MD38 · JUL./SEP.16 · 3º TRIMESTRE · AÑO VIII
destacados
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Mi Despacho · MD Nº 38 · JULIO - SEPTIEMBRE · 3º TRIMESTRE 2016 Revista trimestral con excepciones. Publicación de nuevos números: últimos días de cada trimestre
EDITA Y PRESENTA: AEDAE Asociación Europea de Asesores de Empresa
DIRECCIÓN COMERCIAL
NNUUEESSTTRRAA PPRROOFFEESSIIÓÓNN
C/ Mayor Nº 6, 2º 12 · 28013 Madrid Teléfono: 915 226 196
Sociedades Holding y Grupos Fiscales
Email: administración@aedae.com www.aedae.com
3. Fiscalidad
7. Contabilidad
Normas de Registro y Valoración (I)
11. Laboral
Vacaciones y Permisos
COORDINACIÓN Y REDACCIÓN Departamento de Comunicación Aedae
13. Administración de Fincas
La Mediación en los Conflictos Inmobiliarios
17. Blanqueo de Capitales
Reglamento de la Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo y las pequeñas empresas
GRAFISMO Y MAQUETACIÓN Dña. Carmen Richante Santos
20. Protección de Datos Entrada en vigor del Reglamento 2016/679 de Protección de Datos elaborado por la Unión Europea
NNUUEESSTTRRAA AASSOOCCIIAACCIIÓÓNN
23. Nuestros Despachos
Entrevista a D. José Quesada Santana
26. Avance de Próximos Eventos Asociativos
VIII Congreso de AEDAE: “Ciudad Las Palmas de Gran Canaria”
PARTICIPACIONES Nº 38
Colaboraciones de Asociados: D. Agustín Ruiz Reguilón D. Alfonso Corrales Redondo D. José María Herrero Barajas D. Jesús Gregory García D. Inmaculada Maigí Bermejo D. Joan Josep Martorell Fabregat
Colaboraciones Externas: PRODASVA SL
OOCCIIOO YY PPAASSAATTIIEEM MPPOOSS 27. Guía de Asociados De Turismo por… Jordania 39. Pasatiempos Sudoku 38 · Retos de Lógica · El rincón del chiste Soluciones Pasatiempos MD37
Los artículos presentados pertenecen a colaboraciones de miembros asociados a Aedae, así como colaboraciones externas cedidas para su publicación en la revista. Para envío de colaboraciones, artículos, o información acerca de cualquier cuestión que necesite, puede contactar a través de:
midespacho@aedae.com.
Un nuevo número de Mi Despacho vuelve a nuestros despachos profesionales En el horizonte permaneció la Asamblea General de marzo del 2015 donde comenzó una nueva etapa en nuestra asociación. Tomando el relevo de la anterior dirección, un nuevo Comité se presentó para dirigir la Asociación y se mostró un nuevo proyecto para AEDAE que vio la luz en el III Encuentro Formativo-Cultural celebrado en la ciudad de Toledo. En una novísima página de internet se han desarrollado prácticamente la mayoría de los servicios que se han ofrecido en este nuevo proyecto. Desde aquí os invito a que conozcáis y participéis activamente de todos ellos… que son muchos y están al alcance de todos nosotros. No peco de engreimiento si os afirmo que muy pocos colectivos gozan y brindan tantos servicios en cantidad y en calidad. En definitiva, los servicios que ofrece la Asociación son aquellos que redundan en el prestigio y reconocimiento profesional reforzando su presencia con voz rigurosa y comprometida con los intereses de sus_asociados. La revista Mi Despacho en esta nueva etapa debe conservar sus señas de identidad, esto es, la libertad de acción, la apertura a nuevas ideas y contribuciones, el rigor en la evaluación de los contenidos y su carácter cooperativo. Estos principios implican una estructura organizativa que no solo permita, sino que anime a la renovación periódica de sus miembros. Igualmente, estos principios implican un carácter totalmente voluntario de todas sus colaboraciones y la democracia en la toma de decisiones. Es posible un espacio riguroso y relevante con estas características. Te animo a colaborar en esta misión, a que des el paso y envíes a partir de hoy tus mejores trabajos, tus nuevas y más frescas aportaciones, tus comentarios, ideas y sugerencias, todo lo que nos permita mejorar juntos la que es TU REVISTA. En páginas interiores se desgranan nuevos artículos de actualidad de diferentes compañeros que aportan un grano de sabiduría. Son destacables todas sus aportaciones a este espacio que compartimos juntamente. Destacar el próximo Congreso a celebrar en Las Palmas de Gran Canaria. Me consta el trabajo, la dedicación, el entusiasmo y la profesionalidad de los compañeros “palmenses” en que este Congreso sea un marco inigualable y reciproco de amistad, compañerismo y profesionalidad. Os animo a que acudáis y participéis de su generosidad. Hago mías las palabras de Amancio Ortega para dar “El crecimiento constante es el mejor mecanismo de supervivencia”.
por
concluida
esta
Editorial:
D. Agustín Ruíz Reguilón Vicepresidente Aedae
AEDAE
ASOCIACIÓN EUROPEA DE ASESORES DE EMPRESA
TRIBUTACION SOCIEDADES HOLDING Y GRUPOS FISCALES 6
Al calor de las vacaciones y ya descansados del ajetreado mes de julio, entre impuestos trimestrales, depósitos de cuentas y nuestro querido impuesto de sociedades, para aquellos que sean adictos al trabajo siempre podemos seguir dedicando algo de nuestro bien merecido tiempo de descanso a repasar la composición de nuestra cartera de clientes y ver todas las empresas que figuran en ella. D. Alfonso Corrales Redondo
Asociado de Madrid
Muy probablemente encontremos que muchas de ellas pertenecen a los mismos socios o tienen socios comunes o simplemente pertenecen, varias de ellas, a un mismo núcleo familiar. Quizás esas empresas pertenecientes a socios comunes, hayan dado beneficios unas y perdidas otras, quizás unas necesiten de liquidez mientras otras tengan excedente de tesorería, quizás se haya pensado vender alguna de las sociedades o quizás se tenga que ir pensando en la sucesión dentro del núcleo familiar. Seguramente en los casos anteriores, nuestros clientes pensarían de forma optimista:…
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“Qué bueno sería poder compensar los beneficios con las pérdidas entre todas mis sociedades y no tener retenciones por los préstamos entre sociedades por falta de liquidez…” “Qué bueno sería que la venta de una de mis empresas no fuera directamente a mi renta, al tipo del ahorro (23% marginal)” “¿Cómo organizo la sucesión de mis empresas al menor coste para mis herederos?”
ablar de SOCIEDADES HOLDING nos trae a la cabeza, grandes multinacionales con filiales o matrices en el extranjero, hablar de GRUPO DE EMPRESAS nos recuerda las obligaciones de consolidación contable con todos sus cuentas consolidadas, métodos y problemas que al nivel de una asesoría media como las nuestras no suelen ser comunes y nos pilla lejos. Sin embargo conceptos como “Sociedad Holding” y “Grupo fiscal” no tienen por qué ser ajenos a nuestras carteras de clientes. Cada vez son más las pequeñas y medianas empresas que incorporan este tipo de estructura empresarial ya que estas estructuras ayudan a que esos deseos y pensamientos de nuestros clientes puedan ser posibles gracias a las ventajas mercantiles y fiscales que estos sistemas proporcionan. Una estructura Holding es una estructura empresarial en donde una de las empresas (dominante, matriz o sociedad holding) posee la mayoría de las acciones o participaciones de otras filiales o empresas denominadas dependientes, se trata de una estructura con beneficios desde diferentes puntos de vista (fiscales, mercantiles y de organización).
Desde el Punto de Vista: MERCANTIL La estructura Holding permite tener ordenadas las diferentes áreas de negocio teniendo una sociedad por cada actividad económica prestada creando así otra sociedad (matriz) desde donde dirigir toda la estructura, agilizando la gestión societaria. Desde la matriz suelen prestarse los servicios de gestión económico-administrativos relativos al resto de filiales. Asimismo, en caso de recibir ofertas de venta, existe la posibilidad de transmitir esa determinada rama de actividad a través de una simple operación de compra-venta de participaciones. Igualmente, si se recibe la oferta de un inversor interesado únicamente en esa rama de negocio, la entrada de éste en dicho negocio es relativamente sencilla ampliando capital, y su participación se limita solo a dicha entidad. En este sentido es importante mencionar que desde Enero de 2015 la nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades Ley 24/2014 (LIS) contempla una serie de modificaciones que benefician el tratamiento fiscal para los dividendos y las ganancias de capital derivadas de la tenencia de participaciones. Hasta el 2015 la exención y la neutralidad fiscal solo estaba prevista para rentas de fuente extranjera sin embargo tras el veredicto de la Comisión Europea nº 2010/4111 la sociedad holding no tributará por la plusvalía en la venta parcial o total de sus participaciones en otras entidades siempre que se cumplan unos requisitos mínimos. Así, las empresas españolas evitarán la tributación en el Impuesto sobre Sociedades en caso de ganancias por la transmisión o venta de sus participaciones en otras empresas españolas sobre las que dispongan dicha participación. Hasta el 2015, la plusvalía obtenida en la venta de las participaciones tributaba por la parte que excediese de reservas acumuladas en la sociedad participada y lo hacía al 30% como cualquier otra renta. El Artículo 21 Ley 27/2014 señala como requisitos necesarios para obtener la exención en la tributación: Que el porcentaje de participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad sea, al menos, del 5 por ciento o bien que el valor de adquisición de la participación sea superior a 20 millones de euros.” Tenencia de participación de la Sociedad Holding de al menos 12 meses. La participación correspondiente se deberá poseer de manera ininterrumpida durante el año anterior al día en que sea exigible el beneficio que se distribuya o, en su defecto, se deberá mantener posteriormente durante el tiempo necesario para completar dicho plazo.
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Las empresas españolas evitarán el Impuesto sobre Sociedades en caso de ganancias por la transmisión o venta de sus anticipaciones en otras empresas españolas sobre las que dispongan dicha participación.
2. Punto de Vista: TRIBUTARIO Es importante que distingamos entre Grupo de sociedades y Grupo Fiscal. El Grupo de Sociedades es el regulado en el artículo 42 del Código de Comercio donde nos indica que existe un grupo de sociedades cuando una sociedad ostente o pueda ostentar, directa o indirectamente, el control de otra u otras. En este caso una estructura Holding sería un Grupo de Sociedades y en principio nos asustaría el tema de la consolidación contable sin embargo la obligación de consolidación para los grupos de sociedades tiene unas exenciones por razón de tamaño lo que conlleva que dicha consolidación no nos afectaría en la mayoría de los casos (activos < 11.400.000; ventas < 22.800.000; empleados< 500). Por otro lado Grupo Fiscal es un régimen especial de tributación que nada tiene que ver con el concepto de Grupo de Sociedades y se regula en el capítulo VI de la Ley del Impuesto de Sociedades, lo constituyen únicamente la sociedad dominante y sus dependientes. Para poder formar parte del grupo fiscal, las sociedades que lo integran tienen que cumplir los siguientes requisitos: 1. Ser sociedades anónimas, limitadas comanditarias por acciones. 2. Ser residentes en territorio español. 3. No estar exentas del impuesto de sociedades. 4. No haber sido declaradas en situación de concurso o incursas en el supuesto de desequilibrio patrimonial por pérdidas que reduzcan su patrimonio neto a menos de la mitad del capital social, a menos que se supere esta situación en el ejercicio en que se aprueben las cuentas. 5. Tener el mismo tipo de gravamen que la entidad dominante del grupo fiscal. 6. Tener el mismo ejercicio social. La aplicación de este régimen es voluntaria, siendo suficiente un acuerdo de todas y cada una de las sociedades que integran el grupo fiscal.
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Para acogerse al régimen de consolidación fiscal es preciso que exista una empresa dominante y otras dependientes participadas, al menos en un 75% no siendo posible integrar en el grupo sociedades patrimoniales.. Para que un grupo de empresas pueda acogerse al régimen de consolidación fiscal es preciso que exista una empresa dominante y otras dependientes participadas directa o indirectamente en al menos un 75%. Asimismo todas las sociedades deben tener una actividad y motivación económica no siendo posible integrar en el grupo sociedades patrimoniales. Este régimen de consolidación fiscal supone que las distintas sociedades que lo integran se consideren a efectos del Impuesto sobre Sociedades como un sujeto pasivo único, tributando el grupo por la suma de bases imponibles de todas las sociedades que lo integran, permitiendo compensar de forma automática los beneficios y pérdidas obtenidas por las distintas sociedades del grupo. Debe tenerse presente que esta compensación automática sólo se produce cuando las pérdidas se generan estando ya vigente el régimen de consolidación fiscal. Así, si una compañía tiene pérdidas pendientes de compensar y después se incorpora a un grupo fiscal, dichas pérdidas sólo podrán compensarse, dentro del grupo, con los beneficios que ella misma haya generado. Por tanto, el régimen de consolidación fiscal, podría ser una buena alternativa, que merece la pena estudiar en cada caso y podría responder a esos deseos optimistas iniciales de nuestros clientes al conllevar las siguientes ventajas:
1.- Todas las empresas de un mismo grupo tributarían como si se tratase de una sola, compensando pérdidas de unas con beneficios de otras, sin necesidad de esperar a que las sociedades que han generado pérdidas obtengan beneficios, propiciando por tanto un ahorro financiero importante. 2.- Se dejaría de estar obligado a retener en operaciones entre las empresas que forman parte del grupo, siendo este tipo de operaciones cada vez más numerosas y comunes, tales como reparto de dividendos, préstamos entre empresas del grupo, arrendamientos, etc.). 3.- Se deduce la carga financiera de entidades del grupo contra el resultado del grupo o eliminando los resultados de operaciones intragrupo. 4.- La obligación de documentar las operaciones vinculadas que existe entre empresas de un grupo desaparece cuando se opta por el régimen de consolidación fiscal. 5.- Reducciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (art. 20 LISD) en caso de sucesión mortis causa, y cumpliéndose los requisitos establecidos al efecto, la incorporación del valor de las participaciones de entidades que constituyan una actividad económica en la base imponible del impuesto estará reducida en un 95% (cantidad que puede aumentar al 99% en determinadas comunidades autónomas). 6.- Reducciones en el Impuesto sobre el Patrimonio (art. 4 LIP) cumpliendo los requisitos exigidos, las participaciones en entidades que desarrollen actividades económicas en las que esté involucrado de manera efectiva el titular de las mismas, ejerciendo funciones de dirección, estará exenta del Impuesto sobre el Patrimonio. Todas estas ventajas junto con la exención de tributación de las plusvalías conseguidas con la venta de participaciones de las filiales que quedan exentas de impuestos hacen muy atractiva la Sociedad Holding. Si una vez examinada vuestra cartera comprobáis que podéis aplicar todos estos conceptos a un grupo determinado de empresas, no tengáis duda, lo mejor es dejarlo para después del verano, nuestros cuerpos y mentes también necesitan reorganizarse y las Sociedades Holding, aunque muy ventajosas, siempre pueden esperar una vez que sabemos cómo funcionan. Feliz verano a todos: ¡¡Nos lo hemos ganado ...!! MD38 ● JUL./SEP. 2016
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CONTABILIDAD NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN I
D. Jose María Herrero Barajas
Asociado de Málaga
Siguiendo el esquema del Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas, en adelante PGC PyME,s, la Segunda Parte Normas de registro y valoración, nos indica los Criterios de Valoración y Registro que se deben aplicar en la contabilidad de todas las operaciones. En este punto conviene aclarar que, en esta parte del PGC PyME,s, se han eliminado algunas normas relativas a ciertas operaciones de escasa incidencia en la contabilidad de PYMES y se han reestructurado otras, por lo que el propio Plan establece la forma de proceder si en las normas no se contempla su tratamiento. La amplitud de un estudio pormenorizado de las Normas de Registro y Valoración se antoja muy extenso y, por ello, veremos los aspectos más relevantes de las mismas, remitiéndonos a la lectura del propio pio PGC PyME,s como fuente de consulta.
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Normas de Registro y Valoración · 1ª Parte 1.
Desarrollo del Marco Conceptual de la Contabilidad
1. Las normas de registro y valoración para pequeñas y medianas empresas desarrollan los principios contables y otras disposiciones contenidas en la primera parte de este texto, relativa al Marco Conceptual de la Contabilidad. Incluyen criterios y reglas aplicables a distintas transacciones o hechos económicos, así como también a diversos elementos patrimoniales. (MD 31 y MD 32). Si una empresa que aplica este Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas realizase una operación cuyo tratamiento contable no está contemplado en este texto, habrá de remitirse a las correspondientes normas de registro y valoración contenidas en el Plan General de Contabilidad. No obstante no se aplicará la norma de registro y valoración prevista en el Plan General de Contabilidad para activos no corrientes y grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta. Las normas de registro y valoración son de aplicación obligatoria, para las empresas que incluidas en el ámbito de aplicación del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, hayan optado por aplicarlo.
2. Inmovilizado material 1. Valoración inicial Los bienes comprendidos en el inmovilizado material se valorarán por su coste, ya sea éste el precio de adquisición o el coste de producción. Los impuestos indirectos que gravan los elementos del inmovilizado material sólo se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública (Clara alusión al IVA).
Asimismo, formará parte del valor del inmovilizado material, la estimación inicial del valor actual de las obligaciones asumidas derivadas del desmantelamiento En los inmovilizados que necesiten un período de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros que se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento. Se aplicará, según la forma de adquisición: 1.1. Precio de adquisición 1.2. Coste de producción 1.3. Permutas 1.4. Aportaciones de capital no dinerarias
3. Valoración posterior Con posterioridad a su reconocimiento inicial, los elementos del inmovilizado material se valorarán por su precio de adquisición o coste de producción menos la amortización acumulada y, en su caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro reconocidas. 2.1. Amortización 2.2. Deterioro del valor 3. Baja Los elementos del inmovilizado material se darán de baja en el momento de su enajenación o disposición por otra vía o cuando no se espere obtener beneficios o rendimientos económicos futuros de los mismos. Los créditos por venta de inmovilizado se valorarán de acuerdo con lo dispuesto en la norma relativa a activos financieros.
4. Normas particulares sobre inmovilizado material En particular se aplicarán las normas que a continuación se expresan con respecto a los bienes que en cada caso se indican:
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a) Solares sin edificar. Se incluirán en su precio de adquisición los gastos de acondicionamiento, como cierres, movimiento de tierras, obras de saneamiento y drenaje, los de derribo de construcciones cuando sea necesario para poder efectuar obras de nueva planta, los gastos de inspección y levantamiento de planos cuando se efectúen con carácter previo a su adquisición, así como, en su caso, la estimación inicial del valor actual de las obligaciones presentes derivadas de los costes de rehabilitación del solar. Normalmente los terrenos tienen una vida ilimitada y, por tanto, no se amortizan. No obstante, si en el valor inicial se incluyesen costes de rehabilitación, porque se cumpliesen las condiciones establecidas en el apartado 1 de la norma relativa al inmovilizado material, esa porción del terreno se amortizará a lo largo del período en que se obtengan los beneficios o rendimientos económicos por haber incurrido en esos costes. b) Construcciones. Su precio de adquisición o coste de producción estará formado, además de por todas aquellas instalaciones y elementos que tengan carácter de permanencia, por las tasas inherentes a la construcción y los honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra. Deberá valorarse por separado el valor del terreno y el de los edificios y otras construcciones.
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c) Instalaciones técnicas, maquinaria y utillaje. Su valoración comprenderá todos los gastos de adquisición o de fabricación y construcción hasta su puesta en condiciones de funcionamiento. d) Los utensilios y herramientas incorporados a elementos mecánicos se someterán a las normas valorativas y de amortización aplicables a dichos elementos. Con carácter general, los utensilios y herramientas que no formen parte de una máquina, y cuyo periodo de utilización se estime inferior a un año, deberán cargarse como gasto del ejercicio. Si el periodo de su utilización fuese superior a un año, se recomienda, por razones de facilidad operativa, el procedimiento de regularización anual, mediante su recuento físico; las adquisiciones se adeudarán a la cuenta del inmovilizado, regularizando al final del ejercicio, en función del inventario practicado, con baja razonable por demérito. Las plantillas y los moldes utilizados con carácter permanente en fabricaciones de serie deberán formar parte del inmovilizado material, calculándose su depreciación según el periodo de vida útil que se estime. Los moldes por encargo, utilizados para fabricaciones aisladas, no deberán incluirse en el inventario, salvo que tengan valor neto realizable.
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e) Los gastos realizados durante el ejercicio con motivo de las obras y trabajos que la empresa lleva a cabo para sí misma, se cargarán en las cuentas de gastos que correspondan. Las cuentas de inmovilizaciones materiales en curso, se cargarán por el importe de dichos gastos, con abono a la partida de ingresos que recoge los trabajos realizados por la empresa para sí misma. f) Los costes de renovación, ampliación o mejora de los bienes del inmovilizado material serán incorporados al activo como mayor valor del bien en la medida en que supongan un aumento de su capacidad, productividad o alarga miento de su vida útil, debiéndose dar de baja el valor contable de los elementos que se hayan sustituido. g) En la determinación del importe del inmovilizado material se tendrá en cuenta la incidencia de los costes relacionados con grandes reparaciones. En este sentido, el importe equivalente a estos costes se amortizará de forma distinta a la del resto del elemento, durante el período que medie hasta la gran reparación. Si estos costes no estuvieran especificados en la adquisición o construcción, a efectos de su identificación, podrá utilizarse el precio actual de mercado de una reparación similar. Cuando se realice la gran reparación, su coste se reconocerá en el valor contable del inmovilizado como una sustitución, siempre y cuando se cumplan las condiciones para su reconocimiento. Asimismo, se dará de baja cualquier importe asociado a la reparación que pudiera permanecer en el valor contable del citado inmovilizado. h) En los acuerdos que, de conformidad con la norma relativa a arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar, deban calificarse como arrendamientos operativos, las inversiones realizadas por el arrendatario que no sean separables del activo arrendado o cedido en uso, se contabilizarán como inmovilizados materiales cuando cumplan la definición de activo. La amortización de estas inversiones se realizará en función de su vida útil que será la duración del contrato de arrendamiento o cesión -incluido el periodo de renovación cuando existan evidencias que soporten que la misma se va a producir-, cuando ésta sea inferior a la vida económica del activo.
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“ Los impuestos indirectos que gravan los elementos del inmovilizado material sólo se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública.“
Inversiones inmobiliarias
Los criterios contenidos en las normas anteriores, relativas al inmovilizado material, se aplicarán a las inversiones inmobiliarias.
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LABORAL VACACIONES Y PERMISOS D. Jesús Gregory García
Asociado de Alicante
En este artículo vamos a mencionar tanto las vacaciones que corresponden al trabajador como los permisos que se tienen. No obstante, en relación a los permisos solo se mencionarán algunos para no hacer extenso el artículo, ya que siempre quedarán reflejados en el propio convenio y en el E.T.
VACACIONES Es el periodo obligatorio de descanso continuado durante varios días al año. Está retribuido con cargo a la empresa. Todo esto lo encontramos en el E.T. donde dice que además de retribuido no será sustituible por compensación económica y su disfrute se acordará mediante pacto individual con el empresario o por convenio colectivo. Su duración mínima es de 30 días naturales. Como norma general se puede estimar que por cada 12 días de trabajo, a un empleado le corresponde 1 día de vacaciones anuales. El calendario anual de vacaciones se establece en cada empresa. El trabajador debe conocer las fechas de sus vacaciones al menos con dos meses de antelación.
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NUESTRA PROFESIÓN ● LABORAL
Cuando el periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la de disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan. Las vacaciones anuales son retribuidas y la cuantía de su retribución coincide con la que perciba normalmente el trabajador en su jornada habitual. En caso de que el trabajador deje de prestar sus servicios antes de haberlas disfrutado, debe percibir la parte proporcional que le corresponda.
PERMISOS
Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por periodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo.
Las fiestas laborales, que tendrán carácter retributivo y no recuperable, no podrán exceder de 14 días al año, de las cuales 2 serán locales. Quince días en caso de matrimonio Dos días por nacimiento de hijo, fallecimiento o enfermedad grave de parientes hasta segundo grado de consanguinidad. Si el trabajador se tiene que desplazar fuera, el permiso será de 4 días. Un día por traslado del domicilio habitual. Para realizar funciones sindicales.
Son periodos sin trabajo y sin retribución económica que el empleado solicita y que el empresario puede o no conceder, pero siempre se realizarán en acuerdo individual o colectivo. Las licencias sin sueldo no están reguladas legalmente. Exponemos a continuación algunos de los criterios más habituales que se aplican en convenios colectivos. Cumplir al menos 1 año de trabajo. Fijar plazos de solicitud previa y períodos mínimos y máximos de duración de la licencia. Se contempla para facilitar la promoción y formación profesional de los trabajadores. La norma establece que si los empleados cursan estudios tienen derecho a:
Permisos para acudir a los exámenes
Preferencia para elegir turno de trabajo.
Adaptación de la jornada para asistir a cursos de formación profesional.
Concesión de permiso de formación o perfeccionamiento con reserva de puesto.
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ADMINISTRACION DE
FINCAS
MEDIACIÓN EN CONFLICTOS INMOBILIARIOS
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n general, tanto en los informes realizados por la UE como por la Asociación Española de Mediación, se pone de manifiesto el bajo nivel de aceptación por parte de los usuarios de este sistema para la resolución de conflictos. Mientras en la media europea durante 6 años ni siquiera el 1% de ciudadanos ha hecho uso de la mediación, en España más del 50% de mediadores profesionales reconocían que la situación de la mediación era mala.
Dña. Inmaculada Maigí Bermejo
Asociada de Tarragona
Una de las causas que se argumentan para el poco uso de la mediación en los conflictos civiles y mercantiles, es el desconocimiento del propio sistema por los usuarios. Otros planteamientos argumentan en contra de la mediación, aduciendo que para que los acuerdos puedan ser ejecutivos, se necesita, bien elevarlos a escritura pública (con el consecuente coste añadido) o bien homologarlos judicialmente, opción esta última que nos lleva a depender igualmente de los juzgados.
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NUESTRA PROFESIÓN ● FINCAS
Jesús Lorenzo Aguilar, Director General de la Asociación Española de Mediación, defiende este medio como fomento a la cultura de “no enfrentamiento”, que además tiene un coste económico muy inferior al judicial, y postula por la obligatoriedad de la mediación previa a cualquier proceso judicial.
En distintos ámbitos se defiende la mediación frente a los procedimientos judiciales por el tiempo de resolución tan dispar entre uno y otro, mientras en los juzgados el tiempo medio es de unos 16 meses, en la mediación es de 2 meses, la cuestión es si esa es justificación para defender las bondades de la mediación o si en realidad se trata de poner de manifiesto la evidente mala gestión judicial, y si la solución es irnos a la mediación o si deberíamos arreglar adecuadamente el sistema judicial. Otra cuestión que produce dudas entre los usuarios es sobre las garantías que ofrece el mediador como profesional, éste debería tener un seguro de responsabilidad civil, titulación y formación continuada, pero ¿cómo pueden los usuarios tener la certeza de que están frente a un Mediador Profesional o no? El hecho de que esta cuestión cree dudas, hace pensar que existe la posibilidad de que mediadores no capacitados estén actuando como profesionales cualificados, y la sensación de una falta de regulación y de control por parte de las instituciones en este sentido.
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Algunos reivindican que el papel de los Colegios Profesionales en cuanto a la creación y colaboración con centros de mediación, que ofrezcan las garantías de seguridad y ética, es fundamental. Por ellos, se defiende la posición, en cuanto a los temas inmobiliarios, del Administrador de Fincas Colegiado, como la figura del profesional cualificado para realizar esta labor de mediación, porque tiene la formación, la experiencia y la habilidad social para resolver conflictos en este ámbito inmobiliario, ya que el propio Colegio Profesional les facilita los centros de mediación que les ofrecen la formación y preparación necesarias. Eso sigue dejando en manos de los ciudadanos en tener que discernir la cualificación de un profesional en el tema de la mediación, pues aunque pueda ser cierto de que los administradores colegiados han de tener una formación adecuada en gestión inmobiliaria, eso no descarta que otros profesionales no colegiados puedan tenerla igualmente, e igual experiencia y habilidad. Este tema de la mediación, viene a ser una continuación de los vacíos legales existentes en el ámbito inmobiliario, entre los que están la cualificación profesional que legalmente se considera necesaria para ejercer la administración de fincas, ya que la simple colegiación no es requisito de exclusividad en esa actuación profesional, aunque sí se considera requisito suficiente para poder ejercerla.
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A raíz de ello, la decisión sobre el intrusismo profesional no viene determinado por una legislación, sino a través de la diferente jurisprudencia y el criterio arbitrario de los jueces, cambiante en función de las nuevas regulaciones legislativas, como aconteció con la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia. El hecho de que en algunos países como Alemania o Inglaterra el promedio de mediaciones anuales supere las 10.000 mientras que en España este entre las 500-2000, pone de manifiesto las carencias de este medio, que están entre la falta de información y difusión del funcionamiento de este medio y la falta de confianza en su aplicación, quizás también ha coincidido su aplicación con la salida a luz de gran parte de la corrupción que ha asolado nuestro país en los últimos años, mermando considerablemente la confianza de los ciudadanos en el sistema y en las instituciones, y consecuentemente en las personas.
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Tampoco podemos dejar de lado otro factor, la no preparación de la mayoría de los españoles demasiado acostumbrados durante décadas a la dependencia de un sistema judicial y autoritario del que, inconscientemente, todavía no hemos conseguido desprendernos. Al final hemos de decir, convencidos, que la mediación bien utilizada y por gente bien preparada y honrada (en este caso “imparcial”), significaría un crecimiento importante a nivel emocional y social, pues significaría la independencia personal de cada ciudadano en la intencionalidad de la resolución de los conflictos que le afectan antes de acomodarse a que se lo resuelva, por legal imposición, un tercero. Solo quizás, nos haría ser más autoreflexivos, prudentes y maduros en nuestras decisiones, y en general, más dispuestos a escuchar otros argumentos y a valorarlos por nosotros mismos. Quizás un incremento del uso de la mediación, bien aplicada, significaría un buen paso hacia la mayoría de edad de nuestra sociedad. MD38 ● J8/ 6(3
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PREVENCION DE
BLANQUEO DE CAPITALES LEY 10/2010 DE PBC El nuevo Reglamento de la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo y las pequeñas empresas
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a ley 10/2010 de 28 de abril, sobre de prevención del blanqueo de capitales al definir a los sujetos obligados en su Artículo 2 apartados m y ñ), establece que “quedarán sujetas a las obligaciones establecidas en la ley, las personas físicas o jurídicas que ejerzan las actividades de:
m) Los auditores de cuentas, contables externos o asesores fiscales. ñ) abogados, procuradores u otros profesionales independientes cuando participen en la concepción, realización o asesoramiento de operaciones por cuenta de clientes relativas a la compraventa de bienes inmuebles o entidades comerciales, la gestión de fondos, valores u otros activos, la apertura o gestión de cuentas corrientes, cuentas de ahorros o cuentas de valores, la organización de las aportaciones necesarias para la creación, el funcionamiento o la gestión de empresas o la creación, el funcionamiento o la gestión de fideicomisos («trusts»), sociedades o estructuras análogas, o cuando actúen por cuenta de clientes en cualquier operación financiera o inmobiliaria.
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Dichas obligaciones se pueden resumir en:
1. MEDIDAS DE DILIGENCIA DEBIDA Identificación de clientes. Identificación del titular real Determinación del propósito o índole de la relación de negocios. Seguimiento contínuo de la relación de negocio.
2. OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN Examen especial de operaciones sospechosas Comunicación e Información a las autoridades (SEPBLAC) Abstención de la ejecución de operaciones Colaboración con la comisión Prohibición de revelación
3. DE CONTROL INTERNO Establecimiento de medidas de control interno Creación de un Órgano de Control Alta en el Servicio ejecutivo de un Representante. Formación del personal Supervisión externa
El martes 6 de mayo de 2.014, salió publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 304/2014, el 5 de mayo por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, en dicho reglamento se fija un modelo donde se establece en función de una serie de variables la intensidad las obligaciones de control interno en los sujetos obligados así: En primer lugar El reglamento diferencia a los sujetos obligados por su tamaño creando un grupo de sujetos obligados “pequeños” (menos de diez personas ocupadas y menos dos millones de euros de volumen de negocio o balance general anual). Además, se añade la necesidad que el sujeto obligado “pequeño” lo sea por la actividades más generalistas introducidas fundamentalmente en la Ley 10/2010, es decir, aquellos que van del artículo 2.1.i) al 2.1.u) de la ley entre los que se encuentran entre otros los de Abogados, procuradores, asesores fiscales, contables, y auditores.
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“Respecto de estos sujetos obligados “pequeños”, el Reglamento va a generar una gran inseguridad, ya que de la lectura del artículo 31 se podría deducir que no están obligados a adoptar ningún tipo de medida de control interno, lo que no dejaría de ser un absurdo dado que ni la Ley y el mimo Reglamento les eximen de las obligaciones de diligencia debida, ni de las de información que debe tener todo sujeto obligado” Abundando en el asunto nos podemos plantear: ¿Cómo se pueden cumplir las obligaciones de “diligencia debida” y “comunicación”, si no existen unos procedimientos aunque sean simples de cumplimiento de dichas obligaciones?; ¿Cómo pueden cumplirse dichas obligaciones si no existe una formación de los empleados en los despachos profesionales? Difícil respuesta a estas preguntas sino del todo imposibles ya que sin formación ni procedimientos adecuados (y por este orden) imposible la respuesta a las preguntas, pero en ningún caso será motivo el desconocimiento por parte de la empresa de eximente a la hora de sanciones por parte del órgano regulador. A nuestro entender, esta dispensa para los “sujetos pequeños” puede resultar más aparente que real, puesto que, aun cuando se les libera de aspectos procedimentales o documentales, en el fondo deben de cumplir con las obligaciones de diligencia debida e información.
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Estimamos que hubiera sido mucho más razonable simplificar las obligaciones de los sujetos, no tanto por su tamaño económico o de personal, sino de acuerdo al mayor o menor riesgo que suponen sus clientes o actividades. En este sentido, para el desarrollo de una correcta diligencia debida, se deberá efectuar una “adecuada” evaluación de riesgos. Por todo ello recomendamos a los colectivos obligados a que adopten dos medidas que a nuestro entender devienen en imprescindibles. En primer lugar todos los despachos profesionales deberían de formar a su personal en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, con una espacial atención a la formación de sus directivos y administradores. Si no están obligadas a establecer un manual de prevención de blanqueo de capitales al menos deberían de disponer de una guía a disposición de sus empleados donde al menos se recojan: Las obligaciones a cumplir en la materia. La documentación mínima que permita la justificación del cumplimiento de dichas obligaciones Un catálogo de Operaciones sospechosas
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PROTECCION DE DATOS REGLAMENTO 2016/679: PARLAMENTO EUROPEO
Entrada en vigor del Reglamento de Protección de Datos elaborado por la Unión Europea
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esde este 25 de mayo de 2016 entra en vigor el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO , de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y se culmina un largo y complejo proceso legislativo iniciado en 2012 a propuesta de la Comisión Europea para la regulación de la privacidad en toda la Unión Europea. El Reglamento general de protección de datos va a plantear en los próximos años múltiples retos a las empresas y organizaciones, tanto privadas como públicas, y va a acarrear cambios que van a ser significativos para todas
las entidades con independencia de su tamaño. Este reglamento, a diferencia de las directivas, tiene como principal efecto ser de directa aplicación en toda Europa, sin necesidad de incorporación por los Estados miembros a su ordenamiento interno. No obstante, debido al calado y trascendencia de las nuevas normas y derechos regulados, será aplicable a partir del 25 de mayo de 2018. Así, durante los dos próximos años, cada Estado y todas las empresas y Administraciones públicas podrán realizar las modificaciones y ajustes necesarios para garantizar su cumplimiento. Hasta entonces, tanto la directiva 95/46 como las normas nacionales que la trasponen, entre ellas la española, siguen siendo plenamente válidas u aplicables.
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El reglamento se aplicará como hasta ahora a responsables o encargados de tratamiento de datos establecidos en la Unión Europea, y se amplía a responsables y encargados no establecidos en la Unión Europea siempre que realicen tratamientos derivados de una oferta de bienes o servicios destinados a ciudadanos de la Unión o como consecuencia de una monitorización y seguimiento de su comportamiento. La reforma pretende devolver a los ciudadanos el control de sus datos personales y garantizar en toda la Unión Europea unos estándares de protección elevados y adaptados al entorno digital. También incluye nuevas normas mínimas sobre el uso de datos para fines judiciales y policiales. Se pretende de igual manera llevar un mayor control sobre nuestros datos en internet y las redes sociales, el objetivo del nuevo reglamento en general es dar más control a los ciudadanos sobre su información privada en un mundo de teléfonos inteligentes, redes sociales, banca por internet y transferencias globales.
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Los ciudadanos podrán decidir por sí mismos qué información quieren compartir. En la actualidad, para tratar datos no es necesario mantener una presencia física sobre un territorio, por lo que el Reglamento pretende adaptar los criterios que determinen qué empresas deben cumplirlo a la realidad del mundo de internet. Con este nuevo ámbito de aplicación se tratará de evitar que empresas que se regían por normativas de otros países, que no ofrecían el mismo nivel de protección y podían estar tratando datos de personas de la Unión, cumplan con la normativa europea. Entre las disposiciones que aparecen en este extenso trabajo legislativo hay que destacar el derecho de rectificación en Internet -conocido como derecho al olvido-, mediante la modificación o supresión de datos personales y el derecho a la portabilidad, que mejoran la capacidad de decisión de los ciudadanos sobre los datos personales que confían a terceros.
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Asimismo, según la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13 de mayo de 2014, que reconoció por primera vez el derecho al olvido recogido ahora en el Reglamento europeo, supone que el interesado puede solicitar que se bloqueen en las listas de resultados de los buscadores los vínculos que conduzcan a informaciones que le afecten que resulten obsoletas, incompletas, falsas o irrelevantes y no sean de interés público, entre otros motivos. El denominado 'derecho al olvido' es la manifestación de los tradicionales derechos de cancelación y oposición aplicados a los buscadores de internet. De igual manera, hay que tener en cuenta la obligación de obtener un consentimiento claro y afirmativo de los usuarios, para poder considerar que el consentimiento es “inequívoco”, el Reglamento requiere que haya una declaración de los interesados o una acción positiva que indique el acuerdo del interesado. El consentimiento no puede deducirse del silencio o de la inacción de los ciudadanos. El consentimiento tácito, aceptado bajo la actual normativa dejará de serlo cuando el Reglamento sea de aplicación. Los ciudadanos tienen el derecho a ser informados sobre un posible pirateo de datos personales. Las multas pueden alcanzar hasta 20.000.000 o el 4% del volumen de negocio anual global del ejercicio financiero anterior de las empresas en caso de infracción sobre estos datos, optándose por el de mayor cuantía. Salvo desarrollo nacional tales sanciones podrán imponerse a la administración. Uno de los aspectos esenciales del Reglamento es que se basa en la prevención por parte de las organizaciones que tratan datos. Es lo que se conoce como responsabilidad activa. Las empresas deben adoptar medidas que aseguren razonablemente que están en condiciones de cumplir con los principios, derechos y garantías que el Reglamento establece. El Reglamento entiende que actuar sólo cuando ya se ha producido una infracción es insuficiente como estrategia, dado que esa infracción puede causar daños a los interesados que pueden ser muy difíciles de compensar o reparar. Entre esas medidas están: establecer medidas de seguridad; protección de datos desde el diseño;
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Designar en ciertos casos a un «delegado de protección de datos» (DPO, Data Protection Officer) para garantizar el cumplimiento de la normativa ahora en vigor; mantenimiento de un registro de tratamientos; notificación de violaciones de la seguridad de los datos; promoción de códigos de conducta…. producido una infracción es insuficiente como estrategia, dado que esa infracción puede causar daños a los interesados que pueden ser muy difíciles de compensar o reparar. Entre esas medidas están: establecer medidas de seguridad; protección de datos desde el diseño; designar en ciertos casos a un «delegado de protección de datos» (DPO, Data Protection Officer) para garantizar el cumplimiento de la normativa ahora en vigor; mantenimiento de un registro de tratamientos; notificación de violaciones de la seguridad de los datos; promoción de códigos de conducta…. El Reglamento supone un mayor compromiso de las organizaciones, públicas o privadas, con la protección de datos. Por ello, es necesario que todas las organizaciones que tratan datos realicen un análisis de riesgo de sus tratamientos para poder determinar qué medidas han de aplicar y cómo hacerlo. Estos análisis pueden ser operaciones muy simples en entidades que no llevan a cabo más que unos pocos tratamientos sencillos que no impliquen, por ejemplo, datos sensibles, u operaciones más complejas en entidades que desarrollen muchos tratamientos, que afecten a gran cantidad de interesados o que por sus características requieren de una valoración cuidadosa de sus riesgos. Tanto la Agencia Española de Protección de Datos como las distintas autoridades europeas están ya trabajando en el desarrollo de herramientas que faciliten la identificación y valoración de riesgos y en recomendaciones sobre la aplicación de medidas. Todos estos cambios afectarán directamente a la LOPD, la cual no quedará tal y como la conocemos hoy en día, pero el Reglamento no será aplicable hasta 2018. Pero puede ser útil para las organizaciones que tratan datos empezar ya a valorar la implantación de algunas de las medidas previstas, siempre que esas medidas no sean contradictorias con las disposiciones de la LOPD, que sigue siendo la norma por la que han de regirse los tratamientos de datos en España.
B.O.E.: https://www.boe.es/doue/2016/119/L00001-00088.pdf MD38 ● -8/ 6(3
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NUESTROS DESPACHOS ● ENTREVISTA
MI DESPACHO ● MD38
ENTREVISTA
D. JOSÉ QUESADA SANTANA Asociado de Las Palmas de Gran Canaria
José Quesada socio del despacho Finaco Asesores SL hasta su reciente jubilación, es uno de los asociados presentes en la Asociación desde sus comienzos. Comprometido y perfeccionista en su profesión, de férreas convicciones, ha sido -y es-, un asociado entregado al colectivo, que ha creído en el crecimiento de AEDAE, demostrándolo en sus distintas participaciones: conferencias, artículos en MD, nuestro foro; patrocinando Congresos, asistiendo a Asambleas, o colaborando en los primeros pasos que han llevado a la Asociación con el tiempo, a ser miembros federados de FETTAF. Irónico en su dialéctica y provocador en los debates, probablemente haya inspirado sentimientos encontrados, pero nunca resulta indiferente. Siempre generoso y dispuesto a compartir sus conocimientos, se ha ganado el cariño y respeto de los compañeros como profesional y ser humano. Intentemos conocerle un poco más...
▪▪ José: Viviendo en Canarias dónde además hay una Asociación propia, compañera nuestra en Fettaf, ¿Cómo conociste AEDAE y qué razones te llevaron a asociarte? “Aunque no rece como socio Fundador de Aedae, soy unos de los pioneros y causantes de su Fundación. Aquí es aplicable lo de “Ni son todos los que están, ni están todos los que son.”
▪▪ Tanto a nivel personal como profesional ¿Qué te ha aportado la Asociación Europea de Asesores de Empresa a lo largo de tu trayectoria cómo asociado? ¿En tu opinión qué no cambiarías y qué crees que se puede mejorar o incorporar? “Lo más que me ha aportado es el potencial humano que existe en la Asociación. En cuanto a que estamos en una Asociación de una profesión en movimiento -yo ya estoy jubilado-, siempre hay que estar dispuesto a cambiarlo todo para poder ir con los tiempos.”
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▪▪ Indaguemos ahora en tus recuerdos. Te proponemos un reto de memoria: Desde qué te incorporaste en octubre de 2006 a la Asociación ¿Cuál es el más grato recuerdo que atesoras? “Uno de los más gratos, porque han sido muchos, fue cuando en los comienzos de la Asociación tuvimos el primer contacto lúdico y vinieron a Gran Canaria a pasarlo bien una veintena de compañeros, que si unidos por la Asociación más por la mistad compartida día a día por el Foro.”
▪▪ ¿Qué crees que aporta a un asesor pertenecer a una Asociación Profesional y qué ventajas puede ofrecer la AEDAE a los compañeros que estén pensando en nosotros como su futura asociación? “Hoy Aedae ofrece muchísimo a sus asociados, más que ninguna otra asociación, a veces pienso que los compañeros no saben lo que tienen profesionalmente hablando. Y Los asociados pueden y deben aportar conocimientos, ideas y proyección a la asociación que pertenecen en beneficio de la profesión y de ellos mismos, si no tiene sentido estar asociado.”
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▪▪ En los últimos tiempos todos los sectores se han visto afectados por duros años de crisis que aún no hemos superado ¿En qué crees que se ha visto afectado el mundo del asesoramiento empresarial? ¿Qué perfiles de despachos han sido los más perjudicados? “Todos hemos sufrido estos años, desde la sociedad civil que ha sido maltratada, las empresas que han visto reducidas sus expectativas e incluso se han visto obligadas a desaparecer. Todos, sin distinguir ningún perfil, hemos perdido, porque la economía de nuestro País esta afincada en la pequeña empresa (micro) y si las empresa quiebran y o desaparecen los emprendedores detrás van sus asesores”.
▪▪ En consecuencia muchos son los jóvenes en paro, bien formados pero sin experiencia, o aquellos con más suerte, trabajando por cuenta ajena anhelando una oportunidad para emprender su propio camino... ¿Qué recomendarías a los que deciden abrir su primer despacho sabiendo hoy lo que sabes profesionalmente? “Sin duda lo primero es Formación y más formación, porque en los momentos difíciles es más fácil que se mantengan los mejores preparados que estén, y sin duda sé que lo que digo hace más duro el permanecer en el mercado, porque si a pesar de que no tengo clientes o no me pagan tengo que invertir en formarme más..., pero no queda otra. Aunque en estos momentos en Aedae esta faceta está cubierta con la misma cuota asociativa, porque los asocia ciados tienen la formación totalmente gratis. Han cambiado los tiempos para bien a los asociados.”
▪▪ El hándicap de cualquier colectivo ya sean Asociaciones,Federaciones,etc. es el de fomentar entre sus miembros la participación que por lo general es escasa. José, tú que siempre has destacado por tu colaboración ¿qué razones darías para estimular a otros compañeros a entender que la cooperación es la palabra que define intrínsecamente una Asociación Profesional? “Pues yo siempre me la he presentado de esta forma: Para tratar de ayudar al compañero que pide ayuda en el Foro, primero me repaso todo lo que hay que saber al respecto, con lo cual pongo al día mis conocimientos, y después trato de explicar la solución que yo aportaría a la necesidad del compañero. Todo esto redunda en un conocimiento que va creciendo por estudio y también por las distintas opiniones de los demás compañeros que también cuenta en la visión global de un asunto. Es como hacer una mesa redonda, con todos, acerca de un asunto especialmente con lo que se estruja el tema y redunda en conocimiento compartido para todos, participen o no del asunto en cuestión, aunque lo importante es participar y al hacer todos los días este pequeño esfuerzo uno ve que a final de año ha aprendido muchas pequeñas cosas que hacen que el conocimiento y el caché aumente poco a poco.”
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NUESTROS DESPACHOS ● ENTREVISTA
▪▪ Sentimos curiosidad por saber qué te ha llevado por segunda vez
▪▪ Este año el VIII Congreso Nacional de Asociados “Ciudad de Las
a incorporarte a la Asociación como asociado activo, -ahora ya asociado jubilado- y qué les dirías al resto de compañeros en situación similar para que continúen ligados a la Asociación, continúen aportando sus experiencias y conocimientos al grupo:
Palmas” se celebrará en tu tierra, el último fin de semana de noviembre de este año. ¿Cómo te sientes al ser tu ciudad, tu isla, la sede del evento asociativo más importante del año? “Me gusta, pero este año no me toca divertirme con los amigos todo el rato, sino apoyar a Joaquín Miranda para que salga todo perfecto.”.
“La gente que compone Aedae que es su gran potencial y en este caso me refiero a los "vivientes",porque sabemos que en Aedae hay un gran potencia "durmiente" que no participa a pesar de todas mejoras que se le regalan-, entre ellas una gran amistad profesional, que para mí es la más que cuenta. Les diría que tan solo con que participen aunque sea 10 minutos cada día en el Foro dando o recibiendo alguna opinión, ya están nutriendo al grupo y aportando su experiencia.”
▪▪ Si has tenido ocasión de probar los nuevos servicios profesionales en línea o ver alguno de restantes servicios – como los boletines periódicos, libros profesionales, etc.que forman parte del proyecto que la Asociación ha emprendido para desarrollar en los últimos cuatro años: ¿Cuál de todos ellos te parece para ti el más interesante para el día a día profesional? “Todos los servicios nuevos son muy interesantes productivos y gratis. A destacar la póliza de seguros de responsabilidad civil totalmente gratis, el Memento fiscal totalmente gratis y actualizado día a día, los cursos de formación que son de una calidad impresionante y también totalmente gratis. Será bueno para todos que se lean el manual de los nuevos servicios que ha puesto en marcha la asociación y que entren y comprueben.”
▪▪ ¿Cuál es tu opinión general sobre el proyecto que la Asociación ha emprendido? “Sin más calificativos. Inigualable a todo lo que existe en España.
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▪▪ Siempre ha sido de agradecer el esfuerzo que los compañeros de Canarias o Baleares, habéis realizado estado presentes en múltiples eventos asociativos a pesar de la distancia que nos separa ¿Cómo podemos animar al resto de asociados para esta razón no les haga perder la oportunidad de disfrutar de un Congreso celebrado en el marco incomparable que son las Islas Canarias? “Les animo a que vengan con el mejor de los ánimos constructivos para que gocen de las mejores conferencias, en directo, que hayan asistido jamás, parece presuntuoso pero me darán la razón. Por otra parte en plan lúdico, tener la oportunidad de gozar de una isla con "eterna primavera" donde pueden gozar las cuatro estaciones del año en un solo día dando la vuelta a la isla. Disfrutar de la magnífica historia que rodea a la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, y si no les gusta estas cosas, pues tirarse a tomar el sol, en la mejor playa de ciudad del mundo, con 3,5 km. de larga y de arena amarilla.”
▪▪ Para terminar agradeciéndote de antemano tu paciencia, queremos que participes en una especie de juego de cadena de preguntas Si tuviéramos que trasladar un par de preguntas de tu parte al próximo entrevistado ¿Cuál serían tus preguntas? “¿Qué crees que se podría modificar en la Asociación para mejorarla?; y en su opinión, ¿por qué crees que los asociados no opinan en el foro de forma más activa o continuada?”.
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EVENTOS
VIII CONGRESO NACIONAL DE ASOCIADOS AEDAE
Fechas del Congreso: 25 y 26 de Noviembre de 2016
Este año la ciudad de Las Palmas, acogerá el VIII Congreso de Asociados de AEDAE, en ese excepcional entorno turístico que nunca decepciona al visitante como son las Islas Canarias El Congreso quedará inaugurado el viernes 25, en el acto de apertura que dará comienzo a las 17,00 h de la tarde, y continuará con una serie de conferencias profesionales. Ese mismo viernes, los asociados están invitados a la cena que se celebrará por la noche, en el hotel sede los actos oficiales del programa. El sábado 26, continuará la jornada profesional de este Congreso - que se dará por finalizada al mediodía -, tras la cual nos desplazaremos en autobús, para almorzar en uno de los estupendos restaurantes que se encuentran al sur de la Isla, frente a sus magníficas playas. Después, los asociados y acompantes podrán tener un tiempo para descansar o conocer un poco mejor los alrededores, antes de que nos volvamos a juntar para la cena de la última noche...Sin duda un destino tan turístico como el que nos acoge este año, merece que disfrutemos también de la diversión nocturna que la capital canaria nos ofrece. Próximamente iremos informando de los detalles específicos...
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NUESTRAS GUIAS DE VIAJE
JORDANIA Viajar a Jordania es remontarse hasta las huellas que han dejado civilizaciones milenarias. El Reino Hachemita de Jordania, es un puente entre el mar y el desierto, en una superficie de 91.800 km”, cubiertos por el desierto y la estepa. El río Jordan corta la meseta en la frontera del oeste, desembocando en el Mar Muerto y formando un profundo valle (continuación del Valle del Rift) donde se encuentran la mayoría de las ciudades; es la zona más montañosa del país. A partir de ahí y hasta los límites con Siria en el norte, están los desiertos. Jordania límita al noreste con Iraq, al este y sur con Arabia Saudí, al suroeste con Egipto (Golfo de Aqaba) y al oeste con Israel y Palestina. El viajero tendrá la oportunidad de sorprenderse con la magia de Petra, la ciudad nabatea excavada en la roca; admirar el paisaje del fértil Valle del Jordán; descender hasta el Mar Muerto o admirar el mundo Greco-Romano de las míticas ciudades de la Decápolis. En las áridas regiones del desierto, podrá pasear en camello entre un horizonte de arena rojiza, o dormir bajo un mar de estrellas en el Wadi Rum. El pueblo jordano se desenvuelve entre la vida familiar y vecinal, y se caracteriza por su hospitalidad que demuestra al viajero invitándole amistosamente a té o se expresa en su saludo, “Sea Bienvenido (Ahlan Wa Sahlan). La gastronomía jordana es sabrosa y elaborada, a un precio asequible. No debe dejar de disfrutar de la pipa tradicional árabe de tabaco de sabor suave y afrutado, la narquila (narguilesh). Jordania, un paraíso que te invitará a disfrutar.
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NUESTRO OCIO ● TURISMO
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▪ HISTORIA El territorio jordano fue una encrucijada de caminos entre dos grandes civilizaciones, la egipcia al oeste y la mesopotámica al este. Las últimas excavaciones han encontrado vestigios de civilizaciones que se remontan a la Edad de Piedra, Bronce y Hierro.
▪▪▪ Hedomitas, Moabitas y Amonitas Según la Biblia, tras el éxodo de Egipto (1270-1240 a. C.), los israelíes quisieron atravesar el reino de Edom, pero les denegaron el permiso, por lo que tuvieron que rodearlo hasta llegar al norte, a la frontera con el país Amorita (cerca de Madaba). El país Amorita también les denegó el paso, así que tuvieron que luchar hasta derrotarlos. El pueblo de Israel ocupó así el territorio en su búsqueda de la Tierra Prometida. Continuaron hacia el Reino de Moab y algunas tribus se asentaron en sus territorios. En aquella época Moisés subió al Monte Nebo, desde donde se cuenta que divisó la Tierra Prometida. Según cuenta la Biblia, en el Monte Nebo murió Moisés. Fue Joshua quien condujo al resto de las tribus a través del río Jordán a Palestina, y allí se levantó el Reino de Israel (año 1000 a.C.), con Saúl y David como primeros reyes. Tras la muerte del hijo de David, con el rey Salomón, el reino se dividió en dos, Israel al norte y Judea al sur. Tras la muerte del Rey David (960 a.C.) los edomitas recobraron su independencia ocupando el sur de Jordania y establecieron su capital en Buseira. El reino de Moab ocupó el centro de Jordania y sus capitales fueron Karak y Dhiban. Por su parte el reino de Ammón tuvo gran prosperidad, desarrollando la agricultura y comercio en su capital la actual Ammán.
▪ CIRCUITO POR JORDANIA: Ammán ▪▪▪ Petra ▪▪▪ Jerash ▪▪▪ Madaba ▪▪▪ Aqaba ▪▪▪ Ammán Una de las ciudades más antigüas del mundo, capital del Reino Hachemita, fue construida sobre siete colinas, aunque en la actualidad suman al menos diecinueve. La ciudad cubre las colinas denominadas “Jebel” con un manto de edificios de colores blancos, beiges y ocres, que fascinan al visitante. Es conocida como la “Ciudad Blanca”.
De las diversas civilizaciones que han poblado Amán, la primera que quedó registrada lo hizo en el periodo neolítico, unos 6500 años antes de la era cristiana. Los descubrimientos arqueológicos de Ain Gazal, al este de la ciudad, muestran también la evidencia del crecimiento de la producción artística, convirtiéndola en una de las más avanzadas de la época. En el siglo XIII a. C., Amán fue llamada Rabbath 'Ammôn por los amonitas (hebreo עמון רבת, Rabat Amón). La conquistaron los asirios, seguidos por los persas, y más tarde los griegos, que la llamaron Filadelfia (en griego Φιλαδελφια). En el siglo I a. C. Filadelfia cayó bajo control romano y fue agrupada a la Decápolis (una liga de diez ciudades de cultura grecorromana en Oriente Medio). En 324, el cristianismo fue impuesto como religión imperial y Filadelfia se convirtió en sede episcopal. Su nombre actual procede de la época del reino gasánida, un reino árabe cristiano, aliado de Bizancio. Tras la expansión musulmana Amán floreció bajo los omeyas y los abbasíes. Luego sufrió terremotos y desastres varios. En 1921 el rey Abdullah I de Jordania la hizo sede de su nuevo gobierno y más tarde capital del reino. Amán siguió siendo una ciudad pequeña hasta 1948. Desde entonces, la población ha ido creciendo de manera sostenida como resultado del influjo de refugiados palestinos. En la actualidad es una ciudad moderna, donde las áreas residenciales se han ido expandiendo hacia las colinas circundantes, al oeste de la ciudad, conviviendo edificios de estilo moderno, con el tradicional zoco en el centro, y alberga a musulmanes (90 %) y cristianos.
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NUESTRO OCIO ● VIAJES
Son muchos los lugares de interés turístico que ofrece Amán, pero cabe destacar la ciudadela,- la antigua acrópolis griegao el teatro romano. Además se pueden visitar los restos de un periodo muy significativo de la capital de Jordania, la mezquita del rey Abdullah, moderna pero de maravillosa belleza, de la que destaca la gran cúpula azul. A 45 minutos por carretera se encuentra el lugar donde, según la tradición, Jesús fue bautizado en las aguas del río Jordán. La ciudadela de Ammán o Acrópolis (Jebel al-Qal’a) situada el centro de la ciudad. La antigua Acrópolis tiene forma de L, está dividida en tres terrazas y está rodeada por hondos cauces en todos lados excepto en la zona norte; en tiempos de peligro los Amonitas podían esconderse y protegerse en los cauces. El río Jabbok nace en un manantial de la ciudadela de Rabbath Ammon. Este manantial probablemente le dio a la ciudad el nombre de “La ciudad de las aguas”. La mayoría de los edificios todavía visibles son de la época romana, bizantina, y períodos omeyas, destacando el Templo de Hércules, la iglesia bizantina y el Palacio de los Omeya. Aparentemente dos templos fueron construidos en la ciudadela durante el siglo II d.C. El Templo de Hércules se construyó en el extremo sur durante el reinado de Marco Aurelio (169-80). Las columnas tenían 10 m. de alto y originalmente formaron parte de un podio de 6 columnas.
Templo de Hércules
Iglesia Bizantina
Palacio Omeya
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Ammán, capital de Jordania El primer teatro romano fue construido en el periodo helénico en la falda de la colina, siendo entonces más pequeño. Los griegos no utilizaban bóvedas o arcos, por eso sus teatros estaban ubicados en las faldas de las colinas. Los romanos reconstruyeron este teatro en la mitad del siglo II d.C., apoyando los lados en arcos. De los 125 teatros romanos en el mundo, 13 están en Jordania y 5 en Israel.
La mezquita del Rey Abdullah conocida por la Mezquita de la Cúpula Azul por los bellos mosaicos azul turquesa que decoran su cúpula. Construida en homenaje al fundador de la dinastía hashemita Bin Al-Hussein en dos fases, los trabajos comenzaron en junio de 1982, finalizando la segunda fase en abril de 1989. Tiene una capacidad para albergar a 3000 fieles en su planta interior octogonal -caracterizada por no tener pilares-, y 6000 en su patio exterior. El diseño de la Mezquita se centra en el verso del Corán " Alá es la luz del cielo y de la tierra".
Gastronomía en Ammán: Los restaurantes suelen servir el entrante o mezze, pan árabe con hummus de garbanzo, verduras asadas (baba ghanoush) o albóndigas fritas de trigo y carne. El plato nacional, el mansaf de cordero, pero también es típico el musakhan, pollo asado con cebollas, piñones y aceite de oliva. Suelen acompañarse del tabuleh, una fresca ensalada de trigo con tomate, perejil, cebolla, limón, aceite y menta. En cuanto a los postres prevalecen los elaborados con frutos secos, principalmente pistacho y nueces, pastelitos fritos recubiertos de miel, o el típico konafa, pastel de queso ligero pero de intenso sabor.
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Downtown de Ammán: El viernes podemos visitar el zoco de Souk Jara, o pasear por Al Wakalat, la gran avenida peatonal llena de tiendas de marcas internacionales. Para comprar un recuerdo de artesanía u oro, Ammán es el lugar indicado; no hay que olvidarse de regatear. Llegado el mediodía, almorzaremos en Al-Quds, -uno de los restaurantes más antiguos de Amman-, un tradicional Mansaf (una mezcla de arroz, cordero y salsa de yogourt) y terminar endulzándonos con los sabrosos pastelitos y bizcochos típicos del país. Desde el Wild Jordan Café, podremos disfrutar de las vistas al atardecer fumándonos una pipa.
NUESTRO OCIO ● VIAJES
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Betania, enclave bíblico
es Betania de Transjordania: Al llegar se toma un camino que lleva a la Casa de Peregrinos rusos y nos cruzamos con uno de los ramales del río hasta llegar a una bella iglesia ortodoxa. El río Jordán hace 20 siglos era mucho más grande que en la actualidad. En un punto concreto el ramal principal se bifurcaba en dos. Es allí donde se piensa que vivía Juan el Bautista y realizaba los bautismos. Se pueden ver los restos de tres iglesias bizantinas construidas entre los siglos V y VI que estaban decoradas con mosaicos y mármol, edificadas para conmemorar al apóstol. Bajando unas escaleras de mármol, se llega hasta una piscina bautismal cruciforme, que dicen que es donde Juan bautizó a Jesús, y la única del mundo en la que se utiliza el agua del río para el bautismo. La parte jordana es austera, con una pequeña pila y una zona donde los visitantes pueden descender y bautizarse; desde ella se divisa la frontera israelí a algo más de 10 metros vigilada por militares. En ella hay una gran plataforma a la que acude gran afluencia de fieles ataviados de blanco para sumergirse en las aguas del Jordán.
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Petra, la ciudad rosada, es una de las antiguas ciudades nabateas más espectaculares de Oriente. Los nabateos, nómadas beduinos que procedían del norte de Arabia, excavaron una increíble ciudad partiendo de cuevas en la roca, una increíble ciudad hace más de 2000 años. Se llega a ella por un estrecho desfiladero de un kilómetro de longitud, el mítico “Siq”, una inmensa grieta de colores rosados que desemboca de frente en el llamado “Tesoro” (Al-Khazneh). Una experiencia realmente inolvidable.
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NUESTRO OCIO ● VIAJES
maravilla del mundo Al llegar al Tesoro, la ciudad se abre en la llamada Calle de Las Fachadas, entre tumbas y edificaciones talladas en rocas laterales como las Tumbas Reales o el Teatro hasta llegar al Ninfeo, al frente del Palacio de la Ninfa.
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NUESTRA PROFESIÓN ● CONTABILIDAD
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Jerash, la Pompeya del Este Situada en un hermoso valle verde en la tierra bíblica de Galaad, Gerasa (Jarash) es una de las ciudades Greco-Romanas mejor conservadas del mundo, formando parte como Ammán de la antigua Decápolis. En algunos lugares de la ciudad, aún pueden verse los vestigios de los caminos gastados por los carros de la época. Dentro de esta villa se han encontrado restos de asentamientos que datan de las Edades de Bronce, Hierro, Helenística, Romana y Bizantina. Destaca el Templo de Artemisa, la diosa de la ciudad, al que se accede por la Cardo Maximus o la Plaza Oval bordeada de columnas jónicas.
Monte Nebo, Tierra Santa Según la Biblia es aquí donde Moisés divisó la Tierra Prometida. Existe un memorial dedicado a Moisés y desde la misma montaña se tienen vistas a Galilea, Jericó y el Mar Muerto.
Mar Muerto, capricho de Cleopatra A 400 metros bajo el nivel del mar, es el punto más bajo y oxigenado de la Tierra. La concentración de sal de sus aguas es 10 veces más alta que la del océano, de ahí que impida la vida animal y vegetal e imposible hundirse o nadar. Conocidas sus propiedades desde los tiempos de Herodes, aseguran que la reina egipcia Cleopatra le pidió a Marco Antonio que enviara las legiones para conquistar la baja Jordania. Y es que el Mar Muerto, es con sus 80 kilómetros de largo por unos 14 de ancho el Spa natural más grande del mundo. La combinación de su atmósfera oxigenada con las propiedades de sus aguas y sus fangos ricos en sales minerales, hace que los tratamientos terapéuticos
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NUESTRO OCIO ● VIAJES
MI DESPACHO ● MD38
Madaba, Ciudad de Mosaicos Ciudad moabita de Medeba, mencionada en la Biblia, conserva una de las más grandes colecciones de mosaicos del mundo, -algunos con más de 1400 años- de la época Bizantina y Omeya. La ciudad fue abandonada durante más de un milenio tras el terremoto del año 747 d.C. A finales del S.XIX, 2000 cristianos emigraron allí desde Kerak tras una guerra encontrando los mosaicos cuando excavaron para construir sus casas. No hay que dejar de ver la Iglesia Ortodoxa de San Jorge o el Museo de Madaba, que alberga diversos mosaicos: el Bizantino, el del Paraíso o el dedicado al Dios Baco
Wadi Rum, Valle de la Luna Declarado Área Protegida por la Real Sociedad para la Conservación de la Naturaleza en 1998, recibe el nombre de Valle de la Luna porque su suelo se asemeja a un paisaje lunar, que presenta varios rostros: montañas azules en el horizonte; dunas de fina y roja arena; estepas desérticas con algunas . Ha sido habitado por tribus de beduinos (“Badar” quiere decir caminante), que hoy son seminómadas, se rigen por un código de valores como el honor, la solidaridad y la hospitalidad, como comprobará el viajero haciendo un descanso en sus negras tiendas o jaimas donde serán recibidos con sincera hospitalidad.La mejor forma de conocer el desierto de Wadi Rum es en 4x4, que suele consistir en una excursión por los alrededores del Pico Jebel Rum, visitando la Fuente de Lawrence de Arabia, el Templo Nabateo o fotografiarse en sus dunas. Entre las actividades que ofrece Wadi Rum, son la escalada, paseos en camello, o pernoctar en una tienda beduina, disfrutando de la cena, el folklore y las estrellas.
Aqaba, playas del Mar Rojo Según el famoso pasaje bíblico del Éxodo, Moisés separa las aguas del Mar Rojo para liberar a su pueblo.Esta ciudad de estratégica posición –punto de unión entre las rutas de Asia, África y Europa que le ha dotado de una rica historia- da su nombre al Golfo de Aqaba. Lo que era un antiguo pueblecito de pescadores sobre el Mar Rojo al sur del Valle Rum, es hoy el punto de partida para descubrir las maravillas del Mar Rojo. Sus transparentes aguas ideales para la práctica del buceo nos descubrirá en sus fondos un multicolor paisaje de flora y fauna entre arrecifes de coral. Aqaba es el lugar de descanso y diversión por excelencia de Jordania, por sus magníficas playas y las actividades náuticas y lúdicas que ofrece al visitante.
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PASATIEMPOS SUDOKU MD38 D. Joan Josep Martorell Fabregat
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NUESTRO OCIO ● PASATIEMPOS
PROBLEMAS DE LÓGICA LOS MARIDOS ENGAÑADOS Cuarenta cortesanos de la corte de un sultán eran engañados por sus mujeres, cosa que era claramente conocida por todos los demás personajes de la corte sin excepción. Únicamente cada marido ignoraba su propia situación. El Sultán: “Por lo menos uno de vosotros tiene una mujer infiel. Quiero que el que sea la expulse una mañana de la ciudad, cuando esté seguro de la infidelidad”. Al cabo de 40 días, por la mañana, los cuarenta cortesanos engañados expulsaron a sus mujeres de la ciudad. ¿Por qué? EL PASTOR Un pastor tiene que pasar un lobo, una cabra y una lechuga a la otra orilla de un río, dispone de una barca en la que solo caben él y una de las tres cosas. Si el lobo se queda solo con la cabra se la come, si la cabra se queda sola con la lechuga se la come, ¿cómo debe hacerlo? PROBLEMA 296: Si cuatro leones comen cuatro ovejas en cuatro minutos. ¿En qué tiempo un león se comerá una oveja? A) Un minuto B) Cuatro minutos C) Dos minutos D) Falta información
EL RINCÓN DEL CHISTE EL GOL Era un tío que se creía que era el Severiano Ballesteros, un día va al club de golf, equipado con su gorra de visera, traje claro, zapatos con clavos y el guante. Llega al club, pide un caddie, le traen el caddie, le da la bolsa de los palos y se va a jugar. Llega al primer te pone la pelotita en el suelo, coge el palo, hace la pose, levanta el palo y boom!! Se lleva un metro de césped y la pelota allí parada. Jugador: “Tito” el palo número cuatro. El caddie le da el palo número cuatro con empuñadura de nácar y las iniciales, hace la pose de nuevo, levanta el palo y boom!!! Castaña que te crió, la pelota parada, un agujero en el suelo. En eso que el tío se quita el guante y dice: Bueno por hoy no juego más. Caddie: (Alucinado se lo queda mirando) Perdone señor, pero Ud. ¿ha jugado al golf alguna vez? Jugador: Siempre, llevo años jugando al golf, e incluso tengo un libro escrito sobre golf. Caddie: Un libro!! Y ¿cómo se titula? Jugador: El golf y la madre que lo parió.
EL PESCADOR
Un pescador iba todos los domingos al puerto a pescar. Un domingo llega a las seis de la mañana, prepara los aparejos, tira el anzuelo al agua y a los cinco minutos se le presenta un tío colocándose a su izquierda y de pie. Nueve de la mañana el pescador con la caña, al lado el tío. Una del mediodía el pescador con la caña, el tío al lado. Ocho de la tarde el pescador con la caña, el “menda” al lado. Lunes ocho de la mañana el pescador con la caña, el “nota” al lado. Una del mediodía, Pescador: “¿Qué a Ud. También le gusta la pesca?” El tío: “Que va, yo no tendría paciencia oiga”.
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11. EL EXPLORADOR CONDENADO
Un explorador cayó en manos de una tribu de indígenas, se le propuso la elección entre morir en la hoguera o envenenado. Para ello, el condenado debía pronunciar una frase tal que, si era cierta, moriría envenenado, y si era falsa, moriría en la hoguera. ¿Cómo escapó el condenado a su funesta suerte? Solución: El condenado dijo: “MORIRÉ EN LA HOGUERA”. Si esta frase es cierta, el condenado debe morir envenenado. Pero en ese caso ya es falsa. Y si es falsa, debe morir en la hoguera, pero en este caso es verdadera. El condenado fue indultado.
12. EL PRISIONERO Y LOS DOS GUARDIANES
Un sultán encierra a un prisionero en una celda con dos guardianes, uno que dice siempre la verdad y otro que siempre miente. La celda tiene dos puertas: la de la libertad y la de la esclavitud. La puerta que elija el prisionero para salir de la celda decidirá su suerte. El prisionero tiene derecho de hacer una pregunta y sólo a uno de los guardianes. Por supuesto, el prisionero no sabe cuál es el que dice la verdad y cuál es el que miente. ¿Puede el prisionero obtener la libertad de forma segura? Solución: El prisionero pregunta a uno de los guardianes: “SI LE DIJERA A TU COMPAÑERO QUE ME SEÑALE LA PUERTA DE LA LIBERTAD, ¿QUÉ ME CONTESTARÍA?” En los dos casos, el guardián señala la puerta de la esclavitud. Por supuesto elegiría la otra puerta para salid de la celda.
PROBLEMA 295
Los rieles de un ferrocarril van en línea recta del pueblo P al pueblo J. El pueblo M está justo a la mitad de la vía entre P y J. El pueblo H está tan alejado de P como lo está de M, y M está tan alejado de H como lo está de I. Si hay 20 Km de P a H, ¿qué distancia hay de H a J? A) 52 Km B) 40 C) 62 D) 72 E) 60 Solución: O----------“---------O----------“----------O----------“----------O----------“----------O P 20 km H 20 km M 20 km I 20 km J ^Dato HJ = 60 Km RESPUESTA: “E”
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