Plan Económico-Financiero Ayuntamiento Librilla 2019-2020

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1. MARCO DE REFERENCIA DEL PLAN ECONÓMICO-FINANCIERO

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Francisco Rubio Hernández (1 de 1) Alcalde Fecha Firma: 27/11/2019 HASH: e50ec40e9b755ae8646d2aa2355e3111

PLAN

ECONOMICO-FINANCIERO

AYUNTAMIENTO DE

LIBRILLA

NOVIEMBRE DE 2019


Las Entidades Locales deben someter la ejecución de sus presupuestos al principio de estabilidad presupuestaria, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad financiera. Como consecuencia de ello la Intervención Local elevó al Pleno un informe sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad de la propia Entidad Local y de sus organismos y entidades dependientes referido a la Liquidación del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015. A este respecto es necesario poner de manifiesto que se entiende por estabilidad presupuestaria la situación de equilibrio o de superávit, computada en términos de capacidad de financiación de conformidad con la definición contenida en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC-2010), debiendo tener en cuenta una serie de ajustes a practicar tendentes a cumplir los criterios establecidos por la IGAE respecto del cálculo del déficit en contabilidad nacional adaptado a las Corporaciones Locales.

Asimismo, en cuanto a la evaluación del cumplimiento de la Regla de Gasto hay que indicar que según los datos que arroja la liquidación del presupuesto, el gasto computable del ejercicio 2018 en términos consolidados ha superado el límite fijado por el Gobierno y que quedó establecido en un incremento máximo del 2,4 % respecto al gasto computable del ejercicio 2017.

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De acuerdo con la evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria llevado a cabo por la Intervención Municipal se desprende que en la liquidación del presupuesto del ejercicio 2018, se obtiene una situación de CAPACIDAD de financiación en términos consolidadosde 282.936,78 € con arreglo al siguiente detalle:


A continuación, se detalla la evaluación del cumplimiento del objetivo de la Regla de Gasto en términos consolidados:

Teniendo en cuenta este incumplimiento se hace necesario,de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, la aprobación por parte del Pleno de la entidad de un Plan Económico-Financiero que permita reconducir esta situación de incumplimiento. De conformidad con lo señalado en el artículo 21.2 de la Ley Orgánica 2/2012, el plan económico-financiero contendrá como mínimo la siguiente información: a) Las causas del incumplimiento del objetivo establecido. b) Las previsiones tendenciales de ingresos y gastos. c) La descripción, cuantificación y el calendario de aplicación de las medidas incluidas en el plan.

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Tal y como se desprende de la tabla anterior, en la liquidación del ejercicio 2018 se incumple el objetivo de la Regla de Gasto al haber obtenido un gasto computable de la liquidación por encima del límite fijado del 2,4 % respecto al gasto del ejercicio anterior. En términos consolidados, el gasto computable de la liquidación del ejercicio ha excedido al límite en 188.480,89 euros.


d) Las previsiones de las variables económicas y presupuestarias de las que parte el plan, así como los supuestos sobre los que se basan estas previsiones. e) Un análisis de sensibilidad considerando escenarios económicos alternativos.

2. INCUMPLIMIENTO DE LA REGLA DEL GASTO EN 2018

El incumplimiento de la Regla de Gasto en términos consolidados en el ejercicio 2018 viene motivado fundamentalmente por la minoración de la financiación por fondos procedentes de otras administraciones públicas, con una disminución de 199.188 € con respecto al ejercicio 2017, mientras que por otra parte las inversiones realizadas se incrementaron en 2018 en la cantidad de 70.199 €.

3. PREVISIONES TENDENCIALES DE INGRESOS Y GASTOS

En el cumplimiento del objetivo de la Regla de Gasto hemos tenido en cuenta el informe sobre metodología de cálculo de la Regla de Gasto establecida en la “Guía para la determinación de la Regla del Gasto para CCLL” se flexibiliza el cálculo de la Regla de Gasto, permitiendo que el techo de gasto del año “n” se calcule sobre el gasto computable de “n-1”, sea o no cumplidor, y condicionándolo al cumplimiento del objetivo de Estabilidad Presupuestaria. Teniendo en cuenta lo anterior, sobre las previsiones iniciales de gastos que conforman el presupuesto previsto para 2019 del Ayuntamiento,se han previsto para los ejercicios 2019 y 2020 las siguientes previsiones tendenciales sobre los empleos no financieros tomando como referencia los niveles de ejecución medios alcanzados en los últimos tres ejercicios presupuestarios:

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En este apartado se lleva a cabo la previsión de la liquidación de ingresos y gastos en el ejercicio corriente y en el siguiente, periodo de duración del presente Plan Económico-financiero, según la evolución tendencial de los mismos, esto es, prescindiendo de tomar medidas sobre dichas magnitudes, para analizar cómo se comportaría el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y regla del gasto.


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