Boletín AGL - Diciembre 2012_Maquetación 1 19/03/2013 9:02 Página 1
nº45
ma r zo
2013
A
EN PORTADA
MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR finales de febrero se publicaron una serie de medidas de ayuda a los emprendedores, que se detallan en este número, con incentivos tanto a nivel laboral como fiscal, especialmente en los primeros años, que son clave para el éxito de cualquier nuevo proyecto.
Conscientes de ellos desde este Despacho venimos apoyando los empresarios que inician una nueva actividad, con tarifas adaptadas a sus necesidades en esta primera etapa, intentando aportar lo posible por nuestra parte para consolidar el proyecto.
Son tiempos de conseguir aunar esfuerzos entre todos, no solo con profesionalidad, sino también con honestidad y esfuerzo. Son tiempos de “afilar la sierra” y apretar los dientes para seguir adelante, evitando mirar al pasado ya que en muchas ocasiones no será posible recuperar los niveles de facturación y beneficios a corto y medio plazo. Esperemos que estas ayudas a los emprendedores, que tienen que ser el motor de la recuperación, empiecen a marcar una línea definida de ayuda a la pequeña y mediana empresa, verdadera base de nuestra economía, más allá de los titulares de la prensa.
SUMARIO
EN PORTADA Medidas de Apoyo al Emprendedor FLASHES DE NOTICIAS ACTUALIDAD LABORAL Pinceladas del RD-Ley 4/2013 ACTUALIDAD FISCAL Medidas de Apoyo al Emprendedor y Estimulo de Crecimiento CALENDARIO CONTRIBUYENTE
LEGISLACIÓN DEL MES EL RINCON DEL EMPRENDEDOR
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flashes de noticias
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l decreto que prepara el gobierno respeta las dos grandes modalidades de jubilación anticipada que se fijaron en 2011: la forzosa (afectados por despidos) y la voluntaria. Sin embargo, endurece
ambas. En el primer caso, establece que la edad mínima de acceso siempre será cuatro años menos que la edad legal, ahora 65 años y un mes. Ambas crecerán de forma paralela hasta que en 2027 se sitúen en 63 y 65. También aumenta el periodo mínimo de cotización, de 30 años a 33. Y, además, crea nuevos coeficientes de reducción. Las nuevas condiciones serán incluso más duras para la anticipada voluntaria. No obstante, según el texto, no entrará en vigor antes de abril., El periodo de cotización es el mismo, pero sube la edad mínima a 65 años desde el 1 de abril y establece mayores reducciones entre el 8% y el 6,5%, según el periodo cotizado. También hay cambios sustanciales en jubilación parcial. El decreto aclara que estas modificaciones no afectarán a las jubilaciones parciales que se hubieran pactado en convenios o planes de empresa firmados antes del 1 de abril.
E
l criterio de caja retrasará las desgravaciones y elevará el control fiscal. A la espera de conocer la letra pequeña, los expertos ya advierten que
conllevará efectos colaterales no deseados. Según Hacienda, el denominada criterio de caja podrá “beneficiar a 2,3 millones de autónomos y pymes”. Las previsiones más pesimistas apuntan a que apenas 100.000 compañías optarán por este régimen y, las más optimistas, elevan la cifra por encima de las 500.000. Posibles obstáculos: el proveedor que opte por el criterio de caja no ingresará el IVA hasta cobrar la factura y, su cliente, no podrá deducirse el IVA soportado hasta que no abone el importe de la operación. Solo la primera parte de la ecuación es la que beneficia a las empresas. Adicionalmente debe tenerse presente la complejidad de llevar una doble contabilidad de las cuotas de IVA, en el momento del devengo y en el momento del cobro o pago. En cualquier caso el sistema será voluntario para las pymes.
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flashes de noticias
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l anteproyecto de ley de apoyo al emprendedor permitirá constituir una sociedad con un euro de capital social. Mientras que
en España el capital social mínimo que se requiere para crear una sociedad limitada es de 3.000 euros, la UE permite la constitución de empresas con solo un euro con ciertas cautelas. Esos límites consistirán en que los propietarios de la empresa no puedan repartir dividendo ni conceder créditos a terceros mientras la compañía no esté convenientemente capitalizada. “Se trata de facilitar la creación de empresas y que el no disponer de dinero no sea un impedimento. Unida a esta nueva exigencia, la ley tratará de reducir todas las licencias administrativas que después hacen falta, una vez constituida la sociedad, para poder desarrollar la actividad.
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e acuerdo con la nueva normativa aprobada a finales de febrero en materia de lucha contra la morosidad, se establece en un plazo
máximo de pago de treinta días después de la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios, incluso cuando hubiera recibido la factura o solicitud de pago equivalente con anterioridad. Dicho plazo anteriormente era de sesenta días. No obstante, los plazos de pago indicados en los apartados anteriores podrán ser ampliados mediante pacto de las partes sin que, en ningún caso, se pueda acordar un plazo superior a 60 días naturales.
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actualidad laboral PINCELADAS DEL RD-LEY 4/2013 El RD-Ley 4/2013 establece las medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y creación de empleo. En cuanto a las bonificaciones y reducciones en las cuotas a la Seguridad Social cabe destacar: - Contrato de trabajo a tiempo parcial con vinculación formativa, indefinido o por duración determinada, con jóvenes desempleados menores de 30 años: reducción del 100% o 75% (plantilla inferior 250 o igual o superior a 250, respectivamente) de la cuota empresarial por contingencias comunes durante 12 meses. Posibilidad de prórroga, siempre que se cumplan determinados requisitos. - Contrato de trabajo indefinido, a tiempo completo o parcial, celebrado con un joven desempleado menor de 30 años por microempresas y empresarios autónomos (plantilla igual o inferior a 9): reducción del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante el primer año, siempre que se cumplan determinados requisitos. - Contrato de trabajo indefinido, a tiempo completo o parcial, celebrado por trabajadores por cuenta propia menores de 30 años, y sin trabajadores asalariados que desde el 24/02/2013 contraten por primera vez a personas desempleadas con 45 años o más que cumplan determinados requisitos: reducción del 100% de la cuota empresarial durante los 12 meses siguientes a la contratación. - Transformación en indefinidos de los nuevos contratos temporales, a jornada completa o parcial (jornada superior 75%) para incentivar el “primer empleo joven” celebrados con desempleados menores de 30 años que no tengan experiencia laboral o ésta sea inferior a 3 meses: bonificación en las cuotas empresariales de 41,67€/mes durante tres años o 58,33 €/mes en el caso de mujeres contratadas, siempre que se cumplan determinados requisitos. - Contratos en prácticas con jóvenes menores de 30 años, aunque hayan transcurrido 5 o más años desde la terminación de los correspondientes estudios: reducción del 50 % de la cuota empresarial por contingencias comunes durante toda la vigencia del contrato.
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actualidad laboral
- Cooperativas o sociedades laborales que incorporen trabajadores desempleados menores de 30 años como socios trabajadores: bonificación en las cuotas empresariales de 66,67 €/mes durante tres años. En el caso de cooperativas, las bonificaciones se aplicarán cuando éstas hayan optado por un régimen de Seguridad Social propio de trabajadores por cuenta ajena. - Trabajadores por cuenta propia menores de 35 años con grado de discapacidad igual o superior al 33% y que causen alta, inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 5 años inmediatamente anteriores, en el RETA: también podrán aplicarse reducciones. - Trabajadores por cuenta propia menores de 30 años y que causen alta, inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 5 años inmediatamente anteriores, en el RETA o en el RETMAR: reducción gradual sobre la cuota por contingencias comunes, incluida la IT, durante los 30 meses inmediatamente siguientes al alta. No resultará de aplicación a los autónomos que empleen trabajadores por cuenta ajena. También se aplicará a los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado encuadrados en el RETA o RETMAR. Para cualquier aclaración al respecto no duden en contactar con nuestro Departamento Laboral.
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actualidad fiscal
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MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTIMULO DEL CRECIEMIENTO
l día 23 de febrero se publicó en el B.O.E. el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, por la que se aprueban medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, que afectan a diversos ámbitos. Seguidamente, vamos a comentar las medidas que afectan al ámbito fiscal y tributario.
En primer lugar, hay una serie de medidas que buscan el fomento del emprendimiento y del autoempleo. Dentro del ámbito fiscal, cabe destacar que por una parte, se permite la compatibilización por los menores de 30 años de la percepción de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia por un máximo de 270 días o por el tiempo pendiente de percibir; y por otra parte, se amplían las posibilidades de aplicación de la capitalización por desempleo para los menores de 30 años, incluyendo la posibilidad de que puedan destinar hasta el 100% de su importe a realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil, siempre que desarrollen una actividad profesional o laboral de carácter indefinido respecto a la misma e independientemente del Régimen de la Seguridad Social en que estén encuadrados.
En segundo lugar, se articulan una serie de incentivos fiscales al crecimiento empresarial. En concreto, serían los siguientes: - IMPUESTO SOCIEDADES. Tributación reducida del 15% para los primeros 300.000 euros de base imponible positiva, para las entidades de nueva creación, en el primer ejercicio en que obtengan beneficios y en el siguiente. Cuando el período impositivo tenga una duración inferior al año, la parte de base imponible que tributará al tipo del 15 % será la resultante de aplicar a 300.000 euros la proporción en la que se hallen el número de días del período impositivo entre 365 días, o la base imponible del período impositivo cuando esta fuera inferior. - IRPF. Supresión del límite aplicable a la exención de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, que era de 15.500 €. Se mantiene el requisito de mantenimiento de la actividad durante 5 años. Por tanto, los desempleados que decidan establecerse como autónomos podrán beneficiarse de la exención completa en el IRPF de la prestación por desempleo cuando el abono de la prestación sea en forma de pago único.
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actualidad fiscal - IRPF. Los contribuyentes que inicien el ejercicio de una actividad económica y determinen el rendimiento neto de la misma con arreglo al método de estimación directa, podrán reducir en un 20 % el rendimiento neto positivo declarado con arreglo a dicho método, minorado en su caso por las reducciones previstas en los apartados 1 y 2 anteriores, en el primer período impositivo en que el mismo sea positivo y en el período impositivo siguiente. Para cualquier duda o aclaración pueden contactar con nuestro despacho.
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calendario contribuyente HASTA EL 1 DE MARZO MODELOS IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Entidades cuyo ejercicio coincida con el año natural: opción/renuncia a la opción para el cálculo de los pagos fraccionados ................................................................................036
HASTA EL 20 MARZO
RENTA Y SOCIEDADES Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta, ganancias de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva o de aprovechamientos forestales de vecinos en montes públicos, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. Febrero 2013. Grandes Empresas Modelos..............................................................................................111,115,117,123,124, 126,128
IVA
Febrero 2013. Régimen General. Autoliquidación..............................303 Febrero 2013. Grupo de entidades.....................................................322 Febrero 2013. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA y del IGIC. delo IGIC...............................340 Febrero 2013. Declaración recapitularán de operaciones intracomunitarias...............................................................................349
IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
Febrero 2013......................................................................................430
HASTA EL 29 MARZO
Ingreso de cuotas de la Seguridad Social
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legislación del mes B.O.E 47 23/02/2013 Justicia. Tasas.- Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita Emprendedores. Creación de empleo .- Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo
B.O.E 58 08/03/2013 Bienes inmuebles. Valoración.- Orden ECC/371/2013, de 4 de marzo, por la que se modifica la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras Plan General de Contabilidad.- Resolución de 1 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias
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El Rincon del Emprendedor
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