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Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación para el Ejercicio 2023
Estamos del todo enterados que para el ejercicio fiscal 2023, el Gobierno Federal no presentó nuevos impuestos ni alza en las tarifas impositivas para contribuyentes personas físicas y personas morales, haciendo honor nuestro primer mandatario a su promesa de la campaña presidencial “El No Aumentar Nuevos Impuestos”. Cierto es que no hacía falta la creación de nuevos impuestos, porque las reformas que se han creado en los últimos nueve años y desde el ejercicio 2014 en que se presentó la gran reforma hacendaria, han sido tan bastas que ni el propio SAT y contribuyentes han podido atender tantas disposiciones fiscales que se han implementado y otras derogado, todo ello en favor de las autoridades fiscales. Te invito y para que rengas un panorama más claro de lo que está pasando, a que consultes mi artículo “Disposiciones Fiscales Aplicables en el Ejercicio 2023” publicado en la Revista Excelencia Profesional del mes de febrero del mismo año, y te des cuenta del gran número de cambios, adecuaciones y esquemas que se han creado para una mayor fiscalización y recaudación fiscal.
Por tal motivo considero de sumo interés hacer un análisis a la iniciativa de reformas fiscales para el ejercicio 2021 que presentó el Gobierno Federal a la ciudadanía, en la cual sus propuestas y consideraciones, hoy son una realidad implementadas en un “Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación para el ejercicio 2023” motivo de este artículo, dejándose ver que dicha iniciativa son los ejes del plan maestro que da a conocer la autoridad, dicha iniciativa de reformas fiscales del ejercicio 2021, se presentó en los términos siguientes:
Exposición de motivos para el ejercicio 2021
Acorde con el compromiso asumido por el Ejecutivo Federal a mi cargo con el Pueblo de México, en el sentido de no crear nuevos impuestos, así como de combatir frontalmente la corrupción y la impunidad, la presente iniciativa incluye propuestas que transitan sobre los siguientes ejes:
1.-Simplificación administrativa y seguridad jurídica. A efecto de que el cumplimiento de las disposiciones fiscales sea más sencillo y los contribuyentes tengan claridad de sus derechos y obligaciones, se plantean actualizaciones, precisiones, así como el establecimiento de supuestos, requisitos y directrices claras, con lo que se busca otorgar mayor seguridad jurídica, al tiempo de que se simplifica el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.
El término “Mayor Seguridad Jurídica”, el Gobierno Federal ha hecho mucho énfasis en ello considerando que, conforme a derecho la Ley es de aplicación estricta en favor del contribuyente o en su caso, el no aplicarlo o hacerlo mal, se queda en la indefensión e inseguridad jurídica, término que la autoridad está aprovechando en su fiscalización y recaudación fiscal.
2.-Modernización . La utilización de instrumentos tecnológicos, tales como el buzón tributario, correo electrónico, sellos digitales para emisión de comprobantes, página de Internet y datos biométricos de las personas físicas inscritas en el RFC, configuran una administración tributaria moderna que permite comunicación permanente con el contribuyente.
Mucho auge ha tenido el buzón tributario como un medio inmediato de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, al grado que el artículo Sexto Transitorio de la RMF para el ejercicio 2023, señala la sanción por no mantener actualizado los medios de contacto del buzón tributario, asimismo, la actualización permanente del artículo 17-H y la creación del 17-H-Bis relativos a la suspensión y cancelación del Certificado el Sello Digital, son herramientas valiosas en la fiscalización para la autoridad.
3.-Gestión Tributaria . Se privilegia el ejercicio de las facultades de gestión tributaria, sobre las facultades de comprobación lo cual es congruente con el principio de autodeterminación y confianza ciudadana, que parte de la idea inicial de que el contribuyente cumple adecuadamente con sus obligaciones fiscales.
Las facultades de comprobación están al alcance de la autoridad y para hacerse valer en el momento que así lo determines, la confianza ciudadana se ha depositado en dos nuevos Regímenes Simplificados de Confianza para personas físicas y personas morales, que entraron en vigor a partir del primero de enero del ejercicio 2022.
4.-Eficiencia recaudatoria . Se plantea mejorar la eficiencia del ciclo tributario, con una reingeniería de la función de asistencia al contribuyente, el impulso de la cultura contributiva, la obtención de información relevante de los contribuyentes, el empleo de la tecnología disponible, el fortalecimiento de las facultades de gestión de la autoridad fiscal para controlar y vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, así como el reforzamiento de la seguridad jurídica.
Mucho tendríamos que hablar de este cuarto eje en su iniciativa de reformas fiscales, siendo el punto central: “La obtención de información relevante de los contribuyentes”, todo tipo de información bajo el control de la autoridad, dentro de ello, la contabilidad electrónica, CFDI, diferentes avisos y declaraciones informativas, solo por señalar algunos conceptos dentro de muchos más por presentar al SAT.
5.-Combate a la corrupción y la impunidad . Se propone fijar reglas de actuación para las autoridades fiscales, que redunden en la transparencia de la función y desaliente posibles prácticas irregulares. Asimismo, se plantea incorporar un tipo penal para sancionar la omisión en el pago de contribuciones por maquinaria y equipo importado temporalmente y no retornado al extranjero.
Combatir la corrupción ha sido un tema de todos los días y de lo que nunca se terminará, el combate ha sido solo de palabra porque en la práctica y realidad, la vivimos tos los días.
6.-Evasión y elusión fiscales. Se plantean adecuaciones a efecto de robustecer la vigilancia sobre fusión y escisión de sociedades, transmisión de pérdidas fiscales, devoluciones de impuestos, comprobantes fiscales que presumiblemente amparan operaciones simuladas, donatarias autorizadas, dictámenes fiscales, acuerdos conclusivos, precios de transferencia y cancelación en el RFC, por ser casos en los que la autoridad fiscal ha detectado prácticas que redundan en la evasión o elusión fiscales.
De este último eje como lo ha llamado la autoridad, seguramente es de lo que más hemos tenido, figuras de fusión que deben alinearse a las disposiciones del CFF, la transmisión indebida de pérdidas fiscales penalizadas por la autoridad, devoluciones de impuestos bajo estrictos lineamientos y compulsas a terceros, publicación de contribuyentes EFOS y EDOS, restricción en la operación de donatarias autorizadas, el naufragio del dictamen fiscal sin ninguna concesión en fechas para su presentación y demás casos que según la autoridad, se convierten en evasión o elusión fiscal.
Conforme a lo anterior, la iniciativa señalada se convierte en el “Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación de 2023” creado por la autoridad con sus esquemas fiscales definidos en los últimos diez años, mismo que seguramente por su trascendencia, estará vigente y operando en los próximos diez años, conforme a los siguientes rubros:
Administraciones generales
- Recaudación
- Grandes Contribuyentes
- Auditoría Fiscal Federal
- Auditoria de comercio Exterior
Estrategia coordinada
- Gestión de autoridad
- Acciones de fiscalización
- Sectores económicos a revisar
- Conceptos y conductas a revisar
Gestión de autoridad
- Acompañamiento al contribuyente para el cumplimiento voluntario
- Vigilancia para incentivar la regularización de contribuyentes omisos o que presenten diferencias en sus obligaciones
- Optimización del proceso de recuperación de créditos fiscales
- Coordinación con entidades federativas
Acciones de fiscalización
- Combate a esquemas evasión que involucran a empresas factureras (EFOS y EDOS)
- Revisión de esquemas de evasión de empresas que involucren nóminas (Las antiguas Outsoursing)
- Incremento en operativos carreteras y almacenes combatir contrabando (Carta Porte)
- Análisis y programación de partidas atípicas de ingresos y gastos
- Fortalecimiento a revisiones de operaciones de comercio exterior
- Publicación de tasas efectivas de los ejercicios 2020 y 2021
Sectores económicos a revisar
- Industrias del acero, alimenticio, automotriz, bebidas y tabacos, comercio, Construcción, electrónicos, energéticos, entretenimiento, farmacéutico, minería, servicios inmobiliarios, sistema financiero, tenencia de acciones, telecomunicaciones y Turismo/hotelería.
Conceptos y conductas a revisar
- Aplicación indebida de saldos a favor
- Cadena de suministro de hidrocarburos
- Acreditamientos de IEPS
- Pensiones exentas en nómina y simulación de prestación de servicios especializados
- Devoluciones tasa 0% no objeto y de importaciones temporales
- Subvaluación en operaciones de comercio exterior y uso indebido de tratados
- Verificación de cumplimiento de certificaciones de IVA_IEPS
- Derechos mineros
- Estructuras corporativas y los efectos fiscales en escisiones y fusiones
- Socios y accionistas (personas físicas en operaciones asociadas a reestructurar)
- Pérdidas fiscales
- Regímenes fiscales preferentes
- Financiamientos, capitalizaciones de pasivos y distribución de utilidades
- Pagos al extranjero y reestructuras internacionales
- Fideicomisos
Seis ejes de la iniciativa de reformas fiscales para el ejercicio 2021 y como ya lo comenté, hoy convertidos en un plan maestro de fiscalización y recaudación que, comprende todas las actividades de los contribuyentes.
Concluyo señalando que este plan maestro creado por el Gobierno Federal, no es de ayer, de este año o del año pasado, ha sido un proyecto sofisticado de varios años en armonía con Leyes fiscales, laborales, mercantiles, aduaneras, penales, etc., y en coordinación con instituciones del propio Gobierno Federal, de tal forma que en su aplicación, se pretende lograr mayor fiscalización y recaudación fiscal. cga.fiscortes@gmail.com