MONITOREO, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN¿DISCURSO DE LA GESTION PÚBLICA O REALIDAD?

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 MONITOREO, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN ¿DISCURSO DE LA GESTION PÚBLICA O REALIDAD? INTRODUCCION En el presente documento, se pretende hacer un análisis de lo que se viene asumiendo como Sistema de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación (SMSE), a partir de dar respuesta a cinco (5) preguntas (¿Discurso de la gestión pública o realidad? ¿Qué es el monitoreo, el seguimiento y la evaluación? ¿Cómo llegan estos conceptos a implementarse? ¿Quién se encarga del monitoreo, el seguimiento y la evaluación? ¿Cómo se ha implementado el monitoreo, el seguimiento y la evaluación, en la ciudad y sobre todo en la comuna 6 de Medellín?), haciendo una revisión conceptual, normativa y de las entidades gubernamentales y no gubernamentales que lo aplican a nivel Nacional, Departamental, Municipal y Local, como la Comuna 6. La aplicación de un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación, se ha planteado como el mecanismo idóneo para que los recursos públicos, alcancen una mayor eficiencia, eficacia, economía y transparencia en su diagnóstico, planeación y ejecución, lo que permitiría hacer control en cada una de sus fases a los planes, programas y proyectos.

¿Qué es el monitoreo, el seguimiento y la evaluación? Se habla mucho de monitoreo, seguimiento y evaluación en la gestión pública1, para el caso de nuestra comuna 6, se ha venido trabajando en este aspecto, pero en realidad ¿Qué es? ¿Cómo llegan estos conceptos a implementarse? y ¿Quién 1

Gestión Pública: Proceso integral, sistemático y participativo, en el cual se articulan la planificación, la ejecución, el seguimiento y la evaluación de las estrategias gubernamentales de desarrollo económico, social, ambiental, físico, institucional, político y financiero, conforme metas definidas, capacidad administrativa, financiera y sectorial con que se cuenta para darles cumplimiento, en términos de eficacia, eficiencia y efectividad. Tomado de: Colombia, Departamento Nacional de Planeación, Gestión Pública Local, Bogotá, Departamento Nacional de Planeación, Dirección de Desarrollo Territorial Sostenible, 2005.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 se encarga de ello? Para llegar a responder estas preguntas primero debemos saber qué significa monitoreo, seguimiento y evaluación. Para Karen Mokate, Monitoreo: Es “detectar de manera oportuna las fortalezas y deficiencias de los procesos de implementación, que permita hacer ajustes para una óptima gestión de las iniciativas, para optimizar los resultados esperados y responder a las expectativas de la ciudadanía”2. Según Fabio Velásquez, El seguimiento: “Es un instrumento que provee elementos de juicio que permiten valorar de qué manera se están empleando los recursos y hasta qué punto las políticas se ajustan a la realidad sobre la cual pretenden actuar”3 Según Olga Nirenberg, “El núcleo de toda evaluación, consiste en emitir juicios valorativos fundamentados y comunicables, es decir, atribuir un valor, medir o apreciar si se ejecutan las actividades de acuerdo a lo programado, si los resultados obtenidos corresponden a los objetivos y metas propuestos, así como en qué medida ha mejorado la situación de los destinatarios de las acciones, como producto de la política adoptada y/o programa o proyecto desarrollado”4. La institución Universitaria Esumer, en el documento “sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación, modelo de gestión para el desarrollo integral comuna 6” que es un producto del convenio de asociación 4600020393 del 2009, cita: “Si no se miden resultados, no se puede distinguir entre el éxito y el fracaso; si no se puede ver el éxito, no se puede recompensar; si no se puede recompensar el éxito, quizás se esté premiando el fracaso; si no se puede ver el éxito, no se puede aprender de él; si no se puede reconocer el fracaso, no se puede corregir; si se pueden demostrar resultados, se puede 2

MOKATE, Karen, “El monitoreo y evaluación en la gerencia para resultados en el desarrollo”, en: Miguel Vera, ed., Evaluación para el desarrollo social: aportes para un debate abierto en América Latina, Guatemala, Magna Terra Editores, 2006, p. 37. 3

VELASQUEZ, Fabio, “Seguimiento y evaluación de la gestión publica de las ciudades”, Planeación y Desarrollo, Bogotá, vol. 28. Núm. 4, oct,-dic., 1997, p 17.

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NIRENBERG, Olga, “Nuevos enfoques en la evaluación de proyectos y programas sociales”, VI Congreso Internacional del CLAD sobre la reforma del Estado y de la Administración Pública (5-9 de noviembre de 2001) Centro de Documentación e Información. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (Mecon). http://cdi.mecon.gov.ar/biblio/docelec/clad/cong6/7nov/49/nirenber.pdf, consultado enero 2013. p.2.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 ganar el respaldo público” (Osborne y Gaebler 1992, citado por Zall y Rist, 2005)5 Monitoreo, seguimiento y evaluación, conforman un sistema que permite conocer el recorrido que hacen los planes6, los programas7 y los proyectos8, además de poder apreciar el nivel de realización de los objetivos y las metas definidas e identificar y seleccionar la información que viabilice la toma de decisiones para proponer los correctivos y los ajustes necesarios. Aporta el fundamento para la adopción de medidas correctivas, tanto propias como operacionales, con el fin de mejorar el diseño, la forma de aplicación y la calidad de los resultados obtenidos. Para el diseño de un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación, es preciso definir metas y objetivos cuantificables, acompañados de un diseño de indicadores9, así como de la determinación previa del uso y el acceso que se 5

ESUMER, Institución Universitaria, convenio de asociación 4600020393, alcaldía de Medellín Departamento Administrativo de Planeación Municipal, Institución Universitaria Esumer, sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación, modelo de gestión para el desarrollo integral comuna 6, 2009

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Plan: Para Ezequiel Arder-Egg el Plan es el parámetro técnico-político dentro del cual se enmarcan los programas o proyectos. Y menciona que un plan hace referencia a las decisiones de carácter general que expresan: • Lineamientos • Prioridades • Estrategias de acción • Asignación de recursos • Conjunto de medios o instrumentos (técnicas) que se han de utilizar para alcanzar metas y objetivos propuestos. Un plan está constituido por un conjunto de programas; http://www.eumed.net/libros-gratis/2006b/voz/1a.htm. Consultado en enero de 2013 7

Programas: Arder-Egg, en sentido amplio hace referencia al programa como un conjunto organizado, coherente e integrado de actividades, servicios o procesos expresados en un conjunto de proyectos relacionados o coordinados entre sí y que son de similar naturaleza. Un programa operacionaliza un plan mediante la realización de acciones orientadas a alcanzar las metas y objetivos propuestos dentro de un periodo determinado. Http://www.eumed.net/libros-gratis/2006b/voz/1a.htm. Consultado en enero de 2013

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Proyectos: Proceso que articula estratégicamente las acciones de una entidad a su misión y objetivos, de acuerdo con las prioridades fijadas en los planes de desarrollo, con el propósito de garantizar la mayor coincidencia entre las decisiones derivadas de la planeación y las acciones reflejadas en el presupuesto. Tomado de: Colombia, Departamento Nacional de Planeación, Gestión Pública Local, Bogotá, Departamento Nacional de Planeación, Dirección de Desarrollo Territorial Sostenible, 2005.

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Indicadores: Herramientas para clarificar y definir, de forma más precisa, objetivos e impactos, son medidas verificables de cambio o resultado, diseñadas para contar con un estándar contra el cual evaluar, estimar o demostrar el progreso, con respecto a metas establecidas, facilitan el reparto de insumos,

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 permitirá a los indicadores y los resultados de la evaluación, el establecimiento de usuarios a quienes estará destinado el sistema y la finalidad de su uso, como también, la disponibilidad de información y recursos, además del compromiso de autoridades y responsabilidades legales y por último la articulación de dependencias y/u organizaciones en el proceso de evaluación. De los tres: monitoreo, seguimiento y evaluación, la evaluación tiene por característica que debe hacerse: antes, durante y después, aunque hay quienes dicen que debe realizarse: antes, como contextualización preliminar (diagnostico); al inicio, como preparación inicial; durante, en la gestión; al final, en el logro y; después, en el impacto, como proceso sistémico10 de la planeación, abandonando la evaluación su carácter operativo11 o estratégico12. Como también puede ser interna, externa o mixta. Podríamos decir entonces que si se aplica el monitoreo, el seguimiento y la evaluación; la planeación13 y la planificación14 del desarrollo de una comuna, produciendo, productos y alcanzando objetivos. Los indicadores sociales: son estadísticas, serie estadística o cualquier forma de indicación que nos facilita estudiar dónde estamos y hacia dónde nos dirigimos con respecto a determinados objetivos y metas, así como evaluar programas específicos y determinar su impacto. Los indicadores pueden ser cualitativos o cuantitativos. Construcción propia. 10

La evaluación como proceso sistemático: Implica entenderla como conjunto de elementos interrelacionados, entre los cuales existen cierta cohesión y unidad de propósito, teniendo el desafío de generar y mantener la cohesión y la finalidad compartida que fortalezcan la naturaleza sistémica de sus procesos. SANCHEZ Mazo, Liliana María, SALINAS Arango, Diana Patricia, Evaluación de la planeación del desarrollo en Colombia. Caso Municipio de Medellín, 1995-2007, Universidad de Antioquia. 2011, p. 26 11

La evaluación como proceso operativo: El desarrollo de métodos y estrategias de la evaluación ha estado condicionado por el desenvolvimiento de las tendencias y los avances de la investigación social que permiten medir los resultados, los efectos o los impactos de los programas de inversión social. En este sentido, su práctica se relaciona con las metodologías y las técnicas más apropiadas para ejercerla, los métodos que utilizan, los objetivos de estudio que aborda, la financiación de los recursos, los procedimientos, etc. Ibíd. p. 27.

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La evaluación como proceso estratégico: Teniendo en cuenta que la estrategia alude a la mejor manera de realizar una acción, en un tiempo y espacio determinado, en el tejido de la evaluación esta característica significa que debe estar abierta a las posibilidades debidamente priorizadas, conforme el contexto de la acción a emprender. Ibíd. p. 25. 13 Planeación: El proceso de considerar las diferentes alternativas en el curso de las acciones a corto y mediano plazo y decidir cual de ellas es la mejor, además es una práctica social y política. Construcción propia.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 una ciudad o un país, se haría con mayor seguridad y confiabilidad; se realizaría una distinción con mayor exactitud de las mejores oportunidades en un proceso dado, así como la posibilidad de corregir las situaciones fuera de dominio, entre otras, porque requiere de la aplicación de procesos sistemáticos para medir y evaluar, mediante el empleo articulado y simultaneo de un sistema de control.

¿Cómo llegan estos conceptos a implementarse? Con la Constitución Política de Colombia de 1991, en sus Artículos 117, 118 y 119 de la estructura del Estado, en la función Pública Administrativa, sus Artículos 209, 269 y 343, 344, que le asignan funciones al Departamento Nacional de Planeación (DNP) en su parte administrativa y con el principio de QUIEN PLANEA ES QUIEN EVALÚA, lo cual se reglamenta en el Decreto 2167 de 1992, luego por el Decreto 1363 de 2000, el documento CONPES15 2688 de 1994, la Ley 152 de 1994, por medio de la cual se estableció la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo, con sus propósitos, entre ellos, “establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados por el artículo 342, y en general por el capítulo 2o. del título XII de la Constitución Política y demás normas constitucionales que se refieren al plan de desarrollo y la planificación”16.

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Planificación: Es definir cursos de acciones a futuro, mediante un proceso continuo de toma de decisiones o de planeación, para alcanzar un objetivo, manejar racionalmente la incertidumbre en la cual nos toca actuar y disminuir los riesgos. Construcción propia.

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El documento CONPES: Consejo Nacional de Política Económica y Social; fue creado por la Ley 19 de 1958. Ésta es la máxima autoridad nacional de planeación y se desempeña como organismo asesor del Gobierno en todos los aspectos relacionados con el desarrollo económico y social del país. Para lograrlo, coordina y orienta a los organismos encargados de la dirección económica y social en el Gobierno, a través del estudio y aprobación de documentos sobre el desarrollo de políticas generales que son presentados en sesión. El Departamento Nacional de Planeación (DNP) desempeña las funciones de Secretaría Ejecutiva del Conpes y Conpes Social, y por lo tanto es la entidad encargada de coordinar y presentar todos los documentos para discutir en sesión. https://www.dnp.gov.co/CONPES.aspx. Consultado enero de 2013 16

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/1994/ley_0152_1994.html. consultado enero de 2013.

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Pero en realidad, el seguimiento, evaluación y control, no se le hace a los planes de desarrollo en sí mismos, ni al proceso de planeación del desarrollo, sólo se realiza a los Planes Operativos Anuales de Inversión (POAI) y a los resultados de los Planes Cuatrienales de Inversiones, dando cuenta de los porcentajes de ejecución, conforme lo presupuestado y lo ejecutado. Además, el seguimiento, evaluación y control están previstos en: la Ley 715 de 2001, los documentos CONPES 2790 de 1995, 3188 de 2002, el 3248 de 2003, el 3294 de 2004, las guías del DNP de julio de 200417, de febrero de 200518, de mayo de 200519, la Resolución 806 de 200520, los Decreto 195 de 2004, 72 de 2005, 28 de 2008. A nivel del Municipio de Medellín están los Acuerdos 45 de 1993, el 043 de 1996, el 17 de 2004, el 43 de 2007. Dentro de la función Fiscal, que es la que se ocupa de la vigilancia y control fiscal financiero y de resultados de la Administración Púbica, está, La Contraloría General de la República, las Contralorías, departamentales y municipales, que se consagran en la Constitución Política de Colombia en su Título V, Capitulo 1, Artículos 117, 119, 267, Título X, Título XII, Capítulo 3, Artículos 345, 355, además las Leyes 42 de 1993, 136 de 1994, 617 de 2000, 1473 de 2011; Los Decretos Nacionales 111 de 1996, 1714 de 2009 y 4923 de 2011. Dentro de la función Política, en cabeza del Congreso de la República, Asambleas Departamentales, Concejos Municipales y las Juntas Administradoras Locales, debe alcanzar la coherencia, concordancia, la complementariedad, partiendo del espíritu constitucional contenido en los Artículos 135, 150, 151, 178, 189, 287, en

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Instrumentos para la ejecución, seguimiento y evaluación del plan de desarrollo municipal: plan indicativo, plan operativo anual de inversiones y plan de acción. SANCHEZ Mazo, Liliana María, SALINAS Arango, Diana Patricia, Evaluación de la planeación del desarrollo en Colombia. Caso Municipio de Medellín, 1995-2007, Universidad de Antioquia. 2011, p. 41. 18

Gestión Pública Local. Ibíd.

19

Metodología para la medición y análisis del desempeño municipal. Ibíd.

20

En lo referido al Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional. (BPIN) y al sistema de Seguimiento y Evaluación de Proyectos de Inversión. (SSEPI). Ibíd.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 el Capítulo III del Régimen Municipal, Artículo 313 y en los Artículos 339, 341, 342, 352, 353, además de los arriba enunciados. En la Constitución Política de Colombia de 1991, se considera una condición de responsabilidad social, con el fin de que la sociedad civil, sean estos ciudadanos/ciudadanas u organizaciones de ciudadanos y ciudadanas de tipo gremial, no gubernamental (ONG), cívico o comunitaria, para que asuman sus deberes y derechos sociales de EXIGIRLE a la estructura gubernamental del Estado que cumpla con sus funciones Pública, Administrativa, Fiscal y Política asignada por la normatividad, evitando también encubrir su incumplimiento, así como complementarla sin competir con ella, ni pretender suplirla, como lo expresan los Artículos Constitucionales, 103, 270, 340, y 341 la Ley 134 DE 1994, por la cual se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana, la Ley 136 de 1994, Ley 489 de 1998, Ley 563, 617 de 2000, Ley 850 de 2003, Ley 1551 de 2012, el Decreto 28 de 2008 y Los Decretos Municipales promulgados en Medellín arriba ya enunciados. En fin, hay muchas Leyes, Decretos y Acuerdos que hablan, reglamentan y posibilitan el seguimiento, la evaluación y el control, en lo que se refiere a los planes de desarrollo, tanto Nacional, como Departamental, Municipal y Local, sin que ello dé cuenta de ser un sistema adecuado, puesto que poco se manifiesta la implementación de indicadores de gestión que posibiliten informar del proceso de planeación en términos de sus productos, resultados, sus efectos e impactos, así como del cumplimiento de cronogramas, planes de acción, actividades, la inversión de recursos y los presupuestos, debido a que el seguimiento, la evaluación y el control, le corresponde hacerlo a quien tiene la función de planear y lo realiza de forma interna y como función pública21, faltándole la responsabilidad social22, que es propia de los ciudadanos y ciudadanas que ejercen sus derechos y deberes no sólo desde su parte civil sino también política,

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Función Pública: Lo propio de la estructura gubernamental del Estado; aquello asignado directa e irrenunciablemente a los gobernantes, en su tarea funcional de garantizarle el bienestar colectivo y procurar el mejoramiento de la calidad de vida de la población. Ibíd. p. 166

22

Responsabilidad Social: Lo propio de los gobernados; aquello que sin tener vínculos con la estructura gubernamental del Estado, ni con su función pública, asumen la doble responsabilidad de exigir que se cumpla y, al tiempo, complementarla sin competir con ella. Ibíd.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 que implica la exigencia de rendición de cuentas23, claras, reales y entendibles en términos contables y financieros, donde se muestra cómo se estaba y cómo se termina, además del proceso realizado para llegar a estar como estamos. Cabe añadir que: “el control como función Pública, el cual es asignado a la Contraloría General de la República con responsabilidades predeterminadas sobre la vigilancia de la gestión fiscal de la administración y la de particulares; ordena que se haga en forma posterior y selectiva, mediante instrumentos de control, como el financiero, de gestión y de resultados, basados en criterios de eficiencia, economía, equidad y valoración de costos ambientales”24 Partiendo de que “el seguimiento, la evaluación y el control, le corresponde hacerlo a quien tiene la función de planear y lo realiza de forma interna y como función pública” y que de forma posterior y selectiva le corresponde a la Contraloría General de la República y a las Contralorías regionales y locales ejercer el control fiscal, sorprende que los primeros no lo implementen y los segundos no lo exigen para ejercer su función de fiscalización.

¿Quién se encarga del monitoreo, el seguimiento y la evaluación? En la parte Administrativa, el DNP a nivel del Plan de Desarrollo Nacional presentado por el Presidente de la República y en los municipios por los Departamentos Administrativos de Planeación Municipal (DAPM) o las Secretarias Municipales que hagan sus veces, a nivel de los Planes de Desarrollo Municipales, presentado por los Alcaldes Municipales. En la parte fiscal o de presupuesto la Contraloría General de la República (CGR) y a nivel de Medellín, 23

Rendición de Cuentas: Es la acción, como deber legal y ético, que tiene todo funcionario o persona de responder e informar por la administración, el manejo y los rendimientos de fondos, bienes o recursos públicos asignados y los resultados en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido. http://www.condoto-choco.gov.co/rendicion.shtml. Consultado enero de 2013. 24

SANCHEZ Mazo, Liliana María, SALINAS Arango, Diana Patricia, Evaluación de la planeación del desarrollo en Colombia. Caso Municipio de Medellín, 1995-2007, Universidad de Antioquia. 2011. p. 50.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 es la Contraloría Municipal, que tiene las mismas funciones que la CGR, la Personería Municipal, la Dirección de Control Interno, además las Veedurías Cívicas o Ciudadanas; El Concejo Municipal de Medellín ha adoptado la práctica evaluativa de la planeación del desarrollo, por la Comisión Primera, asumiendo ésta el ejercicio del control, monitoreo y seguimiento político al plan; La Junta Administradora Local (JAL) aunque siendo una instancia de planeación tiene dentro de sus funciones: Vigilar y controlar la prestación de los servicios municipales en su comuna o corregimiento y las inversiones que se realicen con recursos públicos. Queda claro que la evaluación, es la que toma más relevancia en la planeación del desarrollo y ésta a su vez es considerada en doble vía, por un lado como Función Pública y por el otro como Responsabilidad Social, que al mismo tiempo presenta carencia de un sistema adecuado de información pública para llevar a cabo de forma efectiva el monitoreo, el seguimiento y la evaluación, debido a que la información generada por los entes gubernamentales no es tan pública, ni clara, ni oportuna, además no posee un proceso sistemático, ni eficiente que permitan conocer el pasado y comprender el futuro, por lo contrario esta sesgada, fraccionada y no guarda continuidad, varía de un período de gobierno a otro, así como de una secretaría a otra, estableciendo a la misma práctica evaluativa, restricciones. Al responder las anteriores preguntas o al tratar de hacerlo, surge una nueva pregunta, que esta Veeduría espera sea resuelta por los entes de control.

¿Cómo se ha implementado el monitoreo, el seguimiento y la evaluación, en la ciudad y sobre todo en la comuna 6 de Medellín? Al revisar la historia de la ciudad, la planeación se empezó a dar de forma empírica, lo que afectó positiva o negativamente el proceso de monitoreo, seguimiento y evaluación de dichos planes, tanto en lo establecido en la norma o más allá de ella, al parecer el monitoreo, seguimiento y evaluación ha tenido una incidencia más de tipo económico, político, social y a veces por la exigencia proveniente de dinámicas globales o internacionales.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 Y que además ha tenido elementos estructurales que lo han dificultado como: la escasez de socialización de la información, la insuficiencia en la capacitación del recurso humano y carencias de recursos como tecnológicos, materiales, financieros, etc., la descoordinación y la desvinculación entre quienes ejercen el monitoreo, el seguimiento y la evaluación, la falta de voluntad política y social para asumir la Función Pública, la precariedad en los balances y la rendición de cuentas, la reprobación de la participación, las deficiencias en los mismos mecanismos de control interno y la baja credibilidad en los gobernantes. Cabe aclarar que estos elementos estructurales han variado de una administración municipal a otra, en unas se han mejorado algunos de estos elementos, aunque sin cambios significativos, a pesar de propuestas como: El presupuesto por resultados del DAPM; El Observatorio de Políticas Públicas del Concejo de Medellín (OPPCM); La Matriz de desarrollo institucional de la Contraloría Municipal; La propuesta de un sistema de indicadores por la Veeduría Ciudadana al Plan de Desarrollo de Medellín y; La propuesta de Medellín Cómo Vamos. Y según el Acuerdo 43 de 2007, en su Capítulo II, “Conformación del Sistema Municipal de Planeación”, en su Artículo 7° plantea que “el sistema incorpora las instancias y autoridades de planeación, los organismos de ejecución, administración y control y los organismos de la comunidad mediante mecanismos de información y participación y asigna competencias y responsabilidades”25. En lo que respecta al DAPM: “(…), la evaluación está centrada en la formulación y la ejecución del plan de desarrollo, de la cual emite informes de gestión considerados como instrumentos que permiten difundir los resultados de la Gestión Pública ante la sociedad” 26 En lo que concierne a la CGM:

25

http://www.medellin.gov.co/irj/go/km/docs/wpccontent/Sites/Subportal%20del%20Ciudadano/Desarroll o20Social/Secciones/Plantillas%20Gen%C3%A9ricas/Documentos/2011/CARTILLA%20PP%20FinalWEB%202 011.pdf 26

SANCHEZ Mazo, Liliana María, SALINAS Arango, Diana Patricia, Evaluación de la planeación del desarrollo en Colombia. Caso Municipio de Medellín, 1995-2007, Universidad de Antioquia. 2011, p. 99.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 “La evaluación adelantada por la CGM se encuentra orientada a la medición de la eficiencia y la eficacia de los productos y los recursos del Municipio de Medellín y sus entidades descentralizadas, por medio de la aplicación del Sistema de Control de Gestión y Resultados; su objeto son las metas y el plan de inversiones establecidos en el plan de desarrollo municipal. (...), con la evaluación de los estados financieros, del plan de desarrollo y la valoración de costos ambientales”. 27 “Es claro, desde tal orientación, que la CGM no ejerce evaluación integral al proceso de planeación del desarrollo en Medellín, tampoco a su forma operativa, el plan de desarrollo. De acuerdo con el mandato normativo que le fundamenta, ejerce control posterior y selectivo, realiza énfasis en la ejecución presupuestal y financiera de la Administración Municipal y, en el cumplimiento de las metas trazadas de acuerdo con las líneas o los objetivos estratégicos del plan de desarrollo de cada periodo gubernamental, dejando de lado consideraciones contextuales, de orientación política y su utilidad real para el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes del Municipio de Medellín.” 28 En lo que se refiere a la Comisión Primera del Concejo de Medellín (CPCM): Ésta no hace uso de ninguna metodología, ni sistema, sino que lo que realiza es un acompañamiento al Consejo Municipal de Planeación (CMP)29 o Consejo Territorial de Planeación (CTP) 30 y éste a su vez hace recomendaciones a la Administración Municipal. En tal sentido el pasado 30 de marzo de 2012: 27

Ibíd. p. 99.

28

Ibíd. p. 111.

29

CONSEJO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN, CMP: También denominado actualmente Consejo Territorial de Planeación (CTP), es un órgano consultivo del proceso de planeación del desarrollo en Medellín, lo cual hace que se constituya en el principal escenario para la participación ciudadana en la fase de formulación y aprobación de dicho plan en cada período gubernamental. Tomado de Ibíd. p. 117 30

CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN, CTP: ACUERDO MUNICIPAL N°43 DE 2007: CAPÍTULO 3. ARTICULO 22º. EL CONSEJO TERRITORIAL DE PLANEACIÓN. Es un órgano consultivo de carácter colegiado que se constituye en el principal espacio para la participación ciudadana en el proceso de planeación.

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“El Consejo Territorial de Planeación –CTP- entregó a la Administración Municipal su concepto sobre el Plan de Desarrollo 2012 – 2015 -Del que se destaca para éste análisis- (…), insiste en la importancia de dar todo su peso a la equidad, como concepto complejo, con múltiples expresiones en una sociedad diversa, y por lo tanto a plantear todas las estrategias para detener la tendencia a una inequidad profunda, y a formular indicadores precisos que permitan hacer un seguimiento y una evaluación de las intervenciones que se adelanten”.31 En lo que se relaciona a la Veeduría Ciudadana al Plan de Desarrollo de Medellín (VCPDM): “(…) ha incidido en la vigilancia de los procesos de planeación y ejecución de los planes de desarrollo, participando activamente en los procesos de formulación de los planes, por medio de evaluaciones realizadas a los anteproyectos de estos y a los planes mismos durante y al final de su ejecución. Con ello, responde al objeto de hacer seguimiento a la Gestión Pública, materializado en la realización de conceptos y recomendaciones, derivados en pronunciamientos públicos, artículos, ensayos, estudios y aplicaciones de encuestas”.32 La VCPDM el pasado 2 de noviembre de 2012, socializó el primer pronunciamiento público realizado sobre el Plan de Desarrollo Municipal “Un hogar para vida” 2012- 2015 del actual alcalde Aníbal Gaviria Correa, donde puntualiza las siguientes alarmas: “Estructura y coherencia del Plan de Desarrollo Alta discrecionalidad que puede llegar a dificultar el control político y ciudadano, al no presupuestar según recomendaciones del DNP y del acuerdo municipal 043 del 2007.

31

http://www.medellin.gov.co/irj/portal/ciudadanos?NavigationTarget=navurl://1cf8d6cb48bec947d3afd87 d27777250. Consultado en enero de 2013. 32

Ibíd. p. 127.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 En general los indicadores no dan cuenta de las variables estructurantes que el enfoque del Plan pretende transformar. Como el caso de equidad y vida. Muchos de los indicadores carecen de línea base, y la Veeduría llama la atención a la construcción que la Alcaldía debe hacer según grupos poblacionales y territorios. Los programas bandera del presente Plan no tienen un valor de preponderancia para evaluar su impacto en el logro de las metas de la línea estratégica”33. Al bajar el análisis a la comuna 6, de cómo se ha implementado el monitoreo, el seguimiento y la evaluación, el panorama no es menos crítico, para entenderlo debemos hacer un breve recuento sobre la planeación del desarrollo en la comuna 6, que como ya se dijo su práctica inicia de forma empírica. Entre los años de 1993 y 1996 se da una experiencia Piloto en la Comuna 6, convenio entre la Consejería Presidencial para Antioquia, el CEHAP34 y Equipo de Gestores Comunitarios del Desarrollo Local, Zona Noroccidental de Medellín, que consistió en auto-diagnóstico cualitativo y calificado (sistematización, análisis y evaluación) donde: “El Autodiagnóstico de la comuna 6, es una explicación de la situación de ese territorio desde sus líderes y habitantes y precisamente en este respaldo social, está su rigurosidad, validez y legitimidad. Es necesario reconocer que esta experiencia partió con una propuesta general de objetivos, fases y estrategias. Pero no hubo un modelo metodológico previamente establecido y acordado entre los actores fundamentales35. 33

VEEDURIA AL PLAN DE DESARROLLO DE MEDELLIN, PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO, Concepto Plan de Desarrollo Municipal “Medellín un hogar para la vida” 2012-2015 34

CEHAP: Centro de Estudios del Hábitat Popular, Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín

35

CEHAP, LA COMUNA DE HOY HACIA LA ZONA DESEADA: Por un Proyecto Colectivo de Ciudad. Por un Proyecto Colectivo de Ciudad. PLAN ZONAL DE DESARROLLO PARTICIPATIVO. ZONA NOROCCIDENTAL DE MEDELLÍN. EXPERIENCIA PILOTO COMUNA 6. AUTODIAGNÓSTICO CUALITATIVO Y CALIFICADO (SISTEMATIZACIÓÓN, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN). Documento Prefinal . Septiembre de 1996. p. 10 y 11

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Hacia el año de 1997, se da una propuesta de planeación del desarrollo en la parte alta de la comuna 6, la cual es liderada por Senderos de Desarrollo, Sendas y se da: “como una propuesta para hacer visibles las principales problemáticas de este sector de la comuna seis, pero de otro lado el plan se propone estrategias para modificar estas situaciones problemáticas, estas estrategias fueron construidas en encuentros, foros, y actividades de formación e integración comunitaria con una nutrida participación para generar toda una movilización en la parte alta en torno al desarrollo local. En el Consejo Consultivo Comunal, en el año delegados y delegadas participantes en el proceso la Alcaldía de Medellín la iniciativa comunitaria para plan de desarrollo para la comuna seis, respaldada y viabilizada por la Alcaldía de Medellín”36.

2004 cuando los deciden plantear a la formulación del iniciativa que fue

Quedando recogida en la articulación de los planes locales del Sistema Municipal de Planeación que se dio entre los años de 1996 y 1999. Hacia el año de 2005, se da el Plan estratégico Construyendo Ciudad en la Comuna 6, con la participación como gestores del desarrollo, Comité Sendas, la Junta Administradora Local (JAL), Asocomunal y Corporación Picacho con Futuro. “Para el año 2005 comienza la ejecución del proyecto por parte de la Corporación Picacho con Futuro organización comunitaria de segundo grado, que desde la formulación del plan de desarrollo de la zona noroccidental ha venido promoviendo en la comuna seis el desarrollo local desde procesos de planeación participativa y fortalecimiento de organizaciones comunitarias.” Para el año 2006 con la entrega oficial del plan estratégico a los actores del desarrollo, se avanza de nuevo hacia la generación de capital social en la comuna seis, la gestión del desarrollo y la 36

http://comunadocedeoctubre.org/documentos/plandsllo_comuna06.pdf. Consultado enero de 2013

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 superación de la pobreza, tareas ineludibles para todos aquellos que promueven una vida digna como visión para estos 37 12 barrios y la ciudad entera”. Dando inicio a lo que hoy día conocemos como el Plan Estratégico de la Comuna 6; es así como la Corporación Picacho con Futuro se convierte en el operador38 del Plan de Desarrollo de la Comuna 6, desde el año 2006 hasta el año 2008; Para el año del 2009 el operador pasa a ser la Institución Universitaria ESUMER, ejecutando 3 convenios, en los años 2009, 2010 y 2011. Conforme en lo dispuesto por el Acuerdo 43 de 2007, los encargados de coordinar los trabajos para la formulación, ejecución, seguimiento y control, es el DAPM, además “prestará el apoyo necesario para que las Juntas Administradoras locales, las veedurías ciudadanas y otros mecanismos de control puedan desarrollarse y realizar adecuadamente la evaluación y seguimiento del proceso”.39 El DAPM, como ya lo habíamos referenciado, emite informes de gestión considerados como instrumentos que permiten difundir los resultados de la Gestión Pública ante la sociedad. La JAL, en este caso hay que diferenciar, debido a que la JAL del período del alcalde Alonso Salazar, presentó un Foro de rendición de cuentas, donde consolidaban lo que hicieron durante los años 2008 a 2011, se destaca de dicha presentación los siguientes apartes: “-Anualmente se realizaron ejercicios de vigilancia y control, especialmente a los recursos para la operatividad del PDL.

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Ibíd.

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los operadores: que son aquellas organizaciones comunitarias y sociales, ONG contratadas para ejecutar y administrar proyectos. Construcción propia.

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ACUERDO MUNICIPAL N°43 de 2007: CAPITULO 7: ARTÍCULO 66º. Mecanismos de Evaluación y Seguimiento del Proceso Planeación Local y Presupuesto Participativo:

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 Conclusiones: La Jal 2008- 2011, ha cumplido con las funciones que le asigna la ley en relación al control político y social, quedando pendiente promover de forma permanente la creación de veedurías ciudadanas.”40 La verdad es que como todo informe de gestión, éste no tiene ningún tipo de indicadores, ni de porcentajes, ni de datos estadísticos o afines, se limitan a contar lo que realizaron, pero en ninguna parte se halló evidencia de dichos ejercicios de vigilancia y control, quedándoles no sólo pendiente el promover las veedurías sino también la implementación de un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación. De las anteriores JAL al periodo entre 2008-2011, poco se sabe, no se encontró información y de la actual JAL, ya la Veeduría al Plan de Estratégico de la Comuna 6, ha manifestado “La JAL no ha asumido su rol y funciones que le define el acuerdo 43 de 2007 en lo referente al tema de lo político y de control a las ejecuciones realizadas. Al no asumir su rol, se invisibilizan en la dinámica del Consejo de Planeación y Gestión Local41”42. El operador, Corporación Picacho con Futuro, no hace referencia al monitoreo, seguimiento y evaluación, durante el tiempo que tuvo el convenio para administrar el Plan Estratégico de la comuna 6, así como de la implementación de indicadores. El operador, Institución Universitaria ESUMER, a su llegada y en su primer convenio del año 2009, integra en el Plan Estratégico de la Comuna 6, un Diagrama de gobernanza para la gestión del desarrollo, donde aparece la 40

http://www.slideshare.net/CarlosVargas201/presentacin-comuna-6. p. 10 y 12. Consultado enero de 2013. 41

Anteproyecto de Acuerdo. Revisión y ajuste del Sistema Municipal de Planeación. Por el cual se ajusta el Sistema Municipal de Planeación (Acuerdo 43 de 2007) y se establece el Acuerdo general para promover y consolidar la planeación participativa para el desarrollo del Municipio de Medellín, sus comunas corregimientos. 4. Principales modificaciones propuestas al Acuerdo 43 de 2007: r. Se cambia el nombre de Equipos de Gestión Local por Consejos de Planeación y Gestión Local, con el fin de denotar su carácter representativo que va desde lo barrial a lo comunal. Consultado enero de 2013.

42

VEEDURÍA CIUDADANA AL PLAN ESTRATEGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN, Pronunciamiento No. 00212. PDF. http://veeduriaplanestrategicocomuna6.blogspot.com/. Consultado enero de 2013.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 inclusión de un sistema de Veeduría Ciudadana y Control social, como un ente aparte43, quien tendría la responsabilidad de hacerle seguimiento y veeduría a todas las acciones que se desarrollen en el marco del plan estratégico comunal. Además dentro del convenio de asociación 4600020393 del 2009, se realiza una propuesta llamada sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación modelo de gestión para el desarrollo integral comuna 6. En el Convenio de asociación N° 4600027602 de 2010, contiene otra propuesta llamada: “ESTRUCTURA ORGANICA DE MATRIZ DE ROLES, COMPATIBILIDAD Y RESPONSABILIDADES. El documento determina la estructura orgánica que debe tener la comuna 6 – Doce de Octubre, la cual se aborda desde el establecimiento del modelo para la gestión participativa del desarrollo”44. Donde se nombra nuevamente el Sistema Comunal de veeduría Ciudadana y control social y se definen los roles y las responsabilidades. Y en su último Convenio Asociación No. 4600034426 de 2011, dentro de las obligaciones, actividades y productos incluidos en la Segunda Cláusula, las obligaciones del asociado ESUMER, contempla, dentro de la Dimensión, Plataforma Estratégica, en lo concerniente a la Macro- Actividad, que contiene cinco actividades, se insiste en: “Implementación del sistema de indicadores e información local”.45 Que cabe aclarar es para la zona 2. Dentro del boletín informativo Plan Estratégico-comuna 6, llamado “Así va el Plan”, en la publicación de junio de 2011/ No. 3, en su página 3 bajo el título ¿Dónde estamos hoy con el Plan Estratégico de la Comuna 6 – Doce de Octubre?, aparece un esquema que contempla Dimensiones, Componentes y Variables, y respectivamente muestra: EVALUACION, MONITOREO Y SEGUIMIENTO – Indicadores-- Impacto, Producto y Resultado. Y en lo que tiene que ver con las Veedurías Ciudadanas a través del programa de Presupuesto participativo (PP) se han apoyado y establecido Veedurías Ciudadanas para proyectos puntuales, de estos ejercicios es poco lo que se sabe 43

Conozcamos nuestro Plan Estratégico. Diagrama de Gobernanza, versión enero 2009, Revista. P. 18

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ESUMER, ESTRUCTURA ORGANICA DE MATRIZ DE ROLES, COMPATIBILIDAD Y RESPONSABILIDADES Convenio De Asociación N° 4600027602 de 2010. Agosto 2010 – Mayo 2011 45

ALCALDIA DE MEDELLÍN, Convenio Asociación No. 4600034426 de 2011. Convenio de Asociación Zona 2. Código: F-GC- 27. Versión 1.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 y lo que ha quedado documentado. Sólo hasta finales del 2011, se da una iniciativa que nace con recursos de PP. La cual tiene registro ante Personería Municipal y su objetivo es: “contribuir al desarrollo humano integral de los habitantes de la Comuna Seis de Medellín, por medio del ejercicio de la Veeduría ciudadana a los procesos de gestión y correcta aplicación de los recursos públicos, planes programas y proyectos del Plan Estratégico de la Comuna Seis”.46. La Veeduría Ciudadana al Plan Estratégico de la Comuna 6 (VCPEC-6), en sus tres pronunciamientos emitidos en relación al Plan Estratégico de la Comuna 6, ha manifestado y resaltamos para este análisis: “TEMAS DE ALARMA: PRONUNCIAMIENTO 001 DE LA VEEDURIA EN EL MES DE MARZO 2012 2.

La falta de control social a las ejecuciones del Plan estratégico.

3. Algunos actores deberán rendir informes escritos de manera individual sobre sus aprendizajes y experiencias adquiridas a partir de los recursos comunitarios, pues han sido particularmente beneficiados con los mismos. 5. Hay que visibilizar ante la comunidad en manos de quién está la regulación y el control de los recursos económicos del Plan estratégico. 6. De la información (física y virtual) suministrada a la comunidad, no hay claridad sobre si de los convenios y/o contratos que tienen unas funciones y unos compromisos, se cumplen o no. 9. La información emanada del Plan estratégico no cumple con los mínimos parámetros de la comunicación, o sea, informar clara, suficiente y oportunamente a la comunidad como es el caso de falta de fechas de publicación, momentos en el tiempo y responsables de la misma.”

46

http://veeduriaplanestrategicocomuna6.blogspot.com/. Consultado enero de 2013.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 En el PRONUNCIAMIENTO 002 – 12, de julio de 2012, la VCPEC-6, hace unas alertas de acuerdo a cada actor que interviene en la planeación del desarrollo de la comuna 6, de lo cual se resalta: “JAL: No ha asumido su rol y funciones que le define el acuerdo 43 de 2007 en lo referente al tema de lo político y de control a las ejecuciones realizadas. Consejo de Planeación y Gestión Local (CPyGL): No se evidencia la sistematización de los procesos que realiza el consejo. Operador ESUMER: No rinde de manera clara y pormenorizada las cuentas de la ejecución de los recursos en los diferentes convenios a la comunidad ni a la Veeduría. El DAPM. Después de reunión celebrada el 16 de mayo de 2012 con los representantes del DAP de Medellín (Catalina Gómez y Willington Lujan), se pudo constatar que este Departamento no cuenta con los suficientes recursos técnicos y humanos para hacer seguimiento, control y evaluación a los planes de desarrollo locales, entiéndase planes comunales y corregimentales”47 Y termina el pronunciamiento haciendo una propuesta: “HACER UN ALTO EN EL CAMINO, EVALUAR LOS LOGROS Y LOS DESACIERTOS DE MANERA DESAPASIONADA, DESINTERESADA, CON SENTIDO CRÍTICO E INCENTIVANDO LA PARTICIPACIÓN AMPLIA DE LOS INTERESADOS EN ESTE PROCESO SOCIAL”48 En el Pronunciamiento No. 003-12, publicado en diciembre de 2012, como tema de alarma esta:

47

Ibíd.

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Ibíd.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 “ALARMA 2 Para esta Veeduría la medida tomada por el Ente de Control (Contraloría General de Medellín) no conduce a establecer las responsabilidades ni la recuperación de los recursos, si es el caso”.49 Lo anterior evidencia que la VCPEC-6, ha tratado de hacer monitoreo, seguimiento y evaluación, a la planeación del desarrollo desde la gestión social, pero se ha quedado en tratar debido a que, el Plan estratégico no cuenta con un Sistema de Monitoreo Seguimiento y Evaluación operando, pues sólo existe en teoría; la información suministrada por los entes gubernamentales encargados de la Gestión Pública, no es completa, ni oportuna; por la falta de articulación entre los mismos entes de control y; hasta por la misma falta de sistematización de la información generada en las organizaciones comunales, lo que ha limitado a esta Veeduría hacer su labor. Después de este análisis y dándole respuesta a la pregunta del título, el monitoreo, el seguimiento y la evaluación se ha quedado en el discurso de la gestión pública, como lo podemos apreciar en el siguiente párrafo: “La concepción de procesos evaluativos en el escenario público se ha quedado instalada en el discurso del control a la gestión pública desde una perspectiva netamente administrativa de desempeño, donde la estructura gubernamental del Estado, a partir de la definición de políticas y la selección de prioridades contenidas en sus planes de desarrollo, orientan su gestión a la producción de bienes y servicios, que les permita aproximarse al cumplimiento de su misión y a atender necesidades especificas de la sociedad. Se ha dejado de lado una evaluación con alcance social más amplio, ya que a través de ella se puede conocer la realidad, se perciben los problemas sociales y se construyen colectivamente propuestas que mejoran la sociedad”50.

49 50

Ibíd. Ibíd. p. 28.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 ALERTA Ésta Veeduría hace un llamado de atención y alerta, con base en lo arriba descrito, sobre el incumplimiento, por parte de los servidores públicos, de las normas establecidas tanto en la Constitución Política de Colombia de 1991 como en las demás leyes y actos que las reglamentan en relación al proceso de planeación, y de este, en la ausencia o inoperancia de los sistemas de seguimiento, monitoreo y evaluación en los planes, programas y proyectos que se ejecutan por parte del Estado y de entes privados que ejecutan recursos públicos. Apoyados en todo esto y muy respetuosamente EXIGIMOS a todos y cada uno de los actores que intervienen en los procesos de planeación, para que cumplan las funciones que tienen asignadas y además, construyan y pongan en práctica los respectivos Sistemas de Seguimiento, Monitoreo y Evaluación. Al Municipio de Medellín, por norma, le corresponde construir los respectivos y específicos Sistemas de Seguimiento, Monitoreo y Evaluación; a la Contraloría General de Medellín y Personería de la ciudad les corresponde exigir a la Administración Municipal su implementación para que estos a su vez cumplan con sus funciones; y los demás entes de control (Concejo Municipal, JAL, Veedurías y la ciudadanía en general) puedan cumplir su derecho y deber constitucional de vigilancia y control a la ejecución de los mismos.

BIBLIOGRAFIA CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA DE 1991. ACUERDO MUNICIPAL N°43 DE 2007 Departamento Nacional de Planeación, Gestión Pública Local, Bogotá, Colombia, Departamento Nacional de Planeación, Dirección de Desarrollo Territorial Sostenible, 2005. MOKATE, Karen, “El monitoreo y evaluación en la gerencia para resultados en el desarrollo”, en: Miguel Vera, ed., Evaluación para el desarrollo social: aportes para un debate abierto en América Latina, Guatemala, Magna Terra Editores, 2006

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 VELASQUEZ, Fabio, “Seguimiento y evaluación de la gestión publica de las ciudades”, Planeación y Desarrollo, Bogotá, vol. 28. Núm. 4, oct,-dic., 1997 NIRENBERG, Olga, “Nuevos enfoques en la evaluación de proyectos y programas sociales”, VI Congreso Internacional del CLAD sobre la reforma del Estado y de la Administración Pública (5-9 de noviembre de 2001) Centro de Documentación e Información. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (Mecon). http://cdi.mecon.gov.ar/biblio/docelec/clad/cong6/7nov/49/nirenber.pdf, consultado enero 2013 ESUMER, Institución Universitaria, convenio de asociación 4600020393, alcaldía de Medellín Departamento Administrativo de Planeación Municipal, Institución Universitaria Esumer, sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación, modelo de gestión para el desarrollo integral comuna 6, 2009 SANCHEZ Mazo, Liliana María, SALINAS Arango, Diana Patricia, Evaluación de la planeación del desarrollo en Colombia. Caso Municipio de Medellín, 1995-2007, Universidad de Antioquia. 2011 VEEDURIA AL PLAN DE DESARROLLO DE MEDELLIN, Pronunciamiento Público, Concepto Plan de Desarrollo Municipal “Medellín un hogar para la vida” 2012-2015 CEHAP, LA COMUNA DE HOY HACIA LA ZONA DESEADA: Por un Proyecto Colectivo de Ciudad. Por un Proyecto Colectivo de Ciudad. PLAN ZONAL DE DESARROLLO PARTICIPATIVO. ZONA NOROCCIDENTAL DE MEDELLÍN. EXPERIENCIA PILOTO COMUNA 6. AUTODIAGNÓSTICO CUALITATIVO Y CALIFICADO (SISTEMATIZACIÓÓN, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN). Documento Prefinal. Septiembre de 1996. ANTEPROYECTO DE ACUERDO. Revisión y ajuste del Sistema Municipal de Planeación. Por el cual se ajusta el Sistema Municipal de Planeación (Acuerdo 43 de 2007) y se establece el Acuerdo general para promover y consolidar la planeación participativa para el desarrollo del Municipio de Medellín, sus comunas corregimientos. 4. Principales modificaciones propuestas al Acuerdo 43 de 2007 CONOZCAMOS NUESTRO PLAN ESTRATÉGICO. Diagrama de Gobernanza, versión enero 2009, Revista.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 ESUMER, Estructura Orgánica de Matriz de Roles, Compatibilidad y Responsabilidades Convenio De Asociación N° 4600027602 de 2010. Agosto 2010 – Mayo 2011 ALCALDIA DE MEDELLÍN, Convenio Asociación No. 4600034426 de 2011. Convenio de Asociación Zona 2. Código: F-GC- 27. Versión 1. CRUZ, Maritza, Profesional en Planeación y Desarrollo Social.

CIBERGRAFIA http://www.eumed.net/libros-gratis/2006b/voz/1a.htm. https://www.dnp.gov.co/CONPES.aspx. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/1994/ley_0152_1994.html . http://www.condoto-choco.gov.co/rendicion.shtml. http://www.medellin.gov.co/irj/go/km/docs/wpccontent/Sites/Subportal%20del%20C iudadano/Desarrollo20Social/Secciones/Plantillas%20Gen%C3%A9ricas/Documen tos/2011/CARTILLA%20PP%20FinalWEB%202011.pdf . http://www.medellin.gov.co/irj/portal/ciudadanos?NavigationTarget=navurl://1cf8d6 cb48bec947d3afd87d27777250. http://comunadocedeoctubre.org/documentos/plandsllo_comuna06.pdf http://www.slideshare.net/CarlosVargas201/presentacin-comuna-6 http://veeduriaplanestrategicocomuna6.blogspot.com/.

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VEEDURÍA CIUDADANA A LA GESTIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA COMUNA 6 DE MEDELLÍN Registro ante Personería de Medellín número 294 del 18 de noviembre de 2011 TABLA ANEXA51 Tiempo

DURANTE

DURANTE

ANTESDURANTEDESPUÉS

Seguimiento

Control

Evaluación

Concepto

Recolección de información sobre indicadores específicos para la valoración del progreso y logro de los objetivos

Supervisión y comparación de los resultados obtenidos contra los resultados esperados originalmente,

Proceso análisis crítico todas actividades resultados de proyecto,

Características

Función continua Mide el avance de los objetivos y uso de los recursos

Función administrativa Regula las actividades para asegurar su cumplimiento.

Función de análisis crítico Determina la pertinencia de los métodos utilizados para el logro de objetivos en términos de eficiencia, impacto y eficacia.

Tipos

Seguimiento financiero Seguimiento resultados físicos

Control preliminar Control concurrente Control de Retroalimentación

Evaluación financiera Evaluación Económica Evaluación Social

51

de o

CRUZ, Maritza, Profesional en Planeación y Desarrollo Social.

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