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EU conforme con el
Capítulo de Solución de Controversias del T-MEC contiene el Mecanismo Laboral de Respuesta Rá- pida en Instalacio- nes Específicas, que establece paneles laborales y verifica-
ciones in situ.
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En primer lugar, hacer legítimo el contrato colectivo lo más pronto posible, y no esperar a que el plazo de 4 años termine; en segundo, que el sindicato haya modificado estatutos para per- mitir tengan voto libre y secreto en las decisiones laborales.
En tercer lugar, que los sindica- tos no tengan cláusulas de in- greso, es decir que al ingresar a una empresa no sea obliga- torio entrar a un sindicato, por- que esto representaría que no hay libre elección; cuarto, que desde los gerentes de las em- presas no haya injerencia en los sindicatos.
Y, cinco, que las empresas no estorben en los procedimien- tos de recuentos de los sindica- tos, para demostrar que tiene a la mayoría de los empleados, lo que sirve para la legitima- ción de los sindicatos.
Fuente: El Heraldo de México / Karla Orona