Las características que definen la realidad sobre la que se trabaja, específicamente en condiciones de habitabilidad, no permiten medir la vivienda y sus componentes de igual manera que en un contexto formal. Esa informalidad, a nivel de vivienda e infraestructura pública, que caracteriza a la pobreza, produce que el área de la vivienda en muchas ocasiones sea reducida, provocando así hacinamiento. Sin embargo otras veces el área total de la vivienda podría parecer no un problema, pero en una escala menor, a nivel de espacios internos, sí presentarse de esa forma. Lo anterior se debe a que las dimensiones mínimas de los diversos espacios, establecidas en los reglamentos y leyes por instituciones nacionales, no se cumplen, ya sea por desconocimiento, o por que las condiciones físicas y económicas no lo permiten. Para entender esto es necesario tener claro a que se refiere cuando se dice hacinamiento, y que este no es un problema de una escala, sino de muchas que coexisten. Es también importante considerar qué escalas se puede impactar a través de la vivienda de transición, y porqué. Las escalas que se mencionan son tres, definidas en relación al contexto en que se trabaja, y la forma en que se interviene en él. Estas son:
Escala Macro / Escala Barrial: define la relación proporcional entre una unidad geográfica determinada - en este caso el barrio, asentamiento, comunidad, otro y sus partes, la vivienda para esta ocasión.
Escala Meso / Escala Vivienda: engloba la relación de la vivienda, abstraída de su contexto físico, y sus ocupantes. -
Total: relaciona la totalidad del área de la vivienda con la cantidad total de sus ocupantes.
-
Parcial: relaciona el área, o cantidad de los componentes de la vivienda separándolos por su uso, con la cantidad total de ocupantes.
Escala Micro / Escala Equipamiento: relaciona la cantidad de mobiliario con el número de usuarios simultáneos. Según sea el mobiliario es que se define la ocupación óptima. Con el fin de ejemplificar el problema se puede decir que en una escala macro o
barrial, se considera hacinamiento en tanto las viviendas o estructuras que la compongan, ocupen mayor área de la permitida por la ley. Esto se evidencia en la falta de espacio público, patios, áreas verdes, otros. En la escala meso o vivienda, el hacinamiento se consideraría tal como se definirá en detalle más adelante: estableciendo una relación proporcional entre el tamaño de la vivienda, o sus espacios, o la cantidad de estos, y la cantidad de ocupantes. Este hacinamiento se hace evidente en la falta de ventilación e iluminación natural, condiciones de insalubridad, coexistencia de diferentes núcleos familiares, otros. En la escala micro o de equipamiento, se considera aquel mobiliario, que por sus uso, puede tener consecuencias para la salud o las relaciones sociales sanas, siempre y cuando no cumpla con las características mínimas. En este caso se considerará únicamente la cama, y sus variaciones, como ese mueble que puede influir en las condiciones de hacinamiento en tanto no exista, o exista bajo condiciones no óptimas. Por ejemplo: una cama individual ocupada por dos personas al mismo tiempo, y siendo usada para dormir, representa una situación de hacinamiento en esta escala, y por ende un problema. Esto aun cuando el espacio en donde se ubique esa cama, el dormitorio por lo general, cuente con las condiciones mínimas de área para considerarse no hacinado. Esto lo que revela es que el no hacinamiento en una de las escalas no asegura las mismas condiciones en una escala menor. De igual manera en la situación inversa.
Para entender mucho mejor lo anterior, es necesario tener claro Con respecto al hacinamiento, son múltiples las formas de definirlo y de medirlo, ya que depende de las diferentes sociedades y sus instituciones, el determinarlos a partir de la proxémica que los defina, y otras variables culturales que se consideren pertinentes. Así es que existen definiciones por la ONU, OMS, CEPAL, CLACSO, INEC, entre otros. Se habla entonces de hacinamiento diurno, nocturno, por cohabitación, por dormitorio, por aposento, según sea lo que se tome en cuenta; teniendo todas en común, el considerar la totalidad de los ocupantes de la vivienda, dividida o relacionada esta cantidad a alguna otra variable de características físico-espaciales de la vivienda. Para casos de esta propuesta nos limitaremos a la definición de hacinamiento que se trabaja a nivel nacional, partiendo del hecho de que responde en mejor manera a la realidad país. La institución encargada de definir esto a nivel nacional, es el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), el cual trabaja con dos índices para la medición del hacinamiento. El primero es el hacinamiento según total de aposentos, que se determina como la relación entre el total de personas que residen en una vivienda y el número de aposentos (cocina, comedor, sala, otros) de la misma. Si esta relación es mayor a 2, se considera una vivienda hacinada. El segundo es el hacinamiento según total de dormitorios, el cual, de forma general, se define como la relación entre el número de personas que residen en una vivienda y el número de cuartos disponibles exclusivos para dormir. De esto se considera que una vivienda presenta esta condición cuando la habitan más de tres personas por dormitorio. En este caso se usará dos formas de medir el hacinamiento. Una primera que busca diagnosticar la realidad sobre la que se trabaja, y la segunda con el fin de proponer una realidad distinta a la actual.
Para el diagnóstico se utilizará el índice de hacinamiento según total de dormitorios, definido por el INEC, pero aplicando una modificación a la fórmula, la cual permita asegurar una adaptación a las condiciones de la realidad sobre la que se trabaja. Esta modificación consiste en sustituir la cantidad de aposentos para dormir, por la suma de las área usadas para dormir. Su cálculo se realiza de la siguiente manera:
iHd =
O ΣAd
iHd = Índice de Hacinamiento Diagnóstico O= Número de ocupantes por vivienda Ad= Área utilizada para dormir
La modificación a la fórmula se justifica en el hecho de que algunas veces los dormitorios de las viviendas en los asentamientos informales, o en pobreza, suelen tener dimensiones distintas a las de una vivienda formal, por lo que si se considerara como si no fuera así, el sesgo en el cálculo puede ser perjudicial para un diagnóstico correcto. Así que se puede decir que se considera erróneo suponer que la existencia de un dormitorio es igual a la existencia de un espacio con las dimensiones mínimas para dormir no hacinado. De esta forma, si consideramos el área total de los espacios destinados para dormir, en lugar de su cantidad, podemos suponer una relación persona-área que permitiría también llegar a conclusiones como el mal aprovechamiento del área, o la distribución no optima del espacio. Ahora bien, la decisión de utilizar un cálculo basado en los dormitorios, y no los aposentes, se fundamenta en primer lugar en el hecho de que la vivienda de transición de TECHO Costa Rica, por sus condiciones físicas y espaciales, no suple por sí misma necesidades para espacios como la cocina o el baño, tales como el servicio de agua potable, o materiales impermeables, por ejemplo, por lo que su uso se limita para dormitorios, sala o comedor. En segundo lugar, porque los dormitorios son los espacios en lo que se puede afirmar con mayor certeza, en que se reúnen por un mismo momento extenso, la
totalidad, o la mayoría, de ocupantes de una vivienda, a realizar una misma actividad: dormir. Es entonces por lo que es el único momento y espacio en que la medición de hacinamiento refleja la relación entre área y persona en su manifestación más intensiva. De igual manera, porque son los espacios privados por excelencia, lo cual en un contexto de informalidad y pobreza suele verse sacrificado. Es entonces que, aunque la consideración de la cantidad de dormitorios en el cálculo nos permitiría saber en qué condición de hacinamiento existen las viviendas, el sesgo se puede hacer presente en tanto no se consideren las dimensiones de esos espacios.
Poniendo lo anterior en perspectiva, la vivienda de transición de TECHO Costa Rica permite impactar en la escala meso por sus características físicas y espaciales. La escala macro se aleja del objetivo de la vivienda, sobre todo porque su construcción no conlleva la legalización de terrenos, la compra de nuevos, o el agrandamiento de los ya ocupados. Por otro lado, la escala micro queda en manos de los ocupantes de la vivienda, ya que no es parte de la intervención de TECHO Costa Rica el entregar una vivienda de transición ya equipada con servicios y mobiliario adecuado. Se puede afirmar entonces que la vivienda de transición de TECHO Costa Rica suple las condiciones de la escala meso en tanto asegura un área mínima para la distribución de espacios necesarios, así como la facilidad de dimensionar dichos espacios de la mejor manera, y de una forma flexible. Partiendo de una serie de modelos de vivienda ya diseñados, que varían su área habitable desde 9 m2, hasta 54 m2, y que tienen como fin ser implementados para poder responder a la necesidad de viviendas menos hacinadas, y no solo de mejores condiciones materiales, se formulará una metodología de asignación. Esta metodología aplica tal cual en aquellos casos en que la vivienda de transición tenga como fin sustituir de forma completa el área social y privada de la vivienda en tugurio. Para esto se tomará en cuenta dos tipos de área, las cuales se considera la vivienda de transición puede ser usada: 1) Social: Área en la que se llevan a cabo actividades que pueden, o no, contemplar la participación de personas ajenas a los ocupantes de la vivienda. Permite actividades de ocio y trabajo, tanto individual, como en colectivo, principalmente. Estos son espacios como la sala, el comedor, la cocina.
2) Privada: Área en las que se desarrollan actividades exclusivas de los ocupantes de la vivienda en su cotidianidad. Estos son espacios como los dormitorios. Y dos tipos generales de espacios: 1) Habitables: su ancho mínimo debe ser de 2,5 m, y sus áreas mínimas las siguientes:
Sala: 6,5 m²
Comedor: 7,5 m²
Sala-Comedor: 10 m²
Dormitorio: 9 m² / 7,5 m²
2) No habitables: su ancho mínimo varía, pero sus áreas mínimas deben ser las siguientes:
Cocina: 5 m², con un ancho mínimo de 2 m.
Baño: Varía
Lavandería: Varía
El baño y la lavandería serán espacios, que no se tomaran en cuenta partiendo del hecho de que dependen de condiciones y servicios que la vivienda de transición por si sola no satisface. Por su parte la cocina será tomada en cuenta en tanto la vivienda satisfaga en mayor medida el área para uso privado. Esta se considerará no como un espacio individual, tal como los dormitorios, sino que se planteará como una extensión de la salacomedor, sumándole área a estos dos espacios. Esto permite disminuir el área mínima de la cocina, y no plantearla estrictamente de 5 m². De esto es que se afirma que se debe determinar un área mínima de área social y privada, proporcional al área total de la vivienda de transición, con el fin de cumplir estos dos principios:
Una vivienda con los espacios mínimos habitables.
Una vivienda con espacios con áreas y dimensiones mínimas reglamentarias.
Para lograr esto, se tomarán las dimensiones mínimas de los espacios sociales habitables (sala-comedor: 10 m2), y se restará al área total de la vivienda de transición. El resultado de esa operación determinará el área efectiva que se estaría contabilizando para área privada. Este sería el principal indicador para la asignación de la vivienda de transición, en función del número de ocupantes previstos, y por ende del hacinamiento en que se vive en la vivienda en tugurio, obviando las condiciones materiales de esta. El generalizar este cálculo puede resultar perjudicial para una vivienda más compacta, o una más grande. De ahí que en los casos de 9 m2, 18 m2 y 27 m2, la dimensión de este espacio resulte de la resta del área privada mínima al área total de la vivienda. Priorizando de esta forma el espacio privado por las razones ya expuestas en este documento. En el caso de las viviendas de 36 m2, 45 m2 y 54 m2, se plantea aumentar el área del espacio social, agregando 3,5 m2 sobre el mínimo del área del espacio social habitable mínimo. Esta área corresponde a el espacio mínimo no habitable, la cocina, que al agregarse a la sala-comedor, y no pensarse separado, puede reducirse su área. O bien, si la posibilidad de construir una cocina aparte existe, se estaría planteando un área social de mayor relación al número de ocupantes de la vivienda. A partir de esto es que se opta por utilizar el índice de hacinamiento por dormitorio para la asignación de las viviendas de transición. En este cálculo no se tomará en cuenta el área destinada para dormir, sino únicamente la cantidad de espacios que se usen para ello, y el área social se despreciará ya que en la mayoría de los casos tiende a ser invariable, o variar en pocas unidades.
El cálculo se hará a través de la siguiente fórmula:
iHa =
O D
iHd = Índice de Hacinamiento Asignación O= Número de ocupantes por vivienda D= Número de dormitorios por vivienda
Como se mencionó antes, esta metodología aplica tal cual en aquellos casos en que la vivienda de transición tenga como fin sustituir de forma completa el área social y privada de la vivienda en tugurio. En los casos en que la vivienda cumpla únicamente la función de remodelar o ampliar los espacios ya existentes, los criterios de asignación variarían en tanto:
El uso, o usos, finales que le de los ocupantes al espacio, o espacios, de la vivienda de transición.
El número de ocupantes y el hacinamiento de asignación. La consideración de tomar en cuenta únicamente la cantidad de dormitorios, y no
su área como se propuso para el diagnóstico, se fundamentan en el hecho de que además de asegurar un área total relacional a la cantidad de ocupantes de la vivienda con el fin de eliminar o aminorar el hacinamiento, se debe de asegurar espacios con dimensiones mínimas, para cumplir con las condiciones de la escala meso. Para facilitar esto, se parte del hecho de que configuración de la vivienda de transición está dada por cuadrantes de 3 m por 3,05 m, los cuales se pensarán como un dormitorio principal para dos personas, tal y como lo define el Reglamento de Construcciones, y los dormitorios secundarios de 3 m por 2,5 m, igual para dos personas. Los 3 m x 0,5 m restantes se considerarán para áreas de circulación.
En la siguiente tabla se resumen las áreas mínimas propuestas según uso, la cantidad de dormitorios previstos, y la cantidad de personas óptima para considerar una ocupación de la vivienda en condiciones de no hacinamiento.
9 18 27 36 45 54
1,5 9 9 13,5 13,5 13,5
7,5 9 18 22,5 31,5 40,5
1 1 2 2,5 3,5 4,5
1 2 4 5 7 9
Todo lo expuesto quiere decir que en primer lugar se utilizaría un método de medición del hacinamiento con el fin de diagnosticar la realidad en estudio, y de esta forma priorizar los casos con los que se trabajaría a partir de la medición del hacinamiento por dormitorio, pero considerando el área de estos, y no únicamente la cantidad. En segundo lugar se asignarían los modelos de vivienda de transición en relación a otro método de medición del hacinamiento, el cual tome en cuenta la cantidad de dormitorios propuestos y la cantidad de ocupantes.
La vivienda de TECHO, según su aplicación, puede cumplir como mínimo tres funcione en términos habitacionales, en relación con la vivienda en tugurio. Estas son: 1) Sustitución: se da cuando la vivienda de transición es construida donde antes existía una vivienda en tugurio. En otras palabras, sustituye toda el área de los espacios habitables, y puede que en algunos casos los espacios no habitables de la vivienda en tugurio. Puede también resultar que sea de igual o mayor tamaño a esta, en relación al área de cobertura.
AVF = AVT =< AVt 2) Remodelación: es cuando la vivienda de transición sustituye un área específica de la vivienda en tugurio, sin representar la totalidad del área de los espacios habitables. Es decir, se construye dentro de la misma área de la vivienda en tugurio, y mejora las condiciones materiales de una porción menor de esta.
AVF = (AVt -AVd) + AVT 3) Ampliación: se presenta cuando la vivienda de transición es adherida a la vivienda en tugurio. En este caso la vivienda en tugurio se mantiene casi que intacta, y su área de construcción no se ve disminuida por la construcción de la vivienda de TECHO. En otras palabras, el área final de la vivienda se ve incrementada según el tamaño de la vivienda de TECHO que se construya.
AVF = AVt + AVT Es importante rescatar que, con el fin de generar una intervención y gestión del hábitat responsablemente, se debe optar por desarrollar adaptaciones al contexto en que se trabaja, a través de cambios estructurales o formales en la vivienda de transición. Esto aplica por igual en los tres casos mencionados anteriormente, pero siendo de vital importancia en aquellos casos en que la vivienda se presente como una remodelación o ampliación, o a grande rasgos, cuando se comprometan las relaciones sociales existentes, así como cuando se produzcan problemas antes nos existentes. En otras palabras, cuando se relacione la vivienda de TECHO con otras estructuras ya existentes. La relevancia de identificar las tres aplicaciones de la vivienda de TECHO yace en el hecho de que esta impactaría en distintos niveles en la realidad, según sea el caso. Esto se afirma únicamente tomando en consideración el hacinamiento y las condiciones de los materiales que forman la vivienda.
Por ejemplo, un caso en que la vivienda de transición aplique como remodelación, es un caso en el que se puede afirmar que el índice de hacinamiento no se verá cambiado, pero seguramente las condiciones materiales de la vivienda sí se verán mejoradas. Ahora bien, ese impacto estará sujeto también al uso que se le de al espacio de la vivienda de transición, sobre todo en los casos en que la vivienda no es una sustitución. Esto porque si a la vivienda de TECHO, o parte de ella, se decide dar uso como espacio no habitable, cocina por ejemplo, el impacto en el hacinamiento se verá reducido relacionalmente al área que no fue destinada para uso habitable. Importante tomar en cuenta que la forma de medición del hacinamiento se basa en la relación entre la cantidad de dormitorios, y la cantidad de ocupantes de la vivienda. Teniendo entonces lo anterior en cuenta, se pensara la aplicación de la vivienda de TECHO de la siguiente manera: a) Si la vivienda es destinada para espacios no habitables, el impacto considerado será únicamente en las condiciones materiales de la vivienda. b) Si la aplicación consta de espacios habitables, de uso social, estos no se consideraran en el impacto de las condiciones de hacinamiento, más sí en la mejora de las condiciones materiales de la vivienda. c) Si se plantea que el espacio sea habitable, de uso social, pero que a su vez cumpla una doble función, por ejemplo, sala durante el día y dormitorio durante la noche, el espacio será considerado en el posible impacto solo si:
Su área mínima es 7,5 m²
Su menor dimensión es igual a 2,5 m.
Su segundo uso es para dormir.
De cumplir con lo anterior, además de considerarse las mejoras en las condiciones materiales, las mejoras en el índice de hacinamiento se cuantificaran en tanto:
Ocupación máxima de 2 personas por dormitorio, con un área igual o mayor a 7,5 m², pero menor o igual a 9 m², en el cual la dimensión mínima sea 2,5 m.
2 personas más por cada dormitorio extra con un área igual o mayor a 7,5 m², pero menor o igual a 9 m², en el cual la dimensión mínima sea 2,5 m.
Si la vivienda es destinada únicamente a espacios habitables, de uso privado, es decir, dormitorios, el área total de la vivienda se contabilizara en la mejora del índice de hacinamiento si:
Su área mínima es 7,5 m²
Su menor dimensión es igual a 2,5 m.
Su uso primario es para dormir.
Y esta se contabilizará tomando en cuenta lo siguiente:
Ocupación máxima de 2 personas por dormitorio, con un área igual o mayor a 7,5 m², pero menor o igual a 9 m², en el cual la dimensión mínima sea 2,5 m.
2 personas más por cada dormitorio extra con un área igual o mayor a 7,5 m², pero menor o igual a 9 m², en el cual la dimensión mínima sea 2,5 m.
9 m2 18 m2 27 m2 36 m2 45 m2 54 m2
1 2 4 5 7 9
2 4 6 8 10 12
2 4 6 8 10 12
* Se considera la cantidad de personas, bajo la suposición de que el espacio de la vivienda de transición, según aplicación, será usada para dormitorios.