Absurdo objetivo de la Ley de Derecho de Réplica

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Foto: Christian Serna / Cuartoscuro

Réplica Perla Gómez Gallardo*

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la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) le resulta muy preocupante que, como consecuencia de la nueva reglamentación del derecho de réplica, se inicie una persecución, presión, represión y agresión en contra de periodistas, comunicadores y toda aquella persona que ejerza su derecho a investigar e informar conductas o hábitos de personajes, funcionarios, políticos o gobernantes. Defender la libertad de expresión es una condición fundamental para el avance y consolidación de las democracias, además de sustento de las garantías individuales de cada persona, en lo individual y lo colectivo.

Preocupa la entrada en vigor en el país de la Ley de Derecho de Réplica desde el pasado 4 de diciembre, porque no garantiza efectivamente este derecho y abre la puerta a quienes tengan la tentación de combatir la libertad de expresión y la crítica periodística. La Ley reglamenta el Artículo 6°, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reforma y adiciona el Artículo 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Resulta violatoria a la libertad de expresión y pensamiento, no garantiza el derecho de réplica de los ciudadanos y obstruye el derecho a una defensa pronta y expedita, condiciones impensables en Estados que se precien de ser democráticos.

No se busca un libertinaje o un derecho a calumniar o exhibir a las personas, pero sí un equilibrio que dé paso a mecanismos que impidan excesos, arbitrariedades, abusos y conductas ilícitas de quienes detentan el gobierno o el poder. Desde la Alemania de Hitler no se censuraba el pensamiento, que es un acto interno. Por ello, no puede ahora aparecer una Ley que quiera censurar hasta el pensamiento. La base de la libertad de expresión es que sea plural, informada y razonada. No se puede censurar el pensamiento y no puede ser que se quiera usar el derecho de réplica para censurar la crítica periodística, cuya base precisamente es criticar para proponer, para evidenciar.

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Con esta reglamentación los periodistas y comunicadores estarán sin duda, más vulnerables frente a sus expresiones contra la autoridad o gobiernos. Pero hay que recordar que todos las y los gobernantes, legisladores o funcionarios están de manera natural bajo el escrutinio de la sociedad. Esa característica es la base de toda democracia: los contrapesos frente a los excesos, a las arbitrariedades o a los actos de beneficio personal o de grupo. Tendremos que estar muy pendientes y contrarrestar los intentos de presión o represión contra la libertad de expresión, porque esta normatividad ahora involucra además del medio impreso como empresa, la utilización de toda forma de comunicación, es decir la electrónica, blogs, portales, Twitter, Facebook. Acciones a emprender La CDHDF no comparte esta visión y por supuesto que esta reglamentación es una afrenta a la libertad de expresión en el país. Por ello, ya se prepara una guía de las implicaciones para difundirlas y al mismo tiempo cómo emprender acciones de amparo para que el periodista o comunicador pueda garantizar sus derechos. Además de ello, se ponen de manifiestas las deficiencias de la ley, pues la entrada en vigencia de la misma transgrede también el derecho de acceso a la información y el derecho de las audiencias, situación que comparte el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal (INFODF), quien en el ámbito de su competencia y especialidad hará los pronunciamientos conducentes.

Por otro lado, ahora con la nueva reglamentación los medios de comunicación y comunicadores podrán ser sometidos a juicios engorrosos y a la imposición de multas que fluctúan entre 35 mil a 350 mil pesos, de considerarse que no cumplieron con la ley.

La CDHDF refrenda que no busca impunidad, patente de corzo o libertinaje en la libertad de expresión, sino reiterar que la violencia no comunica, la violencia no es vía, y por supuesto la libertad de expresión tiene límites, pero razonables y acordes a una sociedad democrática. La Ley Reglamentaria sobre el Derecho de Réplica violenta los derechos humanos de los ciudadanos, la libertad de pensamiento y el periodismo crítico, lo cual es violatorio a los derechos humanos ya reconocidos en el artículo 19 y 29 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; en el artículo 19 y 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; en el artículo 13 y 14 de la Convención Americana de Derechos Humanos, y en el artículo IV de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Eso no se puede permitir en un país donde día a día se siguen cometiendo impunemente amenazas y crímenes contra periodistas y defensores en derechos humanos, sin que a la fecha se logren aplicar medidas preventivas que garanticen el ejercicio de este derecho. Como organismo, la CDHDF presentará un Amicus Curiae para apoyar las acciones legales que emprendan las y los

comunicadores. Vamos a realizar acciones de orientación y acompañamiento para periodistas y medios de comunicación que presenten acciones ante instancias nacionales e internacionales. Convocaremos además a foros de discusión para construir una opinión técnica y una propuesta de reforma a la ley, y el documento resultante será remitido al Congreso de la Unión para su valoración. Las y los periodistas, comunicadores y líderes de opinión deben tener en el “radar” esta ley, y con todo el derecho que asiste a un organismo como la CDHDF otorgará información, será una guía sobre los estándares que se violan con esta nueva legislación. No pueden abrirse estas puertas de represión y censura con la ley sobre el derecho de réplica, porque censura e inhibe la libertad de expresión. En un país donde hay impunidad en los crímenes contra periodistas, no puede haber leyes como ésta que permitan la censura al pensamiento e inhiban del ejercicio de la libertad de expresión y a la crítica periodística. Lo anterior es una afrenta no sólo a los derechos humanos, sino a las garantías mínimas para que podamos seguir consolidando un régimen democrático. A pesar de todo, la CDHDF refrenda que no busca impunidad, patente de corzo o libertinaje en la libertad de expresión, sino reiterar que la violencia no comunica, la violencia no es vía, y por supuesto la libertad de expresión tiene límites, pero razonables y acordes a una sociedad democrática. No criminalizar si hay una declaración sobre excesos de gobierno, abusos o corrupción, eso se llama escrutinio y libertad de expresión frente a una persona pública que por su condición tiene mayores responsabilidades y sobre todo si es parte de un gobierno o administración donde el poder y las facultades se las otorgaron los propios gobernados a través del voto. *Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.

Perla Gómez Gallardo.


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