Isuu laboral

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2017

INFOTRABAJO LA REVISTA DEL AÑO AUTOR: PIERINA PANICCIA

2017-2

[ESCRIBIR

LA DIRECCIÓN DE LA COMPAÑÍA]


Derecho del Trabajo El derecho del trabajo, es un

Otros en cambio, se refieren a

hecho social que ha evolucionado a lo

los sujetos intervinientes en la relación

largo de la historia; hoy en día, apunta

laboral, determinando que si los

hacia uno de los derechos humanos

sujetos antedichos son de Derecho

con

Privado, la relación es de Derecho

mayores

internacional

garantías y

nuestro

a

nivel derecho

Privado,

y

viceversa.

Venezolano no es la excepción; Con la

Doctrinariamente,

entrada en vigencia de la Ley Orgánica

como

del Trabajo, los Trabajadores y las

Privado e inclusive como un “Derecho

Trabajadoras, esta rama prevalece bajo

Mixto”.

un compendio de normas que hacen

Individual prevalece el orden público,

valer sus principios y su ámbito de

se trata de un Derecho Privado

aplicación.

limitado por el Orden Público Laboral.

Por

lo

cual

resulta

Derecho En

se

le

Incluso,

Público,

materia

de

considera Derecho Derecho

sumamente necesario conocer todo lo relacionado al Derecho del Trabajo. Por lo tanto, en cuanto a lo que se refiere la Naturaleza Jurídica del Derecho del Trabajo, desde hace varios años se ha venido discutiendo si la naturaleza jurídica del Derecho del Trabajo es de orden público o es de orden privado. Algunos estudiosos del Derecho opinan, que para saber si la norma es de Derecho Público, hay que analizar la relación jurídica existente, será pública si la norma que lo regula es de carácter público.

Más sin embargo, hoy en día se ha confirmado que el Derecho del Trabajo por su naturaleza es un híbrido, ya que está integrado por normas de Derecho Público y de


Derecho Privado. Es decir, es un

decir, la balanza se va a inclinar al

derecho mixto.

débil jurídico. Y por los órganos especiales encargados de su aplicación, tanto en lo administrativo como lo judicial: En este punto se tiene que hablar de la entrada en vigencia del Constitución Nacional de 1999 y de la Ley orgánica Procesal Laboral: 

Primera Instancia: Tribunales Sustanciación

-

Mediación-

Ejecución

del

trabajo

Tribunales

de

Juicio

y del

Trabajo Por otro lado, se considera que

la rama del derecho en cuestión, es autónoma por diversas razones, entre

superiores 

ellas, por ser un sistema homogéneo de reglas orientadas por un propósito

Segunda Instancia: Tribunales

Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social

tutelar del trabajo, por cuenta y bajo

Órganos

administrativos

inspectoría

dependencia ajena. Se refiere a que el

del

trabajo

y

Ministerio del trabajo

Derecho laboral tiene sus propias leyes sustantivas,

porque

tiene

normas

En

este

sentido,

es

preciso

especiales para la materia laboral. Otro

mencionar sobre que principios se

motivo lo abarca sus fuentes y

regula el derecho del trabajo. Siendo

métodos de interpretación propia; tiene

estos en líneas generales, la Justicia

fuentes muy particulares al Derecho

Social, solidaridad, equidad y el

laboral, en cualquier proceso se debe

respeto a los derechos humanos.

entender quien es el débil jurídico, es

Basándose en principios de carácter


constitucional, lo que conlleva a la

se

encuentra

establecido

legislación laboral, pasar de regir las

Articulo18 de la LOTTT.

en

el

situaciones derivadas del trabajo como hecho social, a proteger el trabajo como hecho social; garantizando así los derechos de los trabajadores. De esta forma, se consagra el derecho al trabajo y el deber de trabajar

de

las

personas

sin

discriminación alguna, lo cual incluye a personas con discapacidad. También se garantiza la igualdad y equidad entre hombres y mujeres en el ejercicio del

derecho

incorporan

del

trabajo,

además

los

y

se

idiomas

indígenas en la relación de trabajo. Aunado a ello, se prohíbe el trabajo a adolescentes menores de catorce años de edad. Desde otro enfoque, tenemos el Por lo tanto, el derecho del trabajo

basamento constitucional del Derecho

se regula también, sobre principios que

del Trabajo. Siendo su principal fuente

garantizan la aplicación de la ley, en

en virtud de que en las constituciones

lo concerniente a la prioridad de la

se

realidad sobre las formas y de la

libertades que tienen los individuos, y

interpretación de la norma siempre a

la protección de que gozan frente al

beneficio del trabajador cuando esta

Estado. En ellas han comenzado a

conlleve a dudas en su interpretación

incorporarse derechos sociales que

(in dubio pro operario). Cada Principio

contemplan

las

garantías

y


regulan garantías mínimas asegurables

legislación en materia de derechos,

para los trabajadores, y frente a sus

deberes y garantías constitucionales…

empleadores. Es así como empiezan a

la del trabajo, previsión y seguridad

aparecer,

textos

sociales”, lo que apertura o abre el

constitucionales, principios y derechos

rango de materia especial y por ende

laborales que adquieren el rango

régimen especial del Derecho Laboral.

en

los

normativo máximo: el constitucional. En nuestro caso nos referimos a la Constitución

de

la

Republica

Bolivariana de Venezuela, de la cual se

En virtud de lo explicado, conforme a la CRBV se señalan los siguientes artículos: 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96 y 97.

pueden mencionar: Derecho al trabajo, Para

al salario mínimo, Indemnización ante

finalizar

este

breve

despido injusto, Jornada de trabajo,

análisis respecto al derecho del trabajo,

descanso semanal y las vacaciones.

indico

Seguridad social. Estabilidad de los

prescripciones

funcionarios públicos. Seguridad e

laborales, que son el tiempo que otorga

higiene en la empresa, para tener un

la

ambiente limpio y sano de trabajo. La

acciones. Anteriormente en materia

materia

temas

laboral las prescripciones eran de tan

específicos: los accidentes del trabajo

solo 1 año, y en casos de enfermedades

y las enfermedades profesionales.

y accidentes ocupacionales, 2 años.

contempla

dos

ley para

Derecho de sindicación. Derecho de huelga y de cierre patronal, Derecho a negociar colectivamente.

lo

concerniente de

las

ejercer

a

las

acciones

determinadas

La LOTTT con base en la Transitoria Cuarta de la Constitución de

la

Republica

Bolivariana

de

Por ende, menciono el Articulo

Venezuela, rescata su legado y rompe

Art. 156, numeral 32 de nuestra Carta

la prescripción laboral brevísima de un

Magna establece que es competencia

año y la convierte en 10 años para las

del

Poder

Público

Nacional

“la

prestaciones sociales y las demás


acciones derivadas de la relación

La Ley señala los supuestos

laboral se elevan a cinco años (5),

mediante

incluyendo

interrumpir la prescripción de una

los

accidentes

enfermedades ocupacionales.

y

las

los

cuales

se

puede

acción laboral: mediante una demanda laboral aun ante juez(a) incompetentes; el

reclamo

ante

el

Organismo

Ejecutivo competente cuanto se trate de acciones contra la República y por reclamo, acuerdos y transacciones ante la autoridad administrativa del trabajo. Debe establecerse además que el simple reclamo del trabajador ante la autoridad administrativa del trabajo (inspectoría o Ministerio del Trabajo) o la demanda contra el empleador ante la autoridad judicial del trabajo (Juez del

Trabajo)

sea

suficiente

para

interrumpir el lapso de prescripción de las acciones laborales sin que sea necesario esperar a la citación del patrono

ni

tampoco

tener

que

registrarse el libelo de la demanda como lo establece el Código Civil para la interrupción de la prescripción de las acciones civiles. Según el artículo 1982 del Código Civil, se da la prescripción a los dos años contados desde el


nacimiento de la obligación. Este tipo

subsiste

de prescripción, llamada presuntiva o

naturaleza civil, siendo aplicable el

impropia, descansa sobre una base

artículo 1980 del Código Civil, que

doctrinal diferente de la ordinaria; por

establece tal lapso de prescripción para

cuanto se trata de deudas salariales,

todo cuanto deba pagarse por años o

alimentarias, periódicas, muchas veces

plazos periódicos más cortos. El lapso

no documentadas, que, con frecuencia,

de

se

ordinarias

pagan

sin

dejar

recibos,

la

entre

prescripción

las

partes

es

de

de

las

acciones

derivadas

del

vínculo

prescripción impropia, acogiendo el

laboral,

uso, presume al cabo del plazo de dos

artículos 1870, 1973 y 1977 del

años que han sido pagadas. Por

Código Civil.

ejemplo,

en

deudas

por

salarios

acumuladas durante un plazo de cuatro años, que se reclaman conjuntamente con las prestaciones sociales por despido. demandado

En

tal podría

supuesto,

el

oponer

la

presunción de pago de

los dos

primeros años de salarios que se reclaman, de conformidad con el artículo 1.982, numeral 11 del Código Civil. La Sala de Casación Social del Tribunal

Supremo

de

Justicia

considera que la acción para demandar el beneficio de la jubilación prescribe a los 3 años, por cuanto disuelto el vínculo de trabajo, el vínculo que

de

conformidad con

los


PRINCIPIOS LOTTT Artículo

18.

renuncia CRBV:

o

menoscabo

de

estos

derechos.

RELACION CON 18, 20 DE LA

5. Cuando hubiere dudas acerca

LOTTT: El trabajo es un hecho social

de la aplicación o concurrencia de

y goza de protección como proceso

varias normas o en la interpretación de

fundamental para alcanzar los fines del

una determinada norma se aplicará la

Estado,

más

la

satisfacción

necesidades

materiales

de

morales

las e

intelectuales del pueblo y la justa

favorable

al

trabajador

o

trabajadora. La norma adoptada se aplicará en su integridad.

distribución de la riqueza.

6. Toda medida o acto del

La interpretación y aplicación

patrono o patrona contrario a la

de esta Ley estará orientada por los

Constitución

siguientes principios:

Bolivariana de Venezuela o a esta Ley

1. La justicia social y la

la

República

es nula y no genera efecto alguno.

solidaridad, 2.

de

7. Se prohíbe todo tipo de La

progresividad

intangibilidad de

los

derechos

y y

beneficios laborales, por lo que no sufrirán desmejoras y tenderán a su progresivo desarrollo. 3. En las relaciones laborales prevalece la realidad sobre las formas o apariencias. 4. Los derechos laborales son irrenunciables. Es nula toda acción, acuerdo o convenio que implique la

discriminación por razones de edad, raza, sexo, condición social, credo o aquellas que menoscaben el derecho a la igualdad ante la ley y por cualquier otra condición. 8. Se prohíbe el trabajo de adolescentes en labores que puedan afectar

en

cualquier

forma

su

desarrollo integral. El Estado los o las protegerá contra cualquier explotación económica o social.


PRESCRIPCIÓN

DE

LAS

ACCIONES

a) Por la introducción de una demanda judicial, aunque se haga ante

En cuanto a

las acciones

un juez o una jueza incompetente.

provenientes de los reclamos por

b) Por la reclamación intentada

prestaciones sociales prescribirán al

por

cumplirse diez años contados desde la

competente,

fecha de terminación de la prestación

reclamaciones contra la República u

de los servicios de conformidad con lo

otras entidades de la administración

establecido en la Constitución de la

pública nacional, estadal o municipal,

República Bolivariana de Venezuela.

centralizada o descentralizada.

El resto de las acciones provenientes de la relación de trabajo prescribirán al cumplirse cinco años, contados a partir de la fecha de terminación de la prestación de los servicios. En los casos de accidente de trabajo o de enfermedad ocupacional, el lapso de prescripción de cinco años se aplicará conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones

DE

LA

PRESCRIPCIÓN: ARTÍCULO prescripción

de

52. las

La acciones,

provenientes de la relación de trabajo, se interrumpe:

el

organismo cuando

se

ejecutivo trate

de

c) Por la reclamación intentada por ante una autoridad administrativa del

trabajo,

transacciones

o

por

acuerdos

celebrados

ante

o el

funcionario o funcionaria competente del trabajo, que pudieran hacerse extensivos a los derechos de todos los trabajadores y las trabajadoras. d)

Por

las

otras

señaladas en el Código Civil.

y Medio Ambiente de Trabajo. INTERRUPCIÓN

ante

causas



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