Número 186 Agosto 2015
Tecnología: Declarasat, versión de prueba 2015
Excelencia Profesional Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C.
Cambios en la normatividad del contador público Fiscal
El ABC de los Impuestos Locales Auditoría
Envío de los papeles de Trabajo de Auditoría, a través del SIPRED
DIRECTORIO Consejo Directivo Bienio 2015-2016 C.P. y M.A. Jorge López Ríos Presidente C.P.C. María Isabel Jiménez Almaraz Vicepresidente General C.P.C. Carlos Alejandro González Pacheco Vicepresidente del Sector Externo C.P.C. Juvenal Octaviano Villaverde Crisantos Vocal del Vicepresidente del Sector Externo M.A. y L.C.C. Leónides Jerónimo Solano Vicepresidente del Sector Privado C.P.C. Manuel Ruelas Peña Vocal del Vicepresidente del Sector Privado C.P.C. Francisco Castro Lomelí Vicepresidente del Sector Público C.P.C. Bárbara Regina Moreno Navarrete Vocal del Vicepresidente del Sector Público C.P.C. Francisco Ernesto Guerrero Pérez Vicepresidente del Sector Docente C.P.C. José Luis Saldívar Jardón Vocal del Vicepresidente del Sector Docente L.C.C. Mirna Reina Meillon Álvarez Vicepresidente de Finanzas C.P.C. Alejandro Antonio Campos Tenorio Vocal del Vicepresidente de Finanzas C.P.C. María Delia Ávila Nava Vicepresidente de Servicios a Asociados C.P.C. David González Martín del Campo Vocal del vicepresidente de Servicios a Asociados C.P.C. y M.B.A. José Luis Matus Urtecho Vicepresidente de Capacitación C.P.C. Marcelo Yépez Salinas Vocal del Vicepresidente de Capacitación C.P.C. Doroteo Torres Hernández Secretario Propietario C.P.C. Walter Raúl López Ramírez Vocal del Secretario Propietario
Excelencia Profesional es un órgano de comunicación interna con frecuencia mensual para los miembros de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. constituido conforme a la Ley General de Profesiones. Esperanza No. 765 Col. Narvarte, Del. Benito Juárez, C.P. 03020 México, D.F. www.amcpdf.org.mx correo electrónico: comunicacion@amcpdf.org.mx Teléfono: 5636-2370 Editor Responsable: L.C.C. Luis Fernando Poblano Reyes Presidente de la Comisión Editorial Comisión Editorial C.P. y M.A. Jorge López Ríos C.P.C. Alejandro Antonio Campos Tenorio C.P.C. Francisco Castro Lomelí C.P.C. L.C. Martín Ernesto Quintero García C.P.C. y P.C.A.G. Jesús Álvaro de Anda y Zamora C.P.C. Leónides Jerónimo Solano, L.C.C. Mirna Reina Meillón Álvarez L.C. Bernardo Manuel Rodríguez Bravo Dr. Jorge Eduardo González Guayda Edición y diseño
Número 186 Agosto 2015 Número de certificación de licitud de título: 10091 Número de certificación de licitud de contenido: 7170 Número de reserva al título en derecho de autor 04-2013-080812200200-01 La opinión de los colaboradores es responsabilidad exclusiva de los mismos y no refleja necesariamente la posición de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. sobre los temas que se abordan. agosto 2015
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Columna del EDITOR
CONTENIDO
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n esta edición del mes de agosto de 2015 de la revista Excelencia Profesional, hacemos un cambio en la estructura y contenido, dándole un enfoque por áreas, las cuales son: Fiscal, Auditoría, Normatividad, Economía y Finanzas, Laboral y Seguridad Social, Tecnología, Jurídico, y Cultural. Cambios pensados en un mayor aporte a los usuarios de esta revista, resultado de los trabajos de la Comisión Editorial.
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Mensaje DE LA PRESIDENCIA Fiscal PRECIOS DE TRANSFERENCIAS Fiscal EL ABC DE LOS IMPUESTOS LOCALES Auditoría ENVÍO DE LOS PAPELES DE TRABAJO DE AUDITORÍA, A
En la sección fiscal, presentamos las reglas aplicables al dictamen del estado de San Luis Potosí, en la sección de auditoría abordamos una de las nuevas obligaciones y que se debe cumplir, que es el envió de papeles de trabajo a través del Sipred.
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En la sección normatividad, analizamos los principales cambios en las normas de auditoría aplicables al contador público, una sección de gran interés es economía y finanzas con el tema de tip´s para ahorradores.
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Economía y Finanzas TIP´S PARA AHORRADORES
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Laboral y Seguridad Social 1ER. FORO DE
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Tecnología DECLARASAT VERSIÓN DE PRUEBA 2015
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Jurídico INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO
De gran éxito fue el 1er Foro de Profesionistas y Especialistas en Seguridad Social, que se llevó a cabo en la AMCPDF, en la sección laboral y seguridad social, presentamos los logros obtenidos. Dentro de las herramientas electrónicas que el SAT está implementando, está la plataforma del Declarasat para personas físicas, en su modalidad de prueba, incluimos como funciona en la sección de Tecnología. En la sección jurídico, analizamos la inconstitucionalidad del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. En la parte cultural de gran trascendencia e importancia la exposición que se presenta en el palacio de Bellas Artes con la muestra de Miguel Ángel Buonarroti y Leonardo da Vinci. L.C.C. Luis Fernando Poblano Reyes Presidente de la Comisión Editorial
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EXCELENCIA PROFESIONAL
TRAVÉS DEL SIPRED
Normatividad PRINCIPALES CAMBIOS EN LA NORMATIVIDAD MEXICANA PARA EL CONTADOR PÚBLICO EN LA PRÁCTICA INDEPENDIENTE
PROFESIONISTAS Y ESPECIALISTAS EN SEGURIDAD SOCIAL
69-B DEL CÓDIGO FISCAL FEDERAL Y EL MEDIO IDÓNEO DE DEFENSA CONTRA SU APLICACIÓN
30 I
Cultura
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Difusión
• EL ARTE DEL RENACIMIENTO LLEGA A NUESTRO PAÍS • SU MAJESTAD EL DANZÓN
Mensaje
DE LA PRESIDENCIA
Estimados Asociados: Es un placer saludarlos en este mes en el cual estaremos en la etapa de entrega de papeles de trabajo, no olviden que cuentan con 30 días a partir de la presentación del SIPRED. La AMCP tiene muy claro que la educación y la capacitación, son las bases para un desarrollo profesional que nos permitirá alcanzar un futuro de oportunidades. Como parte de nuestra actualización académica y mejora continua, los invito a participar en los diplomados que darán inicio el 21 de agosto: 2° diplomado para la certificación del contador público y el diplomado en derecho tributario. La Comisión de Instituciones Nacionales e Internacionales, apoyando la formación de los futuros contadores de nuestro país, ha invitado a los alumnos de las diferentes universidades a los eventos que la AMCP tiene programados para el segundo semestre del año, destacando la Semana de la Contaduría, las Jornadas del Estudiante y el 4º Encuentro Fiscal Universitario. En la AMCP con el interés de sumarnos a través de la educación a este presente en donde estamos construyendo las bases de un futuro mejor para todos nosotros, hemos firmado convenios de descuento con instituciones educativas a nivel medio superior y superior, con librerías y ópticas, los cuales son extensivos a sus familiares, pueden consultar la información completa en la sección de beneficios en nuestra página web www.amcpdf.org.mx. En Oaxaca, con su impresionante arquitectura declarada patrimonio de la humanidad, elegimos las bahías de Huatulco como sede para la convención anual 2015, los invito a reservar su lugar y aprovechar los descuentos.
Respetuosamente.
C.P. y M.A. Jorge López Ríos Presidente del Consejo Directivo Bienio 2015-2016
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FISCAL
Precios de Transferencias
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Por: C.P. Delia Ávila Integrante de la Comisión de Síndicos
l precio de transferencia es el precio que pactan dos empresas para transferir, entre ellas, bienes, servicios o derechos. Este precio es relevante, en el ámbito tributario, cuando las entidades que pactan el precio tienen vínculos de propiedad o de administración entre sí, (entidades “relacionadas”) lo que podría facilitar que la fijación del precio no se realice en las mismas condiciones que hubiesen sido utilizadas por entidades que no mantengan estos vínculos (“terceros” o “independientes”). En dicho caso, si la fijación del precio difiere del que se hubiese formado en un mercado abierto, competitivo y sin restricciones, implica que el precio permitiría distribuir beneficios entre empresas relacionadas de una manera que podría ser artificialmente favorable a alguna de las entidades. Esto es, una empresa podría vender a otra más caro o más barato, que el precio que debería formarse en un mercado de plena competencia, dependiendo de la locación en la cual un Grupo empresarial tuviese intención estratégica de acumular utilidades, lo cual podría afectar los intereses de recaudación de una determinada administración tributaria. A partir de 1997, México incorporó en su legislación fiscal nuevos lineamientos internacionales sobre Precios de Transferencia con la intención de vigilar que las operaciones efectuadas entre partes relacionadas reflejen las fuerzas del libre mercado y no consistan solamente en especulaciones o acuerdos internos para lograr beneficios fiscales corporativos. Para ello, se establece en la Ley del Impuesto Sobre la Renta(LISR) la obligación a las personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas, de determinar sus ingresos acumulables y deducciones autorizadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que se hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables (principio de Arm’sLength).
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EXCELENCIA PROFESIONAL
Aplicación del Principio Arm’sLength Métodos Tradicionales Transaccionales Precio Comparable No controlado (Comparable Uncontrolled Price - CUP) Costo Adicionado (Cost Plus) Precio de Reventa (Resale) Partición de Utilidades (Profit Split) Residual de Partición de Utilidades (Residual Profit Split) Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación (Transactional Net MarginMethod) OBLIGACIÓN DEL AUDITOR QUE DICTAMINA LOS ESTADOS FINANCIEROS El Contador Público que dictamina los estados financieros para efectos fiscales, deberá manifestar la referencia expresa al cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones en materia de Precios de Transferencia en el informe de la situación fiscal que presenta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Es importante mencionar, que no es obligación fiscal que el despacho dictaminador necesariamente deba realizar el estudio de Precios de Transferencia. DECLARACIÓN INFORMATIVA PRECIOS DE TRANSFERENCIA Declaración Informativa de Operaciones con partes relacionadas Residentes en el Extranjero. Fundamentos Jurídicos de los Precios de Transferencia en México • Tratados para evitar la doble tributación– Artículo 27 • Ley de Impuesto Sobre la Renta– Artículo 76 Fracciones IX y XII, Regla ISR -Art 276 • Guía s/P de T de la OCDE • Método intercutil-Ley de Impuesto Sobre la Renta Art.181 y Art.182
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FISCAL
El ABC de los Impuestos Locales Reglas de carácter general para el cumplimiento del dictamen de las obligaciones fiscales establecidas en la Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí, en materia del impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal. Por: Comisión de Impuestos Locales
obligación de hacerse dictaminar ya sea que se encuentre o no dentro de los supuestos anteriores. Existe la opción de dictaminarse para los contribuyentes que no se encuentren en los supuestos comentados 2.- Fecha de Presentación del Aviso Se presentará a mas tardar el 8 de junio del año posterior al que se dictamina (cabe aclarar que, en virtud de que las reglas se publicaron el 8 de junio, este aviso se ha estado presentando con posterioridad y según la autoridad, será válido para efectos fiscales) 3.- Presentación del Dictamen Se presentará a más tardar el 30 de junio del año posterior al que se dictamina.
C
omo se recordará, el 31 de diciembre de 2013, se publicó en la Gaceta del Estado, la obligación de dictaminarse (fracción VII del art 25 de la Ley de Hacienda) y no fue posible realizar dicho dictamen en 2014 para el ejercicio de 2013, primero porque no era clara la redacción del mismo en el sentido de si debiera o no dictaminarse el ejercicio de 2013 en 2014, y segundo porque nunca salieron las reglas para llevar a cabo el mismo. No fue sino hasta el 8 de junio de 2015 que se emitieron las citadas reglas, sobre las cuales haremos algunos comentarios:
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EXCELENCIA PROFESIONAL
1.- Obligados a Dictaminar Los contribuyentes que hayan realizado pagos a más de 200 trabajadores en promedio mensual y los que hayan erogado más de $10,000,000.00 por concepto de sueldos y salarios o por la prestación de un servicio personal subordinado, así como por los conceptos señalados en el art. 27 de la Ley de Hacienda del Estado. Aquellos contribuyentes que tengan como actividad principal la contratación de servicios personales subordinados, independientemente de la figura legal bajo la cual se haga la contratación o subcontratación, tendrán la
4.-Sanciones El incumplimiento en los plazos fijados, dará lugar a sanciones establecidas en el C.F.E.S.L.P. o en su caso en el C.F.F. y su reglamento. 5.-Ventaja Quienes se dictaminen, no serán sujetos del ejercicio de las facultades de comprobación por el ejercicio que se dictamina, con sus excepciones. 6.- Registro como CPR Lo podrán obtener las personas que tengan Cédula Profesional de Contador Público expedida por la SEP, que sean miembros de una agrupación y que presenten en original y copia, lo siguiente:
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Solicitud (formato SLP/SF/01) en tres tantos con firmas autógrafas. Cédula Profesional. Constancia emitida por una agrupación que acredite su calidad de miembro activo por un mínimo de 3 años de manera continua. Identificación oficial vigente. Constancia de Educación Profesional Continua por el año que se dictamina. Cédula de Identificación Fiscal. En caso de tener su domicilio fuera del Estado, deberá proporcionar un domicilio para oír y recibir notificaciones que se encuentre dentro del mismo.
7.- Otorgamiento del Registro En un plazo no mayor a 15 días, la Secretaría otorgará el registro correspondiente, debiendo el CPA recoger su constancia en la Dirección de Fiscalización. 8.- Obligación del CPA Deberá comprobar dentro de los 3 primeros meses de cada ejercicio, que es socio activo de una agrupación, para lo cual, deberá presentar original de la constancia de cumplimiento de la Norma de Educación Continua expedida por dicha agrupación. Se aclara que en caso de no presentarla, se cancelara su registro 9.- Contenido del Dictamen El dictamen deberá contener los documentos siguientes: • • • • •
Carta de presentación del Dictamen. Cuestionario de autoevaluación fiscal. Los anexos correspondientes. El informe de revisión del Dictamen. Balanzas de comprobación mensual, donde se puedan observar las cuentas y en su caso, subcuentas del estado de resultados que integran la base del impuesto.
10.- Diferencias a Cargo En caso de que en el Dictamen se presenten diferencias a cargo, estas deberán ser pagadas dentro de los 10 días siguientes a la presentación del dictamen. 11.- Modificaciones al Dictamen Se aclara que no hay dictamen com-
plementario y que en caso de que el CPR requiera modificar algún dato del dictamen, lo haga mediante escrito libre y siempre que no haya habido requerimiento alguno por parte de la autoridad. 12.- Sanciones al CPR Se establece que cuando la autoridad detecte irregularidades en la elaboración e integración del dictamen, imputables al CPR, se le podrá sancionar de acuerdo al C.F.F. 13.- Cumplimiento con las Normas de Auditoría De suma importancia es que no perdamos de vista que el CPR se sujetará, para su revisión, a lo dispuesto en el Boletín 7040, ya que el citado Boletín establece el exámen sobre el cumplimiento de la compañía con disposiciones específicas o respecto a la efectividad del sistema de control interno y que para el cumplimiento de dichas disposiciones, dicho CPR deberá: a) Obtener un entendimiento de las disposiciones específicas a cumplir. b) Planear el trabajo a realizar c) Considerar aspectos relevantes del control interno de la compañía, que faciliten el cumplimiento de las disposiciones específicas. d) Obtener evidencia suficiente, incluyendo pruebas del cumplimiento de las disposiciones específicas. e) Considerar eventos posteriores. f) Formarse una opinión acerca del cumplimiento de las disposiciones específicas por parte de la compañía y otras consideraciones. El informe que se emitirá se integrará en la forma siguiente: a) Se declarará, bajo protesta de decir verdad, que se emite el informe con base en la revisión practicada conforme a las normas de auditoría y a las Reglas, por el período del Ejercicio Fiscal; b) Se manifestará que, dentro de las pruebas llevadas a cabo en cumplimiento de las normas y
procedimientos de auditoría, se examinó la situación fiscal (lo cual, nos parece peligroso, en virtud de que no estamos revisando la situación fiscal) del contribuyente por el período que comprende el dictamen. En caso de haber observado omisiones respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales (comentario semejante), éstas se mencionarán en forma expresa, indicando en qué consisten y su efecto en el Dictamen, emitiendo en consecuencia, una opinión de Dictamen con salvedades, negativo o con abstención; de lo contrario, se señalará que no se observó omisión alguna. c) Se hará mención expresa de que se verificó el cálculo y entero de las contribuciones sujetas a dictamen y a cargo o retenidas por el contribuyente. 14.- Otros En estas reglas, se tratan otros asuntos como la forma en que se informe a la Secretaría respecto de la sustitución de CPR, determinación de diferencias a cargo, impedimentos para dictaminar y respecto de cómo llevar a cabo la auditoría del Impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal. En esta Gaceta, se publican con las reglas, los formatos correspondientes, como lo es el Aviso de presentación del dictamen, la Carta de presentación, el Informe del C.P.A., el Cuestionario de evaluación fiscal del Impuesto sobre erogaciones por remuneración al trabajo personal, Relación de los conceptos de erogaciones, en dinero o en especie para remuneraciones al trabajo personal, Relación de los conceptos de erogaciones en dinero o especie, por remuneración al trabajo personal determinado por Dictamen, Conciliación de las erogaciones en dinero o especie al trabajo personal registradas en la nómina, contra el registrado en contabilidad, Comparativo del impuesto determinado por Dictamen, Impuesto pagado y la relación de pagos, Resumen del Impuesto Sobre Remuneraciones retenido y enterado, Resumen de los pagos complementarios por Dictamen, Relación de Impuesto a cargo del Contribuyente . agosto 2015
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AUDITORÍA
Envío de los papeles de Trabajo de Auditoría, a través del SIPRED Por :C.P.C. Leonardo Velasco Integrante de la Comisión de Normas de Auditoría
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na de las tantas novedades en materia fiscal para y cada contador deberá evaluar con su grupo de este 2015, es la de enviar vía electrónica los pape- abogados si lo hará o no. les de trabajo que sirvieron de base para sustenAhora sí, con esa inquietud en la cabeza ya potar nuestra opinión como auditores, sin embargo demos abordar el tema. en el artículo que nos establece dicha obligación Si lo que pretende una auditoría de estados fi(57 del Reglamento del Código Fiscal de la Fede- nancieros con alcances fiscales, llámese auditoría ración) no deja claro el mecanismo ni cuales de con SIPRED, es dar certidumbre tanto a los usuatodos los papeles de trabajo se van a enviar, por lo rios de la información financiera, como a los conque habrá que atender las reglas que más adelan- tribuyentes del adecuado cumplimiento de sus te se comentan. obligaciones fiscales, no veo el impedimento para Antes de entrar a fondo en el tema hagamos entregarles los papeles solicitados, por otro lado unas cuantas reflexiones. Si bien es cierto que hay que considerar que a falta de cumplimiento, la las disposiciones fiscales se inautoridad puede ejercer sus faterpretan de manera estricta, cultades y en su caso sancionar Si lo que pretende también hay que saber cuál es al contador que no cumpla con la una auditoría de la función y naturaleza de cada disposición, aún en el entendido una de ellas, y es que algunas que el contador ganaría con un estados financieros deben someterse a un proceso proceso legal, pero mientras ese con alcances legislativo riguroso y otras no, proceso concluye, el contador fiscales, llámese aquellas que no lo hacen pueden quedaría maniatado para el deser emitidas por las Secretaría sarrollo de sus actividades, y no auditoría con de Hacienda y Crédito Público, creo que un cliente nos contrate SIPRED, es dar y tienen por objetivo la mejor inpara un dictamen fiscal con la incertidumbre tanto terpretación de las leyes que si teligencia de que puede o no ser se sometieron a dicho proceso, válido para efectos fiscales. a los usuarios de así como también, facilitar su Si nos decidimos por la enla información aplicación a los contribuyentes, trega de los papeles de trabajo, a estas últimas se les llama disque comentábamos inicialmenfinanciera posiciones reglamentarias. te que el 57 del RCFF no dejaAhora bien, los reglamentos ba claro que sí y que no enviar, pertenecen a las que nos ayudan tendremos que observar la rea interpretar y facilitar la exacta observancia de las gla 2.19.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para leyes, por lo que dudo que sea el adecuado canal 2015, en la que nos aclara que se dará por cumpara establecer la obligación de entregar pape- plida la obligación cuando el CPI envíe los papeles de trabajo al SAT, sin embargo todos sabemos les de trabajo relativos a la revisión de la situación cómo se manejan la tramitología fiscal en México, fiscal del contribuyente, aunado a esta aclaración si no es la “legislación” de ventanilla, son las ya por demás importante, da la opción de entregar famosas preguntas frecuentes de la página del cierta documentación que aplique de acuerdo a SAT, o por medio de resolución miscelánea que las circunstancias y características de la empresa se viene legislando, más aún con un Reglamento en cuestión, es decir nos indica los supuestos en de Código Fiscal de la Federación, el meollo es la los que puede ubicarse nuestro cliente, de modo legalidad de la obligación, pero para hacerla valer que los papeles de trabajo relacionados con ese habría que pelearse con el SAT, lo que no en todos tema serán los que se tienen que enviar, para más los casos es recomendable. abundamiento veamos los siguientes temas: Sobre el hecho de cumplir o no con la entreI. ISR pagado en el extranjero acreditable en ga de la información, le decisión es muy personal México.
EXCELENCIA PROFESIONAL
II. CUFIN o cuenta de remesas de capital de establecimientos permanentes, por movimientos distintos de su actualización o incremento por la utilidad fiscal neta del ejercicio. III. CUCA, por movimientos distintos de su actualización. IV. ISR por la distribución de dividendos o utilidades (El nuevo 10% retenido por dividendos). V. Utilidad distribuida gravable por reducción de capital o rembolso de remesas. VI. Acumulación de ingresos por contratos de obra inmueble y otros de similar tratamiento. VII. Ganancias o pérdidas cambiarias devengadas por la fluctuación de la moneda extranjera. VIII. Ganancia o pérdida por enajenación de acciones. IX. Intereses provenientes de deudas contraídas con partes relacionadas residentes en el extranjero. X. Deducción estimada en costos de obra tratándose de contribuyentes que realicen obras consistentes en desarrollos inmobiliarios o fraccionamientos de lotes y otros similares. XI. Pérdidas fiscales por movimientos distintos de su actualización, o de su incremento por la pérdida del propio ejercicio. XII. Deducción de terrenos por aplicación de estímulo fiscal. XIII. Cuenta de utilidad fiscal gravable para sociedades cooperativas, por movimientos distintos de su actualización o del incremento
por la utilidad fiscal gravable del ejercicio. XIV. Determinación de los pagos provisionales y mensuales definitivos. XV. Costo de lo vendido y valuación del inventario. Solo cédula sumaria y deberá incluir el objetivo, el procedimiento aplicado y la conclusión alcanzada por el contador público inscrito. XVI. Ventas e Ingresos correspondientes al ejercicio. Solo cédula sumaria y deberá incluir el objetivo, el procedimiento aplicado y la conclusión alcanzada por el contador público inscrito. XVII. Gastos de operación y resultado integral de financiamiento correspondientes al ejercicio. Solo cédula sumaria y deberá incluir el objetivo, el procedimiento aplicado y la conclusión alcanzada por el contador público inscrito. XVIII. ISR retenido a residentes en el país y en el extranjero. XIX. De los conceptos que se incluyen en la conciliación entre el resultado contable y fiscal para los efectos del ISR. Cada uno de estos papeles deberán ser los que integren el expediente de la auditoría, o sea, no son nuevos, serán los que tradicionalmente hacemos y deberán mostrar el trabajo realizado, incluir los procedimientos aplicados, las conclusiones alcanzadas, la evidencia de su revisión, así como la evaluación del control interno y la planeación llevada a cabo, por lo que hay que tener sumo cuidado al definir los papeles a enviar y poner muagosto 2015
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cha atención a la parte técnica-normativa, cruces, marcas, evidencia de revisiones y supervisiones, etc. Una inquietud generalizada era el mecanismo para satisfacer esta obligación, sabiendo de antemano que el programa por excelencia para dar cumplimiento a las obligaciones en caso de los auditores es el SIPRED. Se hablaba del buzón tributario, de nuevas aplicaciones en la página del SAT, enviarlos a través de mi portal como aclaración y no sé qué tanta cosa más y es que cuando instalamos
“papeles de trabajo”, el icono “Abrir” nos habilita el explorador, donde debemos seleccionar el archivo a enviar, ya que lo visualicemos y estemos completamente seguros que es el archivo a enviar, demos clic al segundo icono “Convertir Excel a P.T.” cuando los vamos a convertir nos pide autenticarnos con nuestra Firma Electrónica, con la finalidad de vincularlo con el dictamen firmado por el auditor, para lo cual debemos seleccionarlo de la plantilla que nos aparecerá con el nombre de “Consulta de dictámenes aceptados”, y ya sea que lo filtremos por RFC o por folio de aceptación, pero hay que relacionarlo con un SIPRED aceptado, hecho esto hay que seleccionar la carpeta donde queremos que se guarde el archivo convertido a .sbpt. Con este archivo generado y guardado, lo podemos enviar igual que un dictamen mediante el botón de enviar y firmando con nuestros archivos electrónicos, también nos genera un acuse, en este último paso lo más importante es verificar que el archivo a enviar corresponda con los datos del contribuyente. Cualquier duda en el proceso verificarlo en el manual de usuario del SIPRED. En muchos casos, el auditor no hace papeles de trabajo de cierre, por ejemplo de deducción de inversiones y ajuste anual, lo que hace, como lo indica el manual es darle validez a los del cliente, el SIPRED 2014, no observamos en este caso, lo que yo debe haa detalle los cambios que trajo cer es vaciar tal cual, la cédula esta nueva versión, lo que dejadel cliente en Excel y especifiEl proceso es mos de observar es que, dentro car en el propio archivo que las simple, aunque no de este programa hay un aplicapruebas y evidencia de la revicompletamente tivo o subprograma en donde sión se encuentran en el papel nos permite convertir los papefísicamente. amigable, ya que les de trabajo en un archivo con Una recomendación que no está este subprograma terminación .sbpt (sobre de papor demás comentar, es incluir solo acepta papeles peles de trabajo). en alguna parte de los papeles, El proceso es simple, aunque de trabajo hechos en una declaratoria de cumplimienno completamente amigable, to, así como una relación de qué Excel ya que este subprograma solo aplica a la empresa y por ende acepta papeles de trabajo heque estamos enviando, y qué chos en Excel, que no incluyan no aplica, para que no se dé por imágenes ni vínculos externos al omitido el cumplimiento de alpropio archivo, ahora bien, si tenemos varios ar- gún papel, por ejemplo, el caso de pérdida y gachivos de Excel en donde tengamos varias cédu- nancia cambiaria, si no nos aplica pues no hay que las fiscales, habrá que enviar cada uno de ellos, enviarlo, y es mejor decir que no tenemos operapor lo que personalmente me voy a dar a la tarea ciones en monedas extranjeras y que por eso no de hacer un solo archivo, donde de manera muy enviamos el papel, a que la autoridad intuya que se específica y sin tanta formalidad, se den por cum- nos olvidó enviarla. plidas las normas profesionales y la parte fiscal, es Por último está el tema de las fechas, dice el arimportante destacar que no hay que hacer nue- tículo 57 de RCFF que dentro de los treinta días vos papeles, porque en caso de que la autoridad siguientes a la fecha de presentación del dictanos requiera, los enviados son los que deberemos men, no 30 de agosto, por lo que habrá que estar exhibir, así que hay que tener cuidado con hacer pendiente de las fechas de presentación, ya que unos para el SAT y otros para nuestro expediente. al establecer el plazo en días se computan los días hábiles, sin contar sábados ni domingos, entenPor no dejar un cabo suelto, explicare detalla- diendo que cada dictamen establecerá la fecha damente el proceso: de presentación de los papeles. Primero tenemos que estar en Excel, una vez allí Sin otra cosa que agregar, les deseo buena suerte entremos al módulo SAT, seleccionar la opción de en esta nueva empresa.
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EXCELENCIA PROFESIONAL
NORMATIVIDAD
Principales cambios en la normatividad mexicana para el contador público en la práctica independiente Por: C.P.C. Catalina Mejía Balcázar
Presentación Este artículo ha sido preparado con la finalidad de dar a conocer de manera resumida los principales cambios en la normatividad mexicana para el ejercicio del Contador Público en la práctica Independiente para los trabajos de auditoría que iniciaron a partir del 1 de enero de 2012, las cuales deberán ejecutarse con base en las Normas Internacionales de Auditoría y teniendo como eje de actuación un nuevo Código de Ética profesional. I. Introducción En junio de 2010 el Comité Ejecutivo Nacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. acordó adoptar en nuestro país las Normas Internacionales de Auditoría para todos los trabajos de auditoría que inicien a partir de enero de 2012. Dichas normas son emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (International Auditing and Assurance Standards Board) (“IAASB”) de la Federación Internacional de Contadores Públicos (International Federation of Accountants) (“IFAC”). Por lo que a partir de dicha fecha se llevó a cabo un proceso de convergencia encabezado por la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento (CONAA). Así mismo, derivado de este acuerdo se tomó la decisión de elaborar un nuevo Código de Ética para nuestro país, teniendo como base el Código de Ética para Profesionales de la Contabilidad que fue elaborado por el Consejo de Normas Interna-
cionales de Ética para Contadores (International Ethics Standards Board of Accountants) (“IESBA”), con el objetivo principal de hacerlo más estricto y así fortalecer el ejercicio de la profesión contable en nuestro país. Mencionado lo anterior, el artículo tiene como finalidad presentar al lector un resumen de los principales cambios en la normatividad mexicana respecto de las Normas Internacionales de Auditoría las cuales tienen una obligatoriedad de cumplimiento para los profesionales contables a partir de los trabajos que iniciaron en enero de 2012, según corresponda. II. Proceso de convergencia El proceso de convergencia en nuestro país fue llevado a cabo por la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento (CONAA), durante el proceso de convergencia se revisaron las principales diferencias en los siguientes documentos: 1. Marco de referencia (International Framework for Assurance Engagements (IFAE)). 2. Norma de Control de Calidad (International Standard Quality Control (ISQC)). 3. Boletines de las Normas Internacionales de Auditoría (International Auditing Standards (NIAS)). 4. A manera de ejemplo a continuación presentamos un comparativo entre algunos de los Boletines de las Normas Generalmente Aceptadas en México y las Normas Internacionales de Auditoría de mayor importancia en este marco de convergencia. agosto 2015
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EXCELENCIA PROFESIONAL
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EXCELENCIA PROFESIONAL
III. Estructura de la normatividad actual Como parte importante del resultado de los esfuerzos de la CONAA se ha definido una nueva Estructura de la Normatividad para el ejercicio del Contador Público en su carácter de independiente, al adoptar las Normas Internacionales en nuestro país generando grandes beneficios para la profesión de manera local generando en el usuario final mayor confianza en el trabajo realizado y el reconocimiento a nivel internacional. La Estructura tiene como base el Código de Ética Profesional, seguido de la Norma de Control de Calidad a firmas de contadores públicos, la cual si
bien es cierto ya existía en la normatividad mexicana ha venido a reforzar la importancia de la planeación, ejecución y emisión de los informes resultado del trabajo del auditor. A la presente estructura se integra también un marco de referencia para trabajos de aseguramiento que servirá de guía y consulta durante la ejecución del trabajo. Se presenta claramente la división de los trabajos de aseguramiento que son los correspondientes a Auditorías y Revisiones de Información Financiera Histórica de los trabajos de atestiguamiento para los diversos trabajos a los que puede estar sujeto el auditor.
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III. CÓDIGO DE ÉTICA Este Código de Ética para Contadores Públicos está integrado de cinco partes. La parte A establece los principios fundamentales de ética profesional y un marco conceptual para los Contadores Públicos, la parte B nos describe a los Contadores Públicos en la práctica independiente, así mismo la parte C es aplicable a los Contadores Públicos en los sectores
Estos principios deberán de regir la conducta y actuación profesional y NO deberán aplicar normas menos estrictas que las declaradas en este Código.
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EXCELENCIA PROFESIONAL
público y privado, la parte D para los Contadores Públicos en el sector de la docencia y por último la parte E correspondiente a las sanciones por incumplimiento. La Sección 100.5 nos precisa los principios fundamentales que deberá cumplir el Contador Público los cuales presentamos a continuación una breve descripción:
√ Integridad Ser leal, veraz y honrado en todas las relaciones profesionales y de negocios. √ Objetividad Evitar prejuicios, conflicto de intereses o influencia indebida de terceros que afecten el juicio profesional o de negocios. √ Diligencia y competencia profesional Conocimientos y habilidades profesionales para proporcionar servicios profesionales competentes basados en la práctica, legislación, técnicas y normas profesionales aplicables. √ Confidencialidad Respetar la información obtenida como resultado de relaciones profesionales o de negocios, no revelarla a terceros, ni usarla para tener un beneficio personal. Cumplir con leyes y reglamentos relevantes, y evitar cualquier acción que desacredite la profesión.
IV. ESTRUCTURA DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA Las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) fueron traducidas por el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, revisada y aprobada por el Director General de Traducciones de la Unión Europea- DGT y por el Comité Revisor integrado por diferentes asociados de contadores públicos de varios países latinoamericanos, incluyendo México, a través de la Comisión de Normas de Auditoría y
Aseguramiento del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. Las NIA, nos presentan de manera integral un orden lógico para la ejecución de una auditoría de estados financieros, desde la planeación, identificación de riesgos y controles, obtención de evidencia suficiente y adecuada de auditoría hasta la emisión del Informe del Auditor. Las NIA se encuentran divididas en seis series como se muestra a continuación:
Las NIA se encuentran estructuradas de manera similar integrando en cada una de ellas los siguientes elementos: una Introducción, el alcance, fecha de entrada en vigor, el objetivo de la NIA en particular, algunas definiciones para mejorar el entendimiento, requerimientos y una guía de aplicación y otras anotaciones explicativas. De igual manera cada una de las NIA deben de interpretarse conjuntamente con la NIA 200 «Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría», esta NIA nos hace énfasis en el cumplimiento de requerimientos de ética relativos a la auditoría de estados financieros que comentamos en el apartado anterior, nos exhorta a realizar la auditoría con una actitud de escepticismo profesional en todo momento reconociendo que pueden existir circunstancias que hagan que la información objeto del trabajo esté presentada en forma materialmente incorrecta. También nos recuerda la importancia de obtener la evidencia suficiente y adecuada para soportar íntegramente el Informe por emitir y por último tener presente que «El Contador Público deberá usar su juicio profesional al aplicar el Código de ética y durante el cumplimiento de las NIA.»
V. Consideraciones finales La adopción de las Normas Internacionales de Auditoría constituye un avance significativo en el proceso de brindar mayor credibilidad de la profesión al lector de los Estados Financieros, al tener estos una connotación de interés público y no solo un compromiso con quien contrata los servicios. Teniendo como principales beneficios de la adopción entre otros: ■■ Mayor comparabilidad con el ambiente internacional, ■■ Mayor confiabilidad en esquema normativo de México y ■■ Reconocimiento internacional de las auditorías de Estados Financieros realizadas en México. Es importante mencionar que el camino para el cumplimiento de la Normatividad no ha sido fácil para la mayoría de las firmas pequeñas de contadores públicos en nuestro país, que son la mayoría y que requerirá de un esfuerzo adicional en sus primeros años de implementación, pero al final el resultado será de alto impacto y muy benéfico para la profesión y en general para nuestro país. agosto 2015
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ECONOMÍA Y FINANZAS
Tip´s para ahorradores Por: Mtro. Francisco Javier Cruz Ariza
M
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uy a menudo se nos recuerda en diferentes meclaridad se tenga dios, lo importante que es el conformar un ahorro de la cantidad de para ir formando un capital. Sin embargo en pocas dinero que necesitaocasiones nos detenemos a analizar sobre ciertos remos para dar vida a aspectos importantes que son cruciales para que un proyecto, mayor proel dinero que vayamos acumulando, verdaderababilidad tenderemos de mente cumpla con su objetivo, que sea el permiconseguirlo. Por ello, es tirnos materializar ciertos planes concretos. importante que tengamos El ahorro se debe entender como un mecanismo bien estimado cuánto habrea través del cual, una persona física o moral va mos de necesitar no hoy, sino destinando parte de sus excedentes económicos, en la fecha en que habremos de invertir ese a un instrumento financiero especialmente disedinero, el costo que tendremos que erogar. ñado para ello, para conformar Por ello es crucial tener un estiun capital a una fecha determimado muy asertivo de la fecha Es importante que nada y para un propósito especoncreta en que habremos de tengamos bien cífico. Durante este periodo, es haber logrado nuestro objetivo importante ser constantes, disde ahorro, pues eso nos ayudará estimado cuánto ciplinados en los gastos para no a planear qué cantidades debehabremos de mermar nuestra capacidad de mos ir canalizando al ahorro y necesitar no hoy, ahorro, y sobre todo, darle un con qué periodicidad. seguimiento al monto que se va 3. Nuestra inflación persosino en la fecha acumulando, para poder estar nal: Un gran error que comenen que habremos seguros de que cumpliremos ten algunos ahorradores, es el de invertir ese nuestra meta. considerar que la inflación generalizada que nos muestra el dinero, el costo A continuación, señalamos alguINPC (Índice Nacional de Preque tendremos que nos de los puntos que se deben cios al Consumidor) puede ser tomar en cuenta a la hora de eleun referente para determinar la erogar. gir algún instrumento de ahorro: ganancia mínima que debemos 1. El rendimiento o interés generar. La realidad es que éste que nos ofrecen: Aunque indicador únicamente nos inpareciera demasiado obvio, la realidad es que forma acerca del incremento generalizado de muy poca gente tiene en mente que el ahorro precios en los artículos y servicios que consusí debe generar una plusvalía; el mito es que el me el mexicano en promedio a lo largo de todo ahorro solo implica acumular dinero, ya sea en el país, y salvo muchas cuotas y pagos que tela alcancía, en un cajón, en el banco, o ¡hasta nemos que cubrir sobre todo al Gobierno, muy en una tanda! Es importante que nos cerciorepocos artículos de consumo cotidiano crecen mos de cuál es la tasa de interés o rendimiena este ritmo. Debemos considerar, como coto que nos ofrece el instrumento en cuestión. mentamos en el punto anterior, que el artículo Hoy día, dentro del Sistema Financiero Mexio servicio que tenemos en mente se va increcano, existen diversas alternativas muy atractimentando gradualmente de precio, por lo que vas que ofrecen excelentes ganancias a corto, es muy pertinente tener el dato concreto de mediano o largo plazo. cuál es el incremento anual que tiene dicho 2. Establecer una meta concreta: Se refiere bien. Por ejemplo, en México, las colegiaturas a determinar concretamente para qué querese incrementan entre un 5 y un 15% anual, por mos conformar nuestro ahorro. Entre mayor lo que si nuestra meta es conformar un ahorro EXCELENCIA PROFESIONAL
para la educación superior de nuestros hijos, debemos elegir un instrumento financiero que nos proporcione anualmente, este ritmo de crecimiento. Aunque suena difícil de creer, la realidad es que hoy día existen diversos instrumentos que nos pueden proporcionar esta rentabilidad anual en el largo plazo. 4. Evaluar los instrumentos factibles para invertir: Se refiere a que debemos hacer una investigación muy seria y a profundidad, acerca de qué alternativas en concreto tenemos para poder conformar nuestro capital. Algunos puntos importantes en este apartado, son: a. El capital inicial: Algunas personas cuentan con una cantidad de dinero más o menos fuerte desde un inicio, ya sea por un bono recibido, una prima vacacional, o el aguinaldo. b. Las aportaciones periódicas que podemos hacer. De acuerdo a nuestro grado de liquidez, se debe hacer un esfuerzo por ir haciendo aportaciones mensuales desde el inicio y hasta el final del periodo calculado. c. El nivel de riesgo que estamos dispuestos a asumir. Aunque en México tenemos una anticultura por el riesgo, y más bien siempre pretendemos evitarlo, la verdad es que es muy importante canalizar parte de nuestros recursos a alguna alternativa que maneje un cierto grado de volatilidad. El riesgo no es malo, solo es cuestión de entender perfectamente a qué se refiere el término (la variabilidad promedio que llega a tener el precio de una acción con respecto a su precio promedio, por ejemplo), y entender que no necesariamente implica pérdida de dinero, en tanto tomemos las decisiones adecuadas. d. El plazo que tenemos para alcanzar nuestra meta. Entre más plazo tengamos, será necesario asumir un mayor riesgo, para que nuestro dinero vaya creciendo consistentemente con respecto al incremento de precios de lo que pensamos adquirir. A mayor plazo, mayo riesgo, pero también menor liquidez para retirar nuestro dinero en caso de alguna emergencia. e. Diversificar nuestras inversiones. El banco es una institución financiera que nos sirve como medio de resguardo para el dinero y como medio de pago, pero no como un instrumento de ahorro, pues el rendimiento promedio que nos ofrecen es más bajo que la propia inflación medida por el INPC. Es importante considerar, de acuerdo a los anteriores puntos, qué alternativas nos ofrecen instituciones como Afores, Operadoras de Fondos de Inversión y Casas de Bolsa debidamente acre-
ditadas, para tal efecto. De acuerdo a nuestra liquidez, solvencia y plazo, estas instituciones tienen un instrumento atractivo para cada caso, e incluso la posibilidad de constituir una cartera bien diversificada para cada caso en particular. Para esta situación, las diferentes instituciones ponen al servicio de sus clientes a un grupo de expertos en el tema que nos pueden brindar una muy buena asesoría. f. Hacer simulaciones. Una vez elegida nuestra cartera de instrumentos, podemos solicitar que nos hagan una corrida a futuro que ilustre el comportamiento factible que tendrá nuestra inversión. Si bien rendimientos pasados no garantizan rendimientos futuros, estas simulaciones son muy útiles para hacernos una idea de la volatilidad y la fortaleza del instrumento, así como de su capacidad de generación de rendimientos. 5. Elegir la unidad monetaria adecuada. Tradicionalmente, la gente considera que el dólar es la mejor alternativa para evitar que
el dinero pierda poder adquisitivo frente a la inflación. Esto es un gran mito, pues históricamente, la inflación siempre ha sobre pasado cualquier devaluación de nuestra moneda, incluso hoy día, con las recientes devaluaciones, producto de la fortaleza del dólar o de la crisis griega. Una alternativa muy buena para el ahorro en México son las UDI (Unidades de Inversión), que se pueden adquirir en algunos fondos de inversión, e incluso seguros de vida con inversión. Si tenemos en cuenta los anteriores consejos, seguramente estaremos en vías de conformar exitosamente un capital que nos permita dar vida a algún proyecto que tengamos en mente, o incluso pensar en el siguiente paso, del cual hablaremos en posteriores ediciones, la inversión. agosto 2015
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1er.
LABORAL Y SEGURI DAD SOCIAL
Foro de Profesionistas y Especialistas en Seguridad Social Por: L.C.P. Martín Ernesto Quintero Garcia Presidente de la Comisión de Seguridad Social e INFONAVIT
E
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l pasado 23 y 24 de junio de 2015 se llevó a cabo el respecto. Dicho cambio de dictamen se efectuará “Evento Magno” 1er Foro de Profesionistas y Espe- para la revisión del ejercicio 2015 y se presentá en el cialistas en Seguridad Social, contando con la pre- año 2016 en materia de IMSS. sencia de las autoridades del Instituto Mexicano del Se realizaron talleres con los temas: “Criterios Seguro Social y el Instituto del Fondo Nacional de para la Incorporación al Régimen Obligatorio al la Vivienda para los Trabajadores, e instituciones en- IMSS”, “Aspectos a considerar para realizar la adecargadas de la seguridad social del sector privado. cuada Clasificación de las empresas al IMSS”, “ProPor parte del IMSS asistió a la apertura de este cedimientos para la presentación del SATIC de la foro el Lic. Tuffic Miguel OrteConstrucción y Trámites Digitales”, ga, encargado de la Dirección este último es una novedad que el de Incorporación y RecaudaLas autoridades han Instituto ha lanzado para entrar en ción del Instituto. El funciola era digital, en la que ya estamos comentado que la nario compartió los avances inmersos. Contabilidad Pública en la materia, así como las inPor parte del INFONAVIT asistió novaciones y cambios que el a la apertura, el Lic. Fernando Diares la profesión mejor instituto realiza para que los te Martínez, encargado de la Suborganizada y es por contribuyentes cumplan con dirección General de Recaudación ello que se debe las obligaciones respectivas al Fiscal del Instituto, compartiéndo IMSS. los avances efectuados para que seguir buscando También asistieron los jefes los contribuyentes cumplamos con la excelencia. Sin de oficina de: la Unidad de Fisnuestras obligaciones en beneficio calización y Cobranza, Unidad duda la AMCPDF de los trabajadores. de Incorporación al Seguro Así mismo, asistieron los encartrabaja para lograrlo. Social, Coordinación de Clasigados de los departamentos de ficación de Empresas y VigenServicio a Empresas Aportantes, cia de Derechos y la Unidad de de Recaudación y Cobranza Fiscal, Servicios Estratégicos. Todos de Fiscalización, de lo Consultivo y ellos informaron detalladamenContencioso Fiscal y de Administe sobre los alcances que se han logrado en materia tración del Patrimonio Social y Servicios, en donde de fiscalización, en el cumplimiento de las Cuotas nos mostraron los temas de importancia actual de Obrero Patronales (COP), y en los procedimientos fiscalización, mediante la cancelación de requerique se llevan a cabo para revisar a los contribuyen- mientos no presenciales a través de la página Web tes, y que estén correctamente inscritos en la clasi- del Instituto, así como las diferentes acciones que ficación de las empresas. Por supuesto del cambio podemos realizar dentro del “Portal Empresarial”. del nuevo Dictamen, en donde la Comisión formó Se habló de la “portabilidad” de aportaciones entre parte de las mesas de trabajo, dando su opinión al los institutos del FOVISSTE y el INFONAVIT para la EXCELENCIA PROFESIONAL
obtención de créditos de vivienda para los trabajadores, y se informó sobre la entrega de las aportaciones patronales de los pensionados que nunca ejercieron la obtención de un crédito de vivienda. En los talleres se realizaron pláticas en materia de Aclaración de Requerimientos, Dictamen INFONAVIT, Retiros del Saldo de la Subcuenta de Vivienda y Separación de Cuentas y Portabilidad; Herramientas Destinadas al Patrón para el cumplimiento de las obligaciones mediante su página Web “Portal Empresarial”. ¿Qué se obtuvo? De acuerdo con la Comisión de Seguridad Social e INFONAVIT, se organizó este evento para apoyar a los asociados y empresas que asistieron, lográndose en gran medida los objetivos propuestos. Por un lado, se contó con la asistencia en las instalaciones de la AMCPDF de los asociados y empresas interesadas, para enterarse por parte de las autoridades de los sucesos actuales, de los cambios que se están realizando para el cumplimiento de las obligaciones, y por otro que las mismas Instituciones muestren como cumplir de manera ágil, clara y oportuna, con las obligaciones, utilizando las plataformas electrónicas con las que ya se cuenta. ¿Qué sigue? Una vez concluido este evento, la Comisión de Seguridad Social e INFONAVIT solicitará a las autoridades que se muestre el uso de las herramientas informáticas para cumplir con las obligaciones de los contribuyentes. Como resultado de estas gestiones, este 3 de agosto de 2015 se realizará el primer taller práctico para el uso del “Portal Empresarial” del INFONAVIT, en donde se exhibirá como usar los diferentes módulos que tiene el portal. Además no sólo se conocerá el portal, se navegará utilizando casos prácticos reales de los asistentes, se mostrará como inscribirse en el portal, se enseñarán herramientas para consultar un estado de cuenta, cancelar un requerimiento, visualizar las incidencias de los trabajadores, utilizar los medios de pago y como soli-
citar la carta de no adeudos con el Instituto. La comisión solicitará al IMSS una capacitación para navegar y usar el “Escritorio Virtual”, se continuará con los acercamientos a la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS) para que brinden pláticas en materia laboral, se solicitará al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT), informen cúales son las obligaciones que tienen los contribuyentes para con ellos, pero lo más importante será actualizar en el ámbito laboral a los asociados, a sus clientes y conocer detalladamente todo lo necesario para tener conocimiento y hacerlo valer ante las Instituciones. Continuaremos organizando de forma anual el “Foro de Profesionistas y Especialistas en Seguridad Social” con la misma finalidad con la que se inició este proyecto, trabajar para los asociados, invitar a las autoridades para que informen sobre los cambios y los que se tienen programados, solicitarles apoyo para cumplir adecuadamente con las obligaciones respectivas y mostrar las herramientas para ello. Conclusión del Presidente de la Comisión de Seguridad Social e INFONAVIT Concluyendo con este 1er proyecto magno, la comisión seguirá realizando su labor para hacer que la Asociación Mexicana de Contadores Públicos en el D.F., cuente con la presencia de las autoridades en materia de Seguridad Social, con el fin de que los asociados de la Institución, tengan la mejor percepción y puedan asesorar adecuadamente a los clientes. Las autoridades han comentado que la Contabilidad Pública es la profesión mejor organizada y es por ello que se debe seguir buscando la excelencia. Sin duda la AMCPDF trabaja para lograrlo. Este trabajo debe tener eco, no solo dentro de la Institución, si no también en las empresas a las que asesoran y son socios de negocios, inclusive para las Asociaciones Empresariales. Es por esto que se preparan nuevos temas, proyectos y talleres, para ser parte de la preparación para el trabajo diario, invitando a todos a capacitarse en la Asociación. agosto 2015
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Convención Anual
Huatulco
2015
del 19 al 22 de
25 puntos para N.A.A.
noviembre Hotel sede "las brisas"
junio
julio
agosto
septiembre
octubre
noviembre
i.v.a. incluido
HABITACIÓN SENCILLA Incluye por Socio: Evento técnico, 4 días/ 3 noches, todos los alimentos, snacks, bebidas nacionales e internacionales, kit de convención, playera, foto de grupo, cena de gala, transportación aeropuerto -hotel-aeropuerto, impuestos y propinas.
$10,500
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$11,300
$11,550
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EVENTO TÉCNICO Incluye por Socio: Coffe break, kit de convención, playera, foto de grupo, impuestos y propinas.
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Incluye: 4 días/ 3 noches, todos los alimentos, snacks, bebidas nacionales e internacionales, cena de gala, transportación aeropuerto -hotel-aeropuerto, impuestos y propinas.
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ACOMPAÑANTES MENORES A 12 AÑOS Incluye: 4 días/ 3 noches, todos los alimentos, snacks, bebidas sin alcohol ilimitadas, cena de gala, transportación aeropuerto-hotel-aeropuerto, impuestos y propinas.
ACOMPAÑANTES MENORES A 4 AÑOS Incluye: 4 días/ 3 noches, todos los alimentos, snacks, bebidas sin alcohol ilimitadas, cena de gala, transportación aeropuerto-hotel -aeropuerto, impuestos y propinas.
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EXCELENCIA PROFESIONAL
TECNOLOGÍA
Declarasat
Versión de prueba 2015 Por: L.C. Bernardo Manuel Rodríguez Bravo Presidente de la Comisión Página Web
E
l Servicio de Administración Tributaria se encuentra en constantes procesos de innovación y desarrollo, implementando mejoras tecnológicas en sus sistemas, con vista a simplificar cada vez más el cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes, es por ello que en esta ocasión el SAT invita a los contribuyentes a conocer la nueva plataforma “DE-
CLARASAT VERSIÓN DE PRUEBA 2015” para presentar las declaraciones de personas físicas “asalariados”2015. Para acceder a la aplicación deberás ingresar a: www. sat.gob.mx Dar click en Declaraciones y elegir la última opción “DeclaraSAT versión de prueba. Danos tu opinión”
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Podrás accesar con tu contraseña o con tu FIEL
Una vez ingresando a la aplicación se desplegará el siguiente mensaje
Es importante comentar que para realizar las pruebas el sistema utilizará la información real del ejercicio 2014 con la información precargada relativa a los ingresos y retenSeleccionamos el perfil del contribuyente:
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EXCELENCIA PROFESIONAL
ciones por salarios e intereses declarados por los retenedores de impuestos e información de los comprobantes fiscales de los gastos del ejercicio.
Para facilitar el llenado de la declaración es importante leer las INSTRUCCIONES ubicadas en el lado superior iz-
quierdo, las cuales describen de forma detallada los procesos de llenado.
La nueva plataforma cuenta con 3 módulos 1. 2. 3.
Mis Ingresos Mis Gastos Información complementaria
MÓDULO 1. Mis Ingresos
El sistema precargará la información de los ingresos con base a la DIM que las empresas tienen obligación de presentar a más tardar el día 15 de Febrero de cada año, adicionalmente mostrará la información “facturada” es decir, los CFDI´s que el patrón haya timbrado a favor del trabaja-
dor pudiendo elegir entre los datos de la DIM, o los datos facturados (CFDI´s) para continuar con la declaración. En caso de que la información precargada no corresponda a la que el contribuyente determina se podrán agregar de forma manual los empleadores, ingresos por sueldos y salarios o asimilados, misma situación procederá para el caso de intereses.
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MÓDULO 2. Mis Gastos
clasificar los comprobantes de conformidad con las deducciones autorizadas en la Ley, que en el caso de la declaración que nos ocupa corresponderán a los gastos personales.
MÓDULO 3. Información Complementaria
Al finalizar el llenado de los 3 Módulos se seleccionará el botón continuar y el sistema arrojará un reporte denomi-
nado “Hoja de trabajo para la declaración anual de las personas físicas”, el cual contendrá un resumen con toda la información utilizada por el contribuyente, dicho reporte se podrá guardar o imprimir para su revisión. Por último el sistema desplegará la sección “Presentación de la declaración”, en donde se determinará el cálculo del impuesto. Es importante mencionar que la declaración no permite el envío toda vez que es una prueba, por lo que solo se podrá guardar. Una vez que se guarda la declaración se habilitará el botón “Comentarios” ubicado en el lado superior derecho de la página donde podrás contestar un breve cuestionario y emitir las observaciones y/o sugerencias directamente al SAT.
La innovación tecnológica es pieza fundamental para poder simplificar el cumplimiento de las obligaciones a los contribuyentes y el SAT abre sus puertas para participar
con ellos en esta simplificación, razón por la cual es importante la participación de todos en este proceso. Fuente: SAT www.sat.gob.mx
Una de las novedades en esta plataforma y como ya se preveía es la inclusión de los CFDI´s por los gastos que efectuó el contribuyente, de tal forma que podremos
Dicha información es sólo de carácter informativo, y se podrán ingresar los siguientes datos: 1. Préstamos recibidos 2. Premios obtenidos 3. Donativos obtenidos 4. Viáticos cobrados (exentos) 5. Ingresos exentos por enajenación de casa habitación del contribuyente 6. Ingresos exentos por herencias y legados.
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EXCELENCIA PROFESIONAL
JURÍDICO
Inconstitucionalidad del artículo 69-B del Código Fiscal Federal y el medio idóneo de defensa contra su aplicación Por: Juan Jacobo Meraz Sotelo Abogado por la Facultad de Derecho de la UNAM, Licenciado en Contaduría Pública por el Colegio Español de México, Especialista en Derecho Fiscal con Mención Honorífica por la Unidad de Posgrado de la UNAM, estudios de Maestría en el Centro Universitario de Estudios Jurídicos. Socio Director de la Firma 3 Cúbico Abogados especialistas en Derecho, Contabilidad y Finanzas.
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a reforma fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 2014, trajo como consecuencia la adición de figuras fiscalizadoras y de control que el fisco federal puede ejercitar en su potestad exactora, disposiciones tales como el domicilio fiscal declarado ante instituciones financieras, la cancelación de certificados digitales, el buzón tributario, el envío de la contabilidad electrónica, el llamado “buro fiscal” en donde se publica una lista de contribuyentes que a juicio de la autoridad se encuentran no localizados, con créditos fiscales firmes, con créditos condonados y con operaciones inexistentes, adicionalmente la declaración general de invalidez de los actos y facturas que amparen operaciones inexistentes. En vista de lo anterior, es de considerarse que aun y cuando las facultades de las autoridades mencionadas ut supra se encuentran en una norma jurídica con rango de ley, también lo es que en estricto apego del artículo 16 y 31 en su fracción IV1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dicha norma jurídica debe respetar los derechos fundamentales y las garantías de los gobernados sujetos a una relación de supra a subordinación2 con la Autoridad Fiscal Federal. El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación establece la figura de una declaratoria gene-
ral de invalidez de operaciones inexistentes, pero adicionalmente dichos contribuyentes deben ser publicados en un llamado un “buro fiscal” en el Diario Oficial de la Federación y en la página electrónica de la autoridad fiscal. Los principios constitucionales de las contribuciones están contenidos en el artículo 31 en su fracción IV de nuestra Norma Fundante, dichos principios son: proporcionalidad y equidad, legalidad, destino a gasto público, y generalidad. Resulta conspicuo resaltar que los principios constitucionales de los tributos, tiene relación concordante con los dispositivos 1°, 14, 16, y 22 Constitucionales, por citar algunos y que se consideraran como fuente de los conceptos de violación por lo que respecta al artículo 69-B del Código Fiscal Federal. El artículo 1° establece que los derechos humanos deben ser tutelados por todas las autoridades en el ámbito de sus competencias3 ; el numeral 14 establece el principio Seguridad Jurídica; el dispositivo 16 el principio de Legalidad; y el artículo 22 prohíbe las penas inusitadas y trascendentales. Ahora bien, los artículos anteriores resultan guiadores sobre la constitucionalidad del artículo 69-B del Código Fiscal Federal puesto que dicho artículo, aun cuando paso el proceso legislativo
1 Contribuir para los gastos públicos es obligatorio para todos los gobernados, por ministerio de ley del texto constitucional, razón por la cual el límite para imponer contribuciones es sólo la imaginación del legislador, empero dicha imposición de contribuciones no es irrestricta, debe colmar los extremos de los principios constitucionales, respetar los derechos humanos y sus garantías, incluso los derechos humanos que se encuentra en otros instrumentos internacionales de los derechos humanos, lo anterior encuentra sustento en la tesis aislada 1a. CLXXXV/2015 (10a.) emitida por el Poder Judicial de la Federación con número de registro 2009202 consultable en el Semanario Judicial de la Federación. 2 Se llaman relaciones de supra a subordinación las relaciones jurídicas que se dan entre los gobernados y las autoridades, a diferencia de las relaciones de coordinación que son las que se desarrollan entre personas de derecho privado. Galindo Camacho, Miguel. Derecho Administrativo, Tomo I, 3ª edición, Editorial Porrúa, México, 2000, página 43. 3 Adicionalmente el artículo 1° Constitucional reconoce la aplicación de los de instrumentos internacionales de los derechos humanos al ámbito nacional, establece el control difuso Constitucional, el principio pro homine o pro persona, y la interpretación conforme.
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y es una norma positiva y vigente, no respeta los principios constitucionales de las contribuciones y derechos fundamentales de los contribuyentes. Para poder ponderar el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación con los principios constitucionales y derechos humanos debemos establecer el mecanismo que dispone dicho artículo, como lo es: 1.- La autoridad fiscal detecta que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes fiscales o facturas sin contar con los activos, el personal, infraestructura, o capacidad material, respeto de sus actividades empresariales, o también que esos contribuyentes que emitieron facturas se encuentran no localizados. 2.- Después de detectar dichas facturas o de no localizar al contribuyente, presume que las operaciones anteriores son inexistes, por consecuencia las facturas tienen una presunción de invalidez. 3.- La autoridad notifica al contribuyente a través del buzón tributario (cosa que en la actualidad no acontece por no estar en función dicho medio de comunicación), de la página web del Servicio de Administración Tributaria, y en el Diario Oficial de la Federación. 4.- El contribuyente cuenta con un plazo de quince días contados a partir de la notificación para hacer valer lo que a su derecho convenga u ofrecer pruebas. 5.- La autoridad fiscal tiene un plazo de 5 días, en el cual valora lo argumentado por el contribuyente y valorar las pruebas ofrecidas por éste, y emite una resolución solo y únicamente de los contribuyente que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan, dicha notificación es realizada a través del buzón tributario (como el buzón tributario no está en funcionamiento la notificación debe realizarse como dispone al artículo 134 del Código Fiscal). 6.- Después de 30 días de notificado el contribuyente que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan, se publicará en la página web del Servicio de Administración Tributaria, y en el Diario Oficial de la Federación que las operaciones amparadas en las facturas son inexistentes. 7.- El efecto de la publicación en la página web del Servicio de Administración Tributaria, y en el Diario Oficial de la Federación, es que dichas facturas no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, por lo que se considera una declaratoria general de invalidez con efectos generales. 8.- Las personas físicas y morales que amparen deducciones con facturas emitidas por contribuyentes que se encuentran publicados en la página web del Servicio de Administra-
ción Tributaria, y en el Diario Oficial de la Federación por considerar sus operaciones inexistentes, deben en un plazo de 30 días acreditar que si recibieron los bienes o servicios que ampara dicha factura, o bien en ese mismo plazo corregir su situación fiscal acumulando esos gastos para efectos de ISR y el IVA. 9.- Si los contribuyentes que amparen deducciones con facturas emitidas por contribuyentes que se encuentran publicados por operaciones inexistentes, son sujetos a un acto de molestia de comprobación, y en la revisión fiscal se comprueba que no acreditó en el plazo de 30 días que recibieron los bienes y servicios que amparan las facturas, o no corrigió su situación fiscal se le determinarán los créditos fiscal que correspondan. 10.- Las operaciones inexistentes, se consideran por la autoridad como actos simulados y esto da origen a que se le incoen tipos penales de defraudación fiscal al contribuyente que emite y quien recibe dichas facturas. Una vez explicado de manera secuencial el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación podemos entender los matices de inconstitucionalidad que este reviste, por las consideraciones siguientes: A) Todo acto de molestia debe ser por escrito y emitido por autoridad competente, que funde y motive la causa legal de procedimiento, según lo preceptúa el artículo 16 de la Constitución, cosa que no ocurre la declaración general de inexistencia de operaciones, esto es así porque la autoridad sin que medie ningún acto de molestia previo “detecta”, sin darnos elementos de tiempo, lugar o modo, o argumentos lógico jurídicos, el por qué presupone que se realizan operaciones inexistentes. B) Adicionalmente se violenta el artículo 16 en su segundo párrafo de la Constitución Política, en lo que respecta a la protección de datos personales, ya que se publica en el Diario Oficial de la Federación y en la página web del Servicio de Administración Tributaria, los datos del contribuyente incluso antes de que hayan aportado pruebas para desvirtuar lo dicho por la autoridad, adicionalmente se violenta el artículo 8 del Pacto de San José4 que se refiere a la presunción de inocencia, puesto que al mismo tiempo de la primera notificación se publican los datos del contribuyente, rompiendo con la lógica de la presunción de inocencia que establece que las autoridades no pueden condenar o imputar ningún hecho a una persona sin contar con los elementos de prueba que acrediten una conducta infractora. C) Ahora bien, se violenta el artículo 22 de la
4 Se llama Pacto de San José a la convención Americana sobre Derechos Humanos, por haberse signado en San José, Costa Rica.
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EXCELENCIA PROFESIONAL
Norma Fundante Mexicana, porque se impone una pena trascendental e inusitada, ya que el contribuyente que deduce la factura que se presume ampara un hecho inexistente, debe acreditar hechos que debería amparar el contribuyente que emitió la factura, cuestiones que le son de cierta forma ajenas, ya que él no es el sujeto que está publicado en el Diario Oficial de la Federación y en la página electrónica del Servicio de Administración Tributaria. También se rompe con lo establecido en el artículo 14 de la Constitución, porque no se respetan las formalidades esenciales del procedimiento5 , ya que si un contribuyente que deduce la factura y no revisa (siendo que no está obligado por ley a revisar hechos de un tercero) la página electrónica del Servicio de Administración Tributaria o el Diario Oficial de la Federación, en una revisión de Autoridad, está ultima le impondrá el crédito fiscal por dichas deducciones amparadas con comprobantes declarados inválidos por operaciones inexistes, y más lesivo aún se le consi-
derará que simuló actos y que actualiza el tipo penal especial de defraudación fiscal, sin que se le haya notificado, permitido ofrecer pruebas, y alegar conforme a derecho, adicionalmente también se violenta el principio de presunción de inocencia del artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Como se infiere de lo anterior el artículo 69-B del Código Fiscal Federal es violatorio de derechos fundamentales y sus garantías, no solo del propio texto constitucional, sino de los instrumentos internacionales de derecho humanos, por lo que queda la cuestión ¿cómo se combate dicho acto de autoridad inconstitucional? El medio idóneo para hacer valer las violaciones a derechos humanos que resienten los gobernados en su esfera jurídica es el juicio de amparo, por lo que se concluye que dicho juicio de amparo es la vía idónea para combatir este tipo de actos inconstitucionales6, que laceran de forma flagrante los derechos humanos y las garantías de los contribuyentes.
5 Las formalidades esenciales del procedimiento son: 1) derecho a ser notificado; 2) derecho a ofrecer pruebas; 3) derecho a ofrecer alegatos; y 4) la emisión de una resolución conforme a derecho que valer todas las pruebas ofrecidas y considere todos los argumentos hechos valer, conforme a lo establecido en la Jurisprudencia P./J. 47/95, página 133, emitida por el Pleno de la Suprema Corte de justicia de la nación. 6 El autor no considera propio combatir dicha aplicación del artículo 69-B del Código Fiscal Federal mediante juicio contencioso administrativo federal (a pesar de que el control difuso del artículo 1° Constitucional per-
mite a todas las autoridades jurisdiccionales pronunciarse sobre derechos humanos y aplicar la norma que dé una protección más amplia a las personas o desaplicar la norma que más los restringe) porque hablamos de una cuestión de legalidad es decir es un mecanismo que está establecido en ley, en particular el Código Fiscal Federal; el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa [cuyo nombre ahora será Tribunal Federal de Justicia Administrativa conforme a la reforma constitucional del 28 de mayo de 2015] atiende a cuestiones de legalidad, es decir determina si el acto jurídico se ajustó al texto de ley, aun y cuando reiteramos que existe un control difuso y el principio pro homine.
agosto 2015
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CULTURA
El arte del renacimiento llega a nuestro país Por: C.P.C. David González Martin del Campo “PERRUNO”
L La piedad Miguel Ángel Buonarroti
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a sensibilidad, la belleza y el arte del renacimiento visitan nuestra ciudad, y que mejor recinto para ello que el grandioso Palacio de las Bellas Artes, inicialmente solo se había anunciado la muestra “Miguel Ángel Buonarroti: un artista entre dos mundos”, pero a los dos días se informó que se agregaba una del otro genio, “Leonardo da Vinci y la idea de la belleza”, dichosos somos los habitantes de esta urbe, de poder ser testigos de este grandioso encuentro de dos artistas que iniciaron su rivalidad en la época dorada del renacimiento, y ha perdurado a través
EXCELENCIA PROFESIONAL
de los siglos hasta esta fecha, y creo que si un día termina la humanidad, ellos seguirán su valioso y artístico enfrentamiento en la eternidad. La exposición se inauguró el pasado 25 de junio en el Museo del Palacio de Bellas Artes, y estará hasta el 27 de septiembre de este año. Parece mucho tiempo tres meses pero créanme que va a ser corto el plazo, de acuerdo a las dificultades para entrar, en virtud de la gran afluencia que este evento está convocando. Hay gente que llega desde las siete de la mañana y si bien le va, a eso de las doce o una de la tarde ya está entrando, y luego dicen que nuestro pueblo no se interesa en la cultura, son gran parte de nuestros gobernantes y autoridades los que no saben acercarla a la gente. Hoy tenemos una oportunidad histórica, apreciar una parte aunque mínima, de este par de genios, que como decíamos líneas arriba vivieron una rivalidad que parte desde sus conceptos de apreciar el arte y la naturaleza, Miguel Ángel, quien nació el 6 de marzo de 1475 en Caprese Michelangelo, Italia, decía que “el cuerpo humano era la máxima expresión de la belleza y el arte”, mientras que Leonardo, el cual nació el 15 de abril de 1452 en Vinci, Italia, sostenía “que las formas de la naturaleza (incluyendo los animales y los hombres por supuesto) contenían la justa proporción de la belleza”. Luego vienen una serie de enfrentamientos que son en parte por el desempeño de sus virtudes y actividades y claro por la edad. El primero aquí mencionado era pintor, escultor, arquitecto, anatomista y por supuesto más joven, el segundo fue poeta, músico, pintor, anatomista, arquitecto, botánico, filósofo, inventor, escultor, escritor, urbanista, etc., además de ser mayor. El hecho más real de su enfrentamiento directo fue en 1503, cuando las autoridades encargadas del Maggiore Consiglio –Gran Consejo- de la ciudad de Florencia, Italia les pidieron, con tan poco tino sendos frescos en paredes opuestas, encargo que terminó dejando inconcluso Leonardo, unos
El vuelo de las aves
diciendo que por envidia y otros por sus múltiples actividades. Ya queda en anécdotas las que dicen, que una vez que unos científicos preguntaban a Leonardo sobre la interpretación de unos versos de Dante, este viendo que se acercaba el joven Miguel Ángel, dijo que le preguntaran a él, y este contestó que lo hiciera aquel que no había podido acabar con el encargo de una estatua ecuestre, quedándose solo en su diseño en arcilla, dejándolo rojo de la ira. O la que dice que una vez Miguel Ángel con su fuerza había hecho una curvatura a una pedazo de metal y pidió a Leonardo que la enderezara, y éste contesto que los viejos no tenían por qué arreglar lo que los jóvenes echaban a perder. La cuestión es que tenemos ante nosotros la oportunidad de apreciar antes que nada la escultura del Cristo Portacroce (Cristo Giustiniani), una obra de mármol de 1516 que no
Leonardo Da Vinci
terminó Miguel Ángel, ya que perfeccionista como era encontró una veta negra dentro de este mármol, justo a la altura del rostro de la figura y así la dejó, por lo que se encargó de su culminación al escultor Pietro Urbano da Pistora entre 1518 y 1521. También se puede admirar una réplica de “La Piedad del Vaticano”, obra que éste terminó en 1499. Para fortuna de nosotros también se incluyen óleos, bocetos y dibujos del gran artista, obviamente también se exhiben obras de artistas cercanos al genio florentino y que principalmente corresponden a la Casa Bounarroti, además de otros museos y galerías. Del genio Leonardo se pueden apreciar dibujos y bocetos originales y sobre todo se puede apreciar por primera vez en nuestro país un códice único, “El vuelo de las aves”, lo que está considerado como el primer antecedente científico de los vuelos en general. Data del año de 1505 y se
Su majestad el Danzón Nuestra ciudad es de contrastes. Viajamos por sus entrañas de lo moderno a lo tradicional. Sólo tenemos que saber donde encontrar ese punto mágico entre las diferentes identidades, que han fascinado a propios y extraños. Un rincón de este encuentro cultural es la Ciudadela de la Ciudad de México. Lugar en donde los sábados y domingos se reúne un grupo muy peculiar. Los amantes del Danzón. Este baile que por generaciones a formado parte de nuestro tesoro cultural, está más
vivo que nunca. Con sus notas que invitan a regocijarnos en el baile, y la cadencia de sus ejecutantes, nos muestra no sólo la habilidad de las
pueden apreciar en todo su esplendor, el análisis de la mecánica del vuelo de las aves, además en algunas de esas hojas se aprecian anotaciones personales y bocetos arquitectónicos de este hombre superdotado en inteligencia y manifestación de la expresión artística. También se pueden admirar gran cantidad de bocetos y ensayos que después quedaron plasmados en sus magistrales obras, ya sean pictóricas o en esculturas. Vayamos pues a admirar esta grandiosa exposición. La de Leonardo solo estará hasta el 23 de agosto. Y de ahí aprovechar para recorrer nuestro centro histórico, ver el palacio de Correos, tomar parte de algún tour turístico de este céntrico lugar o visitar el Museo de San Carlos, ahí cerca en Puente de Alvarado, mismo que también tiene una exposición renacentista. Así que a alimentar el alma y el espíritu compañeros contadores.
parejas interpretando sus mejores pasos, también da testimonio del orgullo de saber bailar respetando los más estrictos cánones. Juramento de juventud eterna al ser interpretado por personas mayores, con una maestría que envidian las nuevas generaciones. Esto sin olvidar la vestimenta, que solo una fiesta de esta naturaleza exige para completar la experiencia. Si ustedes quieren vivir a una experiencia muy diferente, acudan los sábados y domingos de 10:00 a 14:00 horas a la plaza de la Ciudadela a las clases de danzón. Único requisito: tener un espíritu festivo. agosto 2015
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Continúa con tu desarrollo profesional La AMCP preocupada por la capacitación y el crecimiento profesional de sus asociados, ha establecido una serie de convenios con las principales instituciones educativas, para brindar alternativas de superación a los contadores que forman parte de la Asociación. A continuación encontrarán las instituciones que participan en estos convenios. Pueden solictar más información en la siguiente página web: www.amcpdf.org.mx
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EXCELENCIA PROFESIONAL
=CURSOS=
Asociación Mexicana de Contadores Públicos
AGOSTO 2015
Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C.
DÍA Agosto 03 H: 16:00 - 21:00
CURSO LA CONTABILIDAD DIGITAL Y REVISIONES ELECTRÓNICAS PARA EMPRESAS EXPOSITOR: C.P. ALBERTO MONROY SALINAS 5
Agosto 04 H: 09:00 - 14:00 H: 16:00 - 19:00
Agosto 05 H: 09:00 - 14:00 SÁBADO Agosto 08 H: 09:00 - 14:00
Agosto 10 H: 16:00 - 21:00
Agosto 11 H: 09:00 - 14:00
Agosto 12 H: 16:00 - 21:00
PUNTOS RELEVANTES Y PRESENTACIÓN DE DICTAMEN IMSS (para cumplimiento de la N.A.A. del IMSS 2015) EXPOSITOR: L.C.C. CARLOS GUTIÉRREZ PÉREZ 8
H: 16:00 - 21:00
Agosto 18 H: 16:00 - 21:00
Agosto 19 H: 09:00 - 14:00
EXPOSITOR: L.C.C. LUIS FERNANDO POBLANO REYES 5
H: 16:00 - 21:00 Agosto 25 H: 16:00 - 21:00
Agosto 26 H: 09:00 - 14:00 Agosto 31 H: 16:00 - 21:00
PUNTOS N.A.A.
PAPELES DE TRABAJO PARA DICTAMEN FISCAL EXPOSITOR: M.C. Y E.F. FRANCISCO YÁÑEZ LEDESMA 5
PUNTOS N.A.A.
EL DELITO DE LAVADO DE DINERO, LAS PERSONAS FÍSICAS QUE GASTAN MÁS DE LO QUE DECLARAN EXPOSITOR: LIC. ALEJANDRO PONCE RIVERA 5
PUNTOS N.A.A.
ESTRATEGIAS PARA LA REDACCIÓN EMPRESARIAL EXPOSITOR: LIC. SONIA L. BARRAGÁN DE MESA (Cupo limitado a 25 participantes) 5
PUNTOS N.A.A.
SOLUCIONES PARA LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA EXPOSITOR: LIC. ALEJANDRO JUÁREZ BOLAÑOS (Cupo limitado a 50 participantes traer laptop preferentemente de reciente adquisición) PUNTOS N.A.A.
NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO Y APLICACIÓN DE SANCIONES, OBLIGACIONES Y RECOMENDACIONES PARA SU CUMPLIMIENTO EXPOSITOR: LIC. TANIA J. GONZÁLEZ COVARRUBIAS 5
PUNTOS N.A.A.
NIF´S SERIE “C” EXPOSITOR: C.P. MAURO GONZÁLEZ GONZÁLEZ 5
PUNTOS N.A.A.
DETERMINACIÓN DE CÉDULAS DE LIQUIDACIÓN MENSUAL, BIMESTRAL Y PRIMA DE RIESGO DE TRABAJO IMSS, SAR, INFONAVIT (para cumplimiento de la N.A.A. del IMSS 2015) EXPOSITOR: C.P.C. MIGUEL ÁNGEL DÍAZ PÉREZ 5
Agosto 24
PUNTOS N.A.A.
TRATAMIENTO INTEGRAL DE FINIQUITOS Y LIQUIDACIONES
5
Agosto 17
PUNTOS N.A.A.
PUNTOS N.A.A.
ISR PERSONAS FÍSICAS MÓDULO I SUELDOS Y SALARIOS EXPOSITOR: L.C.C. DAVID LOZADA MARTÍNEZ 5
PUNTOS N.A.A.
CONTROL INTERNO DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL EXPOSITOR: C.P.C. SALVADOR SÁNCHEZ RUANOVA 5
PUNTOS N.A.A.
ISR PERSONAS MORALES RÉGIMEN GRUPOS DE SOCIEDADES DE LOS COORDINADOS EXPOSITOR: C.P.C. SALVADOR LÓPEZ CAMACHO 5
PUNTOS N.A.A.
JUICIO DE LESIVIDAD EXPOSITOR: LIC. RAMIRO HERNÁNDEZ CASTILLO 5
PUNTOS N.A.A.
ASOCIADO
INVERSIÓN
PERSONAL DE ASOCIADO
NO ASOCIADO
DESCUENTO HASTA
CON DESCUENTO
$900
$668
$1,000
SIN DESCUENTO
$1,000
$743
$1,113
CON DESCUENTO
$1,440
$1,069
$1,600
SIN DESCUENTO
$1,600
$1,189
$1,781
CON DESCUENTO
$900
$668
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$743
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CON DESCUENTO
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CON DESCUENTO
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CON DESCUENTO
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AGOSTO
SIN DESCUENTO
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AGOSTO 06
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AGOSTO 10
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AGOSTO 14
AGOSTO 17
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Para ofrecerle un mejor servicio recuerde que es obligatorio reservar el curso que desea tomar y realizar con anticipación el pago en cualquiera de las siguientes modalidades:*TARJETAS DE DÉBITO Y CRÉDITO VISA O MASTER CARD;* DEPÓSITO O TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA EN LAS SIGUIENTES CUENTAS BANAMEX, S.A. (ASOCIADOS: 870-562728 más referencia, CLABE para transferencias 002180087005627280/ NO ASOCIADOS: 236-6979886, CLABE para transferencias 002180023669798865). *CHEQUE: solo se aceptarán pagos CON TRES DÍAS HÁBILES de anticipación al inicio del curso. En caso de devolución del mismo se aplicará un cargo del 20% + IVA sobre el valor del cheque, con base en el artículo 193 de la “Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito”. ***En caso de depósito o transferencia, favor de enviar copia del comprobante a facturacion@amcpdf.org.mx y/o facturacion2@amcpdf.org.mx*** En cancelaciones con menos de 48 horas antes del evento, se aplicará una penalización del 25% sobre la cuota del mismo. La AMCP se reserva el derecho de no iniciar cualquiera de los grupos, modificar fechas y/o expositores por causas ajenas a su voluntad con el fin de asegurar la calidad y el objetivo del programa o en su caso de no reunir un mínimo de 10 personas. Visite nuestra página: www.amcpdf.org.mx Programación sujeta a cambios
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