Codigo de policia medios

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POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA

Un compromiso de corazón

SECRETARÍA GENERAL

Ley 1801 de 2016 – Código Nacional de Policía y Convivencia

ADOLFO LEÓN RAMÍREZ BUSTAMANTE Asesor del Sector Defensa


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SECRETARÍA GENERAL MATERIALES 6. Traslado por Protección -12

INMATERIALES

7. Retiro del Sitio

1. Orden de Policía

8. Traslado Proc. Policial (6)

2. Permiso Excepcional

9. Registro

3. Reglamentos

10. Registro a Persona

4. Autorización

11. Registro 1/2 de Transp.

5. Mediación Policial

12. Susp. Inmediata de la Act,

Medios de Policía Art. 149

13.Ingreso a inmueble con ord. 14.Ingreso a inmueble sin Ord. 15. Incautación 16. Incaut. de A/F - No Conv. 17. Uso de la Fuerza 18. Aprehensión con fin Judic. 19. Apoyo Urgente particular 20. Asistencia Militar


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SECRETARÍA GENERAL INMATERIALES

Definición

Mandato claro, preciso y conciso emanado de la autoridad de Policía, Puede ser verbal o escrita v  Son de obligatorio cumplimiento

Orden de Policía Art. 150

v  Es posible utilizar los demás medios de Policía para hacerla cumplir v  Fraude a resolución judicial o administrativa art. 454 Ley 599 de 2000


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SECRETARÍA GENERAL INMATERIALES

Definición

De manera excepcional y temporal se permite la realización de una actividad que la Ley o norma prohíbe. Ej: un permiso para pico y placa por discapacidad. Un desplazamiento entre municipios en un departamento, cuando el gobernador lo haya restringido.

v  Se debe conceder o negar por escrito

Permiso excepcional Art. 151

v  Condiciones de tiempo, modo y lugar v  Causales de suspensión o revocación v  El permiso es personal e intransferible v  Enviar copia a las autoridades Marchas, concurso de tracto camiones


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SECRETARÍA GENERAL INMATERIALES

Definición

De manera temporal se permite la realización de una actividad subordinada a ciertas condiciones. Ventas ambulantes en ferias, instalación de fondas en ferias. Botar escombros en un sitio determinado.

v  Se debe conceder o negar por escrito

Autorización Art. 153

v  Condiciones de vigencia v  Causales de suspensión o revocación v  El permiso es personal e intransferible Partido de futbol, conciertos, carreras


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SECRETARÍA GENERAL MATERIAL Acción policial

Facultad para trasladar una persona de un lugar a otro para su protección o la de terceros

Verificar si la persona puede ser entregada a un familiar

Cuando procede Cuando deambule en estado de indefensión o bajo efectos de bebidas embriagantes Cuando este involucrado en riñas Al agredir a las autoridades de policía Sea único medio disponible

Traslado por protección Art. 155

Determinar si debe ser trasladada a centro medico o de protección Ve r i f i c a r s i e s p o s i b l e trasladarlo a su domicilio No debe superar 12 horas Se le debe informar a la persona trasladada y al superior jerárquico Permitir comunicación Entregar copia al Ministerio Público



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Definición

Retiro del sitio Art. 156

Ordenar a una persona que se retire de un lugar especifico. Antes era Expulsión de sitio público o abierto al público v  Desacato a una orden de cesar su comportamiento v  Es posible utilizar otros medios de policía y medidas correctivas v  Es posible utilizarlo las veces que sea necesario


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Definición Motivo

Traslado para procedimiento policivo Art. 157

•  Traslado inmediato y temporal de una persona con el fin de realizar un procedimiento policial establecido en este código. •  Porque no se puede realizar en el sitio, por causa ajena a la AUTORIDAD

Condiciones

Reporte

•  Inmediato (Máximo 6 horas) •  Se le debe permitir comunicarse con un familiar

•  Se le debe informar a la persona trasladada y al superior jerárquico •  Entregar copia a la persona trasladada


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Definición

Es una actividad que realiza el personal uniformado de la Policía, en desarrollo de la actividad de policía sobre personas, medios de transporte, muebles o inmuebles. v  Establecer la identidad de una persona v  Si porta armas, municiones o explosivos

Registro a persona Art. 159

v  Si tiene en su poder un bien hurtado o extraviado v  Verificar que no transporte drogas o sustancias prohibidas v  Para prevenir la comisión de una conducta punible o CCC v  Para garantizar la seguridad de las personas v  Puede contacto físico - Lo debe realizar una persona del mismo sexo – la vigilancia debe emplear tecnología

Parámetros

En sitios públicos, abiertos al público, zonas comunes, o sitios privados previa autorización - la vigilancia puede apoyar a la PONAL – se puede emplear tecnología.


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SECRETARÍA GENERAL MATERIAL v  Cese inmediato de una actividad

Suspensión inmediata de actividad

v  Implique un riesgo inminente para la comunidad o partici. v  Se debe informar de inmediato para imponer M.C.

Art. 161

v  Ante riesgo inminente de vida o integridad de una persona v  Hacer uso inmediato de sus bienes para atender el caso v  Excusa valida cuando haya riesgo para su vida

Apoyo Urgente de Particulares Art. 169


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SECRETARÍA GENERAL MATERIAL v  Enfermo mental en crisis que pueda ser peligroso

Ingreso a inmueble con orden Art. 162 Inex.

v  Inspección por salubridad – o norma ambiental v  Pruebas casas de juego, o funcione contra la norma v  Inspección en juicio de policía v  Revisar instalaciones – sustancias inflamables, riesgo v  Maltrato a menores, mujeres, adultos mayores v  Verificar desarrollo de actividades económicas v  Para verificar normas de uso del suelo v  Para utilizar un medio o ejecutar una M.C. Debe ser mediante escrito motivado – debe levantarse acta Se deben remitir al Ministerio Público. Se puede para práctica de pruebas Se puede emplear la fuerza De existir descubrimiento inevitable se judicializa


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SECRETARÍA GENERAL MATERIAL

v  Voces de auxilio

Ingreso a inmueble sin orden Art. 163

v  Para conjurar incendio, inundación o similar v  Dar caza a animal feroz o rabioso (condicionado) v  Proteger bienes de ausentes por ingreso de extraño v  Vías de hecho desde el interior hacia el exterior v  Para proteger personas cuando se manipulen fuegos pirotécnicos, juegos artificiales sin cumplir requisitos Debe rendir informe al superior y propietario El propietario puede instaurar la queja Debe existir forma de identificar previamente al uniformado Se puede ingresar por razón de sus funciones en inmueble abierto al público


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v  Aprehensión material transitoria de bienes v  Lo hace personal uniformado.

Incautación Art. 164 y 165

v  Cuando se afecte la Convivencia con su venta, porte, suministros, distribución, transporte, utilización constituya un C.C.C o afecte la Ley. v  Se debe levantar inventario y acta – copia al poseedor v  Se deja a disposición de la autoridad término de la distancia. v  En caso de armas, el decomiso y destrucción compete a la Policía Nacional

v  Medio material, proporcional, necesario y razonable, v  Ultimo recurso para proteger la vida e integridad v  v  v  v  v

Para hacer cumplir los M.P Y M.C. Cuando exista oposición o resistencia Para prevenir emergencias Para prevenir inminente o actual comisión de C.C.C. Se debe rendir informe, incluso si hay daños colaterales

Uso de la fuerza Art. 166


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Un compromiso de corazón

SECRETARÍA GENERAL v  Enfermo mental en crisis que pueda ser peligroso v  Inspección por salubridad – o norma ambiental

Ingreso a inmueble con orden Art. 162

v  Pruebas casas de juego, o funcione contra la norma v  Inspección en juicio de policía v  Revisar instalaciones – sustancias inflamables, riesgo v  Maltrato a menores, mujeres, adultos mayores v  Verificar desarrollo de actividades económicas v  Para verificar normas de uso del suelo v  Para utilizar un medio o ejecutar una M.C. Debe ser mediante escrito motivado – debe levantarse acta Se deben remitir al Ministerio Público. Se puede para práctica de pruebas Se puede emplear la fuerza De existir descubrimiento inevitable se judicializa


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Un compromiso de corazón

SECRETARÍA GENERAL v  Voces de auxilio

Ingreso a inmueble sin orden Art. 163

v  Para conjurar incendio, inundación o similar v  Dar caza a animal feroz o rabioso v  Proteger bienes de ausentes por ingreso de extraño v  Vías de hecho desde el interior hacia el exterior v  Para proteger personas cuando se manipulen fuegos pirotécnicos, juegos artificiales sin cumplir requisitos

Debe rendir informe al superior y propietario El propietario puede instaurar la queja Debe existir forma de identificar previamente al uniformado Se puede ingresar por razón de sus funciones en inmueble abierto al público


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Gracias… aloram41@gmail.com


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