Propuesta modificación ordenanza vehículos

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Ayuntamiento de Librilla PROPUESTA DE ACUERDO AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO Asunto: Modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Traccion Mecánica Primero: Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica en los siguientes términos: Se incluye el apartado 2 en el artículo 6 con la siguiente redacción: “2.- Los vehículos automóviles de las clases: Turismos, autobuses, camiones, tractores, remolques y semirremolques, disfrutaran en los términos que se disponen en el siguiente apartado de una bonificación en la cuota del impuesto, en función de las características de los motores, la clase de combustible que consuma el vehículo y la incidencia de la combustión en el medio ambiente, siempre que cumplan las condiciones o requisitos siguientes: a) Que se trate de vehículos de motor eléctrico, de motor a gas, híbridos ( motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diesel o eléctrico-gas), estén homologados de fábrica, incorporen dispositivos catalizadores adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes. b) Para camiones, con emisiones limitadas de CO2 hasta 120 Gr/km, que acrediten esta circunstancia mediante certificado de adecuación a la última norma europea sobre emisiones para motores diesel, en G/KWH o G/KM ( EURO V o posterior ). Para el caso de los remolques, se bonificará un vehículo por cada cabeza tractora bonificada. Estos vehículos tendrán una bonificación del 50% para los vehículos mencionados en el apartado a) y del 75% para los vehículos del apartado b).” Segundo: Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Tercero: Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. EL ALCALDE / Fdo: Francisco Javier Montalbán Fernández

Ayuntamiento de Librilla Plaza Juan Carlos I, 1, Librilla. 30892 Murcia. Tfno. 968658037. Fax: 968658502

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Francisco Javier Montalbán Fernández (1 de 1) Alcalde Fecha Firma: 08/07/2014 HASH: 0935be56a348f3c0b013cbc51ceaf8b4

Expediente nº: 376/2014


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