Revista de ambiental

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Año 17 / Issue 31 ISSN 1909-8790 COLOMBIA $7.800 VENEZUELA BSF 50 ECUADOR US $2,25 PRECIO INCLUYE IVA HONDURAS Le 39,00 NICARAGUA C$40,00 GUATELAMA Qz 16,00 EL SALVADOR $ 1,95 MEXICO $26


CONSEJO EDITOR Redacción Diseño y Diagramación Edición Coordinación Producción Fotografia Aida Lissette Páez Correo: aidaliset@hotmail.com Teléfonos: 0424-5957995 0414-9509345

SUMARIO Editorial, pág. 1 Ley de Suelos, Ámbito de Aplicación, la Protección Forestal, pág. 2 Reglamento de la Ley Forestal, Disposiciones Generales, pág. 3 Guardería Ambiental, pág. 4 Vigilancia y Control de Actividades que afectan los Recursos y el Ambiente, pág. 5 Reglamento de la Guardería ambiental, Objetivo, pág. 6 Generalidades, pág.7 Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, pág. 8 Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, pág. 10 Ley Penal del Ambiente, pág. 11 Características de la Ley Penal del Ambiente, pág. 13 Sanciones Principales, Sanciones Accesorias, pág. 14 Resumen, pág.15


Edition No. 31, Viernes 3, Noviembre2017 www.legislacionambiental.uny.com.ve

EDITORIAL El hombre, representa uno de los seres más influyentes en el ambiente, ya que provoca cambios de todo tipo; por tal motivo, para minimizar cualquier actividad que puedan interferir de manera significaba en el entorno, intervienen diversas normativas, las cuales serán capaces de canalizar la acción que se desea ejecutar. Las normativas, leyes o reglamentos indican cual será la utilidad del recurso y la sanción por el aprovechamiento inadecuado que se le pueda dar, como por ejemplo la Ley de Suelos, el Reglamento de la Ley Forestal, el Reglamento de la Guardería Ambiental, así como también La Ley Orgánica de Procedimientos Administrativo, las cuales serán desarrollas posteriormente; aunque tengan numerosos enfoques, el objetivo será la protección, control y vigilancia del medio ambiente. Venezuela, siendo un país tropical, conocido por su riqueza y diversidad en vegetación, se destaca por poseer un gran patrimonio forestal, es por ello que existen normativas que rigen todo lo relacionado en esta área, regulando de manera efectiva la explotación, protección y aprovechamiento forestal para beneficio del colectivo. 1 www.legislacionambiental.uny.com.ve, marzo 03, 2017


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LEY DE SUELOS De acuerdo a lo establecido en las disposiciones generales de la Ley forestal de Suelos y Aguas, en su artículo 1, se enmarca una

definición

que

hace

referencia a dicha Ley de suelos como aquella norma jurídica que

rige

la

conservación,

públicas y privadas, a los suelos y a todas aquellas actividades relacionadas con los recursos naturales en función a su uso y manejo. LA PROTECCION FORESTAL Es el conjunto de actividades y prácticas

encaminadas

a

fomento y aprovechamiento de

prevenir, controlar y combatir

los recursos naturales, tomando

todos los factores que inciden

en consideración no solo las determinaciones, sino también todas y cada uno de los productos que de esta última derivan. ÁMBITO DE APLICACIÓN Las disposiciones de esta Ley se aplican tanto a los bosques y a sus productos, como a las aguas 2 www.legislacionambiental.uny.com.ve, marzo 03, 2017

en

la

destrucción

recursos forestales.

de

los


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REGLAMENTO DE LA LEY FORESTAL El reglamento de ley forestal, tiene implicaciones

ecológicas

b) Para obtener los instrumentos de control previo se seguirán los

que

principios y normas establecidos en

representa un gran paso en

la Ley Orgánica de Procedimientos

importantes, materia

debido

de

a

conservación

ambiental y ecología como no se había visto antes en el país, asignando personal y recursos para

el

adecuado

mantenimiento y asegurar la preservación de los espacios y recursos naturales que posee Venezuela. DISPOSICIONES GENERALES (premisas mas relevantes de este reglamento)

a) La Autoridad Nacional ejercerá el control previo a través de autorizaciones, permisos, concesiones,

aprobaciones, licencias, asignaciones,

contratos y los demás que

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Administrativos

y

en

la

Ley

Orgánica de la Administración Pública. c) El cumplimiento de las medidas de orden ambiental fijadas en los instrumentos de control previo será garantizado mediante depósitos en garantía

o

fianzas

de

cumplimiento solidarias, según

fiel


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corresponda, a favor y satisfacción de

la

Autoridad

Nacional

Ambiental, otorgados por empresas de

seguros

o

instituciones

bancarias de reconocida solvencia, pólizas

de

responsabilidad

seguros civil

de y

de

indemnización en caso de siniestros ambientales, y fondos especiales establecidos

en

materias

específicas.

GUARDERIA AMBIENTAL En la Constitución de la República Bolivariana

de

Venezuela

Capítulo IX de los Derechos Ambientales, establece actividades

artículo

que:

129,

“Todas

las

susceptibles

de

generar daños a los acompañadas de estudios de ecosistemas deben ser impacto ambiental y socio previamente cultural”. Lo que quiere decir, que existe una medida de protección en materia ambiental, toda actividad que se desarrolle

e

intervenga

en

el

ambiente debe ser sometida a ciertas evaluaciones y de esta manera 4 www.legislacionambiental.uny.com.ve, marzo 03, 2017

verificar cual será el


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impacto que ocasionara al ambiente,

generan grandes efectos a los

y si puede o no ser ejecutada.

ecosistemas. En relación a la

La

guardería

ambiental,

está

destinada a la prevención, control, sanción y represión de las acciones o cualquier omisión que de manera directa o indirecta puedan degradar el ambiente; además de ello defensa y mejoramiento ambiental. VIGILANCIA Y CONTROL DE ACTIVIDADES QUE AFECTAN LOS RECURSOS Y EL AMBIENTE

Guardería Ambiental, se puede decir

que

se caracteriza

por:

Control Ambiental: Conjunto de actividades Estado

realizadas

por

el

conjuntamente

con

la

sociedad, a través de sus órganos y entes

competentes,

sobre

las

actividades y sus efectos capaces de degradar el ambiente. Vigilancia Inspeccionar

Ambiental: todas

aquellas

actividades que estén orientadas a

De acuerdo a la vigilancia y control

conservar, defender y mejorar el

de actividades que afectan los

ambiente y los recursos naturales

recursos y el ambiente, se toman

renovables.

en cuenta todas aquellas las que tienen lugar mediante numerosas causas que

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REGLAMENTO DE LA GUARDERIA AMBIENTAL Un reglamento es el conjunto de reglas, conceptos establecidos por un agente competente a fin de establecer parámetros de dependencia

para

realizar

una tarea en específico; tal es el caso de reglamento de la Guardería Ambiental, el cual consta

de

diversos

títulos,

conformados por artículos, los cuales

despliegan

varios

objetivos, quienes se unen para un mismo fin prevención y cuidado del medio ambiente.

OBJETIVO:

De

Reglamento

de

acuerdo la

al

Guardería

Ambiental, Título I, Disposiciones Generales, articulo 1, el objetivo del reglamento normas

es:

“Establecer

las

regirán

la

que

organización,

funcionamiento,

atribuciones y coordinación de los organismos y funcionarios para el ejercicio Ambiental”.

de Cada

la

Guardería una

de

las

normas, será ejecutada por diversos representantes, tomando en cuenta que el mismo reglamento designará la persona adecuada para su cumplimiento.

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GENERALIDADES: La necesidad

por los entes correspondientes;

de

entendiendo por aprobación el

realizar

el

mejor

desenvolvimiento o desempeño a

avance

nivel de la guardería ambiental,

autorización

radica

labor, tal como lo menciona el

en la planificación,

la

organización de planes, programas, cronogramas, estructuración de

o

artículo

rechazo para

23

de

la

ejecutar

del

la

mencionado

reglamento:

objetivos, evaluaciones, todas ellas

“Las

personas

que

ejercidas o comandadas por los

aprobaciones,

miembros de coordinaciones y

concesiones

comisiones.

intervenir

el

recursos

naturales,

obtengan

autorizaciones, o

contratos, ambiente

para y

los

deberán,

previo al inicio de sus actividades, registrarlos en el Comando de las Fuerzas Armadas de Cooperación Es preciso mencionar, que toda

que ejerza funciones de guardería

actividad,

ambiental

que

pueda

ser

en

el

área

de

desarrollada en el medio ambiente,

localización de la actividad”. (p.

principalmente debe ser aprobada

11)

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LEY ORGÁNICA DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Entra en vigencia desde el 04 de enero de 1982, produciendo uno de los más grandes cambios que

haya

sufrido

jamás la

Administración Pública Venezolana. Esta Ley marca una etapa de primera importancia en

la evolución no

sólo

del

Derecho Administrativo sino de las Ciencias de la Administración. En términos generales, esta ley, regula

cuatro

aspectos

fundamentales con relación a la Administración y relaciones con los particulares. Este es el primer campo de regulación de la Ley; las

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situaciones

jurídicas

particulares

y

de de

los la

Administración Pública. En segundo lugar, regula el acto administrativo,

es

decir,

el

resultado concreto de la actuación de la Administración cuando ésta decide

produciendo

jurídicos situaciones.

en

efectos

determinadas


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En tercer lugar la Ley regula el procedimiento

administrativo,

es

decir, todo el conjunto de trámites, requisitos y formalidades, que deben cumplirse ante la Administración y en

esas

relaciones

entre

Administración y particulares, para producir decisiones administrativas,

particular, en sus relaciones con la

es decir, actos administrativos.

Administración,

reclamar

Y en cuarto lugar, la Ley regula las

formalmente, ante ella misma, no

vías

como un favor, sino por vías de

de revisión de los actos

administrativos

en

administrativa;

es

vía decir,

el sistema de

recursos

reconsideración,

de

revisión

de y

jerárquico, que van a permitir al

derecho,

contra

administrativos,

los estando

actos ésta

obligada a decidir esos recursos también

en

tiempo

útil

determinado, de manera que si no lo hace, el silencio provoca estos actos tácitos negativos.

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LEY ORGÁNICA PARA LA ORDENACION DEL TERRITORIO Esta ley tiene por objeto establecer las disposiciones que regirán el proceso de ordenación del territorio en concordancia con la estrategia de Desarrollo Económico y Social a largo plazo de la Nación. Quiere decir, que

regirán los

y locales de ordenación y del

territorio,

con

conformidad a la estrategia nacional

de

desarrollo,

los

patrimonios territoriales de la Nación,

las

ecológica,

sociocultural, socioeconómica y

procesos nacionales, regionales gestión

valoraciones

realidades y

las 10 www.legislacionambiental.uny.com.ve, marzo 03, 2017

geopolítica. Asimismo, ella comprende todo lo relacionado con la definición de los mejores usos de los espacios de acuerdo

a

sus

capacidades,

condiciones y limitaciones.


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LEY PENAL DEL AMBIENTE

(conceptos - objetivos)

Siguiendo el texto constitucional y las normas de rango legal que se han dictado en materia ambiental, especialmente y con fundamento en el Art. 130 de la Ley Orgánica del Ambiente, fue promulgada la Ley Penal del Ambiente, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.913, de fecha 2 de mayo de 2012, que deroga la del año 1992, cuyo objeto es clasificar como

delitos

atentatorio

en

los

hechos

defensa

y

mejoramiento de los recursos naturales y el ambiente, 11 www.legislacionambiental.uny.com.ve, marzo 03, 2017

establece

sanciones

correspondientes determina

y las

penales además medidas

precautelarías, de restitución y de reparación según sea necesario, y las

disposiciones

procesal

derivadas

especificidad ambientales.

de

de

los

carácter de

las

asuntos


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Actualmente, el organismo encargado de velar por el cumplimiento de la Ley Penal del Ambiente es el Ministerio para el Poder Popular para Vivienda, Hábitat y Eco socialismo. La Ley Penal del Ambiente en su art. 2 indica que la misma corresponde a Extraterritorialidad lo cual corresponde a las aplicaciones de sanción a personas naturales y jurídicas por los delitos cometidos tanto en espacio geográfico del país como en algún país extranjero, si los daños o riesgos del hecho se producen en Venezuela.

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La Ley está estructurada en cuatro títulos: Título I. Disposiciones Generales. Contiene los fundamentos filosóficos y los principios generales del delito ambiental.

La Ley está estructurada en cuatro títulos: Título I. Disposiciones Generales. Contiene los fundamentos filosóficos y los principios generales del delito ambiental.


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Título II. Disposiciones Procesales. Establece el orden de las acciones penales y civiles, los órganos de investigación penal, la jurisdicción penal ambiental, destino de las recaudaciones medidas para asegurar los resultados de la sentencia y aplicación de compromisos procesales.

Título IV. Omisiones en las Evaluaciones Ambientales y Planes de manejo. CARACTERISTICAS DE LA LEY PENAL DEL AMBIENTE Estructura

social

productiva,

incluyente, humanista,

participativa y endógena. Ejecución ambientales

de a

favor

servicios de

la

comunidad afectada. Responsabilidad penal objetiva.

Establecimiento

o

Título III. De los Delitos contra el ambiente. Desarrollado en ocho construcción como nuevas capítulos en los cuales menciona: sanciones penales principales. Delitos contra la Administración Ambiental, Delitos contra la ordenación de territorios, Delitos contras la diversidad biológica, Degradación, entre otros. 13 www.legislacionambiental.uny.com.ve, marzo 03, 2017


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SANCIONES PRINCIPALES Según art. 5 de la Ley Penal del Ambiente,

son

sanciones

principales: •

La prisión.

El arresto.

contaminante

o

degradante del ambiente. • La reordenación de los sitios alterados.

La multa. El desmantelamiento de la instalación, establecimiento o construcción. SANCIONES ACCESORIAS

Según art. 6 de la Ley Penal del son

sanciones

accesorias: •

por un año. actividad

La disolución de la persona

Ambiente,

instalación o establecimiento hasta • La prohibición definitiva de la

jurídica. •

• La clausura temporal de la

La clausura definitiva de la instalación o establecimiento.

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• La suspensión de las actividades de la persona jurídica hasta por seis meses.


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RESUME N

Resumiendo es preciso hacer énfasis al hecho de que los suelos deben usarse de acuerdo con su capacidad específica, pues el aprovechamiento de toda clase de suelos deberá ser practicado en forma tal que se mantenga su integridad física, y su capacidad productora todo ello con arreglo a las normas técnicas que al efecto determine el Reglamento de la Ley de los Suelos. En lo que respecta a la Guardería Ambiental, es preciso recordar, que la conservación del medio ambiente representa uno de los retos más urgentes a los que se enfrenta la humanidad. Con relación a los actos administrativos en materia ambiental, se puede evidenciar que existe una marcada influencia del Derecho Administrativo, su marco legal como lo es Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA) con la gestión ambiental, existiendo actos administrativos, usados como instrumentos de control jurídico en actividades que intervienen en los procesos susceptibles de degradar el ambiente, tales como registros, permisos y autorizaciones. Finalmente, según lo señalado en la Ley Penal del Ambiente podemos observar que se desarrolla como una ley fundamentada en el rescate del ambiente y los recursos naturales, garantizando la aplicación de sanciones comenzando por las personas naturales, instituciones e incluyendo al funcionarios públicos que no cumplan con su deber.

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