Trabajo fin master

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

ESTUDIO DESCRIPTIVO SOBRE LOS CONOCIMIENTOS BIOÉTICOS EN UN GRUPO DE ENFERMEROS Y AUXILIARES DE ENFERMERÍA

UNIVERSIDAD DE GRANADA Master Universitario en Cuidados de Salud en la Discapacidad Dependencia y Fin de Vida. 2008-2010 ESCUELA UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD Alumna: Mª DE LAS ANGUSTIAS NAVARRO GUZMÁN Directores: DRA. MARÍA NIEVES PÉREZ MARFIL DR. FRANCISCO CRUZ QUINTANA

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

ÍNDICE RESUMEN

3

INTRODUCCIÓN

4

HIPÓTESIS

9

METODOLOGÍA

9

PARTICIPANTES

9

INSTRUMENTO

9

PROCEDIMIENTO

10

LIMITACIONES DEL ESTUDIO

10

RESULTADOS

11

A. CARACTERÍSTICAS SOCIODEMOGRÁFICAS Y PROFESIONALES

11

B. CONOCIMIENTO DE LA CARTA DE DERECHOS Y DEBERES DEL USUARIO DEL SAS Y DE LA LEY 41/2002, REGULADORA DE LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE Y DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.

11

C. SE ENFRENTAN A VECES A PROBLEMAS ÉTICOS

13

D. OPINIÓN SOBRE LA PRÁCTICA OBSERVADA

14

E. SUPUESTOS PRÁCTICOS SOBRE CONFIDENCIALIDAD

19

DISCUSIÓN

23

CONCLUSIONES

25

BIBLIOGRAFÍA

26

ANEXOS

28

1. 2. 3. 4.

29 33 78

ENCUESTA TABLAS CARTA DE DERECHOS Y DEBERES LEY41/2002, REGULADORA DE LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE Y DE DERECHOS Y OBLIGACIONES

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán RESUMEN Este trabajo pretende estudiar el perfil en formación bioética de las enfermeras y auxiliares de enfermería, de una Unidad de Cuidados Intensivos de Granada, bajo la óptica de las variables sexo, grupo de edad, profesión, años de experiencia y tipo de contrato que tienen. Concretamente, se trata de identificar su opinión acerca del grado de respeto en la práctica de los principales derechos básicos recogidos en la carta de derechos y deberes de los usuarios y la Ley reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Se examina la opinión de estos profesionales sobre aspectos como el respeto a la dignidad del paciente, a su opinión, la consulta del testamento vital, la custodia de la documentación, la información sobre alternativas de tratamiento, el respeto a la confidencialidad, si se le discrimina, el consentimiento informado y el secreto profesional. Finalmente se recogen las respuestas a 11 dilemas éticos relacionados con la práctica diaria. Los resultados ponen de manifiesto las lagunas formativas en este campo.

Palabras clave: Bioética, enfermeras, auxiliares de enfermería, formación, Unidad de Cuidados Intensivos

ABSTRACT This paper studies the profile of training in bioethics of nurses and nursing assistants (auxiliary nurses) working in an intensive care unit, using variables such as gender, age group, qualifications, years of experience and type of contract, regarding patients’ charter of rights and responsibilities, the law which regulates patients’ autonomy as well as the rights and responsibilities regarding clinical information and documentation. This paper also describes the opinion of these professionals on such aspects as the respect shown towards the patience’s dignity, the reference to/consulting living wills, the safekeeping of documentation, the information on alternative treatments, the respect towards patience’s opinions and confidentiality, if discrimination exists, and the informed consent and the requirement of confidentiality. Finally, the answers to 11 ethical dilemmas related to daily practice have been studied. The results evidence knowledge deficits in this area.

Key words: Bioethics, nurses, nursing assistants(auxiliary nurses), training, Intensive Care Unit.

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Mi mas sincera gratitud a los participantes que generosamente han dedicado parte de su tiempo a contestar las encuestas que han permitido realizar este proyecto.

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán ESTUDIO DESCRIPTIVO SOBRE LOS CONOCIMIENTOS BIOÉTICOS EN UN GRUPO DE ENFERMEROS Y AUXILIARES DE ENFERMERÍA INTRODUCCIÓN La confidencialidad constituye uno de los elementos más importantes desde el punto de vista de la ética profesional enfermera, entendida como una forma de "secreto confiado", mediante el cual el profesional está obligado a mantener silencio sobre todo aquello que conozca sobre una persona como resultado de su actividad profesional (1). Afirmaba Kant que “Los hombres tienen afición por los cotilleos y los secretos suelen servir para amenizar sus conversaciones” (2). Comúnmente usamos como sinónimos intimidad, confidencialidad, secreto, vida privada, y privacidad, refiriéndonos a la existencia de una esfera privada en la que cada uno tiene potestad para decidir lo que quiere que otros conozcan sobre sí mismo. Son vocablos que genéricamente dan a entender la idea de que existen ciertos ámbitos en los que no se debe penetrar a menos que la persona consienta. La privacidad según el Diccionarío Panhispánico de dudas es el “ámbito de la vida privada que se tiene derecho a proteger de cualquier intromisión”. No es sinónimo de intimidad, “ámbito íntimo, espiritual o físico, de una persona”, aunque están semánticamente muy próximos y son intercambiables en algunos contextos. Las diferencias entre los diversos conceptos referidos a los límites de apertura a los demás de nuestra vida que, a veces, se confunden podrían representarse en un diagrama con círculos concéntricos. En la parte más externa, estaría lo público; a continuación encontraríamos los aspectos de nuestra vida protegidos legalmente para que no sean de dominio público; en la parte más interna podemos encontrar las parcelas de lo privado, lo íntimo y, por último, lo confidencial. Figura 1. Diagrama público-privado.

OTROS RESPETUOSOS NO INJERENTES

YO + QUIEN YO ELIJA LIBREMENTE

Confidencial Intimo Privado Prot. Legal Público

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Blanca Gutiérrez identifica facetas dentro de la intimidad: la física, la psíquica, la socio-cultural, la relacionada con la información y la confidencialidad (3). La estudia en un medio hospitalario, concluyendo que su significado está influenciado por el espacio físico que rodea al paciente y su familia, por quienes entran a formar parte de ese espacio y por cómo lo hacen, y hay factores intrínsecos y extrínsecos favorecedores, o no, con respecto a la intimidad. El desarrollo de las relaciones del paciente-familia con los compañeros de habitación y con los profesionales hace que todo el grupo constituya al final un núcleo íntimo más amplio (Figura 2) Figura 2. Relación con los convivientes en el cuarto y los profesionales.

Relación con los profesionales Fundamentos Características Información, confianza, sinceridad, Cuidados, entrenamiento apoyo, personalización , respeto. Convivientes Intimidad impuesta

Convivientes Intimidad consentida

Paciente-familia

Paciente-familia Intimidad consentida

Núcleo íntimo

Profesionales Intimidad impuesta Relación con los convivientes

Profesionales

Fundamentos Comer Beber dormir

Núcleo íntimo

Características Reciprocidad Ayuda Respeto

Confidencialidad es “lo que se hace o se dice en confianza con seguridad recíproca entre dos o más personas” (4). Puede hacer referencia a la intimidad, pero su esencia radica en evitar la difusión. El ordenamiento jurídico establece algunos límites, la convivencia social otros, pero lo esencial es la libertad del individuo y la facultad que posee de excluir o hacer partícipes a otros de su intimidad -consecuencia de la integración del individuo en grupos sociales- y vida privada. El acceso limitado- de extraordinaria importancia en el campo de la salud.-, se puede y se debe dar en relación a nuestro cuerpo y aquí ya obtendríamos la primera manifestación, que sería la intimidad personal y también la intimidad física. Los pacientes esperan que se les trate con delicadeza, que no se les desnude si no es necesario, es decir, que se respete su intimidad. Esto es un derecho subjetivo, -de defensa de una parte de nuestra vida que queremos mantener reservada, y de la que

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán tenemos plena disposición- y positivo, que se encuentra recogido en la Constitución española en el artículo 18 (5). Cuando la intimidad se comparte con alguien, se convierte en compartida y por antonomasia, en la relación sanitaria-paciente, nos encontramos con la confidencialidad (ponemos la fe en esa persona). Buena parte de las argumentaciones en defensa de la intimidad se centran en el respeto a la dignidad de la persona. Esta línea de pensamiento sostiene que la intimidad está profundamente conectada con el reconocimiento del valor de la persona, su dignidad, su unicidad y su autonomía. Las situaciones propias del cuidado profesional de la salud exigen con frecuencia desvelar aspectos de la intimidad corporal- con una obligada actitud de respeto por parte del profesional sanitario-, que normalmente quedan reservados para las relaciones especiales y limitadas de familiaridad. Se podría decir que ponen a la persona cuidada en condiciones que le fuerzan a compartir aspectos de esa intimidad suya con el cuidador. La nueva interacción (demanda y prestación de cuidados) obliga a reubicar barreras de la intimidad, dando acceso a ella al cuidador profesional, éste se ve situado, en una relación excepcional de proximidad. La Ley 41/2002, de 14 de Noviembre, Básica Reguladora de la autonomía del paciente y de Derechos y obligaciones en materia de información y Documentación Clínica, en materia de historia clínica, prevé su uso por parte del “personal sanitario” (6). Esta regulación resulta novedosa ya que contempla el acceso al historial de salud por parte del personal no asistencial, el de administración y el de gestión, si bien limitado exclusivamente a los datos relacionados con sus funciones. El cuidado de la salud de las personas es el objetivo principal y el fin de la profesión enfermera. Ello ha hecho de esta acción básica toda una profesión, precisamente por la consideración tan valiosa del significado que tiene la vida humana, la salud, la integridad, la dignidad y la autonomía, todo ello desde una consideración holística e integral del ser humano. El secreto profesional es un deber unidireccional, es decir que obliga solo al profesional y no al cliente, sus precedentes se encuentran en el Juramento Hipocrático: “Guardaré silencio sobre todo aquello que en mi profesión, o fuera de ella, oiga o vea en la vida de los hombres que no deba ser público, manteniendo estas cosas de manera que no se pueda hablar de ellas”. Consiste pues en el compromiso de no divulgar aquello que es conocido mediante el desempeño de una profesión; compromiso que es adquirido por el profesional mediante un pacto tácito que se realiza con la sociedad por el hecho de asumir una profesión. Incluye todo aquello que, perteneciendo al ámbito de la intimidad del paciente, es conocido por el profesional en el ejercicio de sus funciones, sea mediante manifestación espontánea o provocada del propio interesado, sea por cualquier otra vía. Afecta también a todo aquello que, sin formar parte de ese ámbito íntimo, se ha conocido en el estricto ejercicio profesional, incluso en el hecho mismo del ingreso o de la prestación sanitaria. Este deber se extiende más allá de la muerte de la persona interesada, no solo porque los familiares aún vivos pueden hallarse implicados, sino porque la memoria del difunto exige igualmente respeto en el ámbito

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán privado. Afecta a todos los profesionales sanitarios, denominándose secreto profesional compartido. La discreción se ha considerado desde siempre una cualidad importante en enfermería. Ya en le juramento de Florence Nightingale redactado en 1893 se dice: “Consideraré como confidencial toda información que me sea revelada en el ejercicio de mi profesión, así como todos los asuntos familiares de mis pacientes” (7). Este compromiso se recoge también en el código CIE (Código Internacional de Enfermería) desde la versión de 1953 (8), manteniéndose en las versiones de 1973 (9) y 2000 (10): “La enfermera mantendrá confidencial toda información personal y utilizará la discreción al compartirla.” El código deontológico de la enfermería española de 1989 recoge este deber en el artículo 19 y ss. “El/la Enfermera/o guardará en secreto toda la información sobre el paciente que haya llegado a su conocimiento en el ejercicio de su trabajo” (11). El Código Penal de 1822, castigaba, por primera vez, la revelación de los secretos, conocidos en el ejercicio de su profesión, por médico, cirujanos y comadronas (4). Por su parte, el Código Penal de 1850, sancionaba, igualmente, a "los que ejerciendo alguna de las profesiones que requieren título, revelaren los secretos que por razón de ella se les hubieran confiado". El nuevo Código Penal, aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, regula, dentro del Título destinado a la protección de la intimidad, el derecho a la propia imagen y a la inviolabilidad del domicilio, el delito relativo al descubrimiento y revelación de secretos, tipo delictivo que, según la doctrina científica más autorizada, comprende el secreto de los profesionales que ejercen su actividad dentro del sistema de salud. Los datos relativos a la salud gozan de un estatus de especial protección que en el ámbito de su tratamiento informático, merecen la calificación de datos protegidos, tal y como establecen el Convenio europeo de 1981, la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, ley 5/92 (12). Sin embargo, incluso entre los profesionales en ejercicio, no siempre resulta fácil identificar los límites de esa confidencialidad cuya violación solo está justificada en aquellas situaciones que puedan suponer peligro para la salud pública o para terceras personas, aquellos casos en los que atienden a personas que hayan podido ser víctimas de delito, para denunciar un caso de mala praxis y cuando es requerido como testigo a un juicio. Dentro de este contexto, el objetivo de este trabajo es evaluar el nivel de formación, conocimientos y percepción sobre diversos aspectos bioéticos entre los profesionales de la salud en ejercicio en un ámbito tan determinante como una Unidad de Cuidados Intensivos de Granada. También pretendemos identificar su opinión acerca del grado de respeto a los principales derechos básicos de los usuarios y detectar los principales problemas éticos a los que se enfrentan estos profesionales en su trabajo. 8


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HIPÓTESIS Se detectarán lagunas en el conocimiento de aspectos éticos que quedarán reflejados, fundamentalmente, en las dificultades para identificar los límites de la confidencialidad de los casos prácticos y en los errores que cometan a la hora de considerar los casos en los que sí es necesario revelar. Por último, los propios profesionales manifestarán necesidades de formación en este ámbito. La formación continua del personal de enfermería en bioética permitiría adquirir a la enfermera y auxiliar de enfermería de UCI. las competencias definidas en su mapa. METODOLOGÍA Se trata de un estudio descriptivo de carácter prospectivo, basado en un cuestionario administrado o autoadministrado y enviado por correo electrónico como archivo adjunto, cumplimentado por los profesionales enfermeros y auxiliares de enfermería que trabajaban en el momento de realizar el estudio en la Unidad de Cuidados Intensivos de Neurotrauma del Hospital Virgen de las Nieves de Granada. PARTICIPANTES La población de estudio está formada por todos los profesionales, enfermeros y auxiliares, que trabajaban en dicha unidad entre Septiembre a Noviembre del año 2009. Según los datos disponibles en la Web del hospital (13), el Universo estaba formado por 18 auxiliares y 32 enfermeras. Para la selección de la muestra, el único criterio tenido en cuenta ha sido la aceptación voluntaria para participar, ofrecimiento realizado a la totalidad del personal. INSTRUMENTO Para la recogida de datos se ha utilizado como base la encuesta construida por L. Arantón Arosa en su trabajo “El secreto profesional en la práctica de enfermería”(14). (Ver Anexos). Para su elaboración, Arantón realiza una selección bibliográfica de posibles supuestos prácticos que planteaban problemas de Confidencialidad. Posteriormente, confecciona un modelo de cuestionario orientado a conocer en qué casos de los 11 presentados, los profesionales serían partidarios de revelar información confidencial (sin el preceptivo consentimiento del interesado) y en cuáles prevalecería el deber de secreto profesional. La encuesta que, finalmente, se les presentaba a los profesionales estaba estructurada del siguiente modo: a) En la primera parte figura la presentación, explicación de los objetivos del estudio, petición de colaboración para la recogida de datos, contacto y agradecimientos. b) Datos sociodemográficos y profesionales (6 ítems). 9


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán c) Conocimiento de la carta de derechos y deberes de usuarios, la ley reguladora de la autonomía del paciente y derechos y obligaciones de información y documentación clínica (5 ítems con alternativas de respuesta). d) Experiencia profesional con dilemas éticos (2 ítems). e) Opinión sobre la ética que se sigue en el trato diario con el usuario (11 afirmaciones con opciones de respuesta). f) Percepción de necesidad de formación en temas de bioética (2 ítems). g) Supuestos prácticos sobre confidencialidad (11 situaciones).

PROCEDIMIENTO Para la recogida de datos se acudió presencialmente a la Unidad y de forma personalizada se comenzó a administrar las encuestas. Esta labor la llevaron a cabo 2 supervisoras generales del Hospital, con el objetivo de cubrir el mayor número posible de participantes. A pesar de ello, debido a que se realizaban durante el horario laboral, con frecuencia se sufrían interrupciones, por lo que para facilitar la participación se dió la opción a rellenarlas de forma electrónica y reenviada posteriormente. La encuesta se dejó colgada en las dos pantallas disponibles para el personal en el control de enfermería durante los meses de Octubre y Noviembre del 2009, utilizando esta opción 8 profesionales. Se envió un correo electrónico a las direcciones de las que se disponía en el servicio, informando del estudio que se estaba realizando, de los objetivos y de la dirección donde tenían que mandar la encuesta, así como agradeciendo la atención. Este correo llevaba insertado un archivo adjunto con la encuesta. Tres personas contactaron por esta vía con la autora. Una, porque tenía problemas para grabar las respuestas, en otro caso para avisar que se había impreso y dejado en un lugar determinado, y en el tercer caso para asegurarse de la recepción de la misma. ANÁLISIS DE LOS DATOS Se ha aplicado la estadística descriptiva mediante el programa SPSS 16.0, haciendo tablas de contingencia para todos los ítems, buscando estudiar las variables sociodemográficas y laborales en relación a las respuestas. También se llevaron a cabo pruebas Chi cuadrado para examinar las diferencias en las respuestas de los casos prácticos. LIMITACIONES DEL ESTUDIO Dado el poco volumen de datos y su limitación a un solo centro, no se puede extrapolar a ningún otro colectivo, de manera que sólo podemos describir esta población. RESULTADOS A continuación, presentamos los resultados siguiendo la misma estructura que presentaba la encuesta. Para cada uno de los apartados, se recoge, además de la información de la muestra al completo, algunos de los diferentes porcentajes en función 10


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán de cuatro categorías: nivel profesional, tipo de contrato, años de experiencia y sexo. Para facilitar el seguimiento del trabajo, se presentan en los Anexos las tablas en las que aparecen el número de casos clasificados para cada respuesta, en función de las categorías anteriores. A) CARACTERÍSTICAS SOCIODEMOGRÁFICAS Y PROFESIONALES - Participación: Han participado 32 profesionales, 24 enfermeros (75% de la muestra) y 8 auxiliares de enfermería (25% de la muestra). Es decir, han colaborado el 64% de los profesionales a los que iba dirigido. - Sexo: 8 personas de la muestra son hombres y 24 mujeres. Si nos centramos en la colaboración, los hombres (12% del Universo, 25% de la muestra) han participado más que las mujeres. - Edad: 28 tienen más de 35 años (87,5%), 1 tiene entre 25 y 35, y 3 tienen menos de 25 años. - Creencias religiosas: La mitad se declara católico, seguido de un 25% que dice practicar otras religiones, y de un 18,8% de ateos. Por otra parte, el 6,3% no contesta a este ítem. - Tipo de contrato: El 71,9% de la muestra tiene un contrato fijo. Si nos centramos en el nivel profesional, nos encontramos un 68,8% del personal de enfermería y un 75% de los auxiliares con un contrato fijo. - Años de experiencia: El 87,5% tiene más de 5 años de experiencia, teniendo el 46,9% más de 16 y un 28,1% más de 20 años. B) CONOCIMIENTO DE LA CARTA DE DERECHOS Y DEBERES DEL USUARIO DEL SAS Y DE LA LEY 41/2002, REGULADORA DE LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE Y DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. -

CARTA DE DERECHOS Y DEBERES

En este caso se recogieron dos dimensiones, conocimiento de la existencia y conocimiento del contenido. Dicen conocerla el 59,4% de los profesionales (ver Tabla 1, en Anexos tablas 1 a 3). Dentro de estos resultados, destacamos el hecho de que sólo un 50% del personal de enfermería la conocen frente a un 87,5% de los auxiliares. Otro resultado a destacar es que el 41% de los profesionales con más de 16 años de experiencia no la conocen. En cuanto al contenido, encontramos que, sólo el 43,8% de la muestra la conoce en parte o en su totalidad (ver Tabla 2, en Anexos tablas 4 a 6). Tabla 1. Conocimiento de la existencia de la carta de derechos y deberes del usuario del SAS

Sí No

Frecuencia Porcentaje 19 59,4 13 40,6 11


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Total 32

100,0

Tabla 2. Conocimiento del contenido de la carta de derechos y deberes del usuario del SAS. Frecuencia Si 4 No 18 En parte 10 Total 32

Porcentaje válido 12,5 56,3 31,3 100,0

Por último, el 71,9% de los profesionales entrevistados, considera que los usuarios conocen, al menos en parte sus derechos (ver Tabla 3). Tabla 3. Creencia del conocimiento del contenido de la carta de derechos y deberes del usuario del SAS, por parte de los usuarios. Frecuencia Si 7 No 9 En parte 16 Total 32

-

Porcentaje válido 21,9 28,1 50,0 100,0

CONOCIMIENTO DE LA LEY 41/2002

El 65.6% no conocen la existencia de dicha ley (ver Tabla 4 y tablas 7 a 9 de Anexos). Por otra parte, encontramos que no la conocen el 50% del personal masculino y el 70% del femenino. Al preguntar sobre el contenido de la Ley, no lo conocen el 56.3% del personal (ver Tabla 5 y tablas 10 a 12 de Anexos). Por tipo de contrato, no conocen el contenido de la Ley el 63.3% del personal fijo y el 60 % del no fijo. En función del sexo, no conocen el contenido de la Ley el 75% del personal masculino y el 58.3 % del femenino, el 62.5% del personal con más de 16 años de experiencia tampoco la conoce así como el 75 % del de menos de 5 años de experiencia. Tabla 4. Conocimiento de la existencia de la Ley 41/2002, reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica

Si No

Frecuencia Porcentaje válido 11 34,4 21 65,6

12


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Total 32

100,0

Tabla 5. Conocimiento del contenido de la Ley 41/2002, reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Frecuencia Si 4 No 20 En parte 8 Total 32

Porcentaje válido 12,5 62,5 25,0 100,0

C) SE ENFRENTAN A VECES A PROBLEMAS ÉTICOS Solo el 15.6% de los encuestados no se enfrentan a estos problemas (Tabla 6 y de 14 a 19 de Anexos). De los que sí se enfrentan, el 78,94% del personal tiene más de 16 años de experiencia en UCI, el 21% tiene menos de 5 años de experiencia, el 25.9% es masculino, frente al 74.1% que es femenino, el 91.6 % son enfermeras, frente al 62.5 % que son auxiliares. Tabla 6. Frecuencias de enfrentamiento a problemas éticos

Sí No A veces Total

Frecuencia 19 5 8 32

Porcentaje 59,4 15,6 25,0 100,0

Los problemas éticos a los que se enfrentan son los referidos a información sobre la enfermedad, familiares que quieren saber de su paciente o al ensañamiento terapéutico en personas mayores o con muy mal pronóstico. (Tabla 7 y de 20 a 28 en Anexos). Las problemas éticos de las DUEs son donaciones, limitación del esfuerzo terapéutico en paciente terminal, ensañamiento terapéutico en personas mayores o con muy mal pronóstico, desconexión del respirador, eutanasia, alimentación, y pacientes vegetativos. Los que refieren más problemas son los católicos, los mayores de 35 años, los fijos y los que llevan entre 16 y 20 años trabajando.

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Tabla 7. Problemas éticos a los que se enfrentan a veces especificados en frecuencias.

Donaciones Información sobre la enfermedad

Porcentaje Frecuencia válido 7 38,9 1

5,6

Familiares que quieren saber de su paciente

1

5,6

Limitación del esfuerzo terapéutico en paciente terminal

2

11,1

Pacientes vegetativos 1 Ensañamiento terapéutico en personas mayores o con muy mal pronostico 3

5,6

Alimentación Eutanasia Desconexión de respirador

1 1

5,6 5,6

1

5,6

18 14 32

100,0

Total No contesta Total

16,7

D) OPINIÓN SOBRE LA PRÁCTICA OBSERVADA A continuación, se recogen los resultados referentes a diferentes ítems sobre aspectos relacionados con la práctica habitual en relación a los usuarios. -SE RESPETA LA INTIMIDAD REFERENTE AL USUARIO En relación a este ítem, opinan que pocas veces se respeta la intimidad del ususario el 16,1% de los entrevistados. Describiéndolos en función del tipo de contrato, declaran lo anterior los fijos en el 27.7 %, los de mas de 16 años de experiencia opinan esto en el 16.6 %, los varones en el 25 % y las mujeres en el 8.3 %. (Como puede verse en la Tabla 8 así como 30 y 31 de Anexo). Tabla 8. Frecuencias de opinión del respeto a la intimidad referente al usuario

Habitualmente Pocas veces Total No contesta Total

Frecuencia 26 5 31 1 32

Porcentaje válido 83,9 16,1 100,0

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán -SE LE INFORMA DE SU SITUACIÓN ADECUADAMENTE, CON LAS ALTERNATIVAS POSIBLES DE TRATAMIENTO Los profesionales encuestados opinan que pocas veces se le informa al paciente de su situación adecuadamente en el 12.5 % de los casos. Los fijos opinan lo anterior en el 13.6 %, el personal con más de 16 años de experiencia en el 16.6%, el masculino en el 25% frente al femenino que opina esto en un 8.3 %, como puede verse en la Tabla 9 y en Anexo de 33 a 36. Tabla 9. Recuento de casos respecto a la opinión de si se le informa de su situación adecuadamente, con las alternativas posibles de tratamiento referente al usuario en función del sexo del encuestado.

Sexo Hombre Informa Siempre 0 Habitualmente 6 Pocas veces 2 Total 8

Mujer 5 17 2 24

Total 5 23 4 32

-SE RESPETA SU OPINIÓN RESPECTO AL TRATAMIENTO El 45.1 % de los casos opina que pocas veces o nunca se respeta la opinion del paciente respecto al tratamiento, (como puede verse en la Tabla 10 y de 38 a 40 de Anexo). El personal masculino piensa lo anterior en el 50 %, y el femenino en un 43.47%, el fijo lo cree así en el 42.85% frente 50% del no fijo, aquel con más de 16 años de experiencia en el 54.16 %, frente al 14.28 % del personal con menos de 16 años de experiencia. Tabla 10. Frecuencia de si se respeta su opinión respecto al tratamiento Frecuencia Siempre 5 Habitualmente 12 Pocas veces 13 Nunca 1 Total 31 No contesta 1 Total 32

Porcentaje válido 16,1 38,7 41,9 3,2 100,0

-SE RESPETA LA CONFIDENCIALIDAD En el 9.4 % de los casos encuestados opinan que pocas veces se respeta la confidencialidad del paciente, (como puede verse en la Tabla 11 y en Anexos desde 41 hasta Tabla 44).

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán La opinión anterior en función del sexo, contrato y años de experiencia se distribuye así: los hombres en el 12.5 % frente al 8.3 % de las mujeres, el personal fijo en el 13.63 % frente 0 % del personal no fijo, los profesionales de más de 16 años de experiencia en el 12.5 % frente 0 % del personal con menos de 16 años de experioencia. Tabla 11. Frecuencias de opinión sobre si se respeta la confidencialidad Frecuencia Siempre 2 Habitualmente 27 Pocas veces 3 Total 32

Porcentaje válido 6,3 84,4 9,4 100,0

-NO SE LE DISCRIMINA POR NINGUNA RAZÓN El 9.4 % de los casos opina que al paciente no se le discrimina por ninguna razón pocas veces o nunca, (como puede verse en la Tabla 12 y de 46 a 48 en Anexo). Esta opinión en función del sexo, tipo de contrato y años de experiencia en UCI se distribuye así: El masculino opina lo anterior en el 0 % y el femenino en el 12.5%, el fijo en el 10.5 % frente 10 % del no fijo, con más de 16 años de experiencia en el 9.52 % frente 12.5 % del personal con menos de 16. Tabla 12. Frecuencias de opinión sobre si no se le discrimina por ninguna razón

Siempre Habitualmente Nunca Total No contesta Total

Frecuencia 5 21 3 29 3 32

Porcentaje válido 17,2 72,4 10,3 100,0

-SE OBTIENE SU CONSENTIMIENTO EN CASO DE FORMAR PARTE DE UNA INVESTIGACIÓN CLÍNICA Opinan que pocas veces o nunca se obtiene el consentimiento del paciente en caso de formar parte de una investigación clínica el 42.9 % de los entrevistados, (como puede verse en la Tabla 13 y de 50 a 52 de Anexo). Esta opinión en función del sexo, tipo de contrato y años de experiencia en UCI se distribuye así:

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán El masculino opina lo anterior en el 28.57 %, el femenino en el 47,61%, el personal fijo el 47.36 % frente 33.3 % del personal no fijo, con más de 16 años de experiencia el 47.61 % frente al 28.57 % del personal con menos de 16. Tabla 13. Frecuencias de opinión sobre si se obtiene su consentimiento en caso de formar parte de una investigación clínica Frecuencia Siempre 4 Habitualmente 12 Pocas veces 8 Nunca 4 Total 28 No contesta 4 Total 32

Porcentaje válido 14,3 42,9 28,6 14,3 100,0

-SE RESPETA SU INTIMIDAD El 31.3 % de los casos opina que pocas veces se respeta la intimidad del usuario, (tabla 14 y de 54 a 56 en Anexos). Esta opinión en función del sexo, tipo de contrato y años de experiencia en UCI se distribuye así: El masculino opina lo anterior en el 87.5 % frente al 12.5% femenino, el fijo el 36.36 % frente 20 % del no fijo, con más de 16 años de experiencia, el 33.33 % frente al 25 % del personal con menos de 16.

Tabla 14. Frecuencias de opinión sobre si se respeta su intimidad Frecuencia Válidos Siempre 2 Habitualmente 20 Pocas veces 10 Total 32

Porcentaje válido 6,3 62,5 31,3 100,0

-SE CONSULTA SU TESTAMENTO VITAL El 88.8 % de los casos contesta que pocas veces o nunca se consulta el testamento vital del usuario, (como puede verse en la Tabla 15 y de 58 a 60 de Anexo). Esta misma opinión en función del sexo, tipo de contrato y años de experiencia en UCI se distribuye así: El masculino opina lo anterior en el 100 %, el 85.71 % femenino, el fijo en el 94.44 % frente al 77.78 % del no fijo, con más de 16 años de experiencia en el 86.36 % frente 100 % del personal con menos de 16 años de experiencia. Tabla 15. Frecuencias de opinión sobre si se consulta su testamento vital 17


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Siempre Habitualmente Pocas veces Nunca Total No contesta Total

Frecuencia 1 2 12 12 27 5 32

Porcentaje válido 3,7 7,4 44,4 44,4 100,0

-SE CUSTODIA SU DOCUMENTACIÓN El 18.8 % de los casos opina que pocas veces o nunca se custodia la documentaciuón del paciente, (como puede verse en la Tabla 16 y de 62 a 64 de Anexo). Esta misma opinión en función del sexo, tipo de contrato y años de experiencia en UCI se distribuye así: El masculino opina lo anterior en el 25 % frente al 16.66 % femenino, el fijo en el 18.18 % de los casos frente 20 % del no fijo, con más de 16 años de experiencia en el 25 % frente 0 % del personal con menos de 16. Tabla 16. Frecuencias de opinión sobre si se custodia su documentación Frecuencia Siempre 10 Habitualmente 16 Pocas veces 6 Total 32

Porcentaje válido 31,3 50,0 18,8 100,0

-SE MANTIENE EL SECRETO PROFESIONAL El 18.8 % de los casos considera que pocas veces o nunca se mantiene el secreto profesional, (como puede verse en la Tabla 17 y de 66 a 68 de Anexo). Esta misma opinión en función del sexo, tipo de contrato y años de experiencia en UCI se distribuye así: El masculino opina lo anterior en el 25 % frente al 16.66 % femenino, el fijo en el 22.72 % frente 10 % del no fijo, con más de 16 años de experiencia en el 25% frente 0 % del personal con menos de 16. Tabla 17. Frecuencias de opinión sobre si se mantiene el secreto profesional

Siempre

Frecuencia Porcentaje válido 4 12,5

18


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Habitualmente 22 Pocas veces 6 Total 32

68,8 18,8 100,0

-SE DIVULGA ALGUNA INFORMACIÓN REFERENTE AL USUARIO El 62.5 % de los casos opina que pocas veces o nunca se divulga alguna información referente al usuario, (como puede verse en la Tabla 18 y de 70 a 72 de Anexo). Esta misma opinión en función del sexo, tipo de contrato y años de experiencia en UCI se distribuye así: El masculino opina lo anterior en el 12.5 % frente al 79.16 % femenino, el fijo en el 63.63 % frente 60 % del no fijo, con más de 16 años de experiencia en el 58.33 % frente 75 % del personal con menos de 16 años de experiencia. Tabla 18. Frecuencias de opinión sobre si se divulga alguna información referente al usuario

Habitualmente Pocas veces Nunca Total

Frecuencia 12 15 5 32

Porcentaje válido 37,5 46,9 15,6 100,0

E) PERCEPCIÓN DE NECESIDAD DE FORMACIÓN -SIENTEN LA NECESIDAD DE FORMACIÓN EN ESTOS TEMAS El 79,3 % contesta afirmativamente, es decir, expresan necesidad de formación en estos temas, (como puede verse en la Tabla 19 y tablas de 74 a 80 de Anexo). Esta misma opinión en función de la categoría profesional da como resultado que el 41.66% de quienes lo dicen son enfermeras frente al 60% que son personal auxiliar. - TEMÁTICAS Cuando pedimos que especifiquen en qué temas concretos sienten necesidad de formación, solo contesta el 40%, nombrando el testamento vital, asistencia psicológica al familiar de paciente de UCI, limitación del esfuerzo terapéutico en una enfermedad terminal, derechos y deberes, en general, y la ley reguladora de la autonomía del paciente. Al pedirle sugerencias nos dicen “Que se pongan en contacto con la Facultad de Psicología para que los estudiantes en prácticas vengan" y “Tener la información para el paciente a modo de octavillas”.

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Tabla 19. Frecuencias de opinión sobre si sienten la necesidad de formación en estos temas

Frecuencia No 6 Si 23 Total 29 No contesta 3 Total 32

Porcentaje válido 20,7 79,3 100,0

F) SUPUESTOS PRÁCTICOS SOBRE CONFIDENCIALIDAD Por último, recogemos los resultados referidos a 11 supuestos prácticos en los que se les pedía a los participantes que se pronunciaran sobre la conveniencia de revelar y la dificultad que les suponía decidir sobre cada caso.

CASO Nº 1: Niño que presenta signos de malos tratos. El 12.5% afirma que su actitud sería no revelar o no saben. La decisión le parece al 76.7% fácil o muy fácil. (Como puede verse en la Tabla 20 y tablas de 82 a 84 de Anexo) Tabla 20. Caso1. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad Frecuencia Actitud si revelar 27 Actitud no revelar 1 Actitud no sabe 3 No contesta 1 Total 32

Porcentaje 84,4 3,1 9,4 3,1 100,0

CASO Nº 2: Politraumatizado adolescente (+) a tóxicos que no quiere informar a sus padres. El 33 % no revelaría o no saben. La decisión le parece al 76.7% fácil o muy fácil (ver Tabla 21 y de 86 a 90 de Anexo). Tabla 21. Caso 2. Frecuencias de opinión sobre supuestos prácticos de confidencialidad en función de la profesión del entrevistado Profesión

Total

20


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán ENFERMERA Caso2 Actitud si revelar 16 Actitud no revelar 8 Total 24

Auxiliar de Enfermería 2 18 6 14 8 32

CASO Nº 3: Varón con diagnóstico de enfermedad de transmisión sexual (ETS), cuya esposa solicita conocer los resultados de las pruebas de serología. El 40.6 % no revelaría o no saben. La decisión le parece al 60% fácil o muy fácil. (Como puede verse en la Tabla 22, y de 92 a 96 de Anexo). Tabla 22. Caso 3. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad

Frecuencia Válidos Actitud si revelar 19 Actitud no revelar 13 Total 32

Porcentaje válido 59,4 40,6 100,0

CASO Nº 4: Paciente con cáncer terminal que lo quiere ocultar a su familia. El 87.5 % no revelaría o no saben. La decisión le parece al 60.7% fácil o muy fácil. (Como puede verse en la Tabla 23 y de 98 a 102 de Anexo). Tabla 23. Caso 4. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad Frecuencia Actitud si revelar 4 Actitud no revelar 28 Total 32

Porcentaje válido 12,5 87,5 100,0

CASO Nº 5: Madre de víctima mortal de conductor suicida ingresado por politraumatismo que pregunta por resultados de tóxicos. El 59.4 % no revelaría o no saben. La decisión le parece al 75.9% fácil o muy fácil. (Como puede verse en la Tabla 24 y desde 104 a 108 de Anexo) Tabla 24. Caso 5. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad

Frecuencia Porcentaje válido Actitud si revelar 13 40,6

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Actitud no revelar Total

19 32

59,4 100,0

CASO Nº 6. Enfermo seropositivo para el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH) que se niega a informar a su pareja. El 40.6 % no revelaría o no saben. La decisión le parece al 67.9% fácil o muy fácil. (Como puede verse en la Tabla 25 y de 110 a 114 de Anexo). Tabla 25.Caso 6. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad Frecuencia Actitud si revelar 19 Actitud no revelar 13 Total 32

Porcentaje válido 59,4 40,6 100,0

CASO Nº 7. Abogado que trata de informarse y recoger datos clínicos sobre la estancia hospitalaria de su defendido para denunciar. El 68.8 % no revelaría o no saben. La decisión le parece al 89.3% fácil o muy fácil. (Como puede verse en la Tabla 26 y de 116 a 120 de Anexo). Tabla 26. Caso 7. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad Frecuencia Actitud si revelar 10 Actitud no revelar 22 Total 32

Porcentaje válido 31,3 68,8 100,0

CASO Nº 8: Juez que reclama datos de la historia clínica de un paciente hospitalizado sin especificar motivos. El 71.9 % no revelaría o no saben. La decisión le parece al 92.6% fácil o muy fácil. (Como puede verse en la Tabla 27 y de 122 a 126de Anexo). Tabla 27. Caso 8. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad Frecuencia Porcentaje válido

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Actitud si revelar Actitud no revelar Actitud no sabe Total

9 16 7 32

28,1 50,0 21,9 100,0

CASO Nº 9: Persona que pregunta por el diagnóstico o datos clínicos de un familiar. El 71.9 % no revelaría o no saben La decisión le parece al 64.3% fácil o muy fácil. (Como puede verse en la Tabla 28 y de 128 a 132 de Anexo). Tabla 28. Caso 9. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad Frecuencia Actitud si revelar 11 Actitud no revelar 13 Actitud no sabe 6 No contesta 2 Total 32

Porcentaje válido 36,7 43,3 20,0

CASO Nº 10. Investigador sanitario que solicita ver las historias clínicas de los pacientes con fines científicos o docentes. El 68.8 % no revelaría o no saben La decisión le parece al 72.4 % fácil o muy fácil. (Como puede verse en la Tabla 29 y de 134 a 138 de Anexo) Tabla 29.Caso 10. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad Frecuencia Actitud si revelar 10 Actitud no revelar 20 Actitud no sabe 2 Total 32

Porcentaje válido 31,3 62,5 6,3 100,0

CASO Nº 11. Servicio médico de empresa que pide información clínica sobre un trabajador hospitalizado por baja laboral. El 68.8 % no revelaría o no saben. La decisión le parece al 76.9% fácil o muy fácil. (Como puede verse en la Tabla 30 y de 140 a 144 de Anexo). Tabla 30. Caso 11. Frecuencias de opinión de ssupuestos prácticos sobre confidencialidad

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Actitud si revelar Actitud no revelar Actitud no sabe Total

Frecuencia 11 14 6 31

Porcentaje válido 35,5 45,2 19,4 100,0

Finalmente, decidimos hacer un análisis Chi-cuadrado para cada uno de los supuestos prácticos, tanto en lo que se refiere a la decisión de revelar o no hacerlo, y también en cuanto al nivel de dificultad que implicaba cada una de las decisiones. En la Tabla 31 presentamos los resultados. Tabla 31. Chi cuadrado para cada uno de los supuestos prácticos CASO/DECISIÓN Caso Nº 1 Decisión nº 1 Caso nº 2 Decisión nº 2 Caso nº 3 Decisión nº 3 Caso nº 4 Decisión nº 4 Caso nº 5 Decisión nº 5 Caso nº 6 Decisión nº 6 Caso nº 7 Decisión nº 7 Caso nº 8 Decisión nº 8 Caso nº 9 Decisión nº 9 Caso nº 10 Decisión nº 10 Caso nº 11 Decisión nº 11

Chi cuadrado 27,129 38,000 0,500 27,667 1,125 14,667 18,000 28,429 1,125 19,414 1,125 19,714 4,500 23,143 4,188 32,111 2,600 23,429 15,250 17,483 3,161 13,692

Gl 1 3 1 4 1 4 1 4 1 3 1 3 1 3 2 3 2 4 2 3 2 3

Sign. 0,000* 0,000* 0,480 0,000* 0,289 0,005* 0,000* 0,000* 0,289 0,000* 0,289 0,000* 0,034* 0,000* 0,123 0,000* 0,273 0,000* 0,000* 0,001* 0,206 0,003*

De acuerdo con estos resultados, encontramos que en los casos nº 2, nº 3, nº 5, nº 6, nº 8, nº 9 y nº 11, existen resultados más dispares en cuanto a la decisión de revelar, o no hacerlo. En el resto de los casos, los resultados señalan que hay una mayoría de profesionales que se decantan por la misma opción: revelar en el caso nº 1, y no hacerlo en los casos nº 4, nº 7 y nº 10. Por otra parte, en cuanto a la dificultad que han percibido en los casos presentados, los resultados señalan que la mayoría de los profesionales han tomado la decisión resultándoles, en todos los casos, muy fácil hacerlo.

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

DISCUSIÓN Al comenzar este trabajo, nuestros objetivos eran evaluar el nivel de formación, conocimientos y percepción sobre diversos aspectos bioéticos entre los profesionales de la salud en ejercicio en un ámbito tan determinante como es una Unidad de Cuidados Intensivos. También se pretendía identificar su opinión acerca del grado de respeto a los principales derechos básicos de los usuarios y detectar los principales problemas éticos a los que se enfrentan estos profesionales en su trabajo. La hipótesis de trabajo era que se detectarían lagunas en el conocimiento de aspectos éticos que quedarían reflejados, fundamentalmente, en las dificultades para identificar los límites de la confidencialidad de los casos prácticos y en los errores que cometan a la hora de considerar los casos en los que sí es necesario revelar. Por último, suponíamos que los propios profesionales manifestarían necesidades de formación en este ámbito. En primer lugar, podemos comentar que ha existido una reticencia a participar en este estudio del 26%, quizás por el cansancio o la desmotivación, siendo en cualquiera de los casos un obstáculo para lograr una muestra representativa. Se va dibujando, además, un perfil marcado por las variables sexo, tipo de contrato, años de servicio y pertenencia al grupo de auxiliares o enfermeras. La inestabilidad laboral en casi el 32% de la población muestra cuando menos una desintonía con los anuncios oficiales que hablan del 95% de estabilidad laboral de la plantilla (15), teniendo en cuenta que las encuestas, aunque se presentaron en Septiembre, comenzaron a ser cumplimentadas en el mes de Octubre y Noviembre, periodo en el que ya han pasado las sustituciones de verano y todavía no han llegado las de Navidad. Estos resultados nos llevan a pensar que en éste Hospital en concreto los datos de inestabilidad en el empleo son mayores de media. La feminización del colectivo (88%), concuerda con el estudio de Matilde Celma Vicente (16), quien atribuye a este hecho el que enfermería no haya terminado de desprenderse de su simbología femenina, persistiendo además los patrones de comportamiento androcéntricos y corporativistas de la medicina. Los profesionales piensan que el usuario conoce la carta de derechos y deberes mejor que ellos (59% frente al 71%), quizás esto enmascara una percepción amenazante del paciente, exigente en el ejercicio de sus derechos, aunque según otros autores (17) los pacientes declaran conocer sus derechos en solo un 41%. Desconocemos el marco legislativo en el que debemos movernos, de ahí la importancia de detectar estas áreas de mejora en las que se puede trabajar. Quizás se podría proponer a la Unidad de Formación del profesional talleres sobre estos temas que doten a los profesionales de esta herramienta, necesaria cada vez más en un ambiente donde no es infrecuente la demanda, y que nos dé la seguridad que nuestras buenas prácticas requieren.

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán En el estudio de Hernández González sobre ética en UCI (18), los médicos reconocieron que en su UCIP se presentaban problemas de ética asistencial en el 96,8%, aquí las enfermeras encuentran problemas éticos en el 88% y las auxiliares en el 62,5%. Estos decrecientes porcentajes plasman a mi entender la no participación en la toma de decisiones y el cuerpo ideológico que ocultan (10), donde a veces te topas con la frase “eso es función del médico”, que a mi entender enmascara en este campo un cierto abandono de las competencias profesionales propias. Hay un grupo de preguntas referentes a actividades que realizan principalmente el colectivo médico que se percibe que se hacen pocas veces o nunca, tales como la consulta del testamento vital (88,8%), si se obtiene su consentimiento en caso de formar parte de una investigación clínica (43%), el respeto a la decisión del paciente respecto al tratamiento (45%), y si se le informa de su situación adecuadamente, con las alternativas posibles de tratamiento (12,5%). Lamentablemente, no disponemos de referencias que permitan comparar con datos objetivos estas apreciaciones que pudieran ser subjetivas, ya que a veces lo que no vemos creemos que no se hace, sobre todo si no hay testimonio en la Historia Clínica. Por otra parte, actividades conjuntas del equipo asistencial se percibe que se hacen pocas veces o nunca, como es la custodia de la documentación (18,8%), la discriminación por algún motivo (10,3%), el respeto a la confidencialidad (9,4%), la intimidad (31%), si se mantiene el secreto profesional (18,8%) o el divulgar alguna información (37,5% habitualmente). Esto, quizás sea una autocrítica, o una denuncia encubierta de una situación que no se percibe como una buena práctica observada en otros. Ejercicio de autocrítica y detección de áreas de mejora se refleja en el hecho de que hasta el 71% revela que tiene necesidad de formación en estos temas, justifica este dato por sí mismo el proyecto de investigación, y nos orienta sobre las carencias detectadas en uno mismo y en los otros, en un ejercicio de sinceridad que debemos volver a agradecer a las enfermeras y auxiliares de enfermería que han querido colaborar en este trabajo. Al revisar las tablas de contingencia encontramos datos que parecen enfrentarse, como por ejémplo, cuando el colectivo femenino que dice no conocer la ley, siente necesidad de formación, al igual que el colectivo fijo que dice si conocer la ley. Se detecta una sensación de carencias formativas, quizás favorecida por la escala de valores del colectivo del que habla Matilde Celma Vicente (16). Para concluir respecto a los casos prácticos, recordar solo que está justificada la violación del secreto profesional en aquellas situaciones que puedan suponer peligro para la salud pública o para terceras personas, aquellos casos en los que atienden a personas que hayan podido ser víctimas de delito, para denunciar un caso de mala praxis y cuando se es requerido como testigo a un juicio. Nuestros resultados señalan que hay una mayoría de profesionales que se decantan por la misma opción: revelar en el caso Nº 1, -niño que presenta signos de malos tratos- y no hacerlo en los casos Nº 4, -paciente con cáncer terminal que lo quiere ocultar a su familia-; Nº 7 ,- abogado que trata de informarse y recoger datos clínicos sobre la estancia hospitalaria de su defendido para denunciar-, y Nº 10,- investigador 26


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán sanitario que solicita ver las historias clínicas de los pacientes con fines científicos o docentes. Si observamos las variables sociodemográficas de los que van contra corriente, es decir la que no revelaría que un niño ingresado tiene signos de maltrato, su espeluznante perfil es el de mujer, eventual, menor de 35 años. El de las mujeres que revelarían contra la voluntad del enfermo oncológico que está en un proceso terminal es el de auxiliar, fija, menor de 35 años. Favorecerían el trabajo de un abogado que viene a denunciar el mismo perfil anterior, y por último le darían al investigador lo que necesitara por su cuenta y riesgo, por primera vez los hombres, enfermeros, eventuales mayores de 35 años. También hablar de las limitaciones del trabajo, dado el poco volumen de datos y su aplicación a un solo centro, no se puede extrapolar a ningún otro colectivo, de manera que sólo podemos describir esta población. En gran parte se han confirmado las hipótesis de las que se partían. Nos ha sorprendido el acierto en las contestaciones respecto a los supuestos prácticos de confidencialidad, si bien creemos que esto se ha debido a que el personal de enfermería cree que son funciones del médico exclusivamente, algunas que también les pertenecen. Este estudio de cara al futuro es un primer paso en la identificación de las necesidades de formación en bioética de este colectivo. En el entorno asistencial los problemas éticos surgen con frecuencia, y el desconocimiento y la falta de formación del personal de enfermería impiden que puedan enfrentarse a ellos con excelencia. CONCLUSIONES He encontrado un colectivo con alguna reticencia a participar, que forman una plantilla estable, femenina, madura, con cierta desconfianza hacia el usuario, con poco intercambio de información en estas cuestiones con el colectivo médico, con necesidad sentida de formación, poco participante en la toma de decisiones y con desconocimiento legal respecto al tratamiento de la información del paciente. Todo ello, como hemos señalado, refleja la necesidad de formación específica en el ámbito de la bioética.

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán BIBLIOGRAFIA 1.- Arantón Areosa L., Rumbo Prieto J.M., Sierto Díaz E., Linares Ocampo P., Romero Dopico P., Campos Manivesa J.M. 2003. El secreto profesional en la práctica de enfermería. . Revista Enfermería cardiovascular 2.-.María Antonia Fernández Lamelas. Teresa Álvarez Rodríguez. José Manuel Ramiro Fernández. Salomé Martínez de Santiago. 2008. El respeto a la intimidad. El secreto profesional en enfermería. Cuadernos Bioética. 3.- Blanca Gutierrez, Joaquín Jesús et al. 2008. La intimidad en el Hospital: La experiencia de los pacientes, sus familias y las enfermeras. Index Enferm. Vol.17, n.2 4.-José María Álvarez-Cienfuegos. 1996. Ponencia “El secreto y el nuevo código penal”. Madrid. 5.- Constitución española. Art.18 6.- Ley 41/2002, de 14 de Noviembre, Básica Reguladora de la autonomía del paciente y de Derechos y obligaciones en materia de información y Documentación Clínica 7.- http://www.seeiuc.com/profesio/night.htm 8.- http://www.terra.es/personal/duenas/codigointer.htm 9.- http://www.colegioenfermeriamalaga.com/index.php?id=74 10.- http://www.unav.es/cdb/intenfermeras.html 11.- http://www.enfermeriaencardiologia.com/profesion/etica/codigos.htm#CGE 12.- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 13. http://www.hvn.es/comp_hospitalario/estructura_organizativa/organigrama_gestion/ind ex_accesible.php 14.- Arantón Areosa L., Rumbo Prieto J.M., Sierto Díaz E., Linares Ocampo P., Romero Dopico P., Campos Manivesa J.M. 2003. El secreto profesional en la práctica de enfermería. . Revista Enfermería cardiovascular 15.http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/principal/noticia.asp?codcon tenido=5060) 16.- Matilde Celma Vicente, Ángel Acuña Delgado. 2009. Influencia de la feminización de la enfermería en su desarrollo profesional. Revista de antropología experimental. Págs. 119-136 17.- http://www.ujaen.es/dep/derpen/filmoral/etica_enfermeria/etica_enfermeria.html

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán 18.- A. Hernández González, Mª T. Hermana Tésanos, R. Hernández Rastrollo, F. J. Cambra Lasaosa, A. Rodríguez Núñez, I. Failde y Grupo de Ética de la SECIP 2006. Encuesta de ética en las unidades de cuidados intensivos pediátricos españolas Anales de Pediatría. Volumen 6, Págs. 542-549

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán ANEXOS. ENCUESTA Hola. Estoy haciendo un estudio sobre la confidencialidad. Necesito tu ayuda para obtener los datos. Cuando la rellenes, me la reenvías. Mi correo es tutasuci@yahoo.es si eres tan amable de dejarla en el ordenador para quien quiera rellenarla te lo agradecería. Muchas gracias. Mª Angustias Encuesta a profesionales La presente encuesta es de carácter anónimo, por lo que te agradecemos anticipadamente tu participación. El objetivo que perseguimos, dada la importancia de los aspectos bioéticos en nuestra labor profesional, es: Estudio del tratamiento de la confidencialidad de la información sanitaria. Conocer la percepción en el tratamiento de la información por parte del personal sanitario Una vez obtenidos los datos generales te los haremos llegar, esperando que nos ayuden a elevar la calidad de nuestros cuidados. MUCHAS GRACIAS POR TU COLABORACIÓN.

1.- Profesión: Enfermera [ ] Auxiliar de Enfermería [ ] 2.- Sexo:

Hombre

3.- Creencias: Ateo (_______________) 4.- Edad:

<25 años

5.- Contrato: Fijo

[ ] Mujer [ ] Católico

[] []

Otra

[]

[ ] 25-35 años

[]

> 35

[]

[ ] Eventual

[]

Interino [ ]

6.-Años de trabajo en Intensivos.  Más de 20  De 16 a 20  De 11 a 15  De 5 a 10  Menos de 5 ¿Conoces la existencia de la carta de derechos y deberes del usuario del SAS?  Sí  No ¿Conoces el contenido de la carta de derechos y deberes del usuario del SAS? 30


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán  Sí  No  En parte ¿Crees que los usuarios conocen sus derechos?  Sí  No  En parte ¿Conoces la existencia de la Ley 41/2002, reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica?  Sí  No ¿Conoces el contenido de la Ley 41/2002, reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica?  Sí  No  En parte En tu quehacer profesional ¿Te enfrentas habitualmente a problemas éticos?  Sí  No  A veces Por favor Especifica cuáles _________________________________ _________________________________ _________________________________ _________________________________ _________________________________ _________________________________

En términos generales, ¿Cuál es tu opinión respecto a las siguientes afirmaciones referentes al usuario? Siempre Habitualmente Pocas Nunca Veces Se respeta su dignidad Se le informa de su situación adecuadamente, con las alternativas posibles de tratamiento Se respeta su opinión respecto al tratamiento Se respeta la confidencialidad No se le discrimina por ninguna razón Se obtiene su consentimiento en caso de formar parte de una investigación clínica 31


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Se respeta su intimidad Se consulta su testamento vital Se custodia su documentación Se mantiene el secreto profesional Se divulga alguna información

¿Sientes la necesidad de formación en estos temas?  No  Si ¿En qué temas concretos?_____________________________ _____________________________

Por favor te agradeceremos que aportes todas aquellas sugerencias y observaciones que consideres oportunas. ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ____________________________________________________________________ Por favor, contesta “si” o “no” según como interpretes los siguientes supuestos prácticos sobre confidencialidad, así como, el grado de dificultad que te ha supuesto tomar la decisión en cada caso concreto. CASOS PRÁCTICOS SOBRE CONFIDENCIALIDAD

ACTITUD ACTITUD ACTIT SI NO UD REVELAR REVELAR NO SABE

DECISI ÓN (de 1 a 5)*

Caso Nº: Niño que presenta signos de malos tratos. Caso nº 2: Politraumatizado adolescente (+) a tóxicos que no quiere informar a sus padres. Caso nº 3: Varón con diagnóstico de enfermedad de transmisión sexual (ETS), cuya esposa solicita conocer los resultados de las pruebas de serología. Caso Nº4: Paciente con cáncer terminal que lo quiere ocultar a su familia.

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Caso Nº5: Madre de víctima mortal de conductor suicida ingresado por politraumatismo que pregunta por resultados de tóxicos Caso Nº6: Enfermo seropositivo para el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH) que se niega a informar a su pareja. Caso Nº7: Abogado que trata de informarse y recoger datos clínicos sobre la estancia hospitalaria de su defendido para denunciar Caso Nº8: Juez que reclama datos de la historia clínica de un paciente hospitalizado sin especificar motivos. Caso Nº9: Persona que pregunta por el diagnóstico o datos clínicos de un familiar. Caso Nº 10: Investigador sanitario que solicita ver las historias clínicas de los pacientes con fines científicos o docentes. Caso Nº 11: Servicio médico de empresa que pide información clínica sobre un trabajador hospitalizado por baja laboral. (*) Grado de dificultad en la toma de decisión. (1- Muy fácil, 2- fácil, 3-normal, 4difícil, 5-muy difícil)

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán TABLAS Tabla 1. Conocimiento de la existencia de la carta de derechos y deberes del usuario del SAS, en función del nivel profesional

Edeberes Sí No Total

Profesión Enfermera/ o 12 12 24

Auxiliar de Enfermería 7 1 8

Total 19 13 32

Tabla 2. Conocimiento de la existencia de la carta de derechos y deberes del usuario del SAS, en función del tipo de contrato

Edeberes Sí No Total

Contrato Fijo 13 9 22

Eventual 4 4 8

Interino 2 0 2

Total 19 13 32

Tabla 3. Conocimiento de la existencia de la carta de derechos y deberes del usuario del SAS, en función de los años de experiencia

Experiencia

Edeberes Sí No Total

Más de 20 años 8 1 9

De 16 a 20 6 9 15

De 11 a 15 1 0 1

De 5 a 10 3 0 3

Menos de 5 años 1 3 4

Total 19 13 32

Tabla 4. Conocimiento del contenido de la carta de derechos y deberes del usuario del SAS, en función del tipo de contrato Cdeberes Si No En parte Contrato Fijo 3 13 6 Eventual 1 5 2 Interino 0 0 2 Total 4 18 10

Total 22 8 2 32

34


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Tabla 5. Conocimiento del contenido de la carta de derechos y deberes del usuario del SAS, en función de los años de experiencia Edeberes Sí No Total Edad <25 Años 2 1 3 25-35 0 1 1 Años >35 Años 17 11 28 Total 19 13 32

Tabla 6. Conocimiento del contenido de la carta de derechos y deberes del usuario del SAS, en función del sexo Cdeberes Si No En parte Sexo Hombre 0 6 2 Mujer 4 12 8 Total 4 18 10

Total 8 24 32

Tabla 7. Conocimiento de la existencia de la Ley 41/2002, en función del nivel profesional

Profesió n Total

ENFERMERA Auxiliar de Enfermería

ELey Si 8

No 16

Total 24

3

5

8

11

21

32

Tabla 8. Conocimiento de la existencia de la Ley 41/2002 en función de los años de experiencia ELey Si No Experiencia Más de 20 años 2 7 De 16 a 20 6 9 De 11 a 15 1 0 De 5 a 10 0 3 Menos de 5 años 2 2 Total 11 21

Total 9 15 1 3 4 32

Tabla 9. Conocimiento de la existencia de la Ley 41/2002 en función del sexo

35


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

ELey Si No Total

Sexo Hombre 4 4 8

Mujer 7 17 24

Total 11 21 32

Tabla 10. Conocimiento del contenido de la Ley 41/2002, en función del tipo de contrato

CLey Si No En parte Total

Contrato Fijo Eventual Interino 3 0 1 14 6 0

Total 4 20

5

2

1

8

22

8

2

32

Tabla 11. Conocimiento del contenido de la Ley 41/2002, en función del sexo

CLey Si No En parte Total

Sexo Hombre 1 6

Mujer 3 14

Total 4 20

1

7

8

8

24

32

Tabla 12. Conocimiento del contenido de la Ley 41/2002, en función de los años de experiencia Experiencia

CLey Si No En parte Total

Más de 20 años 2 6

De 16 a 20 2 9

De 11 a 15 0 0

De 5 a 10 0 2

Menos de 5 años 0 3

Total 4 20

1

4

1

1

1

8

9

15

1

3

4

32

36


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Tabla 13. Frecuencias de enfrentamiento a problemas éticos

Válidos Sí No A veces Total

Frecuencia 19 5 8 32

Porcentaje 59,4 15,6 25,0 100,0

Tabla 14. Frecuencias de opinión sobre si se respeta su intimidad Frecuencia Porcentaje válido Válidos Siempre 2 6,3 Habitualmente 20 62,5 Pocas veces 10 31,3 Total 32 100,0 Tabla 15. Frecuencias de opinión sobre si se consulta su testamento vital

Frecuencia Siempre 1 Habitualmente 2 Pocas veces 12 Nunca 12 Total 27 No contesta 5 Total 32

Porcentaje válido 3,7 7,4 44,4 44,4 100,0

TABLA 16. Recuentos de enfrentamiento a problemas éticos en función de la experiencia

Péticos Sí No Experiencia Más de 20 años 6 2 De 16 a 20 9 2 De 11 a 15 0 1 De 5 a 10 0 0 Menos de 5 años 4 0 Total 19 5

A veces 1 4 0 3 0 8

Total 9 15 1 3 4 32

Tabla 17. Frecuencias de opinión sobre si se mantiene el secreto profesional

37


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Siempre Habitualmente Pocas veces Total

Frecuencia 4 22 6 32

Porcentaje válido 12,5 68,8 18,8 100,0

Tabla 18 Recuentos de enfrentamiento a problemas éticos en función del sexo. Péticos Sí No Sexo Hombre 6 1 Mujer 13 4 Total 19 5

A veces 1 7 8

Total 8 24 32

Tabla 19 Recuentos de enfrentamiento a problemas éticos en función de la Profesión.

Péticos Sí No Profesión ENFERMERA 14 2 Auxiliar de Enfermería 5 3 Total 19 5

En parte 8 0 8

Total 24 8 32

Tabla 20. Frecuencia de problemas éticos declarados.

Válidos

Donaciones Información sobre la enfermedad

Porcentaje Frecuencia válido 7 38,9 1

5,6

1

5,6

2

11,1

Pacientes vegetativos Ensañamiento terapéutico en personas mayores o con muy mal pronostico

1

5,6

3

16,7

Alimentación Eutanasia Desconexión de respirador

1 1

5,6 5,6

1

5,6

Total

18

100,0

Familiares que quieren saber de su paciente Limitación del esfuerzo terapéutico en paciente terminal

38


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Perdidos Sistema Total

14 32

Tabla 21. Recuentos de enfrentamiento a problemas éticos en función de la profesión.

Profesión Auxiliar de ENFERMERA Enfermería 7 0

Total 7

0

1

1

0

1

1

2

0

2

Pacientes vegetativos 1 Ensañamiento terapéutico en personas mayores o con muy mal 2 pronostico

0

1

1

3

Alimentación Eutanasia Desconexión de respirador

1 1

0 0

1 1

1

0

1

15

3

18

Especifica Donaciones Información sobre la enfermedad Familiares que quieren saber de su paciente Limitación del esfuerzo terapéutico en paciente terminal

Total

Tabla 22. Recuentos de enfrentamiento a problemas éticos en función del Sexo.

Especifica Donaciones Información sobre la enfermedad

Sexo Hombre Mujer Total 3 4 7 0

1

1

Familiares que quieren saber de su paciente

0

1

1

Limitación del esfuerzo terapéutico en paciente terminal

0

2

2

Pacientes vegetativos Ensañamiento terapéutico en personas mayores o con muy mal pronostico

0

1

1

0

3

3

Alimentación Eutanasia

0 1

1 0

1 1

39


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Desconexión de respirador Total

0

1

1

4

14

18

Tabla 23. Recuentos de enfrentamiento a problemas éticos en función de las creencias.

Creencias

Especifica Donaciones Información sobre la enfermedad Familiares que quieren saber de su paciente Limitación del esfuerzo terapéutico en paciente terminal Pacientes vegetativos Ensañamiento terapéutico en personas mayores o con muy mal pronostico Eutanasia Desconexión de respirador Total

dice ser Ateo Católico Otras agnóstica 3 2 2 0

Total 7

0

1

0

0

1

0

1

0

0

1

0

2

0

0

2

0

1

0

0

1

1

2

0

0

3

1

0

0

0

1

0

0

0

1

1

5

9

2

1

17

Tabla 24. Recuentos de enfrentamiento a problemas éticos en función de la edad.

Edad <25 Años 1

>35 Años 6

Total 7

0

1

1

Familiares que quieren saber de su paciente

0

1

1

Limitación del esfuerzo terapéutico en paciente terminal

0

2

2

Pacientes vegetativos Ensañamiento terapéutico en personas mayores o con muy mal pronostico

0

1

1

0

3

3

Alimentación

0

1

1

Especifica Donaciones Información sobre la enfermedad

40


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Eutanasia Desconexión de respirador Total

0

1

1

0

1

1

1

17

18

Tabla 25. Recuentos de enfrentamiento a problemas éticos en función del contrato.

Contrato Fijo Eventual Interino Total 5 2 0 7

Especifica Donaciones Información sobre la enfermedad

1

0

0

1

1

0

0

1

2

0

0

2

Pacientes vegetativos Ensañamiento terapéutico en personas mayores o con muy mal pronostico

1

0

0

1

3

0

0

3

Alimentación Eutanasia Desconexión de respirador

0 1

0 0

1 0

1 1

1

0

0

1

15

2

1

18

Familiares que quieren saber de su paciente Limitación del esfuerzo terapéutico en paciente terminal

Total

Tabla 26 Recuentos de enfrentamiento a problemas éticos en función de la Experiencia.

Especifica Donaciones Información sobre la enfermedad Familiares que quieren saber de su paciente Limitación del esfuerzo terapéutico en paciente terminal Pacientes vegetativos Ensañamiento terapéutico en personas mayores o con muy mal pronostico

Experiencia De Más de 16 a 20 años 20 1 6

Menos de 5 años 0

Total 7

0

0

1

1

1

0

0

1

0

0

2

2

0

1

0

1

1

2

0

3

41


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Alimentación Eutanasia Desconexión de respirador Total

0 0

1 1

0 0

1 1

0

0

1

1

3

11

4

18

Tabla 27. Recuentos de enfrentamiento a problemas éticos en función del conocimiento de los encuestados de la carta de derechos y deberes de los usuarios.

Cdeberes En Si No parte 0 6 1

Total 7

0

1

0

1

Familiares que quieren saber de su paciente

1

0

0

1

Limitación del esfuerzo terapéutico en paciente terminal

0

2

0

2

Pacientes vegetativos Ensañamiento terapéutico en personas mayores o con muy mal pronostico

0

0

1

1

1

2

0

3

Alimentación Eutanasia Desconexión de respirador

0 0

0 1

1 0

1 1

1

0

0

1

3

12

3

18

Especifica Donaciones Información sobre la enfermedad

Total

Tabla 28. Recuentos de enfrentamiento a problemas éticos en función del Conocimiento de la Ley 41/2002.

Cley En Si No parte 1 4 2

Total 7

0

1

0

1

Familiares que quieren saber de su paciente

1

0

0

1

Limitación del esfuerzo terapéutico en paciente terminal

0

2

0

2

Pacientes vegetativos

0

0

1

1

Especifica Donaciones Información sobre la enfermedad

42


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Ensañamiento terapéutico en personas mayores o con muy mal pronostico Alimentación Eutanasia Desconexión de respirador Total

1

0

2

3

1 0

0 1

0 0

1 1

0

0

1

1

4

8

6

18

Tabla 29. Frecuencias de opinión del respeto a la intimidad referente al usuario

Frecuencia Válidos Habitualmente 26 Pocas veces 5 Total 31 Perdidos Sistema 1 Total 32

Porcentaje 81,3 15,6 96,9 3,1 100,0

Porcentaje válido 83,9 16,1 100,0

Porcentaje acumulado 83,9 100,0

Tabla 30. Recuentos de opinión del respeto a la intimidad referente al usuario en función del contrato.

Contrato Fijo Eventual Dignidad Habitualmente 17 8 Pocas veces 5 0 Total 22 8

Interino 1 0 1

Total 26 5 31

Tabla 31. Recuentos de opinión del respeto a la intimidad referente al usuario en función de la experiencia.

Experiencia Más de 20 años Dignidad Habitualmente 7 Pocas veces 2 Total 9

De 16 a 20 13 2 15

De 5 a 10 3 0 3

Menos de 5 años 3 1 4

Total 26 5 31

43


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Tabla 32 .Recuento de casos respecto a la opinión de si se le informa de su situación adecuadamente, con las alternativas posibles de tratamiento referente al usuario en función del sexo del encuestado.

Sexo Hombre Informa Siempre 0 Habitualmente 6 Pocas veces 2 Total 8

Mujer 5 17 2 24

Total 5 23 4 32

Tabla 33. Frecuencia de casos respecto a la opinión de si se le informa de su situación adecuadamente, con las alternativas posibles de tratamiento referente al usuario Frecuencia Válidos Siempre 5 Habitualmente 23 Pocas veces 4 Total 32

Porcentaje 15,6 71,9 12,5 100,0

Tabla 34. Recuento de casos respecto a la opinión de si se le informa de su situación adecuadamente, con las alternativas posibles de tratamiento referente al usuario en función del contrato del encuestado.

Contrato Fijo Eventual Informa Siempre 4 1 Habitualmente 15 6 Pocas veces 3 1 Total 22 8

Interino 0 2 0 2

Total 5 23 4 32

Tabla 35. Recuento de casos respecto a la opinión de si se le informa de su situación adecuadamente, con las alternativas posibles de tratamiento referente al usuario en función de la experiencia del encuestado.

Informa Siempre

Experiencia Más de 20 De 16 años a 20 4 1

De 11 a 15 0

De 5 a Menos de 5 10 años 0 0

Total 5

44


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Total

Habitualmente 4 Pocas veces 1 9

11 3 15

1 0 1

3 0 3

4 0 4

23 4 32

Tabla 36. Recuento de casos respecto a la opinión de si se le informa de su situación adecuadamente, con las alternativas posibles de tratamiento referente al usuario en función del sexo del encuestado.

Sexo Hombre Informa Siempre 0 Habitualmente 6 Pocas veces 2 Total 8

Mujer 5 17 2 24

Total 5 23 4 32

Tabla 37. Frecuencia de si se respeta su opinión respecto al tratamiento Frecuencia Válidos Siempre 5 Habitualmente 12 Pocas veces 13 Nunca 1 Total 31 Perdidos Sistema 1 Total 32

Porcentaje válido 16,1 38,7 41,9 3,2 100,0

Tabla 38. Recuento de casos de si se respeta su opinión respecto al tratamiento en función del sexo. Sexo Hombre Opinión Siempre 0 Habitualmente 4 Pocas veces 3 Nunca 1 Total 8

Mujer 5 8 10 0 23

Total 5 12 13 1 31

45


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Tabla 39 Recuento de casos de si se respeta su opinión respecto al tratamiento en función del contrato.

Contrato Fijo Eventual Opinión Siempre 5 0 Habitualmente 7 4 Pocas veces 9 3 Nunca 0 1 Total 21 8

Interino 0 1 1 0 2

Total 5 12 13 1 31

Tabla 40. Recuento de casos de si se respeta su opinión respecto al tratamiento en función de la experiencia.

Experiencia Más de 20 años Opinión Siempre 2 Habitualmente 1 Pocas veces 6 Nunca 0 Total 9

De 16 a 20 0 8 6 1 15

De 11 a 15 0 0 1 0 1

De 5 a 10 0 3 0 0 3

Menos de 5 años 3 0 0 0 3

Total 5 12 13 1 31

Tabla 41. Frecuencias de opinión sobre si se respeta la confidencialidad Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido Válidos Siempre 2 6,3 6,3 Habitualmente 27 84,4 84,4 Pocas veces 3 9,4 9,4 Total 32 100,0 100,0

Porcentaje acumulado 6,3 90,6 100,0

Tabla 42. Frecuencias de opinión sobre si se respeta la confidencialidad en función del sexo.

Sexo Hombre Mujer Total Confidencialidad Siempre 0 2 2 Habitualmente 7 20 27 46


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Pocas veces Total

1 8

2 24

3 32

Tabla 43. Frecuencias de opinión sobre si se respeta la confidencialidad en función del contrato.

Contrato Fijo Eventual Confidencialidad Siempre 2 0 Habitualmente 17 8 Pocas veces 3 0 Total 22 8

Interino 0 2 0 2

Total 2 27 3 32

Tabla 44. Frecuencias de opinión sobre si se respeta la confidencialidad en función del la experiencia.

Experiencia De Más de 16 a 20 años 20 Confidencialidad Siempre 0 0 Habitualmente 6 15 Pocas veces 3 0 Total 9 15

De 11 a 15 0 1 0 1

De 5 a 10 2 1 0 3

Menos de 5 años 0 4 0 4

Total 2 27 3 32

Tabla 45. Frecuencias de opinión sobre si no se le discrimina por ninguna razón Frecuencia Válidos Siempre 5 Habitualmente 21 Nunca 3 Total 29 Perdidos Sistema 3 Total 32

Porcentaje válido 17,2 72,4 10,3 100,0

Tabla 46. Frecuencias de opinión sobre si no se le discrimina por ninguna razón en función del sexo.

47


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Sexo Hombre Discrimina Siempre 0 Habitualmente 5 Nunca 0 Total 5

Mujer 5 16 3 24

Total 5 21 3 29

Tabla 47. Frecuencias de opinión sobre si no se le discrimina por ninguna razón en función del contrato. Contrato Fijo Eventual Discrimina Siempre 5 0 Habitualmente 12 7 Nunca 2 1 Total 19 8

Interino 0 2 0 2

Total 5 21 3 29

Tabla 48. Frecuencias de opinión sobre si no se le discrimina por ninguna razón en función de la experiencia. Experiencia Más de De 16 20 años a 20 Discrimina Siempre 1 2 Habitualmente 7 9 Nunca 1 1 Total 9 12

De 11 a 15 0 1 0 1

De 5 a 10 0 3 0 3

Menos de 5 años 2 1 1 4

Total 5 21 3 29

Tabla 49. Frecuencias de opinión sobre si se obtiene su consentimiento en caso de formar parte de una investigación clínica Frecuencia Válidos Siempre 4 Habitualmente 12 Pocas veces 8 Nunca 4 Total 28 Perdidos Sistema 4 Total 32

Porcentaje válido 14,3 42,9 28,6 14,3 100,0

48


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Tabla 50. Frecuencias de opinión sobre si se obtiene su consentimiento en caso de formar parte de una investigación clínica en función del sexo.

Sexo Hombre Consentimiento Siempre 0 Habitualmente 5 Pocas veces 2 Nunca 0 Total 7

Mujer 4 7 6 4 21

Total 4 12 8 4 28

Tabla 51. Frecuencias de opinión sobre si se obtiene su consentimiento en caso de formar parte de una investigación clínica en función del contrato.

Contrato Fijo Eventual Consentimiento Siempre 3 1 Habitualmente 7 3 Pocas veces 5 3 Nunca 4 0 Total 19 7

Interino 0 2 0 0 2

Total 4 12 8 4 28

Tabla 52. Frecuencias de opinión sobre si se obtiene su consentimiento en caso de formar parte de una investigación clínica en función de la experiencia.

Experiencia Más de De 16 20 años a 20 Consentimiento Siempre 2 0 Habitualmente 2 7 Pocas veces 3 3 Nunca 2 2 Total 9 12

De 11 a 15 0 1 0 0 1

De 5 a 10 2 1 0 0 3

Menos de 5 años 0 1 2 0 3

Total 4 12 8 4 28

Tabla 53. Frecuencias de opinión sobre si se respeta su intimidad Frecuencia Porcentaje válido Válidos Siempre 2 6,3 Habitualmente 20 62,5

49


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Pocas veces Total

10 32

31,3 100,0

Tabla 54. Frecuencias de opinión sobre si se respeta su intimidad en función del sexo. Sexo Hombre Intimidad Siempre 0 Habitualmente 1 Pocas veces 7 Total 8

Mujer 2 19 3 24

Total 2 20 10 32

Tabla 55. Frecuencias de opinión sobre si se respeta su intimidad en función del contrato.

Contrato Fijo Eventual Intimidad Siempre 2 0 Habitualmente 12 7 Pocas veces 8 1 Total 22 8

Interino 0 1 1 2

Total 2 20 10 32

Tabla 56. Frecuencias de opinión sobre si se respeta su intimidad en función de la experiencia.

Experiencia Más de 20 De 16 años a 20 Intimidad Siempre 0 0 Habitualmente 8 8 Pocas veces 1 7 Total 9 15

De 11 a 15 0 0 1 1

De 5 a 10 0 3 0 3

Menos de 5 años 2 1 1 4

Total 2 20 10 32

Tabla 57. Frecuencias de opinión sobre si se consulta su testamento vital

50


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Frecuencia Válidos Siempre 1 Habitualmente 2 Pocas veces 12 Nunca 12 Total 27 Perdidos Sistema 5 Total 32

Porcentaje válido 3,7 7,4 44,4 44,4 100,0

Tabla 58. Frecuencias de opinión sobre si se consulta su testamento vital en función del sexo. Sexo Hombre Testamento Siempre 0 Habitualmente 0 Pocas veces 5 Nunca 1 Total 6

Mujer 1 2 7 11 21

Total 1 2 12 12 27

Tabla 59. Frecuencias de opinión sobre si se consulta su testamento vital en función del contrato. Contrato Fijo Eventual Testamento Siempre 1 0 Habitualmente 0 2 Pocas veces 7 4 Nunca 10 1 Total 18 7

Interino 0 0 1 1 2

Total 1 2 12 12 27

Tabla 60. Frecuencias de opinión sobre si se consulta su testamento vital en función de la experiencia.

Testamento Siempre

Experiencia Más de De 16 20 años a 20 0 1

De 11 a 15 0

De 5 a 10 0

Menos de 5 años Total 0 1

51


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Total

Habitualmente 0 Pocas veces 2 Nunca 6 8

2 8 3 14

0 0 1 1

0 1 0 1

0 1 2 3

2 12 12 27

Tabla 61. Frecuencias de opinión sobre si se custodia su documentación

Frecuencia Válidos Siempre 10 Habitualmente 16 Pocas veces 6 Total 32

Porcentaje válido 31,3 50,0 18,8 100,0

Tabla 62. Frecuencias de opinión sobre si se custodia su documentación en función del sexo. Sexo Hombre Documentación Siempre 1 Habitualmente 5 Pocas veces 2 Total 8

Mujer 9 11 4 24

Total 10 16 6 32

Tabla 63. Frecuencias de opinión sobre si se custodia su documentación en función del contrato. Contrato Fijo Eventual Documentación Siempre 7 2 Habitualmente 11 4 Pocas veces 4 2 Total 22 8

Interino 1 1 0 2

Total 10 16 6 32

Tabla 64. Frecuencias de opinión sobre si se custodia su documentación en función de la experiencia. Experiencia Más de De 16 20 años a 20 Documentación Siempre 3 4 Habitualmente 4 7

De 11 a 15 1 0

De 5 a 10 0 3

Menos de 5 años 2 2

Total 10 16

52


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Pocas veces Total

2 9

4 15

0 1

0 3

0 4

6 32

Tabla 65. Frecuencias de opinión sobre si se mantiene el secreto profesional Frecuencia Válidos Siempre 4 Habitualmente 22 Pocas veces 6 Total 32

Porcentaje válido 12,5 68,8 18,8 100,0

Tabla 66. Frecuencias de opinión sobre si se mantiene el secreto profesional en función del sexo. Sexo Hombre Secreto Siempre 0 Habitualmente 6 Pocas veces 2 Total 8

Mujer 4 16 4 24

Total 4 22 6 32

Tabla 67. Frecuencias de opinión sobre si se mantiene el secreto profesional en función del contrato. Contrato Fijo Eventual Secreto Siempre 3 0 Habitualmente 14 7 Pocas veces 5 1 Total 22 8

Interino 1 1 0 2

Total 4 22 6 32

Tabla 68. Frecuencias de opinión sobre si se mantiene el secreto profesional en función de la experiencia.

Experiencia Más de 20 años Secreto Siempre 2 Habitualmente 6 Pocas veces 1 Total 9

De 16 a 20 1 9 5 15

De 11 a 15 0 1 0 1

De 5 a 10 0 3 0 3

Menos de 5 años 1 3 0 4

Total 4 22 6 32

53


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Tabla 69. Frecuencias de opinión sobre si se divulga alguna información referente al usuario Frecuencia Válidos Habitualmente 12 Pocas veces 15 Nunca 5 Total 32

Porcentaje válido 37,5 46,9 15,6 100,0

Tabla 70. Frecuencias de opinión sobre si se divulga alguna información referente al usuario en función del sexo. Sexo Hombre Divulga Habitualmente 7 Pocas veces 1 Nunca 0 Total 8

Mujer 5 14 5 24

Total 12 15 5 32

Tabla 71. Frecuencias de opinión sobre si se divulga alguna información referente al usuario en función del contrato.

Contrato Fijo Eventual Divulga Habitualmente 8 3 Pocas veces 11 4 Nunca 3 1 Total 22 8

Interino 1 0 1 2

Total 12 15 5 32

Tabla 72. Frecuencias de opinión sobre si se divulga alguna información referente al usuario en función de la experiencia.

Experiencia Más de 20 años Divulga Habitualmente 2 Pocas veces 4 Nunca 3

De 16 a 20 8 5 2

De 11 a 15 1 0 0

De 5 a 10 0 3 0

Menos de 5 años 1 3 0

Total 12 15 5

54


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Total

9

15

1

3

4

32

Tabla 73. Frecuencias de opinión sobre si sienten la necesidad de formación en estos temas

Frecuencia Válidos No 6 Si 23 Total 29 Perdidos Sistema 3 Total 32

Porcentaje válido 20,7 79,3 100,0

Tabla 74. Frecuencias de opinión sobre si sienten la necesidad de formación en estos temas en función de la profesión.

Profesión ENFERMERA Necesidad No 4 Si 20 Total 24

Auxiliar de Enfermería 2 3 5

Total 6 23 29

Tabla 75. Frecuencia de opinión sobre los temas que sienten necesidad de formación los entrevistados.

Válidos

Testamento vital Asistencia psicológica al familiar de paciente de UCI Limitación del esfuerzo terapéutico en una enfermedad terminal Derechos y deberes En general Ley Reguladora de la autonomía del paciente

Total Perdidos Sistema Total

Porcentaje Frecuencia válido 2 15,4 2

15,4

2

15,4

3 3

23,1 23,1

1

7,7

13 19 32

100,0

55


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Tabla 76. Frecuencia de opinión sobre los temas que sienten necesidad de formación los entrevistados en función de la profesión.

Profesión Auxiliar de ENFERMERA Enfermería 2 0

Total 2

0

2

2

Limitación del esfuerzo terapéutico 2 en una enfermedad terminal

0

2

3 0

0 3

3 3

1

0

1

8

5

13

Temas Testamento vital Asistencia psicológica al familiar de paciente de UCI

Derechos y deberes En general Ley Reguladora de la autonomía del paciente Total

Tabla 77. Frecuencia de opinión sobre los temas que sienten necesidad de formación los entrevistados en función del sexo.

Temas Testamento vital Asistencia psicológica al familiar de paciente de UCI Limitación del esfuerzo terapéutico en una enfermedad terminal Derechos y deberes En general Ley Reguladora de la autonomía del paciente Total

Sexo Hombre Mujer Total 1 1 2 0

2

2

0

2

2

0 0

3 3

3 3

0

1

1

1

12

13

Tabla 78. Frecuencia de opinión sobre los temas que sienten necesidad de formación los entrevistados en función de la edad.

Temas Testamento vital Asistencia psicológica al familiar de paciente de UCI

Edad <25 Años 0

>35 Años 2

Total 2

0

2

2

56


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Limitación del esfuerzo terapéutico en una enfermedad terminal Derechos y deberes En general Ley Reguladora de la autonomía del paciente Total

0

2

2

1 0

2 3

3 3

0

1

1

1

12

13

Tabla 79. Frecuencia de opinión sobre los temas que sienten necesidad de formación los entrevistados en función del contrato.

Temas Testamento vital Asistencia psicológica al familiar de paciente de UCI Limitación del esfuerzo terapéutico en una enfermedad terminal Derechos y deberes En general Ley Reguladora de la autonomía del paciente Total

Contrato Fijo Eventual Interino Total 1 0 1 2 2

0

0

2

2

0

0

2

2 3

1 0

0 0

3 3

1

0

0

1

11

1

1

13

Tabla 80. Sugerencias y observaciones que aportan los entrevistados Porcentaje Frecuencia válido Válidos

“Que se pongan en contacto con la Facultad de Psicología para que los estudiantes en practicas vengan"

3

75,0

Tener la información para el paciente a modo de octavillas

1

25,0

4 28 32

100,0

Total Perdidos Sistema Total

57


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Tabla 81. Caso1. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad

Frecuencia Válidos Actitud si revelar 27 Actitud no revelar 1 Actitud no sabe 3 Total 31 Perdidos Sistema 1 Total 32

Porcentaje válido 87,1 3,2 9,7 100,0

Tabla 81.bis. Caso1. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del sexo. Sexo Hombre Caso1 Actitud si revelar 8 Actitud no revelar 0 Total 8

Mujer 22 1 23

Total 30 1 31

Tabla 82. Caso1. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la edad.

Edad <25 Años Caso1 Actitud si revelar 3 Actitud no revelar 0 Total 3

25-35 Años 1 0 1

>35 Años 26 1 27

Total 30 1 31

Tabla 83. Caso1. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del contrato. Contrato Fijo Eventual Caso1 Actitud si revelar 22 6 Actitud no revelar 0 1 Total 22 7

Interino 2 0 2

Total 30 1 31

Tabla 84. Dificultad de tomar la decisión en el caso 1.

Válidos

Decisión Muy fácil Decisión fácil

Frecuencia Porcentaje válido 22 73,3 1 3,3 58


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Decisión normal Decisión Muy difícil Total Perdidos Sistema Total

3 4 30 2 32

10,0 13,3 100,0

Tabla 85. Frecuencias de opinión sobre supuestos prácticos de confidencialidad en función de la profesión del entrevistado en el Caso 2.

Profesión ENFERMERA Caso 2 Actitud si revelar 16 Actitud no revelar 8 Total 24

Auxiliar de Enfermería 2 6 8

Total 18 14 32

Tabla 86. Frecuencias de opinión sobre supuestos prácticos de confidencialidad en función del sexo del entrevistado en el Caso 2.

Sexo Hombre Caso2 Actitud si revelar 6 Actitud no revelar 2 Total 8

Mujer 12 12 24

Total 18 14 32

Tabla 87. Frecuencias de opinión sobre supuestos prácticos de confidencialidad en función de la edad del entrevistado en el Caso 2.

Edad <25 Años Caso2 Actitud si revelar 3 Actitud no revelar 0 Total 3

25-35 Años 0 1 1

>35 Años 15 13 28

Total 18 14 32

Tabla 88. Frecuencias de opinión sobre supuestos prácticos de confidencialidad en función del contrato del entrevistado en el Caso 2. Contrato Fijo Eventual Caso 2 Actitud si revelar 13 3 Actitud no revelar 9 5 Total 22 8

Interino 2 0 2

Total 18 14 32

59


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Tabla 89. Frecuencias de opinión sobre supuestos prácticos de confidencialidad en el Caso 2. Frecuencia Válidos Actitud si revelar 18 Actitud no revelar 14 Total 32

Porcentaje válido 56,3 43,8 100,0

Tabla 90. Dificultad de tomar la decisión en el caso 2. Frecuencia Válidos Decisión Muy fácil 17 Decisión fácil 6 Decisión normal 4 Decisión difícil 1 Decisión Muy difícil 2 Total 30 Perdidos Sistema 2 Total 32

Porcentaje válido 56,7 20,0 13,3 3,3 6,7 100,0

Tabla 91. Caso 3. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad

Frecuencia Válidos Actitud si revelar 19 Actitud no revelar 13 Total 32

Porcentaje válido 59,4 40,6 100,0

Tabla 92. Caso 3. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la profesión.

Profesión

Total 60


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán ENFERMERA Caso3 Actitud si revelar 16 Actitud no revelar 8 Total 24

Auxiliar de Enfermería 3 19 5 13 8 32

Tabla 93. Caso 3. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del sexo.

Sexo Hombre Caso3 Actitud si revelar 6 Actitud no revelar 2 Total 8

Mujer 13 11 24

Total 19 13 32

Tabla 94. Caso 3. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la edad. Edad <25 Años Caso3 Actitud si revelar 3 Actitud no revelar 0 Total 3

25-35 Años 0 1 1

>35 Años 16 12 28

Total 19 13 32

Tabla 95. Caso 3. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del contrato.

Contrato Fijo Eventual Caso3 Actitud si revelar 14 4 Actitud no revelar 8 4 Total 22 8

Interino 1 1 2

Total 19 13 32

Tabla 96. Dificultad en la toma de decisión en el caso 3. Frecuencia Válidos Decisión Muy fácil 13 Decisión fácil 5 Decisión normal 3 Decisión difícil 1 Decisión Muy difícil 8 Total 30 Perdidos Sistema 2 Total 32

Porcentaje válido 43,3 16,7 10,0 3,3 26,7 100,0

61


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Tabla 97.Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad Caso 4 Frecuencia Válidos Actitud si revelar 4 Actitud no revelar 28 Total 32

Porcentaje válido 12,5 87,5 100,0

Tabla 98. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la profesión. Caso 4 Profesión ENFERMERA Caso 4 Actitud si revelar 2 Actitud no revelar 22 Total 24

Auxiliar de Enfermería 2 6 8

Total 4 28 32

Tabla 99. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del sexo. Caso 4

Sexo Hombre Caso 4 Actitud si revelar 1 Actitud no revelar 7 Total 8

Mujer 3 21 24

Total 4 28 32

Tabla 100. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la edad. Caso 4.

Edad <25 Años Caso4 Actitud si revelar 0 Actitud no revelar 3 Total 3

25-35 Años 0 1 1

>35 Años 4 24 28

Total 4 28 32

Tabla 101. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la profesión. Caso 4 Contrato

Total

62


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Fijo Caso 4 Actitud si revelar 2 Actitud no revelar 20 Total 22

Eventual 1 7 8

Interino 1 4 1 28 2 32

Tabla 102. Dificultad en la toma de decisión en el caso 4. Frecuencia Válidos Decisión Muy fácil 16 Decisión fácil 1 Decisión normal 1 Decisión difícil 7 Decisión Muy difícil 3 Total 28 Perdidos Sistema 4 Total 32

Porcentaje válido 57,1 3,6 3,6 25,0 10,7 100,0

Tabla 103. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad. Caso 5 Frecuencia Válidos Actitud si revelar 13 Actitud no revelar 19 Total 32

Porcentaje válido 40,6 59,4 100,0

Tabla 104. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad. En función de la profesión. Caso 5 Profesión ENFERMERA Caso5 Actitud si revelar 11 Actitud no revelar 13 Total 24

Auxiliar de Enfermería 2 6 8

Total 13 19 32

Tabla 105. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad. En función del sexo. Caso 5 Sexo Hombre Caso5 Actitud si revelar 5 Actitud no revelar 3 Total 8

Mujer 8 16 24

Total 13 19 32 63


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Tabla 106. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad. En función de la edad. Caso 5

Edad <25 Años Caso5 Actitud si revelar 0 Actitud no revelar 3 Total 3

25-35 Años 0 1 1

>35 Años 13 15 28

Total 13 19 32

Tabla 107. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad. En función del contrato. Caso 5 Contrato Fijo Eventual Caso 5 Actitud si revelar 11 1 Actitud no revelar 11 7 Total 22 8

Interino 1 1 2

Total 13 19 32

Tabla 108. Dificultad en la toma de decisiones del caso 5. Frecuencia Válidos Decisión Muy fácil 17 Decisión fácil 5 Decisión difícil 6 Decisión Muy difícil 1 Total 29 Perdidos Sistema 3 Total 32

Porcentaje válido 58,6 17,2 20,7 3,4 100,0

Tabla 109. Caso 6. Frecuencias de opinión de ssupuestos prácticos sobre confidencialidad Frecuencia Válidos Actitud si revelar 19 Actitud no revelar 13 Total 32

Porcentaje válido 59,4 40,6 100,0

Tabla 110. Caso 6. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la profesión.

64


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Profesión ENFERMERA Caso 6 Actitud si revelar 14 Actitud no revelar 10 Total 24

Auxiliar de Enfermería 5 3 8

Total 19 13 32

Tabla 111. Caso 6. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del sexo.

Sexo Hombre Caso 6 Actitud si revelar 7 Actitud no revelar 1 Total 8

Mujer 12 12 24

Total 19 13 32

Tabla 112. Caso 6. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la edad. Edad <25 Años Caso 6 Actitud si revelar 1 Actitud no revelar 2 Total 3

25-35 Años 1 0 1

>35 Años 17 11 28

Total 19 13 32

Tabla 113. Caso 6. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del contrato. Contrato Fijo Eventual Caso 6 Actitud si revelar 12 6 Actitud no revelar 10 2 Total 22 8

Interino 1 1 2

Total 19 13 32

Tabla 114 .Dificultad en la toma de decisiones en el caso 6. Frecuencia Válidos Decisión Muy fácil 17 Decisión fácil 2 Decisión difícil 4 Decisión Muy difícil 5 Total 28 Perdidos Sistema 4

Porcentaje válido 60,7 7,1 14,3 17,9 100,0

65


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Total

32

Tabla 115. Caso 7. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad Frecuencia Válidos Actitud si revelar 10 Actitud no revelar 22 Total 32

Porcentaje válido 31,3 68,8 100,0

Tabla 116. Caso 7. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la profesión.

Profesión ENFERMERA Caso 7 Actitud si revelar 5 Actitud no revelar 19 Total 24

Auxiliar de Enfermería 5 3 8

Total 10 22 32

Tabla 117. Caso 7. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del sexo.

Sexo Hombre Caso7 Actitud si revelar 0 Actitud no revelar 8 Total 8

Mujer 10 14 24

Total 10 22 32

Tabla 118. Caso 7. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la edad. Edad <25 Años Caso 7 Actitud si revelar 1 Actitud no revelar 2 Total 3

25-35 Años 0 1 1

>35 Años 9 19 28

Total 10 22 32

66


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Tabla 119. Caso 7. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del contrato.

Contrato Fijo Eventual Caso 7 Actitud si revelar 7 3 Actitud no revelar 15 5 Total 22 8

Interino 0 2 2

Total 10 22 32

Tabla 120. Dificultad en la toma de decisiones en el caso 7. Frecuencia Válidos Decisión Muy fácil 17 Decisión fácil 8 Decisión normal 2 Decisión difícil 1 Total 28 Perdidos Sistema 4 Total 32

Porcentaje válido 60,7 28,6 7,1 3,6 100,0

Tabla 121. Caso 8. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad Frecuencia Válidos Actitud si revelar 9 Actitud no revelar 16 Actitud no sabe 7 Total 32

Porcentaje válido 28,1 50,0 21,9 100,0

Tabla 122. Caso 8. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la profesión.

Profesión ENFERMERA Caso8 Actitud si revelar 7 Actitud no revelar 13 Actitud no sabe 4 Total 24

Auxiliar de Enfermería 2 3 3 8

Total 9 16 7 32

67


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Tabla 123. Caso 8. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del sexo.

Sexo Hombre Caso 8 Actitud si revelar 4 Actitud no revelar 3 Actitud no sabe 1 Total 8

Mujer 5 13 6 24

Total 9 16 7 32

Tabla 124. Caso 8. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la edad.

Edad <25 Años Caso8 Actitud si revelar 0 Actitud no revelar 2 Actitud no sabe 1 Total 3

25-35 Años 0 1 0 1

>35 Años 9 13 6 28

Total 9 16 7 32

Tabla 125. Caso 8. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del contrato.

Contrato Fijo Eventual Caso8 Actitud si revelar 8 0 Actitud no revelar 10 6 Actitud no sabe 4 2 Total 22 8

Interino 1 0 1 2

Total 9 16 7 32

Tabla 126. Dificultad en la toma de decisiones del caso 8. Frecuencia Válidos Decisión Muy fácil 19 Decisión fácil 6 Decisión normal 1 Decisión difícil 1 Total 27 Perdidos Sistema 5

Porcentaje válido 70,4 22,2 3,7 3,7 100,0

68


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Total

32

Tabla 127. Caso 9. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad Frecuencia Válidos Actitud si revelar 11 Actitud no revelar 13 Actitud no sabe 6 Total 30 Perdidos Sistema 2 Total 32

Porcentaje válido 36,7 43,3 20,0 100,0

Tabla 128. Caso 9. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la profesión. Profesión ENFERMERA Caso9 Actitud si revelar 9 Actitud no revelar 10 Actitud no sabe 3 Total 22

Auxiliar de Enfermería 2 3 3 8

Total 11 13 6 30

Tabla 129. Caso 9. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del sexo. Sexo Hombre Caso9 Actitud si revelar 5 Actitud no revelar 2 Actitud no sabe 1 Total 8

Mujer 6 11 5 22

Total 11 13 6 30

Tabla 130. Caso 9. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la edad.

Edad <25 Años Caso 9 Actitud si revelar 0 Actitud no revelar 0 Actitud no sabe 1 Total 1

25-35 Años 1 0 0 1

>35 Años 10 13 5 28

Total 11 13 6 30

69


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Tabla 131. Caso 9. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del contrato. Contrato Fijo Eventual Caso 9 Actitud si revelar 7 4 Actitud no revelar 10 2 Actitud no sabe 3 2 Total 20 8

Interino 0 1 1 2

Total 11 13 6 30

Tabla 132. Dificultad en la toma de decisiones en el caso 9.

Válidos

Decisión Muy fácil Decisión fácil Decisión normal Decisión difícil Decisión Muy difícil Total Perdidos Sistema Total

Porcentaje Frecuencia Porcentaje válido

Porcentaje acumulado

15

46,9

53,6

53,6

3

9,4

10,7

64,3

7

21,9

25,0

89,3

1

3,1

3,6

92,9

2

6,3

7,1

100,0

28 4 32

87,5 12,5 100,0

100,0

Tabla 133 .Caso 10. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad

Válidos Actitud si revelar Actitud no revelar Actitud no sabe Total

Frecuencia 10 20 2 32

Porcentaje válido 31,3 62,5 6,3 100,0

Tabla 134. Caso 10. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la profesión.

Profesión

Total

70


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán ENFERMERA Caso10 Actitud si revelar 9 Actitud no revelar 15 Actitud no sabe 0 Total 24

Auxiliar de Enfermería 1 5 2 8

10 20 2 32

Tabla 135. Caso 10. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del sexo.

Sexo Hombre Caso10 Actitud si revelar 5 Actitud no revelar 3 Actitud no sabe 0 Total 8

Mujer 5 17 2 24

Total 10 20 2 32

Tabla 136. Caso 10. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la edad.

Edad <25 Años Caso10 Actitud si revelar 0 Actitud no revelar 3 Actitud no sabe 0 Total 3

25-35 Años 0 1 0 1

>35 Años 10 16 2 28

Total 10 20 2 32

Tabla 137. Caso 10. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del contrato.

Contrato Fijo Eventual Caso10 Actitud si revelar 7 3 Actitud no revelar 13 5 Actitud no sabe 2 0 Total 22 8

Interino 0 2 0 2

Total 10 20 2 32

Tabla 138. Dificultad en la toma de decisiones en el caso 10.

Válidos

Frecuencia Decisión Muy fácil 17 Decisión fácil 4 Decisión normal 4 Decisión difícil 4

Porcentaje válido 58,6 13,8 13,8 13,8 71


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Total Perdidos Sistema Total

29 3 32

100,0

Tabla 139. Caso11. Frecuencias de opinión de ssupuestos prácticos sobre confidencialidad

Válidos Actitud si revelar Actitud no revelar Actitud no sabe Total

Frecuencia 11 14 6 31

Porcentaje válido 35,5 45,2 19,4 100,0

Tabla 140. Caso11. Frecuencias de opinión de ssupuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la profesión.

Profesión ENFERMERA Caso11 Actitud si revelar 11 Actitud no revelar 11 Actitud no sabe 2 Total 24

Auxiliar de Enfermería 0 3 4 7

Total 11 14 6 31

Tabla 141. Caso 11. Frecuencias de opinión de ssupuestos prácticos sobre confidencialidad en función del sexo.

Sexo Hombre Caso11 Actitud si revelar 4 Actitud no revelar 4 Actitud no sabe 0 Total 8

Mujer 7 10 6 23

Total 11 14 6 31

Tabla 142. Caso11. Frecuencias de opinión de ssupuestos prácticos sobre confidencialidad en función de la edad.

Caso11 Actitud si revelar

Edad <25 Años 25-35 Años >35 Años Total 0 0 11 11 72


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán

Total

Actitud no revelar 2 Actitud no sabe 1 3

1 0 1

11 5 27

14 6 31

Tabla 143. Caso 11. Frecuencias de opinión de supuestos prácticos sobre confidencialidad en función del contrato.

Contrato Fijo Eventual Caso11 Actitud si revelar 9 2 Actitud no revelar 8 4 Actitud no sabe 5 1 Total 22 7

Interino 0 2 0 2

Total 11 14 6 31

Tabla 144. Dificultad en la toma de decisiones en el caso 11.

Válidos

Decisión Muy fácil Decisión fácil Decisión normal Decisión difícil Total Perdidos Sistema Total

Frecuencia 14 6 5 1 26 6 32

Porcentaje válido 53,8 23,1 19,2 3,8 100,0

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CARTA DE DERECHOS Y DEBERES DEL USUSARIO. (Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía. BOJA 74, de 04/07/1998) Derechos Recibir atención sanitaria en condiciones de igualdad, sin que pueda ser objeto de discriminación por razón alguna, respetando su personalidad, dignidad humana e intimidad. Que se le ofrezca la atención, las prestaciones y servicios sanitarios disponibles que se consideren necesarios para cuidar su salud. Recibir información en lenguaje comprensible usted, sus familiares o allegados de todo lo relacionado con su proceso, incluyendo diagnóstico, tratamiento, pronóstico, tiempo previsible de estancia en caso de ingreso y alternativas de tratamiento. Recibir información de los servicios y prestaciones sanitarias a las que puede acceder y de los requisitos necesarios para su uso. Que se le ofrezca información sobre los programas de prevención y promoción de salud que se realicen en su centro de atención primaria. Que se le informe sobre aspectos de salud colectiva de especial interés, incidencia o riesgo. Que se le reciba de forma personalizada a su llegada a un centro sanitario y, en especial en el ámbito hospitalario, a que se le informe de todas las cuestiones que puedan hacer más confortable su estancia. Recibir información clara y comprensible ante tratamientos, procedimientos quirúrgicos y pruebas diagnósticas que entrañen riesgos, antes de la obtención de su consentimiento por escrito. Conocer, y autorizar previamente y por escrito la actuación, cuando los procedimientos que se le realicen vayan a ser utilizados en un proyecto docente o de investigación que en ningún caso podrá comportar peligro adicional para su salud. Elegir entre las opciones que le presente su médico/a, así como negarse a cualquier intervención sanitaria, salvo en los supuestos legales establecidos (riesgo para la salud pública, incapacidad y exigencia de actuación urgente ante riesgo de lesión irreversible o peligro de fallecimiento). Estar acompañado/a por un familiar o persona de su confianza en todo momento del proceso de atención sanitaria, siempre que las circunstancias clínicas lo permitan. Que se mantenga la confidencialidad de toda la información relacionada con su atención en cualquier centro sanitario; así como acceder a los datos personales obtenidos durante la misma. Que quede constancia escrita o en soporte técnico adecuado de su proceso, guardando la información en su historia clínica. La información, que deberá ser al menos única por institución sanitaria, incluirá estado de salud y evolución, así como pruebas y tratamientos que recibe. Acceder a su historia clínica, mediante los procedimientos establecidos. Recibir un informe de alta al finalizar su estancia en una institución hospitalaria, al dar por finalizada la consulta en atención especializada, y al alta en urgencias. Que se extienda un certificado acreditativo de su estado de salud. Que se le asigne un médico/a y un centro de atención primaria para atenderle, si bien puede optar por elegir otro profesional y centro. Elegir médico/a de familia y pediatra entre los existentes en su municipio, y también entre el resto de los médicos/as del Distrito Sanitario al que corresponda el domicilio. 74


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Elegir médico/a especialista para consultas, cuando a juicio de su médico/a de familia o pediatra precise ser atendido por uno de ellos, así como a recibir atención por el mismo especialista durante su proceso. Elegir Hospital, dentro del Sistema Sanitario Público de Andalucía, si se encuentra pendiente de una intervención quirúrgica. Disponer de una segunda opinión médica sobre su proceso, en los términos en que esté establecido. Conocer el nombre y la función de los profesionales que le atienden. Ser intervenido quirúrgicamente dentro del plazo establecido en la normativa vigente para cada uno de los procedimientos en el Sistema Sanitario Público. Recibir atención sanitaria en un tiempo adecuado según el proceso, así como a que se le ofrezca información sobre los plazos de respuesta en consultas, pruebas diagnósticas e intervenciones quirúrgicas para los diversos procesos. Disponer de la Carta de Derechos y Deberes en todos los centros sanitarios. También tiene derecho a presentar reclamaciones y sugerencias y a recibir respuesta en los plazos establecidos. Participar en el sistema sanitario público a través de los Consejos de Salud de Área y mediante la representación correspondiente de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios y a expresar su opinión a través de los diferentes modelos de investigación social, así como a recibir información de las medidas de mejora que resulten de todo ello. Que se realicen todas las acciones oportunas que, junto a la atención a su proceso, tengan como fin reducir y paliar el sufrimiento y el dolor tanto en aquellas situaciones críticas como ante el proceso de la muerte, de acuerdo con el máximo respeto a la autonomía, la integridad y la dignidad humana. Que se tengan en cuenta las voluntades anticipadas, manifestadas mediante el procedimiento establecido. Que se mantenga la confidencialidad de la información de su genoma y que no sea utilizada para ningún tipo de discriminación. También tiene derecho a obtener las ventajas derivadas de la nueva tecnología genética disponible y conforme al marco legal vigente. Utilizar las tecnologías de la información y la comunicación, conforme al desarrollo de las mismas en los servicios sanitarios, con criterios de accesibilidad, seguridad y continuidad. Deberes Cumplir las prescripciones generales en materia de salud comunes a toda la población, así como las de los servicios sanitarios, conforme a lo establecido. Mantener el debido respeto a las normas establecidas en el centro, así como al personal que presta sus servicios en el mismo. Responsabilizarse del uso de los recursos y prestaciones ofrecidos en el marco del Sistema Sanitario Público de Andalucía, fundamentalmente en lo que se refiere a la utilización de los servicios, las prestaciones farmacéuticas, las ortoprotésicas y los procedimientos de incapacidad laboral. Cuidar las instalaciones y colaborar en su mantenimiento. Cumplir las normas y requisitos administrativos de uso y acceso a las prestaciones sanitarias. Firmar, en caso de negarse a las actuaciones sanitarias, el documento pertinente en el que quedará expresado con claridad que el paciente ha quedado suficientemente informado y que rechaza el tratamiento sugerido. 75


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán LEY 41/2002, DE 14 DE NOVIEMBRE, BÁSICA REGULADORA DE LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE Y DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EN MATERIA DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA. Sumario: • CAPÍTULO I. PRINCIPIOS GENERALES. o Artículo 1. Ámbito de aplicación. o Artículo 2. Principios básicos. o Artículo 3. Las definiciones legales. • CAPÍTULO II. EL DERECHO DE INFORMACIÓN SANITARIA. o Artículo 4. Derecho a la información asistencial. o Artículo 5. Titular del derecho a la información asistencial. o Artículo 6. Derecho a la información epidemiológica. • CAPÍTULO III. DERECHO A LA INTIMIDAD. o Artículo 7. El derecho a la intimidad. • CAPÍTULO IV. EL RESPETO DE LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE. o Artículo 8. Consentimiento informado. o Artículo 9. Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación. o Artículo 10. Condiciones de la información y consentimiento por escrito. o Artículo 11. Instrucciones previas. o Artículo 12. Información en el Sistema Nacional de Salud. o Artículo 13. Derecho a la información para la elección de médico y de centro. • CAPÍTULO V. LA HISTORIA CLÍNICA. o Artículo 14. Definición y archivo de la historia clínica. o Artículo 15. Contenido de la historia clínica de cada paciente. o Artículo 16. Usos de la historia clínica. o Artículo 17. La conservación de la documentación clínica. o Artículo 18. Derechos de acceso a la historia clínica. o Artículo 19. Derechos relacionados con la custodia de la historia clínica. • CAPÍTULO VI. INFORME DE ALTA Y OTRA DOCUMENTACIÓN CLÍNICA. o Artículo 20. Informe de alta. o Artículo 21. El alta del paciente. o Artículo 22. Emisión de certificados médicos. o Artículo 23. Obligaciones profesionales de información técnica, estadística y administrativa. • • • • • • •

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Carácter de legislación básica. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Aplicación supletoria. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Coordinación de las historias clínicas. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Necesidades asociadas a la discapacidad. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Información y documentación sobre medicamentos y productos sanitarios. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Régimen sancionador. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Informe de alta.

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DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación general y de preceptos concretos. • DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Entrada en vigor. Don Juan Carlos I, Rey de España A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. La importancia que tienen los derechos de los pacientes como eje básico de las relaciones clínico-asistenciales se pone de manifiesto al constatar el interés que han demostrado por los mismos casi todas las organizaciones internacionales con competencia en la materia. Ya desde el fin de la Segunda Guerra Mundial, organizaciones como Naciones Unidas, UNESCO o la Organización Mundial de la Salud, o, más recientemente, la Unión Europea o el Consejo de Europa, entre muchas otras, han impulsado declaraciones o, en algún caso, han promulgado normas jurídicas sobre aspectos genéricos o específicos relacionados con esta cuestión. En este sentido, es necesario mencionar la trascendencia de la Declaración universal de derechos humanos, del año 1948, que ha sido el punto de referencia obligado para todos los textos constitucionales promulgados posteriormente o, en el ámbito más estrictamente sanitario, la Declaración sobre la promoción de los derechos de los pacientes en Europa, promovida el año 1994 por la Oficina Regional para Europa de la Organización Mundial de la Salud, aparte de múltiples declaraciones internacionales de mayor o menor alcance e influencia que se han referido a dichas cuestiones. Últimamente, cabe subrayar la relevancia especial del Convenio del Consejo de Europa para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano respecto de las aplicaciones de la biología y la medicina (Convenio sobre los derechos del hombre y la biomedicina), suscrito el día 4 de abril de 1997, el cual ha entrado en vigor en el Reino de España el 1 de enero de 2000. Dicho Convenio es una iniciativa capital: en efecto, a diferencia de las distintas declaraciones internacionales que lo han precedido, es el primer instrumento internacional con carácter jurídico vinculante para los países que lo suscriben. Su especial valía reside en el hecho de que establece un marco común para la protección de los derechos humanos y la dignidad humana en la aplicación de la biología y la medicina. El Convenio trata explícitamente, con detenimiento y extensión, sobre la necesidad de reconocer los derechos de los pacientes, entre los cuales resaltan el derecho a la información, el consentimiento informado y la intimidad de la información relativa a la salud de las personas, persiguiendo el alcance de una armonización de las legislaciones de los diversos países en estas materias, en este sentido, es absolutamente conveniente tener en cuenta el Convenio en el momento de abordar el reto de regular cuestiones tan importantes. Es preciso decir, sin embargo, que la regulación del derecho a la protección de la salud, recogido por el artículo 43 de la Constitución de 1978, desde el punto de vista de las cuestiones más estrechamente vinculadas a la condición de sujetos de derechos de las personas usuarias de los servicios sanitarios, es decir, la plasmación de los derechos relativos a la información clínica y la autonomía individual de los pacientes en lo relativo a su salud, ha sido objeto de una regulación básica en el ámbito del Estado, a través de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. De otra parte, esta Ley, a pesar de que fija básicamente su atención en el establecimiento y ordenación del sistema sanitario desde un punto de vista organizativo, dedica a esta cuestión diversas previsiones, entre las que destaca la voluntad de humanización de los servicios sanitarios. Así mantiene el máximo respeto a la dignidad 77


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán de la persona y a la libertad individual, de un lado, y, del otro, declara que la organización sanitaria debe permitir garantizar la salud como derecho inalienable de la población mediante la estructura del Sistema Nacional de Salud, que debe asegurarse en condiciones de escrupuloso respeto a la intimidad personal y a la libertad individual del usuario, garantizando la confidencialidad de la información relacionada con los servicios sanitarios que se prestan y sin ningún tipo de discriminación. A partir de dichas premisas, la presente Ley completa las previsiones que la Ley General de Sanidad enunció como principios generales. En este sentido, refuerza y de un trato especial al derecho a la autonomía del paciente. En particular, merece mención especial la regulación sobre instrucciones previas que contempla, de acuerdo con el criterio establecido en el Convenio de Oviedo, los deseos del paciente expresados con anterioridad dentro del ámbito del consentimiento informado. Asimismo, la Ley trata con profundidad todo lo referente a la documentación clínica generada en los centros asistenciales, subrayando especialmente la consideración y la concreción de los derechos de los usuarios en este aspecto. En septiembre de 1997, en desarrollo de un convenio de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Sanidad y Consumo, tuvo lugar un seminario conjunto sobre información y documentación clínica, en el que se debatieron los principales aspectos normativos y judiciales en la materia. Al mismo tiempo, se constituyó un grupo de expertos a quienes se encargó la elaboración de unas directrices para el desarrollo futuro de este tema. Este grupo suscribió un dictamen el 26 de noviembre de 1997, que ha sido tenido en cuenta en la elaboración de los principios fundamentales de esta Ley. La atención que a estas materias otorgó en su día la Ley General de Sanidad supuso un notable avance como reflejan, entre otros, sus artículos 9, 10 y 61. Sin embargo, el derecho a la información, como derecho del ciudadano cuando demanda la atención sanitaria, ha sido objeto en los últimos años de diversas matizaciones y ampliaciones por Leyes y disposiciones de distinto tipo y rango, que ponen de manifiesto la necesidad de una reforma y actualización de la normativa contenida en la Ley General de Sanidad. Así, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, califica a los datos relativos a la salud de los ciudadanos como datos especialmente protegidos, estableciendo un régimen singularmente riguroso para su obtención, custodia y eventual cesión. Esta defensa de la confidencialidad había sido ya defendida por la Directiva comunitaria 95/46, de 24 de octubre, en la que, además de reafirmarse la defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos europeos, en especial de su intimidad relativa a la información relacionada con su salud, se apunta la presencia de otros intereses generales como los estudios epidemiológicos, las situaciones de riesgo grave para la salud de la colectividad, la investigación y los ensayos clínicos que, cuando estén incluidos en normas de rango de Ley, pueden justificar una excepción motivada a los derechos del paciente. Se manifiesta así una concepción comunitaria del derecho a la salud, en la que, junto al interés singular de cada individuo, como destinatario por excelencia de la información relativa a la salud, aparecen también otros agentes y bienes jurídicos referidos a la salud pública, que deben ser considerados, con la relevancia necesaria, en una sociedad democrática avanzada. En esta línea, el Consejo de Europa, en su Recomendación de 13 de febrero de 1997, relativa a la protección de los datos médicos, después de afirmar que deben recogerse y procesarse con el consentimiento del afectado, indica que la información puede restringirse si así lo dispone una Ley y constituye una medida necesaria por razones de interés general.

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Todas estas circunstancias aconsejan una adaptación de la Ley General de Sanidad con el objetivo de aclarar la situación jurídica y los derechos y obligaciones de los profesionales sanitarios, de los ciudadanos y de las instituciones sanitarias. Se trata de ofrecer en el terreno de la información y la documentación clínicas las mismas garantías a todos los ciudadanos del Estado, fortaleciendo con ello el derecho a la protección de la salud que reconoce la Constitución. CAPÍTULO I. PRINCIPIOS GENERALES. Artículo 1. Ámbito de aplicación. La presente Ley tiene por objeto la regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales, así como de los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica. Artículo 2. Principios básicos. 1. La dignidad de la persona humana, el respeto a la autonomía de su voluntad y a su intimidad orientarán toda la actividad encaminada a obtener, utilizar, archivar, custodiar y transmitir la información y la documentación clínica. 2. Toda actuación en el ámbito de la sanidad requiere, con carácter general, el previo consentimiento de los pacientes o usuarios. El consentimiento, que debe obtenerse después de que el paciente reciba una información adecuada, se hará por escrito en los supuestos previstos en la Ley. 3. El paciente o usuario tiene derecho a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles. 4. Todo paciente o usuario tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos determinados en la Ley. Su negativa al tratamiento constará por escrito. 5. Los pacientes o usuarios tienen el deber de facilitar los datos sobre su estado físico o sobre su salud de manera leal y verdadera, así como el de colaborar en su obtención, especialmente cuando sean necesarios por razones de interés público o con motivo de la asistencia sanitaria. 6. Todo profesional que interviene en la actividad asistencial está obligado no sólo a la correcta prestación de sus técnicas, sino al cumplimiento de los deberes de información y de documentación clínica, y al respeto de las decisiones adoptadas libre y voluntariamente por el paciente. 7. La persona que elabore o tenga acceso a la información y la documentación clínica está obligada a guardar la reserva debida. Artículo 3. Las definiciones legales. A efectos de esta Ley se entiende por: • Centro sanitario: el conjunto organizado de profesionales, instalaciones y medios técnicos que realiza actividades y presta servicios para cuidar la salud de los pacientes y usuarios. • Certificado médico: la declaración escrita de un médico que de fe del estado de salud de una persona en un determinado momento. • Consentimiento informado: la conformidad libre, voluntaria y consciente de un paciente, manifestada en el pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que tenga lugar una actuación que afecta a su salud. • Documentación clínica: el soporte de cualquier tipo o clase que contiene un conjunto de datos e informaciones de carácter asistencial. • Historia clínica: el conjunto de documentos que contienen los datos, valoraciones e informaciones de cualquier índole sobre la situación y la evolución clínica de un paciente a lo largo del proceso asistencial. 79


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Información clínica: todo dato, cualquiera que sea su forma, clase o tipo, que permite adquirir o ampliar conocimientos sobre el estado físico y la salud de una persona, o la forma de preservarla, cuidarla, mejorarla o recuperarla. • Informe de alta médica: el documento emitido por el médico responsable en un centro sanitario al finalizar cada proceso asistencial de un paciente, que especifica los datos de éste, un resumen de su historial clínico, la actividad asistencial prestada, el diagnóstico y las recomendaciones terapéuticas. • Intervención en el ámbito de la sanidad: toda actuación realizada con fines preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores o de investigación. • Libre elección: la facultad del paciente o usuario de optar, libre y voluntariamente, entre dos o más alternativas asistenciales, entre varios facultativos o entre centros asistenciales, en los términos y condiciones que establezcan los servicios de salud competentes, en cada caso. • Médico responsable: el profesional que tiene a su cargo coordinar la información y la asistencia sanitaria del paciente o del usuario, con el carácter de interlocutor principal del mismo en todo lo referente a su atención e información durante el proceso asistencial, sin perjuicio de las obligaciones de otros profesionales que participan en las actuaciones asistenciales. • Paciente: la persona que requiere asistencia sanitaria y está sometida a cuidados profesionales para el mantenimiento o recuperación de su salud. • Servicio sanitario: la unidad asistencial con organización propia, dotada de los recursos técnicos y del personal cualificado para llevar a cabo actividades sanitarias. • Usuario: la persona que utiliza los servicios sanitarios de educación y promoción de la salud, de prevención de enfermedades y de información sanitaria. CAPÍTULO II. EL DERECHO DE INFORMACIÓN SANITARIA. Artículo 4. Derecho a la información asistencial. 1. Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma, salvando los supuestos exceptuados por la Ley. Además, toda persona tiene derecho a que se respete su voluntad de no ser informada. La información, que como regla general se proporcionará verbalmente dejando constancia en la historia clínica, comprende, como mínimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias. 2. La información clínica forma parte de todas las actuaciones asistenciales, será verdadera, se comunicará al paciente de forma comprensible y adecuada a sus necesidades y le ayudará a tomar decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad. 3. El médico responsable del paciente le garantiza el cumplimiento de su derecho a la información. Los profesionales que le atiendan durante el proceso asistencial o le apliquen una técnica o un procedimiento concreto también serán responsables de informarle. Artículo 5. Titular del derecho a la información asistencial. 1. El titular del derecho a la información es el paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa o tácita. 2. El paciente será informado, incluso en caso de incapacidad, de modo adecuado a sus posibilidades de comprensión, cumpliendo con el deber de informar también a su representante legal.

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán 3. Cuando el paciente, según el criterio del médico que le asiste, carezca de capacidad para entender la información a causa de su estado físico o psíquico, la información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho. 4. El derecho a la información sanitaria de los pacientes puede limitarse por la existencia acreditada de un estado de necesidad terapéutica. Se entenderá por necesidad terapéutica la facultad del médico para actuar profesionalmente sin informar antes al paciente, cuando por razones objetivas el conocimiento de su propia situación pueda perjudicar su salud de manera grave. Llegado este caso, el médico dejará constancia razonada de las circunstancias en la historia clínica y comunicará su decisión a las personas vinculadas al paciente por razones familiares o de hecho. Artículo 6. Derecho a la información epidemiológica. Los ciudadanos tienen derecho a conocer los problemas sanitarios de la colectividad cuando impliquen un riesgo para la salud pública o para su salud individual, y el derecho a que esta información se difunda en términos verdaderos, comprensibles y adecuados para la protección de la salud, de acuerdo con lo establecido por la Ley. CAPÍTULO III. DERECHO A LA INTIMIDAD. Artículo 7. El derecho a la intimidad. 1. Toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud, y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por la Ley. 2. Los centros sanitarios adoptarán las medidas oportunas para garantizar los derechos a que se refiere el apartado anterior, y elaborarán, cuando proceda, las normas y los procedimientos protocolizados que garanticen el acceso legal a los datos de los pacientes. CAPÍTULO IV. EL RESPETO DE LA AUTONOMÍA DEL PACIENTE. Artículo 8. Consentimiento informado. 1. Toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita el consentimiento libre y voluntario del afectado, una vez que, recibida la información pre vista en el artículo 4, haya valorado las opciones propias del caso. 2. El consentimiento será verbal por regla general. Sin embargo, se prestará por escrito en los casos siguientes: intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, aplicación de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente. 3. El consentimiento escrito del paciente será necesario para cada una de las actuaciones especificadas en el punto anterior de este artículo, dejando a salvo la posibilidad de incorporar anejos y otros datos de carácter general, y tendrá información suficiente sobre el procedimiento de aplicación y sobre sus riesgos. 4. Todo paciente o usuario tiene derecho a ser advertido sobre la posibilidad de utilizar los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y terapéuticos que se le apliquen en un proyecto docente o de investigación, que en ningún caso podrá comportar riesgo adicional para su salud. 5. El paciente puede revocar libremente por escrito su consentimiento en cualquier momento. Artículo 9. Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación. 1. La renuncia del paciente a recibir información está limitada por el interés de la salud del propio paciente, de terceros, de la colectividad y por las exigencias terapéuticas del 81


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán caso. Cuando el paciente manifieste expresamente su deseo de no ser informado, se respetará su voluntad haciendo constar su renuncia documentalmente, sin perjuicio de la obtención de su consentimiento previo para la intervención. 2. Los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, sin necesidad de contar con su consentimiento, en los siguientes casos: a. Cuando existe riesgo para la salud pública a causa de razones sanitarias establecidas por la Ley. En todo caso, una vez adoptadas las medidas pertinentes, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/1986, se comunicarán a la autoridad judicial en el plazo máximo de 24 horas siempre que dispongan el internamiento obligatorio de personas. b. Cuando existe riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del enfermo y no es posible conseguir su autorización, consultando, cuando las circunstancias lo permitan, a sus familiares o a las personas vinculadas de hecho a él. 3. Se otorgará el consentimiento por representación en los siguientes supuestos: a. Cuando el paciente no sea capaz de tomar decisiones, a criterio del médico responsable de la asistencia, o su estado físico o psíquico no le permita hacerse cargo de su situación. Si el paciente carece de representante legal, el consentimiento lo prestarán las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho. b. Cuando el paciente esté incapacitado legalmente. c. Cuando el paciente menor de edad no sea capaz intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance de la intervención. En este caso, el consentimiento lo dará el representante legal del menor después de haber escuchado su opinión si tiene doce años cumplidos. Cuando se trate de menores no incapaces ni incapacitados, pero emancipados o con dieciséis años cumplidos, no cabe prestar el consentimiento por representación. Sin embargo, en caso de actuación de grave riesgo, según el criterio del facultativo, los padres serán informados y su opinión será tenida en cuenta para la toma de la decisión correspondiente. 4. La práctica de ensayos clínicos y de técnicas de reproducción humana asistida se rige por lo establecido con carácter general sobre la mayoría de edad y por las disposiciones especiales de aplicación. 5. La prestación del consentimiento por representación será adecuada a las circunstancias y proporcionada a las necesidades que haya que atender, siempre en favor del paciente y con respeto a su dignidad personal. El paciente participará en la medida de lo posible en la toma de decisiones a lo largo del proceso sanitario. Artículo 10. Condiciones de la información y consentimiento por escrito. 1. El facultativo proporcionará al paciente, antes de recabar su consentimiento escrito, la información básica siguiente: a. Las consecuencias relevantes o de importancia que la intervención origina con seguridad. b. Los riesgos relacionados con las circunstancias personales o profesionales del paciente. c. Los riesgos probables en condiciones normales, conforme a la experiencia y al estado de la ciencia o directamente relacionados con el tipo de intervención. d. Las contraindicaciones. 2. El médico responsable deberá ponderar en cada caso que cuanto más dudoso sea el resultado de una intervención más necesario resulta el previo consentimiento por escrito del paciente. 82


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Artículo 11. Instrucciones previas. 1. Por el documento de instrucciones previas, una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad, con objeto de que ésta se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarlos personalmente, sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos del mismo. El otorgante del documento puede designar, además, un representante para que, llegado el caso, sirva como interlocutor suyo con el médico o el equipo sanitario para procurar el cumplimiento de las instrucciones previas. 2. Cada servicio de salud regulará el procedimiento adecuado para que, llegado el caso, se garantice el cumplimiento de las instrucciones previas de cada persona, que deberán constar siempre por escrito. 3. No serán aplicadas las instrucciones previas contrarias al ordenamiento jurídico, a la lex artis, ni las que no se correspondan con el supuesto de hecho que el interesado haya previsto en el momento de manifestarlas. En la historia clínica del paciente quedará constancia razonada de las anotaciones relacionadas con estas previsiones. 4. Las instrucciones previas podrán revocarse libremente en cualquier momento dejando constancia por escrito. 5. Con el fin de asegurar la eficacia en todo el territorio nacional de las instrucciones previas manifestadas por los pacientes y formalizadas de acuerdo con lo dispuesto en la legislación de las respectivas Comunidades Autónomas, se creará en el Ministerio de Sanidad y Consumo el Registro nacional de instrucciones previas que se regirá por las normas que reglamentariamente se determinen, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Artículo 12. Información en el Sistema Nacional de Salud. 1. Además de los derechos reconocidos en los artículos anteriores, los pacientes y los usuarios del Sistema Nacional de Salud tendrán derecho a recibir información sobre los servicios y unidades asistenciales disponibles, su calidad y los requisitos de acceso a ellos. 2. Los servicios de salud dispondrán en los centros y servicios sanitarios de una guía o carta de los servicios en la que se especifiquen los derechos y obligaciones de los usuarios, las prestaciones disponibles, las características asistenciales del centro o del servicio, y sus dotaciones de personal, instalaciones y medios técnicos. Se facilitará a todos los usuarios información sobre las guías de participación y sobre sugerencias y reclamaciones. 3. Cada servicio de salud regulará los procedimientos y los sistemas para garantizar el efectivo cumplimiento de las previsiones de este artículo. Artículo 13. Derecho a la información para la elección de médico y de centro. Los usuarios y pacientes del Sistema Nacional de Salud, tanto en la atención primaria como en la especializada, tendrán derecho a la información previa correspondiente para elegir médico, e igualmente centro, con arreglo a los términos y condiciones que establezcan los servicios de salud competentes. CAPÍTULO V. LA HISTORIA CLÍNICA. Artículo 14. Definición y archivo de la historia clínica. 1. La historia clínica comprende el conjunto de los documentos relativos a los procesos asistenciales de cada paciente, con la identificación de los médicos y de los demás profesionales que han intervenido en ellos, con objeto de obtener la máxima integración posible de la documentación clínica de cada paciente, al menos, en el ámbito de cada centro. 83


Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán 2. Cada centro archivará las historias clínicas de sus pacientes, cualquiera que sea el soporte papel, audiovisual, informático o de otro tipo en el que consten, de manera que queden garantizadas su seguridad, su correcta conservación y la recuperación de la información. 3. Las Administraciones sanitarias establecerán los mecanismos que garanticen la autenticidad del contenido de la historia clínica y de los cambios operados en ella, así como la posibilidad de su reproducción futura. 4. Las Comunidades Autónomas aprobarán las disposiciones necesarias para que los centros sanitarios puedan adoptar las medidas técnicas y organizativas adecuadas para archivar y proteger las historias clínicas y evitar su destrucción o su pérdida accidental. Artículo 15. Contenido de la historia clínica de cada paciente. 1. La historia clínica incorporará la información que se considere trascendental para el conocimiento veraz y actualizado del estado de salud del paciente. Todo paciente o usuario tiene derecho a que quede constancia, por escrito o en el soporte técnico más adecuado, de la información obtenida en todos sus procesos asistenciales, realizados por el servicio de salud tanto en el ámbito de atención primaria como de atención especializada. 2. La historia clínica tendrá como fin principal facilitar la asistencia sanitaria, dejando constancia de todos aquellos datos que, bajo criterio médico, permitan el conocimiento veraz y actualizado del estado de salud. El contenido mínimo de la historia clínica será el siguiente: a. La documentación relativa a la hoja clínico estadística. b. La autorización de ingreso. c. El informe de urgencia. d. La anamnesis y la exploración física. e. La evolución. f. Las órdenes médicas. g. La hoja de interconsulta. h. Los informes de exploraciones complementarias. i. El consentimiento informado. j. El informe de anestesia. k. El informe de quirófano o de registro del parto. l. El informe de anatomía patológica. m. La evolución y planificación de cuidados de enfermería. n. La aplicación terapéutica de enfermería. ñ. El gráfico de constantes. o. El informe clínico de alta. Los párrafos b, c, i, j, k, l, ñ y o sólo serán exigibles en la cumplimentación de la historia clínica cuando se trate de procesos de hospitalización o así se disponga. 3. La cumplimentación de la historia clínica, en los aspectos relacionados con la asistencia directa al paciente, será responsabilidad de los profesionales que intervengan en ella. 4. La historia clínica se llevará con criterios de unidad y de integración, en cada institución asistencial como mínimo, para facilitar el mejor y más oportuno conocimiento por los facultativos de los datos de un determinado paciente en cada proceso asistencial. Artículo 16. Usos de la historia clínica. 1. La historia clínica es un instrumento destinado fundamentalmente a garantizar una asistencia adecuada al paciente. Los profesionales asistenciales del centro que realizan

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán el diagnóstico o el tratamiento del paciente tienen acceso a la historia clínica de éste como instrumento fundamental para su adecuada asistencia. 2. Cada centro establecerá los métodos que posibiliten en todo momento el acceso a la historia clínica de cada paciente por los profesionales que le asisten. 3. El acceso a la historia clínica con fines judiciales, epidemiológicos, de salud pública, de investigación o de docencia, se rige por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la Ley 14/1986, General de Sanidad, y demás normas de aplicación en cada caso. El acceso a la historia clínica con estos fines obliga a preservar los datos de identificación personal del paciente, separados de los de carácter clínico-asistencial, de manera que como regla general quede asegurado el anonimato, salvo que el propio paciente haya dado su consentimiento para no separarlos. Se exceptúan los supuestos de investigación de la autoridad judicial en los que se considere imprescindible la unificación de los datos identificativos con los clínico-asistenciales, en los cuales se estará a lo que dispongan los jueces y tribunales en el proceso correspondiente. El acceso a los datos y documentos de la historia clínica queda limitado estrictamente a los fines específicos de cada caso. 4. El personal de administración y gestión de los centros sanitarios sólo puede acceder a los datos de la historia clínica relacionados con sus propias funciones. 5. El personal sanitario debidamente acreditado que ejerza funciones de inspección, evaluación, acreditación y planificación, tiene acceso a las historias clínicas en el cumplimiento de sus funciones de comprobación de la calidad de la asistencia, el respeto de los derechos del paciente o cualquier otra obligación del centro en relación con los pacientes y usuarios o la propia Administración sanitaria. 6. El personal que accede a los datos de la historia clínica en el ejercicio de sus funciones queda sujeto al deber de secreto. 7. Las Comunidades Autónomas regularán el procedimiento para que quede constancia del acceso a la historia clínica y de su uso. Artículo 17. La conservación de la documentación clínica. 1. Los centros sanitarios tienen la obligación de conservar la documentación clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad, aunque no necesariamente en el soporte original, para la debida asistencia al paciente durante el tiempo adecuado a cada caso y, como mínimo, cinco años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial. 2. La documentación clínica también se conservará a efectos judiciales de conformidad con la legislación vigente. Se conservará, asimismo, cuando existan razones epidemiológicas, de investigación o de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud. Su tratamiento se hará de forma que se evite en lo posible la identificación de las personas afectadas. 3. Los profesionales sanitarios tienen el deber de cooperar en la creación y el mantenimiento de una documentación clínica ordenada y secuencial del proceso asistencial de los pacientes. 4. La gestión de la historia clínica por los centros con pacientes hospitalizados, o por los que atiendan a un número suficiente de pacientes bajo cualquier otra modalidad asistencial, según el criterio de los servicios de salud, se realizará a través de la unidad de admisión y documentación clínica, encargada de integrar en un solo archivo las historias clínicas. La custodia de dichas historias clínicas estará bajo la responsabilidad de la dirección del centro sanitario. 5. Los profesionales sanitarios que desarrollen su actividad de manera individual son responsables de la gestión y de la custodia de la documentación asistencial que generen.

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán 6. Son de aplicación a la documentación clínica las medidas técnicas de seguridad establecidas por la legislación reguladora de la conservación de los ficheros que contienen datos de carácter personal y, en general, por la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. Artículo 18. Derechos de acceso a la historia clínica. 1. El paciente tiene el derecho de acceso, con las reservas señaladas en el apartado 3 de este artículo, a la documentación de la historia clínica y a obtener copia de los datos que figuran en ella. Los centros sanitarios regularán el procedimiento que garantice la observancia de estos derechos. 2. El derecho de acceso del paciente a la historia clínica puede ejercerse también por representación debidamente acreditada. 3. El derecho al acceso del paciente a la documentación de la historia clínica no puede ejercitarse en perjuicio del derecho de terceras personas a la confidencialidad de los datos que constan en ella recogidos en interés terapéutico del paciente, ni en perjuicio del derecho de los profesionales participantes en su elaboración, los cuales pueden oponer al derecho de acceso la reserva de sus anotaciones subjetivas. 4. Los centros sanitarios y los facultativos de ejercicio individual sólo facilitarán el acceso a la historia clínica de los pacientes fallecidos a las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente y así se acredite. En cualquier caso el acceso de un tercero a la historia clínica motivado por un riesgo para su salud se limitará a los datos pertinentes. No se facilitará información que afecte a la intimidad del fallecido ni a las anotaciones subjetivas de los profesionales, ni que perjudique a terceros. Artículo 19. Derechos relacionados con la custodia de la historia clínica. El paciente tiene derecho a que los centros sanitarios establezcan un mecanismo de custodia activa y diligente de las historias clínicas. Dicha custodia permitirá la recogida, la integración, la recuperación y la comunicación de la información sometida al principio de confidencialidad con arreglo a lo establecido por el artículo 16 de la presente Ley. CAPÍTULO VI. INFORME DE ALTA Y OTRA DOCUMENTACIÓN CLÍNICA. Artículo 20. Informe de alta. Todo paciente, familiar o persona vinculada a él, en su caso, tendrá el derecho a recibir del centro o servicio sanitario, una vez finalizado el proceso asistencial, un informe de alta con los contenidos mínimos que determina el artículo 3. Las características, requisitos y condiciones de los informes de alta se determinarán reglamentariamente por las Administraciones sanitarias autonómicas. Artículo 21. El alta del paciente. 1. En caso de no aceptar el tratamiento prescrito, se propondrá al paciente o usuario la firma del alta voluntaria. Si no la firmara, la dirección del centro sanitario, a propuesta del médico responsable, podrá disponer el alta forzosa en las condiciones reguladas por la Ley. El hecho de no aceptar el tratamiento prescrito no dará lugar al alta forzosa cuando existan tratamientos alternativos, aunque tengan carácter paliativo, siempre que los preste el centro sanitario y el paciente acepte recibirlos. Estas circunstancias quedarán debidamente documentadas. 2. En el caso de que el paciente no acepte el alta, la dirección del centro, previa comprobación del informe clínico correspondiente, oirá al paciente y, si persiste en su negativa, lo pondrá en conocimiento del juez para que confirme o revoque la decisión. Artículo 22. Emisión de certificados médicos.

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán Todo paciente o usuario tiene derecho a que se le faciliten los certificados acreditativos de su estado de salud. Estos serán gratuitos cuando así lo establezca una disposición legal o reglamentaria. Artículo 23. Obligaciones profesionales de información técnica, estadística y administrativa. Los profesionales sanitarios, además de las obligaciones señaladas en materia de información clínica, tienen el deber de cumplimentar los protocolos, registros, informes, estadísticas y demás documentación asistencial o administrativa, que guarden relación con los procesos clínicos en los que intervienen, y los que requieran los centros o servicios de salud competentes y las autoridades sanitarias, comprendidos los relacionados con la investigación médica y la información epidemiológica. DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Carácter de legislación básica. Esta Ley tiene la condición de básica, de conformidad con lo establecido en el artículo 149.1.1 y 16 de la Constitución. El Estado y las Comunidades Autónomas adoptarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, las medidas necesarias para la efectividad de esta Ley. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Aplicación supletoria. Las normas de esta Ley relativas a la información asistencial, la información para el ejercicio de la libertad de elección de médico y de centro, el consentimiento informado del paciente y la documentación clínica, serán de aplicación supletoria en los proyectos de investigación médica, en los procesos de extracción y trasplante de órganos, en los de aplicación de técnicas de reproducción humana asistida y en los que carezcan de regulación especial. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Coordinación de las historias clínicas. El Ministerio de Sanidad y Consumo, en coordinación y con la colaboración de las Comunidades Autónomas competentes en la materia, promoverá, con la participación de todos los interesados, la implantación de un sistema de compatibilidad que, atendida la evolución y disponibilidad de los recursos técnicos, y la diversidad de sistemas y tipos de historias clínicas, posibilite su uso por los centros asistenciales de España que atiendan a un mismo paciente, en evitación de que los atendidos en diversos centros se sometan a exploraciones y procedimientos de innecesaria repetición. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Necesidades asociadas a la discapacidad. El Estado y las Comunidades Autónomas, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, dictarán las disposiciones precisas para garantizar a los pacientes o usuarios con necesidades especiales, asociadas a la discapacidad, los derechos en materia de autonomía, información y documentación clínica regulados en esta Ley. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Información y documentación sobre medicamentos y productos sanitarios. La información, la documentación y la publicidad relativas a los medicamentos y productos sanitarios, así como el régimen de las recetas y de las órdenes de prescripción correspondientes, se regularán por su normativa específica, sin perjuicio de la aplicación de las reglas establecidas en esta Ley en cuanto a la prescripción y uso de medicamentos o productos sanitarios durante los procesos asistenciales. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Régimen sancionador. Las infracciones de lo dispuesto por la presente Ley quedan sometidas al régimen sancionador previsto en el capítulo VI del Título I de la Ley 14/1986, General de Sanidad, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal y de la responsabilidad profesional o estatutaria procedentes en derecho. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Informe de alta.

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Estudio descriptivo sobre los conocimientos bioéticos en un grupo de enfermeros y auxiliares de enfermería. Mª Angustias Navarro Guzmán El informe de alta se regirá por lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Sanidad, de 6 de septiembre de 1984, mientras no se desarrolle legalmente lo dispuesto en el artículo 20 de esta Ley. DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación general y de preceptos concretos. Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley y, concretamente, los apartados 5, 6, 8, 9 y 11 del artículo 10, el apartado 4 del artículo 11 y el artículo 61 de la Ley 14/1986, General de Sanidad. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Entrada en vigor. La presente Ley entrará en vigor en el plazo de seis meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley. Madrid, 14 de noviembre de 2002. - Juan Carlos R. El Presidente del Gobierno, José María Aznar López.

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