SECRETARÍA
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Referencia:
2021/20
Exp. 74/2021. Convenio con la Asociación cinológica DOG UNITED Se propone la aprobación del siguiente Convenio, con las siguientes exposiciones de motivos y cláusulas: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LIBRILLA Y LA ASOCIACIÓN CINOLÓGICA DOG UNITED PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DIRIGIDAS A LA INTEGRACIÓN CONJUNTA DE PERSONAS Y PERROS, ESPECIALMENTE EN LABORES DE RESCATE, APOYO EN LABORES POLICIALES Y PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS EN SITUACIONES DE PELIGROSIDAD Y EMERGENCIA, ASÍ COMO PARA LA CONCIENCIACIÓN DE LA SOCIEDAD EN EL CUIDADO Y PROTECCIÓN DE DICHOS ANIMALES EN EL MUNICIPIO DE LIBRILLA.
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EXPONEN I Que el Excmo. Ayuntamiento, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Además, tanto la Legislación estatal como, sobre todo, la autonómica que regulan los animales de compañía otorgan un papel protagonista a la Administración Local en lo que a su ejecución y puesta en práctica se refiere. Además de estas competencias delegadas por la legislación sectorial, la propia Ley 7/1985 contiene títulos competenciales propios que indirectamente habilitan a municipios y provincias a intervenir en este ámbito (medio ambiente, salubridad pública, servicio de limpieza diaria y recogida de residuos, policía local, protección civil, etc... Sobre esta base competencial, se aprobó por este Ayuntamiento la ordenanza municipal sobre protección y tenencia de animales de compañía. Que DOG UNITED, de conformidad con sus estatutos, es una Asociación que tiene, entre sus fines, la integración conjunta de personas y de perros, especialmente en labores de rescate, apoyo en labores policiales y protección de las personas en situaciones de peligrosidad y emergencia, a la vez que pretende la concienciación de la sociedad en el cuidado y protección de dichos animales por medio de la concienciación. II Que DOG UNITED realiza, entre otras, actividades dirigidas a la formación y adiestramiento canino, campañas informativas y de sensibilización en el cuidado y respeto animal, así como asesoramiento en problemas de conducta canina no deseadas, además, destinados a concienciar para evitar su abandono. III Que DOG UNITED y el Excmo. Ayuntamiento de Librilla, estiman conveniente, en aras del cumplimiento de sus respectivos fines, aunar esfuerzos, compartiendo medios materiales, para la
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Cargo: Alcalde - Presidente
Fecha/hora: 22/01/2021 13:57
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realización de las funciones y actividades que son el objeto propio de dicha Asociación. Por ello, las partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes CLAUSULAS Primera.- Objetivo. El presente Convenio tiene por objeto la colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento y Dog United para el desarrollo de actuaciones dirigidas a la integración conjunta de personas y perros, especialmente en labores de Búsqueda y Rescate de personas desparecidas, apoyo en labores policiales en tema de narcóticos y protección de las personas en situaciones de peligrosidad y emergencia así como para la concienciación de la sociedad en el cuidado y protección de dichos animales en el Municipio de Librilla. Segunda.- Compromisos que adquiere DOG UNITED. DOG UNITED adquiere los compromisos de llevar a cabo la ejecución de este convenio y desarrollar actuaciones dirigidas al cumplimiento de su objeto, tal y como ha sido definido en la clausura primera. Para ello, y sin perjuicio de cuantas otras DOG UNITED considere oportuno realizar, realizará las siguientes: • Actividades dirigidas a la formación y adiestramiento canino según convenios. • Campañas informativas y de sensibilización en el cuidado y en el respeto animal. Sin perjuicio de las destinadas a la población con carácter general, se deberán realizar campañas específicamente destinadas a la población escolar, con la celebración de una, al menos, en cada centro escolar de la localidad y año (siempre que la situación lo permita).
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-Organizar y realizar exhibiciones y pruebas caninas, coincidiendo una de ellas, al menos, con la celebración de las Fiestas Patronales. -Colaborar con la Policia Local, previo requerimiento de está, para la ejecución de las tareas precisas para el cumplimiento de las funciones de vigilancia del cumplimiento de lo dispuesto en la ordenanza municipal sobre protección y tenencia de animales de compañía. -Formar a personal civil y de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad sobre el mundo canino y para el adiestramiento de estos animales. A tal efecto, y sin perjuicio de otras actividades, la organización de jornadas sobre adiestramiento canino dirigidas a personal civil, del servicio de emergencias 112, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y a otras asociaciones. -Realizar campañas de concienciación y sensibilidad dirigidas al conjunto de la sociedad sobre el trabajo que realizan los perros (Emergencias 112, terapia, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, etc.) con objeto de conseguir una opinión pública favorable, utilizando, para ello, los medios de comunicación existentes. - Cumplir con todos los requisitos legalmente establecidos sobre protección y tenencia de animales de compañía, y sobre tenencia de animales potencialmente peligrosos en su caso. - Presentar, con periodicidad anual, una memoria descriptiva y detallada de las actuaciones desarrolladas. Dicha memoria se presentara durante el primer trimestre del año siguiente al que se refiera y deberá acreditar que, al menos, el 50% de las actividades desarrolladas por la Asociación lo han sido en el término municipal de Librilla. Asimismo, DOG UNITED se compromete a incluir al Excmo. Ayuntamiento como entidad colaboradora de todos los actos o eventos que organice o celebre en el municipio de Librilla. Tercera.- Compromisos que adquiere el Excmo. Ayuntamiento. El Ayuntamiento adquiere los compromisos de colaborar en el desarrollo del contenido de este convenio mediante la cesión gratuita a la Asociación del uso de un local, sito en la planta tercera del centro municipal de usos múltiples, sito en la calle Sargento Hernández Martínez (antiguo Cuartel de la Guardia Civil), que dispondrá de agua y luz, así como el mantenimiento totalmente gratuitos para la Asociación. El local cuyo uso se ceda se compone de dos habitaciones y aseo, todos ellos antiguos. Además de la necesidad del material para realizar futuros cursos para los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Excmo. Ayuntamiento de Librilla, en el cual quedara dicho material responsable
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DOG UNITED. (Solo material de entrenamiento colectivo). Cuarta.- Condiciones de uso local. DOG UNITED se compromete a mantener en perfecto estado el local cuyo uso se le cede, correspondiéndole la limpieza del mismo. Si la Asociación considerase oportuno realizar algún tipo de mejora en las condiciones del mismo. Deberá comunicarlo previamente a este Ayuntamiento mediante escrito al que acompañara la descripción de las actuaciones pretendidas, que no podrán llevarse a efecto hasta que este Ayuntamiento conceda la correspondiente autorización. En todo caso, dichas mejoras permanecerán en el local aunque hubiese finalizado el uso cuya cesión se realiza a favor de la Asociación. Quinta.- Vigencia. La vigencia de este Convenio se establecerá por dos años naturales, pudiendo prorrogarse por iguales periodos, y podrá extinguirse por ambas partes sin más requisito que el traslado por escrito de una a otra de la oportunidad comunicación. En cualquier caso, la prorroga exigirá para la Asociación, sin perjuicio de la obligación de cumplir con los requisitos establecidos.
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Por el Artículo 236,4 en cuanto a la comunicación durante el mes de enero de cada año del presupuesto y el programa anual de actividades correspondientes, haber cumplido los compromisos adquiridos por este Convenio así como la presentación, antes del 31 de marzo de cada año prorrogado, de una memoria de las actividades realizadas durante el año anterior. Las sucesivas prorrogas no supondrán, para la Asociación, la generación de expectativa alguna en cuanto a la continuidad de la cesión de uso del local, quedando salvaguardado el derecho de este Ayuntamiento para resolver, por razones de oportunidad que lo justifiquen, la modificación de los términos del convenio o, incluso, su extinción. Sexta.- Protección de datos de carácter personal. La Asociación, en ejecución de los compromisos derivados del presente convenio, ajustará sus actuaciones, en cuanto proceda, a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás disposiciones legales de aplicación en la materia. Séptima.- Régimen jurídica y jurisdicción competente. Este Convenio tiene naturaleza administrativa y se encuentra excluido del ámbito del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas, en virtud de lo establecido en el art. 4.1d) de la misma. La eficacia de este Convenio queda supeditada a su aprobación por el órgano municipal competente. Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse serán sometidas a la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
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