agencia de la Competitividad, al citado evento que reúne a líderes públicos y privados de todo el mundo, y a la reunión de trabajo con expertos internacionales a realizarse el 28 de octubre en la misma ciudad, para facilitar la creación e implementación de una Agencia de Competitividad como brazo ejecutor que articule y centralice los programas y acciones de apoyo al aparato productivo nacional, lo que constituye un objetivo institucional del Ministerio de la Producción; Que, las actividades referidas precedentemente se enmarcan en el supuesto de acciones de promoción de importancia para el Perú, considerando que la participación en las reuniones con líderes del sector público y privado de otras economías, tiene entre sus principales finalidades promover la implementación de la Agencia de Competitividad en el Perú, como factor transversal para el desarrollo productivo de nuestro país, y tendrá especial énfasis en el diseño de mecanismos e instrumentos que permitan elevar el nivel de competitividad y formalidad de las MYPES, resultando oportuno precisar que al encontrarse el desarrollo e implementación de la Agencia de la Competitividad en su etapa de diseño, el acceso a las experiencias de otros países donde este tipo de entidades se han desarrollado será de suma importancia y contribuirá sin duda a la imagen positiva que sobre el desarrollo productivo con inclusión, desea impulsar la actual administración; Que, de acuerdo a lo expuesto, el viaje propuesto recae dentro de los supuestos de excepción señalados en la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Secretaría General, de las Oficinas Generales de Planificación y Presupuesto, de Administración, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619 Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; SE RESUELVE:

Lima, 24 de octubre de 2011 VISTOS: El Memorando Nº 03020-2011-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor ROBERTO FRANCISCO MACHADO GAYOSO, Especialista en Desarrollo Económico y Política Industrial del Despacho


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NORMAS LEGALES

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Viceministerial de MYPE e Industria, a la Ciudad de Boston, Estados Unidos de América, del 26 al 29 de octubre de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA) Viáticos Service fee TOTAL

US$ US$ US$ US$

1,858.96 880.00 22.00 2,760.96

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado profesional deberá presentar al Titular del Sector, con copia a las Oficinas Generales de Planificación y Presupuesto y de Administración, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. KURT BURNEO FARFÁN Ministro de la Producción

de 2005, en la ciudad de Busán, República de Corea, su Primer Protocolo Adicional, el 16 de noviembre de 2006, en la ciudad de Hanoi, República Socialista de Vietnam; su Segundo Protocolo Adicional el 13 de noviembre de 2009, en la ciudad de Singapur, República de Singapur y su Tercer Protocolo Adicional, el 18 de noviembre de 2010, en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 707991-1

Dan por terminadas las funciones de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, Reino de España RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 387-2011-RE

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Lima, 24 de octubre de 2011

RELACIONES EXTERIORES Ratifican el Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio y sus Protocolos Adicionales DECRETO SUPREMO Nº 120-2011-RE

VISTAS: La Resolución Suprema Nº 0010/RE, de fecha 6 de enero de 1977, que nombró Cónsul Honorario del Perú en Santa Cruz de Tenerife, Reino de España, al señor Antonio Lecuona Ledesma; y, La comunicación del Consulado General del Perú en Barcelona, Reino de España, de fecha 15 de agosto de 2011, sobre el lamentable fallecimiento del señor Antonio Lecuona Ledesma; CONSIDERANDO:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio y sus Protocolos Adicionales, fue suscrito el 19 de noviembre de 2005, en la ciudad de Busán, República de Corea, su Primer Protocolo Adicional, el 16 de noviembre de 2006, en la ciudad de Hanoi, República Socialista de Vietnam; su Segundo Protocolo Adicional el 13 de noviembre de 2009, en la ciudad de Singapur, República de Singapur y su Tercer Protocolo Adicional, el 18 de noviembre de 2010, en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al señor Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherirse a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; y, DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio y sus Protocolos Adicionales, suscrito el 19 de noviembre

Que, el artículo 127º, literal e), del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005, señala que las funciones de los Cónsules Honorarios concluyen por muerte; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 127º, literal e), 128º y 129º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005 y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas, en vías de regularización a partir del 14 de agosto de 2011, las funciones del señor Antonio Lecuona Ledesma como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, Reino de España. Artículo 2º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 707991-2


El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

SALUD Dan por concluida designación y designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 763-2011/MINSA Lima, 21 de octubre del 2011 Visto el Expediente N° 11-078125-001 que contiene la Nota Informativa N° 2617-2011-DG-DISA-II-LS/MINSA del Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 725-2009/ MINSA, de fecha 29 de octubre de 2009, se designó al Licenciado en Administración Eder Diógenes Aldazabal Tello, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; Que, en el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Salud II Lima Sur, aprobado con Resolución Ministerial Nº 338-2011/MINSA de fecha 03 de mayo de 2011 y reordenado mediante Resolución Directoral Nº 661-2011-DISA II-LS/DG, se encuentra calificado como cargo de confianza, entre otros, el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la citada Dirección de Salud; Que, en atención a lo solicitado en el documento del visto, resulta necesario atender el pedido formulado por el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur y adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes, a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Dirección de Salud antes citada; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación del Licenciado en Administración Eder Diógenes Aldazabal Tello, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al Médico Cirujano Pedro Antonio Riega López, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.

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Aceptan renuncia y designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 764-2011/MINSA Lima, 21 de octubre del 2011 Visto el expediente Nº 11-068163-001 que contiene el Oficio Nº 1024-DG-INR-2011 del Director General del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 760-2009/ MINSA, de fecha el 6 de noviembre de 2009, se designó, entre otros, a la Médico Cirujano Rebeca Nemesia Perez Allpoc en el cargo de Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento y Presupuesto, Nivel F-4, del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” del Ministerio de Salud; y al Médico Cirujano Luis Martín Botton Estrada en el cargo de Director, Nivel F-3, de la Oficina de Gestión de la Calidad del mencionado instituto; Que, mediante Carta de fecha 1 de julio de 2011, la señora Rebeca Nemesia Perez Allpoc presentó su renuncia al cargo para el cual fuera designada; Que, estando a lo solicitado con el documento de visto, resulta necesario aceptar la renuncia presentada por la profesional antes indicada y adoptar las acciones de personal que resultan necesarias a fin de asegurar el normal funcionamiento del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores”; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 276; el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM, y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la Médico Cirujano Rebeca Nemesia Perez Allpoc al cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Médico Cirujano Luis Martín Botton Estrada en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F4, de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” del Ministerio de Salud, dándose término a su designación dispuesta por Resolución Ministerial Nº 7602009/MINSA. Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

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Aceptan renuncia y designan Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado - Hideyo Noguchi” del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 765-2011/MINSA Lima, 21 de octubre del 2011 Visto, el expediente Nº 11-081351-001, que contiene la Nota Informativa Nº 332-2011-OIE-OARH/MINSA del Director de Ingresos y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y el Oficio Nº 12582011-DG/INSM”HD-HN” del Director General del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 697-2009/ MINSA, de fecha 20 de octubre de 2009, se designó entre otros, a la Abogada Miriam Geovanna Ballón Trujillo, en el cargo de Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud; Que, con Resolución Ministerial Nº 322-2011/MINSA, de fecha 25 de abril de 2011, se modificó el Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi”, en el cual se califica como cargo de confianza al Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del mencionado Instituto; Que, mediante documento de fecha 07 de setiembre de 2011, la Abogada Miriam Geovanna Ballón Trujillo formuló renuncia al cargo de Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica; Que, estando a lo solicitado en los documentos del visto, resulta necesario aceptar la renuncia presentada por la profesional antes mencionada y adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes para asegurar el normal funcionamiento de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi”; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la Abogada Miriam Geovanna Ballón Trujillo, al cargo de Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Abogado Adler Aguilar Yangali, en el cargo de Jefe, Nivel F-3, de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi” del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 707627-3

El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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Designan Jefa de la Oficina de Personal de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional “Dos de Mayo” del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 766-2011/MINSA Lima, 21 de octubre del 2011 Visto, el expediente Nº 11-083396-001, que contiene la Nota Informativa Nº 334-2011-OIE-OARH/MINSA del Director de Ingresos y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud y el Oficio Nº 2969-2011-DG/HNDM del Director General (e) del Hospital Nacional “Dos de Mayo”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 3392011/MINSA, de fecha 03 de mayo de 2011, se modificó el Cuadro para Asignación de Personal del Hospital Nacional “Dos de Mayo”, en el cual se califica como cargo de confianza al cargo de Jefe de la Oficina de Personal de la Oficina Ejecutiva de Administración del mencionado nosocomio, el mismo que se encuentra vacante y presupuestado; Que, estando a lo solicitado en los documentos del visto, resulta necesario atender al pedido formulado por el Director General del Hospital Nacional “Dos de Mayo”, a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Oficina de Personal de dicho hospital; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo N° 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la Abogada Ana María Fernández Tirado, en el cargo de Jefa, Nivel F3, de la Oficina de Personal de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional “Dos de Mayo” del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 707627-4

Dan por concluida designación y designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 769-2011/MINSA Lima, 21 de octubre del 2011 Visto el Expediente Nº 11-086076-001 que contiene el Oficio Nº 2926-2011-DG-DISAII-LS/MINSA, emitido por el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud;


El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 799-2008/ MINSA, de fecha 10 de noviembre de 2008, se designó al Médico Cirujano Manuel Igor Naccha Tapia, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico, Nivel F-4, de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; Que, en el Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Salud II Lima Sur, aprobado con Resolución Ministerial Nº 338-2011/MINSA de fecha 03 de mayo de 2011 y reordenado mediante Resolución Directoral Nº 661-2011-DISA II-LS/DG, se encuentra calificado como cargo de Directivo Superior de libre designación, entre otros, el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la citada Dirección de Salud; Que, en atención a lo solicitado en el documento del visto, resulta necesario atender el pedido formulado por el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur y adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes, a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Dirección de Salud antes citada; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Médico Cirujano Hamilton Alejandro García Díaz, al cargo de Director General, Nivel F-5, de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la Ingeniera Industrial Eva María Ruíz de Castilla Yabar, en el cargo de Directora General, Nivel F-5, de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 707990-1

Encargan funciones de Director General de la Oficina General de Cooperación Internacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 781-2011/MINSA

SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del Médico Cirujano Manuel Igor Naccha Tapia, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico, de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Médico Cirujano Edson Valdivia Vera, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 707627-5

Designan Directora Promoción de la Salud

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General

de

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 780-2011/MINSA Lima, 24 de octubre del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 5272009/MINSA, de fecha 11 de agosto del 2009, se designó al Médico Cirujano Hamilton Alejandro Garcia Díaz, en el cargo de Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud; Que, por convenir al servicio resulta necesario adoptar las acciones de personal pertinentes a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Dirección General antes citada; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora

Lima, 24 de octubre del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 738-2011/ MINSA, de fecha 5 de octubre de 2011, se designó a la Ingeniera Industrial Eva María Ruíz de Castilla Yabar, en el cargo de Directora General de la Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud; Que, con Resolución Ministerial Nº 633-2011/MINSA, de fecha 22 de agosto de 2011, se designó al Médico Cirujano Rubén Darío Espinoza Carrillo, en el cargo de Asesor de la Alta Dirección del Despacho Ministerial de Salud; Que, por convenir al servicio resulta necesario adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Oficina General antes citada; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar al Médico Cirujano Rubén Darío Espinoza Carrillo, las funciones de Director General de la Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud, en adición a sus funciones de Asesor de la Alta Dirección del Despacho Ministerial de Salud, en tanto se designe al titular del


El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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cargo, dándose término a la designación dispuesta por la Resolución Ministerial Nº 738-2011/MINSA. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 707990-2

Designan Director General de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 782-2011/MINSA Lima, 24 de octubre del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 267-2011/ MINSA, de fecha 12 de abril de 2011, se designó al Médico Cirujano Luis Jesús Flores Paredes, en el cargo de Director General de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud del Ministerio de Salud; Que, por convenir al servicio resulta necesario adoptar las acciones de personal pertinentes a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Secretaria de Coordinación antes citada; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Médico Cirujano Luis Jesús Flores Paredes, al cargo de Director General, Nivel F-5, de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Médico Cirujano Julio Andrés Segura Pérez, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Suprema Nº 008-2011SA, del 30 de junio de 2011, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, en el cual está consignado, entre otros, el cargo de Supervisor Administrativo, Nivel F-3, en la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; Que, por convenir al servicio resulta necesario dar término a la designación antes citada y adoptar las acciones de personal que resulten convenientes, a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor Víctor Edmundo Bazan Torres, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la Licenciada en Trabajo Social Rayda Mélida Contreras Luna, en el cargo de Supervisor Administrativo, Nivel F-3, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 707990-4

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., Colombia, El Salvador, Federación de Rusia, Brasil, España y Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 757-2011-MTC/02

707990-3

Designan Supervisor Administrativo de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 783-2011/MINSA Lima, 24 de octubre del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 055-2007/ MINSA, del 16 de enero de 2007, se designó al señor Víctor Edmundo Bazan Torres, en el cargo de Experto

Lima, 20 de octubre de 2011 VISTO: El Informe No. 598-2011-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe No. 310-2011-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de


El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley No. 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la citada Ley, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil debe efectuar la supervisión permanente de las operaciones aéreas de los explotadores bajo su control, a fin de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al público, un servicio de transporte aéreo comercial seguro y fiable; Que, la Ley No. 28404, Ley de Seguridad de la Aviación Civil, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil está facultada para regular todo lo relacionado a la seguridad de la aviación y es responsable de la elaboración, puesta en ejecución, vigilancia y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC, en su artículo 14 establece que los inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley, son competentes según su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aéreas, se verifica, entre otras formas, a través de inspecciones técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos ubicados en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar los viajes de los Inspectores de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil designados mediante el Informe No. 598-2011MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley No. 27261 y su Reglamento, puedan

452171

realizar las inspecciones técnicas de vigilancia a que se contraen las Ordenes de Inspección No. 2484-2011MTC/12.04, No. 2485-2011-MTC/12.04 y No. 2486-2011MTC/12.04; Que, los gastos por concepto de viáticos, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el 22 de setiembre de 2011, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emitió la Certificación del Crédito Presupuestario No. 03459, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con la Ley No. 29626, la Ley No. 27619 y el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar los viajes de inspección técnica de vigilancia de los señores Armando Parraga Chipana, Mack Alexis Flores Chalco y Jorge Humberto Maza Rodríguez, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 08 al 11 de noviembre de 2011 a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América; del 15 al 18 de noviembre de 2011 a la ciudad de Bogotá, Colombia, y del 21 al 24 de noviembre de 2011 a la ciudad de San Salvador, El Salvador, respectivamente, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes No. 598-2011-MTC/12.04, y No. 310-2011-MTC/12.04. Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, deberán presentar dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuados los viajes, un informe detallado al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002

Revisión: Original

Fecha: 30.08.10

Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - LEY N° 27261. COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 08 AL 24 DE NOVIEMBRE DE 2011 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 310-2011-MTC/12.04 Y Nº 598-2011-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº

INICIO

FIN

VIATICOS (US$)

SOLICITANTE

2484-2011-MTC/12.04

08-Nov

11-Nov

US$ 880.00

MTC

2485-2011-MTC/12.04

15-Nov

18-Nov

US$ 800.00

2486-2011-MTC/12.04

21-Nov

24-Nov

US$ 800.00

707069-1

INSPECTOR

CIUDAD

PAIS

DETALLE

Parraga Chipana, Armando

Miami

EUA

Inspección técnica al TMAE “F.J.Turbine Power Inc.”, según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales

MTC

Flores Chalco, Mack Alexis

Bogotá

Colombia

Inspección técnica al TMAE “Centro de Mantenimiento y Reparación de Helicópteros Rusos Ltda. - CMR”, según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales

MTC

Maza Rodriguez, Jorge San Salvador Humberto

Inspección técnica al TMAE “AEROMAN”, según El Salvador plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales.


El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

452172 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 758-2011-MTC/02 Lima, 20 de octubre de 2011 VISTOS:

El Informe No. 603-2011-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe No. 317-2011-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo No. 0472002-PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución conforme a la Ley No. 27619; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley No. 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, las empresas Helicópteros del Sur S.A., Lan Perú S.A y Coyotair Perú S.A.C. han presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de noviembre de 2011, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento No. 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Helicópteros del Sur S.A., Lan Perú S.A y Coyotair Perú S.A.C., han cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando

anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Ordenes de Inspección y referidas en los Informes No. 603-2011-MTC/12.04 y No. 317-2011-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 29626, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar los viajes de los señores Manuel Bernardo Salmerón Indacochea, Salvador Octavio Olivares Mongrut, Alfonso Hernán Rivera – Santander Mieses, Simón Samolski Edery y Ricardo Rafael Pazos Raygada, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 04 al 12 de noviembre de 2011, a las ciudades de Tyumen, Federación de Rusia; Guarulhos, Sao Paulo, República Federativa de Brasil; Madrid, Reino de España y Santiago, República de Chile, respectivamente, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes No. 603-2011MTC/12.04 y No. 317-2011-MTC/12.04. Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas Helicópteros del Sur S.A., Lan Perú S.A y Coyotair Perú S.A.C., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002

Revisión: Original

Fecha: 30.08.10

Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 04 AL 12 DE NOVIEMBRE DE 2011 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 317-2011-MTC/12.04 Y Nº 603-2011-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº

INICIO

FIN

VIATICOS (US$)

SOLICITANTE

INSPECTOR

CIUDAD

PAIS

DETALLE

RECIBOS DE ACOTACION Nºs

2529-2011-MTC/12.04

04-Nov

11-Nov

US$ 1,300.00

HELISUR

Salmerón Indacochea, Manuel Bernardo

Tyumen

Rusia

Chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo del equipo MI8MTV-1 a su personal aeronáutico

17621-17622

08-Nov

Olivares Mongrut, Guarulhos, US$ 1,000.00 Lan Perú S.A. Salvador Octavio Sao Paulo

Brasil

Chequeo técnico Inicial en simulador como capitán, para expedición de Licencia para piloto TLA y habilitación en el equipo A319/320 a su personal aeronáutico

18960-18961

2551-2011-MTC/12.04

04-Nov


El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

452173

ORDEN INSPECCION Nº

INICIO

FIN

VIATICOS (US$)

SOLICITANTE

INSPECTOR

CIUDAD

PAIS

DETALLE

RECIBOS DE ACOTACION Nºs

2552-2011-MTC/12.04

05-Nov

11-Nov

US$ 1,300.00

Coyotair Perú SAC

Rivera-Santander Mieses, Alfonso Hernán

Madrid

España

Chequeo técnico inicial y de proficiencia en simulador de vuelo del equipo Bell 212, a su personal aeronáutico

18779-18780-19187

Santiago

Chile

Chequeos técnicos de proficiencia, habilitación Cat.II/III y chequeo por renovación como EDE en simulador de vuelo del equipo B-767 a su personal aeronáutico

19242-19243-19244

Santiago

Chile

Chequeo en ruta y chequeo técnico de proficiencia y habilitación Cat.II/III en simulador de vuelo del equipo A319 a su personal aeronáutico

10775-10778-1078013275-14217

2553-2011-MTC/12.04

05-Nov

12-Nov

Samolski Edery, US$ 1,600.00 Lan Perú S.A. Simón

2554-2011-MTC/12.04

06-Nov

11-Nov

US$ 1,200.00

LAN PERU S.A.

Pazos Raygada, Ricardo Rafael

707069-2

ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Autorizan viaje de Jefe de Proyecto en Asuntos Mineros de PROINVERSIÓN a la República Popular China, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 178-2011

Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos

: :

US$. US$.

3758.99 1300.00

Artículo 3°.- El funcionario antes indicado, en el plazo de quince (15) días calendarios contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un informe a la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, en el cual se describirán las actividades desarrolladas en el viaje, que por la presente resolución se aprueba. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación.

Lima, 20 de octubre de 2011 Regístrese, comuníquese y publíquese. CONSIDERANDO: Que, durante los días 6 y 8 de noviembre de 2011, se llevará a cabo el CHINA MINING Congress & Expo, en la ciudad de Tianjin, República Popular China; Que, corresponde a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada-PROINVERSIÓN, entre otras, participar en el mencionado evento con el fin de promover proyectos en minería y del mismo modo, promocionar los proyectos que tiene en cartera PROINVERSIÓN, con el fin de incrementar el interés y motivación de un mayor número de inversionistas de China a participar en los procesos de promoción de la inversión privada; Que, el funcionario que representará a PROINVERSIÓN en el mencionado evento, será el señor Jorge Humberto MERINO TAFUR, Jefe de Proyecto en Asuntos Mineros de PROINVERSIÓN, quien adicionalmente participará en diferentes reuniones de negocios con empresas Chinas que tienen intereses en Perú; Que, la participación del mencionado funcionario, se llevará a cabo de conformidad con el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 – Ley Nº 29626, las autorizaciones de viajes al exterior con cargo a recursos públicos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29626 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM;

JORGE ALEJANDRO LEÓN BALLÉN Director Ejecutivo PROINVERSIÓN 707495-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Resuelven petición para ser incluido en la lista de importadores frecuentes RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 373-2011/SUNAT/A Callao, 17 de octubre de 2011 Vistos, los expedientes Nº 000-ADSODT-2011008575-6 del 12 de enero de 2011 y Nº 000-ADSODT2011-016746-4 del 21 de enero de 2011 presentados por la empresa PANASONIC PERUANA S.A. identificada con RUC Nº 20100165849, solicitando reconsideración contra la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 697-2010-SUNAT/A e inclusión en la lista de Importadores Frecuentes.

SE RESUELVE: CONSIDERANDO: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Jorge Humberto MERINO TAFUR, Jefe de Proyecto en Asuntos Mineros de PROINVERSIÓN, a la ciudad de Tianjin, República Popular China del 03 al 09 de noviembre de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 193-2005-EF publicado el 31 de diciembre de 2005 se establecen medidas de facilitación para el control del valor en aduana declarado por los importadores frecuentes que cuenten con una adecuada trayectoria de cumplimiento de sus


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El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

obligaciones tributario aduaneras y dispone que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas se apruebe la relación de importadores frecuentes, se incluya a nuevos importadores siempre que cumplan con los requisitos, o se excluyan a importadores frecuentes cuando incumplan los requisitos señalados en los literales a), f), g), h), i), j) o k) del artículo 2º del mencionado Decreto Supremo; Que, con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 697-2010-SUNAT/A, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2010, se excluyó de la relación de importadores frecuentes a PANASONIC PERUANA S.A. identificada con RUC Nº 20100165849, por el incumplimiento del literal h) del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 1932005-EF; Que, con expediente Nº 000-ADSODT-2011-008575-6 de fecha 12 de enero de 2011 y Nº 000-ADSODT-2011016746-4 de fecha 21 de enero de 2011, el Sr. José Nolberto Ponce Piccetti identificado con DNI Nº 08698111 en representación de PANASONIC PERUANA S.A., solicita que se mantenga a la citada empresa en la lista de importadores frecuentes, argumentando lo siguiente: a) Sobre el Exp-Coactivo Nº 000-2009-000071 Con la Resolución Coactiva Nº 002 de fecha 05 de noviembre de 2009 se declara Nula la Resolución Coactiva Nº 001 del Exp-Coactivo Nº 000-2009-000071. b) Sobre el Exp-Coactivo Nº 000-2008-000396 Con la Resolución Coactiva Nº 002 de fecha 31 de diciembre de 2010 se comunica la suspensión de la cobranza coactiva de las liquidaciones de cobranza Nº 000-2007001469 al 1479 iniciadas con exp-coactivo Nº 000-2008000396 al haberse interpuesto una demanda contenciosa administrativa en el Decimo Cuarto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Lima con fecha 29 de mayo de 2008 dentro de los tres (3) meses de haber sido notificada, la cual se viene tramitando con expediente Nº 9630-2008. Asimismo indica que no se ha tomado en cuenta el literal e) del artículo 16º de la Ley Nº 26979 Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, el cual indica que se debe suspender el procedimiento de ejecución coactiva cuando se haya presentado una demanda contenciosa administrativa dentro del plazo establecido; Que, con Memorándum Nº 056-2011-SUNAT/3B9901 de fecha 27 de abril de 2011, la Ejecutora Coactiva de la IFGRA informa sobre la situación del Expediente Coactivo Nº 000-2009-000071 indicando lo siguiente: a) Al 31 de julio de 2009 se encontraba en trámite al haber sido notificado válidamente en su domicilio fiscal el 2 de julio de 2009. b) El Procedimiento Coactivo fue concluido con la Resolución Coactiva Nº 000-2009-02 notificada al ejecutado con fecha 5 de noviembre de 2009, al haberse determinado la Nulidad de la Resolución de Ejecución Coactiva con la cual se dio inicio a dicho procedimiento coactivo, ello como consecuencia de la nulidad de la notificación de la Resolución de Intendencia Nº 000-3B0000/2009-000005 que declaró infundado el reclamo contra los actos de determinación y multa que posteriormente fueron objeto del indicado procedimiento coactivo; Que, con Memorándum Nº 067-2011-SUNAT/3B9901 de fecha 17 de mayo de 2011, la Ejecutora Coactiva de la IFGRA informa sobre la situación del Expediente Coactivo Nº 000-2008-000396 indicando lo siguiente: a) Al 31 de julio de 2009 se encontraba en curso (estado de numerado) al haber sido notificado válidamente con fecha 14 de agosto de 2008. b) El Procedimiento Coactivo fue suspendido con Resolución Coactiva Nº 000-2010-00002 notificada al ejecutado con fecha 13 de enero de 2011 al haberse verificado la presentación de Demanda Contencioso Administrativa ante el Décimo Cuarto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo.

Que, de acuerdo a lo opinado por la Gerencia Jurídico Aduanera en el Informe Nº 066-2011-SUNAT/2B4000, que amplía la opinión del Informe Nº 058-2009-SUNAT/2B4000, de existir alguna deuda por multa administrativa pendiente de pago a cargo del importador, aplicable en base a una norma legal distinta a la Ley General de Aduanas, ésta no implica su exclusión de la calificación de importador frecuente; Que, respecto a lo indicado en el considerando anterior, el Expediente Coactivo Nº 000-2008-000396 sólo contenía deuda por multa administrativa a cargo del importador, la misma que se aplicó en base a una norma distinta a la Ley General de Aduanas, por lo que al momento de la evaluación efectuada al 31 de julio de 2009, la mencionada empresa no se encontraba incursa en el incumplimiento del requisito señalado en el inciso h) del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 193-2005-EF; Que, con relación al Expediente Coactivo N.º 000-2009000071 debemos señalar que al momento de la evaluación efectuada al 31 de julio de 2009, dicho procedimiento coactivo se encontraba concluido al haberse emitido la Resolución de Ejecución Coactiva N.º 000-2009-02 que declaró la nulidad de la Resolución Coactiva N.º 001/ Expediente Coactivo Nº 000-2009-000071. En relación a la nulidad de dicho procedimiento coactivo la Gerencia Jurídico Aduanera con Informe Nº 28-2008-SUNAT/2B4000 indica que no cabe imputar al importador el incumplimiento del requisito establecido en el inciso h) del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 193-2005-EF cuando existen actos de ejecución coactiva nulos de pleno derecho; Estando a lo informado por la Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera mediante Informe Nº 19-2011-SUNAT-3B1100, y en mérito a las facultades establecidas en el inciso f) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Tramitar los expedientes Nº 000-ADSODT2011-008575-6 y Nº 000-ADSODT-2011-016746-4 presentado por la empresa PANASONIC PERUANA S.A., como una solicitud administrativa regulada por la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444. Artículo 2º.- Declarar Procedente la solicitud presentada por PANASONIC PERUANA S.A. mediante expedientes Nº 000-ADSODT-2011-008575-6 y Nº 000-ADSODT-2011016746-4, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA EMPERATRIZ LUQUE RAMIREZ Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 707880-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Disponen la exclusión de los valores, correspondientes a la Tercera y Cuarta Emisión del Segundo Programa de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A. del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 70-2011-EF/94.06.3 Lima, 26 de setiembre de 2011


El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

VISTOS: El expediente Nº 2011030139, así como el Informe Interno Nº 606-2011-EF/94.06.3.1, del 23 de setiembre de 2011, de la Dirección de Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 0412003-EF/94.11, del 13 de junio de 2003, se aprobó el trámite anticipado, se dispuso el registro del prospecto marco correspondiente y se inscribió en el Registro Público del Mercado de Valores el “Segundo Programa de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional; Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 0692005-EF/94.11, de fecha 27 de junio de 2005, se dispuso el registro del segundo prospecto marco correspondiente al “Segundo Programa de Emisión de Bonos y Papeles Comerciales Gloria S.A.”; Que, asimismo, mediante Resolución Gerencia General Nº 120-2006-EF/94.11, de fecha 03 de noviembre de 2006, se dispuso el registro en el Registro Público del Mercado de Valores de la segunda actualización por variación fundamental del segundo prospecto marco correspondiente al “Segundo Programa de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A.”, mediante la cual se incrementó el monto del programa a US$ 120 000 000,00 (ciento veinte millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles; Que, en el marco del “Segundo Programa de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A.”, se inscribieron automáticamente los valores correspondientes a la “Tercera Emisión del Segundo Programa de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A.” y “Cuarta Emisión del Segundo Programa de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A.” por un importe total de hasta S/. 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles) y S/. 72 000 000,00 (setenta y dos millones y 00/100 Nuevos Soles) respectivamente; Que, Gloria S.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el deslistado del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores, de los valores correspondientes a la “Tercera Emisión del Segundo Programa de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A.” y “Cuarta Emisión del Segundo Programa de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A.”; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 132, inciso a), del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a la Superintendencia del Mercado de Valores su decisión de disponer el deslistado de los valores señalados precedentemente y de elevar los expedientes a la Superintendencia del Mercado de Valores para los fines pertinentes; Que, el artículo 37, inciso b), del Texto Único Ordenado Ley del Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 27, inciso b), del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, establece que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores tiene lugar por resolución fundamentada de la Superintendencia del Mercado de Valores, cuando opere la extinción de los derechos sobre el valor, por amortización, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el artículo 38 del Texto Único Ordenado Ley del Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 32 del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, establece que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una Oferta Pública de Compra; Que, no obstante lo señalado en el considerando anterior, la exclusión del Registro Público del Mercado de

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Valores de los valores señalados se encuentran dentro del supuesto de excepción a la realización de una Oferta Pública de Compra contemplado en el artículo 37 inciso a) del citado Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobadas por Resolución CONASEV N° 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta pública, así como a la exclusión de éstos del Registro Público del Mercado de Valores deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la página de la Superintendencia del Mercado de Valores en internet; y, Estando a lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29782, el artículo 5º de la Resolución de Superintendente Nº 001-2011EF/94.01.1; el artículo 52 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores; así como el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, que faculta a la Dirección de Emisores a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores correspondientes a la “Tercera Emisión del Segundo Programa de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A.” y “Cuarta Emisión del Segundo Programa de Bonos Corporativos y Papeles Comerciales de Gloria S.A.” de Gloria S.A., del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Disponer la exclusión de los valores señalados en el artículo anterior, del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página de la Superintendencia del Mercado de Valores en internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Gloria S.A., en su calidad de emisor; a Inteligo Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. OMAR GUTIÉRREZ OCHOA Director de Emisores (e) 696268-1

Disponen la inscripción de los valores denominados “Quinta Emisión del Tercer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE”, en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 79-2011-EF/94.06.3 Lima, 20 de octubre de 2011 VISTOS: El expediente Nº 2011033341 y el Informe Interno Nº 662-2011-EF/94.06.3, del 19 de octubre de 2011, de la Dirección de Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo señalado por el artículo 304 de la Ley General de Sociedades, las sociedades


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pueden emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda a favor de sus titulares; Que, mediante Resolución Directoral de Emisores Nº 094-2009-EF/94.06.3 de fecha 30 de diciembre de 2009, CONASEV, ahora Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) dispuso la inscripción del “Tercer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE” hasta por un monto de US$ 200 000 000,00 (doscientos millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles o cualquier moneda extranjera, y dispuso el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, Corporación Financiera de Desarrollo S.A. solicitó la inscripción de los valores denominados “Quinta Emisión del Tercer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE” hasta por un importe total de S/. 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles) y “Sexta Emisión del Tercer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE” hasta por un importe total de S/. 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles), ambas pertenecientes al “Tercer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE”. Que, de la evaluación de la documentación presentada, se ha determinado que Corporación Financiera de Desarrollo S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por el Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, a la fecha, Corporación Financiera de Desarrollo S.A. no posee la condición de Entidad Calificada; Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y/o prospectos informativos en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la página de la Superintendencia del Mercado de Valores en internet; Estando a lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29782, el artículo 5º de la Resolución de Superintendente Nº 0012011-EF/94.01.1; por los artículos 53 y siguientes de Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores; así como el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, que faculta a la Dirección de Emisores a disponer la inscripción y registros que correspondan en el Registro Público del Mercado de Valores. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los valores denominados “Quinta Emisión del Tercer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE” hasta por un importe total de S/. 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles) y el registro del correspondiente complemento del prospecto marco, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de los valores denominados “Sexta Emisión del Tercer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE” hasta por un importe total de S/. 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles) y el registro del correspondiente complemento del prospecto marco, en el Registro Público del Mercado de Valores; Artículo 3º.- La oferta pública de los valores a que se refieren los artículos 1 y 2 de la presente resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto por el artículo 25 y, de ser el caso, por el artículo 29 del

Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a la Superintendencia del Mercado de Valores la documentación e información a que se refieren los artículos 23 y 24 del mencionado reglamento. Siempre y cuando los plazos del programa y del trámite anticipado no hayan culminado, la colocación de los valores a la que se refiere el presente artículo, se podrá efectuar en un plazo que no excederá de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 4º.- La inscripción y el registro a los que se refieren los artículos 1 y 2 de la presente resolución no implican que la Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la inversión en tales valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la página de la Superintendencia del Mercado de Valores en internet, de forma previa a la colocación de los valores. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a Corporación Financiera de Desarrollo S.A., en su calidad de emisor, estructurador y colocador; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. OMAR GUTIÉRREZ OCHOA Director de Emisores (e) 706724-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen que juez integre Sala Penal y designan magistrados en diversos juzgados del Distrito Judicial de Lima Sur CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 738-2011-P-CJSLIMASUR/PJ Lima, 20 de octubre de 2011 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 334-2010-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y la Resolución Administrativa Nº 737-2011-P-CJSLIMASUR/ PJ, de fecha 20 de octubre de 2011; y, CONSIDERANDO: Mediante Resolución Administrativa Nº 737-2011-PCJSLIMASUR/PJ, de fecha 20 de octubre de 2011, se dispuso conceder Licencia con Goce de Remuneraciones por Capacitación Oficial por los días 27, 28 y 29 de octubre de 2011, a la Juez Superior Titular, doctora EMPERATRIZ TELLO TIMOTEO, Presidenta de la Sala Penal de esta Corte Superior de Justicia; al Juez Titular, doctor


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ARMANDO MEDINA TICSE, Juez del Segundo Juzgado Especializado Penal de San Juan de Miraflores; y al Juez Titular, doctor RICHARD RUDY O´DIANA CARRIÓN, Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil – Laboral de Villa María del Triunfo; quienes participarán en el V Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial a realizarse en los días 27, 28 y 29 de octubre de 2011, en la ciudad de Tarapoto, departamento de San Martín. En tal sentido, corresponde a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia adoptar las disposiciones administrativas correspondientes para una adecuada administración de justicia. Precisándose que, para el caso de designaciones de Jueces Provisionales o Supernumerarios en el Distrito Judicial de Lima Sur, éstas se realizarán en base a la normatividad administrativa pertinente, bajo un estricto análisis de los perfiles de cada uno de los profesionales que asumirán las funciones de la judicatura, para lo cual se tiene en consideración su capacidad e idoneidad, además de los previsto en el artículo 2º de la Ley de la Carrera Judicial Nº 29277, y los requisitos exigidos por ley. El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables; y, en virtud de dicha atribución se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estén en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por tanto, estando a los hechos expuestos, a las normas invocadas, y, en uso de las facultades conferidas al suscrito por el artículo 90º incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superior del Distrito Judicial de Lima Sur, Gerencia General del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, Oficina de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia y Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SS. PEDRO CARTOLIN PASTOR Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur 707484-1

Establecen el orden en el desarrollo de los turnos judiciales del Juzgado Penal Transitorio de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur para el mes de noviembre de 2011 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 753-2011-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 21 de octubre de 2011

SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que el Juez Titular, doctor Jorge Elías Cabrejo Ríos, magistrado del Juzgado Mixto de Lurín, integre el Colegiado de la Sala Penal del Distrito Judicial de Lima Sur, que se efectivizará en los días 27 y 28 de octubre de 2011; quedando el Colegiado conformado de la siguiente manera: - DR. ANDRES CESAR ESPINOZA PALOMINO - DR. OMAR ANTONIO PIMENTEL CALLE - DR. JORGE ELIAS CABREJO RIOS

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Presidente P P

Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor ISAIAS SANCHEZ RAMOS, Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Penal Turno “A” de San Juan de Miraflores, como Juez Supernumerario del Juzgado Mixto de Lurín, mientras dure la designación de su titular, doctor Jorge Elías Cabrejo Ríos; la misma que se efectivizará en los días 27 y 28 de octubre de 2011; debiendo retornar a su Juzgado una vez concluida su designación. Artículo Tercero.- DESIGNAR a la abogada TEODOSIA EMPERATRIZ SULCA BONILLA como Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado Especializado Penal de San Juan de Miraflores mientras dure la licencia de su titular, doctor Armando Medina Ticse, con efectividad en los días 27 y 28 de octubre de 2011. Artículo Cuarto.- DESIGNAR al abogado HUMBERTO FERNANDO MEDINA LÓPEZ, como Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Penal “Turno A” de San Juan de Miraflores, mientras dure la designación del magistrado a cargo del citado órgano jurisdiccional, doctor Isaías Sánchez Ramos, con efectividad en los días 27 y 28 de octubre de 2011. Artículo Quinto.DESIGNAR al abogado TEODORO MARCOS QUISPE BARBARÁN como Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil – Laboral de Villa María del Triunfo, mientras dure la licencia de su titular, doctor Richard Rudy O´Diana Carrión, con efectividad en los días 27 y 28 de octubre de 2011. Artículo Sexto.- Se precisa que, de ser el caso, los magistrados asignados deberán llevar a cabo todas las diligencias programadas en el órgano jurisdiccional que le ha sido designado, bajo responsabilidad.

VISTOS: La Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y, las Resoluciones Administrativas Nros 003-2010-PCSJLIMASUR/PJ, 099-2010-P-CSLIMASUR/PJ y 1482010-P-CSLIMASUR/PJ expedidas por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; y, CONSIDERANDO: Por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ de fecha 06 de octubre de 2010, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 07 de octubre de 2010, se dispuso el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, a partir del 13 de octubre de ese mismo año. En Resolución Administrativa N° 003-2010-PCSJLIMASUR/PJ, de fecha 13 de octubre de 2010, se estableció un Turno Permanente para los Procesos Penales en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, precisándose que el Turno sería cubierto por los Jueces Penales y Mixtos con competencia penal de la Jurisdicción durante periodos de 24 horas cada uno, de acuerdo al rol establecido por la Presidencia en base a los principios de equidad, proporcionalidad y razonabilidad. Mediante Resolución Administrativa Nº 099-2010-PCSJLIMASUR/PJ, de fecha 19 de noviembre de 2010, se dispuso que los magistrados descansen el día siguiente del Turno Permanente, siendo reemplazados por el Juez que alterne los juzgados en los días de Despacho Judicial, para garantizar la continuidad del servicio de administración de justicia. Por Resolución Nº 148-2010-P-CSLIMASUR/PJ, de fecha 22 de diciembre de 2010, se precisó que estando a que el Juez Supernumerario de Alternancia de este Distrito Judicial tiene la especialidad penal, por razones de necesidad de servicio y en aras de mejorar el servicio de administración de justicia, el magistrado en referencia debería realizar Turno Penal Permanente los sábados cada dos semanas; función adicional a la establecida en la Resolución Administrativa Nº 0992010-P-CSJLIMASUR/PJ.


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Por tanto, teniendo en cuenta las consideraciones antes descritas, corresponde establecer el nuevo rol del Juzgado Penal Transitorio de Turno Permanente para la Justicia Penal en todo el Distrito Judicial de Lima Sur para el mes de noviembre de 2011. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables. Por tanto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER el orden en el desarrollo de los turnos judiciales del Juzgado Penal Transitorio de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur efectuados por los Jueces Penales, los Jueces Mixtos con competencia Penal y por el Juez Supernumerario de Alternancia de acuerdo a las consideraciones en precedencia, para el mes de noviembre de 2011; rol que será renovado conforme a ley. DIA TURNO 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30

1° Juzgado Penal Transitorio de VES Juzgado Mixto de VMT Juzgado Mixto de VES 2° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel Juzgado Mixto de Lurín 1° Juzgado Penal de VMT 2° Juzgado Penal de VMT 1° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel 1° Juzgado Penal de SJM 2º Juzgado Penal de SJM 1° Juzgado Penal Transitorio de VES Juez Supernumerario de Alternancia Juzgado Mixto de VMT Juzgado Mixto de VES 2° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel Juzgado Mixto de Lurín 1° Juzgado Penal de VMT 2° Juzgado Penal de VMT 1° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel 1° Juzgado Penal de SJM 2º Juzgado Penal de SJM 1° Juzgado Penal Transitorio de VES Juzgado Mixto de VMT Juzgado Mixto de VES 2° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel Juez Supernumerario de Alternancia Juzgado Mixto de Lurín 1° Juzgado Penal de VMT 2° Juzgado Penal de VMT 1° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel

Artículo Segundo.- PÓNGASE en conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Sur, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina de Personal, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, Oficina de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia y Magistrados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SS. PEDRO CARTOLIN PASTOR Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur 707485-1

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Designan magistrados en la Superior de Justicia de Lima

Corte

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Oficina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 842-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 21 de octubre del 2011 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso Nº 076137-2011 la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República, comunica que se realizará el “Seminario de Investigación de Lavado de Actos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas”, a llevarse a cabo del 24 al 28 de octubre del presente año; motivo por el cual esta Presidencia dispone conceder el permiso respectivo a los doctores Fanny Yessenia García Juárez y Elena Isabel Chumán Céspedes, Jueces del Vigésimo Noveno Juzgado Penal de Lima y Quinto Juzgado Transitorio Penal de San Juan de Lurigancho respectivamente, para que participen en el evento respectivo. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el normal desarrollo de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora LEISLIE SHARON VALDEZ MANRIQUE, como Juez Supernumeraria del Vigésimo Noveno Juzgado Penal de Lima, a partir del 24 al 28 de octubre del presente año, en reemplazo de la doctora García Juárez. Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor ÁNGEL ROMANI VIVANCO, como Juez Supernumerario del Quinto Juzgado Transitorio Penal de San Juan de Lurigancho, a partir del 24 al 28 de octubre del presente año, en reemplazo de la doctora Chumán Céspedes. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 707843-1 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Oficina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 847-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 21 de octubre del 2011 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso Nº 073957-2011, la doctora Susana Ynés Castañeda Otsu, Presidenta de la Sala


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NORMAS LEGALES

Penal de Apelaciones de Lima, solicita se le conceda licencia con goce de haber por motivo de capacitación, a partir del 26 al 28 de octubre del presente año, para asistir a la “IX Convención Latinoamericana de Derecho”, que se realizará en la ciudad de Curitiba - Brasil. Que, asimismo con el ingreso Nº 075213-2011 la doctora Susana Ynés Castañeda Otsu, pone en conocimiento que el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha autorizado las visitas de trabajo que realizarán entre otros los doctores Emérito Ramiro Salinas Siccha, Sara del Pilar Maita Dorregaray y Susana Ynés Castañeda Otsu, a los Distritos Judiciales de Piura y Tacna, así como a la Corte de Apelaciones de Arica (Chile), a llevarse a cabo las dos primeras visitas en grupos del 26 al 28 de octubre y del 02 al 04 de noviembre del presente año. Que, estando a lo expuesto en los considerandos anteriores, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de esta Corte Superior. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE

RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor CÉSAR IGNACIO MAGALLANES AYMAR, Juez Titular del Primer Juzgado Penal de Lima Este, como Juez Superior Provisional de la Sala Penal de Apelaciones de Lima, a partir del 26 al 28 de octubre y del 02 al 04 de noviembre del presente año, en reemplazo de la doctora Castañeda Otsu. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora NORMA GREGORIA FARFAN OSORIO, Juez Titular del Sexto Juzgado Laboral de Lima, como Juez Superior Provisional de la Sala Penal de Apelaciones de Lima, a partir del 26 al 28 de octubre y del 02 al 04 de noviembre del presente año, en reemplazo del doctor Salinas Siccha y Maita Dorregaray; respectivamente, quedando conformado los colegiados de la siguiente manera: Sala Penal de Apelaciones de Lima (del 26 al 28 de octubre): Dra. Norman Gregoria Farfán Osorio Dra. Sara del Pilar Maita Dorregaray Dr. César Ignacio Magallanes Aymar

Presidente (P) (P)

Sala Penal de Apelaciones de Lima (del 02 al 04 de octubre): Dr. Emerito Ramiro Salinas Siccha Dra. Norman Gregoria Farfán Osorio Dr. César Ignacio Magallanes Aymar

Presidente (P) (P)

Artículo Tercero.- DESIGNAR a la doctora ELENA MAYURI BOCANEGRA, como Juez Supernumeraria del Primer Juzgado Penal de Lima Este, a partir del 26 al 28 de octubre y del 02 al 04 de noviembre del presente año, por la promoción del doctor Magallanes Aymar. Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la doctora LAURA BEATRIZ VILLALOBOS VELASQUEZ, como Juez Supernumeraria del Sexto Juzgado Laboral de Lima, a partir del 26 al 28 de octubre y del 02 al 04 de noviembre del presente año, por la promoción de la doctora Farfán Osorio. Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina

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de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 707848-1 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Oficina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 848-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 24 de octubre del 2011 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso Nº 063773-2011 la doctora Luz María Capuñay Chávez, Presidenta de la Primera Sala de Familia de Lima, solicita se le conceda hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce, a partir del 02 al 29 de noviembre del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario proceder a la designación del Magistrado que complete el Colegiado de la Primera Sala de Familia de Lima, estando a las vacaciones de la doctora Capuñay Chávez. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora DORIS RODRÍGUEZ ALARCÓN, Juez Titular del Sétimo Juzgado de Familia de Lima, como Juez Superior Provisional de la Primera Sala de Familia de Lima, a partir del 02 al 29 de noviembre del presente año, por las vacaciones de la doctora Capuñay Chávez, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera: Primera Sala de Familia de Lima: Dra. Carmen Julia Cabello Matamala Dra. Sonia Nérida Vásconez Ruiz Dra. Doris Rodríguez Alarcón

Presidenta (T) (P)

Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MARÍA NATIVIDAD OTAROLA PAREDES, como Juez Supernumeraria del Sétimo Juzgado de Familia de Lima, a partir del 02 al 29 de noviembre del presente año, promoción de la doctora Rodríguez Alarcón. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 707849-1


NORMAS LEGALES

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 852-2011-P-CSJL/PJ Lima, 24 de octubre del 2011 VISTOS: El Informe de fecha 21 de octubre del 2011 emitido por la doctora Rosa Rodríguez Lecaros, Magistrada del Sétimo Despacho Contralor y de la Unidad Operativa Móvil de la ODECMA, que contiene los resultados de la acción de control realizada al Trigésimo Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, constatándose la inasistencia y tardanza del magistrado Luis Oscco Coarita; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la policita interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables. Que, acorde lo establecido en el artículo 90° inciso 5 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es obligación del Presidente de la Corte Superior, Supervisar la asistencia y puntualidad de los Magistrados cautelando que se registre en su legajo personal. Que, los magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima, tienen la obligación de atender al público y litigantes en el horario de despacho, con la celeridad y eficiencia que corresponde al servicio de justicia. Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor WILSON SANTIAGO PAUCAR ESLAVA, Juez Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de El Agustino, como Juez Provisional del 31° Juzgado Civil de Lima. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora SILVIA VIOLETA LEVANO CONTRERAS, como Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de El Agustino, por la promoción del doctor Paucar Eslava. Artículo Tercero.- ESTABLECER LA EFECTIVIDAD de la presente resolución a partir del veinticinco de octubre del presente año. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación y la Oficina de Administración Distrital.

El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

Juzgado de Paz Letrado de Matucana - Huarochiri, solicita se le conceda licencia por el término de tres días, desde el 25 al 27 de octubre del presente año, para realizarse exámenes médicos. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el normal desarrollo del Juzgado de Paz Letrado de Matucana Huarochiri. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora MARÍA PERPETUA RAMÍREZ ANCCAS, como Juez Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado de Matucana - Huarochiri, a partir del 25 al 27 de octubre del presente año, en reemplazo del doctor Gómez Mendoza. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 707864-1 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Oficina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 854-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 24 de octubre del 2011 VISTOS y CONSIDERANDOS:

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 707862-1 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Oficina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 853-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 24 de octubre del 2011 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso Nº 076489-2011, el doctor Gonzalo Gabriel Gómez Mendoza, Juez Titular del

Que, mediante el ingreso Nº 076473-2011, el doctor Pablo Humberto Matias Huarcaya, Juez Titular del Quinto Juzgado Civil de Lima, solicita se le conceda licencia con goce de haber por motivo de salud, por el término de quince días, a partir de la fecha. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el normal desarrollo del Quinto Juzgado Civil de Lima, estando a la licencia del doctor Matias Huarcaya. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,


El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora PATRICIA JANET RUMICHE GONZÁLES, como Juez Supernumeraria del Quinto Juzgado Civil de Lima, a partir del 25 de octubre al 07 de noviembre del presente año, por la licencia del doctor Matias Huarcaya. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 707866-1

Encargan el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Oficina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 846-2011-P-CSJL/PJ Lima, 24 de octubre de 2011. VISTOS: El oficio Nº 8495-2011-CE-PJ, de fecha veintiséis de setiembre del presente año; y, CONSIDERANDOS: Que, mediante el oficio de vistos se pone en conocimiento la resolución emitida por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la cual se concede licencia con goce de haber, desde el 25 al 28 de octubre del presente año al señor doctor Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, a fin de que participe en la Conferencia Internacional, enmarcada dentro del Proyecto denominado “Ease of Doing Business”, que se llevará a cabo en la ciudad de Seúl, República de Corea. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, al Señor doctor CÉSAR JAVIER VEGA VEGA, Juez Superior Titular, a partir del 25 al 28 de octubre del año en curso, sin dispensa de la labor jurisdiccional como Presidente de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de Lima. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,

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del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Oficina de Personal del Poder Judicial y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 707846-1

Establecen que el auto de apertura de instrucción y todo acto procesal posterior debe contener la precisión exacta del delito instruido, precisando la modalidad delictiva, en la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 849-2011-P-CSJLI-PJ Lima, 20 de octubre del 2011 VISTOS: El Oficio Nº 90-2011-3ºSPRC/JGJC/ctp cursado por la Presidenta de la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel e Informe de fecha 19 de octubre último expedido por la Asesora de la Presidencia de la Corte de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 139º inciso 3 de la Constitución Política del Estado consagra la observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional como principios y derechos de la función jurisdiccional. Que, el artículo 4º del Código Procesal Constitucional entiende por tutela procesal efectiva, aquella situación jurídica de una persona en la que se le respeta –entre otros- la observancia del principio de legalidad procesal penal. En consecuencia, constituye garantía del debido proceso penal la precisión del delito imputado; garantía que no se limita a la expedición del auto de apertura de instrucción, sino, a toda actuación procesal. Que, el Tribunal Constitucional en la sentencia 33902005-HC/TC, que constituye doctrina jurisprudencial acorde al artículo VI del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, ha establecido expresamente que la falta de precisión de la modalidad delictiva imputada genera afectación a la tutela jurisdiccional y derecho de defensa del procesado; siendo necesario que éste conozca de manera expresa, cierta, e inequívoca los cargos que se formulan en su contra; lo que implica la precisión en todo acto procesal, de la modalidad delictiva prevista para el delito instruido, omisión que genera una transgresión al Principio Acusatorio. Que, por tal motivo, resulta pertinente emitir las directivas necesarias a fin que el auto apertorio de instrucción y todos los actos procesales posteriores, detallen información precisa respecto al delito imputado. Que, las medidas adoptadas van a posibilitar además, un registro exacto de la información contenida en la base de datos de la Dirección de Registros Penitenciarios a Nivel Nacional, lo que incidirá en una adecuada y pronta atención a los pedidos de traslado de internos formulados por los diversos órganos jurisdiccionales con fines de ejecución de diligencias o audiencias programadas. Que, en virtud a lo indicado y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;


NORMAS LEGALES

452182 SE RESUELVE:

Artículo Primero.- El auto de apertura de instrucción y todo acto procesal posterior, debe contener la precisión exacta del delito instruido, precisando la modalidad delictiva. Artículo Segundo.- En el oficio de internamiento deberá señalarse específicamente el delito imputando, precisando el artículo e inciso del Código Penal o Norma Penal aplicable. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Control de la Magistratura – OCMA y Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 707857-1

Disponen la ampliación de la ejecución de la Res. Adm. Nº 339-2011-P-CSJLI/ PJ, únicamente en relación al 2º Juzgado Penal de Lima Este - Chosica CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 850-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 21 de octubre del 2011 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 339-2011-P-CSJLI/ PJ, el informe Nº 044-2011-LASA-ADP-CSJLI/PJ de fecha veintisiete de setiembre del presente año y el Oficio Nº 787-2011-J-ODECMA-CSJLI/PJ de fecha diecinueve de octubre de los corrientes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 3392011-P-CSJLI/PJ, publicada el nueve de mayo último, se dispuso que a partir del once de mayo del presente año, el 1º y 2º Juzgados Penales de Lima Este, remitan al Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho – Chosica, todos los expedientes penales en trámite ingresados hasta junio del año 2009. Que, asimismo, mediante Resolución Administrativa Nº 387-2011-P-CSJLI/PJ, se estableció que la redistribución dispuesta precedentemente, culminaba el treinta de junio del dos mil once; sin embargo, a fin de dar cabal cumplimiento al proceso de descarga procesal, mediante Resolución Administrativa Nº 534-2011-P-CSJLI/ PJ se dispuso la ampliación de fecha de culminación de la redistribución hasta el catorce de julio del presente año. Que, el Área de Desarrollo de la Presidencia encargada del seguimiento y monitoreo del proceso de descarga procesal de los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios, elaboró el Informe Nº 77-2011-RDGA-ADPCSLI/PJ, en el que se indica que culminado el plazo de remisión de expedientes de los Juzgados Penales de Lima Este al Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho – Chosica, este último ha recepcionado 532 expedientes en trámite aproximadamente, cantidad menor a los 1,466 expedientes penales en giro que se proyectó en el Informe Nº 016-2011-LASA-ADP-CSJLI/PJ. Asimismo, se indicó que el 2º Juzgado Penal de Lima Este tenia expedientes del año 2009 pendientes de remitir y que los mismos no podían ser redistribuidos por presentar problemas de falta de firmas en las actas de las diligencias del proceso penal,

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habiéndose determinado en la reunión de magistrados de fecha 22 de agosto del año en curso, que dichos expedientes ascenderían al número de cuatrocientos. Que, en el Acta de Visita Judicial Extraordinaria efectuada al 2º Juzgado Penal de Lima Este – Chosica por la Oficina de Control de la Magistratura con fecha trece de octubre último, se concluye que efectivamente, existen 227 expedientes hasta junio del año 2009, constatando que los mismos se encuentran expeditos para ser remitidos al Juzgado Penal Transitorio de Lurigancho – Chosica, habiéndose superado las deficiencias que impidieron su redistribución. Que, atendiendo a lo indicado y a fin de dar cumplimiento a los fines de descarga procesal, la Presidencia de la Corte de Lima considera pertinente ampliar el plazo de ejecución de la Resolución Administrativa Nº 339-2011-PCSJLI/PJ, únicamente para el 2º Juzgado Penal de Lima Este – Chosica. Que, la ampliación de plazo a que se hace alusión precedentemente, se inicia a partir de la publicación de la presente resolución y culminará el día veintiocho de octubre del presente año, bajo responsabilidad de la Magistrada remitente. Asimismo, los expedientes judiciales que no sean remitidos en el plazo establecido, deberán continuar ser tramitados por el órgano jurisdiccional permanente; incluyendo aquellos expedientes que retornan del Ministerio Público o son devueltos por el Superior. Que, estando a lo expuesto y en uso de la facultad conferida por Articulo 90º inciso 3) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la ampliación de la ejecución de la Resolución Administrativa Nº 339-2011-PCSJLI/PJ, únicamente en relación al 2º Juzgado Penal de Lima Este – Chosica. Artículo Segundo.- La ampliación de la ejecución se inicia en la fecha de publicación de la presente resolución y concluye indefectiblemente el veintiocho de octubre del presente año. Artículo Tercero.- DISPONER que el Área de Desarrollo de la Presidencia de la Corte realice las gestiones pertinentes para la adecuación del sistema que corresponda, a fin de asegurar la adecuada redistribución de expedientes; sin perjuicio, de las demás coordinaciones que deberá efectuar para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, debiendo dar cuenta. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Área de Desarrollo de la Presidencia y Oficina de Administración Distrital, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 707859-1

Establecen disposiciones referidas al mandato de detención que ordena el internamiento, en la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 851-2011-P-CSJLI-PJ Lima, 20 de octubre del 2011 VISTOS: El Oficio Nº 90-2011-3ºSPRC/JGJC/ctp cursado por la Presidenta de la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos


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NORMAS LEGALES

en Cárcel e Informe de fecha 19 de octubre último expedido por la Asesora de la Presidencia de la Corte de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, constituye política de gestión de la Corte Superior de Justicia de Lima, la coordinación interinstitucional con fines de cooperación en la prestación de servicios destinados a la efectividad y agilización del servicio de justicia. Que, la Dirección de Registros Penitenciarios a Nivel Nacional tiene la función de registrar el nombre de todos los procesados puestos a disposición del INPE; base de datos de cuya exactitud depende una adecuada y pronta atención a los pedidos de traslado de internos formulados por los diversos órganos jurisdiccionales con fines de ejecución de diligencias o audiencias programadas. Que, para tal efecto, resulta pertinente emitir las directivas necesarias a fin que los Juzgados y Salas Penales identifiquen plenamente a los procesados a su cargo; siendo obligatorio que los oficios cursados al Instituto Nacional Penitenciario -INPE- contengan la exacta identificación del interno, sin perjuicio de comunicarse adicionalmente, toda modificación en el nombre del procesado, ya sea por errores de digitación o por nueva identidad. Que, en virtud a lo indicado y en uso de las facultades conferidas en los inciso 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- En aquellos casos que se dicte mandato de detención ordenando el internamiento de un ciudadano, deberá adjuntarse en el oficio dirigido al INPE, la impresión de la ficha de RENIEC. Esta disposición es aplicable en forma obligatoria en aquellos casos que el procesado se encuentra inscrito en el Registro de la RENIEC. Artículo Segundo.- Toda modificación en el nombre del procesado, ya sea por errores de digitación o por nueva identidad, debe ser puesto en conocimiento del Instituto Nacional Penitenciario en el día, bajo responsabilidad del Secretario del Juzgado o Secretario de la Sala Penal respectiva. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Control de la Magistratura – OCMA y Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 707861-1

ORGANOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Centro Caparocia, distrito de Río Tambo, provincia de Satipo, departamento de Junín RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 523-2011-JNAC/RENIEC Lima, 21 de octubre de 2011

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VISTOS: El Informe Nº 000203-2011/GPRC/SGIRC/RENIEC (30SET2011) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, el Oficio Nº 001076-2011/GRC/RENIEC (06OCT2011) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe Nº 000065-2011/GPRC/RENIEC (13OCT2011) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral está conformado por el conjunto de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, el artículo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Oficina de Registros del Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el artículo 262º del Código Civil señala que éste se tramita y celebra ante un Comité Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquía de la respectiva comunidad, el cual será presidido por el directivo de mayor jerarquía; Que, la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, a través del Informe de la referencia, señala que la Comunidad Nativa Centro Caparocia, Distrito de Río Tambo, Provincia de Satipo, Departamento de Junín, no ha presentado Acta de Conformación de Comité Especial, a que se refiere el considerando precedente, por lo que deberá ser subsanada dicha omisión; Que, sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Centro Caparocia, Distrito de Río Tambo, Provincia de Satipo, Departamento de Junín; a la cual hacen referencia los Informes del Visto, ha formalizado su respectivo expediente de incorporación de Oficina Registral, habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegación referida, a fin de establecer la vinculación funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el carácter público del registro; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y estado Civil, el Decreto Supremo Nº 01598-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44º de la Ley Nº 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Centro Caparocia, Distrito de Río Tambo, Provincia de Satipo, Departamento de Junín. Artículo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa señalada en el artículo 1º, queda encargado de las funciones registrales


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cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnico Normativa de Registros Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento y Defunción, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Centro Caparocia, Distrito de Río Tambo, Provincia de Satipo, Departamento de Junín; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fin de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Artículo 4º.- Asimismo, la Sub Gerencia de Gestión Técnico Normativa de Registros Civiles proveerá del respectivo Libro de Matrimonio, a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Centro Caparocia, Distrito de Río Tambo, Provincia de Satipo, Departamento de Junín, cuando ésta cumpla con remitir copia del Acta de Asamblea Comunal, mediante la cual se acredite debidamente la conformación del Comité Especial, a que hace referencia el artículo 262º del Código Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. ANA CASTILLO ARANSAENZ Jefe Nacional (e) 707886-1

MINISTERIO PUBLICO Dan por concluidos nombramientos y designaciones, y nombran y designan fiscales en los Distritos Judiciales de Lima, Amazonas, Pasco y Tumbes RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2092-2011-MP-FN Lima, 21 de octubre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor JUAN MANUEL FERNANDEZ CASTILLO, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, materia de las Resoluciones Nº 928-2009-MP-FN y N° 037-2011-MP-FN, de fechas 10 de julio del 2009 y 13 de enero del 2011, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del doctor WALTHER JAVIER DELGADO TOVAR, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima, materia de la Resolución Nº 1881-2011-MP-FN, de fecha 27 de setiembre del 2011. Artículo Tercero.- NOMBRAR al doctor WALTHER JAVIER DELGADO TOVAR, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, con retención de su cargo de carrera.

El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

Artículo Cuarto.- DESIGNAR al doctor JUAN MANUEL FERNANDEZ CASTILLO, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Coordinación de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios con sede en Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 707904-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2093-2011-MP-FN Lima, 21 de octubre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Fiscal Adjunto Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Lima y debe cubrirse provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley; Que, mediante Oficio Nº 1281-2011-MP-FN-FEDCF, remitido por el Fiscal Superior Coordinador en Delitos de Corrupción de Funcionarios con sede en Lima, propone el nombramiento del Fiscal en el cargo vacante; Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor JUAN CARLOS ZUÑIGA RIOS, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ica, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chincha, materia de la Resolución Nº 1581-2010-MP-FN, de fecha 29 de setiembre del 2010. Artículo Segundo.- NOMBRAR al doctor JUAN CARLOS ZUÑIGA RIOS, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, designándolo en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales de Ica y Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 707904-2 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2094-2011-MP-FN Lima, 21 de octubre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Fiscal Adjunto Provincial de la Primera Fiscalía Provincial


El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

Penal de Bagua y de la Fiscalía Provincial Mixta de Jamalca del Distrito Judicial de Amazonas y por necesidad del servicio debe cubrirse provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley; Que, estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar a la doctora EVELIN LILIANA RAMIREZ ORTIZ, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Bagua. Articulo Segundo.- Nombrar al doctor CARLOS RUBEN RUIZ SOTOMAYOR, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Jamalca. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 707904-3 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2095-2011-MP-FN Lima, 21 de octubre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 3707-2011-MP-PJFSAMAZONAS, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, propone el nombramiento de Fiscal en la plaza vacante y debe cubrirse provisionalmente, previa verificación de los requisitos de Ley; Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar al doctor OSCAR ALEJANDRO GUTIERREZ CAMACHO, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Bagua. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 707904-4

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RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2096-2011-MP-FN Lima, 21 de octubre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Fiscal Adjunto Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Pasco del Distrito Judicial de Pasco y debe cubrirse provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley; Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la doctora MILDRED MARGUET VICTORIO ALDANA, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Pasco, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Pasco, materia de la Resolución Nº 913-2011-MP-FN, de fecha 30 de mayo del 2011. Artículo Segundo.- Designar a la doctora MILDRED MARGUET VICTORIO ALDANA, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Pasco, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Pasco Artículo Tercero.- Nombrar a la doctora JAQUELINE ROSARIO ARMAS MEZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Pasco, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Pasco. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Pasco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las Fiscales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 707904-5 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2098-2011-MP-FN Lima, 21 de octubre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Fiscal Adjunto Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Zarumilla del Distrito Judicial de Tumbes y por necesidad de servicio debe cubrirse provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley; Que, estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la doctora GRIZELLE MARIE ECHEGARAY CRUZ, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tumbes, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Zarumilla. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Tumbes, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano,


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NORMAS LEGALES

Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.

El Peruano Lima, martes 25 de octubre de 2011

Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación

707904-7

707904-6

Aceptan renuncia de fiscal del Distrito Judicial de San Martín RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2097-2011-MP-FN

FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1988-2011-MP-FN Mediante Oficio N° 13886-2011-MP-FN-SEGFIN el Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1988-2011MP-FN, publicada en la edición del día 13 de octubre de 2011.

Lima, 21 de octubre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 6111-2011-MP-PJFS-DJSAN MARTIN, de fecha 05 de octubre del 2011, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de San Martín, se elevó la renuncia formulada por el doctor OMAR MARTÍN VILLAIZAN PALIZA, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de San Martín, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Sauce, por motivos estrictamente familiares y personales, con efectividad al 27 de setiembre del 2011; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

DICE: VISTO Y CONSIDERANDO: (...), se produjo el sensible fallecimiento del doctor Roger Apaza Calcina, (...) DEBE DECIR: VISTO Y CONSIDERANDO: (...), se produjo el sensible fallecimiento del doctor Roger Apaza Calsina, (...) DICE:

SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor OMAR MARTÍN VILLAIZAN PALIZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de San Martín y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Sauce, materia de la Resolución Nº 600-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010, con efectividad al 27 de setiembre del 2011. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de San Martín,

SE RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por fallecimiento al doctor ROGER APAZA CALCINA, (...) DEBE DECIR: SE RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por fallecimiento al doctor ROGER APAZA CALSINA, (...) 707902-1

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN


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