Business Mail EDICIÓN 125 • FEBRERO 2016 • ISSN 2422 - 233X
Especial Nuevo Estatuto Aduanero
Presidente Jorge Alejandro Mejía GM Colmotores S.A.
CONTENIDO
Primer Vicepresidente Rodolfo Espinosa Racafe & Cia. S.C.A. Tesorero Alan Hails Pricewaterhouse Coopers Consejero Jurídico Mariana Posse Posse Herrera & Ruiz Director Ejecutivo Camilo Reyes Rodríguez Subdirectora Ejecutiva Anne McKinney
Revisor Fiscal William Rodríguez Acosta BDO Audit AGE S.A.
Comunicaciones AmCham Colombia medios@amchamcolombia.com.co Tel.: (57 1) 587 7828 Ext. 121 Cel.: (57) 316 482 7324 Calle 98 No. 22 - 64 Of. 1215 www.amchamcolombia.com.co
Pág. 1 Agenda AmCham Pág. 2 Editorial La visita del Presidente Santos a Washington Pág. 3 Tema central La nueva cara del Estatuto Aduanero colombiano Pág. 6 La modernización aduanera como factor esencial para la implementación del nuevo Estatuto Aduanero Pág. 8 15 cambios en el Nuevo Estatuto Aduanero con efectos en los negocios de importación Pág. 12 Proyecto de Estatuto Aduanero: ¿materializa las obligaciones internacionales adquiridas por Colombia? Pág. 14 El rol de las agencias de aduana en la nueva legislación aduanera Pág. 16 Análisis Podemos lograrlo Pág. 18 Afiliados AmCham Colombia Revisiones anuales son obsoletas
ISSN: 2422 - 233X
Pág. 21 Kuehne + Nagel: una empresa con alcance global
Edición general: Angélica Villamarín Comunicaciones AmCham Colombia
Pág. 22 Bases terminológicas: útiles para traductores y cliente
Publicación editada en Bogotá, D.C. Circulación nacional
Pág. 23 Ronda une a la familia
Diseñado por: Rosario A. Castellanos andrea.cgrafica@gmail.com
Pág. 24 Seccionales AmCham Nuevo Estatuto Aduanero: régimen de control para los operadores de comercio exterior
Impreso por: ESCALA S.A. tallerlitografico@revistaescala.com www.revistaescala.com
Pág. 25 Invitados AmCham Cualquier momento es ideal para un chocolate americano
AGENDA AMCHAM LXI Asamblea General Ordinaria de Afiliados La Cámara de Comercio Colombo Americana –AmCham Colombia- invita a sus afiliados a la LXI Asamblea General Ordinaria de Afiliados. Invitados especiales: Juan Manuel Santos, Presidente de la República; Rafael Pardo, Ministro para el postconflicto; Joshua Mitrotti, Director de la Agencia Colombiana para la Reintegración (ACR).
15 de marzo de 2016 | 11:00 a.m. a 2:30 p.m. Club El Nogal, Gran Salón | Cra. 7 N° 78-96 Jenny Vargas | (+571) 587 78 28 Ext. 111 | eventos1@amchamcolombia.com.co
Cena de Gala AmCham Colombia La Cámara de Comercio Colombo Americana – AmCham Colombia- invita a su III Cena de Gala para el otorgamiento de becas de aprendizaje del idioma inglés, en conjunto con los programas Access de la Embajada de Estados Unidos y las iniciativas de bilingüismo de Fulbright Colombia. Se busca beneficiar a alumnos de instituciones educativas distritales de Bogotá y a docentes de inglés de colegios oficiales del país.
23 de abril de 2016 | 7:30 p.m. a 2:00 a.m. Country Club, Salón Principal | Calle 127C N° 15-02 Patricia Dávila | (+571) 587 78 28 Ext. 129 | eventos@amchamcolombia.com.co
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La visita del Presidente Santos a Washington Por: Camilo Reyes Rodríguez - Director Ejecutivo Cámara de Comercio Colombo Americana
Con motivo de la visita del Presidente de la República, Juan Manuel Santos, a la ciudad de Washington para celebrar los quince años del lanzamiento del Plan Colombia, la Cámara de Comercio de Estados Unidos y AmCham Colombia ofrecieron en su honor un almuerzo, al cual asistieron su comitiva y aproximadamente 250 empresarios de ese país. En su presentación, el señor Presidente explicó los principales objetivos de su gobierno: alcanzar un país en paz, más equitativo y educado. Se refirió a la estrecha relación entre estos tres factores: para llegar a una paz sostenible se requiere reducir la desigualdad, para lo cual es necesario asegurar para toda la población una educación de alta calidad. Le dijo a la audiencia que Colombia es un país con un gran capital humano y recursos naturales abundantes, que ha demostrado que en tiempos de crisis ha logrado mantener el justo equilibrio entre la ortodoxia para mantener las instituciones y la flexibilidad para enfrentar los ciclos del entorno global. Colombia ha creído y cree en la libre empresa, el libre comercio y la libertad del individuo. En el evento se reconoció la resistencia y persistencia de empresas americanas que han operado en Colombia por más de cien años y que han acompañado a nuestras comunidades en tiempos de incertidumbre y dificultades. De acuerdo con el Presidente, puesto que muy probablemente se firmará la paz en la Habana, el país entrará en un periodo de postconflicto que traerá nuevas oportunidades de inversión, especialmente en la industria agrícola, la infraestructura, la generación de energía renovable y en muchos otros sectores en donde las empresas americanas podrán expandirse.
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Los Estados Unidos de América celebraron con nuestro país los quince años del Plan Colombia, por medio del cual recibimos 9940 millones de dólares en cooperación para lograr una solución política negociada del conflicto, la recuperación económica y social, la lucha contra el narcotráfico y el fortalecimiento institucional. Han sido aportes de gobierno a gobierno y han representado un apoyo invaluable para recuperar la viabilidad de nuestra nación. Sin embargo, no ha sido menor el aporte del sector privado, que a través de la presencia de empresas ha generado riqueza, empleo, crecimiento y estabilidad para miles de colombianos durante décadas. La relación con Estados Unidos se expresa en forma constructiva tanto en lo público como en lo privado y empresarial. Por todo lo anterior tiene sentido y es coherente que el Señor Presidente haya propuesto la creación, con el apoyo de la Cámara de Comercio Americana, de un Consejo Empresarial para ayudar a diseñar e implementar la estrategia para la consolidación del postconflicto. A la audiencia se le informó que Carlos Gutierrez, Ex Secretario de Comercio de Estados Unidos, y el General David Petraeus, Ex Director de la CIA y Ex Comandante del Comando Central de las Fuerzas Militares de Estados Unidos, ya aceptaron participar en el Consejo. Al día siguiente de nuestro almuerzo, el Presidente Obama, durante la concurrida recepción ofrecida en la Casa Blanca, anunció un aporte de 450 millones de dólares para Paz-Colombia, el programa de apoyo al postconflicto. De nuevo los Estados Unidos se comprometen desde el sector público y desde el privado, en la guerra y en la paz, con el destino de nuestro país.
Foto: Diego Santacruz / El Tiempo
EDITORIAL
Thomas Donohue, Presidente de la CĂĄmara de Comercio de Estados Unidos, y Juan Manuel Santos, Presidente de la RepĂşblica.
Camilo Reyes, Director Ejecutivo de AmCham Colombia, durante el almuerzo empresarial ofrecido en honor al Presidente Juan Manuel Santos en Washington.
Tema central
LA NUEVA CARA DEL ESTATUTO ADUANERO COLOMBIANO Un régimen sancionatorio estricto, una mayor importancia de la gestión del riesgo y nuevos métodos de exportación son los puntos clave de la actualización de la norma, que sería firmada por la presidencia este mes de febrero. Por: Comunicaciones AmCham Colombia
Un régimen sancionatorio más estricto, la centralidad de la gestión del riesgo en las operaciones de comercio exterior y nuevas modalidades de exportación son algunos de los cambios más relevantes planteados en el nuevo Estatuto Aduanero, que sería expedido durante este mes una vez obtenga el visto bueno del Presidente de la República, Juan Manuel Santos. Así lo señaló Leonardo Sicard, Director de Gestión de Fiscalización de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) durante un seminario en la materia organizado por la Cámara de Comercio Colombo Americana –AmCham Colombia–. Si bien la norma se
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expedirá antes de que se termine el mes, su implementación se hará de forma paulatina de manera tal que los protagonistas de las actividades de comercio exterior puedan prepararse para cumplirla.
Sanciones severas, pero más enfocadas El nuevo estatuto plantea un régimen sancionatorio mucho más severo, pero centrado en amonestaciones específicas que aplican para todos los operadores que cometan faltas aduaneras. De acuerdo con el Director del Área de Aduanas
Gómez-Pinzón Zuleta Abogados, Nicolás Potdevin, en este sentido el documento contempla nuevos conceptos como la amonestación, lo cual es positivo ya que da lugar a que los infractores no necesariamente sean sancionados con multa cuando cometan errores formales. “Si al momento de presentar una declaración de importación, ésta posee algún error formal que no genera el menor pago de tributos aduaneros sino que genera el mismo pago -y por ende el efecto es neutro-, a pesar de que se comete un error el daño al Estado no se configura porque no se le está dejando de pagar lo que realmente se tiene que pagar; en este caso por ejemplo, se hace uso de la amonestación para indicarle al operador que cometió un error y debe corregirlo”, puntualiza Potdevin.
La gestión del riesgo como eje del nuevo estatuto De acuerdo con José Francisco Mafla, Socio de Brigard & Urrutia y líder de su equipo de aduanas y comercio internacional, la gestión del riesgo es la columna vertebral del nuevo Estatuto Aduanero. “Los beneficios de los diferentes regímenes van a depender de la calificación de cada usuario en el perfil de riesgo, por lo que dicho perfil se convierte en el elemento esencial que después le permitirá al operador saber a qué beneficios acceder y de qué régimen hacer uso”, asegura. Uno de los aspectos centrales de este énfasis de la reforma en la gestión del riesgo es el papel de los agentes de aduanas. Para el Director de AMD Trade Lawyers, Alfredo Moreno, con el nuevo Estatuto se fortalece la relación entre la agencia de aduanas y el importador. Así mismo, toma mayor importancia el mandato aduanero, por lo que los importadores deben ser mucho más cuidadosos a la hora de negociar. “En esta reforma se eliminó la figura del agente de aduanas como auxiliar de la función pública, lo que significa que la DIAN ya no va a entrar a proteger el importador como lo hacía antes, eso exige que el operador sea más preventivo porque de ahí se derivan diferentes multas y causales de responsabilidad”. Julián Acosta, Gerente de Aduanas en Kuehne + Nagel Colombia, coincide al advertir que en el nuevo proyecto de legislación aduanera la figura del agente de aduanas no pierde importancia por el hecho que cualquiera puede actuar directamente, sino que por lo
contrario, ahora con este nuevo sistema de gestión del riesgo y con la figura del Operador Económico Autorizado, es fundamental contar con un agente confiable. “En el nuevo código las agencias de aduana van a tener un rol muy importante porque la norma brindará la posibilidad de tener clientes más serios y de negociar mejores tarifas, ya que establece un régimen sancionatorio más rudo con multas que pueden superar los 1100 millones de pesos”.
Nuevas modalidades de exportación En materia de exportación, las modalidades de exportación definitiva, la de muestras sin valor comercial y la de café no presentarán mayores modificaciones. Sin embargo, según Karla Cure, Abogada Asociada de Posse Herrera Ruíz, en los regímenes especiales el gran cambio que se introduce es la posibilidad de exportar a través de otro país recursos como el petróleo, combustibles líquidos derivados del mismo, gas y energía eléctrica. “Ahora es posible utilizar el territorio de otro país para exportar a un tercer destino y, para ello, se puede hacer uso de los ductos, tuberías o redes de Ecuador para de ahí sacar el petróleo a Honduras, por ejemplo. Además, el reembarque deja de ser una modalidad de exportación y pasa a ser un destino aduanero, lo que conlleva a una simplificación en el trámite de reembarque porque no se requerirá presentar una declaración aduanera de exportación”, sostiene Cure.
Leonardo Sicard, Director de Gestión de Fiscalización de la DIAN.
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Tema central
La modernización aduanera como factor esencial para la implementación del nuevo Estatuto Aduanero El éxito operativo de los cambios que introduce el proyecto se relaciona estrechamente con una renovación de la tecnología y de los procedimientos aduaneros colombianos. Por: Daniela Cárdenas Talero, Ejecutiva de Comités y Asuntos Jurídicos de AmCham Colombia
Hoy Colombia está más cerca que nunca de contar con un Estatuto Aduanero renovado para sus operaciones de comercio internacional. A partir del 2011, previendo la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio con Estados unidos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) junto con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el sector privado dieron inicio a la estructuración del nuevo Estatuto Aduanero (EA) para eliminar las ineficiencias en términos de tiempo, trámites y costos de las operaciones aduaneras en el país. El proyecto, además, pretende responder a la exigencia de nuevos estándares internacionales y lograr una mejora en los procesos administrativos ante la DIAN. Con la nueva norma, el gobierno busca corregir aspectos que limitan la competitividad del comercio exterior en Colombia a través de una mayor claridad en cuanto a su estructura (alcance, naturaleza y responsables). El proyecto contempla temas como formalidades aduaneras, obligación aduanera, generalidades de los regímenes, ingresos de mercancías al territorio nacional y salida de mercancías, en aproximadamente 25 títulos. Se destacan los avances que tendrá la aduana colombiana en materia de seguridad y régimen sancionatorio, ya que se plantea un sistema de riesgo integral
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que permita sanciones que, de acuerdo con el Artículo 539, están clasificadas como gravísima, que da lugar a la cancelación del RUT en calidad de importador o exportador; las faltas graves, que son las comunes y las especiales; y leves, que hacen referencia a una amonestación o multa equivalente a 200 UVT o el 50% del valor de los fletes o menos. Este régimen corresponde a un estatuto menos fiscalizador, en el cual los errores formales en las declaraciones aduaneras que no afecten los tributos ni las restricciones legales y administrativas no serán motivo de sanción. Es así como el nuevo Estatuto trae cambios tanto de forma como de fondo, que pretenden posicionar a la aduana colombiana frente a los distintos Tratados de Libre Comercio que ha suscrito, al Convenio de Kioto, a la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y a la Organización Mundial del Comercio (OMC) en temas normativos que permitirán la simplificación y armonización de los procedimientos aduaneros. Entre los cambios que se espera generar con el Nuevo Estatuto Aduanero y su contribución a la implementación del TLC con Estados Unidos se encuentran las normas que permitirán un “desaduanamiento” de mercancía en un tiempo máximo de 48 horas. Incluso
se espera que para envíos urgentes sea aproximadamente de seis horas, lo que podrá significar un mayor intercambio comercial y un cumplimiento explícito de las reglas del acuerdo comercial entre Estados Unidos y Colombia (Parágrafo del Artículo 285). Otro de los efectos que se persiguen con el EA es que el comerciante no tenga obligación de actuar mediante agencia de aduanas, sino que pueda hacerlo directamente o a través de usuarios aduaneros de confianza avalados por la autoridad, como el Operador Económico Autorizado (OEA). Ahora bien, para que estos cambios presentados por el Nuevo Estatuto se materialicen, la implementación de una infraestructura adecuada a las nuevas tecnologías en materia de seguridad y facilitación en la cadena logística es necesaria para brindar los medios de control efectivos que logren facilitar los procesos para el comercio internacional. Javier Díaz, Presidente Ejecutivo de la Asociación Colombiana de Comercio Exterior (Analdex), señala que uno de los retos que tiene el gobierno para este efecto es la implementación de un sistema informático electrónico en los procesos aduaneros, por cuanto existen deficiencias en el actual sistema que dilatan los procesos en aduanas. Al respecto, la Ley 1609 de 2013 establece las normas generales que el gobierno debe tener en cuenta para modificar cualquier disposición concerniente al régimen de aduanas. El Artículo 3 de dicha ley señala que la facilitación, el desarrollo y la implementación de los tratados y convenios que estén suscritos y vigentes
para el país deben tenerse en cuenta para cualquier modificación o actualización de las normas. Igualmente indica que se debe promover el uso de tecnologías y medios de comunicación modernos que cumplan con las necesidades y las buenas prácticas reconocidas por la legislación internacional. Es por esta razón que es indispensable un sistema tecnificado confiable y seguro que permita poner en práctica los objetivos principales de la actualización del Estatuto. Así mismo, cabe resaltar que la DIAN cuenta con un plan de estrategias enfocado hacia la lucha contra la corrupción, dentro del cual contempla la renovación de plataformas tecnológicas a través de un sistema informático que integra, estandariza y automatiza el procedimiento aduanero, tributario, cambiario e internacional, facilitando y simplificando así la gestión aduanera. Con la implementación de procedimientos innovadores se busca involucrar el control tributario, aduanero, cambiario e internacional en una misma actuación frente a una empresa o persona. Otra de las estrategias está centrada en las mejoras de infraestructura y controles a las mercancías, basadas en sistemas de alta tecnología para la reducción de trámites y tiempos en las operaciones de comercio exterior. Esto genera un impacto positivo en la instauración del nuevo EA, puesto que la facilitación del comercio consiste no solamente en la implementación de políticas y normas sino de mecanismos de control que estén acorde con el contexto internacional.
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Tema central
cambios en el nuevo Estatuto Aduanero con efectos en los negocios de importación Estos son los puntos clave de la norma para los importadores colombianos. Por: Juan David Barbosa, Director de Aduanas y Comercio Exterior de Posse Herrera Ruiz y Presidente del Comité de Comercio Exterior de AmCham Colombia.
Todo cambio normativo tiene unos costos de implementación, independientemente de que genere nuevas obligaciones o represente la posibilidad de nuevos beneficios. A continuación se presentan algunos de los aspectos de mayor relevancia e impacto que trae el cambio de legislación aduanera frente a los negocios de importación.
1. La figura del declarante: el importador El declarante, quien firma la declaración de los bienes a nombre propio ante la Autoridad Aduanera,
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será el importador. Con esto desaparece la solidaridad en la responsabilidad con el agente de aduanas, quien antes firmaba a nombre y por encargo de los importadores. La firma electrónica y su administración dentro de cada empresa se vuelven de vital importancia.
2. El declarante y la agencia de aduanas La responsabilidad de los importadores y exportadores bajo el nuevo Estatuto Aduanero es mayor. Por ello, en el evento de contratar los servicios
de agenciamiento aduanero, se vuelve imperativo establecer claramente las obligaciones y responsabilidades de las agencias de aduana en las disposiciones contractuales del mandato o en un contrato general. Esto teniendo en cuenta que la gestión de la agencia de aduanas sigue siendo necesaria bajo el nuevo Estatuto Aduanero durante el periodo de transición, pero que en caso de sanciones, será el historial del importador y exportador es el que se verá afectado.
3. La importancia del riesgo en la administración aduanera El nuevo Estatuto Aduanero gira sobre tres ejes fundamentales: i) La sistematización, armonización y compilación; ii) la racionalización del régimen sancionatorio en manejo de gestión de riesgo y iii) la simplificación. En este sentido, se vuelve necesario para los empresarios estar atentos al perfilamiento que la DIAN haga de su empresa. La pregunta ¿es cómo generar esa confianza ante la DIAN? ¿Qué acciones realizar para que la entidad mantenga esa confianza? y ¿Cómo se puede perder la misma? Un logro de las discusiones y los intensos debates que la DIAN ha propiciado ha sido el de aterrizar estos temas en la propia norma. No obstante, es necesario estar atento a la implementación.
4. Autorización de Exportador Autorizado y OEA y calificación de Importadores, Exportadores y Operadores de Comercio Exterior de Confianza Frente a estos nuevos tratamientos preferenciales, que permiten entre otros hacer pagos diferidos y consolidados de derechos e impuestos, reducción de garantías o desaduanamiento abreviado, será necesario esperar a la reglamentación que la DIAN haga de los mismos. No obstante, para la obtención de estas autorizaciones y calificaciones, así como para el mantenimiento de los mismos es de suma
importancia el perfil de los actores en el Sistema de Gestión de Riesgo. Para ello, debe resaltarse que las infracciones permanecerán registradas por el término de cinco años contados a partir de la ejecutoria del acto sancionatorio respectivo.
5. Desaparecen progresivamente las figuras relativas a Usuario Aduanero Permanente (UAP) y Usuario Altamente Exportador (ALTEX) Bajo el nuevo Estatuto Aduanero desaparecen las calidades de UAP y ALTEX, que son reemplazadas por los Importadores y Exportadores de Confianza, así como por los Operadores Económicos Autorizados (OEA). De todas formas, se establece un régimen de transición según el cual la calidad de UAP y ALTEX se mantiene por los cuatro años siguientes a la expedición de la nueva norma, siempre que se mantengan vigentes las garantías correspondientes.
6. Operadores de Comercio Exterior Se mantendrán las autorizaciones, inscripciones, habilitaciones o cualquier otro registro de las agencias de aduanas, agentes de carga internacional, operadores postales, transportadores, así como de todos aquellos actores que bajo el nuevo Estatuto se clasifiquen como operadores de comercio exterior. Sin embargo, se contará con un plazo desde la entrada en vigencia de la norma para darle cumplimiento a lo requisitos de los operadores de comercio exterior, so pena de perder la autorización, inscripción o habilitación.
7. Importación de maquinaria a través de unidades funcionales Con el nuevo Estatuto, el término para el ingreso y declaración de todos los bienes que componen
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Tema central
la unidad funcional no podrá exceder un año contado a partir de la presentación y aceptación de la declaración aduanera del primer envío. Solo en casos excepcionales, la Autoridad Aduanera podrá autorizar una prórroga que deberá solicitarse antes del vencimiento del término señalado.
8. Nuevas sanciones en materia de origen de mercancías Respetando los compromisos de los Tratados de Libre Comercio, es preciso considerar que expresamente se establecen: procedimientos de verificación de origen tanto para mercancías importadas como exportadas y nuevas sanciones. Los empresarios deben entender que la tendencia de fiscalización de la DIAN está empezando a girar hacia estos temas.
9. Certificados de origen no preferencial Se establece expresamente la posibilidad de reglamentar la exigencia de certificados de origen no preferencial en los eventos que las mercancías se encuentren sujetas a derechos antidumping y compensatorios, salvaguardias y restricciones cuantitativas. Aquellas empresas que importan productos de países como China deben hacer seguimiento a la reglamentación de estos temas.
10. Aumento de la importancia del correcto diligenciamiento de la Declaración de Valoración Aduanera En caso de que sea la Agencia de Aduanas quien diligencia la declaración, esta responderá por la información a efectos de la valoración aduanera. Esto prevé el aumento de requerimiento de información por parte de estas a los importadores. Adicionalmente, se consagra nuevamente sanciones por el incorrecto diligenciamiento de la declaración, por
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lo que temas como la clara definición de la vinculación para efectos aduaneros o los ajustes que se utilicen, entre otros, son esenciales para evitar futuras sanciones.
11. Centros de Distribución Logística Internacional Los Depósitos de Apoyo Logístico Internacional serán tratados como Centros de Distribución Logística Internacional, en los cuales la mercancía podrá permanecer por un año contado a partir de la llegada de la misma, término que podrá prorrogarse automáticamente hasta por un término igual. Con esta nueva figura se abre la posibilidad del manejo de inventarios de vinculados del exterior sin que tenga que ser propiedad de compañías locales.
12. Depósito aduanero Es el lugar habilitado para el almacenamiento de las mercancías por el término de un año prorrogable por un término igual. Las mercancías almacenadas en estos depósitos no podrán someterse a operaciones que alteren la naturaleza de las mismas o afecten la base gravable de los derechos e impuestos aplicables. Sin embargo, la posibilidad para que los importadores manejen los términos de nacionalización de inventarios deberá ser considerada frente a los beneficios y tarifas que actualmente ofrecen las zonas francas.
13. Descripciones mínimas Se modifica el concepto de mercancía diferente en el sentido que la marca pasa a ser parte de los errores u omisiones que configuran una descripción errada o incompleta. Además, en los procesos de fiscalización se tendrá una mayor libertad probatoria.
14. Importación para el consumo La importación ordinaria ahora se conoce como importación para el consumo, que reemplaza las modalidades de importación ordinaria y de largo plazo. En este último caso, se prevé que el pago de derecho e impuestos de importación de la importación de bienes de capital, así como sus partes y accesorios, se podrá hacer por pagos semestrales hasta por cinco años.
15. Importación temporal de mercancías alquiladas o bajo leasing Continúa este régimen para bienes de capital en las importaciones bajo la modalidad de leasing o arrendamiento. El pago de los derechos e impuestos a la importación deberá realizarse en el término máximo de cinco años. En cuanto al cálculo de las cuotas semestrales, se tomará el término de cinco años en aquellos contratos cuya duración sea superior al tiempo mencionado.
Tema central
Proyecto de Estatuto Aduanero: ¿materializa las obligaciones internacionales adquiridas por Colombia? El proyecto de nuevo Estatuto busca facilitar el comercio y satisfacer los compromisos internacionales del país; el cumplimiento de estas finalidades recaerá notoriamente en la autoridad aduanera. Por: José Francisco Mafla, Socio de Brigard & Urrutia y Presidente del Comité de Inversión de AmCham Colombia.
El proyecto de nuevo Estatuto Aduanero incluye en sus consideraciones “armonizar la regulación aduanera con los convenios internacionales, particularmente con las normas de la Comunidad Andina y el […] Convenio de Kioto Revisado de la Organización Mundial de Aduanas”. Posteriormente hace referencia a la necesidad de “compilar, modernizar, simplificar y adecuar la regulación aduanera a las mejores prácticas internacionales, para facilitar el comercio exterior y el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el país dentro de los acuerdos comerciales.” En este sentido, pretende responder a la necesidad de reconocer al usuario aduanero como confiable y seguro.
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Incluye igualmente dentro de sus consideraciones, que en virtud de las recomendaciones realizadas por la OCDE, es necesario “garantizar una pronta promulgación e implementación de una nueva regulación aduanera; y reitera la necesidad de adecuar la normativa aduanera al Anexo General del Protocolo de Enmienda de Kioto en los términos de la Decisión 618 de 2005 de la Comunidad Andina.” Es interesante determinar si efectivamente las modificaciones propuestas por el proyecto cumplen y responden a sus consideraciones y materializan de manera efectiva los compromisos internacionales. El presente artículo busca efectuar este análisis frente
a ciertas modificaciones relevantes; sin embargo, no pretende realizar un estudio exhaustivo en la materia. Así las cosas, analizaremos ciertas obligaciones consagradas en el Capítulo 5 del Acuerdo Comercial celebrado entre Estados Unidos y Colombia y el Convenio de Kioto para la Simplificación y Armonización de los Regímenes Aduaneros en el marco de la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Entre otras exigencias, el Capítulo 5 del TLC con Estados Unidos incluye la necesidad de publicitar las normas aduaneras (Artículo 5.1), adoptar procedimientos simplificados para el despacho de mercancías en un periodo no mayor al establecido en la ley y “en la medida en que sea posible despacharlas en las 48 horas siguientes” (Artículo 5.2), además de adoptar o mantener procedimientos expeditos para envíos de entrega rápida (Artículo 5.7). Frente al Convenio de Kioto, si bien Colombia no lo ha suscrito, en los términos de la Decisión 618 de la Comunidad Andina el país debe adecuar su normativa aduanera al Anexo General. A su vez, este Convenio exige la publicación de leyes y reglamentos, la implementación de las normas internacionales pertinentes, la necesidad de modernizar regímenes y prácticas aduaneras, previsibles, coherentes y transparentes y adoptar técnicas tales como sistemas de control de riesgo. De manera preliminar, el proyecto, al incluir nuevos conceptos y renombrar otros, intenta cumplir el objetivo de claridad y uniformidad según estándares internacionales, distinguiendo situaciones que con anterioridad se prestaban para confusión. Por ejemplo, sustituye las referencias a nacionalización por desaduanamiento y los tributos aduaneros se reemplazan por derechos e impuestos a la importación. También incluye una definición de obligación aduanera, la cual es una incorporación de la definición de obligación aduanera contenida en el Artículo 27 de la Decisión 671 de la CAN, consagrando con precisión su alcance, naturaleza y responsables especificando su contenido en la importación, exportación, tránsito y depósito. Así mismo, distingue entre intermediación aduanera y declarante, y entre Obligados Aduaneros directos e indirectos, estableciendo así la órbita de su responsabilidad, por lo cual, incluso para el obligado indirecto, es esencial conocer el régimen legal aplicable.
En segundo lugar, la normativa parece ser más previsible al consolidar todos los regímenes especiales (Artículos 34 y 35). Esta modificación permite conocer sus requisitos y beneficios de manera clara sin acudir a múltiples normas. Adicionalmente, el proyecto, para facilitar el comercio y establecer un trámite más expedito, consagra facilidades para el pago de tributos aduaneros en sus artículos 29 (que crea la posibilidad de efectuar pagos diferidos), 144 (que establece las diferentes formas o modalidades de declarar: normal, simplificada, simplificada especial y consolidada) y 213 (que determina las clases de desaduanamiento: abreviada, anticipada, normal, y urgente) y para la constitución de garantías y pólizas, así como una inspección aduanera no intrusiva y resoluciones anticipadas. Es vital que los operadores de comercio exterior conozcan en detalle estos mecanismos, para que efectivamente se cumplan los compromisos internacionales adquiridos. En cuarto lugar, el desaduanamiento en envíos de entrega rápida o mensajería expresa en las importaciones y «en circunstancias normales», se deberá realizar en seis horas. Ahora bien, será interesante evidenciar en la práctica qué entienden las autoridades aduaneras por “circunstancias normales”, y si las demoras administrativas constituyen una circunstancia “normal”. Finalmente, el régimen sancionatorio responde a una visión donde la confianza en el usuario aduanero y la gestión de riesgo son ejes principales. Pretende ser un estatuto menos fiscalizador y en este sentido los errores de tipo formal en las declaraciones aduaneras, que no afecten el menor pago de tributos aduaneros o incumplan restricciones legales o administrativas, no dan lugar a sanciones. A rasgos generales, es posible afirmar que el proyecto busca facilitar el comercio y simplificar trámites para aquellos que “hacen las cosas bien”. Sin embargo, dependerá de las autoridades aduaneras la reglamentación y aplicación de estas normas que, en principio, cumplen con los estándares internacionales, incluso a pesar de tener ciertas vías de escape para su cumplimiento. En este sentido, se deben identificar estas vías de escape del Proyecto, así como sus modificaciones más importantes, con anterioridad a que un operador de comercio exterior inicie actividades bajo un nuevo Estatuto Aduanero.
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Tema central
El rol de las agencias de aduana en la nueva legislación aduanera El proyecto de Estatuto Aduanero abre las puertas a los operadores de comercio exterior para realizar trámites por su cuenta y el debate sobre el papel de las agencias de aduana en el país. Por: Julio C. Acosta, Gerente de Aduanas de Kuehne Nagel, Región Andina
Con la próxima expedición de la nueva Legislación Aduanera Colombiana, que modificará sustancialmente el Decreto 2685 de 1999 y sus más de cien decretos modificatorios, surge la necesidad inminente de estudiar el nuevo texto legal (octavo proyecto) y una vez en vigor ajustar los procedimientos, actuaciones y costumbres operativas que ha generado más de 16 años de vigencia de la actual normatividad. Hecho que resulta más que lógico, cuando de la expedición y aplicación de nuevas norma se trata, pero que tiene como corolario el que los usuarios del comercio exterior llevamos más de cuatro años esperando la expedición de la nueva normatividad y ocho proyectos en los que se han incluido, eliminado y modificado
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muchos conceptos. Este último proyecto tiene como bondad, entre muchas otras, el que se ha ajustado a los lineamientos de la Ley 1762 de 2015 (Ley Anticontrabando) y que ha tenido en cuenta comentarios realizados por gremios y actores del comercio exterior. Sin embargo, hay algunos puntos que no parecen muy claros para el lector que no está acostumbrado a ver integralmente los textos legales. Tal es el caso del rol que desempeñaran las agencias de aduana, por cuanto el proyecto de decreto eliminó la obligatoriedad que tenían los importadores y exportadores de utilizarlas siempre que sus embarques tuvieran un valor superior a dos mil dólares. Con la expedición de la nueva norma, cualquier persona natural
o jurídica podrá actuar directamente ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para efectuar sus trámites de comercio exterior, previo el cumplimiento de los requisitos allí establecidos y esto ha conllevado a que equívocamente se piense o interprete que la figura de la agencia de aduanas puede entrar en desuso. Nada más contrario a la realidad a la que nos enfrenta la nueva legislación aduanera en la que prima un concepto de modernidad, manejo documental de forma electrónica, fortalecimiento de la figura del Operador Económico Autorizado (OEA), ajuste normativo a los textos legales de los acuerdos internacionales firmados en los últimos años por el Gobierno Nacional y un régimen sancionatorio fortalecido, además de la vigencia de la Ley Anticontrabando que endureció las penas para la comisión de este delito. Lo anterior, exige inexorablemente la participación en la cadena logística de personas idóneas, altamente técnicas, con amplia experiencia en la interpretación y aplicación de la normatividad aduanera y sobre todo con vasto conocimiento en la ejecución operativa de cada una de las etapas y procedimientos que requieren los trámites de importación, exportación y tránsitos aduaneros. Esas calidades las tienen de sobra la mayoría de agentes de aduana de este país, razón por la que, pese a que se haya dejado en libertad a los importadores y exportadores de utilizar o no esta figura, la complejidad técnica de esta labor, los incumplimientos asociados al gestión aduanera y el drástico régimen sancionatorio dan claridad de la necesidad de seguir utilizando los agentes de aduana. Por supuesto, cada cambio trae sus consecuencias: las agencias de aduana, en lugar de pretender que se incluya en el texto legal la obligatoriedad de su utilización, deben preocuparse por prestar servicios cada vez más eficientes ofreciendo a sus clientes valores agregados, trazabilidad, control directo de sus operaciones, indicadores de gestión, asesorías en comercio exterior, capacitaciones en temas técnicos, propuestas de mejora continua y trámites aduaneros ajustados estrictamente al marco legal. Eso es lo que realmente hará que las agencias de aduana sigan participando activamente como un actor ineludible en las cadenas logísticas. El reto que plantea la expedición de la nueva legislación aduanera es una oportunidad para que los
agentes de aduana también se modernicen, actualicen y revisen sus procesos internos en procura de ser más productivos, eficaces y competitivos; finalmente lo que plantea este proyecto es tener actores de comercio exterior altamente éticos y conocedores de sus obligaciones. Es ahora que resulta absolutamente importante para importadores y exportadores, en quienes recaerán directamente las obligaciones aduaneras, que la selección de sus aliados de comercio exterior se haga respecto de personas probas, rectas, honestas, ajustadas en su actuar a los lineamientos estrictamente legales y técnicos, que es lo que a gritos requiere no sólo el proceso aduanero sino el país entero. Si antes era importante dicha elección, lo es más ahora que en la nueva legislación aduanera se endurece (en algunos aspectos) el régimen sancionatorio. Otra arista importante para las compañías que quieren hacer ahorros y mejoras en sus costos es la de contemplar la posibilidad de actuar directamente sin la utilización del agente de aduana, para lo cual deberán efectuar sus análisis de costos y decidir sobre la contratación del personal idóneo que les preste los servicios de clasificación arancelaria, determinación y obtención de vistos buenos previos a la importación y/o exportación, elaboración de registros y licencias de importación, análisis de los documentos soportes, elaboración de declaraciones de exportación (Solicitudes de Autorización de Embarque), importación, declaraciones de valor, coordinación con transportadores locales, con depósitos de aduana o depósitos temporales, aplicación de tratamientos preferenciales, control de importaciones temporales, Plan Vallejo y Perfeccionamiento Activo. No sólo esto, sino lo mejor de todo: colaboradores que enfrenten la realidad de una operación aduanera diaria que no está escrita en los textos legales, pero que es la que vivimos los agentes de aduana día a día, como la lentitud del sistema o del funcionario, o la indolencia del que no entiende que no obtener un levante un viernes genera un sobrecosto inmenso a los contenedores que quedan en el puerto. Todo ello hará reflexionar a quien decida iniciar el arduo camino de efectuar un trámite aduanero, pero también conllevará a que los importadores y exportadores de este país valoren de mejor forma la labor que cotidianamente ejecutan las agencias de aduana.
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Análisis
Podemos lograrlo Colombia cuenta con una gran capacidad para facilitar el tránsito a la vida civil de los excombatientes. Esta realidad se hace aún más clave en el marco de un periodo de postconflicto.
Por: Joshua Mitrotti, Director de la Agencia Colombiana para la Reintegración (ACR)
Aunque cada vez estamos más cerca de lograr un acuerdo para poner fin a un conflicto armado de más de cinco décadas y de empezar un nuevo rumbo sin las trabas de esta guerra, he observado con preocupación que hay mucho escepticismo frente a nuestra propia capacidad de sacar la paz adelante. En mi concepto, parte de este escepticismo se debe al desconociendo o falta de interés en los avances que desde hace años se vienen dando a todo nivel para la construcción de una paz sostenible. El proceso de reintegración de las personas que hicieron parte de los grupos alzados en armas es un ejemplo de ello, aunque hay muchas experiencias más: atención y reparación de víctimas, restitución de tierras y protección a defensores de derechos humanos, entre otras.
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Por eso agradezco mucho este espacio que me ha dado la Cámara de Comercio Colombo Americana para compartirles la experiencia de la Agencia Colombiana para la Reintegración (ACR), pues el trabajo diario de nuestros colaboradores y participantes es lo que me permite afirmar con total convicción que sí contamos con la capacidad para construir un nuevo país, y que juntos podemos lograrlo. El proceso de reintegración no es nuevo para Colombia, puntualmente, los antecedentes de la ACR se remontan al año 2003, fecha desde la cual venimos aprendiendo, mejorando e innovando según los retos de cada contexto. En estos trece años de trabajo ininterrumpido, con un enfoque puramente técnico y territorial, hemos revisado las experiencias nacionales
e internacionales más relevantes para aplicar las mejores prácticas y estándares posibles a nuestra propia realidad. En esa tarea, 48756 personas que decidieron dejar la guerra han ingresado al proceso de reintegración que lideramos, principalmente antiguos miembros de las FARC, el ELN y las AUC. Mediante una metodología no asistencialista, aprendiendo haciendo, construyendo sobre lo construido y con enfoque de largo plazo, se ha consolidado un proceso de reintegración humanista, que pretende brindar las herramientas y capacidades necesarias para que las personas que dejan las armas puedan reincorporarse a la vida civil como ciudadanos autónomos, con derechos pero también con deberes. Hoy con el acompañamiento de formadores especializados, nuestros participantes reciben una atención personalizada, focalizada en las dimensiones que resultan prioritarias para su tránsito a la legalidad: Salud, Educación, Productividad, Ciudadanía, Familia, Seguridad y Habitabilidad. En ese camino se ha priorizado la reconciliación, las garantías de no repetición de la violencia y el mejoramiento de los entornos receptores. El objetivo es que el trabajo que desarrollamos resulte funcional para las personas en proceso de reintegración, pero también aporte positivamente a las comunidades donde ellos residen y/o interactúan. Gracias a esta orientación, a partir de la generación de espacios de convivencia y el potenciamiento de capacidades individuales, colectivas y comunitarias, la ACR es un actor fundamental para la construcción de paz territorial. En la actualidad, la entidad trabaja de la mano con más de 28 entidades del nivel central y con los principales actores regionales. La política de reintegración está incluida en 147 Planes de Desarrollo de los 28 departamentos y 119 municipios en donde se concentra el grueso de la población que hace tránsito a la vida civil.
Esta articulación permite que las competencias técnicas de nuestros profesionales, así como las metodologías de trabajo de la entidad, aporten a la solución de los problemas locales, contribuyendo con ello al cumplimiento de las metas de desarrollo y a la generación de capacidades instaladas. Con el fin de que estos logros perduren en el tiempo, ya estamos trabajando con los nuevos mandatarios regionales para seguir construyendo sobre lo avanzado. Todo lo anterior, ha posibilitado unos resultados que me permiten ser muy optimista frente al desafío venidero: más de 650 empresas vinculadas a la política de reintegración, que han facilitado que el 53.6% de las personas que ingresaron al proceso se encuentren ocupadas. Un 85.6% de nuestros participantes afiliados al Sistema General de Seguridad Social. Por otro lado, 21929 han aprobado básica primaria, 8105 básica secundaria, 13930 bachillerato y 2719 cuentan con cursos de educación superior y 469 a nivel de profesional universitario. Según un estudio de la Fundación Ideas para la Paz (FIP) y la Universidad de Columbia del año 2014, el 76% de la población desmovilizada en la última década permanece en la legalidad. Es decir que siete de cada diez se mantiene en la legalidad (acumulado 2003-2014); mientras tanto, sólo el 30% de quienes salen de la cárcel se mantiene en la legalidad. Me atrevo a decir que ningún país del mundo que haya suscrito un acuerdo de paz después de un conflicto armado interno tuvo la fortuna de contar con esta capacidad para facilitar el tránsito a la vida civil de los excombatientes. Aunque los retos no serán fáciles, si sabemos aprovechar nuestras capacidades y trabajamos con unidad de propósito, forjaremos el país que siempre hemos soñado. Les reitero: juntos podemos lograrlo.
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Revisiones anuales son obsoletas Después de revisar los datos de 550 organizaciones y 2.2 millones de empleados, Gallup determinó que sólo el 50% de los empleados está definitivamente de acuerdo con que sabe lo que se espera de ellos en el trabajo. Por: Jim Harter, Investigador Jefe de la práctica de Gerencia del Lugar de Trabajo y Bienestar de Gallup
¿Sabe lo que se espera de usted en el trabajo? Uno de los descubrimientos más sorprendentes que he podido apreciar en estos años es que aproximadamente sólo la mitad de los empleados indica claramente que lo saben. Recientemente, revisamos los datos de 550 organizaciones y 2.2 millones de empleados durante la primera medición general del compromiso de los empleados en el trabajo. Un aspecto más sorprendente
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que la conclusión anterior es que los gerentes de estos empleados tampoco saben claramente qué es lo que se espera de ellos. Y aunque existe cierta variación en las industrias y los tipos de trabajo, lo que más varía en las organizaciones son los equipos. Usted se preguntará ¿cómo es posible que esto suceda en un mundo empresarial con un mayor enfoque en las descripciones de los trabajos y en los
modelos de competencias que describen las tareas y los comportamientos necesarios para cada función? En nuestro estudio de buenos gerentes realizado a nivel mundial (State of American Manager, Analytics and Advice for Leaders, 2015), aprendimos que la claridad de las expectativas es más que una descripción del trabajo. Más bien, es una comprensión detallada de cómo se relaciona la función de cada persona con la de sus compañeros de trabajo y con la organización a nivel general y cómo se modifican las expectativas a medida que cambian las circunstancias. Es más, las expectativas claras son fundamentales para una administración del desempeño justa y de utilidad. Como mencionó un gerente de alto rendimiento: “las evaluaciones de desempeño no deberían ser una sorpresa. Si ellos (los empleados) no saben cuál es su posición en la empresa antes de esa reunión, existe un gran problema. Uno de los dos no está haciendo su trabajo, probablemente el gerente". Muchas organizaciones importantes han experimentado la disfunción de las conversaciones anuales de desempeño, conocidas como evaluaciones de desempeño y declararon públicamente que se alejarán rápidamente del proceso tradicional. Grandes empresas globales, como General Electric, entre otras, aparecieron en la prensa en 2015 cuando anunciaron que ya no realizarían más revisiones anuales. Pero, a medida que las empresas implementan una nueva solución, deben asegurarse de que se acercan más a la claridad y no a la confusión. Ciertamente, avanzar hacia conversaciones de desarrollo y diálogos permanentes es una mejora y concuerda con el comportamiento de la mayoría de los gerentes exitosos que estudió Gallup. Pero realizar las acciones correctas no se trata solo de realizar conversaciones permanentes. Se trata de
lo que sucede durante esas conversaciones y de la relación entre el gerente y el empleado. La claridad de las expectativas se vincula estadísticamente a numerosos e importantes resultados de la organización. Obtener las expectativas correctas se relaciona con mejores percepciones del cliente sobre la calidad del servicio, la productividad, la retención de los empleados y la seguridad. Por ejemplo, las ganancias sustanciales en claridad de las expectativas se conectan con las ganancias de productividad de un 5 a un 10%. Además, se vinculan a una reducción de los incidentes de seguridad de entre un 10 y un 20%. Obtener las expectativas de forma equivocada significa que todo el arduo trabajo que se realiza en las organizaciones, desde la contratación, pasando por el desarrollo, hasta las declaraciones de la misión, pueden ser en vano. Si las personas dudan de las expectativas, todo lo demás en la organización pierde eficiencia y eficacia. Y las expectativas pueden ser uno de los elementos a los que debe prestar más atención a medida que las organizaciones replantean sus sistemas de administración del desempeño, porque las conversaciones permanentes, suponiendo que estas ocurran, no necesariamente ofrecen garantías de valor agregado. A simple vista, parece elemental: sólo debe ser claro al momento de delegar las funciones cuando se requiera para que el empleado haga su trabajo. Pero las personas no son tan simples. Quieren saber que su trabajo es importante. A menudo, tienen ideas que pueden mejorar el grado de eficiencia con que se puede realizar el trabajo. Y quieren participar en el planteamiento de su propio progreso y futuro. Esos elementos se relacionan con la posibilidad de que esos objetivos de la organización se plasmen de manera efectiva o no en una ejecución individual adecuada. El establecimiento eficaz de expectativas es un
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intercambio bilateral. Nuestra investigación de este elemento durante las dos últimas décadas sugiere algunos principios básicos que sirven como guía para establecer expectativas claras: 1.
Objetivos de la organización claros y significativos. La investigación de Gallup indica que si bien es necesario que los directivos comuniquen los objetivos generales con claridad a toda la organización, también es fundamental que los jefes directos analicen esos objetivos en el contexto de cada una de las responsabilidades laborales del empleado.
2. Conocer las fortalezas de la persona. Conocer y desarrollar las fortalezas de cada persona significa que los equipos pueden colaborar entre sí de manera más efectiva y las expectativas pueden adaptarse para que la organización y la persona progresen. 3. Integrar a la persona cuando se establezcan objetivos desafiantes. Los objetivos del empleado deben vincularse con los objetivos comerciales generales de la empresa. Los buenos gerentes les ceden la máxima responsabilidad posible a los miembros de su equipo cuando
Estudios indican que es mejor establecer expectativas desafiantes según la forma en que el individuo puede contribuir y progresar, en vez de tener un enfoque general que obligue a que todas personas se sometan al mismo modelo de comparación entre pares.
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establecen esos objetivos. En palabras simples, los estudios a gran escala indican que es mejor establecer expectativas desafiantes según la forma en que el individuo puede contribuir y progresar, en vez de tener un enfoque general que obligue a que todas personas se sometan al mismo modelo de comparación entre pares. 4. Conversaciones permanentes. El informe más reciente de Gallup en la materia señaló que sólo el 12% de los empleados está definitivamente de acuerdo con que su gerente los ayuda a establecer prioridades laborales y solo el 13% está definitivamente de acuerdo con que su jefe los ayuda a establecer objetivos de desempeño. Los empleados muy comprometidos quieren recibir comentarios permanentemente y asumir responsabilidades. Los gerentes de alto desempeño realizan una revisión periódica de desempeño con sus empleados (con una frecuencia semanal o diaria, dependiendo del trabajo) y debaten formalmente sobre el progreso y el desarrollo de manera semestral. Si las conversaciones se basan principalmente en las fortalezas y son de utilidad para el desarrollo del empleado, la investigación de Gallup indica que existe una mayor probabilidad de que los empleados se comprometan a que no lo hagan. Las conversaciones frecuentes permiten que el gerente y el empleado debatan sobre el trabajo en el contexto de la modificación de los objetivos de la organización y, cuando sea necesario, replanteen las expectativas según las necesidades actuales del negocio y de los clientes. A medida que la ciencia puede informarnos sobre los importantes principios que guían la administración del desempeño, el establecimiento de expectativas claras es un arte que considera los objetivos de la organización, los objetivos de la persona y sus fortalezas, y el perfeccionamiento continuo en tiempo real según la evolución de las necesidades de cada negocio.
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una empresa con alcance global Hace 125 años, August Kuehne y Friederich Nagel fundaron una compañía de logística en Bremen, Alemania, bajo el nombre de Kuehne + Nagel. Lo que partió con el transporte de materias primas como algodón, madera, alimento para animales y azúcar, se ha desarrollado hasta llegar a ser hoy una de las empresas de logística más importantes del mundo. Actualmente, Kuehne + Nagel tiene una red con más de 66 mil empleados en 1000 oficinas en más de 100 países y ofrece a sus clientes soluciones logísticas integradas en el transporte marítimo, transporte aéreo, transporte terrestre, logística de almacenaje y distribución, con un claro enfoque en la prestación de servicios para la gestión de la cadena de suministros basadas en las tecnologías de información. En América del Sur y Central, la compañía está presente desde 1959 y ha asegurado su posición entre los más destacados operadores
logísticos de la región. La empresa basó su éxito en un servicio de alta calidad hecho a la medida de las necesidades del cliente, con más de 3500 empleados, presente en más de 65 oficinas y centros de distribución en 19 países de la región. Kuehne + Nagel tiene un portafolio completo para asistir sus clientes en toda logística internacional, tanto exportaciones como importaciones, junto con sus servicios locales como despacho aduanero, almacenaje, distribución y seguros.
Kuehne + Nagel: su socio en la región andina En Kuehne + Nagel, los países de Colombia, Peru y Ecuador forman el clúster andino y cuentan con 18 localidades y más de 1200 empleados. Con un portafolio completo de servicios, la empresa actúa en los tres países a través de proveedores previamente calificados, teniendo
en cuenta procesos de seguridad, calidad y competitividad. En Colombia, la compañía está presente desde 1988 con más de 800 empleados y doce localidades. Ha logrado posicionarse como el proveedor número uno para transporte de carga aérea y dentro de los top tres para transporte de carga marítima y de almacenaje de mercancías. En Perú, Kuehne + Nagel está presente desde 1996 con más de 300 empleados y tres localidades. Ha logrado posicionarse como uno de los principales proveedores de servicios de transporte internacional y de almacenaje en el país. En Ecuador, la organización está presente desde 1995 con más de 70 empleados y dos localidades. Los principales servicios que se ofrecen en este país se enfocan al transporte aéreo y marítimo de carga, incluyendo el manejo de carga perecedera.
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Bases terminológicas: útiles para traductores y clientes Por: Paula Andrea Forero, Precision Translators
La tecnología avanza y la traducción, también. Por ello, la labor del traductor ahora no sólo depende del factor humano, sino del uso eficiente de los recursos tecnológicos que fueron creados con el fin de contribuir a dicha labor. Uno de estos recursos son las bases terminológicas (BT), que son más que un diccionario; son una recopilación de términos en los que se pueden encontrar equivalentes lingüísticos, definiciones, contextos de uso, sinónimos, información gramatical, acrónimos, niveles de aprobación de términos, notas e inclusive imágenes relacionadas. Lo ideal es que las BT se especialicen en el lenguaje propio de un campo de estudio determinado. Las bases terminológicas se pueden encontrar de forma gratuita en la web, por suscripción o pueden ser creadas utilizando las CAT (Computer Assisted Translation) Tools o Herramientas de Traducción Asistida por Computador, como SDL Trados Studio o Déjà Vu. Crear la BT antes de iniciar un proyecto de traducción contribuirá a la productividad del traductor, ya que en lugar de buscar aisladamente los términos desconocidos o que no tienen equivalentes exactos en el idioma de llegada, con la BT el traductor podrá encontrar las traducciones indicadas que han sido investigadas previamente. Así mismo, una ventaja práctica de gestionar la BT con herramientas CAT es que se pueden agregar términos a medida que se avanza en la traducción. Esto se puede realizar de forma sencilla, fácil y rápida porque
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en un mismo entorno se integran el texto original, el texto traducido y la BT. Las bases terminológicas también son recursos valiosos para el cliente, ya que su uso eficiente les permite obtener la traducción de sus documentos con un lenguaje apropiado, fiel al idioma original y acorde con sus requerimientos. Sin importar que en un proyecto de traducción intervengan uno o más traductores, contar con una BT contribuirá a que todas las traducciones sean consistentes. Otra ventaja de utilizar herramientas CAT es que, además de compartir la información de la BT con los diferentes traductores, también se puede compartir con el cliente. Este trabajo conjunto permite llegar a un acuerdo sobre el equivalente y significado que se asignará a los términos, así como modificar los términos que ya existen en la base y, como resultado, que ésta se mantenga al día con las preferencias del cliente. Es normal que las empresas usen terminología especializada, en la que palabras de uso común adquieren significados particulares. Para ello, muchas empresas cuentan con glosarios corporativos que unifican el lenguaje al interior de la organización, y facilitan su uso y comprensión entre los empleados. Estos glosarios se pueden utilizar para crear la BT, pero en aquellos casos en que la empresa que requiere el servicio de traducción no cuenta con un glosario, el proveedor de servicios lingüísticos puede crear una BT como parte de su oferta de servicios.
Perfil
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Ronda S.A es una empresa multinacional que se dedica a la fabricación y comercialización de juegos de mesa, juegos didácticos, rompecabezas y productos de decoración, entre otros. Durante 44 años ha acompañado la educación no solo en Colombia sino en el exterior; el lema ‘Une a la Familia’ ha respaldado el esfuerzo de todo un equipo de colaboradores y sus familias en acompañar a la sociedad, en mantener a la familia como pilar fundamental en la construcción y desarrollo del país. Ronda entiende que más que una marca, es experiencia y aprendizaje. Cada niño que interactúa con uno de sus productos y cada familia que comparte momentos de amor a través de sus juegos está viviendo una trasformación interior que después se evidencia en desarrollo de competencias y habilidades que les brindan herramientas para tener una mejor calidad vida, lo que convierte a la compañía en el mejor aliado en el desarrollo de productos, contenidos y experiencias que apoyen programas educativos, de responsabilidad social, bienestar y calidad de vida en todas las comunidades. Para Ronda es muy importante la seguridad de sus clientes y usuarios, por esta razón desarrolla sus productos teniendo en cuenta las normas establecidas en reglamentos técnicos avalados por el Ministerio de la Protección Social de Colombia, las Normas CONVENIN venezolanas e internacionalmente por la Norma Europea EN y la Norma ASTM Americana. Adicional a esto, evalúa individualmente cada producto, sus componentes y materiales en laboratorios especializados para asegurar la calidad y seguridad a sus consumidores, con el apoyo, la supervisión y el acompañamiento directo de entes acreditados a nivel nacional e internacional. Por esta razón, Ronda tiene el privilegio de trabajar con las más importantes casas licenciatarias y sus personajes como Disney, Sesame Street, Cartoon Network y Universal, entre otros.
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Seccionales AmCham
Nuevo Estatuto Aduanero: régimen de control para los operadores de comercio exterior Por: Andrea Carolina Martínez, División de Impuestos y Servicios Legales de Crowe Horwath CO S.A. Afiliado a AmCham Barranquilla
Han pasado cerca de cinco años desde que el Gobierno Nacional anunció la emisión de un decreto que contendría el nuevo régimen aduanero en Colombia. Durante este tiempo hemos visto y estudiado diferentes proyectos que suscitaron interesantes debates en relación con las disposiciones referentes al régimen sancionatorio y al sistema de gestión del riesgo, que fueron entendidas inicialmente como serias limitaciones a las operaciones de comercio exterior lo que, sin duda, contradecía el objetivo con el que se dio inicio a la carrera por el nuevo estatuto. Actualmente, se encuentra puesto a consideración de la ciudadanía para sus comentarios y observaciones un proyecto de Estatuto Aduanero que, según varias voces, es el resultado de un acuerdo exitoso entre el gobierno y el sector privado. Así, el proyecto que prontamente se convertirá en decreto, es la respuesta a la necesidad de cambio de la normativa aduanera que rige en Colombia desde 1999 y que está desactualizada tomando en consideración la variedad de acuerdos y tratados que en materia de comercio exterior ha suscrito el país y que le obligan a tomar medidas que tiendan a la facilitación de las operaciones. Uno de los ejes esenciales del régimen jurídico contenido en el proyecto de Estatuto es el del sistema de administración o gestión del riesgo. Se trata de una modificación sustancial a la visión de la administración aduanera en relación con el objeto de fiscalización. En
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definitiva, el nuevo sistema de gestión del riesgo se basa en el conocimiento de la operación y de los usuarios con el fin de establecer una medida que permita clasificar al operador o a la operación en un determinado nivel de riesgo y determinar, de esta manera, los controles específicos que deben ser aplicados a cada caso concreto. Para los operadores de comercio exterior, el sistema de gestión de riesgo les impone la obligación de conocer realmente a sus clientes y, adicionalmente, les permite acceder a los beneficios de su régimen dependiendo de su calificación en el sistema. Este cambio se encuentra acompañado de una suerte de flexibilización del régimen sancionatorio que reconoce la existencia de errores formales no susceptibles de sanción, pero de graves consecuencias frente a la ilegalidad. En el proyecto puede observarse claramente el espíritu que inspira el cambio del régimen, esto es, la facilitación de las operaciones de comercio exterior, lo que no implica que se pierda o diluyan los controles. No obstante, dichos controles si bien se traducen en procurar por la legal introducción de las mercancías al territorio aduanero nacional, se concentran en comprobar la realidad de la operación y el interés legítimo del usuario que interviene en ella. Finalmente, es claro que los operadores de comercio exterior deberán contar con un término prudencial de adecuación a las obligaciones que les impondrá el nuevo régimen aduanero colombiano.
Invitados AmCham
Cualquier momento es ideal para un chocolate americano El chocolate es sin duda uno de los placeres más irresis-
incrementado significativamente durante los últimos
algunos beneficios para la salud, como el hecho de que
En ese sentido, el gobierno estadounidense aprobó re-
tibles que existen. Incluso varios estudios le atribuyen favorece la producción de serotonina en el cerebro, lo que ayuda a mantener alto el estado de ánimo. Pero
más allá de las ventajas saludables que pueda ofrecer
el chocolate, lo que realmente lo hace atractivo es su delicioso sabor.
En Colombia y en el mundo varias generacio-
nes han crecido disfrutando de los apetitosos chocolates americanos. Milky Way, M&M´s, Twix, Snickers, y
Hershey´s, sólo por mencionar algunas, son marcas de
dos años.
cientemente el “Programa Cacao para la Paz”, en el que
participarán las agencias americanas Foreign Agricultural Service (FAS) y United States Agency for Interna-
tional Development (USAID) con una inversión de cinco millones de dólares, y cuyos objetivos serán fortalecer
la investigación e innovación y mejorar el sistema de
transferencia, extensión y adopción de tecnología para la cadena de valor del cacao.
Con esta iniciativa se busca que el conocimiento
gran recordación para millones de personas, quienes
científico generado en torno a las variedades especiales
saborear un chocolate.
bia llegue a todos los eslabones de la cadena productiva,
reconocen que cualquier ocasión es perfecta para Estados Unidos es indiscutiblemente el líder
mundial en la industria del chocolate con una partici-
pación del 86% del mercado y, según proyecciones de
la Asociación de Fabricantes de los Estados Unidos (NCA
de cacao (sabor, aroma, origen) con que cuenta Colompara que sea aprovechado en favor del mejoramiento de la calidad, cantidad y, por ende, de la rentabilidad de este cultivo.
De esta forma se busca posicionar a Colombia
por sus siglas en inglés), en el año 2019 las ventas alcan-
en el mediano plazo como uno de los principales pro-
tradicionales marcas de chocolate se encuentran bien
representará también un apoyo importante a la etapa
zarán los 19300 millones de dólares. Además de que las
posicionadas en el mercado, la industria americana
siempre está en constante innovación para ampliar la oferta de productos que sigan cautivando a las millo-
nes de personas amantes del chocolate alrededor del mundo.
Esta dinámica creciente de la industria ameri-
cana de chocolate beneficia a Colombia, dado que las
exportaciones de cacao hacia Estados Unidos se han
ductores de los cacaos especiales a nivel mundial, lo que
del posconflicto en Colombia, como quiera que el Presi-
dente Juan Manuel Santos ha manifestado que el cacao será el cultivo de la paz.
Realmente son muchas las razones para seguir
disfrutando del encanto del chocolate americano, un placer que no sólo ha deleitado a millones de personas durante décadas, sino que también aporta su granito de arena para la paz y el desarrollo del campo colombiano.
Más sobre la cultura y la gastronomía de Estados Unidos en: www.saborusa.co / Facebook: Sabor USA / Twitter e Instagram: @sabor_usa
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