nº33 ma r zo
2012 SUMARIO
EN PORTADA en Portada
CreCimiento del PiB suPerior al 3% Para 2012
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videntemente no son las previsiones de crecimiento para España para el presente año. Pero sí las del conjunto de la economía mundial, lo que indica que no está el mundo en crisis, sino solo algunas áreas del planeta, en concreto Europa.
Crecimiento del PIB superior al 3% para 2012
FlasHes de notiCias
Las causas de la crisis europea son múltiples, pero parecidas a las de Estados Unidos (crisis inmobiliaria y bancaria), si bien la primera economía del mundo tiene crecimientos positivos desde hace varios trimestres, mientras Europa languidece, probablemente por la menor adaptación al cambio. Ante ello hay que buscar soluciones, que pasan por la innovación y la internacionalización, para hacer frente a la competencia de los países emergentes.
aCtualidad laBoral Reforma Laboral 2012: Contratación
Existe un mercado esperando fuera y aunque no todas las empresas pueden dedicarse a la exportación, muchas de ellas sí podrían con el debido asesoramiento y con las ganas de buscar nuevos mercados. Existen diversas líneas de ayuda y diferentes organismos que ayudan a las empresas en ese primer paso.
aCtualidad FisCal
Lo mismo ocurre en el terreno de la innovación; existen ayudas de la Unión Europea y programas de formación a los gerentes para apostar por esta vía. Además hay oportunidades, como la capitalidad de Barcelona en los próximos años en relación a la tecnología móvil, que no deben desaprovecharse. Lo que hay que hacer es empezar a pedalear, pero no solo con todas las fuerzas, sino sobre todo obteniendo el máximo resultado de cada pedalada, como nos enseña el emprendedor que aparece en este número.
Directrices Generales Plan General Control Tributario 2012 Calendario ContriBuYente
leGislaCiÓn del mes
el rinCon del emPrendedor
flashes de noticias
E
l sistema de caja en el IVA que está preparando el gobierno está sometido a diversas limitaciones, alguna de las cuales viene impuesta por el Derecho comunitario. Suele plantearse la necesidad de
que el sistema de caja afecte no sólo al ingreso del IVA devengado, que efectivamente no tendrá lugar hasta su cobro, sino también al soportado, que no será deducible hasta que se pague. Este último aspecto, voluntario en su adopción, originará una mayor complejidad en la contabilización del impuesto, ya que quienes compren bienes o servicios indistintamente a grandes empresas y a pymes deberán anotar separadamente tales compras con el fin de deducir las primeras cuando la compra se efectúe y las segundas cuando se paguen. Ya se ha avanzado que deberán ser empresarios medianos o pequeños. La Administración tributaria está preocupada por la mejora en los mecanismos de control, ya que hasta ahora no se solicitaba información sobre la corriente material de cobros y pagos; la comprobación de un empresario en caja normalmente exigirá que se le solicite dicha información periódicamente.
H
acienda rechaza una rebaja en la tributación del régimen de módulos. Fuentes del Ministerio de Hacienda aseguraron ayer que no se plantean
una rebaja fiscal en el régimen de módulos, el sistema por el que tributan casi un millón de autónomos. El colectivo de los autónomos confiaba en que en los Presupuestos que se aprobarán en marzo se incluiría una reducción del 5% en el régimen de módulos, un sistema por el que los pequeños negocios tributan en función de variables objetivas como los metros cuadrados de su local o el número de trabajadores. Fuentes de Hacienda negaron con rotundidad que se planteen una rebaja y aseguraron que solo están dispuestos a sentarse para debatir el funcionamiento de un sistema tributario que los inspectores fiscales definen como "un nido de facturas falsas".
A
finales del pasado mes de febrero se ha producido una reordenación de las Administraciones Tributarias de la ciudad de Barcelona, tras el traslado de las instalaciones de Avenida General Mitre,
pasando la mayoría de contribuyentes a estar adscritos a la nueva Administración de Vía Augusta, 197–199, si bien otros han sido asignados a las administraciones de Gracia, Letamendi o Sants-Les Corts.
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flashes de noticias
C
árcel para los evasores que no devuelvan el dinero a Hacienda.
El nuevo Plan de Control Tributario, contempla que Hacienda solicite el ingreso a prisión de "quienes incumplan sus obligaciones de pago sin ser insolventes". Bajo esta premisa, pone el foco en lograr que las deudas descubiertas por Hacienda finalmente se paguen, algo que no siempre sucede. Así, en los casos más graves de delito fiscal, la Agencia Tributaria llegará a solicitar el ingreso a prisión de aquellos evasores que, sin ser insolventes, no devuelvan el dinero defraudado. Se trata de evitar vaciamientos patrimoniales. Por ello, también, "se aprovecharán al máximo las posibilidades legales del embargo preventivo de bienes.
L
os incentivos fiscales a las empresas de reducida dimensión recogidos en los art.108 y ss del TRLIS no son un régimen por razón de la naturaleza de los sujetos afectos, sino en razón del volumen de operaciones de las sociedades. El legislador no ha limitado la aplicación de estos beneficios por tipo de sociedades, sino sólo en función de la cifra de negocios. Además la Administración aduce que las sociedades de mera tenencia de bienes o dedicadas al arrendamiento “no son empresas” cuando tal afirmación carece de base jurídica. RSL TEAR Valencia 22-11-2011. Estos pronunciamientos pueden hacer variar el criterio de la Administración, que en los últimos dos años ha considerado que las sociedades patrimoniales o de mera tenencia de bienes no tenían derecho a la aplicación de los incentivos fiscales de las empresas de reducida dimensión, básicamente el tipo de gravamen reducido en el Impuesto sobre Sociedades.
S
e ha incorporado en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria una nueva funcionalidad que permite al contribuyente la consulta
y modificación de sus datos censales de ingresos a cuenta y retenciones, sin necesidad de presentar un modelo 036 completo. Se exige el certificado electrónico del propio contribuyente. Ello permitirá evitar el gran número de incidencias por contribuyentes que presentan declaraciones de retenciones únicamente en los trimestres en que reciben facturas con retención.
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flashes de noticias
R
ecientemente se ha aprobado la Directiva 79/11, sobre las cuentas anuales de ciertos tipos de empresas conocidas como microentidades
eximiendo a las pymes de ciertos trámites como la presentación de Cuentas Anuales, para empresas con balance inferior a 350.000 euros, cifra de negocios inferior a 700.000 euros y número de empleados inferior a 10 trabajadores. No obstante la normativa de cada Estado debe adaptarse a dicha Directiva, por lo que quedamos a la espera de ver el redactado final de la legislación española.
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actualidad laboral reForma laBoral 2012: ContrataCiÓn
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uchas son las novedades introducidas por el Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado labora. En este primer bloque vamos a analizar las novedades relativas a la contratación, que podemos resumir en los siguientes puntos:
1. Se mantiene sin modificación la contratación de duración determinada y el resto de modalidades, con la única salvedad de que la suspensión temporal de la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores se reduce hasta el 31/12/2012. El citado artículo, que establece la imposibilidad de superar un tope máximo temporal en el encadenamiento de contratos temporales, queda en suspenso hasta el 31/12/2012 en lugar de hasta el 31/08/2013. 2. Contrato indefinido de apoyo a los emprendedores: Características y requisitos: - Podrán concertarlo las empresas de menos de 50 trabajadores en el momento de la contratación. No podrán concertarlo aquellas empresas que en los seis meses anteriores a la celebración del contrato hayan realizado extinciones objetivas declaradas improcedentes por sentencia judicial o despidos colectivos. Las extinciones tienen que ser posteriores al 13/02/2012. - Ha de ser indefinido y a tiempo completo. - Período de prueba: hasta 1 año. - Incentivos fiscales: a) Deducción de 3.000€ si el primer contrato se concierta con un menor de 30 años. b) Si el trabajador contratado es beneficiario de prestación por desempleo, deducción fiscal del 50% de la prestación que el trabajador tenga pendiente de percibir en el momento de la contratación, con el límite de 12 mensualidades. El trabajador contratado debe haber percibido la prestación durante, al menos, 3 meses en el momento de la contratación. c) Para mantener el incentivo, el empresario debe mantener al trabajador contratado al menos 3 años, procediendo en caso de incumplimiento de esta obligación a su reintegro. - Bonificaciones en la cuota empresarial por contrataciones a desempleados inscritos en la Oficina de Empleo:
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actualidad laboral a) Jóvenes entre 16 y 30 años, ambos inclusive. Bonificación durante 3 años, cuya cuantía será de 1.000€ el primer año, 1.100€ el segundo y 1.200€ el tercer año. Cuando los contratos se concierten con mujeres en sectores en los que este colectivo esté menos representado, las cuantías anteriores se incrementarán en 100€ cada año. b) Mayores de 45 años, que hayan estado inscritos en la Oficina de Empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación. Bonificación de 1.300€ durante tres años. Cuando se concierten con mujeres en sectores en los que este colectivo esté menos representado, las bonificaciones serán de 1.500€ anuales. 3. Contrato para la formación y el aprendizaje: tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo. Reglas: a) Para jóvenes entre 16 y 25 años que carezcan de formación para concertar un contrato en prácticas. Hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15% también podrá concertarse con menores de 30 años. b) Duración mínima de 1 año y máxima de 3 años. c) La formación puede impartirse en la propia empresa (cuando disponga de las instalaciones y personal adecuado) y no sólo en centros formativos acreditados. d) El tiempo de trabajo efectivo, que habrá de ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no puede ser superior al 75% durante el primer año, o al 85% durante el segundo y tercer año, del la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, a la jornada máxima legal. e) Bonificación de cuotas a la Seguridad Social de contratos a desempleados inscritos antes del 01/01/2012: - 100% de la cuota empresarial durante toda la vigencia del contrato en empresas de menos de 250 trabajadores y el 75% en el resto. - 100% de la cuota obrera durante toda la vigencia del contrato f) Si se transforman en indefinidos, cualquiera que sea la fecha de su celebración, tienen derecho a una reducción de la cuota empresarial de 1.500€ durante 3 años (1.800€ en caso de mujeres). 4. Bonificaciones de cuotas por transformación de contratos en prácticas, de relevo y de sustitución en indefinidos: empresas de menos de 50 trabajadores. El importe de la bonificación es de 500€ (700€ en caso de mujeres) al año durante 3 años. 5. Desaparece la bonificación de reincorporación tras la maternidad. Dado que entendemos que los nuevos contratos son de interés para sus empresas, no duden en ponerse en contacto con nosotros para cualquier aclaración.
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actualidad fiscal direCtriCes Generales Plan General Control triButario 2012
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l artículo 116 de la Ley General Tributaria establece la obligación de elaborar anualmente un Plan de control tributario. Las principales áreas de riesgo y los criterios básicos de desarrollo del Plan General de Control Tributario se agrupan en tres grandes ámbitos. En primero de ellos lo integran las actuaciones de comprobación e investigación sobre el fraude fiscal. El segundo de ellos se centra en la lucha contra el fraude en la fase recaudatoria. Por último, abordan actuaciones de control sobre los tributos cedidos.
A continuación les detallamos algunas de las directrices más significativas previstas en el PLAN GENERAL DE CONTROL TRIBUTARIO 2012 publicadas recientemente (BOE 01-03-2012).
COMPROBACION E INVESTIGACION DEL FRAUDE TRIBUTARIO Y ADUANERO Areas prioritarias de control en 2012:
• Economía sumergida: accciones presenciales en determinados polígonos industriales para sacar a la luz actividades económicas no censadas, se analizarán datos de consumo de energía, declaración informativa sobre terminales de tarjetas de crédito, seguimiento de las mercancías importadas por empresas inactivas o no declarantes, y control sobre las actividades de importación y venta de productos procedentes de Asia y otros terceros países.
• Rentas no declaradas: arrendamientos no declarados, actividades profesionales, de artistas o deportistas, operaciones de efectivo de elevado importe, tramas de fraude de IVA en operaciones intracomunitarias, empresas subcontratistas, rentas inmobiliarias, contribuyentes en estimación objetiva que dividan artificialmente su actividad entre varios sujetos, control de operaciones inusuales que vinculen a empresarios en módulos con otros en estimación directa.
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actualidad fiscal
• Fiscalidad internacional: localización ficticia de la residencia fiscal en otros países para minorar el pago de impuestos, utilización abusiva de precios de transferencia en operaciones de reestructuración empresarial, correcta tributación de las operaciones intracomunitarias. • Planifiación fiscal abusiva: acreditación indebida de gastos financieros, utilización de estructuras opacas y entramados societarios para ocultar el verdadero titular, utilización indebida de fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro. • Controles de productos objeto de impuestos especiales. • Contrabando y controles aduaneros específicos.
CONTROL DEL FRAUDE EN FASE RECAUDATORIA • Medidas para combatir la utilización con fines fraudulentos de los aplazamientos de pago. • Medidas cautelares de embargo preventivo de bienes y derechos. • Impulso de medios telemáticos con el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. • Actuaciones contra el fraude relacionado con la presentación de autoliquidaciones sin ingreso asociado. • Actuaciones con entidades pagadoras receptoras de embargos e imposición de sanciones en el caso de incumplimientos. • Especial seguimiento de la situación patrimonial y actividades económicas de los deudores declarados insolventes, reincidentes o con deudas elevadas. • Impulso de la lucha contra el fraude en la gestión recaudatoria de los deudores incursos en un proceso concursal. Impulso a las actuaciones de investigación tendentes a descubrir posibles insolvencias punibles.
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actualidad fiscal
• Mejoras en la liquidez de las garantías ofrecidas para suspender la deuda tributaria recurrida en instancias judiciales. • Colaboración con los Tribunales Económico-Administrativos.
COLABORACION ENTRE AGENCIA TRIBUTARIA Y LAS ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS Proseguirán las actuaciones en actuaciones en relación con operaciones inmobiliarias más significativas, con operaciones societarias acogidas al regimen fiscal especial del capítulo VIII del título VII del TRLIS, comprobación del régimen fiscal de las cooperativas, con el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, comprobación de domicilios declarados y sus modificaciones. Ante cualquier duda o para completar los contenidos de la presente pueden dirigirse a nuestro despacho.
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calendario contribuyente HASTA EL 1 DE MARZO MODELOS IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Entidades cuyo ejercicio coincida con el año natural: opción/renuncia a la opción para el cálculo de los pagos fraccionados ................................................................................036
HASTA EL 20 MARZO RENTA Y SOCIEDADES Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta, ganancias de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva o de aprovechamientos forestales de vecinos en montes públicos, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. Febrero 2012. Grandes Empresas Modelos..............................................................................................111,115,117,123,124, 126,128
IVA Febrero 2012. Régimen General. Autoliquidación......................... ....303 Febrero 2012. Grupo de entidades................................................... .322 Febrero 2012. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA y del IGIC. delo IGIC............................. .340 Febrero 2012. Declaración recapitularán de operaciones intracomunitarias...............................................................................349
IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS Febrero 2012......................................................................................430
HASTA EL 29 MARZO Ingreso de cuotas de la Seguridad Social
HASTA EL 2 DE ABRIL DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS Año 2011............................................................................................184 DECLARACIÓN INFORMATIVA DE VALORES, SEGUROS Y RENTAS Año 2011............................................................................................189 DECLARACIÓN ANUAL DE DETERMINADAS RENTAS OBTENIDAS POR PERSONAS FÍSICAS RESIDENTES EN OTROS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA Y EN OTROS PAÍSES Y TERRITORIOS CON LOS QUE SE HAYA ESTABLECIDO UN INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Año 2011............................................................................................299 DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS Año 2011............................................................................................347
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legislación del mes Resolución 15-02-2012 sobre procedimiento y tramitación de la ayuda económica de acompañamiento al programa de recualificación profesional (PREPARA) establecida en el art.2 del RD-Ley 1/2011 prorrogada por art.6 RD-Ley 10/2011 y por RD-Ley 20/2011. BOE 17-02-2012. Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales. BOE 25-02-2012 Mediación.- Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. LEY 1/2012, de 22 de febrero, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2012.
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El Rincón del Emprendedor
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ste proyecto está gestionado por Carlos Portilla, licenciado en Ciencias de la actividad física y el deporte por el INEFC de Barcelona.
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