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de autores e intérpretes en Concepción Si canta y graba, crea patrimonio inmaterial y nadie se lo puede quitar

El autor de “Te enojai por todo” y “Mi señora”, Rodrigo Osorio Bórquez apela para que las nuevas generaciones aprendan a declarar su obra y obtengan los beneficios que les corresponden.

Como una zona clave para la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales (SCD) y para la música chilena, consideró a Concepción el presidente de la entidad Rodrigo Osorio Bórquez en su reciente visita junto a varios ejecutivos.

Osorio, más conocido en el mundo artístico nacional como “Don Rorro”, vocalista del grupo Sinergia, dijo que la entidad solo deduce una parte de lo que un músico, cantante o compositor recauda como derecho de autor para gestionar o mantener “todo el aparataje, personal y oficina de la institución, fondos de emergencia y ayuda social a sus asociados”.

Tras una ausencia de cuatro años a raíz del estallido social y posterior pandemia, el dirigente concurrió ante los micrófonos de Ucsc Radio, donde fue entrevistado por el periodista José Miguel Correa, con el propósito de difundir sus actividades en la zona y, principalmente, resolver dudas de asociados respecto de la Ley 20.810 más conocida como la ley del 20% de la música chilena vigente en el país desde 2015.

Del asunto del derecho de autor, Osorio dijo que las nuevas generaciones deben sopesar su importancia, ya que cada vez que graban algo están haciendo patrimonio, y un patrimonio es más importante que tener un amplificador, una guitarra, una casa o un computador, porque ese patrimonio inmaterial los acompaña toda la vida y “tú nunca sabes la de cientos de canciones que se pueden hacer”.

Osorio explicó que todo autor o intérprete de una obra es dueño de ese patrimonio, y que a través de SDC puede gestionar los ingresos que generan su uso. Una vez que la canción entra al ciberespacio y a la televisión, empieza a ser usada y a generar derechos e ingresos, acotó. “La música es muy valiosa en el tema, en lo moral y en lo patrimonial. “Queremos que la gente aprenda a declarar su obra y con ello, cuáles son sus derechos, obligaciones y beneficios de estar en una sociedad que, además, les ayuda”.

Derechos conexos

En la misma línea explicativa,

Osorio agregó que una obra musical tiene letra y música y lo que define a una obra es la línea melódica principal y la letra. Es el derecho autoral-agregó- y está ligado a otros derechos que son los conexos. “Los derechos conexos son de quienes interpretan la canción” como también lo son de quiénes tocan la guitarra, hizo el arreglo de bronces y grabó los bronces, en tanto que otros, de la misma índole, van a los dueños de la grabación.

Durante la entrevista, el dirigente hizo notar el apoyo legal que brinda la Sociedad, puesto que, para poder recaudar el derecho de autor de sus asociados, también deben iniciar acciones legales. “En la mayoría de los casos se resuelven y muchas veces también el acuerdo económico de partidos políticos o candidatos que aportan una determinada suma para utilizar determinada música. Siempre va a haber un área judicial que protege”, concluyó.

Escrito entremedio de latas de pintura, sirenas de carabineros y música Hip Hop, este reportaje vislumbra qué está sucediendo en el submundo del grafiti penquista, con la participación de grafiteros, muralistas y propietarios afectados. La Municipalidad paga $470 millones mensuales por el “paquete” de limpieza que incluye la remoción de rayados en la ciudad y uno se pregunta: ¿a qué hora y dónde limpian…?

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