Relaciones Internacionales y El Asilo

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UNIVERSIDAD YACAMBÚ VICERRECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS DIRECCION DE ESTUDIOS A DISTANCIA DERECHO

RELACIONES INTERNACIONALES Y EL ASILO REVISTA DIGITAL

Alumno: Víctor M. Jiménez T. CJP-152-0155V Barquisimeto, junio de 2.016


ÍNDICE

CAPÍTULO I

pp. ………………………………………. 2

RELACIONES INTERNACIONALES CAPÍTULO II EL ASILO

………………………………………………………………………. 5

Asilo Territorial ………………………………………………………………… 6 Asilo Diplomático ………………………………………………………………. 6

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CAPITULO I RELACIONES INTERNACIONALES No se concibe en el mundo globalizado que hoy estamos viviendo, que exista un Estado o Nación sin mantener relaciones con los demás países, primero a su alrededor; con sus estados fronterizos y luego con el resto de los países que hoy hacen vida común en nuestro querido planeta Tierra. El hombre, desde que dio inicio al poblamiento de nuestro plantea se ha desplazado de un lugar a otro (no existían fronteras), buscando alimentos, agua y adaptaciones a climas que le permitieran su evolución y desarrollo; esto quizás vino a representar los primeros pasos, para lo que hoy llamamos las relaciones internacionales. Con el devenir de los años y ante la incesante invasión y conquista, por parte de tribus, legiones y ejércitos; de nuevos territorios y de los ya organizados y el surgimiento de las nuevas naciones; éstas comprendieron la necesidad de ir estableciendo límites a lo largo y ancho de sus territorios.

Esta división geopolítica de los nuevos territorios ya conquistados y explorados, dio lugar al establecimiento de intercambios comerciales entre sí; con la finalidad primero de asegurar los alimentos y por otra parte el de contar con aliados al momento de necesitarlos, ante un conflicto bélico o una posible invasión de su territorio. Como podemos observar, esta situación no nos resulta extraña en los actuales momentos, algo así como que en nuestro mundo actual se aplican las mismas estrategias de nuestros antepasados y con los mismos objetivos.

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Por ello, las relaciones internacionales no son más que predominios con deseos de convivencia amistosa y pacífica, que existen en el seno de la comunidad nacional e internacional, las mismas se practican partiendo de la suposición de que los países, se reconocen como gobiernos legítimos y estados soberanos; al respecto nuestra constitución vigente establece en su artículo 37: “El Estado promoverá la celebración de tratados internacionales en materia de nacionalidad, especialmente con los Estados fronterizos y los señalados en el numeral 1 del artículo 33 de esta Constitución”. Hoy día son considerados relevantes; la globalización, el Estado, la ecología, el desarrollo sostenible, el terrorismo y crimen organizado, la proliferación nuclear, el nacionalismo, el desarrollo económico, las finanzas internacionales, los derechos del Hombre y otros. Así podemos observar que con el devenir de los años, las relaciones internacionales han pasado de ser esa simple convivencia amistosa y pacífica a una multirelación que abarca diferentes campos y objetivos comunes. Es precisamente como vemos a nuestro país, que después de la restauración de la democracia en el año de 1.958, los gobiernos de turno sostuvieron una diplomacia activa que llevo a muchos a pensar que se sobredimensionaba la presencia mundial venezolana, por la actuación en las Naciones Unidas; por la participación, creación y desarrollo de la Organización de los Países Exportadores de Petróleo, por el impulso al

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mecanismo de integración económica y comercial hoy denominada la Comunidad Andina de Naciones; el acercamiento al Movimiento de Países no Alineados y la procura de un nuevo orden internacional y de un dialogo Norte-Sur.

A partir de los inicios del siglo XXI, la política exterior de nuestro país se ha orientado hacia una dirección más radical; de acuerdo con este nuevo plan, el gobierno se plantea una conducción multipolar de la política mundial, que se basa en la creación de nuevos bloques de poder. Desde el punto de vista geopolítico, Venezuela ha emprendido como uno de sus objetivos fundamentales una política de alianzas, con la finalidad de impulsar un nuevo mapa geopolítico mundial y un nuevo liderazgo mundial. La integración económica y comercial actualmente no se limita a plantear simplemente una alianza; sino que por el contrario se entiende a la integración como algo global, en el ejercicio de una democracia participativa, en la promoción de una economía que combine la propiedad estatal, con propiedades sociales.

Globalización en el Orden Monetario

Demanda cambios en las estructuras sociales

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El reacomodo geopolítico de un país, que procura un nuevo tipo de alianzas bilaterales con la finalidad de acercarse a potencias en el contexto multipolar actual; para ello ha construido una red de cooperación Sur-Sur, en la cual se destacan una serie de instrumentos a fin de asegurar un papel no solo en la región latinoamericana y caribeña; sino también en el Asia, África, Estados Unidos y en varios países de Europa. En cualquiera de los escenarios presentados, los gobiernos y otros actores internacionales deben estar pendientes, tanto en la región como en el mundo en general de la actuación de nuestro país; con una política exterior bifrontal activa e intercionalizada, que lejos de crear un clima de tranquilidad en el área, lo que ha logrado es de alguna manera crear un ambiente de inestabilidad y confrontación.

CAPÍTULO II EL ASILO El Derecho de asilo, es un derecho internacional de los derechos humanos, que puede disfrutar cualquier persona fuera de su país de origen en caso de persecución política o para huir de las condiciones económicas o medioambientales. El artículo 14 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce este derecho básico: “En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

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Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas”. Una y otro persiguen, en definitiva, el mismo objetivo, que es la protección que dispensa un Estado a una persona que es nacional de otro país y que se encuentra perseguida por motivos políticos por las autoridades o nacionales de su nación. Sin embargo la acepción asilo político es desacertado ya que las dos convenciones internacionales, que regulan el asilo son la Convención sobre Asilo Territorial y la Convención sobre Asilo Diplomático. Asilo territorial: Protección que ofrece un Estado en su territorio a aquellos extranjeros que lleguen a él, perseguidos por otro Estado por motivos políticos. El asilo territorial, es el que se presta cuando ingresa el individuo que se ve afectado por una situación o es perseguido en el territorio de otro Estado y allí solicita protección. En materia de asilo territorial, es frecuente que surjan tensiones entre el Estado Asilante y el Estado perseguidor, el cual suele accionar los mecanismos para exigir la extradición. Asilo diplomático: Protección que presta un Estado en la sede de su legación diplomática en otro Estado al acoger a aquellas personas que entra en ella, perseguidas por razones políticas o ideológicas. El diplomático es el que se solicita en una Misión Diplomática. En muchas etapas se le confundió y se trató dentro de las consecuencias de la inviolabilidad de las misiones. Los requisitos para que proceda el asilo diplomático son: a) que la persecución obedezca a la comisión de delitos políticos, la calificación de la naturaleza de los delitos corresponde al Estado Asilante, b) debe tratarse de una situación de urgencia, la apreciación de la urgencia corresponde al Estado Asilante, aun así se entiende, como casos de urgencia aquellos en los cuales se encuentra en peligro la vida o libertad del perseguido. Nuestra constitución vigente, consagra el derecho al asilo en el artículo 69: “La República Bolivariana de Venezuela, reconoce y garantiza el derecho de asilo y refugio. Se prohíbe la extradición de venezolanos y venezolanas”.

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Asilo a Julian Assange, Ecuador dijo que sí.

Asilo a Ed. Snowden ex C.I.A. en Rusia

Muchos ordenamientos jurídicos, no prevén el asilo, sino al refugio; el asilo obedece a una persecución por motivos políticos el refugio se da ante temores fundados de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad u opinión pública. Se desglosa que en el refugio; los motivos de persecución no se restringen a los de carácter político, sino que también pueden ser más amplios (raciales, religiosos o derivados de la nacionalidad o pertenencia a un grupo social determinado; la persona debe encontrarse fuera del país, lo cual permite distinguirlo del asilo diplomático.

Un mundo de refugiados y desplazados

Refugiados, inmigrantes, desplazados

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