Plan de Ajuste Económico - Ayuntamiento de Librilla

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MEDIDAS PREVISTAS EN EL PLAN DE AJUSTE PARA GARANTIZAR LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA, LÍMITES DE DEUDA Y LOS PLAZOS DE PAGO A PROVEEDORES, POR UN PERIODO COINCIDENTE CON EL DE AMORTIZACIÓN DE LA OPERACIÓN DE ENDEUDAMIENTO QUE SE PREVEA CONCERTAR EN EL MARCO DEL REAL DECRETO-LEY 4/2012, DE 24 DE FEBRERO. CONSIDERACIONES PREVIAS: El calculo de los presupuestos iniciales para 2012 se ha efectuado en la siguiente forma: En Ingresos corrientes, sobre los derechos reconocidos en 2011 se han descontado los derechos reconocidos que corresponden a subvenciones, que ascienden a 694 mil euros y sobre ésta cantidad se ha aplicado la tasa de crecimiento media, que en nuestro caso es de -0,04. En gastos corrientes, a las obligaciones reconocidas del ejercicio 2011 se han descontado las que corresponden a gastos con financiación afectada, tanto del propio ejercicio, que ascienden a 137 mil euros como las desviaciones negativas de financiación, que ascienden a 174 mil euros. A los gastos corrientes se les ha añadido el importe correspondiente a intereses por la operación de crédito que se solicita. No se han descontado ni los ingresos ni los gastos de las subvenciones recurrentes que están consolidadas año tras año. B.1 Descripción medida de ingresos Medida1: Subidas tributarias, supresión de exenciones y bonificaciones voluntarias. 1 - Incremento del IBI urbana al diminuir en 2012, y desaparecer en 2013 la reducción en la base imponible derivada de la revisión catastral efectuada en 2004 en éste municipio, conforme a lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Dicho incremento supone para 2012 un importe de 26.000,00 € y para 2013 y siguientes otros 27.000,00 euros más. Medida 3: Potenciar la inspección tributaria para descubrir hechos imponibles no gravados. Con motivo de la apertura de expedientes sancionadores urbanísticos, están aflorando muchas viviendas, especialmente fuera del casco urbano, que dará lugar a altas en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana. Se van a mantener reuniones con la Agencia Regional de Recaudación y la Gerencia del Catastro a fin de establecer un procedimiento de colaboración del Ayuntamiento en la gestión de las altas. Se espera con esta medida obtener importantes ingresos, pero, no obstante, a fin de que el presente Plan de Ajuste se base en realidades contrastables, sólo se ha previsto una cantidad simbólica. Medida 4: Correcta financiación de tasas y precios públicos 1 - Se incrementará la Tasa por recogida domiciliaria de Basura, servicio muy deficitario, obteniéndose un rendimiento adicional de 27.000,00 € a partir de 2013. 2 - Se incrementará la Tasa por la prestación del servicio de Escuela Infantil en una cuantía de 14.000,00 € anuales, repercutiendo en la disminución de la cantidad que el Ayuntamiento subvenciona al servicio. B.2 Descripción medida de gastos Medida 1: Reducción de costes de personal (reducción de sueldos o efectivos) Este Ayuntamiento cuenta con unos gastos de personal reducibles en la cantidad necesaria para garantizar el Plan de Ajuste y que no puedan ser cubiertas por las otras medidas que se establecen. Los gastos del capítulo I de gastos reducibles corresponden a 132.398,72 € de gastos de personal de órganos de gobierno, 219.549,26 € a personal laboral no fijo y no sujeto a subvención y 40.195,94 € a complemento de productividad del personal funcionario.

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Francisco Javier Montalbán Fernández (1 de 1) Alcalde Fecha Firma: 29/03/2012 HASH: 7797f8543b1fee0a049cbbd1d23484cc

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Ayuntamiento de Librilla Medida 7: Contratos externalizados que considerando su objeto pueden ser prestados por el personal municipal actual. El contrato de gestión de recogida de basura, que se contrató por diez años, finaliza en septiembre de 2012. Desde junio de 2008, a consecuencia de la aplicación de una clausula del contrato que prevé la facturación del transporte de los residuos a una planta de tratamiento más alejada de la prevista en el inicio del contrato (que fue cerrada) se ha encarecido el servicio en unos 133.000,00 euros anuales. La gestión directa del servicio por el Ayuntamiento supondrá un ahorro que podemos estimar en un mínimo de 100.000,00 € anuales. Se ha suprimido el contrato (de servicios) con una Arquitecto Técnico que prestaba servicios en el Área de Urbanismo, cuyo coste en 2011 ha supuesto 13 mil euros. Medida 15: Reducción de en la prestación de servicios de tipo no obligatorio. Se ha suprimido un servicio de transporte de alumnos al Instituto de la vecina localidad de Alhama que supuso en 2011 un coste al Ayuntamiento de 12 mil euros. B.4 Detalle de la financiación de los servicios públicos prestados: Servicio público 1: Abastecimiento de aguas Este servicio se presta en régimen de concesión administrativa, por lo que no supone ningún gasto a éste Ayuntamiento. Servicio público 2: Servicio de alcantarillado Este servicio se presta en régimen de concesión administrativa, por lo que no supone ningún gasto a éste Ayuntamiento. Servicio público 3: Servicio de recogida de basuras Se prevé un ahorro mínimo de 100 mil euros al asumir el Ayuntamiento la gestión del servicio y una subida de la Tasa de 27 mil euros anuales. Servicio público 5: Saneamiento

Servicio público 6: Hospitalarios (Centro de Salud) El ingreso de 4 mil euros corresponde a la subvención anual que otorga la Comunidad Autónoma para mantenimiento del Consultorio médico. Servicio público 8: Educativos El ingreso actual de 17 mil euros corresponde a la subvención anual que otorga la Comunidad Autónoma para mantenimiento de la Escuela Infantil Municipal. Se ha suprimido el servicio de transporte de alumnos de Bachillerato a la vecina localidad de Alhama de Murcia, cuyo coste ascendió en 2011 a 12 mil euros. Se incrementará la Tasa por el servicio de Escuela Infantil municipal, suponiendo un ahorro a la financiación (subvención) del servicio que se presta en régimen de concesión de unos 14 mil euros. Servicio público 12: Transporte colectivo urbano de viajeros No se presta este servicio en éste Ayuntamiento.

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Este servicio se presta en régimen de concesión administrativa, por lo que no supone ningún gasto a éste Ayuntamiento.


Ayuntamiento de Librilla Resto de servicios públicos (3) Comprenden los dos siguientes servicios que se desglosan: 1 - Cementerio: Coste de prestación del servicio: 32 mil euros. Ingresos liquidados o previstos: 3 mil euros. Desviación: 29 mil euros. 2 - Piscina municipal: Coste de prestación del servicio: 17 mil euros. Ingresos liquidados o previstos: 4 mil euros. Desviación: 13 mil euros. OTRAS CONSIDERACIONES:

Este municipio ha venido incrementando su población durante estos últimos en la forma siguiente, según cifras oficiales del Instituto Nacional de Estadística: Año 2007: 4.378 habitantes; Año 2008: 4.455 habitantes; Año 2009: 4.534 habitantes; Año 2010: 4.614 habitantes y Año 2011: 4.730 habitantes. Con esta proyección esperamos alcanzar los 5000 habitantes en el año 2014 lo que repercutirá en la participación en la distribución de la participación en los tributos de Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 124 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que establece que el 75 % se distribuirá en función del número de habitantes de derecho de cada municipio, según las cifras de población aprobadas por el Gobierno, que figuren en el último Padrón municipal vigente, ponderadas por los siguientes coeficientes multiplicadores: Estrato Número de habitantes Coeficientes 1 De más de 50.000 1,40 2 De 20.001 a 50.000 1,30 3 De 5.001 a 20.000 1,17 4 Hasta 5.000 1,00 Nuestro coeficiente pasará de 1,00 a 1,17 y su repercusión se ha estimado, prudencialmente, en 80.000,00 € a partir del ejercicio 2015. Esta medida no se ha contemplado en el Plan de Ajuste siguiendo el criterio, apuntado también con respecto a la inspección tributaria para nuevas altas en el Catastro de Urbana, de no recoger estimaciones que no estén totalmente garantizadas al día de hoy. El 12 de marzo de 2012 se ha dado fin a la tramitación municipal del Plan General Municipal de Ordenación que se inició en 2003. La aprobación definitiva del mismo supondrá cambios en la calificación de suelo que repercutirán en un incremento de los ingresos municipales al tributar como urbanos amplios sectores que estaban calificados como rústicos. Tampoco se ha contemplado esta medida en el Plan de Ajuste por las razones antes expuestas. EL ALCALDE

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El remanente de Tesorería negativo que se sigue arrastrando después de la operación de endeudamiento al amparo del R.D. 4/2012, de 24 de febrero, corresponde en su práctica totalidad a financiación afectada derivada de ingresos urbanísticos (Convenios) y cuyos créditos se irán destinando a los fines que le son propios en función de la liquidez que el Ayuntamiento obtenga en los ejercicios sucesivos, sin que esta circunstancia suponga una dificultad en cuanto a la liquidez de tesorería para hacer frente al cumplimiento del Plan de Ajuste y del pago a proveedores y a las cuotas de la operación de crédito que se concierte, ya que por éste remanente por ingresos con financiación afectada no existen acreedores.


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