MEDICINA LEGAL
LA MEDICINA LEGAL EN EL AMBITO VENEZOLANO LESIONOLOGIA DELITOS SEXUALES ASFIXIOLOGIA AUTORES: Carioly Ninoska Arrieche Diaz Emilia Karina Diaz Viscaya Lisbeth Rafaela Montilla Garcia
TOXOLOGIA
TANATOLOGIA EN EL COPP
Lesiones en la legislación penal venezolana La lesión es el daño corporal o psíquico, temporal o permanente; es toda alteración
anatómica
o
funcional
que
menoscabe la integridad, sin precisar un diagnóstico de enfermedad, originada por un agente externo o interno.
5. Lesiones levísimas. Art. 417 Lesión genérica. Artículo 413 CP. El que sin intención de matar, pero si de causarle daño, haya ocasionado a alguna persona un sufrimiento físico, un perjuicio a la salud o una perturbación en las facultades intelectuales,
Además, todo daño o detrimento somático o psíquico causado violentamente,
será castigado con prisión de tres a doce meses.
consecutivo a la acción de causas externas (mecánicas,
físicas,
administración
de
químicas sustancias
como
la
tóxicas
o
nocivas, biológicas o psicológicas) o internas
Dicho artículo define lo que son las lesiones: constituidas por un sufrimiento físico o psíquico que ocasione perjuicio a la salud o una perturbación mental.
(esfuerzo). El delito de lesiones es aquel donde la Así, en medicina legal el concepto de lesión tiene un sentido mucho más amplio que en traumatología. Las lesiones intencionales
persona sin intención de matar ocasiona un daño físico o psíquico con perjuicio a la salud de otro.
son causadas por una persona, con la intención o voluntad de ocasionar daño a la
El sujeto pasivo referido en el artículo
integridad corporal y la salud de otra persona
(delito tipo) es cualquier persona que reciba la
(puede ser auto-inflingida).
lesión. Mientras que el sujeto activo, será cualquier persona que infrinja el daño físico o
Clasificación de las lesiones
psíquico al sujeto pasivo.
Desde el punto de vista subjetivo:
El Objeto Jurídico será la integridad
-
Lesiones intencionales o dolosas
física que está tutelada por la CRBV. Siempre
-
Lesiones culposas
el objeto jurídico contiene el bien jurídico
-
Lesiones preterintencionales
tutelado por la Constitución o por la Ley; que puede ser un derecho individual fundamental
Desde el punto de vista objetivo:
inherente a la persona, al ser humano o. un Son las lesiones previstas en el Código Penal y en el ordenamiento jurídico
como
gravísimas
irrecuperable). Art. 414
serían,
por
ejemplo,
los
delitos
ambientales, porque en este caso, se tutelan
1. Lesiones menos graves. Art. 413 2. Lesiones
derecho colectivo, difuso de las personas
(algo
los derechos colectivos de la comunidad, es decir derechos intangibles, ya que no se
3. Lesiones graves. Art. 415
puede
determinar
que
4. Lesiones leves. Art. 416
corresponde a cada quien.
cantidad
le
El Objeto Material; Será la persona a la
vida de la persona ofendida o producido
que le han infringido la lesión. Lesión que
alguna enfermedad mental o corporal que
puede ser un golpe, una contusión, una
dure veinte días o más, o si por un tiempo igual
excoriación, etc.
queda la dicha persona incapacitada de
Y los Medios de comisión; es la forma, por violencia (física, moral o psicológica), por acción o por omisión, en forma directa o indirecta, por quemaduras, etc.; cómo se va a
entregarse a sus ocupaciones habituales, o, en fin, si habiéndose cometido el delito contra una mujer en cinta, causa un parto prematuro, la pena será de prisión de uno a cuatro años.
ocasionar la lesión al sujeto pasivo.
Ahora bien, el código ejusdem tipifica taxativamente lo siguiente: Art. Artículo 416. Si el delito previsto en el artículo 413 hubiere acarreado a la persona ofendida, enfermedad que solo necesita asistencia médica por menos de diez
Lesión gravísima: Artículo 414 CP. Si
días o sólo la hubiere incapacitado por igual
el hecho ha causado una enfermedad mental
tiempo para dedicarse a sus negocios
o corporal, cierta o probablemente incurable,
ordinarios, u ocupaciones habituales, la pena
o la pérdida de algún sentido de la mano, de
será de arresto de tres a seis meses.
un pie, de la palabra, de la capacidad de
Art. Artículo 417. Si el delito previsto
engendrar o del uso de algún órgano, o si ha
en el artículo 413, no solo no ha acarreado
producido alguna herida que desfigure a la
enfermedad que necesite asistencia médica,
persona; en fin, si habiéndose cometido el
sino que tampoco ha incapacitado a la
delito contra una mujer en cinta le hubiere
persona ofendida para dedicarse a sus
ocasionado el aborto, será castigado con
negocios u ocupaciones habituales, la pena
presidio de tres a seis años.
será de arresto de diez a cuarenta y cinco días. Art. Artículo 418. Cuando el hecho especificado en los artículos precedentes estuviere acompañado de alguna de las circunstancias indicadas en el artículo 406, o
Lesión grave: Artículo 415 CP. Si el hecho ha causado inhabilitación permanente de algún sentido o de un órgano, dificultad permanente de la palabra o alguna cicatriz notable en la cara o si ha puesto en peligro la
cuando el hecho fuere cometido con armas insidiosas
o
con
cualquiera
otra
arma
propiamente dicha, o por medio de sustancias corrosivas, la pena se aumentará en la proporción de una sexta a una tercera parte.
Si el hecho esta acompañado de
tributarias
(50
U.T.)
a
quinientas
alguna de las circunstancias previstas en el
unidades tributarias (500 U.T.), en los
artículo 407, la pena se aumentará con un
casos especificados en los artículos
tercio, sin perjuicio de la pena del hecho
413 y 416, no pudiendo procederse
punible
sino a instancia de parte.
concurrente
que
no
pueda
considerarse como circunstancia agravante
-
sino como delito separado. Lesiones
preterintencionales
Con prisión de uno a doce meses o multa de ciento cincuenta unidades tributarias
art.
U.T.)
a
un
mil
quinientas unidades tributarias (1.500
Artículo 419. Cuando en los casos previstos
U.T.), en los casos de los artículos 414
en los artículos que preceden excede el hecho
y 415.
en sus consecuencias al fin que se propuso el culpable la pena en ellos establecida se
(150
-
Con arresto de uno a cinco días o con multa
disminuirá de una tercera parte a la mitad.
de
veinticinco
unidades
tributarias (25 U.T.), en los casos del Lesiones culposas, art. Artículo 420.
artículo 399, no debiendo procederse
El que por haber obrado con imprudencia o
entonces sino a instancia de parte.
negligencia, o bien con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, ordenes o disciplinas, ocasione a otro algún daño en el cuerpo o en la salud, o alguna perturbación en las facultades intelectuales será castigado: -
Con arresto de cinco a cuarenta y cinco días o multa de cincuenta unidades
Finalmente, se establece, que el delito de lesiones personales, se da cuando se causa daño corporal o psíquico a una persona, siempre y cuando no haya habido intención de matar.
SEXOLOGIA FORENSE La sexología forense comprende,
Adolescente establece: “Quien realice actos
entre otras asignaturas, las siguientes: las
sexuales con un niño o participe en ellos, será
cuestiones atinentes al instinto sexual normal,
penado con prisión de uno a tres años. Si el
anormal, sus desviaciones, los atentados
acto sexual implica penetración genital, anal u
sexuales, violación, estupro, rapto, abusos
oral, la prisión será de cinco a diez años. Si el
deshonestos, los medios de comprobación,
culpable ejerce sobre la víctima autoridad,
los
guarda o vigilancia, la pena se aumentará en
exámenes
médicos
especiales,
homosexualidad, impotencia y sus diferentes
una cuarta parte”.
clases de enfermedades de transmisión sexual, contagio venéreo, etc., prostitución y corrupción de menores. La
Sexología
Médico
Legal
comprende el estudio de la interrelación de los problemas estudio de la interrelación de los problemas
sexuales
con
la
justicia.
Comprende las sexuales con la justicia. Comprende las desviaciones o perversiones sexuales,
desviaciones
o
perversiones
sexuales, el embarazo, el parto, el aborto, el embarazo, el parto, el aborto, el infanticidio, los delitos sexuales, infanticidio, los delitos
El delito sexual más grave que se puede cometer contra los niños es la violación y precisamente éste, puesto que implica violencia en su forma más característica y propia, es el delito que no está tipificado completa y adecuadamente en este artículo
sexuales. Entendemos por sexo que es la
259 “eiusdem” porque, como se demuestra en
condición orgánica que distingue al hombre de
la transcripción precedente, el término “abuso”
la mujer. Como también se puede diferenciar entre los órganos genitales de reproducción esto abarca lo que es la sexualidad en cambio lo que respecta a la sexología médico legal es la interrelación de los problemas sexuales con la justicia, en la cual comprende desviaciones sexuales o perversiones sexuales en las cuales se puede destacar el aborto, los delitos sexuales, el embarazo.
excluye todo tipo de violencia (física o moral) y sólo incluiría (porque hasta esto es discutible cuando
sí
medie
consentimiento)
la
denominada violación presunta por causa de la minoridad de las víctimas. Incluso el ambiguo término “abuso”, en relación con lo sexual, se refiere a actos distintos al coito (indispensable para que haya violación) y a pesar de que a renglón seguido ese artículo
Ahora bien, el artículo 259 de la Ley
se refiera a “actos sexuales”: y buena prueba
Orgánica para la Protección del Niño y del
de esto es que a esta expresión, que por lo
común se identifica más propiamente con el
1. Cuando la víctima sea especialmente
coito, se le da una latitud excesiva y en todo
vulnerable, por razón de su edad o situación,
caso inusual pues con ella se habla también
y, en todo caso, cuando sea menor de trece
de la “fellatio” o “penetración oral”, lo cual es
años.
doblemente absurdo: por la pena (ya que con excesiva severidad se le parangona con la pena aplicable a las verdaderas violaciones que suponen la cópula) y por la antífrasis evidente: Se debe hablar y se habla de penetración es en términos de coito. Por todo ello, se hace un llamado a la Asamblea Nacional para que en una futura reforma de la Ley Orgánica para la Protección del
Niño
y
del
Adolescente
2. O que no haya cumplido dieciséis años, siempre que para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de
superioridad
o
parentesco,
por
ser
ascendiente, descendiente o hermano, por naturaleza o adopción, o afines con la víctima. 3. O que hallándose detenida o detenido, condenada o condenado, haya sido confiado o confiada la custodia del culpable.
considere
modificar el título del señalado artículo, de
4. O que no estuviere en capacidad de resistir
manera que sea cónsone con la acción
por causa de enfermedad física o mental; por
antijurídica allí tipificada.
otro motivo independiente de la voluntad del culpable o por consecuencia del empleo de
Ahora bien, el artículo 374 del Código Penal tipifica: Quien por medio de
medios fraudulentos o sustancias narcóticas o excitantes de que éste se haya valido.
violencias o amenazas haya constreñido a alguna persona, de uno o de otro sexo, a un
Parágrafo único: Quienes resulten implicados
acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o
en cualquiera de los supuestos expresados,
introducción de objetos por alguna de las dos
no tendrán derecho a gozar de los beneficios
primeras vías, o por vía oral se le introduzca
procesales de ley, ni a la aplicación de
un objeto que simulen objetos sexuales, el
medidas alternativas del cumplimiento de la
responsable será castigado, como imputado
pena.
de violación, con la pena de prisión de diez
En el concurso real de los delitos
años a quince años. Si el delito de violación
cada
aquí previsto se ha cometido contra una niña,
independientemente del otro, lo que no
niño o adolescente, la pena será de quince
encuadra dentro del presente caso. En
años a veinte años de prisión.
consecuencia, los hechos establecidos en
La misma pena se le aplicará, aun
esta
hecho
delictivo
se
comete
causa de ejemplo constituyen
un
sin haber violencias o amenazas, al individuo
concurso ideal de los delitos, y por tanto es
que tenga un acto carnal con persona de uno
pertinente la aplicación del artículo 98 del
u otro sexo:
Código Penal (vigente para el momento en que ocurrieron los hechos), que establece: “El
que con un mismo hecho viole varias
empleado por el legislador, en relación con el
disposiciones legales, será castigado con
concepto de poder que ejercen los padres
arreglo a la disposición que establece la pena
biológicos, pues dadas las circunstancias en
más grave”.
que se encontraban las menores, el acusado
A criterio de la sección, sólo tiene razón la
probable
defensa
en
cuanto
a
la
consumación de ambos delitos, pero dicha consumación
fue
producto
de
un
sólo
fenómeno, lo que, se traduce en un concurso ideal de los delitos, según el artículo 98 del Código Penal.
era responsable de las niñas y se comportaba frente a éstas como si fuera el padre y ejerciendo por tanto el poder derivado de tal estado y de todo lo cual abusó. A ello hay que agregar que el artículo 216 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente declara de acción pública “todos los hechos punibles
cuyas
víctimas
sean
niños
o
adolescentes”. Las enfermedades de transmisión sexual, son un grupo de dolencias infecciosas, causadas por diferentes tipos de microbios, por virus, bacterias, artrópodos, protistas y ciertos hongos cuyo denominador común es que se contagian preferentemente durante las relaciones sexuales, pero también durante transmisión sanguínea y trasmisión madreJurisprudencia del Tribunal Supremo
hijo (nacimiento y lactancia). Una
de Justicia en Sala de Casación Penal EXP:
gran
parte
de
estas
Nº 96-1734. Delitos previstos en los artículos
enfermedades se centran en los genitales de
375, 376, 377, 378 y 379 del Código Penal,
ambos sexos. Pero, en algunos casos,
cuando el hecho se comete con "abuso del
también
poder paternal". En el caso de autos, el
órganos o zonas, como el hígado, el intestino,
acusado DIMAS, si bien no es el padre de las
las articulaciones, el sistema inmunológico,
niñas, se asienta en la denuncia que las tenía
etc. Este grupo de enfermedades no es
bajo su cuidado y las estaba criando desde la
homogéneo en sus consecuencias. Algunas
muerte de la madre de éstas, como si fueran
pueden llegar a ser graves, causando dolor
sus hijas. Lo que pone de relieve que el
crónico, esterilidad e incluso la muerte.
pueden
verse
afectados
otros
acusado al cometer el delito, de hecho ejercía
Hace poco que las enfermedades
poder paternal sobre las niñas. No debe
de transmisión sexual (ETS) atrajeron el
entenderse en el caso concreto y de manera
interés de los clínicos, de quienes formulan
restringida
políticas
el
término
“poder
paternal”
de
salud
pública
y
de
los
investigadores de estos temas. Esta atención
a incrementarse, en especial en los países en
obedece a diversas circunstancias.
desarrollo
En primer lugar, la investigación epidemiológica ha demostrado la amplia gama
de
complicaciones
que
pueden
atribuirse a las ETS (Brunham, Embree). Antes,
se
las
consideraba
enfermedades agudas,
como
cuyas principales
manifestaciones eran el flujo vaginal y las úlceras genitales. En la actualidad, se sabe que esta descripción dista mucho de la
y
en
los
grupos
sociales
desfavorecidos. En efecto, en las mujeres embarazadas pobres, la gonorrea es de diez a quince veces más frecuente que en las de buen nivel socioeconómico; la infección por Chlamydia es de dos a tres veces más prevalente, y la sífilis es de diez a cien veces más común en mujeres de países en desarrollo
que
en
las
de
los
países
industrializados (Wasserheit, Holmes, 1992).
realidad: entre 10% y 40% de las mujeres con
Esta tendencia se puede atribuir a
infecciones por Chlamydia Trachomatis o
diversos factores; los más importantes se
gonococo,
asocian con los cambios en los patrones de
que
no
reciben
tratamiento
adecuado desarrollarán los síntomas de una
comportamiento
sexual:
una
estructura
enfermedad inflamatoria pélvica (EIP), y una
demográfica con alta proporción de jóvenes,
cuarta parte de ellas quedará infértil (Weströn,
una urbanización rápida y una posición de
1980). Además, un embarazo ectópico –
desventaja de las mujeres en la pareja, que
complicación potencialmente fatal de las ETS-
les impide negociar los términos bajo los
es de seis a diez veces más probable en las
cuales se producen los encuentros sexuales
mujeres con una EIP previa que en la
(Wasserheit, Holmes,1992).
población general (Weströn y cols., 1991). El virus del papiloma humano, otro agente que causa infecciones del tracto genital, está asociado
con
el
cáncer
cervicouterino
(Franco, 1991; Reeves y cols., 1989) en tal grado que la tendencia actual es considerar esta neoplasia como una enfermedad de transmisión sexual. Por último, las ETS se asocian
con
resultados
adversos
del
embarazo como la muerte fetal, el bajo peso al nacer y las infecciones congénitas o perinatales (Wasserheit, Hitchcock, 1992). Otra razón que subyace a la actual atención a las ETS es el hecho de que, en las últimas décadas, estos padecimientos tienden
Otro factor que ha contribuido al interés creciente por las ETS es el papel que juegan en la transmisión del virus de
inmunodeficiencia humana (VIH). Las ETS
pueden interpretar los síntomas de la infección
que causan lesiones ulcerativas -como la
como
sífilis y el herpes genital- contribuyen a facilitar
anticonceptivos
la transmisión heterosexual del VIH; por lo
secundaria a la infección, o a la utilización de
tanto, constituyen un factor significativo de
métodos de planificación familiar (Wasserheit,
riesgo para la transmisión del síndrome de
1990).
inmunodeficiencia humana (SIDA).
efectos
Hace
secundarios o
atribuir
poco,
el
la
Banco
de
los
infertilidad
Mundial
Otro motivo, de gran importancia,
reconoció a las ETS como un problema
por el que las ETS se estudian cada vez más,
prioritario para la asignación de recursos
es que constituyen una muestra de las
destinados a la salud. En el informe para
desiguaidades de género que prevalecen en
1993, las ETS aparecen entre las principales
los países en desarrollo. Algunas de ellas son
enfermedades que padecen las mujeres de
la capacidad limitada de la mujer para
los países en desarrollo (Banco Mundial,
controlar las condiciones que rodean al
1993). En 1990, las ETS -excluyendo al SIDA-
ejercicio de la sexualidad, la falta de servicios
que padecieron las mujeres de todos los
de salud a donde las mujeres puedan acudir
grupos de edad en América Latina causaron
en caso de una sintomatología relacionada
la pérdida de 21600 años de vida ajustados
con las ETS Y el estigma social inherente a las
por incapacidad (AVIS). Si se considera sólo a
enfermedades asociadas con las prácticas
las mujeres de entre 15 y 44 años, las ETS se
sexuales. Estos factores añaden un riesgo
convirtieron en la segunda causa de los AVIS
mayor a las condiciones biológicas que, de por
perdidos; el primer lugar lo ocupan las
sí, hacen a las mujeres más susceptibles de
complicaciones derivadas de la maternidad
adquirir
desarrollar
que, por lo demás, también se relacionan con
complicaciones secundarias a las ETS. Las
las ETS. Además de reconocer a las ETS
implicaciones de las ETS sobre los servicios y
como un problema fundamental de salud, el
programas de planificación familiar también
Banco Mundial subraya que para el control de
contribuyen al creciente interés por estas
dichas enfermedades existen intervenciones
infecciones como problema de salud pública.
costo/efectivas,
En efecto, las mujeres que padecen ETS
imperdonable que el problema no se atienda.
una
infección
y de
lo
que
hace
aún
más
IMPUTABILIDAD, RESPONSABILIDAD Y CULPABILIDAD DENTRO DEL CONTEXTO SUSTANTIVO PENAL VENEZOLANO Para empezar abarcar este tema se
otros traumas del cerebro, ni de otros
tienen que reflejar primero los síndromes
trastornos
psiquiátricos, como primer síndrome tenemos
comprometen varias áreas de la personalidad
la psicosis, la cual es un trastorno mental
y casi siempre se acompañan de considerable
generalmente severo que desorganiza la
sufrimiento personal (ansiedad y depresión y
personalidad, incapacita psicológicamente al
de
sujeto y lo desconecta del mundo real al tomar
Generalmente se manifiesta desde la infancia
por verdaderas sus propias producciones
o desde la adolescencia, manteniéndose
mentales patológicas (alucinaciones, ideas
durante la vida adulta.
delirantes, etc.). Otro rasgo distintivo del paciente
psicótico
es
que
carece
de
conciencia de enfermedad mental o insight, es decir, no se considera enfermo.
psiquiátricos.
desorganización
de
Habitualmente
la
vida
social.
En último lugar tenemos, el retraso mental (deficiencia mental, retardo mental, subnormalidad mental, oligofrenia,
déficit
mental, debilidad mental, amencia) la cual consiste en una detención del desarrollo mental que se expresa primordialmente por un déficit de la inteligencia. Sin embargo, la sintomatología del retraso mental no queda reducida a una simple insuficiencia, ya que otras áreas de la personalidad se encuentran también afectadas.
Como segundo síndrome tenemos la
Ahora
bien,
tenemos
que
la
neurosis, que son trastornos originados por
imputabilidad, significa atribuir; en materia
"traumas"
penal, a un sujeto de un acto castigado por la
psicológicos.
Surgen
como
consecuencia de conflictos intrapsíquicos que,
no
obstante
ser
reprimidos
por
inaceptables y dolorosos para el sujeto, generan
angustia,
una
resultar insoportable. Luego encontramos; los trastornos de la personalidad; que son graves
caracterológica
y
de de
El Artículo 62 del Código Penal tipifica:
emoción
extremadamente penosa y que termina por
alteraciones
ley, por la que se declara culpable.
la
constitución
las
tendencias
conductuales de la persona, que no proceden directamente de enfermedades, daños o de
“No es punible el que ejecuta la acción hallándose dormido o en estado
de
suficiente
enfermedad para
privarlo
mental de
la
conciencia o de la libertad de sus actos.
Sin
embargo,
Es conveniente aclarar que, si bien los
cuando el loco o demente hubiere
sujetos declarados inimputables, son siempre
ejecutado un hecho que equivalga
irresponsables, puede ocurrir que, personas
en un cuerdo a delito grave, el
imputables, con conocimiento y voluntad
Tribunal decretará la reclusión en
plena
uno
o
irresponsables; así lo especifica el legislador
establecimientos destinados a esta
en el Código Penal cuando se considera lo
clase de enfermos, del cual no
siguiente:
de
los
hospitales
podrá salir sin previa autorización
del
hecho
que
ejecutan,
Artículo 65 C.P: No es punible:
del mismo Tribunal. Si el delito no fuere
grave
o
si
no
es
1°.
el
El
que
obre
en
será
cumplimiento de un deber o
entregado a su familia, bajo fianza
en ejercicio legítimo de un
de custodia, a menos que ella no
derecho, autoridad, oficio o
quiera recibirlo.
cargo,
establecimiento
adecuado,
sin
traspasar
los
límites legales. Por lo tanto, en la conciencia y en la libertad de actuar
2°.El que obre en virtud de
reside
obediencia legitima y debida.
el
criterio
de
la
En este caso, si el hecho
imputabilidad”.
ejecutado constituye delito o En otro sentido de ideas se encuentra la responsabilidad,
La
responsabilidad
está
fundamentada en la imputabilidad y de la culpabilidad; es responsable sólo quien tiene
falta,
la
correspondiente
pena se
le
impondrá al que resultare haber dado la orden ilegal.
capacidad para sufrir las consecuencias del acto delictivo y éste será el sujeto imputable y
3°. El que obra en defensa
culpable.
de su propia persona o derecho,
siempre
que
concurran las circunstancias siguientes: a). Agresión ilegitima por parte
del
que
resulta
ofendido por el hecho. b). Necesidad del medio empleado para impedirla o repelerla.
sean
c). Falta de provocación,
persona
suficiente de parte del que
pudiendo haberse conducido de una manera
pretenda haber obrado en
no lo hizo, por lo cual el juez le declara
defensa propia.
merecedor de una pena. Es la situación en
4°. El que obra constreñido por la necesidad de salvar su persona, o la de otro, de un peligro grave e inminente, al cual
no
haya
voluntariamente
dado
causa,
y
que no pueda evitar de otro modo.
imputable
y
responsable,
que
que se encuentra una persona imputable y responsable. Es una relación de causalidad ética y psicológica entre un sujeto y su conducta. La culpabilidad tiene dos formas: el dolo y la culpa. La primera es intención, la segunda, negligencia. Ambas tienen por fundamento la voluntad del sujeto activo. Sin intención
o
sin
negligencia
no
hay
culpabilidad, y sin ésta, no hay delito, por ser Finalizando tenemos la culpabilidad, esta es la situación en que se encuentra una
la culpabilidad elemento del delito.
ASFIXIOLOGIA Cuando las alteraciones de la ventilación y de la perfusión alveolar sobrepasan las posibilidades de compensación, los gases en la sangre arterial se apartan del rango normal, con el consiguiente riesgo para la respiración celular. La cantidad de oxígeno que se aporta a los tejidos generalmente excede a las demandas metabólicas. Cuando las necesidades son mayores que el aporte, los tejidos utilizan vías anaeróbicas para la generación de energía. Si este desbalance no se corrige, se produce acidosis por acumulación de ácido láctico, se altera aún más el metabolismo celular y, eventualmente, las células pueden morir. HIPOXEMIA El parámetro de oxigenación arterial que evalúa la función pulmonar es la PaO2, ya que es la función intercambiadora de gases del pulmón la que generalmente determina su valor. Por otro lado, cuando lo que se desea examinar es la respiración tisular, no sólo interesa la presión, que es la determinante del flujo de O2 a las mitocondrias, sino también la cantidad de moléculas de O2 aportadas al tejido por unidad de tiempo. Este aporte depende tanto del contenido de O2 arterial como de la cantidad de sangre que llega al tejido por unidad de tiempo. La disminución de la PaO2 puede deberse a múltiples factores:
2. Insuficiencia de la oferta pulmonar Hipoventilación, trastornos relación /Q o de la difusión 3. Cortocircuitos derecha a izquierda
Disminución de la presión barométrica: Disminución de la fracción de oxígeno en el aire inspirado: consumo del O2 por respiración en espacios cerrados (minas, equipos de sumersión, aparatos de anestesia, etc.), o en procesos de combustión (incendios, estufas, etc.) Desplazamiento del O2 por gases inertes: nitrógeno, metano (minas, pozos)
la
circulatorios
Fístulas intrapulmonares, intracardíacas.
de
arteriovenosas comunicaciones
Con la ayuda del examen de gases arteriales, la diferenciación de estos tres mecanismos es generalmente fácil, aunque puede haber problemas con las comunicaciones interauriculares que se abren o que revierten su flujo, al agregarse hipertensión pulmonar por enfermedad pulmonar. HIPOXIA La hipoxia se define como la disminución del aporte de oxígeno a las células, lo que limita la producción de energía a niveles por debajo de los requerimientos celulares. Puede generarse por diversos mecanismos que se esquematizan de la siguiente forma:
a.- Por disminución de la PaO2 a raíz de cualquiera de las causas de hipoxemia enumeradas.
b.- Por disminución de la capacidad de transporte de oxígeno de la sangre:
1. Disminución de la presión parcial del oxígeno inspirado altura
de
anemia,
intoxicación
por
CO,
metahemoglobinemia.
c.-
Por
disminución
del
aporte
sanguíneo a los tejidos:
generalizado:
shock,
insuficiencia cardíaca.
localizado:
oclusión
arterial o venosa.
d.-Por trastorno de difusión entre capilar y célula por aumento de líquido intersticial (edema).
e.- Por intoxicación de los sistemas enzimáticos
celulares
de
oxido-
reducción: intoxicación por cianuro.
f-. Por consumo excesivo de oxígeno en los tejidos: fiebre alta, ejercicio muscular intenso.
ASFIXIOLOGIA La asfixia desde el punto de vista fisiopatologico La palabra asfixia viene del griego a ausencia, falta y phyxo pulso, palpitar y que etimológicamente significa falta de pulso. Seguidamente, en medicina forense o legal asfixia significa, el impedimento mecánico de la entrada de aire a los pulmones. Otro concepto es la muerte real, violenta, resultante de la interrupción definitiva del intercambio gaseoso respiratorio por una causa externa. La asfixia desde el punto de vista fisiopatologico se presenta en etapas. 1Cerebral, 2- Estimulación corticomedular, 3Cese respiratorio, 4-Cese de la funcioncardiaca y 5- Muerte. En este sentido de ideas, en la fase cerebral el tejido más lábil y afectado es el nervioso donde se producen síntomas como
los acufenos, fosfenos y aura, a un minuto y medio, produciendo perdida del estado de alerta, disminución de la respiración y pulso acelerado. La segunda fase presenta estimulación corticomedular, dura de uno a dos minutos, en esta se presentas signos como: defecación, micción, erección del pene con salida de liquido seminal, crisis convulsiva generalizada esta por el aumento en la concentración de bióxido de carbono que produce acidosis metabólica; las convulsiones provocan muchas de las veces golpes propiciados con objetos como muebles o pared cercano a al cuerpo, provocando contusiones y escoriaciones, cianosis de cara y cuello, aumento de la tensión arterial y frecuencia cardiaca desacelerada. En la fase de cese respiratorio dada la afectación al sistema nervioso central, por falta del intercambio gaseoso, en la corteza cerebral y bulbo raquídeo, se dejan de enviar impulsos a las motoneuronas y en seguida se presenta el paro respiratorio. En la fase del cese de la función cardiaca, se produce una aceleración brusca conocida como taquicardia, a la que sucede la bradicardia o pulso lento hasta llegar al paro cardiaco en diástole. La muerte ocurre instantánea o bien a los diez minutos en promedio.
Signos y síntomas de la asfixia - Obstrucción Total
Cianosis.
La persona no puede hablar, toser o respirar.
Se lleva las manos al cuello (signo universal de atragantamiento).
Pérdida
de
conocimiento
aproximadamente al minuto - Obstrucción Parcial
Tose con fuerza.
Sonido extraño al respirar.
Disnea (dificultad respiratoria).
Primer Auxilio
cianótica característica de la muerte por
- Mayores de 1 año:
aspiración
1) Liberar el cuello de la persona de sus manos.
de
líquido
(Ahogados
azules).
2.-Sumersión-inhibición: el individuo
2) Incentivar a la persona a toser. En caso de que el objeto no salga no pueda toser:
sufre
3) Realizar la maniobra de Heimlich. Hasta que la persona se desobstruya o hasta que caiga inconsciente
contacto brusco con el líquido frío de la
El signo universal de sufrimiento en caso de asfixia o ahogo es agarrarse la garganta con la mano: Otros signos de peligro abarcan:
Color azulado de la piel
Dificultad para respirar
Incapacidad para hablar
Pérdida
del
conocimiento
de
la
respiración y de la circulación, al piel o mucosa de las vías respiratorias altas. Se produce un síncope mortal (Ahogados blancos).e, combinaciones de gases tóxicos como cloro y azufre.
griego y literalmente significa "falta de si
la
Respiración ruidosa o sonidos chillones Tos débil e improductiva.
La clasificación de las asfixias son; sofocación, estrangulamiento, ahorcamiento y sumersión. Las Asfixias Químicas, son fundamentalmente ocasionadas por monóxido de carbono, helio, neon, argon, radon, zenón, gases de combatSUMERSIÓN La sumersión es la asfixia mecánica en la cual está sustituida la inspiración de aire por penetración de líquido en las vías respiratorias debido a la sumersión del cuerpo. No es necesario que la inmersión sea de todo el cuerpo, basta que estén sumergidos solo los orificios respiratorios. De aquí que se hable de sumersión completa o incompleta Formas de sumersión:
inhibidor
1. a.- Asfixia. Esta palabra deriva del
muy agudos al inhalar
reflejo
Finalmente, existen varios conceptos que son importantes remarcarlos:
obstrucción no se alivia
un
1.-Sumersión asfíctica: individuos que han muerto en el agua “ahogándose”. Los cadáveres adquieren una coloración
pulso".
En
autores
la
actualidad
entienden
por
diversos
asfixia
la
imposibilidad para respirar, por una causa mecánica que impide la entrada de oxigeno y la salida de gas carbónico. La carencia de oxigeno en el organismo recibe el nombre e anoxia. 2. b.- Anoxemia. Es la falta de oxigeno en la sangre. 3. c.- Hipoxia. Es la disminución de oxigeno en la sangre y por ende en el organismo
Muerte por Suspensión La muerte por ahorcadura, suspensión o colgamiento, es generalmente suicida y con menos frecuencia accidental. El ahorcamiento homicida es inusual, estando descrito como mecanismo para disimular la verdadera causa de la muerte. La presencia de signos vitales va a permitir distinguir entre una suspensión vital y
otra postmortal. En este número, vamos a mostrar imágenes de algunos signos de ahorcadura discutiendo su origen vital. La autopsia reglada del cuello, en ocasiones, no muestra signos macroscópicos de vitalidad, por lo que tendremos que recurrir a la microscopía para la detección de los mismos. Esta es la causa de que incluyamos en esta sección (esencialmente macroscópica) imágenes microscópicas.
Teorías de la Muerte ahorcadura o colgamiento
por
suspensión,
1.- teoría vascular: quienes defienden esta teoría, afirman que la muerte se produce por compresión de los vasos sanguíneos del cuello, lo cual produce falta de irrigación sanguínea al cerebro y la persona fallece por anemia cerebral.
Lo mismo que en la ahorcadura, intervienen en la muerte por estrangulación a lazo tres mecanismos: a) La asfixia, parece desempeñar un papel más importante que en la ahorcadura, ya que el lazo se aplica generalmente a la altura de la laringe o de la tráquea, para obturar las cuales es suficiente una compresión de 15 o 20 kilogramos. b) Por lo que respecta a la compresión de los vasos del cuello, afecta habitualmente a las yugulares y a las carótidas, menos a menudo a las vertebrales, por lo que predominan los fenómenos congestivos sobre los anémicos. c) Finalmente, la aplicación de la fuerza sobre la laringe puede desencadenar un reflejo inhibitorio mortal, por estímulo de las terminaciones nerviosas laríngeas del neumogástrico.
2.- teoría respiratoria: afirma que la muerte se produce por compresión de las vías aéreas superiores, especialmente la laringe lo que impide el paso del aire por los pulmones, y la persona fallece por anoxemia. 3.- teoría de inhibición: sostiene que ante el pánico de perder la vida se estimula e nervio vagal y la persona fallece por paro cardiaco.
Muerte por estrangulamiento Llamamos estrangulación a la muerte violenta producida por la constricción del cuello mediante la aplicación de una fuerza activa. Como dicha constricción puede hacerse por intermedio de una lazo o de las manos, dando lugar a lesiones distintas, es obligado el estudio por separado de ambas variedades.
Muerte por Sofocación “Es el impedimento mecánico para la penetración del aire atmosférico en el árbol respiratorio por la existencia de cuerpos extraños en las vías o en los orificios respiratorios o por la existencia de una fuerza que anula los movimientos respiratorios de los músculos toráxicos” Clasificación de sofocación: 1.-Por oclusión directa de los orificios respiratorios:
-oclusión directa de boca y nariz.
-introducción
de
cuerpos
extraños en las vías aéreas. 2.-Compresión abdominal.
Fisiopatología.
directa
toraco-
3.-Por carencia de aire respirable:
-confinamiento
-sepultamiento.
La muerte debida a sofocación por bolsa de plástico (SBP) La muerte debida a sofocación por bolsa de plástico (SBP), reconoce diferentes etiologías médico-legales (suicida, homicida, accidental). Aunque en la actualidad es poco frecuente en nuestro medio, es un método tendente a aumentar su frecuencia, especialmente el de etiología suicida, según la bibliografía revisada. En el presente trabajo se describen dos casos de SBP con la finalidad de determinar similitudes y diferencias entre ellos, así como el grado de correspondencia con el cuadro descrito en los trabajos revisados para este tipo de muerte, haciendo especial referencia a los hallazgos encontrados en la región cervical. Sofocación Directa: Se produce por la oclusión de la boca y nariz de forma violenta y por la introducción de cuerpos extraños en las vías respiratorias de manera violentas. Sofocación indirecta: Se produce por la comprensión directa del tórax y del abdomen o por confinamiento o Sepultamiento.
Tipos de sofocación: Este tipo de Asfixias se produce como consecuencia de la obstrucción de las vías respiratorias por algún objeto el cual impide la ventilación pulmonar, o bien en los casos previstos por TARDIEU: • Sofocación por Oclusión: puede ocurrir oclusión directa de los orificios nasales
externos con las manos o cualquier objeto (almohada, cobija, bolsas plásticas, etc.), pudiendo tener una etiología accidental, suicida u homicida. • Sofocación por Opresión o Comprensión: se produce cuando el abdomen y el tórax son inmovilizados impidiendo que se produzca la inspiración pudiendo estar acompañada con rompimiento de vísceras y fracturas de huesos. En este tipo de Asfixia aparece una máscara equimotica por impedimento del regreso de la sangre la cual se queda retenida en la parte superior del regreso de la sangre la cual se queda retenida en la parte superior del cuerpo. Puede ser de etiología homicida o accidental. • Sofocación por Encierro en Lugares no Ventilados: ocurre cuando la persona queda encerrada en algún lugar de modo que la terminarse el oxigeno en el ambiente cerrado entonces se produce la asfixia. • Sofocación por Sepultamiento o Tapamiento: en estos casos la asfixia puede sobrevenir por falta de oxigeno, por compresión toraxo-abdominal o bien por oclusión de los orificios nasales con el material sepultante. Concluyendo, la asfixia, como hemos expuesto hasta el momento, es una frecuente causa de fallecimiento, común a no pocos procesos patológicos. Se apellida “mecánica” cuando proviene del impedimento mecánico de la penetración de aire en los pulmones. La Anoxia o privación de oxigeno puede llegar a producirse cuando las necesidades de oxigeno de las células del organismo no son cubiertas.
Toxico:
¿Qué es la La toxicología forense?
Un toxicólogo forense debe considerar el contexto de la investigación, particularmente cualquier síntoma físico que se haya presentado, y cualquier otro tipo de evidencia recolectado en la escena del crimen que pueda ayudar al esclarecimiento del mismo, tales como recipientes con medicamentos, polvos, residuos y otras sustancias químicas disponibles. Con dicha información y con las muestras de evidencia, el toxicólogo forense debe entonces determinar cuáles sustancias tóxicas están presentes en ellas, bajo que concentraciones, y cual serían los efectos de dichas sustancias en el organismo humano.
Es cualquier elemento que ingerido, inhalado, aplicado, inyectado o absorbido, es capaz por sus propiedades físicas o químicas, de provocar alteraciones orgánicas o funcionales y aun la muerte. La palabra tóxico viene del latín toxicum y del griego toxikón
es una ciencia que identifica, estudia y describe, la dosis, la naturaleza, la incidencia, la severidad, la reversibilidad y, generalmente, los mecanismos de los efectos tóxicos que producen los xenobióticos que dañan el organismo. La toxicología también estudia los efectos nocivos de los agentes químicos, biológicos y de los agentes físicos en los sistemas biológicos y que establece, además, la magnitud del daño en función de la exposición de los organismos vivos a previos agentes, buscando a su vez identificar,
Las distintas costumbres sociales y religiosas llevan al uso y abuso de muchas sustancias que pueden ocasionar intoxicaciones agudas o crónicas. Podemos mencionar como ejemplo el tabaco, el alcohol, la marihuana, el yagé, etc. Estos tóxicos tienen como característica su influencia sobre grandes masas de la población y su progresiva aceptación por parte de las sociedades, alguna de las cuales, lo aceptan como ritos y signos de progreso.
En la investigación de una muerte por presunta intoxicación conviene incluir los siguientes aspectos: a. Historia del Caso. b. Muestra adecuada. c. Análisis Toxicológico. d. Interpretación de los Resultados. e. Papel de la Autopsia.
Una sustancia psicotrópica o psicotropo (del griego psyche, ‘mente’, y tropein, ‘tornar’) es un agente químico que actúa sobre el sistema nervioso central, lo cual trae como consecuencia cambios temporales en la percepción, ánimo, estado de conciencia y comportamiento.
Recolección y Análisis de las muestras se realiza a través de la orina; la recolección de la orina requiere de ciertas condiciones para preservar la integridad de la muestra, especialmente si es para fines forenses: en el cuarto de recolección no debe haber agua caliente, el agua del baño deberá tener un colorante, la temperatura no debe ser extrema, el pH debe estar entre 5-9 y su densidad > de 1002. Cualquier color, olor o apariencia física inusuales deberán ser controlados. La recolección de la muestra para fines forenses deberá ser supervisada para garantizar la integridad de la misma.
TANATOLOGIA La palabra Tanatología proviene de 2
llamada Catalepsia o Catatonia, pero esta
vocablos griegos, “Tanatos” que significa
puede ser reversible con una oportuna
Muerte, y “Logos” que significa tratado o
intervención médica.
estudio; Ciencia que estudia la muerte y las modificaciones del organismo humano a partir del momento de haberse producido la misma. La principal aplicación de la Tanatología se
Muerte
Verdadera: Es el cese
real e
irreversible de las funciones vitales, la detención no necesariamente es simultánea a la de la circulación o la respiración.
encuentra en la realización de la llamada Autopsia, que es un procedimiento quirúrgico
Muerte Súbita: Ocurre en una persona en
que determina los tipos, el tiempo y causa de
aparente buen estado de salud. Según las
muerte.
causas, hay diferentes tipos de muerte súbita: a)
Muerte
súbita
cardiaca:
por
problemas
provocada
cardíacos. En los menores de 35 años suele ocurrir en hombres deportistas que realizan grandes esfuerzos físicos, provocando arritmia o paradas respiratorias. En los mayores de 35, la causa común de muerte súbita es debido a obstrucción de las arterias coronarias (Infarto de miocardio). Este tipo de muerte
Los tipos de muerte, como lo son;
puede ser reversible actuando Muerte Natural: Ocurre a consecuencia de un
con rapidez mediante maniobras
proceso mórbido o patológico del individuo. Muerte
Violenta:
Sobreviene
como
de resucitación cardiopulmonar. b)
Provocada
por
consecuencia de un agente externo de la
fármacos
o
persona.
drogas
o
Muerte
Aparente:
es
aquella
que
drogas:
de
Ciertas
medicamentos
tales como la arritmia cardíaca,
inconsciencia e inmovilidad, con aparente
que pueden inducir a la muerte
detención de la circulación y respiración.
subida de una persona.
Puede ocurrir en la asfixia por sumersión,
intoxicación por barbitúricos. También es
toma
conllevan efectos secundarios
hay
electrocutación, síncope, hipotermia y la
la
c)
Otras causas: Ataques severos de epilepsia o Ataques severos de asma o émbolos pulmonares.
Obstrucción de las arterias que
un mismo lugar, pero en diferentes estratos
van a los pulmones o rotura de
sociales. Cuando la muerte se produce, hay
aneurismas
vasculares.
culturas que no tienen duelo, hay otras que
Dilatación anormal y exagerada
tienen un duelo corto y otras, uno prolongado,
de un vaso sanguíneo que se
tan trascendental que la ceremonia puede
rompe espontáneamente dando
convertirse en un símbolo del grupo social.
lugar a una pérdida masiva de sangre.
Síntomas
No
hay
síntomas claros que se asocien a una muerte súbita, pero en la mitad de los casos pueden notarse:
Palpitaciones;
Dolor
agudo en el pecho; Fatiga severa; Mareos y desmayos.
El levantamiento del cadáver; como regla general debemos decir que la diligencia de levantamiento de cadáver no es una diligencia médico legal, es una diligencia judicial y debe tratarse como cualquier diligencia de inspección ocular – judicial, cuestión que con frecuencia no se tiene en cuenta en nuestro medio. Las personas que
Ahora bien encontramos los fenómenos
realizan el levantamiento de cadáver deben
cadavéricos; el cual son signos debido al
conformar un equipo multidisciplinario, en el
cambio de reacción del medio interno, están
que idealmente deben participar entre otros, el
divididos
tipos
principales;
a)
juez, su secretario, técnicos en balística,
cadavéricos
temprano;
q
identificación, fotógrafo, planimetrísta, médico
comprenden; Livideces cadavéricas, Rigidez
forense, entre otros. El procedimiento objetivo
cadavérica,
cadavérico,
para el levantamiento del cadáver son;
Deshidratación cadavérica; y el segundo tipo
Determinar la forma médico legal de la
es; b) Fenómenos cadavéricos tardíos; q
muerte; Efectuar el cronotanatodiagnóstico
comprenden;
Destructores
(fecha y hora de la muerte); Identificar el
Conservadores:
se dividen en naturales y
en
Fenómenos
dos
Espasmo
Autolisis,
artificiales.
cadáver
y/o
el
homicida
en
su
caso;
Reconstruir el suceso. Dentro de lo Previsto en el Código Orgánico Procesal Penal encontramos
los
relacionados
con
siguientes el
artículos
levantamiento
del
cadáver; En este sentido de ideas en el Art. 215 muerte en accidentes de tránsito; se En este sentido de ideas, un rito
indica en este articulo, que en los casos de
funerario, se trata de todo el ceremonial que
muerte causada en accidentes de tránsito, sin
se lleva a cabo en los casos de entierro de
perjuicio de las facultades que corresponden
alguna persona, y que puede variar no sólo en
a los órganos encargados de la persecución
el tiempo sino en los lugares y las culturas.
podrán ser realizadas por un oficial del cuerpo
Pueden variar incluso en una misma época y
de control y vigilancia de tránsito terrestre,
auxiliado por el médico forense, así como su
casi
imperceptibles
a
los
métodos
traslado a la morgue correspondiente. Se
convencionales o extraordinarios, dando la
dejará constancia de lo actuado a conformidad
sensación de que la persona ha fallecido.
con las normas generales de dicho código; tipificando
esto
último
la
ley
ejusdem
estudiada. El acta o certificado de defunción es un documento legal en el que se registra la muerte de una persona.
La Organización
Mundial de la Salud define, la causa de muerte como la enfermedad, lesión o trauma primario que inicia y luego desencadena una serie de trastornos funcionales y complicaciones, que de una manera secuencial conducen al deceso del paciente o víctima. Una vez que se tiene el Acta de defunción se puede proceder a inscribir el fallecimiento de la persona en la Jefatura Civil de la Jurisdicción, donde se produjo el deceso.
Además, esta es un estado pasajero o transitorio de la vitalidad orgánica esencial, casi abolidas que dan apariencia de muerte, debido a la inamovilidad de la respiración,
De esta forma terminando, se establece
circulación y actividad nerviosa. Luego la
que la Tanatología viene hacer la ciencia que
muerte clínica (absoluta o real) caracterizada
estudia la muerte y las modificaciones del
por la desaparición total de toda actividad
organismo humano a partir del momento de
biológica vital, es decir la pérdida total y
haberse producido la misma. Mientras que la
definitiva de la circulación, respiración y
tanatocrono-diagnóstico es la ciencia que
neurológica. También se establece la muerte
trata del estudio de la fecha probable de la
cerebral que es la suspensión total, definitiva
muerte, y se refiere a los indicios sobre la hora
e irreversible de las funciones cerebrales
de la muerte, el día, el mes o los años en que
(neurológicas). Por consiguiente la muerte
se produjo. Ahora bien dentro de los tipos de
súbita
muertes se encuentran los siguientes, primero
manifiesta de manera inesperada o de pronto,
la muerte aparente es el estado patológico
fuera de toda causa violenta en una persona
donde el cuerpo humano experimenta una
aparentemente sana o en el curso de alguna
disminución de sus funciones vitales, es decir
enfermedad aguda o crónica (latentes) y que
que los mecanismos biológicos de vida:
habían pasado inadvertidas hasta el momento
respiración, circulación y la actividad nerviosa,
de la muerte que sorprende al propio
se encuentran en su más mínima expresión,
(muerte
sospechosa),
es
la
se
individuo, a familiares y amigos. Por último se
autoridad extranjera, que cumpla con los
destaca la muerte asistida.
requisitos establecidos en la ley para su
Por otra parte es importante señalar los
inserción, y el acto emanado del Ministerio del
signos en el cadáver reciente; iniciando con la
Poder Popular con competencia en materia
reacciones supra vitales, luego los fenómenos
de Defensa de la Nación, en el caso de los
cadavéricos,
militares
después
los
fenómenos
en
campaña,
todo
esto
está
fisiológicos, por consiguiente, fenómenos
enmarcado en la Ley orgánica de registro civil.
bioquímicos. También los signos en el
Finalmente tenemos que cuando el
cadáver antiguo primero los cambios en las
Médico Forense no esté disponible o no exista
partes blandas y luego la entomología
en la localidad donde ocurrió el hecho, la
cadavérica, y para finalizar los signos en
policía de investigaciones penales procederá
restos
aspectos
a levantar el cadáver; disponiendo su traslado
generales y las pruebas especiales. La fase
a la morgue correspondiente, o a otro lugar en
del levantamiento del cadáver se encuentra
donde se pueda practicar la autopsia, su
establecida en el artículo 200 del actual
identificación final y la entrega a sus
Código Orgánico Procesal Penal, el cual
familiares. La policía de investigaciones
señala lo siguiente: “En caso de muerte
penales procurará identificar al occiso a través
violenta
de
esqueléticos,
o
cuando
que
son
existan
fundadas
cualquier
medio
posible.
En
este
sospechas de que la muerte es consecuencia
procedimiento se aplicará las reglas del
de la perpetración de un hecho punible, antes
Artículo 202 cuando sean pertinentes.
de procederse a la inhumación del occiso, la policía de investigaciones penales, auxiliada por el médico forense, realizará la inspección corporal preliminar, la descripción de la posición y ubicación del cuerpo; evaluará el carácter
de
las
reconocimientos
heridas quesean
y
hará
los
pertinentes,
además de las diligencias que ordene el Ministerio Público”. Ahora bien las actas de defunciones, deberán
ser
declaradas
de
manera
obligatoria, ante las Oficina o Unidades de Registro Civil dentro de las 48 horas siguientes a su ocurrencia. Las defunciones se registrarán en virtud de, declaración de la defunción, la decisión judicial, el documento auténtico emitido por
EDITORIAL: MEDICINA FORENSE VENEZUELA