LOS MEDIOS DE PARTICIPACION CIUDADANA EN VENEZUELA CRBV
12 DE JULIO DE 2015 KEISER JOSE JIMENEZ URIBE EDICION UNICA
LA PARTICIPACION CIUDADANA
La Constitución se declara:
población mediante una elección
-Art.63 (CRBV) El sufragio es un
directa, de primer grado. En los
derecho.
países
Se
ejercerá
votaciones
libres,
mediante universales,
(CRBV)
ciudadanos
y
Todos
ciudadanas
los tienen
derecho de asociarse con fines políticos democráticos
mediante de
métodos organización,
funcionamiento y dirección.
funcionan
dos
niveles de gobierno, el nacional y el municipal.
directas y secretas. -Art.67
unitarios De
modo
que
son
sometidos a elección los cargos correspondientes a cada uno de estos niveles. Dependiendo de si se trata de
gobiernos
parlamentarios
o
presidenciales la elección directa abarca sólo al Poder Legislativo, o también
al
jefe
correspondiente. unitarios
de
En
gobierno
los
países
descentralizados
y
federales, se eligen además los máximos funcionarios de un nivel intermedio, denominadas regiones, provincias, comunidades autónomas o estados. Cuando la forma de gobierno es de tipo presidencial, a nivel nacional, se elige directamente al presidente de la república, que es jefe de estado y de gobierno, al vicepresidente y también a los 1) La Elección De Cargos Públicos Los cargos de elección popular son aquellas funciones públicas cuyos titulares son determinados por la
miembros del parlamento nacional. El
vicepresidente
es
electo
en
conjunción con el presidente, no puede votarse por el candidato a presidente de un partido y el
vicepresidente de otro, de modo que
confianza
en realidad la elección tiende a
Legislativo.
concentrarse
en
la
figura
y
censura
del
Poder
del
presidente. En América Latina la mayoría de los países incluyen en sus constituciones electa
la
vicepresidencia
conjuntamente
con
el
presidente4, al igual que en los Estados Unidos. Las excepciones son Argentina y México que no tienen entre
sus
instituciones
la
vicepresidencia, y Venezuela donde el vicepresidente es designado por el presidente. Cuando la forma de gobierno es parlamentaria, se elige directamente sólo a los integrantes del cuerpo legislativo. El jefe de gobierno
es
un
miembro
legislativo,
líder
del
coalición
mayoritaria,
propuesta
del
jefe
del
partido
o
que
a
de
Estado
(monarca o presidente) es sometido a un voto de confianza del parlamento. En los regímenes semi-presidenciales el jefe de Estado (presidente) es electo en votación popular, pero la jefatura del gobierno está a cargo de un primer ministro que es designado de acuerdo a las reglas del régimen parlamentario, y está sometido a la
2) Definición De Elecciones: En política, una elección es un proceso de toma de decisiones usado en las democracias modernas donde los
ciudadanos
candidatos
o
votan partidos
por
sus
políticos
preferidos para que actúen como representantes en el gobierno. La pregunta respecto a quién debe sufragar es un asunto central en las
elecciones. generalmente
En no
el se
electorado encuentra
incluida la población entera; por ejemplo, muchos países les prohíben votar a las personas declaradas mentalmente incompetentes; además, todas las jurisdicciones requieren una
La noción de sufragio está vinculada
edad mínima para votar.
al sistema electoral para la provisión
También se conoce con el nombre de elecciones
al
acontecimiento
periódico en el cual concurre la ciudadanía a emitir su voto para cargos
electivos,
Las
elecciones
pueden ser internas dentro de cada partido, para decidir quienes serán sus candidatos con participación no obligatoria, y elecciones generales con obligación de la ciudadanía. 3) Nociones Sobre El Sufragio
de cargos públicos. El sufragio es un derecho constitucional y político que incluye al sufragio activo (el derecho de una persona a emitir un voto para elegir representantes o para aprobar o rechazaralgún sufragio
referendo)
pasivo
(el
y
derecho
al a
presentarse como candidato en un proceso electoral y a ser elegido). En los gobiernos democráticos, de todas
formas,
limitado
el
sufragio
por ciertas
está
condiciones
El sufragio es una expresión pública
legales. De acuerdo a cada país, el
o secreta de una preferencia a una
sujeto debe ser mayor de edad,
opción. El concepto es sinónimo de
contar con la nacionalidad del país
voto y hace referencia al gesto u
donde pretende votar o presentarse
objeto que permite expresar tal
como representante o cumplir con
preferencia.
otros requisitos. El sufragio universal es el derecho a votar a toda la población adulta del Estado, más allá de su sexo, raza, condición social o creencias.
4) El Sufragio Y La Soberanía La
soberanía,
según
la
sufragio clásica
definición de Jean Bodin en su obra de 1576 Los seis libros de la República, es el «poder absoluto y perpetuo de una República»; y soberano es quien tiene el poder de decisión, de dar leyes sin recibirlas de otro, es decir, aquel que no está sujeto a leyes escritas, pero sí a la ley
se
arrogue
el
lugar
preeminente en la vida política del Estado
democrático
liberal:
función electoral, que sirve para designar a los representantes, y la función normativa, que se emplea para iniciar una ley, aceptar o rechazar
un
texto
legislativo
constitucional.
Bodin, «si decimos que tiene poder absoluto quien no está sujeto a las leyes, no se hallará en el mundo príncipe soberano, puesto que todos los príncipes de la tierra están sujetos a las leyes de Dios y de la naturaleza y a ciertas leyes humanas comunes a todos los pueblos». medio
del
sufragio,
los
ciudadanos
ejercen
el
derecho
reconocido
en
la
norma
constitucional a participar en la determinación política
de
general
la
orientación
mediante
la
designación de sus representantes o mediante la votación de aquellas propuestas que les sean sometidas. Cumple
así
dos
funciones
fundamentales que han hecho que el
e
incluso para intervenir en la revisión
divina o natural. Pues, según añade
Por
la
5) Naturaleza Jurídica Del Sufragio
“sufragio” y “voto” por parte de amplios sectores doctrinales. En definitiva, si la ley debe reflejar fielmente la voluntad general, todos los ciudadanos han de participar en su formación a través de la elección de quienes, en cuantos representantes suyos, han de elaborarla. 6) Principios Del Sufragio: Los principios del sufragio son los siguientes: • Universal: todos los ciudadanos tienen el derecho a elegir y a ser El tema de la naturaleza jurídica del sufragio ha propiciado posiciones doctrinales divergentes que, aun cuando con infinitos matices, pueden reconducirse a dos grandes grupos. En todo caso, en un momento ulterior, al vocablo “sufragio” se ha dado un nuevo significado, el de voto. El propio Diccionario de la Lengua Española recoge como una de las acepciones de aquel vocablo la de “voto” de quien tiene capacidad de
elegir.
precedente
La ha
circunstancia
propiciado
una
utilización indistinta de las voces
elegidos sin importar su sexo, raza, idioma, profesión,
ingreso
y
estamento
propiedad, o
clase,
educación, religión o convicción política. • Igual: Todos los votos son iguales en cuanto a su valor numérico. No es lícito diferenciar la importancia del voto de los electores en función de criterios de propiedad, ingreso, pago de tributos, educación, religión, raza, o posición política. Cada elector puede tener –según el procedimiento de votación– uno o varios votos. Lo decisivo es que el número de votos
del conjunto de electores sea el
elementos
mismo del cuerpo electoral.
representación
• Secreto: este principio se opone a la emisión pública o abierta del voto, así como al voto “al dictado”, por aclamación o por mano alzada. Se debe
garantizar
jurídica
y
organizativamente (mediante cabinas electorales,
papeletas
oficiales
opacas, urnas selladas, etc.) que la decisión del votante no puede ser conocida por nadie.
principios clásicos establece la no existencia de intermediarios entre el votante y el elegido, que hayan de ser elegidos
por
los
electores (compromisarios) y que, posteriormente, realicen la elección de los representantes. Son los propios ciudadanos
sistema
de
proporcional.
Así,
algunos legisladores son electos por el
sistema
de
mayoría
(en
circunscripciones uninominales y a veces plurinominales) y otros, casi la mitad de los cargos, por el sistema proporcional (en las llamadas “listas cerradas y bloqueadas”). El sistema es
similar
al
sistema
electoral
alemán, el cual constituye un caso obligado de estudio en el derecho electoral comparado.
• Directo: Este último de los
previamente
del
electores
los
que
determinan a los titulares de los escaños o de los cargos a elegir.
El sistema venezolano tiene la particularidad de que a cada lista o alianza se le elimina de mayor a menor tantos cocientes como escaños uninominales hubiera obtenido. En consecuencia se puede afirmar que los pilares del sistema son, por un lado,
la
vinculación
nominaciones
de
lista
de
las
con
las
nominaciones uninominales por un mismo partido y, por el otro, el
7) Sistema Electoral Venezolano:
mantenimiento
El
venezolano
proporcionalidad, para lo cual se
puede definirse como un sistema
debe aplicar correctamente el sistema
mixto ya que combina en su seno
de compensación (es decir, que se le
elementos
sistema
representación
electoral
del por
de
la
sistema
de
reste correctamente a la lista el
mayoría
con
número de candidatos victoriosos por la elección uninominal).
Es un mecanismo de participación ciudadana que se utiliza para aprobar un proyecto de ley, de ordenanza o de resolución local de iniciativa popular que haya sido negado por la entidad competente para hacerlo cumplir, en otras palabras, lo que se 8) El Poder Electoral:
busca con un referendo es que los
Art. 292. (CRBV) El Poder Electoral se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente rector y, como organismo subordinado a éste, la Junta
Electoral
Nacional,
Comisión
de
Registro
Electoral
y
la
Participación
Civil
Comisión Política
la y de y
Financiamiento, con la organización
proyectos comunidad
de
interés
sean
para
la
autorizados
y
ejecutados; es decir, el referendo es una instancia a la que el pueblo puede acudir en caso de que la corporación encargada de aprobar la ley no la acepte o simplemente deje vencer el plazo para discutirla y aprobarla.
y el funcionamiento que establezca la
Art.- 71 (CRBV) Las materias de
ley orgánica respectiva.
especial
Es responsable de la transparencia de los
procesos
electorales
y
refrendarios, que garantiza a los venezolanos la eficiente organización de todos los actos electorales que se realicen en el país y en particular, la claridad, equidad y credibilidad de estos procesos y sus resultados para elevar y sostener el prestigio de la institución electoral.
trascendencia
podrán ser sometidas a referendo consultivo Presidente
por o
iniciativa
Presidenta
de
del la
República en Consejo de Ministros; por
acuerdo
de
la
Asamblea
Nacional, aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes; o a solicitud de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el Registro Civil y Electoral.
9) El Referendo:
nacional
cuando
crea
próxima
a
que ser
una
decisión
tomada
es
de
trascendencia nacional; esdecir, que afecta a todos los Departamentos del país.
En el caso de las consultas populares a
10) La Consulta Popular: La
consulta
nivel
distrital,
departamental,
municipal o local, la decisión de
popular
un
convocarlas no es tomada por el
participación
Presidente sino por los Gobernadores
el
se
y Alcaldes, según sea el caso, para lo
convoca al pueblo para decida acerca
cual no se debe acudir al Congreso
de
para que éste la respalde sino que los
mecanismo
de
ciudadana
mediante
algún
aspecto
es cual de
vital
importancia. La consulta popular
Gobernadores
puede ser tanto nacional como
cumplir ciertos requisitos que están
departamental, municipal, distrital o
claramente definidos en el Estatuto
local.
general de la organización territorial.
En el caso de una consulta de
11) La Revocación De Mandato:
carácter nacional, el Presidente de la República, con el previo aval del Congreso y respaldado por las firmas de
todos
los
Ministros,
es
el
encargado de consultar al pueblo
o Alcaldes
deben
La revocación es un procedimiento electoral
mediante
el
cual
los
electores pueden quitar o no de su puesto
a
revocatoria
un
cargo de
electo.
mandato
La se
fundamenta en los principios de
constitucional,
no
soberanía
estructura
y
popular
y
de
representación, puesto que el pueblo en ejercicio de su soberanía, otorga a sus representantes un mandato para que ejerzan el poder político.
modifica
la
principios
constitucionales. Siempre y cuando exista un sistema de Constitución flexible como la de Venezuela que acepta reformas y
12) Poder Constituyente:
enmiendas.
El Poder constituyente es la voluntad
14) El Cabildo Abierto, Fines y
originaria,
Características:
soberana,
suprema
y
directa que tiene un pueblo, para constituir un Estado dándole una personalidad al mismo y darse la organización jurídica y política que más
le
convenga.
El
poder
constituyente puede ser delegado a una asamblea o a una convención.
Era una modalidad extraordinaria de reunión de los pobladores de las ciudades hispanoamericanas, durante la colonización española, en caso de emergencias o desastres, con el fin de tomar decisiones en carácter de catástrofe, y se convocaba a cabildos
Así pues, el poder constituyente es
abiertos integrados por los vecinos,
de absoluta pertenencia del pueblo;
de la colonia española.
es el resultado de la expresión soberana de una Nación, traducida en la
elección
de
una
asamblea
encargada de redactar y promulgar una Constitución. 13) La Reforma Constitucional: Según el artículo 342 de la carta magna una reforma constitucional
Una
característica
principal
del
cabildo es que no era democrática, En cuanto los españoles fundaban una ciudad, se creaba el cabildo, y este se ocupaba del gobierno y administración de las ciudades y tenían jurisdicción sobre todo el territorio.
tienepor objeto revisar de manera
Como decíamos, los cabildos fueron
parcial los artículos y así transformar
organismos que representaban a la
con carácter fundamental el texto
comunidad, aunque debe reiterarse
que no eran un instrumento de la voluntad
popular.
Estas
características del cabildo hicieron que
la
corona
lo
mirara
con
desconfianza. Para separarlo de la comunidad. 15) La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas: Es la instancia primara para el ejercicio del Poder, la participación y el
protagonismo
popular,
cuyas
decisiones son de carácter vinculante para el Consejo Comunal respectivo, es la máxima instancia de decisión del Consejo Comunal, integrada por las y los habitantes de la comunidad mayores de 15 años.
La Participación Protagónica es un principio establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), entendido como un derecho y un deber socio-político, el cual le exige a los ciudadanos y ciudadanas su incorporación activa, plena y organizada en la Gestión Pública Local, a objeto de ocupar y consolidar espacios legítimos de interrelación con los órganos del Poder Público Municipal, la instancia más cercana a los ciudadanas y ciudadanas. En tal sentido, la CRBV, establece en su artículo Artículo 168: Los Municipios constituyen la unidad política primaria de la organización nacional, gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de esta Constitución y de la ley. La autonomía municipal comprende: La elección de sus autoridades. La gestión de las materias de su competencia. La creación, recaudación e inversión de sus ingresos. Las actuaciones del Municipio en el ámbito de sus competencias se cumplirán incorporando la participación ciudadana al proceso de definición y ejecución de la gestión pública y al control y evaluación de sus resultados, en forma efectiva, suficiente y oportuna, conforme a la ley. En el mismo orden de ideas, Iván Cañas (2002) plantea, que se trata de: “una redistribución del poder como propiedad colectiva, que pertenece a todas y todos, y que se ejerce a través de las diferentes instancias y mecanismos institucionales y comunitarios”.